MIÉRCOLES

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MIÉRCOLES

Hoy suman 17 días del paro nacional convocado por la Conaie. Aunque la protesta se ha focalizado en siete provincias, las consecuencias son nacionales. El movimiento indígena tiene fuerza para más semanas de protestas, dicen fuentes del movimiento. 3

Iglesias, museos y cafeterías para el feriado en el Centro 8
Constituyente podría frenar concurso de Fiscal 4
El Gobierno acumula $4.853 millones en atrasos 5

Petro compara a Trump con Hitler 9
‘Night clubs’ tienen búnkeres en Quito 6
Se confirma proceso contra Alberto Fernández 10 GLOBAL

LORENA BALLESTEROS @loballesteros
Desnudarse es más que quitarse la ropa
es despojarse de los adornos innecesarios; es quitarse las máscaras, desprenderse de lo que pesa y ya no representa. Es un gesto de honestidad, a veces de valentía, otras de rendición.
En la infancia, la desnudez es sinónimo de pureza, de inocencia, de libertad. El cuerpo es un vehículo para jugar, correr, mojarse bajo la lluvia. No hay pudor ni culpa, solo una sensación de pertenencia.
Después llegan los primeros años del pudor: el espejo se vuelve juez, la mirada del otro empieza a importar.
En la adolescencia todo es ambigüedad. ¿Mucha ropa o poca ropa? ¿Qué se debe mostrar y qué se debe esconder? La desnudez deja de ser natural y se vuelve un tabú
Con el paso de los años, la confianza en el cuerpo aumenta. Se vuelve una herramienta de provocación, de exploración y de descubrimiento. Muchas veces esa revelación del cuerpo destapa también la mente. Se derriban los mitos. Crece el sentimiento de pertenencia y de apropiación. Pero, en otras ocasiones, la desnudez interior se hace más compleja. Es más fácil esconderse detrás de las apariencias.
Hay quienes se desnudan como acto de rebeldía. Dejan surgir sus ideas, aunque incomoden; muestran su cuerpo, su voz, su verdad. Desnudarse, entonces, se convierte en un grito de libertad. Con los años, se aprende que el tiempo también desnuda. Nos despoja de rencores, de soberbia, de inseguridades. Quizás el cuerpo deje de verse tan radiante como hasta hace una década atrás. Pero, es en ese momento en que se aprende a cuidarlo, a escucharlo. Las arrugas son huellas del despojo: de todo lo que ya no necesitamos aparentar. Y con ese despojo viene la claridad. La satisfacción. El privilegio de disfrutar de uno mismo. De reír libremente, de escribir “a calzón quitado”, de decir no a lo que no aporta y decir sí “mil veces sí” a lo que genera placer. Desnudarse, al final, no es exhibirse. Es aceptarse. Es quedarse con lo que somos cuando el ruido se apaga, cuando ya no hay nada que demostrar, cuando aceptarse es la única verdad.

JOSELO ANDRADE
@JoseloAndrade
La parte “dogmática” de la constitución de Montecristi
Amén de mil y un disparates precedentes y posteriores, me voy a permitir copiar parte de la constitución socialista de Ecuador. Por cierto, escribo constitución con minúscula,
Hoy se cumplen 17 días de paro nacional convocado por la Conaie. El balance es lamentable. Un asesinado, decenas de heridos, más de un centenar de detenidos, dos ataques de manifestantes a la caravana presidencial. Pérdidas económicas que ya superan los $200 millones por el cierre de carreteras. Pero todavía no está cuantificado el gasto de contener el descontento por el retiro del subsidio al diésel.
La necesidad de diálogo es ya un clamor en Imbabura, la provincia más afectada en estas semanas, y una urgencia en Quito ante el miedo que ha provocado el solo anuncio de una ‘toma’ de la capital.
Las partes atrincheradas en sus posturas han encendido las redes, las tarimas, con calificativos, acusaciones de delitos y descalificaciones, que solamente impiden una salida
rápida.
El presidente Daniel Noboa ha decretado un feriado largo que inicia mañana. Este es un gran momento para la tregua, como muestra de buena fe.
El turismo genera 600.000 empleos directos, más unos 189.000 indirectos. Es decir, casi 800.000 personas se benefician de los turistas en un feriado y los visitantes solo pueden llegar con vías libres. La economía y las familias necesitan un respiro luego de 17 días de tensión. Además, pueden ser días para dejar el lenguaje violento y examinar las posturas.
Si aceptan una tregua, el Gobierno y la Conaie deben revisar si sus estrategias son útiles cuando hay una provincia que sufre por la falta de diálogo, si es posible abrir nuevos canales de comunicación y si es que sus ‘batallas’ pueden resolverse en una mesa.

pues no merece la pena hacerlo de forma diferente. Empecemos por: “Art. 16.Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.
3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso
en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas.
4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad.
5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación”.
A partir de aquí volvamos a

DANIEL MÁRQUEZ SOARES dmarquez@lahora.com.ec
vencer al movimiento indígena, el presidente Daniel Noboa —o cualquier representante del Estado ecuatoriano moderno— solo debe esperar. A largo plazo, dicho grupo está condenado a desvanecerse del entorno político, tal y como sucedió con los integristas religiosos, los caudillos militares y demás fuerzas anticuadas para las que el presente ya no tiene un sitio.
Demográficamente, tanto la población indígena como el sector campesino rural de la Sierra está envejeciendo y decreciendo. Llama la atención, justamente, en las movilizaciones pasadas que se han hecho hacia la capital, la avanzada edad de los manifestantes indígenas. Tanto la baja natalidad como la migración se han encargado de privar paulatinamente a ese grupo del sector más útil y valioso para la violencia política: jóvenes Al mismo tiempo, el mundo ha cambiado. El movimiento indígena ecuatoriano ha sido, no única pero sí principalmente, producto de fuerzas extranjeras que han operado desde hace medio siglo. Fundaciones de los partidos políticos europeos, iglesias del primer mundo e instituciones gubernamentales norteamericanas —movidas tanto por ideologías como por intereses geopolíticos— incubaron y alimentaron al movimiento indígena como una forma de debilitar y arriar al Estado ecuatoriano. Pero eso ya ha terminado. Esas corrientes de pensamiento han perdido fuerza y, con ello, está menguado sostenidamente el financiamiento y el entrenamiento que sostenían a este movimiento artificial, hijo del intervencionismo Finalmente, el movimiento indígena tampoco crecerá por “conversión” ni por “redescubrimiento”. Las “identidades” particulares son un lujo de países ricos, de ciudadanos prósperos que necesitan autodefinirse con nuevas etiquetas para sobrellevar el aburrimiento y la intrascendencia. Economías estancadas y precarias como la ecuatoriana no fortalecen el pluralismo, sino que lo asfixian. En este sistema solo hay lugar para dos identidades: productor y consumidor
lo nuestro. Las constituciones no son el espacio para la redacción de las fantasías. Las constituciones sirven para garantizar unos ciertos y muy definidos derechos: vida, libertad y propiedad; para limitar el poder de quienes gobiernan; para establecer contrapesos de manera tal que ningún poder pueda estar por encima de otro; para garantizar la igualdad ante la ley para todos; para establecer ciertos principios generales y no todos los disparates a los que nuestra imaginación tenga acceso. Pero, si a la forma en que los medios deben dirigirse al público se refiere, solo debe establecerse
como “libres” y no listar un conjunto de restricciones que hacen imposible comunicarse. Es la gente quien debe decidir la forma en que intenta comunicar, y quienes son receptores del mensaje quienes deben tener toda la libertad del mundo de permanecer atentos al mensaje o no. Por algo se llama libertad de expresión Sin embargo, toda la constitución socialista está llena de una forma torcida de ver el mundo. La famosa parte dogmática debe ser llamada de forma adecuada la parte “ideológica”. Por ello, hay que cambiarla. Seguimos conversando.

Si el Gobierno de Daniel Noboa y la Conaie no se escuchan ni se sientan a dialogar, el paro podría prolongarse por más días. incluso podría mantenerse hasta el 16 de noviembre, día de votaciones.
El 7 de octubre de 2025, a los 16 días del paro en Ecuador, el espacio de enfrentamiento entre la fuerza pública y manifestantes fue en el cantón El Tambo, en la provincia de Cañar
El presidente de la República, Daniel Noboa se dirigió a la comunidad de Sigsihuayco en una caravana que “fue atacada por personas violentas para impedir su llegada”, según la Secretaría de Comunicación. Pero Noboa llegó a la comunidad y cumplió su agenda: entrega del sistema de alcantarillado e inspección de la planta de aguas residuales.
Lejos de un diálogo para poner fin al paro, la confrontación en Cañar dejó cinco personas detenidas y la Presidencia de Ecuador informó que todos los detenidos serán procesados por terrorismo e intento de asesinato La titular del Ministerio de Ambiente, Inés Manzano, presentó una denuncia en la Fiscalía.
¿Cuánto tiempo más durará el paro?
Fernando Gavilanes , ana-
lista político, evalúa que no existe en este momento una relación directa ni indirecta del congelamiento de cuentas bancarias de dirigentes y organizaciones indígenas con cuánto puede durar el paro.
Al señalar las movilizaciones en Tumbaco, en Cañar, en Ibarra y otros sectores, menciona que no se evidencia una articulación muy clara del paro. Pero que no por eso se descarta que este se extienda. “Más bien creo es que se podría mantener y probablemente llegar hasta la fecha de la elección (16 de noviembre para el referéndum y la consulta popular ), dependiendo de las circunstancias que pueden ocurrir en el transcurso de estos días u horas, si vemos que se intensifica la confrontación. Hay un sin número de eventos que pueden ser ajenos al propio paro, que lo incentiven”, expone.
Ejemplifica que cuando el paro empezaba a perder fuerza sucedió el asesinato de Efraín Fuerez (el 28 de septiembre) y el paro tomó una dimensión distinta.
Esto no se va a quedar en la impunidad, hay cinco personas que han sido aprehendidas por parte de la Policía y esas personas serán iniciadas por flagrancia por el delito de terrorismo”

INÉS MANZANO MINISTRA DE AMBIENTE Y ENERGÍA.
Este va a ser un proceso de lucha que apenas empieza, cuidado porque ahorita ya pusieron el feriado (…), compañero a sostener la lucha”
LEONIDAS IZA EXPRESIDENTE DE LA CONAIE, TRAS UNA CARAVANA EN COTOPAXI, EL 7 DE OCTUBRE.

