14 minute read

aPRO

Next Article
6 y

6 y

Asesinan al periodista Roberto Toledo en Michoacán, enero suma 4 homicidios contra comunicadores

Ayer el periodista Roberto Toledo fue asesinado por tres sujetos en el municipio de Zitácuaro, Michoacán, confirmó el medio local Monitor Michoacán. Es el cuarto homicidio contra un comunicador en enero.

Advertisement

Armando Linares, director del portal informativo, medio para el que laboraba Toledo, confirmó el asesinato del periodista mediante una transmisión en vivo desde Facebook.

“Solo queremos dar a conocer lo que hace unos días dijimos, y que venimos arrastrando desde hace meses, desde hace semanas, el equipo de Monitor Michoacán ha venido sufriendo una serie de amenazas de muerte, el día de hoy, finalmente estas amenazas se cumplieron y el día de hoy asesinaron a uno de nuestros miembros de nuestro equipo, hace unos minutos atentaron contra su vida, perdió la vida hace unos minutos, así las cosas”.

Linares reiteró que como comunicadores, “nuestra única defensa es una pluma, una libreta”.

Ayer finalmente las amenazas se cumplieron y uno de nuestros compañeros perdió la vida a mano de tres personas que llegaron, le dispararon de manera ruin, de manera cobarde. Nosotros no estamos armados, nosotros no traemos armas, nuestra única defensa es una pluma, una libreta, dijo.

El domingo 23 fue asesinada en Tijuana la periodista Lourdes Maldonado López, hecho que ocurrió sólo siete días después del asesinato del fotoperiodista Margarito Martínez Esquivel, a quien le quitaron la vida con arma de fuego afuera de su casa en la misma ciudad fronteriza.

Días antes, el 10 de enero, fue asesinado José Luis Gamboa, en Veracruz. Diversas ONG han documentado que en los últimos 21 años, 148 periodistas han sido asesinados en México –y afirman que el Estado es el principal agresor–, lo que hace al país, de acuerdo con Comunicación e Información de la Mujer, el más peligroso del mundo para el gremio. Armando Linares

CONVICCIONES El asesinato del jesuita Juan del Valle

RUBÉN AGUILAR VALENZUELA

Entre el 16 y el 19 de noviembre de 1616 fueron asesinados ocho jesuitas en el hoy estado de Durango en el marco de un levantamiento de los tepehuanes, que dejó cientos de muertos. El 18 de noviembre en San Ignacio d El Zape fueron asesinados los padres Luis Álvarez y Juan del Valle.

El 21 de noviembre estaba programada la celebración, en El Zape, de la consagración de una imagen dedicada a la Virgen que había llegado de la Ciudad de México. Era un encargo de los indígenas de la comunidad de Guanaceví. Ese era el mismo día que los tepehuanes habían fijado para el alzamiento.

La fecha se adelanta después de los sucesos que ocurren el 16 de noviembre, cuando los indígenas alzados asesinan al padre Hernando de Tovar (1581-1616) en Santa Catarina de Tepehuanes cuando regresaba de Culiacán, su ciudad natal, a donde había ido, por orden de su superior, a conseguir apoyos, para la construcción de la iglesia de los jesuitas en Guadiana (Durango). Es el primero en perder la vida.

Cuando estalló la rebelión, para la celebración en El Zape ya habían llegado 19 españoles y los padres Álvarez y del Valle. El 18 de noviembre entran al pueblo los alzados, que matan a los jesuitas y a la población que ahí se encontraba. Se dice que en ese evento la Virgen recibió un hachazo, pero no fue destruida. A partir de entonces se le venera como Nuestra Señora del Hachazo.

El padre Juan del Valle nació en 1576 en Vitoria, Vizcaya, España. En 1591, a los 15 años, ingresó a la Compañía de Jesús en la Provincia de Castilla. El 30 de septiembre de 1594 llega a la Nueva España. De 1595 a 1596 estudia Humanidades y Retórica en Puebla y después sigue los estudios de Filosofía y Teología en el Colegio Máximo de México.

Una vez que se ordena sacerdote y realiza la última etapa en la formación de los jesuitas, que es la tercera probación, se le envía a la Misión Tepehuana, con el padre Juan Fonte. Por 12 años se dedicó a la evangelización de los indígenas y también a transmitir conocimientos sobre distintos oficios, el cultivo de la tierra y la construcción de sus casas.

