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JUEVES 20 DE ENERO DE 2022

El INE vuelve a impugnar ante la SCJN la consulta de revocación de mandato La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite cuatro recursos de reclamación tramitados por el Instituto Nacional Electoral (INE) contra las suspensiones que le obligan a continuar con el proceso para convocar a la consulta de revocación de mandato. Dichas suspensiones contra las que se admitieron los recursos fueron concedidas por la Comisión de Receso de la Corte, integrada por las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat, en las controversias constitucionales presentadas por el Poder Ejecutivo y el Legislativo federal en contra de la decisión del Consejo General de aplazar indefinidamente la revocación de mandato hasta tener los recursos suficientes. En dichos acuerdos, las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat frenaron los efectos del acuerdo del Consejo General del INE, por lo que

indicó que el organismo debe cumplir con los tiempos establecidos en la Ley Federal de Revocación de Mandato para organizar la consulta popular. Esto, al considerar que el acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho a la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato del Presidente de la República. El INE impugnó la resolución de las ministras de admitir las demandas del Poder Ejecutivo Federal y la Cámara de Diputados que combaten la decisión de aplazar la revocación de mandato. A través de su secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina, impugnó la admisión a trámite de esas controversias constitucionales: “Se tiene por presentado al promovente con la personalidad que ostenta y se admite a trámite el recurso de reclamación que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan existir y que se analizarán al momento de dictar sentencia”, detalla.

“El INE va a caer”: celebra Félix Salgado Macedonio que le concedan licencia para ausentarse del Senado

Ciro Murayama denuncia “trampa” en firmas para la revocación de mandato / Rodrigo Vera El consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Ciro Murayama, exhibió el desaseo de los “demócratas” de Morena en el proceso de recabar firmas para la consulta de revocación al documentar que el organismo detectó 12 mil rúbricas de personas ya fallecidas en el conteo. A través de su cuenta de Twitter, Murayama escribió: El INE “contó con pulcritud y se llegó al número de firmas válidas para la revocación de mandato”.

Y destacó que lo malo de la situación fue que “los promoventes incluyeron supuestos apoyos de 12 mil personas fallecidas”. Agregó: “Los demócratas, los honestos, no recurren a la trampa. Simular apoyos de muertos, ¡por favor!”. De esta manera, Murayama hizo referencia a un reporte del INE, en el sentido de que contabilizó 12 mil 789 firmas de personas fallecidas para apoyar la Revocación de Mandato, cuya realización está prevista para el próximo mes de abril.

Juan Sandoval Íñiguez vulneró el principio de separación IglesiaEstado y será sancionado / Rodrigo Vera La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el cardenal Juan Sandoval Íñiguez, arzobispo emérito de Guadalajara, así como el sacerdote Mario Ángel Flores, rector de la Universidad Pontificia, “vulneraron el principio de separación Iglesia-Estado” durante el proceso electoral 2020-2021, al hacer proselitismo político en contra de Morena. La denuncia contra estos ministros de culto se presentó en junio de 2021. Y la Sala Regional Especializada declaró

existente la infracción atribuida a los ministros. Pero después estos se inconformaron, promoviendo los medios de impugnación bajo el argumento que sus expresiones se realizaron en ejercicio de su libertad de expresión y en su carácter de ciudadanos, sosteniendo que nunca indujeron al voto.Pero ahora el TEPJF “confirmó la violación al principio de separación Iglesia-Estado” por parte de estos ministros. Ante esto, el tribunal ordenó dar vista a la Secretaría de Gobernación, que es la dependencia encargada de determinar las sanciones correspondientes a estas infracciones.

Consejo General del INE es la autoridad competente para resolver las peticiones de los partidos relativas a renunciar y devolver el financiamiento público

/ Melissa Amezcua En la sesión de la Comisión Permanente de ambas cámaras se concedió licencia al senador Félix Salgado Macedonio para ausentarse de su puesto por tiempo indefinido. El polémico político del estado de Guerrero había anunciado desde el fin de semana en su cuenta de Facebook, desde las que promueve sus actividades, que se dedicará a la promoción de la consulta por la revocación de mandato del presidente López Obrador. ”Una vida con propósito, es lo que siempre me he planteado. Venimos a servir a la gente y no a servirnos. La 4T avanza en todo el país. Hoy la comisión permanente autoriza mi licencia para separarme al cargo de senador y posteriormente iniciaré una nueva ruta. ¡En México, la patria es primero! Abrazos a todas y todos”, explicó. En su lugar quedará el senador Saúl López Sollano. Este martes, el director ejecutivo del Registro Federal de Electores, René Miranda, advirtió que la ley prohíbe a los partidos políticos difundir la consulta de revocación de mandato y dijo que la autoridad electoral estará pendiente de que quienes puedan convocar a la ciudadanía en este ejercicio sean quienes pueden hacerlo. “¡El INE va a caer! traen malicia en contra mía”, repitió Salgado durante su transmisión de Facebook para celebrar el anuncio de su licencia. “El INE me está monitoreando, ya me advirtió, advierte el INE, a Félix Salgado Macedonio que no puede ir a hacer trabajos de promoción sobre la revocación de mandato. Yo nunca le dije al INE que yo iba a eso. Yo lo único que dije es que iba a solicitar licencia para separarme del cargo de senador de la república porque voy a hacer tareas políticas. ¿A poco el

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TEPJF

| Foto Félix Salgado Macedonio INE puede quitarme el derecho? Soy libre”, dijo ante simpatizantes. “Dejo el encargo para pasar a ser un ciudadano más y como ciudadano yo tengo el derecho a hacer lo quiera hacer, la ley no me limita”, aseveró. “Solamente limita al funcionario público, al dirigente político, el que es presidente de un partido”, argumentó. “No le tenemos miedo a Lorenzo (Córdova), ni a su segundo, Ciro Murayama, ni a su séquito”, dijo al concluir la transmisión.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió, por unanimidad de votos de los presentes, que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) es la autoridad competente para determinar si el partido político Morena puede devolver y renunciar a una parte de su financiamiento público. La controversia surgió a partir de diversas solicitudes de Morena para renunciar al financiamiento público que le correspondería en el mes de diciembre, así como para devolver un monto del financiamiento que ya le había sido transferido previamente, con el objetivo de que dichos recursos se reintegren a la Tesorería de la Federación y sean utilizados en la compra de vacunas contra el virus SARS- CoV2 (COVID-19). En cuanto a la solicitud de devolución o reintegro, la Dirección Jurídica del INE determinó, esencialmente, que era improcedente porque solo se podían renunciar las ministraciones que aún no habían sido transferidas, además de que los recursos transferidos deben ser utilizados para los fines destinados. Respecto a la solicitud de renuncia, la Comisión de Fiscalización y la Secretaría Ejecutiva del INE determina-

ron, en su oportunidad, que estas eran improcedentes en los términos solicitados. En sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales y de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, respectivamente, la Sala Superior reiteró que el Consejo General del INE es la única autoridad competente para resolver las peticiones de los partidos para renunciar y devolver su financiamiento público. Lo anterior, porque conforme los criterios sustentados por esta Sala Superior, los asuntos relacionados con la renuncia y/o retención de financiamiento público deben ser conocidos por el máximo órgano directivo del INE, ya que este es el encargado de verificar que se cumpla con la normatividad en las cuestiones relacionadas con las prerrogativas de los partidos políticos. Asimismo, las propuestas aprobadas resaltan que, conforme a la normatividad aplicable, ninguna de las autoridades que dieron respuesta a las solicitudes tiene facultades expresas para ello. En consecuencia, la Sala Superior determinó, en ambos casos, revocar los actos impugnados y ordenar al Consejo General del INE a que se pronuncie y resuelva las peticiones formuladas por Morena. (SUP-RAP-9/2022 y SUP-RAP-15/2022, acumulados, y SUP-RAP-495/2021).


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