El paro de 2019 duró 11 días, el de 2022 se extendió por 18 días, en 2025 hoy se cumplen 17 días. EL DATO
Observa que algunas estrategias del Gobierno no han funcionado: “No hay una lectura clara de cómo llegar a una mesa de diálogo inmediatamente con el movimiento indígena (…), vemos que el Presidente (Noboa) está acudiendo personalmente a los sitios de mayor conflictividad”.
El presidente de la Conaie , Marlon Vargas , también cometió un error al pronunciar que habrá una toma de Quito, dice. “Esas declaraciones son completamente equivocadas, él se dio cuenta de la magnitud de sus palabras al emitir un tuit dos días después donde, prácticamente, rectificaba lo que había dicho”.
Por eso el analista considera que estas acciones, de ambos lados, no permiten generar las condiciones para un diálogo.
Un levantamiento no sería posible
Gavilanes explica que un levantamiento es un llamado a todo el movimiento indígena, a través de procesos internos, a una sola protes-
lizando un lenguaje violento, si es que existen acciones de lado y lado que puedan calentar más el ambiente, esto podría no llevarnos a una mesa de diálogo, pero sí seguir escalando”, advierte Gavilanes. Cree que es hora que un tercer actor debe llamar a las dos partes a dialogar
ta; diferente a un paro. “En este caso, no tenemos un llamado a un levantamiento indígena. No es un llamado a que se movilicen todos los pueblos y nacionalidades hacia Carondelet . No. Lo que existe es un llamado al paro, que es que cada una de las comunidades, dentro de sus territorios , realicen acciones para visibilizar el descontento”, refiere.
Estima que actualmente no se podría dar un levantamiento indígena por tres razones:
1
No hay señales claras ni evidencia de que se estén realizando procesos internos para una toma de decisión de esta magnitud.
2
No hay las condiciones para que el movimiento indígena pueda realizar un levantamiento en este momento.
3
La Conaie está en una transición a un proceso de consolidación, tras las elecciones presidenciales de Ecuador y elecciones internas.
“Esto no va a permitir tentativamente un levantamiento, pero si se sigue uti-
Un paro por comunidades Carlos Poveda fue asesor de Leonidas Iza cuando fue presidente de la Conaie. Ahora el abogado defiende a Iza; a Rafael Negrete, presidente del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi (MICC) ; y a Víctor Hugo Tercero , presidente de una organización de Salcedo, notificados por el presunto delito de instigación tras unas declaraciones en el marco del paro. El 6 de octubre se dieron las primeras versiones y se acogieron a su derecho al silencio. Poveda, oriundo de Cotopaxi, dice que el paro podría extenderse, pero eso dependerá de las estrategias de las comunidades y del mismo Gobierno. “Hay comunidades que se han quejado de Marlon Vargas, que no hay presencia de la Conaie, pero lo h acen por decisión comunitaria , parece ser que se apaga un fuego y se enciende otro. La duración del paro será en virtud también de la decisión del Gobierno, si sigue con la provocación. La democracia se hace conversando hasta con las minorías y consensuando. Esto va a terminar cuando el Gobierno diga: vengan a conversar”.
Incluso podría durar hasta la consulta popular porque los militares podrían cansarse y darse un desequilibrio de quienes no estén de acuerdo con el paro. “ El Ecuador es muy cambiante y da muchas sorpresas”.
Poveda indica que para el movimiento indígena hablar de la toma de Quito significa una toma simbólica de poder, de hacerse presente en Quito, pero que es entendido con otras interpretaciones. “Hay un pueblo indígena que va a resistir, no es que el paro se debilite, es gente que persiste. Ojalá dialoguen”, resalta. (KSQ)
¿Qué sucederá si gana el ‘Sí’ en la consulta popular? El coordinador de la veeduría ciudadana, Hugo Artega, sospecha que el proceso de designación podría alargarse.
El país está a puertas de una consulta popular y referéndum constitucional. El 16 de noviembre de 2025, 13’938.724 ecuatorianos están llamados a pronunciarse sobre cuatro preguntas de iniciativa del presidente de la República, Daniel Noboa. ¿Están de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente para elaborar una nueva Constitución, la cual entrará en vigencia solo si es aprobada posteriormente por los ecuatorianos en referéndum? Esta es una de las cuatro preguntas que plantea el Gobierno.
A la par, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) busca avanzar en la integración de una comisión de selección que elegirá, a través de un concurso público de méritos y oposición, al nuevo titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), pero ya se generan interrogantes.
¿Qué sucederá si gana el ‘Sí’ en la consulta popular? ¿El triunfo de esta pregunta podría influir en el concurso a Fiscal?
En la veeduría ciudadana del Cpccs se sospecha que de ganar el Sí el proceso de designación podría alargarse.
“Yo sospecho, no puedo
preguntas de la consulta

dar por afirmado, pero yo sospecho que esto (el concurso) se va a alargar, y el fiscal que está subrogado (Carlos Alarcón) que vemos que proviene de una corriente un poco favorable al Ejecutivo, van a hacer todo lo posible porque se mantenga, pero nosotros como veeduría vamos a seguir informando y notificando, pero los que terminan decidiendo son las autoridades”, dijo el abogado Hugo Arteaga, coordinador de la veeduría.
En una sesión del 7 de octubre de 2025, el Pleno del
° ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
¿Eliminar la obligación del Estado de entregar recursos del Presupuesto General del Estado
Cpccs acogió un informe de la comisión técnica (integrada por representantes de los siete consejeros) que verificó requisitos de los diez delegados de las funciones del Estado para conformar la comisión que designará al nuevo Fiscal. Los diez delegados de las funciones, junto a los 42 postulantes de la ciudadanía, pasaron a la fase de impugnación ciudadana y escrutinio público. Una vez culminada esta etapa vendrá la calificación de méritos, que incluirá solicitudes de reconsideración.
(PGE) a las organizaciones políticas? La ciudadanía se pronunciará sobre la reforma al artículo 110 de la Constitución, que propone que los partidos y movimientos políticos se financien exclusivamente con los aportes de sus afiliados y simpatizantes.
¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional?
res”
¿Asamblea de plenos poderes?
En la misma línea de opinión, Francisco Bravo, exconsejero del Cpccs , consideró que el concurso para designar Fiscal demorará al menos seis meses, a partir de que se conforme la comisión de selección, cuya fecha aún no está definida.
“Generalmente los comisionados de selección de una autoridad reciben impugnaciones e incluso enfrentan acciones constitucionales de protección cuando algún ciudadano considera que no cumple requisitos o por afectación de derechos”, recuerda. De su experiencia como consejero, Bravo subrayó que estas son acciones que “retrasan muchísimo los concursos”. Sumado a esto, también recuerda que el país está a puertas de una consulta popular para que el Ecuador se pronuncie a favor o en contra de redactar una nueva Constitución a través de una Asamblea Constituyente.
Finalmente, el Cpccs designará solo a cinco integrantes de la comisión de selección como delegados de la ciudadanía y a cinco representantes de las funciones del Estado.
Hugo Arteaga calcula que el cumplimiento de estos plazos podrían extenderse. “Luego vendrá la campaña electoral (del 1 al 13 de noviembre) por la consulta y referéndum”, refirió. Arteaga cree que, independientemente de la consulta popular, los plazos en el Cpccs deben cumplirse. Para Arteaga, la actual situación se vuelve opaca. “Hay un fiscal subrogante del subrogante; esto es complicado y preocupa que esto ocurra en el país;esto no solo preocupa a la veeduria, sino a la ciudadanía en general”, apuntó.
Francisco Bravo: “no será problema para los constituyentes, transmutar y convertirse en una Asamblea de plenos pode-
“Lo que vemos es que el concurso de Fiscal General quedaría en nada porque cuando se conforme la Constituyente, de ganar el Sí, en ese momento no será problema para los constituyentes, transmutar y convertirse en una Asamblea de plenos poderes y podrían tomar una decisión de postergar la renovación de autoridades del control y mantenerlos prorrogados en funciones”, señaló.
Bajo estas consideraciones, Bravo presume que la designación del nuevo Fiscal, Carlos Alarcón también habría tenido ese propósito. “Creo que se adelantaron a la jugada designando a un fiscal subrogante, en el juego de ajedrez eso se llama una jugada adelantada frente a lo que pueda pasar con la Asamblea Constituyente”, anticipó.
Andrés Fantoni asegura que, en su administración, el concurso ha cumplido los tiempos establecidos en el reglamento, y volvió a ofrecer que antes de que finalice octubre, la comisión de selección que designará al Fiscal, estaría conformada. (SC)
El uso de los atrasos como válvula de escape fiscal está llegando a su límite. Hasta septiembre de 2025, el Gobierno Central acumuló obligaciones impagas por casi $5.000 millones, gran parte de ellas con municipios, el IESS y proveedores.
Entre enero y septiembre de 2025, las cuentas por pagar o atrasos alcanzaron los $1.959 millones. A esto se suman los atrasos que se arrastran de años anteriores y que llegan a $2.894 millones. Así, el total de cuentas por pagar en el Gobierno Central suma $4.853 millones.
En términos prácticos, los atrasos o cuentas por pagar son obligaciones que el Estado ha reconocido, pero que aún no ha pagado. Es decir, el Gobierno recibió bienes, obras o servicios —por ejemplo, de empresas, hospitales o gobiernos locales— y debe ese dinero, pero el pago no se ha concretado.
En términos contables, esto ocurre cuando el gasto ya fue devengado (reconocido oficialmente como deuda), pero no pagado en la fecha prevista. Por eso, los atrasos representan la diferencia entre lo que el Estado ya debe y lo que efectivamente ha desembolsado. En otras palabras, son pagos pendientes que, aunque legalmente aprobados, se acumulan por falta de liquidez o demoras administrativas. En los primeros nueve meses de 2025, según Jaime Carrera, miembro del Observatorio de la Política Fiscal , se han acumulado $288 millones adicionales de atrasos con proveedores.
Asimismo, se acumulan transferencias corrientes no desembolsadas por $487 millones entre enero y septiembre de 2025. De ese total, el 66% o $319 millones corresponden a pagos no hechos al IESS por el 40% del aporte estatal Quedaron también pendientes $57 millones para la Seguridad Social de la Policía (Isspol).
Por otra parte, por obras ya hechas dentro del Plan Anual de Inversiones (PAI), también se acumularon atrasos por $201 millones.