De acuerdo con historiador Atanasio G. Saravia, el padre del Valle era: “De carácter afable y dulce y de espíritu extraordinariamente conciliador, era el llamado siempre a resolver las dificultades de los indios y de los españoles, habiéndose ganado por estas cualidades el nombre de Juan de la Paz con que en las comarcas que habitaba era bien conocido”. El 18 de noviembre de 1616 fue asesinado, junto con el padre Luis Álvarez. Tenía 40 años. Cuando terminó el conflicto fueron recuperados los cuerpos de los jesuitas asesinados en Santiago Papasquiaro, Santa Catarina de Tepehuanes y en San Ignacio de El Zape. Sólo los que murieron en este último lugar fueron trasladados a Guadiana (Durango), donde se les celebraron solemnes exequias.

Dice Saravia que los restos de los cuatro jesuitas muertos en El Zape, dos en el pueblo y dos en las inmediaciones del mismo, fueron llevados a Guadiana por el gobernador Gaspar de Alvear, quien, a decir del padre Alegre, los entregó en la hacienda de La Sauceda al rector del Colegio de la Compañía de Jesús en Durango. Al llegar a las inmediaciones de la ciudad fueron depositados en una carroza, para seguir con su traslado.

Los franciscanos del convento de San Francisco, continúa Saravia, solicitaron que en su iglesia se depositasen los cuerpos mientras se pasaban con honor al templo de los jesuitas el día de santo Tomás de Aquino. En esa ocasión los cuerpos de los jesuitas, acompañados por la población y 150 soldados, fueron llevados a hombros, cubiertos de telas y bordados, hasta la iglesia de la Compañía de Jesús. Terminada la Misa se procedió al entierro, en un altar colateral al lado del Evangelio, dedicado a San Ignacio.

En la iglesia de El Zape se encuentran dos cuadros con las imágenes de estos jesuitas asesinados. En uno está la siguiente inscripción en latín: “Pater Joannes del Valle Victoriensis occisus a barbaris Tepehuanis regni mexicani anno Domini 1616 (mense Novembris 18-Etatis suae)”. Y en la otra se dice: “Pater Ludovicus de Alvarez oaxachensis in nova Hispania occisus a baarbaris Tepehunaiss anno Domini 1616 (mense Novembris 18-Etatis suae 32)”.

En 1695, el jesuita Eusebio Francisco Kino escribe desde la Alta Pimería, en el ahora estado de Sonora: “El Padre Juan del Valle, natural de la ciudad de Vitoria, un dechado de toda religiosa perfección, por medio de su evangélica predicación por toda la provincia de los Tepehuanes, bautizó muchos millares, fundó muchas iglesias, y a los 12 años de sus apostólicos trabajos le quitaron la vida los bárbaros Tepehuanes en San Ignacio de El Zape, a flechazos y macanazos”.

El jesuita Juan del Valle. Fuente: Giorgio Giovannetti | Imagen INAH

Empresa de Slim dará hasta 6 mdp a familias de fallecidos en Línea 12; no podrán demandar

/ Sara Pantoja

La empresa Carso Infraestructura y Construcción (Cicsa) ofrece entre 4.5 y 6 millones de pesos por reparación integral del daño, a las familias de las 26 personas fallecidas y a las decenas de víctimas con lesiones graves ocasionadas por el colapso de una trabe metálica de la Línea 12 del Metro hace casi nueve meses, a cambio de no demandar, por ninguna vía y en ningún momento, a la compañía propiedad del magnate Carlos Slim Helú.

En siete cláusulas, el Acuerdo Reparatorio que ofrece la constructora del tramo elevado de la “Línea Dorada” a las víctimas, cuya copia tiene Proceso, protege minuciosamente a la primera, así como a cualquiera de sus afiliadas, accionistas, consejeros, apoderados y empleados, de ser denunciados por las vías penal, civil o administrativa; y obliga a las segundas a renunciar a cualquier reclamación “presente o futura” relacionada con la tragedia.