El monto más grande de atrasos que se ha acumulado durante este 2025 es, sin embargo, el relacionado con los gobiernos locales. De acuerdo con Carrera, la suma llega a $881 millones.
Esto explica que desde la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME) se advirtiera que el pago del décimo tercer sueldo a los servidores municipales , previsto para el 14 de noviembre, podría no concretarse debido a la deuda que el Ministerio de Economía mantiene con los gobiernos locales. La alerta se dio tras el anuncio del presidente de la República, Daniel Noboa, realizado el 5 de octubre, sobre el adelanto de este beneficio para dinamizar el consumo durante el Black Friday y el Cyber Monday. La AME expresó que, aunque la medida representa un alivio para los empleados del Gobierno Central, resulta inviable para los municipios, que enfrentan una severa
crisis de liquidez por los atrasos sistemáticos en las transferencias estatales. “La falta de recursos impide cumplir con obligaciones laborales, mantener servicios básicos y ejecutar obras prioritarias en sus territorios”, advirtió la asociación.
El Ministerio de Economía adeuda aproximadamente $744,98 millones a los municipios (parte este año y parte de años anteriores), de los cuales $721,88 millones corresponden al modelo de equidad territorial . En varios municipios, “los atrasos alcanzan entre tres y cuatro alícuotas impagas, afectando el funcionamiento institucional y el bienestar de los trabajadores”.
Al respecto, el alcalde de Cuenca, Cristian Zamora , dijo que “los Municipios, y el de Cuenca en particular, hemos entendido la falta de liquidez estatal y hemos apoyado sorteando responsabilidades, pero al estar entre 3 y 4 cuotas impagas la situa-
con una deuda pública total que ya supera los $83.000 millones, la salida fácil sería recurrir a financiar gran parte del déficit con atrasos. Es decir, dejar de pagar todo lo que se debe a IESS, proveedores, entre otros y utilizar esos fondos para atender otras urgencias. Así, quienes esperan el pago (municipios, hospitales, empresas, jubilados, etc.) terminan financiando temporalmente al Estado, sin que éste recurra de inmediato a endeudarse o subir impuestos.
“El uso de atrasos como ‘financiamiento oculto’ permite al Estado ganar tiempo y aliviar la presión de caja, pero también distorsiona la magnitud real del déficit y afecta la prestación de servicios públicos y obras locales. Aunque no aparece como deuda formal o nuevo impuesto, esta estrategia traslada el costo del ajuste a otros actores del sistema público y a la economía en general”, aseveró Andrés Rodríguez, economista Sin embargo, como explicó Ortiz, esa salida fácil ya no es posible. Se necesitan medidas de ajuste para acceder a los $1.200 millones adicionales del FMI hasta finales de año.
ción se vuelve insostenible.
La deuda con Cuenca son 3,5 cuotas. El riesgo de no pago de sueldos de este mes es casi un hecho si no se cancelan las cuotas”.
Normalmente lo que suele pasar es que, ante la presión y los reclamos, el Gobierno paga algo de la deuda pendiente y gana tiempo. Sin embargo, el problema persiste y se hace crónico.
Atrasos, una bomba de tiempo “¿Atrasos? Claro que hay atrasos. Por eso toca subir el diésel. Se acabó la fácil. No se soporta más deuda. El déficit fiscal al mes de septiembre de 2025 superó los $2.000 millones. Cuando en septiembre de 2023 superó ese monto, al finalizar el año terminó en un déficit de $5.457 millones”, explicó Fausto Ortiz, exministro de Economía
En un escenario de posible déficit fiscal entre $5.400 millones y $5.600 millones,
La campaña electoral por la reelección, y el plan de compensaciones para evitar una mayor protesta social por la eliminación del subsidio al diésel , han provocado que, entre enero y septiembre de 2025 aumente el gasto estatal en más de $2.300 millones. Pero, de acuerdo con Rodríguez, gran parte de ese mayor gasto se ha cubierto con atrasos a la espera de que llegue el dinero de los multilaterales.
“Esta dinámica es insostenible y complica el cierre de este año. El IESS como fuente de financiamiento interno cada vez tiene menos espacio. Los multilaterales cada vez prestarán menos y mantener un nivel muy alto de atrasos podría golpear el crecimiento y la economía real. Por eso, al Gobierno de Noboa le tocó eliminar el subsidio al diésel, y tendrán que tomar otras medidas en 2026, para poder financiarse a través de bonos de deuda externa”, concluyó Rodríguez. (JS)

Los ‘night clubs’ de Quito están en la mira de la Policía y las autoridades municipales. En las últimas semanas han sido epicentro de violencia y otros delitos. Hay sitios en los que se hallaron búnkeres y túneles secretos.
¿Por qué un centro de diversión nocturna necesitaría tener un búnker o túneles secretos?
Pues, según la Agencia Metropolitana de Control (AMC) la razón es dificultar el ingreso de las autoridades.
Este 2025, los ‘night clubs’ de Quito han sido escenarios de atentados, matanzas y hasta sitios donde se han rescatado víctimas de trata y explotación sexual.
Según la secretaria de Seguridad, Carolina Andrade, el Municipio refuerza los controles en estos lugares que se dicen de diversión nocturna, pero “que están sirviendo para actividades ilícitas”.
Focos de violencia
Según la Policía Nacional, diversos factores explican por qué algunos centros de diversión nocturna en Quito se han convertido en focos de violencia, especialmente en el contexto del aumento de la inseguridad en el país.
Las causas incluyen la presencia de bandas criminales,
la venta de drogas y armas y el consumo de alcohol. Factores que contribuyen a la violencia en prostíbulos.
• Presencia de grupos criminales : La expansión de bandas criminales en Ecuador ha llevado a que estos grupos incursionen en la vida nocturna de Quito para operar sus negocios ilícitos. A menudo, esto incluye el control de la venta de drogas y armas dentro y fuera de los establecimientos, lo que genera enfrentamientos violentos y amenazas. Es por eso que se han reportado ataques armados y asesinatos, incluso de guardias de seguridad. Por ejemplo, una fuerte explosión se registró el 19 de junio de 2025 en la avenida De la Prensa, en el norte de Quito El hecho dejó siete heridos y, según la Policía, el atentado se dirigía un burdel que solo ocho días antes ya había sido blanco de otro atentado.
Otro hecho que confirma esto ocurrió el 27 de septiembre
de 2025. Cuando un cantante fue asesinado en un ‘night club’. Se trata de Magnus R Troy, cuyo nombre real era Riker Emilio Valencia Ramírez, un artista urbano ecuatoriano de 25 años, conocido por sus canciones de género dancehall y reguetón
Magnus R Troy fue encontrado sin vida en el sector La Bota, en el norte de Quito, con heridas en la cabeza.
Los relatos de sobrevivientes indican que el cantante se presentó en un concierto en el burdel Insomnio. Después del evento, cerca de las 05:30, Magnus R Troy intentó retirarse del lugar junto a sus amigos; pero cinco sujetos armados los interceptaron en el parqueadero y secuestraron a Magnus y a algunos de sus amigos. Los amigos del cantante lograron escapar y pidieron ayuda. Horas más tarde, el cuerpo fue localizado.
• Venta y consumo de sustancias ilícitas: Los operativos policiales en prostíbulos han confirmado el
decomiso de drogas y armas, lo que evidencia que estos lugares se utilizan como centros de distribución y consumo. El consumo de alcohol en exceso y de drogas puede desinhibir a las personas, afectando su comportamiento y aumentando la probabilidad de conflictos y agresiones. Un ejemplo de esto se dio entre el 3 y 5 de octubre de 2025, cuando las Fuerzas Armadas realizaron varios operativos en bares, discotecas y centros de tolerancia de alto riesgo en los valles de Tumbaco y Los Chillos. En total 11 establecimientos fueron clausurados; hay cinco detenidos y se incautaron armas y droga, principalmente marihuana (125 gramos) y cocaína.
Las autoridades detuvieron a cinco personas detenidas y se encontró a más de 24 sujetos extranjeros sin documentos.
• Falta de permisos: Las autoridades han clausurado sitios de diversión nocturna por operar de forma
La tasa de homicidios en Quito es de 5,8 por cada 100.000 habitantes.
Trabajamos en controlar estos centros, que se dicen de diversión nocturna y que están sirviendo para actividades ilícitas”,
CAROLINA ANDRADE, SECRETARIA DE SEGURIDAD
DE QUITO.
clandestina o sin los permisos adecuados. Estos locales no regulados suelen carecer de medidas de seguridad, lo que los hace más vulnerables a las actividades criminales. Uno de los últimos operativos masivos (27 de septiembre de 2025) clausuró 15 establecimientos y desmanteló un night club tipo búnker. “Durante la inspección se verificó que el establecimiento funcionaba en la madrugada y que había sido acondicionado como un búnker para dificultar el ingreso de las autoridades. En el lugar se encontraron vías de escape y túneles, lo que confirmaba su operación al margen de la normativa. En el sitio se registró una muerte violenta durante la madrugada”
• Explotación sexual y violencia de género: Se han registrado casos de trata de personas y explotación sexual en centros de tolerancia clandestinos. Por ejemplo, en octubre de 2025, las autoridades rescataron a dos adolescentes víctimas de explotación sexual en un local de este tipo. (DLH)

Según el alcalde de Quito, Pabel Muñoz, la eliminación del subsidio al diésel empieza a golpear las finanzas del Municipio de Quito. Advierte sobre sobrecostos en obras y transporte público.
La decisión del Gobierno nacional de eliminar el subsidio al diésel empieza a sentirse en el Municipio, según el alcalde de Quito, Pabel Muñoz, quien se queja de los efectos colaterales en los servicios municipales, las obras públicas y el sistema de transporte. Muñoz asegura que el incremento del precio del combustible ya tiene repercusiones directas en las cuen -
tas municipales. En una rueda de prensa manifestó que está de acuerdo con derogar el Decreto Ejecutivo 126, que eliminó el subsidio, ya que los efectos económicos son innegables.
“Ya nos empiezan a reportar efectos inflacionarios sobre el uso del diésel. Solo en el sistema metropolitano, que incluye la Ecovía y los buses a diésel, tendríamos una afectación superior a los $2 millones”, afirmó.
Según Muñoz, los trabajos de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop) también registran un incremento considerable en sus costos. Los contratistas han informado que si las obras se licitarán hoy, habría un aumento del 15% en los presupuestos, debido al nuevo precio del combustible. Por lo que se puede esperar que las nuevas licita-
QUEJA. El alcalde de Quito, Pabel Muñoz, habla de las afectaciones por la eliminación del subsidio al diésel. (Foto: Municipio de Quito)

millo, gerente general de la Empresa Pública Metropolitana Mercado Mayorista de Quito , informó que las operaciones se mantienen con normalidad y que se ha reforzado la seguridad interna y externa.
“Estamos garantizando el abastecimiento agroalimentario para la ciudad y, en algunos productos, para todo el país”, afirmó.
ciones tengan este aumento.
“Es evidente que esta medida encarece los costos operativos. Los contratistas lo están sintiendo, y eso afecta directamente a la planificación de obras de infraestructura que se financian con presupuesto municipal”, añadió.
Tarifas del transporte
Uno de los efectos más sensibles del aumento del diésel, según Muñoz, podría darse en el sistema de transporte urbano. El Alcalde advirtió que la eliminación del subsidio “ha dado al sector de transporte el pretexto perfecto para solicitar un incremento de tarifas”.
Aunque el Municipio mantiene su postura de diálogo con los transportistas , la preocupación se centra en el incremento de los costos operativos de los buses, que funcionan principalmente con diésel.
“Somos fieles al diálogo y tendremos que conversar para entender sus reclamos. Pero es obvio que sus gastos de operación aumentan significativamente”, explicó el Alcalde, al advertir que podría haber nuevos incrementos en diciembre si se busca equiparar el precio del diésel con el internacional.
Esto, según el Municipio, abriría una nueva presión sobre las administraciones locales, que deberían responder a eventuales exigencias de aumento en los pasajes.
Mayorista garantiza abastecimiento
En medio de las tensiones por el combustible y las movilizaciones registradas en varias provincias, el Mercado Mayorista de Quito activó un protocolo de emergencia para asegurar el abastecimiento.
Roosevelth Antonio Jara-
Entre las medidas adoptadas constan la eliminación de los horarios de carga y descarga para facilitar el ingreso de proveedores y el monitoreo diario de precios. Sin embargo, algunos productos ya reflejan el impacto del alza en el diésel y de las rutas alternas por los cierres viales.
La papa registra un incremento de hasta el 17%, equivalente a unos $4 adicionales por quintal. El plátano y el guineo se ubican entre $7 y $10 por cabeza, en parte por la presencia de la plaga conocida como “moko”
Pese a estas variaciones, Jaramillo aclaró que el resto de productos mantienen precios regulares y que no se ha detectado especulación dentro del centro de abastos. “Hacemos un control constante y, en caso de irregularidades, actuamos con las entidades competentes”, aseguró.
Los retos municipales
E l alza del diésel se perfila como un reto estructural para el Municipio. Además de los sobrecostos en obras y transporte, la administración deberá evaluar cómo sostener los servicios básicos y los proyectos de inversión sin afectar el presupuesto destinado a programas sociales y mantenimiento urbano.
Muñoz reiteró que, aunque comprende la necesidad de revisar los subsidios estatales, el proceso debía ser gradual y acompañado de políticas compensatorias para evitar un golpe tan fuerte en las economías locales.
“No podemos ser responsables de una decisión errónea, no tomada por nosotros. La eliminación del subsidio al diésel tiene efectos reales que ya están golpeando al Municipio y, por extensión, a la ciudadanía”, concluyó (EC)
Arte, música, cultura y entretenimiento es la invitación que hace a los visitantes el Centro Histórico de Quito, un lugar que acoge en todas las épocas del año a visitantes y turistas que desean explorar los rincones de este espacio patrimonial.
Los feriados largos son el momento ideal para recorrer los espacios de la ciudad y planificar un paseo entre amigos y familiares. Te invitamos a un recorrido por las calles del Casco Colonial para que puedas aprovechar estos días libres del 9 al 12 de octubre.
La ruta de las iglesias
Las iglesias y sus cúpulas son los íconos que visten las calles patrimoniales del centro de la capital. Recorrerlas es siempre una aventura para quienes las visitan por primera vez y para quienes ya las conocen como la palma de su mano.
Empezando con el estilo neogótico de la Basílica del Voto Nacional, ubicada en la calle Venezuela, le sigue el templo católico dedicado a Santa Bárbara en la calle García Moreno. A menos de un kilómetro nos encontramos con la Iglesia
La Merced sobre la calle Cuenca. Siguiendo por este camino llegamos hasta la Plaza de San Francisco, con su icónica iglesia y convento que nos recuerdan la popular leyenda de Cantuña, el hábil constructor indígena que engañó al diablo para no perder su alma tras la construcción del atrio de San Francisco
Si bajamos por la calle Chile hacia la García Moreno se puede avistar a simple vista La Concepción, hasta llegar a la Plaza de la Independencia, rodeada del Palacio de Gobierno, el Palacio Municipal y, por supuesto, La Catedral, un lugar en el que aún se cuenta la leyenda del Gallito de la Catedral, una pequeña estatua de bronce que cobraba vida para reprender a Ramón Ayala y Sandoval, un clérigo que había cometido injusticias.
Sobre la misma calle podemos visitar El Sagrario, El Carmen Alto y la tradicional iglesia de La Compañía de Jesús, un templo de estilo barroco con un interior construido con piedra volcánica y recubierto con pan de oro de 24 quilates. A menos de 10 minutos, siguiendo por la calle Guayaquil, sobre la Flores y Pe-


Recorridos teatralizados, visitas a las cúpulas de las iglesias, exposiciones, obras de teatro o disfrutar de una caminata. El Centro Histórico de Quito es un lugar lleno de actividades que recibe con los brazos abiertos a los visitantes.

Ciudad, el Museo del Carmen Alto, el Museo Interactivo de Ciencia, Yaku Parque Museo del Agua y el Centro de Arte Contemporáneo. En este feriado, abrirán sus puertas del 9 al 12 de octubre con actividades para todo público. Los teatros también son parte de los atractivos del centro de Quito. La Plaza del Teatro con el imponente Teatro Nacional Sucre y el Teatro Variedades acogen conciertos y presentaciones artísticas. Este 11 de octubre es el turno de la cantautora Juana Aguirre, quien se presentará a las 19:00 en el Teatro Variedades, mientras el Sucre recibe a Painecur, una obra de la Compañía Lafamiliateatro que cuenta la historia de un caso mapuche de 1960. No muy lejos de estos eventos, este 9, 10, 11 y 12 de octubre, el espacio tradicional de La Ronda también recibe a los turistas en la exposición ‘La Ronda: vida y cotidianidad’, en la Casa de las Artes.

EL TEATRO Nacional Sucre abrió sus puertas en 1886 y es un espacio cultural con una amplia agenda de programación artística.

reira, está la iglesia y convento de Santo Domingo en la plaza con su mismo nombre, la igle-
en la calle Flores y finalizamos
con la iglesia San Blas, sobre la calle Montúfar.
Para los más aventurados, el turismo en el centro ofrece también recorridos teatralizados como la Ruta Monástica de las Madres Agustinas, la Ruta de las leyendas: brujería e inquisición y la Ruta nocturna de la Basílica.
Una tarde en el museo El centro histórico de Quito es reconocido por ser un espacio que alberga arte y cultura. Es así como sus museos y espacios culturales ponen a disposición de los visitantes exposiciones temporales y permanentes a lo largo del año.
Los turistas podrán recorrer los espacios que conforman la Fundación Museos de la Ciudad, como el Museo de la
Un recorrido con olor a café Ecuador se distingue por la variedad y calidad de su café, y el centro histórico de Quito no se queda atrás con las opciones de cafeterías para visitar. Empezamos por visitar un lugar cultural con más de 90 años de historia: el Teatro Bolívar, ubicado en la calle Eugenio Espejo y Guayaquil, y en cuyas instalaciones está la cafetería ‘Sweeties’, una opción ideal para los amantes del teatro que quieren tomarse un descanso antes o después de una función.
Con más de 70 años de trayectoria está la famosa ‘Cafetería Modelo’, sobre la calle Sucre y García Moreno, que ofrece los tradicionales cafés, chocolates, ponches y vinos hervidos, acompañados de desayunos y almuerzos variados.
Si buscas una hermosa vista mientras disfrutas de un café, puedes visitar ‘Alma Quiteña’, ubicada en las calles Venezuela y Carchi. Aquí podrás acompañar tu bebida de desayunos típicos y platos tradicionales desde un balcón con una vista privilegiada hacia la Basílica del Voto Nacional.
Y si lo que quieres es un espacio tradicional, sobre la calle Chile está el Café del Fraile, una cafetería y restaurante en la que encontrarás una experiencia gastronómica variada en un edificio lleno de historia. (CPL)
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, acusa a su homólogo estadounidense, Donald Trump, de desatar una “guerra étnica” contra los migrantes y lo compara con Adolf Hitler.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro , ha acusado a su homólogo estadounidense, Donald Trump, de desatar una “guerra étnica” con sus medidas para acelerar las deportaciones de migrantes y ha comparado al magnate neoyorquino con el dictador nazi Adolf Hitler.
Así ha abordado la decisión de Trump de desplegar a la Guardia Nacional en la ciudad de Chicago , en el estado de Illinois, para sofocar las protestas contra las redadas realizadas por los agentes del Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés), donde han hecho uso de gases lacrimógenos y vehículos sin identificación.
Petro, que se ha alzado como una de las voces de América Latina más críticas frente a las políticas migratorias de la Administración Trump, ha recalcado que el presidente “hace a los latinoamericanos lo mismo que Hitler a los judíos”.
La medida ha llevado al estado de Illinois a demandar a la Administración estadounidense por el despliegue de las tropas, si bien la Casa Blanca apunta a ciudades lideradas por los demócratas en el marco de las discrepancias sobre la política de control migratorio.
El propio Trump había

autorizado el despliegue de 400 miembros de la Guardia Nacional de Texas a Chicago, Portland y otras ciudades donde fuera “necesario” para la introducción de las medidas migratorias.
Trump defiende despliegue de Guardia Nacional
El 7 de octubre, Trump advirtió que podría invocar la Ley de Insurrección para enviar militares a ciudades estadounidenses, después de ordenar el despliegue de centenares de efectivos de la Guardia Nacional a las ciudades de Chicago, en Illinois, y Portland, en
Oregón, pese al bloqueo judicial.
“Hasta ahora, no ha sido necesario. Pero tenemos una Ley de Insurrección por una razón. Si tuviera que invocarla, lo haría”, ha señalado desde el Despacho Oval de la Casa Blanca, donde ha afirmado que “si hubiera muertos y los tribunales nos frenaran, o gobernadores o alcaldes nos frenaran, por supuesto que lo haría”.
El mandatario ha defendido que “quiero asegurarme de que no mueran personas” y ha aseverado que el gobernador de Texas, el republicano Greg Abbot,
no es el único dispuesto a ofrecer tropas. “Todos están dispuestos a ofrecer lo que necesitemos”, ha agregado, después de que haya autorizado el envío de 400 miembros de la Guardia Nacional de este estado a Chicago, Portland y otras ciudades “donde sea necesario”.
Trump autorizó el despliegue de al menos 300 agentes de la Guardia Nacional del estado de Illinois a Chicago, a pesar del rechazo de su gobernador, JB Pritzker , que ha denunciado una “invasión” por parte del inquilino de la Casa Blanca.
“Por la presente, convoco al servicio federal a al menos 300 miembros de la Guardia Nacional de Illinois, hasta que el gobernador de Illinois consienta una movilización financiada con fondos federales”, recoge el texto que autoriza a estos efectivos a seguir las órdenes del “secretario de Guerra --en alusión al secretario de Defensa, Pete Heghseth -- (...) para garantizar la ejecución de la ley federal en Illinois”, por un plazo de 60 días.
Las autoridades de Illinois y de Chicago ya han denunciado a la Administración Trump por esta movilización de tropas que consideran “manifiestamente ilegal”, además de “ peligrosa e inconstitucional ”, y que han extendido al despliegue de miembros de la Guardia Nacional de Estados Unidos, incluidas la de Illinois como la de Texas.
Pritzker ha asegurado que el objetivo de Trump con esta medida es “crear violencia y caos” en la ciudad para “tener un pretexto para invocar la Ley de Insurrección”, a lo que el Presidente ha respondido tachándolo de “incompetente”.
Trump ya barajó el pasado junio invocar esta ley por las protestas en la ciudad californiana de Los Ángeles, alegando una supuesta insurrección de los manifestantes, a los que acusó de recibir pagos por movilizarse contra las redadas y detenciones del Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés). (EUROPA PRESS)





La Justicia de Argentina confirmó el proceso contra el expresidente Alberto Fernández por violencia de género contra su expareja, Fabiola Yáñez.

La Justicia de Argentina ha ratificado el proceso contra el expresidente del país Alberto Fernández (20192023) por violencia de género contra la que fue su pareja, Fabiola Yáñez, al desestimar este 6 de octubre de 2025 los argumentos de su defensa, si bien ha accedido a apartar al juez del caso, Julián Ercolini, para evitar una posible parcialidad en la tramitación.
Un tribunal federal ha to-
mado esta decisión después de que los abogados del exmandatario solicitara la semana pasada el cierre de la causa en una audiencia en la que Fernández denunció “ acciones judiciales, mediáticas y políticas para cancelarme social y políticamente”, según recoge ‘Clarín’, y en la que apuntó directamente contra Ercolini.
El organismo ha apartado a este magistrado “con
el fin de alejar cualquier temor de parcialidad que pudieran albergar las partes” puesto que, según señala el acusado, le unía una amistad con Ercolini hasta que se enfadó por fallos que dictó, de acuerdo a las informaciones del diario argentino.
Con todo, los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci --quienes han tomado esta medida por unanimi -
dad-- han respaldado toda la actuación de Ercolini en relación al caso por lo que el proceso contra el exmandatario por lesiones leves y agravadas por violencia de género y de amenazas coactivas sigue abierto.
El fiscal federal Ramiro González solicitó el pasado 14 de agosto un juicio oral y público para Fernández, quien se enfrenta a una pena de hasta 15 años de cárcel si es declarado culpa-
ble de estos delitos.
Los argumentos de Fernández
Durante todo el proceso Fernández ha insistido en su inocencia.”Yo nunca le pegué”, dijo en abril Fernández, en una entrevista para Radio Splendid, en la que explicó que el ojo morado de Yáñez en una fotografía ampliamente difundida fue fruto de una intervención estética.
También aseguró que los “problemas crónicos de salud muy serios” de ella explican “en gran medida” lo que está ocurriendo. “Si uno ve su enfermedad, lee la historia clínica, eso explica muchas de las cosas que hizo y hace”, apuntó entonces.
“La lesión en el ojo claramente fue el resultado de una intervención estética que se hizo, que ella siempre negó y que ahora quedó probada”, dijo en otro momento de la entrevista en la que acusó a Yáñez de autolesionarse y sacarse fotografías “diciendo que algún día las iba a usar”.
“Ese ojo negro nunca existió y nunca nadie lo vio, no hay un solo testigo (...) Fue una mala inyección causada por la esteticista”, aseguró Fernández, tomando así también la versión del entonces médico de la Presidencia, Federico Saavedra. A su vez, Fernández, que ha llamado “psicótica” a la que fuera su pareja , ha denunciado que está impidiéndole ver al hijo de ambos, ahora que residen en España. “Yo soy un padre responsable, no tengo ningún interés en que Francisco deje de ver a su mamá”, dijo. (EUROPA PRESS)


El paro en Imbabura cumple 17 días con denuncias de amenazas y violencia, pérdidas millonarias. Entre el miedo y el hartazgo, la gente pide soluciones urgentes.
IMBABURA.- Imbabura vive su día 17 de paralización en un escenario de creciente tensión social y económica. Lo que comenzó como una movilización del movimiento indígena ha derivado en un ambiente de presión, desabastecimiento y temor. Comerciantes, empresarios y productores denuncian hostigamientos y amenazas para obligarlos a sumarse al paro o mantener cerrados sus negocios.
Desde Otavalo, Cotacachi, Antonio Ante e Ibarra, los testimonios coinciden: quienes intentan trabajar son intimidados. Videos compartidos en redes sociales muestran a grupos de manifestantes recorriendo las calles con palos y piedras, exigiendo el cierre de locales o la adhesión a las protestas.
“Nos obligan a cerrar y, si no lo hacemos, amenazan con romper vidrios o tomar represalias”, contó un comerciante otavaleño a LA HORA.
La situación se agrava en las zonas rurales. En La Esperanza, en el norte de Ibarra,
productores lecheros denunciaron que se exige entregar productos o dinero para permitir el paso de camiones recolectores por las vías bloqueadas.
“Nos piden cosas a cambio para dejar pasar. Eso es extorsión”, afirmó un ganadero.
El gremio Expoflores, que agrupa a la industria florícola nacional, también denunció este 6 de octubre de 2025 que “en Cotacachi nuestras fincas amanecieron sitiadas por decenas de manifestantes violentos que bloquean el ingreso, impidiendo trabajar y obligando bajo amenazas a los empleados a sumarse al paro”.
La organización responsabilizó de estas acciones a dirigentes de la Unorcac (Unión de Organizaciones Campesinas Indígenas de Cotacachi), a quienes acusó de liderar ataques e ingresos ilegales a propiedades privadas.
Sin embargo, desde la Unorcac y la Federación de Indígenas y Campesinos de Imbabura (FICI) rechazaron este tipo de acusaciones. Ambas organi-


zaciones aseguran que el movimiento mantiene su resistencia “de forma pacífica” y que la falta de diálogo se debe “a la inacción del Gobierno”.
Mesías Flores, presidente de la FICI, reconoció días atrás que existen divisiones internas y que “no todos los territorios apoyan el paro”, pero insistió en que el problema se resolverá “solo si el Gobierno se sienta a conversar con voluntad real”.
Mientras tanto, la vida económica de la provincia se encuentra prácticamente detenida. Desde hace más de dos semanas, el comercio está paralizado, el transporte interrumpido, el turismo colapsado y el flujo de bienes básicos restringido. Hoteles, restaurantes, productores agrícolas y pequeñas industrias reportan pérdidas millonarias y una ruptura total en la cadena de pagos.
Cansados del paro
El cansancio ciudadano también se evidencia. Durante los últimos días, vecinos y comerciantes han intentado desbloquear vías por su cuenta, generando choques con grupos de manifestantes. En paralelo, municipios como Otavalo y Cotacachi han instalado mesas de diálogo con representantes barriales y sectores productivos para buscar consensos mínimos y frenar la crisis.
Pese a esos esfuerzos, la tensión persiste. La mayoría de los negocios permanecen cerrados por miedo, mientras los sectores económicos advierten que la provincia está al borde del colapso
“Ya no se trata solo de una protesta, sino de sobrevivir. Queremos trabajar y que se respete ese derecho”, expresó una comerciante del centro de Atuntaqui, que lleva dos semanas sin abrir su negocio, con cuentas por pagar y sin producir nada desde que empezó el paro. Así, en Imbabura, el reclamo por el respeto al derecho al trabajo se cruza con la exigencia de diálogo, donde entre el hartazgo ciudadano, las denuncias de abusos y falta de consensos, el paro ha dejado una huella profunda que varios sectores sociales y comerciales coinciden no se resolverá solo con desbloquear las carreteras. (FV)
Esta limpieza busca mejorar la calidad del agua, eliminando residuos como el hierro y el manganeso.
BABAHOYO. La Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Babahoyo (Emsaba EP) informó que el suministro de agua potable será suspendido temporalmente durante 12 horas, desde las 18:00 del lunes 13 de octubre hasta las 06:00 del martes 14 de octubre. Esto se debe a un proceso de limpieza profunda de la tubería principal, en el que se utilizarán polímeros biodegradables, una alternativa ecológica y segura para el medio ambiente.
Según el comunicado emitido por la empresa, esta limpieza busca mejorar la calidad del agua, eliminando residuos como el hierro y manganeso, que actualmente afectan el servicio en varios sectores del cantón. El procedimiento no genera residuos tóxicos, pero durante su ejecución podría provocar presencia de agua turbia, por lo que se recomienda no consumir el agua durante el periodo indicado.
Socialización con la comunidad
Para evitar inconvenientes, Emsaba EP ha iniciado una campaña de socialización puerta a puerta y mediante redes sociales, informando a los ciudadanos sobre los trabajos y las medidas preventivas que deben tomar. La empresa hace un llamado a almacenar agua con anticipación y evitar el consumo directo del líquido durante la limpieza para prevenir posibles enfermedades o reacciones adversas.
Opinión ciudadana
La noticia ha generado diversas reacciones entre los habitantes de Babahoyo. Wendy Mora, residente de la Flores, expresó que, aunque es una molestia quedarse sin agua, espera que el resultado valga la pena. “Muchas veces estoy lavando ropa y de pronto el agua sale negra. En vez de limpiar, la ropa termina manchada. Ojalá esto solucione ese problema”, comentó.
Por su parte, Bertha Guerrero manifestó que desconocía del procedimiento, pero

TRABAJOS. El servicio de agua potable regresará con normalidad luego de pasar las 12 horas de trabajos.
considera positivo que se realice una limpieza integral. “Si eso ayuda a tener agua más limpia, está bien, pero espero que no se extienda más de lo anunciado”, dijo.
Recomendaciones
Emsaba EP recomienda a la ciudadanía: Almacenar agua suficiente antes del inicio de los trabajos, evitar el consumo o uso doméstico del agua durante las horas de limpieza y estar atentos a los canales oficiales de la empresa para nuevas actualizaciones.
La empresa recalca que este tipo de mantenimiento es parte del compromiso con la mejora continua del servicio de agua potable, y garantiza que los polímeros utilizados son completamente seguros para la salud y el medio ambiente. (KAT)


Puebloviejo promueve hábitos saludables en las personas
La Alcaldía Ciudadana de Puebloviejo, liderada por la Ing. Elsy Ospina Garcés, continúa impulsando el bienestar integral de sus ciudadanos. A través del Proyecto de Discapacidad, en convenio con el Ministerio de Desarrollo Humano, se desarrolló una charla sobre “Buenas Prácticas Alimenticias”, dirigida a usuarios y cuidadores.
El evento contó con la participación de la nutricionista Odalys Carrasco, quien abordó temas clave como higiene en la manipulación de alimentos y bioseguridad. Además, se elaboró una ensalada de frutas como demostración práctica de una opción saludable.
Con alrededor de 50 asistentes, la jornada combinó información nutricional con actividad física ligera, reforzando la importancia de adoptar hábitos que mejoren la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias. (DLH)
MIÉRCOLES 08 DE OCTUBRE DE 2025


Los elefantes asiáticos son capaces de reconocer cuando están siendo observados, y no solo de forma directa sino además por una combinación de señales para reconocer la atención visual humana. Los hallazgos se han publicado en Scientific Reports. EUROPA PRESS
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Autor: Yandry M. Loor Loor
La acción extraordinaria de protección en el Ecuador, por su naturaleza se convierte en un mecanismo eficiente y eficaz capaz de poder subsanar aquellas afectaciones de los derechos que han sido causado ya sea por una acción u omisión por una autoridad como tal.
Se debe de dejar en claro, que la acción extraordinaria de protección se convierte en el último mecanismo de protección de derechos Constitucionales dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, y su aplicación será siempre que todos los procesos y procedimientos ordinarios hayan sido agotados de manera tal, que el único mecanismo disponible a usar, sea esta acción extraordinaria de protección.
Introducción
Con la entrada en vigencia desde hace ya varios años de la Constitu-
ción de la República del Ecuador de 2008, tenemos que está dentro de su ordenamiento jurídico recoge en su artículo 94 la acción extraordinaria de protección, a pesar de ello, tenemos que en ocasiones a la acción extraordinaria de protección se le denomina recurso y en otras acción, lo cual hace que en muchas ocasiones quienes estamos en el litigio diario, podamos tener una cierta confusión acerca del tipo de acción que se da – recurso o acción – de ahí que las consecuencias jurídicas de cómo se denomine a esta institución resultan y se convierten en relevantes para la protección de los derechos fundamentales toda vez que aquel trato que se le dé significa darle verdadera efectividad a la institución en el caso de hacer uso de manera correcta de lo que determina la norma, o alargar más el ya doloroso proceso de las víctimas por la búsqueda de la justicia y de la tutela de sus derechos, en el caso errático de haber hecho uso
de manera incorrecta a esta acción jurisdiccional.
Sin embargo, esta confusión no nace del mal estudio de la norma, sino que nace exclusivamente de la misma norma, es así que, tenemos:
En la Constitución del Ecuador, en el Art. 94.- La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional vulnerado.
De ahí que, dentro del mismo cuerpo jurídico esto es la Constitución del Ecuador, en el artículo 437 estable que: Art. 437.- Los
ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección contra sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia.
Sin embargo, la confusión tal como lo expresábamos en líneas anteriores, empieza cuando la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales y Control Constitucional, que limita y establece las reglas procesales para la aplicación y correcto proceder de las acciones Constitucionales dentro de nuestro ordenamiento jurídico – y de la cual ya he hablado en artículos anteriores –, empieza a denominarla recurso, es así que tenemos que de la LOGJCC en el Art. 62 se determina que: Art. 62.- Admisión. - La acción extraordinaria será presentada ante la judicatura, sala o tribunal que dictó la decisión definitiva; éste ordenará notificar a la otra parte y remitir el expediente completo a la Corte Constitucional en
¿Debería existir una reforma en el sentido de que los acuerdos probatorios deban presentarse en la audiencia de juicio, incluso al momento mismo de la práctica de la prueba.?

Los acuerdos probatorios forman parte del ámbito de la prueba, conforme a nuestro sistema penal vendrían a ser aquellos convenios celebrados entre las partes, con la debida aprobación del juez, respecto a hechos que no serán sometidos a contradicción, de esta forma se logra expurgar la prueba, para que así en el juicio oral solo se debatan los aspectos realmente controvertidos. Solamente cabe la presentación de los acuerdos probatorios en la Audiencia Preparatoria de Juicio, los que deberán ser aprobados o no por la Jueza o el Juez de Garantías Penales en esa misma diligencia.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
un término máximo de cinco días. […] 8. Que el admitir un recurso extraordinario de protección permita solventar una violación grave de derechos, establecer precedentes judiciales, corregir la inobservancia de precedentes establecidos por la Corte Constitucional y sentenciar sobre asuntos de relevancia y trascendencia nacional.
La institución es llamada recurso, tal como lo expresaba en líneas anteriores en el artículo 62.8 de la LOGJCC, y en el Art. 94 inciso segundo de la Constitución, sin embargo, esto fue suficiente para que la Corte Constitucional para el Período de Transición, haya confundido la institución y la asuma precisamente como un recurso.
Pero, ¿cuál es la diferencia entre recurso y acción?, y, sobre todo, ¿En que afecta jurídicamente hablando este tipo de interpretación?
En el contexto de las preguntas que nos acabamos de hacer, debemos tomar en cuenta que en derecho procesal lo que respecta a una acción, tenemos que la misma significa el génesis de un proceso es decir, el acto jurídico mediante la actividad jurisdiccional de los jueces y antes los jueces de instancia se inicia, este proceso tal como es conocido, y así como la norma lo prevé puede tener otros niveles jerárquicos en cuanto a la jurisdicción a los cuales se puede acceder mediante los recursos horizontales o verticales que estén “disponibles” para ese proceso. Es por ello que un recurso siempre estará dentro de un pro-
“Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el extravío del certificado de depósito a plazo N° 05501DPV008687-7 emitido por el Banco Bolivariano C.A. con vencimiento 05/06/2026”. 001-005-2585
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000110002396001
Cliente BENITEZ NARANJO
DANIELLA ANAIS Cédula de Ciudadanía Nro. 1003474630 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-6008
POR HABERSE EXTRAVIADO , QUEDAN ANULADOS LOS TÍTULOS DE ACCIONES No.s 206, 1487, 2776, 4092, 5438, 7554, 8930, 13542, 11957, 10433, DEL CONJUNTO CLÍNICO NACIONAL –CONCLINA C.A. , DE PROPIEDAD DE BERTA ROSARIO CALDERÓN NÚÑEZ. 001-004-5948
ceso indistintamente de cual sea este, sin embargo, es necesario volver a dejar en claro que una acción sólo inicia un nuevo proceso judicial o jurisdiccional. De ahí que cuando se acude a recursos tales como el de apelación o el de nulidad, se mantiene el objeto del litigio y las partes procesales, que se deberán de someter de manera directa – siempre y cuando este ejecutoriada la sentencia – a lo que el juez o jueces hayan determinado al respecto de dichos actos, y consecuentemente sobre dicha vulneración o no de derechos.
Por otra parte, es necesario determinar que el recurso de apelación o el de casación tienen la particularidad de que el juez o jueces que lo resuelven dicten una nueva sentencia, sobre los hechos que versaron desde primera instancia, pero son la finalidad de que se revoque parcial o totalmente lo que ya se haya determinado, siendo esto así, tal
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000080004057001
Cliente NUÑEZ CELA MARIO
HUMBERTO Cédula de Ciudadanía Nro. 1710812247 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso 001-003-6005
como lo indicábamos una nueva sentencia, esto teniendo en cuenta que no importa hasta que instancia haya llegado el proceso, si mediante el recurso de nulidad se resuelve la misma como favorable, pues se devuelve al juez que conocía la causa para que continúe sustanciando el proceso desde el momento en que se produjo la nulidad por lo cual todo el proceso retrocede mediante una nueva sentencia – la sentencia que dictamino la nulidad – tanto en el uno como en el otro caso, el efecto es exclusivamente sobre el proceso. Centrándonos en nuestro objeto de estudio, nos hacíamos la pregunta sobre cuál era la diferencia entre el recurso y la acción, pues bien esto es la acción extraordinaria de protección, si esta institución fuese un recurso como
POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDA ANULADO EL TÍTULO DE ACCIONES No.s 14970, DEL CONJUNTO CLÍNICO NACIONAL – CONCLINA C.A. , DE PROPIEDAD DE EZEQUIEL BERMEO VALLEJO.
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SERVICIO DE TRANSPORTE “OASIS” S.A
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y Estatutos de la Compañía, se convoca a los señores Accionistas a Junta General Ordinaria que se realizará el día viernes 17 de Octubre del 2025 a las 16H00, en la oficina de la Compañía ubicada en la calle Púcara S1-23 y Av. Equinoccial, Parroquia San Antonio de Pichincha, del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha con el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quórum e instalación de la Junta.
2. Aprobación del orden del día.
3. Lectura del acta anterior.
4. Elecciones de administradores.
5. Resoluciones.
Sr. José Javier Obando Naranjo Sr. Mario Ibán Flores Camino PRESIDENTE GERENTE GENERAL
lo determina la LOGJCC, significaría que las partes continúan siendo las que litigaron en la justicia ordinaria y que la decisión versaría sobre la materia de dicho litigio o que podría ordenarse que se retrotraiga el proceso hasta el punto en el que se originó la violación al debido proceso o a otros derechos constitucionales tal como lo expresábamos en líneas anteriores, pero no solo ello, sino también que el juez que conocía el caso, en el momento de producirse la violación, debería volver a sustanciar la causa. ahora bien, la otra parte es si la institución es una acción, el objeto de la causa sería determinar si existió una violación a los derechos humanos que fue provocada en el proceso o que no se pudo tutelar mediante el proceso
y que, por tanto, se debe repara dicho daño de manera urgente, y eficaz mediante las medidas de reparación integral en materia constitucional, ya en otro artículo publicado por este espacio jurídico me permití establecer los mecanismos, formas y modos de reparación integral. De ahí que tenemos que esta acción extraordinaria de protección tiene como presupuesto el hecho de que las personas que acudieron a la justicia ordinaria para reclamar acerca de la violación de sus derechos o que dentro del trámite del proceso se violaron los mismos, sin que dicha vía haya resultado efectiva para garantizarle el derecho a la tutela judicial, y que estos sean reparados, por ello dentro del análisis del presente artículo entraremos
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN PROAUTO S.A.
De conformidad con los artículos 233 y 236 de la Ley de Compañías y el Estatuto Social de la Compañía, se convoca a los señores Accionistas de CORPORACIÓN PROAUTO S.A. a la Junta General Extraordinaria a efectuarse en el domicilio de la Compañía ubicado en la Av. Eloy Alfaro y Av. De Los Granados del cantón Quito, así como por vía teleconferencia, a libre elección del accionista, el 21 de octubre de 2025, a partir de las 09h00, para tratar y resolver el siguiente orden del día:
1. Conocer y resolver sobre las bases de la escisión parcial de la Compañía, y por tanto sobre la escisión de la misma.
2. Conocer y resolver sobre la consecuente constitución de la nueva sociedad, cuya denominación debe ser aprobada por la Junta, así como sus estatutos sociales y nombramientos de administradores correspondientes, manteniendo CORPORACIÓN PROAUTO S.A. su personería jurídica.
3. Conocer y resolver sobre la división del patrimonio de la Compañía, así como la adjudicación y transferencia de los correspondientes activos a la nueva sociedad que se crea como consecuencia de la escisión.
4. Conocer y resolver sobre el estado de situación financiera anterior y posterior a la escisión de CORPORACIÓN PROAUTO S.A., así como el estado de situación inicial de la nueva sociedad que se crea como consecuencia de la escisión.
5. Conocer y resolver sobre las bases de la reducción del capital social, la respectiva reforma parcial de los estatutos sociales de CORPORACIÓN PROAUTO S.A. y el informe de solvencia de la Compañía.
6. Conocer y resolver sobre las declaraciones bajo juramento respecto de: (i) la veracidad y autenticidad de la información proporcionada y de toda la documentación conocida por la Junta para la aprobación de la respectiva escisión y sus actos consecuentes, que en consecuencia será presentada a la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros; (ii) los estados de situación financiera que se encuentran respaldados en los respectivos registros contables y libros sociales de la compañía que se escinde; (iii) la proveniencia lícita de los fondos utilizados para la presente escisión parcial y sus actos consecuentes. Y,
7. Conocer y resolver sobre la autorización al representante legal de la Compañía para la suscripción de la escritura pública de escisión parcial y reforma de estatutos de la Compañía, así como cualquier otro instrumento necesario para el perfeccionamiento del trámite.
Se convoca de manera especial e individual a la señora María Cristina Barrera Mecías, Comisaria Revisor Principal.
Los señores accionistas deberán cumplir con las siguientes normas procedimentales relacionadas con su participación y emisión del voto:
• Tienen el derecho a solicitar información y a incluir puntos en el orden del día, mediante correo electrónico enviado a legal@proauto.com.ec, dentro de las 72 horas anteriores a la fecha de la junta general convocada por el presente.
• Quienes deseen comparecer a la junta general utilizando medios telemáticos, remitirán su voto por cada moción al correo electrónico legal@proauto.com.ec
• Aquellos accionistas que encarguen a un tercero que lo represente en la junta general, podrán enviar el instrumento de representación que corresponda al correo electrónico legal@proauto.com.ec
De conformidad con el artículo 233 de la Ley de Compañías, los accionistas que asistan a la junta general de forma telemática deberán actualizar su correo electrónico a la siguiente dirección legal@proauto.com.ec y utilizarán la plataforma Teams, con el link de acceso y clave que recibirán oportunamente.
D.M. de Quito, 08 de octubre de 2025.
Santiago Sevilla Gortaire
Distrito Metropolitano de Quito, 08 de Octubre del 2025
a analizar la naturaleza de la acción extraordinaria de protección y a su vez sobre los requisitos que la misma determina para poder ser interpuesta.
Acción Extraordinaria de Protección en instrumentos internacionales.
Dentro del contexto jurídico, en cuanto a la acción extraordinaria de protección se trata, tenemos que la Corte Interamericana, en el marco de lo que determina el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o CADH se ha referido así al amparo directo – como se le conoce en algunos países – o acción extraordinaria de protección como le conocemos nosotros de acuerdo a lo determinado en nuestra legislación que: artículo 25.1 de la Convención es una disposición de carácter general que recoge la institución procesal del amparo, como procedimiento sencillo y breve que tiene por objeto la tutela de los derechos fundamentales […].
Es en ello, y de acuerdo a lo que nos establece este artículo, que en aplicación igualmente en términos amplios, consta la obligación a cargo de los Estados de ofrecer de manera eficaz y eficien-
te, a todas las personas que se encuentran ya sea por ser naturales de ese estado, o por otra circunstancia y que se hayan sometidas a su jurisdicción, a la protección mediante un recurso judicial efectivo contra actos violatorios de sus derechos fundamentales, que sean cometidos por cualquier persona o por omisión de alguna de estas, y que dicho amparo será de manera directa, procurando así generar los mecanismos tendientes a eliminar las barreras de protección tal.
De ahí que se dispone, además, que la garantía que se encuentra consagrada se aplica no sólo respecto de los derechos contenidos en la Convención, sino también de aquéllos que estén reconocidos por la Constitución o por la ley.
Por otra parte, y aterrizando en lo que determinar nuestra normativa interna, tenemos que la norma suprema en su artículo 86 señala que las garantías jurisdiccionales, y entre las cuales se encuentra la acción extraordinaria de protección, deberán en su sentencia determinar las formas de reparación del derecho y las autoridades responsables de su ejecución, y así mismo los jueces podrán determinar otros mecanismos para ejercer la reparación
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO DE MATERIALES PETREOS 7 DE FEBRERO TRAMCONS S.A.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, el reglamento y por los Estatutos Sociales de la compañía, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria que se realizará el día jueves 23 de octubre del 2025, a las 17H00, en la dirección Huasipungo No. 70 y Reino de Quito, parroquia San Antonio de Pichincha, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.
La Junta convocada conocerá y resolverá sobre los siguientes puntos de orden del día:
1. Elección del Comisario Principal y suplente de la compañía
2. Análisis y aprobación del incremento al aporte de administración
Por tratarse de segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente instalada con el número de accionistas presentes.
Se convocará señaladamente al Comisario de la compañía señor Pablo Raúl Santillán Guerrero.
D.M. Quito, 8 de octubre del 2025
de dichos derechos constitucionales que se encuentran violentados, o que fueron violados en su momento tal, de acuerdo a como lo sostuve en mi artículo sobre la reparación integral en materia constitucional.
De ahí que ese echo o hilo conductor en el cual “coinciden con la CADH y con la CorteIDH” en decir que estas garantías deben ser sencillas, rápidas y efectivas, y es que, permitir que la vulneración de dichos derechos se mantenga, solo harán que existan daños constantes a los derechos constitucionales como tal.
Por todas estas características se puede determinar que la institución de la acción extraordinaria de protección, mas allá de que la LOGJCC determine que es un recurso, este procedimiento ex-
traordinario de protección de los derechos, no es otra cosa que una acción y no un recurso, ya que conoce de una situación diferente a las de la jurisdicción ordinaria, no conoce el fondo de lo que se discutió sino si la administración de justicia tuteló o no tuteló los derechos fundamentales si existió o no violación del derecho al debido proceso, y a su vez determinar quién es responsable de dichas vulneraciones, y siendo el Estado (mediante la administración de justicia) es este quien debe reparar la violación, y es ahí donde debe de determinarse los mecanismos de reparación para eliminar las afectaciones jurídicas a las que hubieron lugar. De ahí que tengamos, por su parte, en sentencia No. 011-09-SEP-CC, Caso No. 0038-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN PROAUTO S.A.
De conformidad con los artículos 233 y 236 de la Ley de Compañías y el Estatuto Social de la Compañía, se convoca a los señores Accionistas de CORPORACIÓN PROAUTO S.A. a la Junta General Extraordinaria a efectuarse en el domicilio de la Compañía ubicado en la Av. Eloy Alfaro y Av. De Los Granados del cantón Quito, así como por vía teleconferencia, a libre elección del accionista, el 21 de octubre de 2025, a partir de las 09h30, para tratar y resolver el siguiente orden del día:
1. Conocimiento y aprobación de la actualización del manual de prevención de lavado de activos y financiamiento de otros delitos.
2. Conocimiento de la renuncia del oficial de cumplimiento suplente e informe del oficial suplente.
3. Conocimiento y resolución sobre el nombramiento del oficial de cumplimiento suplente.
4. Conocimiento y resolución sobre el informe semestral de cumplimiento en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento de otros delitos.
Se convoca de manera especial e individual a la señora María Cristina Barrera Mecías, Comisaria Revisor Principal.
Los señores accionistas deberán cumplir con las siguientes normas procedimentales relacionadas con su participación y emisión del voto:
• Tienen el derecho a solicitar información y a incluir puntos en el orden del día, mediante correo electrónico enviado a legal@proauto.com.ec, dentro de las 72 horas anteriores a la fecha de la junta general convocada por el presente.
• Quienes deseen comparecer a la junta general utilizando medios telemáticos, remitirán su voto por cada moción al correo electrónico legal@proauto.com.ec
• Aquellos accionistas que encarguen a un tercero que lo represente en la junta general, podrán enviar el instrumento de representación que corresponda al correo electrónico legal@proauto.com.ec
De conformidad con el artículo 233 de la Ley de Compañías, los accionistas que asistan a la junta general de forma telemática deberán actualizar su correo electrónico a la siguiente dirección legal@proauto. com.ec y utilizarán la plataforma Teams, con el link de acceso y clave que recibirán oportunamente.
D.M. de Quito, 08 de octubre de 2025.
08-EP, publicado en el R.O.S. 637 del 20-julio-2009, donde la Corte Constitucional ha explicado la diferencia entre admisión y procedibilidad de la acción extraordinaria de protección, determinando entre otras cuestiones dentro de sus consideraciones que “… este órgano constitucional debe revisar para su admisión si se cumple con dos requisitos que son: 1.- Que se trate de fallo, vale decir sentencias, autos y resoluciones firmes y ejecutoriadas; y, 2.- Que el accionante demuestre que, en el juzgamiento, ya sea por acción u omisión, se ha violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.
Sr. German Vaca Calvache GERENTE GENERAL
Santiago Sevilla Gortaire Presidente
En lo que tiene que ver con la procedencia de esta acción, se deben observar los siguientes requerimientos: 1.- Que exista una violación contra un derecho constitucional, ya sea por acción u omisión; 2.- Que la violación contra un derecho ya sea por acción u omisión, se produzca en la parte resolutiva de la sentencia, sin que exista otro mecanismo idóneo para reclamar la prevalencia del derecho constitucional violado; 3.- Que la violación contra un derecho constitucional ya sea por acción u omisión, pueda ser reducida de manera clara y directa, manifiesta, ostensible; 4.Que la violación contra un derecho constitucional ya sea por acción u omisión, por vía negativa, queda excluida la posibilidad de practicar pruebas, a fin de determinar el contenido y alcance de la presunta violación a un derecho constitucional; y, 5.- Que no exista, a diferencia de la acción extraordinaria de protección, otro mecanismo idóneo de defensa judicial para reclamar el derecho constitucional violado, del cual puede predicarse la misma inmediatez y eficacia para la protección efectiva, idónea y real del derecho constitucional violado”. Entonces, a más de la declaración de la parte accionantes de que existió la vulneración de los derechos constitucionales y consagrados en los tratados internacionales, la misma parte accionante deberá de demostrar en la propuesta de la acción extraordinaria de protección que existió dicha vulneración de derechos. De ahí que, para que pase la etapa de admisibilidad tal como lo determinar la Corte Constitucional, se deberá también de observar a la hora de que la etapa procesal tenga a bien ser iniciada, que no existen más mecanismos para la protección de dichos derechos, y que fue el estado, que a través de alguna de sus autoridades de manera directa o por omisión de es-
tas que ocurrió dicha vulneración a los derechos antes descritos. Por último, es necesario dejar en claro, lo que el maestro Patricio Freire, determina en uno de sus artículos, al mencionar que “El establecimiento o reconocimiento de un derecho en la Constitución no implica la garantía para su cumplimiento tal como lo determinan varios tratadistas al indicar que un derecho constitucional puede ser conferido o atribuido, pero ello no conlleva que el derecho esté garantizado, protegido o tutelado por tanto, la simple enunciación de un derecho no genera la garantía de su cumplimiento. Será necesario entonces establecer instrumentos adecuados que permitan prevenir la violación de la constitución, y remedios para el caso de que sea vulnerada o desconocida.”
Tal como sucede con la acción extraordinaria de protección, ya que la misma se convierte en el medio, o el mecanismo de protección de dichos derechos.
De ahí que se pueda determinar que desde este punto de vista que hemos analizado dentro del presente artículo y sobre todo en su última parte, es necesario dejar en claro, que decir que el ejercicio de los derechos Constitucionales, en estado ecuatoriano, y en cualquier estado solo es posible cuando se han establecido mecanismos directos para su protección de ahí y por ende un Estado en el que no se prevea estos mecanismos no podría ser un Estado constitucional de derechos y
justicia, toda vez que ante alguna vulneración de derechos no podría bajo ningún concepto hacer prevalecer los derechos de índole constitucional a los que hubiere lugar y de los que a bien se podría determinar como tales.
Pero dentro del marco de protección de los derechos, para que la Constitución dentro de todo lo que determinar y se protege, sea verdaderamente suprema y la norma de mayor jerarquía, no solo basta con ser tal, sino que se requiere que todos los poderes públicos, absolutamente todos afirmen esta superioridad, para ello se debe de permitir que existan efectos jurídicos en caso de no cumplimiento de este mandato de ahí el nacimiento de las acciones jurisdiccionales.
Es decir, en este caso las constituciones contemporáneas, que se encuentran vigentes dentro de las democracias constitucionales han permitido y a su vez han creado ciertas vías que permiten a los particulares acudir ante los jueces para que se ponga en funcionamiento el aparato del Estado con el fin de que se tutelen sus derechos y se logre el resarcimiento de los daños y perjuicios causados, y que muchas veces no es por omisión sino por acción directa de los llamados a ejecutar de manera perfecta lo que determina la constitución, lo cual muchas veces se convierte en actos graves de vulneración de derechos.
En ese sentido se puede establecer que son instrumentos que
Segunda convocatoria a la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la Compañía de Transporte de Carga Pesada en Tanqueros y Plataformas TRANSAGUACLARA S.A.
De conformidad con lo previsto en el artículo Décimo Primero del Estatuto de la Compañía, se convoca a los señores Accionistas de la Compañía de Transporte de Carga Pesada en Tanqueros y Plataformas TRANSAGUACLARA S.A., a la Junta General Extraordinaria que se llevará acabo, el día jueves 09 de octubre de 2025, a las 14h30, en la Oficina de la Compañía, ubicada en la Av. Diego de Vásquez N 66-83 y Bartolomé Zamora, para considerar los siguientes puntos:
1. Palabras de bienvenida e instalación de la sesión por el presidente.
2. Constatación del quorum
3. Análisis de la situación de los socios que han incumplido con las obligaciones de la compañía.
4. Análisis de la renovación del permiso de operación.
Se solicita la asistencia a todos los socios pues los puntos a tratar son de vital importancia para el buen funcionamiento de la empresa.
atienden a la necesidad de proteger los derechos promulgados en la Constitución y no pueden alegar falta jurídica para proteger dichos derechos de ahí que existan tratadistas que nos dictaminen que lo que es garantía apunta a la disponibilidad que tiene la persona para movilizar al Estado en protección suya, tanto para evitar ataques como para restablecer la situación anterior al ataque, o para compensarle el daño sufrido, sin dejar de lado la sanción al agresor.
Conclusiones.
1.Hablar de garantías jurisdiccio-
nales, no tiene sentido si no se habla de derechos, y si no se busca proteger a los mismos.
2.Los derechos son aquellas facultades o poderes atribuidos a los sujetos naturales o jurídicos para exigir algo frente a alguien que ha cometido una vulneración de dichos derechos.
3. En el caso de los derechos humanos son las facultades que tienen los seres humanos para exigir que se respete su libertad frente al poder, sea este estatal o personal, asegurándonos así que dichas vulneraciones ya no tengan cabida.
4.La acción extraordinaria de
protección, se convierte en el mecanismo de última instancia donde el estado por su naturaleza constitucional y de derechos y justicia social, puede determinar que existió tales vulneraciones y por ende permitir que las mismas no se sigan repitiendo, así como de asegurar una correcta aplicación de garantías de protección uy restitución del derecho o reptación integral.
Yandry M. Loor Loor Socio director – Yandry Loor & Asociados. Yandrylooryl_97@hotmail.com relacionespublicasyanasociados@gmail.com

EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES QUIEN EN VIDA SE LLAMARON ELVIA
CASTILLO Y MARIA MARIANA CASTILLO GOYES
JUICIO: VOLUNTARIO NÚMERO 04951-2025-00537
ASUNTO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA
ACTOR: LUIS EDUARDO POJOTA QUISTANCHALA
DEMANDADA: JUAN JOSE EFRAIN REINA ENRIQUEZ, MARIA DEL CARMEN, BLANCA ISABEL, ERNESTO ARTURO, SEGUNDO JUSTO, DOLORES CONCEPCIÓN JOSÉ ANTONIO EDUARDO Y MARIA AIDA REINA CASTILLO; y, EVELYN PAOLA POJOTA REINA
CUANTÍA: INDETERMINADA
OBJETO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE ACCIONES Y DERECHOS DE UN BIEN INMUEBLE.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TULCÁN. Tulcan, miércoles 17 de septiembre del 2025, a las 14h21. VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial, previo la razón del sorteo de Ley, según la Acción de Personal Nro. 11440-DNTH-SAF, de fecha 16 de Octubre del 2013, suscrita por la Abg. Doris Gallardo Cevallos, Directora General del Consejo de la Judicatura y en aplicación a lo establecido en los Artículos 75, 82, y 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Artículos 30, 233, y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento de la presente acción y en razón del sorteo de ley; una vez que se ha dado cumplimiento a decreto anterior se califica la demanda presentada por el señor LUIS EDUARDO POJOTA QUISTANCHALA de clara, completa y reúne los requisitos de ley establecidos en el Artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; correspondiendo a una de Autorización de venta de la facción de la una treintaiseisava parte de las acciones y derechos que equivale al 2.78 por ciento en términos de porcentajes fincados en dos lotes de terrenos ubicados en los cantones Tulcán e Imbabura por lo que se la admite al Procedimiento Voluntario que le corresponde contenido en el numeral 6 del artículo 334 del Código Orgánico General de Procesos. Agréguese la documentación adjunta a la demanda, la cual se considerará en su momento procesal. CITESE a los señores JUAN JOSE EFRAIN REINA ENRIQUEZ, MARIA DEL CARMEN, BLANCA ISABEL, ERNESTO ARTURO, SEGUNDO JUSTO, DOLORES CONCEPCIÓN JOSE ANTONIO EDUARDO Y MARIA AIDA REINA CASTILLO; y, EVELYN PAOLA POJOTA REINA, mediante la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia del Carchi en la dirección descrita en el libelo de la demanda. Por así prevenirlo el inciso segundo del artículo 58 del COGEP, a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ELVIA MARIANA REINA CASTILLO Y MARIA MARIANA CASTILLO GOYES de conformidad con al numeral 1 del artículo 56 del referido cuerpo legal, se los citará, mediante tres publicaciones, en fechas distintas que se realizaran en un diario de amplia circulación y cobertura tomando en cuenta la ubicación de los dos inmuebles, para cuyo efecto el señor Secretario de esta judicatura elaborará los extractos correspondientes, hecho lo cual y a partir de la fecha de la última publicación se convocará a las partes a la Audiencia Única, esto de conformidad al inciso cuarto del artículo 335 inciso final del Código Orgánico General de Procesos, se convoca a los sujetos procesales a la diligencia de audiencia, a la que comparecerán en forma personal o a través de procurador/a judicial facultado/a para transigir.- Se recuerda la obligación de presentarse puntualmente en esta Unidad Judicial a la hora convocada de conformidad a lo establecido en el Art. 73 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos.- Los señores testigos que se anuncia como prueba testimonial en el libelo de demanda, deberán comparecer en el día y hora que han sido señalados para la audiencia, de manera personal, a fin de que se pronuncien respecto del interrogatorio a ellos formulado; quienes serán notificados 272167687-DFE legalmente, debiendo considerarse el domicilio judicial señalado por la parte peticionaria para fines de notificación. Se considera como anuncio de prueba, lo manifestado por la parte peticionaria en el escrito de demanda, esto es: Prueba documental que se anuncia y adjunta y Prueba testimonial: Declaración de parte de accionante y declaraciones de los señores testigos: FABIOLA MERCEDES GUERRON MARTINEZ y KATERYN DAYANA ARCOS GUERRON, prueba que se desarrollará en la respectiva audiencia. Vista la edad del derechohabiente, se dispone que el adolescente JOSUE DAVID POJOTA REINA exprese su opinión reservada, conforme lo dispone el Art. 60 y Art. 11 del Código de la Niñez y Adolescencia.Tómese en cuenta el domicilio judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para recibir posteriores notificaciones que le correspondan, así como la autorización conferida a su defensa técnica señalada para que le patrocine legalmente en la presente causa.- NOTIFÍQUESE.- f) DRA. AMPARO CECILIA PIARPUEZAN VILLARREAL. JUEZA.- Certifico.
Lo que pongo en conocimiento de los citados, previniéndoles de la obligación que tienen que señalar casillero judicial para sus notificaciones. Certifico.