El “procedimiento de justicia alternativa”, como lo justifica el Acuerdo, arropa a la empresa para no tener consecuencias legales, aun cuando asegura que sus dictámenes periciales no coinciden con los de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), la cual determinó que el colapso se debió a “fallas en la construcción”. Ello significa que la compañía de Slim Helú insiste en que no es responsable del hecho, pero dice que ayudará a las víctimas a reparar el daño.

El cuarto punto de los “Antecedentes” así lo asegura: “Como parte de la mediación que conduce la FGJCDMX, las partes conocen las conclusiones e información técnica contenida en los dictámenes periciales de la FGJCDMX, los cuales no son coincidentes con los dictámenes periciales de Cicsa”.

No obstante, justifica: “Sin prejuicio de lo anterior, CICSA tiene la firme voluntad de coadyuvar con el esfuerzo que ha venido implementando la FGJCDMX y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México (Ceavi) para remediar en forma integral y complementaria el daño sufrido por las víctimas con motivo del suceso”.

Así, con esas puntualizaciones, el Acuerdo Reparatorio está “asesorado” y firmado por Armando Ocampo Zambrano, titular de la Ceavi, un facilitador o mediador de la FGJ local, el representante legal de Cicsa y la víctima que desee hacerlo.

El 19 de enero pasado, en su segundo informe anual de labores, la fiscal Ernestina Godoy informó que hasta ese momento se habían logrado acuerdos reparatorios con 80% de las víctimas directas e indirectas de la tragedia. Ese mismo porcentaje es el que tiene representación jurídica de la Ceavi, según lo ha dicho el propio comisionado. El resto de las víctimas son las que están representadas por abogados o despachos privados. | Foto @INDIOCHAMULA

La compañía de Slim Helú insiste en que no es responsable del hecho, pero dice que ayudará a las víctimas a reparar el daño que conocen el Acuerdo Reparatorio, este ha sido presentado a las víctimas en las instalaciones de la Dirección General del Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC), ubicadas en la calle Luis Moya, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, o cerca de las instalaciones de la Fiscalía de Tláhuac, en la demarcación del mismo nombre, donde la noche del lunes 3 de mayo del 2021 se inició la carpeta de investigación CI-FITLH/UAT-TLH-1/ UI-1S/D/00631/05-2021, en el cual la FGJCDMX investiga, “en términos del artículo 21 de la Constitución Federal, a diversas personas físicas y morales”.

Durante los encuentros, los representantes legales de Cicsa le presentan a la víctima un cheque del Banco Inbursa, también propiedad de Carlos Slim, con determinada cantidad de dinero, sugerida con base en las determinaciones de la Ceavi.

Se sabe que a las familias de las personas fallecidas les ofrecen hasta 6 millones de pesos, mientras que a las víctimas que sufrieron lesiones graves, les brindan 4.5 millones de pesos. De ahí en adelante son diferentes las cantidades ofrecidas, con base en el tipo de lesiones que sufrieron las víctimas, pero van de 2.5 millones, 2 millones, 1.2 millones, así como 600 mil y hasta 400 mil pesos que pagaría la empresa propiedad del hombre más acaudalado del país.

Esas cantidades son independientes de las que, desde un principio, ofreció el gobierno de Claudia Sheinbaum como ayuda de hospedaje, transporte, comida, hospedaje, renta; así como del seguro que el Metro está obligado a cubrir con sus usuarios a cambio de los cinco pesos que paga de tarifa.

En su momento, las autoridades hablaron de que las familias que perdieron a un integrante esa noche llegaron a recibir 1.9 millones de pesos por esos conceptos.

De acuerdo con los testimonios recabados, en esos encuentros se han dado casos en los que los “facilitadores” o mediadores de la Fiscalía han intentado convencer a las víctimas de que la oferta de Cicsa es la mejor opción para que el proceso de justicia no se alargue por años en juicios en los tribunales. Algunas de las víctimas han aceptado firmar bajo esa observación y otros tantos porque su situación económica, luego del hecho, ya es insostenible.

El 20 de enero, un día después de las declaraciones de la fiscal Godoy sobre el avance en los acuerdos, los despachos privados que representan a algunas víctimas, acusaron que la Ceavi las ha presionado con “ultimátum” y “reuniones secretas” para que acepten el Acuerdo.

Cuestionada al respecto, la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, negó que exista presión alguna de la comisión y dijo que “la próxima semana” se informará del asunto. Sin embargo, eso no ha ocurrido.

“Voluntario” y Sin rESPonSabilidad

De cinco hojas con el membrete de la FGJCDMX, su Dirección General Jurídica y de Derechos Humanos y su Unidad de Mediación Especializada, el Acuerdo Reparatorio menciona como antecedente que el colapso de aquella noche de terror ocurrió en la trabe ubicada en el claro 106 al 107, localizada entre las estaciones Los Olivos y San Lorenzo Tezonco.

El propósito del acuerdo, agrega, es “el resarcimiento en su favor de todos y de cada uno de los daños y/o perjuicios tanto materiales como inmateriales, directos e indirectos, e independientemente de su naturaleza jurídica sufridos por la víctima con motivo del suceso”.

Y justifica que “de conformidad con lo que establece el artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los acuerdos reparatorios forman parte de los mecanismos alternativos de solución de controversias que, una vez aprobados por el Ministerio Público y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal, como parte de un procedimiento de Justicia Restaurativa”.

En la parte de las “Declaraciones” del Acuerdo, la víctima declara que tiene “la voluntad libre e informada” de suscribirlo y que “entiende sus alcances y efectos”, además de que “se encuentra acompañado y ha sido debidamente asesorado” por Ocampo Zambrano “a fin de garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las víctimas”.

En tanto, Cicsa se encarga de aclarar, de nuevo, que no es responsable del hecho y asegura que “conforme con el artículo 189, penúltimo párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales”, la información que se genere en el Acuerdo forma parte y será materia de la carpeta de investigación mencionada.

No obstante, subraya que “su participación en el presente Acuerdo Reparatorio no implica, ni debe interpretarse, considerarse o tenerse, como reconocimiento de responsabilidad alguna, sino ante la existencia de un daño contribuir a la reparación integral del mismo, por lo que, como lo ordena dicho precepto legal, la información que se genere y sea producto de los acuerdos reparatorios no podrá ser utilizada en forma alguna en perjuicio de las partes”, es decir, de la empresa.

También asegura que actúa “bajo los principios de voluntariedad, confidencialidad, imparcialidad, equidad y flexibilidad que rigen a los medios alternativos de solución de controversias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal”.

En el documento, Cicsa manifiesta “su deseo y consentimiento” para celebrar el Acuerdo “de manera voluntaria, en el que no existe mala fe, intimidación, violencia, amenaza o coacción alguna”. Asegura que las condiciones establecidas en él “son equilibradas y no existe desventaja alguna” y deja claro que es una “solución alterna para resolver la controversia penal”, de acuerdo con los artículos 15, 186 al 190 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

laS cláuSulaS

En siete cláusulas, el Acuerdo se enfoca prácticamente en dejar claras las circunstancias para que la empresa de Carlos Slim, el hombre más acaudalado de México, no tenga ninguna consecuencia legal negativa por la tragedia de la Línea 12, que este jueves 3 de febrero cumple nueve meses.

En la primera, señala que la cantidad ofrecida a la víctima en el cheque es por el concepto de “reparación integral y total de todos y cada uno de los daños y/o perjuicios, materiales e inmateriales, directos e indirectos, e independientemente de su naturaleza, sufridos por la víctima con motivo del suceso”.

Y abarca siete conceptos: lucro cesante, daño moral, daño físico y afectación al proyecto de vida, atención psicológica, asesoría jurídica, tratamientos terapéuticos, psicológicos y/o tanatológicos (según sea el caso) y daño emergente, con los que se constituye “la satisfacción plena e integral de la reparación del daño”.

La segunda cláusula es clara en el objetivo de la empresa, al asegurar que la víctima se compromete “a sacar en paz y a salvo a Cicsa y/o a cualquiera de sus afiliadas, accionistas, consejeros, apoderados y/o empleados, de cualquier reclamación que pudiera surgir por diversa persona que afirme tener el carácter de causahabiente o beneficiario, o tener derecho a la indemnización por concepto de Reparación Integral del Daño materia del presente acuerdo”.

En la tercera, deja clara la temporalidad del acuerdo al señalar que la víctima “se da por reparada integralmente y a su entera satisfacción de cualquier daño o perjuicio” y que renuncia “expresamente a cualquier reclamación presente o futura de-

This article is from: