VIERNES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2025

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VIERNES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2025

Daniel Noboa convocó a una marcha en Guayaquil. Según los cálculos del Gobierno, acudieron 80.000 personas. La Conaie y los sindicatos de trabajadores se convocaron en varias ciudades. La disputa por la calle tiene consecuencias. Conozca cuáles. 9

CULTURA
Taller invita a sumergirse en los cuentos infantiles 8
ENTORNO
Procesan a militar por presunta violación 7
El coronel Erick Erazo asume el mando de la Brigada de Infantería N.º 7
Loja 6

POLÍTICA
CIUDAD 3
Servidores de la Contraloría acogen a “La Churonita” como su Patrona
¿Llegó el fin de las ideologías a la Asamblea? 10
ECONOMÍA
Las soluciones del BID para reducir el déficit 11

el tamaño de la población indígena es una de las recomendaciones que adoptan los censos de población. Operaciones que, además permiten identificar sus principales características a niveles territoriales muy pequeños. Sin embargo, no son pocos los casos en los que el resultado genera descontento en las organizaciones de pueblos, que parten de la premisa de que la identidad se transmite de padres a hijos de forma natural.
El caso más reciente lo provoca el Censo de Población y Vivienda 2024 en Bolivia, que reportó una caída en la proporción de personas que se identifican como indígenas, que dejaron de ser el 62% en 2001, el 41% en 2012 y hoy apenas llegan al 38,7%. Esto a pesar de que estudios anteriores, como la Encuesta Demográfica y de Salud de 2003, mostraban una mayor fecundidad entre mujeres indígenas (4,3 hijos por mujer) en comparación con mujeres no indígenas (3,1 hijos por mujer).
Los primeros análisis atribuyen esta caída a factores como la migración del campo a la ciudad, que debilita el vínculo comunitario; el racismo estructural y la presión social, que llevan a muchas personas a adoptar una nueva identidad, especialmente entre jóvenes que prefieren reconocerse como mestizos. A esto se debe sumar el desgaste por la instrumentalización política de lo indígena en los últimos gobiernos bolivianos y el auge de identidades híbridas o mixtas, que han reemplazado a las formas tradicionales de pertenencia.
La pérdida de la lengua, las formas de vida y la organización de los pueblos no es solo una cuestión de números, sino una señal del debilitamiento de culturas frente a un sistema que las margina. Esta situación también se refleja en Ecuador, donde el censo de 2022 anticipa una pérdida sutil pero constante del sentido de pertenencia a un pueblo y, en consecuencia, a una forma de vivir y decidir en colectivo. Verdad que incomoda a muchos líderes indígenas (y afro), que se niegan a reconocer lo que ocurre y a trabajar para evitarlo.

Amor y odio
Notable que la Selección Nacional de Fútbol logre el segundo lugar en la eliminatoria suramericana para el mundial de fútbol en Estados Unidos de AméricaMéxico- Canadá 2026 , pero como en la administración del Estado, el éxito llegó con engra-
El asesinato del joven activista de ultra derecha estadounidense, Charlie Kirk, en una de sus presentaciones públicas sacudió a ese país, pero también al mundo occidental tan polarizado por las posturas extremas. Las autoridades sospechan que un francotirador habría cometido el crimen. Y, mientras las investigaciones avanzan, las ideas de Kirk han provocado un acalorado debate en las redes sociales de varios países.
El activista conservador, defensor de Donald Trump e Israel, ha sido acusado de racista, homófobo y agitador del mismo Presidente de EE.UU. Fue una pesadilla para los movimientos de la izquierda radical. Hizo de la confrontación con sus contrarios, su plataforma para explotar su visibilidad y convertirse en una celebridad de la política conservadora. Sus videos tienen
millones de visualizaciones.
Esta práctica le obligaba a dar argumentos para defender sus creencias sobre la familia, la ley, la estabilidad económica familiar, los islamistas y los yihadistas, el matrimonio y, especialmente, el rol de la mujer.
Decía que su propósito, al contrario de lo que sostienen sus detractores, era ‘desradicalizar’ mediante el debate público. En sus últimas intervenciones, envió mensajes a la derecha, pues creía que esta debía priorizar sus políticas para mejorar las oportunidades económicas de los jóvenes, equilibrando la balanza con las generaciones anteriores que sí lograron el “gran sueño americano”.
La intolerancia mató al hombre que se sentaba ante miles, pero sus ideas quedaron intactas; quizá incluso, más fuertes.

naje desarmónico. El sistema defensivo ecuatoriano no tiene dudas, es repleto de elogios, como nuestra defensiva riqueza natural por entidades mundiales de desarrollo; los futbolistas son armónicos, no así caudales minero, petrolero, represados por reglas hipócritas que motivan añejas consignas, contrarias a su cotidiana existencia. Como en “el equipo de todos”, que ha develado un seleccionador ensartado con una lista de
‘armadores y definidores’, sin ojos para mirar talentos en la Liga Pro Ecuabet, en gestión de Estado crecen sospechas sobre ¿por qué’ se sostiene el obsceno sistema jurídico, vigente desde 2008, que obstaculiza desarrollo económico, social, político. Como en el fútbol los jugadores son de ciclos, los presidentes no son perennes; pulcros Messi, Otamendi, Vidal, Alexis Sánchez, Luis Suárez, Valencia, Galindez y otros que se despidieron de torneos eli-

EDUARDO F. NARANJO C.
Tenemos oro y no la capacidad de aprovecharlo, pasaron dos siglos de república y nada cambió, nuestros tesoros siguen siendo asaltados por corsarios que navegan por el mundo con bandera de inversores. Atracos sistemáticos a los recursos a cambio de abalorios o gratis por el crimen organizado, por lo que los beneficios nunca llegarán a la colectividad. Transformar esto requiere gobernantes y funcionarios pulcros e incorruptibles.
La riqueza petrolera rescatada en su momento por ecuatorianos, creó la industria obteniendo beneficios que permitieron modernizar el país, sin embargo, la mayoría de operadores “políticos” fueron parte de la traición y corrupción destruyendo la calidad del aporte y obteniendo tajadas en contratos.
En nombre del progreso se desarrolla la minería que, a pesar de la metodología moderna siempre impacta sobre otros recursos vitales, sin embargo, lo ilegal y el crimen tomaron fuerza y capitales oscuros avanzan sin tregua, la gestión gubernamental debe ser eficaz, rápida y transparente.
En cada concesión penetran siempre lobistas corruptores, impidiendo lograr contratos equilibrados “ganar-ganar”. La aprobación urgente de una una nueva carretera que penetra el sur del país hacia la selva, ¿será para beneficio de esos alejados pueblos o “aporte a las nuevas concesiones ilegales” ?
Nuestro dilema, necesitamos recursos y las normas ambientales son exigentes y significan costos, pero las ganancias son grandes por eso negociar bien las concesiones es obligación “sine qua non” para que el país se beneficie en algo.
Vivimos el reino del TikTok, Instagram, Facebook, etc. Eso es la “realidad” para los jóvenes que son la fuerza del país, lo importante queda en el olvido. Escasez de valores y análisis, permiten que el “derrame de propaganda oficial” cuente otras “verdades” sin que se advierta los altos riesgos de la minería “legal e ilegal”. Esperemos al menos que el Banco Central reciba las regalías en “lingotes de oro”, porque el dólar tiene caminos dudosos.
minatorios; Si se piensa que un gobernante se eternizará parchando la ilusoria Constitución de 2008 para 300 años, no es real, es quimera. Imperativo es hacer conciencia que el exitoso bloque defensivo ecuatoriano, es efecto de inversiones de calidad, de formar y potencializar talentos, llama a cultivar armadores y definidores de juego en 10 meses para ser protagónicos, como será imposible desarrollo socioeconómico sin inversio -
nes, sin seguridad jurídica, sin voluntad política. Es la segunda vez que la selección logró ubicarse en segundo lugar de las eliminatorias, esta vez por mérito defensivo y destellos ofensivos. Su goleador provocó sentimientos “de amor y odio”, por impredecibles goles y fallos en “goles cantados”, lecciones para un regente de país, que debe trabajar con equipo articulado, redundante en alegría y bienestar social.

A través de una misa se oficializó la declaratoria emitida meses atrás por la Diócesis de Loja. El Contralor Mauricio Torres invocó a la “Churonita” por la unidad y el progreso del país.
La mañana del miércoles 10 de septiembre se celebró en la capital una eucaristía en honor a la Santísima Virgen del Cisne, en la que se oficializó su declaratoria como Patrona Institucional de los servidores de la Contraloría General del Estado (CGE). El acto religioso reunió a autoridades de las distintas funciones del Estado y contó con la participación del contralor general, Mauricio Torres, quien en su intervención pidió la intercesión de la Virgen para alcanzar la unidad, el desarrollo, la justicia y la paz en el Ecuador.
Aunque la ceremonia de oficialización se llevó a cabo el miércoles, la declaratoria fue emitida meses atrás. El pasado 13 de marzo de 2025, el obispo de la Diócesis de Loja, monseñor Walter Heras, firmó un decreto mediante el cual se proclamó a la Virgen Santísima de El Cisne como Patrona Institu-
cional de la CGE. La disposición surgió a partir de una petición presentada por el contralor Mauricio Torres y respaldada por la Asociación Nacional de Servidores de la Contraloría.
En el decreto episcopal se establece que la conmemoración será celebrada cada año mediante una solemne eucaristía en el marco del aniversario de creación de la institución. Asimismo, se precisa que la organización de dicha actividad estará a cargo de la Diócesis de Loja en coordinación con la Contraloría, respetando la libertad de culto de los funcionarios que profesen otras religiones o creencias. De esta manera, la Virgen del Cisne es reconocida como protectora, modelo y guía de los servidores de la Contraloría, quienes tienen la misión de velar por el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos en beneficio de todos los ecuatorianos.

El Municipio de Loja, a través de la Dirección de Cultura, invita a la ciudadanía a participar en el recorrido cultural “Leyendas del Teatro Bolívar”, que regresa tras la alta demanda del público. La actividad busca dar a conocer las historias y el patrimonio intangible que habitan en este icónico espacio, uno de los edificios más representativos de la ciudad.
El recorrido va más allá de la arquitectura y se convierte en un viaje por la memoria colectiva de Loja. Cada rincón del teatro guarda relatos transmitidos de generación en generación, formando parte del alma cultural de la ciudad. La iniciativa pretende estrechar los lazos de los habitantes con su patrimonio, ofreciendo una experiencia que combina curiosidad y emoción para personas de todas las edades.
Un Teatro con historia Construido entre la década de 1920 y 1943, el Teatro Bolívar es una joya de estilo neoclásico y un escenario histórico que llegó a albergar hasta 500 espectadores. Ha sido testigo de importantes hitos culturales y hoy se mantiene como uno de los principales escenarios del Festival Internacional de Artes Vivas Loja (FIAVL).

Bajo la dirección de José Gómez Correa, los asistentes podrán recorrer el imponente teatro y descubrir anécdotas, misterios y secretos que han forjado su identidad. La propuesta convierte cada pasillo en un narrador del pasado, haciendo del edificio mucho más que un espacio físico: un verdadero guardián de la memoria lojana.
Información práctica:
•Fecha: 12 de septiembre de 2025
•Horarios: 19h15 | 19h45 | 20h15
•Punto de encuentro: Entrada principal del Teatro Bolívar
•Acceso: Gratuito y abierto al público
Esta actividad forma parte de la programación del Festival Internacional de Artes Vivas Loja 2025, y busca preservar el patrimonio cultural de la ciudad.

Hace 42 años, Jaime Salcedo y Luis Granda iniciaron la disciplina en el país con la llegada del profesor colombiano Enrique Peña, pionero en la formación de atletas y entrenadores.

En septiembre de 1983, luego de asistir a un seminario para jueces internacionales de atletismo, Jaime Salcedo y Luis Granda invitaron al colombiano profesor Enrique Peña a Loja para dictar un curso de técnicas de Marcha Atlética dirigido a deportistas y futuros entrenadores. Enrique Peña, destacado atleta con triunfos internacionales en Panamericanos y Sudamericanos, y entrenador de la selección de Colombia, llegó en un momento en que su país era potencia mundial en esta disciplina. Gracias a la gestión de dirigentes y funcionarios deportivos de Loja, esta iniciativa marcó el inicio de la Marcha Atlética en el Ecuador. Los pioneros organizaron en la ciudad el “I Seminario y Curso de Formación de Entrenadores y Jueces de Marcha Atlética en el Ecuador” en septiembre de 1983. Cabe destacar que la Marcha Atlé-
tica es la disciplina deportiva que más éxitos ha dado al país, y sus raíces se remontan con orgullo a Loja.
Sin financiamiento para el seminario y con el lema de Jaime Salcedo: “Por plata no te preocupes, porque eso no hay”, Enrique Peña se trasladó en un vehículo de Luis Salcedo, hermano de Jaime, y fue hospedado en el Hotel Ejecutivo, propiedad de la familia Rodríguez Riofrío, quienes ofrecieron alojamiento y parte de la alimentación, complementada con ayuda de personas aficionadas al atletismo.
Durante el curso se realizó una competencia de prueba en la Av. Cuxibamba, que constituyó el primer selectivo oficial de Marcha Atlética del Ecuador y permitió la histórica participación en la I Copa Panamericana en Bucaramanga en 1984. Asistieron personas ligadas al atletismo de Loja y de otras

ciudades del país, entre ellos el profesor Luis Guillermo González, quien se convertiría en uno de los principales formadores de marcha atlética en el Ecuador, y Luis Chocho de Cuenca, futuro entrenador de Jefferson Pérez.
El lojano Juan Rojas Guzmán, descubierto por Enrique Peña durante su estancia en Loja y bajo la preparación de Luis Guillermo González, se convirtió en el primer marchista ecuatoriano en obtener triunfos internacionales en torneos sudamericanos, bolivarianos y panamericanos. Destaca su récord en el Campeonato Sudamericano de Atletismo en Brasil en 1987 en la categoría juvenil de 10 km, con un tiempo de 41:04, que permaneció vigente cerca de diez años.
Luis Guillermo González se consolidó como uno de los principales entrenadores de Marcha Atlética del país,
permaneciendo activo en la formación de atletas desde 1984 hasta la actualidad. La Marcha Atlética, iniciada en Loja en 1983, ha logrado significativos éxitos para Ecuador gracias a atletas como Jefferson Pérez, Daniel Pintado y Glenda Morejón, así como a los lojanos Patricio Ortega, Yadira y Maritza Guamán, quienes han competido en Juegos Olímpicos, campeonatos mundiales y torneos sudamericanos y bolivarianos.
La Federación Deportiva Provincial de Loja, el 3 de febrero de 2024, en un selectivo nacional de marcha realizado en la ciudad, rin-
dió homenaje a los pioneros Jaime Salcedo Becerra (post mortem) y Luis Granda Ledesma, en conmemoración de los 40 años del inicio de la Marcha Atlética en Ecuador, con la presencia de directivos de la Federación Ecuatoriana de Atletismo.
De igual manera, la Asociación Lojana de Residentes en Quito, presidida por la ingeniera Eleanor Palacios, reconoció el mérito deportivo de Jaime Salcedo Becerra y Luis Granda Ledesma el 18 de noviembre de 2024, colocando un póster en su salón con la imagen de la primera competencia de Marcha Atlética realizada en Loja en septiembre de 1983.


El coronel EMC Erick Erazo Bonifaz fue posesionado como nuevo comandante de la Brigada de Infantería N.º 7 “Loja”, en una ceremonia militar luego del reciente fallecimiento del anterior comandante, el coronel Claudio Vinicio Abril Vargas, ocurrido el 29 de agosto de 2025.
En un acto solemne desarrollado en el Fuerte Militar
General Miguel Iturralde, el coronel Estado Mayor Conjunto (EMC) Erick Erazo Bonifaz asumió oficialmente el mando de la Brigada de Infantería N.º 7 “Loja”, relevando al coronel Claudio Vi-
nicio Abril Vargas, quien falleció el 29 de agosto de 2025.
El coronel Abril Vargas, nacido el 17 de septiembre de 1969, había sido designado comandante de esta brigada el 9 de diciembre de 2024. Durante su gestión impulsó operaciones militares, alian-
zas con autoridades locales y actividades de bienestar para los miembros de la tropa. Su muerte dejó un hondo pesar en la comunidad castrense y civil.
Evento de posesión
La posesión del nuevo co -
mandante se realizó con la presencia del general de brigada Ricardo Cajas Matute, comandante de la Tercera División del Ejército “Tarqui”, así como de autoridades civiles, policiales y militares de Loja.
En su discurso inaugural, el coronel Erick Erazo Bonifaz expresó su compromiso de dar continuidad a la labor del coronel Claudio Abril, resaltando la importancia de la unidad, la disciplina y la continuidad operativa para garantizar la seguridad en el sur del país.
Durante el evento, también se rindió homenaje póstumo al coronel Claudio Abril Vargas, recordando su trayectoria militar, su aporte al fortalecimiento institucional y su cercanía con la comunidad y la tropa. El nuevo comandante destacó, además, el ejemplo de liderazgo que Abril dejó como legado.

Dos detenidos por presunta tenencia de drogas y arma de fuego
La mañana del jueves 11 de septiembre, la Policía Nacional del Ecuador, a través del Grupo de Operaciones Motorizadas (GOM) del Distrito Loja, logró la aprehensión de Edy R.O. G. y Fabián A. M. G., ambos de nacionalidad ecuatoriana, por presunta tenencia ilegal de un arma de fuego y sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
El hecho se produjo cuando los uniformados realizaban patrullajes preventivos y los presuntos infractores, al notar la presencia policial, intentaron evadir el control ingresando a un domicilio. De inmediato, los servidores policiales procedieron a interceptarlos y efectuar un registro corporal, encontrando en su poder los siguientes
indicios:
•32 dosis de marihuana
•1.750 dosis de cocaína
•Otras sustancias catalogadas sujetas a fiscalización
•01 arma de fuego tipo revólver
•09 cartuchos sin percutir
•02 teléfonos celulares
Ante el hallazgo, los ciudadanos fueron aprehendidos de manera inmediata y puestos a órdenes de la autoridad competente, quien determinará su situación legal.


Un cabo primero de infantería enfrenta prisión preventiva tras ser acusado de agredir sexualmente a un joven conscripto de 18 años en el Batallón de Selva N.° 17 Zumba. La Fiscalía investiga el caso y la jueza a cargo dictó medidas de protección para la víctima.
La Fiscalía General del Estado (FGE) formuló cargos contra el cabo primero de infantería Alex Marcelo A. G., quien fue señalado como presunto autor del delito de violación en perjuicio de un conscripto de 18 años, en el Batallón de Selva N.° 17 Zumba, en la provincia de Zamora Chinchipe. Tras la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la jueza dictó orden de prisión preventiva.
Arcsa capacitará a farmacias de la Zona 7 sobre manejo
La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), a través de su Coordinación Zonal 7, llevará a cabo capacitaciones virtuales dirigidas a representantes legales y responsables técnicos de establecimientos farmacéuticos privados de las provincias de El Oro, Loja y Zamora Chinchipe. El objetivo de estas socializaciones es fortalecer los conocimientos sobre el uso del Sistema Virtual SISFARM,
que permite el reporte mensual del manejo de medicamentos que contienen sustancias sujetas a fiscalización. Asimismo, se abordarán temas relacionados con el control y vigilancia de medicamentos falsificados y las medidas para prevenir su comercialización.
Las capacitaciones se realizarán mediante la plataforma Teams, a partir de las 08:30. Los horarios por provincia son los siguientes:
Según las primeras indagaciones, el uniformado habría retenido una cadena que tenía un alto valor sentimental para el joven, aprovechándose de la prohibición
•Zamora Chinchipe: 17 de septiembre
•El Oro: jueves 1 de octubre
• Loja: 22 de octubre de 2025
Los interesados pueden inscribirse a través del siguiente enlace: bit.ly/z7inscribir
Con estas acciones buscan fortalecer los conocimientos del sector farmacéutico en materia de normativa sanitaria. En lo que va del año, la Zona 7 ha desarrollado 13 capacitaciones, con la participación de 2.748 usuarios de farmacias y botiquines de la región sur del país.
de portar joyas en el batallón. Posteriormente, habría condicionado la devolución de la prenda a cambio de mantener un encuentro sexual con él.
El hecho fue reportado por un capitán de la misma unidad militar, luego de que el conscripto informara lo sucedido. El testimonio del oficial fue presentado como elemento de convicción y resultó coincidente con la versión anticipada de la víctima.
Asimismo, un examen médico-legal proctológico confirmó signos recientes de violencia compatibles con una agresión sexual.
Medidas de protección
La jueza dispuso medidas de protección para el denunciante, las cuales se encuentran en los tres primeros
numerales del artículo 558 del Código Orgánico Integral Penal (COIP):
1. Prohibición a la persona procesada de concurrir a determinados lugares o reuniones.
2. Prohibición a la persona procesada de acercarse a la víctima, testigos y a determinadas personas, en cualquier lugar donde se encuentren.
3. Prohibición a la persona procesada de realizar actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros
El delito por el que se procesa esta causa es el de violación, tipificado en el artículo 171, inciso primero, numeral 2, en concordancia con el inciso segundo, numeral 4 del COIP.


“Sumérgete
La actividad combina modalidad virtual y presencial, y permitirá a los participantes crear relatos que el lector podrá explorar como experiencias interactivas. Cupo limitado y participación gratuita.
siva; posteriormente, de forma presencial, abordarán contenidos de programación básica para transformar los cuentos en experiencias interactivas, similares a un videojuego.
“Es un taller novedoso que busca que el lector no solo lea, sino que interactúe con lo que tiene frente a él, a través de imágenes, sonidos y opciones que amplían la narrativa”, explicó Sara Montaño.
La Orquesta Sinfónica de Loja invita al público a un concierto especial, “Música del Mundo”, la última presentación de su director titular, el maestro Guerassim Voronkov. La cita será este viernes 12 de septiembre a las 20:00 en el Teatro Benjamín Carrión Mora, con entrada libre.
Una noche de gratitud y celebración
Este concierto promete ser una velada única, donde la música se convierte en homenaje y celebración, uniendo a los músicos de la Orquesta con más de 200 voces corales en un espectáculo sin precedentes.
El repertorio: un viaje por la música universal El programa reunirá obras emblemáticas de distintas tradiciones culturales:
•Johannes Brahms (Alemania) – Obertura Académica: Pieza solemne y festiva, inspirada en melodías estudiantiles alemanas, cargada de brillantez orquestal.
•George Gershwin (Estados Unidos) – Un Americano en París: Obra desbordante de color, que retrata el bullicio y el encanto de París a través del jazz sinfónico.
•Manuel de Falla (España) – Suite 1 y 2 de “El sombrero de tres picos”: Música impregnada de pasión y espíritu andaluz, combinando lo popular con la elegancia orquestal.
•Cristóbal Ojeda Dávila (Ecuador) – Alma Lojana: Obra entrañable que evoca el sentimiento, la identidad y el orgullo de Loja.
La fuerza de las voces corales
El concierto contará con la participación de más de 200 coristas provenientes del Conservatorio de Música Salvador Bustamante Celi, la UTPL, la Escuela de Música Sinfín, así como de las Unidades Educativas Liceo de Loja y Antonio Peña Celi, junto al Coro Polifónico Municipal, quienes aportarán su energía vocal a este homenaje sonoro.
Una despedida llena de gratitud
La presentación también se realiza en el marco del Día Mundial del Turismo, reafirmando la música como un pilar cultural y atractivo de la ciudad. Además, será la oportunidad para expresar un sincero ¡Gracias, Maestro! a Guerassim Voronkov, cuyo talento y pasión han dejado una huella imborrable en la Orquesta y en el corazón de Loja. El Festival Internacional de Artes Vivas Loja 2025 abrirá un espacio innovador para quienes deseen adentrarse en la creación literaria. Se trata del taller “Sumérgete en un cuento infantil”, a cargo de la tallerista Sara Montaño Escobar y Juan Carlos Chacho, que se llevará a cabo en modalidad virtual del 22 de septiembre al 3 de octubre, y en modalidad presencial del 6 al 17 de octubre.
La capacitación está dirigida a personas mayores de 18 años, con o sin experiencia en escritura. Durante las dos primeras semanas, los participantes trabajarán de manera virtual en técnicas de escritura creativa y literatura inmer-
La actividad es gratuita y tiene un cupo limitado de 15 participantes. Como producto final, se elaborará un fanzine que recopilará los cuentos creados, ilustraciones y un código QR que permitirá explorar las versiones interactivas en línea. La pre-
sentación de este trabajo se realizará el 15 de noviembre, a las 19:00, en el Parque de la Literatura, dentro de la programación oficial de la décima edición del Festival Internacional de Artes Vivas.
Los interesados pueden inscribirse a través del correo talleresfiavl@gmail. com, con el asunto “Cuento Infantil”. La convocatoria estará abierta hasta completar los cupos disponibles.
Sobre los facilitadores
• Juan Carlos Chacho, licenciado en Informática Educativa
• Sara Montaño Escobar, magíster en literatura y gestora cultural
•Ruperto Chapí (España) – Preludio de “La Revoltosa”: Página vibrante de la zarzuela española, llena de gracia y ritmo popular.

La marcha del Gobierno en Guayaquil, liderada por el presidente de la República, Daniel Noboa, se promocionaba como un acto por la paz y la seguridad, y no una expresión pública contra alguien, como dijo la ministra de Gobierno, Zaida Rovira, un día antes del 11 de septiembre de 2025.
Pero el Mandatario y el ministro del Interior, John Reimberg, hicieron declaraciones relacionadas a la consulta popular, cuyas preguntas aún están en manos de la Corte Constitucional (CC)
¿La CC aún está en la mira? Al final de la marcha, a la que asistieron más de 80.000 personas según Rovira, Noboa llamó a levantar la voz: “Exigir que nosotros podamos decidir en las urnas cuál es la dirección de este país (…). Esa va a ser la batalla final”.
Reimberg fue más directo, aunque sin mencionar a la CC: “Nueve personas (la CC la integran nueve jueces), que tienen una agenda propia y esa agenda es diferente a lo que los ecuatorianos quieren (…), hemos recogido preguntas importantes que ellos han pedido y queremos que se respeten”.
Por otro lado, en Quito, Cuenca, Durán y Guayaquil también hubo marchas de sectores que se oponen a las políticas del Gobierno. Fueron lideradas principalmente por el Frente Unitario de Trabajadores (FUT), la Unión Nacional de Educadores (UNE), con participación de la Conaie y otros gremios sociales.
“Es una marcha para decirle alto a un Gobierno autoritario, mentiroso e incapaz. Quiere gastar $80 millones en una consulta popular chantajeando a la CC, el único espacio que no se ha tomado. Una consulta popular que no va a resolver los problemas de falta de empleo, de falta de medicinas, de falta de textos escolares”, refirió Andrés Quishpe, presidente de la UNE, durante el recorrido.
Llamó a la CC a emitir sus sentencias “para frenar los despidos de profesores, médicos y enfermeras”. La UNE demandó la Ley de Integridad Pública
¿Marchas para calentar las calles?

MOVILIZACIONES. Una marcha del Gobierno y varias de sectores sociales opuestos se desarrollaron el 11 de septiembre en Guayaquil, Quito y otros cantones. (Foto: Archivo).
Una jornada de marchas se vivió en Ecuador, el oficialismo y organizaciones sociales lideraron sus respectivas marchas con diferentes propósitos, pero usando el mismo escenario: las calles. ¿Qué implica?

Mariasol Pons, analista política, calificó a la marcha de Noboa como multitudinaria y con ciertas diferencias a la marcha que lideró en Quito el 12 de septiembre.
“Una marcha muy breve, muy corta y en las redes del Presidente y de Presidencia con escasa retransmisión en vivo. La programación, la logística de la marcha fue más efectiva porque el Presidente pudo dar al final un discurso que, si bien fue bastante breve porque duró dos minutos, pudo decir claramente por qué y para qué estaban ahí”, evalúa.
Sin embargo, esta segunda marcha no fue más potente que la primera, pero el Gobierno logró modular el tono, indica.
“Me pareció acertado no ver pancartas de la imagen de los jueces. Tuvieron la capacidad de modular el discurso”.
“Tácitamente, la CC para el Gobierno está siendo un frente con el que le está costando lidiar para resolver o tener mejores herramientas para luchar contra la inseguridad, según ellos lo comunican”, refiere Pons.
Queda ver cómo construye el Gobierno su discurso con base a los hechos de esta marcha para proyectar su propósito, dice Pons al anotar dos interpretaciones: “Si de hecho la Presidencia de la República está utilizando una confrontación hacia la CC o también puede ser un calentamiento
social crece en el país frente al abandono de la salud, de la educación, a la falta de hospitales, a la falta de seguridad”, afirmó Nelson Erazo, titular del Frente Popular, durante la marcha en contra del Gobierno.
Para Pons, “el FUT y la Conaie siempre se activan con ciertos botones que ya los ciudadanos conocemos, es decir, es totalmente esperado que salgan a marchar en contra”. Dice que no hacen nada nuevo ni presentan alguna oferta novedosa.
Una estrategia de posicionamiento
Para Esteban Ron, constitucionalista y analista electoral, el que Noboa haga uso de las calles refleja que busca un posicionamiento de ADN en Guayaquil.
“En Guayas hay dos líderes (el alcalde Aquiles Álvarez y la prefecta Marcela Aguiñaga , del correísmo ) que, si bien son de oposición, son una oposición blanda, no férrea. Es un poco de demostración. Guayaquil es un bastión territorial muy fuerte, pero que no ha tenido atención en los últimos momentos”, explica.
Sin embargo, considera que el Gobierno realiza “manifestaciones sin objetivos claros, hablan de paz, de seguridad, pero es el Gobierno reclamando al propio Gobierno”.
de la calle de cara a la campaña que vendrá por la consulta popular, un calentamiento en ningún sentido violento, sino más bien en que la ciudadanía esté activa, atenta a la política de cara a una votación. Es decir, que la ciudadanía esté alerta con respecto a qué es lo que se va a votar”.
Recuerda que en las consultas populares se ha demostrado que el electorado no vota exactamente por la pregunta, sino como un respaldo o un rechazo a quien hace la pregunta. Por lo que ese podría ser el objetivo de Noboa, insiste: “Ir calentando la calle, ir trabajando un apoyo de cara a la consulta popular”.
“Es evidente que la lucha
Si el propósito fuese reflejar la búsqueda de ese ánimo de paz para los ecuatorianos, el camino no es una marcha, cuestiona Ron. “¿A quién exigiríamos? ¿A los GDO (Grupo de Delincuencia Organizada ) que nos dejen en paz? No hay esa consonancia y los GDO no se van a fijar en este tipo de marchas”.
Con la marcha se repite un acto de presión a la CC, advierte. “Es nuevamente un mensaje diciéndole a la CC, bajo las tensiones, es el pueblo el que te exige”.
Por otro lado, considera que el Gobierno aplica estrategias vacías y dispersas, por lo que duda de un impacto en las calles, por lo pronto: “No creo que se estén calentando las calles, todavía. No hay en este caso un target fijo ni por parte del Gobierno ni por parte de la oposición”. (KSQ)
En la Asamblea no pasó desapercibida una declaración del presidente de la República, Daniel Noboa, de que la gente está cansada de las ideologías de “izquierda, de derecha, de arriba, de abajo”.

REPRESENTACIÓN. La Asamblea Nacional está representada por grupos políticos con ideologías de izquierda y de derecha. (Foto archivo)
¿Llegó el fin de las ideologías a la Asamblea Nacional? La interrogante desató asombro, desconcierto y una que otra risa en varios sectores políticos del Legislativo.
En sus pasillos no pasó desapercibida una declaración que el presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el 6 de septiembre de 2025 en Guayaquil, durante
la convención de su movimiento político Acción Democrática Nacional (ADN. En el mitin político, Noboa criticó a sus contrarios y llamó a la juventud de ADN a acompañarle en el cambio generacional de la clase política y de una forma de pensar que se aleja de las ideologías, porque la gente, dijo, “ya está cabreada que digan que es de izquierda, de de -
° Diana Jácome (ADN), presidenta de la Comisión de Transparencia, dijo que el mensaje del presidente Daniel Noboa en la convención de Guayaquil fue claro: “Hay que trabajar por el país, hay momentos en que hay que desprenderse de cualquier posición, de cualquier bandera política, mantener la unidad y pensar en el objetivo común; solucionar los problemas de la ciudadanía a través de la generación de normativa que beneficie a los 18 millones de ecuatorianos, sin excepción”. En todo caso, dijo que son posiciones que cada sector político debe defender. “Yo defiendo lo que considero que está bien; trabajar por el país y por quienes me eligieron con respeto, coherencia y altura”.
recha, de arriba, de abajo, lo que la gente quiere es que se solucionen sus problemas”, apuntó.
Sus opositores políticos arremetieron en contra de esta afirmación, que contrastó con la defensa de los representantes de ADN en el Parlamento.
“Hay que estar claro; cuando alguien dice que no le importan las ideologías, quiere decir que está dispuesto a andar por cualquier rumbo; una persona que carece de conocimiento y ejercicio político; cuando uno tiene una ideología sabe lo que quiere; sabe que es importante construir una sociedad nueva y de justicia”, dijo Ricardo Patiño, asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC).
Para Patiño, no creer en las ideologías, también significa no querer identificarse, ocultarse y no decir la verdad.
dades, con varias filosofías de vida y cosmovisiones de ver el mundo. “En ese marco, hay que ser respetuoso ; no se debe decir que no debe haber ideologías, hay que respetar la diversidad”, subrayó.
Señaló que a partir de que una persona o un grupo político se define por una ideología, paralelamente aparecen prioridades por trabajar y velar por los intereses del pueblo o de un grupo minúsculo. “No se puede decir que no hay ideologías y, en ese caso, no hacer nada”, señaló.
“Personalmente me autodefino como parte de la izquierda, pero de la izquierda real, porque también hay sectores que se autodefinen de izquierda y resulta que todas las acciones se asemejan a la derecha”, expresó.
Yumbay agregó que quienes se definen de derecha, no piensan en terminar con las desigualdades sociales y económicas.
‘Hay una polarización partidista’ El independiente Cristian Benavides, se declaró respetuoso del pensamiento del presidente Noboa “porque conecta con el ciudadano que está cansado de que hable de ideologías”.
“Uno llega a la Asamblea con una tesis para defender proyectos que son parte de los procesos ideológico-políticos, pero si el Presidente cree que no debe haber criterios ideológicos, que no cuente con nosotros”, también opinó Blasco Luna (RC)
‘El Presidente debe resolver los problemas’ Mariana Yumbay (de una facción de Pachakutik), opinó que el Presidente puede pensar como considere.
“Pero, no porque el Presidente diga que no debe haber ideologías o que se acaben (…), eso no es así. Si para el Presidente no son importantes las ideologías, está bien; pero entonces resuelva los problemas de inseguridad , de la económica, el educativo, la salud”. Yumbay cree que es importante revisar la historia. En Ecuador hay una diversidad de pueblos y nacionali-
Sin embargo, aclaró que las buenas prácticas en la política se enmarcan en distintas ideologías.
“No es igual una persona que milita en la izquierda, que otra que está en la derecha, esto viene desde la época de la Revolución Francesa. Desde 1789 en adelante, los parlamentos han tenido esta polarización ideológica”, señaló.
“Lamentablemente en la Asamblea hay una polarización partidista; no hay una ideología que se profesa de manera clara, solo hay intereses por parte de un partido político en contra de otro”, agregó.
Para Benavides, esto afecta a la política porque se legisla en base de odios o desafectos entre partidos. “Tengo clara mi ideología, voto según mi conciencia y mi formación; no apoyamos al Gobierno, apoyamos al país cuando es necesario resolver sobre leyes o presupuestos”, apuntó. (SC)
Ecuador enfrenta un déficit de más de $5.600 millones y una deuda que consume un tercio del presupuesto. El BID ve una salida con reformas inteligentes: aplicar un “súper IVA” simplificado y transparente, focalizar subsidios y fijar reglas fiscales claras.
Según el Observatorio de la Política Fiscal , los atrasos del Estado superan los $3.740 millones en cuentas por pagar y el déficit fiscal bordea los $6.000 millones este 2025. Solo en intereses de deuda se irán $4.038 millones en 2025, más de lo que se invertirá en salud y educación juntas.
En este escenario, existen voces que piden que el Gobierno de Daniel Noboa implemente un plan de recortes y de ajuste en el gasto público
Sin embargo, incluso con su plan de fusiones de ministerios, y de desvinculaciones de burócratas, la ministra de Economía, Sahira Moya, ha reconocido que el objetivo no es recortar el gasto, sino hacerlo más eficiente.
“Si el Gobierno de Noboa no está por la labor de sacar la motosierra, o el machete, tal vez lo más inteligente es recomendarle medidas que no vayan en la línea del ajuste, pero sí sean efectivas para mejorar las finanzas públicas, gastar en lo que realmente se necesita y evitar despilfarros”, acotó Andrés Rodríguez, economista
Como ya analizó LA HORA, el Presupuesto General del Estado para 2025 proyecta gastos por más de $33.000 millones, financiados en buena parte con ingresos ficticios de concesiones petroleras y más endeudamiento. El resultado: hospitales sin medicinas, municipios sin transferencias, proveedores impagos y obras paralizadas.
El diagnóstico del BID
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) sostiene que la austeridad no es la única salida. En palabras de Ana María Ibáñez, vicepresidenta de Sectores y Conocimiento : “La clave para lograr la sostenibilidad fiscal

reside en reformar la manera en que se recaudan y asignan los fondos públicos”.
El problema es estructural: en América Latina el despilfarro equivale al 4,6% del PIB, y en Ecuador eso equivaldría hasta $6.000 millones al año. Es decir, que si se pone freno al malgasto se podría optimizar el equivalente al déficit fiscal.
En 2025, más de $10.000 millones se irán en sueldos públicos, mientras la ejecución de inversión estatal apenas llega al 30%. Para el BID, la solución no está en más recortes, sino en pequeñas reformas prácticas y graduales que generen resultados tangibles y credibilidad.
Combatir la evasión
La evasión tributaria representa el 6% del PIB en América Latina. En Ecuador, eso equivale a más de $7.000 millones al año, más que todo el presupuesto de salud, educación y bonos sociales.
El caso de El Salvador lo demuestra: con facturación electrónica en tiempo real y
cruce de datos, la recaudación del IVA saltó del 3,5% al 8,7% del PIB en seis años, aportando $1.000 millones extra.
En Ecuador, los ingresos tributarios apenas crecerán un 1% en 2025, pese al alza del IVA al 15%. El problema no son las tarifas, sino la evasión y la informalidad que supera ampliamente el 50%.
¿Qué hacer?
Facturación electrónica obligatoria para todos los negocios, como en Honduras, donde el cumplimiento subió del 50% al 95%.
Cruce de datos con bancos, registros de propiedad, consumo energético y aduanas para detectar incongruencias.
Analítica de datos e inteligencia artificial como en Brasil, donde la recaudación aumentó un 11,7% en 23 estados. Devoluciones focalizadas de IVA como en Uruguay, que alivian a los más pobres y hacen el impuesto más progresivo.
En resumen: digitalizar no es cobrar más, sino cobrar mejor, recuperando miles de
al consumo. Esto reduciría la evasión, porque el IVA es difícil de esconder si está bien controlado digitalmente, y aumentaría la competitividad empresarial al eliminar impuestos en cascada. Reparto transparente entre niveles de gobierno. Parte de lo recaudado por este impuesto podría destinarse directamente a los municipios y prefecturas mediante un sistema automático, evitando los atrasos crónicos en transferencias que hoy superan los $600 millones solo a los municipios. Con ello se reduciría el margen de discrecionalidad política y se garantizaría un flujo estable de recursos para los gobiernos locales. Uso de tecnología y facturación electrónica en tiempo real. La clave del “súper IVA” no está solo en unificar, sino en digitalizar. Con un sistema de control en línea, similar al de El Salvador, el SRI podría detectar evasión y subdeclaración en cuestión de segundos, cruzando información con bancos, registros de propiedad y aduanas.
millones que hoy se pierden en evasión.
Aplicar un ‘súper IVA’
En el caso ecuatoriano, aunque no existe una multiplicidad de tributos tan extensa como en Argentina, sí hay impuestos distorsivos y poco eficientes que encarecen la producción y complican el cumplimiento. Entre ellos destacan:
El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que resta competitividad al sector exportador y reduce la inversión.
Impuestos municipales o tasas locales que se aplican de manera desigual y que generan sobrecostos a las empresas.
La compleja estructura de exoneraciones y deducciones en el Impuesto a la Renta, que reduce la base efectiva sin un beneficio social claro.
Un “súper IVA” a la ecuatoriana podría implicar: Integrar el IVA con otros tributos menores o distorsivos como el ISD, de modo que en lugar de múltiples cargas haya un único impuesto
Asignaciones más claras para gasto social. Una parte de la mayor recaudación por eficiencia en el cobro podría destinarse a educación, salud y seguridad, lo que ayudaría a dar legitimidad social al impuesto y a reducir la desconfianza de los ciudadanos sobre el destino de sus tributos.
Subsidios más focalizados En Argentina, sustituir subsidios generalizados a la electricidad por ayudas focalizadas ahorró $6.000 millones.
Ecuador gasta miles de millones en subsidios energéticos que benefician más a los hogares ricos que a los pobres. Según Marta RuizArranz, directora de Gestión Fiscal del BID: “Incluso las reformas políticamente sensibles, como la reducción de subsidios, pueden aplicarse sin provocar agitación social”.
La clave es redirigir los subsidios a quienes realmente los necesitan, usando registros sociales robustos y pagos digitales que reduzcan la manipulación política.
En Ecuador está pendiente revisar el subsidio al diésel, pero también el subsidio generalizado en el sector eléctrico (JS)
Aunque en la actualidad la Inteligencia Artificial (IA) puede realizar un sinnúmero de tareas, sigue siendo necesaria la guía de un humano para su correcto funcionamiento. Te enseñamos cómo aprovechar las funciones de esta herramienta.
La Inteligencia Artificial (IA) está en constante evolución, por lo que entender su funcionamiento y conocer sobre los distintos modos de uso es un plus para poder obtener las mejores respuestas según lo que cada usuario requiera. Como toda herramienta, la IA tiene varios modos de uso, algunos de ellos destinados a realizar investigaciones más a profundidad, otros funcionan como tutores para el aprendizaje y otros para realizar tareas más complejas como ‘agentes’ inteligentes.
En su mayoría, la IA es usada en su modo simple. Es decir, al abrir el chat colocar un prompt (instrucción para conseguir una respuesta de la herramienta) y recibir la información. Sin embargo, se puede sacar mayor provecho de la IA al aplicar ciertas configuraciones.
Charlie Sebastián, divulgador de inteligencia artificial, explica que en el caso de
preguntas básicas, el modo simple puede funcionar, pero para tareas más desarrolladas existen otras opciones que explicamos a continuación y que se pueden encontrar, por lo general, en la opción (+) ubicada en el chat de las herramientas.
Modo ‘Think longer’ (Piensa más tiempo)
Este modo forza al modelo de IA para mejorar la calidad de la respuesta. Para realizar la búsqueda, este modo no prioriza fuentes externas, sino que razona, contrasta, sintetiza y así simula la capacidad cognitiva de un ser humano. En este modo la plataforma accede al Internet, al no poseer la información en su base de datos. En este caso, accede a un promedio de dos o tres fuentes antes de arrojar el resultado.
Modo ‘Deep Research’ (Investiga a fondo)
En Deep Research la herramienta sintetiza grandes cantidades de información en línea, como un ‘agente’ que investiga por ti. A diferencia del modo ‘Think longer’, en este caso la IA analiza alrededor de 100 fuentes por consulta. Charlie lo compara con las búsquedas de Google. “Es como si la IA abriría todas las páginas de las tres o cuatro primeras hojas y las lee por completo”, indica. La herramienta, además, tiene una mejor capacidad de discernir entre fuentes verificables y no confiables. Encuentra las incongruencias y no las incluye en la respuesta brindada. Tanto ChatGPT como Gemini, Copilot, DeepSeek, Claude, Grok, entre otras IA, tienen este modo disponible.
Modo ‘Study & Learn’ (Estudia y aprende)
A diferencia de dar una simple respuesta a un estudiante que quiere que una IA realice su tarea por él, este modo funciona a manera de un profesor o tutor. Study & learn brinda ejemplos prácticos y utiliza recursos educativos para brindar una respuesta.
“También conecta diferentes perspectivas, definiciones, entre otros, y puede realizar exámenes cortos” para evaluar el aprendizaje del usuario, explica Charlie. El límite

actual de palabras que pueden subirse a la herramienta es de 400 mil en ChatGPT. Y, en el caso de Gemini, que también cuenta con este modo, es de 1 millón.
Modo ‘Agent’ (Agente)
En este modo, la IA no solo piensa, sino que también actúa como un ‘agente’ que simula el comportamiento humano. Es decir, puede realizar actividades como la descarga de archivos, buscar en bases de datos, rellenar formularios, o incluso elaborar una presentación.
Este modo puede ser conectado al correo electrónico o a las nubes como OneDrive, Google Drive o DropBox. De esta manera, la IA puede ayudar a realizar tareas como la clasificación de correos. Por ejemplo: “revisa las propuestas comerciales que he recibido”, “organiza las respuestas a solicitudes de trabajo a las que he aplicado”, entre otros.
Modo ‘Task’ (Tareas)
Este modo está disponible únicamente para la versión
“haz un resumen de las principales noticias del mundo cada día a las 19:00”.
Esta opción funciona a través de un correo electrónico, por ello se recomienda que se utilice la misma cuenta de cualquier IA en la web, el móvil y otros con el fin de que lleguen como una notificación al escritorio o al teléfono.
El aprendizaje de la IA también está en nuestras manos Algo que es importante recalcar es que las IA son herramientas que están en constante aprendizaje. Por esta razón, como es el caso de ChatGPT, las opciones pueden variar de persona a persona. “Están haciendo mucho A-B testing, para determinar cuáles funcionan mejor”, explica el experto.
pagada. Este ‘agente del futuro’ permite al usuario programar tareas a través de ‘prompts’ o avisos automáticos. Sirve para tareas simples como un recordatorio: “recuérdame hacer una llamada mañana a las 10:00”, así como para tareas de recopilación de información:
Aunque muchas de estas herramientas parezcan fijas, la IA es un espacio que está en constante cambio y evolución, por lo que también es tarea del usuario explorar las configuraciones y ventajas que aparecen con el paso del tiempo. Al usar estos modos, se fuerza a los modelos de estas IA para que utilicen herramientas de vanguardia.
Desde su faceta de investigación, Charlie explica que la IA ya ha superado las capacidades humanas de las mentes más brillantes del mundo. “Estos modelos están a meses de descubrir nueva ciencia”, resalta. (CPL)

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES
Señores Socios (as) CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO CUMBAYA FÚTBOL CLUB Presente.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Deporte, Reglamento General a la Ley del Deporte y el Estatuto Social del Club Deportivo Especializado Formativo Cumbayá Fútbol Club, por medio de la presente se procede a convocar a la Asamblea General de Elecciones del Cumbayá Fútbol Club, a llevarse a efecto el día 29 de septiembre 2025, a las 18h00, en el domicilio del Club ubicado en la calle de los Fresnos E8 -69 y Av. 6 de Diciembre, para tratar el siguiente orden del día:
1. Primera convocatoria a Asamblea General de Elecciones de nuevos miembros del Directorio para el periodo 2026 – 2030.
Se agradece la puntual presencia a la Asamblea. En caso de que no se cumpla con el quorum de instalación que requiere el artículo Nro. 17 del Reglamento a la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, se realizará una segunda convocatoria.
Atentamente,

Algunos personajes principales que están desde el inicio de la serie y las peliculas:

Hugh Bonneville
Robert Crawley, conde de Grantham

Elizabeth McGovern
Cora Crawley, condesa de Grantham.

La serie y película, aunque ficticia, está basada en eventos y realidades históricas (su contexto es en el siglo XX en Inglaterra). El primer episodio de la serie (2010) comienza con la noticia del hundimiento del Titanic.
La Casa: Highclere Castle
Durante la Primera Guerra
Mundial, el castillo fue un hospital, algo que se refleja en


Michelle Dockery
Lady Mary Talbot.

Laura Carmichael
Lady Edith Pelham.

Allen Leech
Tom Branson.

La serie se filmó en el verdadero castillo, el cúal ha sido la residencia de la familia Carnarvon desde 1679.

Jim Carter
Charles Carson (el mayordomo).


Este evento histórico tuvo un impacto real en la aristocracia británica, y se menciona que un familiar del creador de la serie, Julian Fellowes, iba a bordo del barco.
Temporadas y episodios 6 temporadas: La serie se emitió de 2010 a 2015. 52 episodios: Incluyendo los especiales de Navidad, la serie principal tuvo un total de 52 episodios, que contaban la historia de la familia Crawley y su personal de servicio.
2 películas: Tras el final de la serie se produjeron dos películas que continuaron la historia de la familia: Downton Abbey (2019)
Downton Abbey: A New Era (2022).
Su estreno será el viernes 12 de septiembre de 2025 en Estados unidos. En Ecuador su estreno será el 2 de octubre de 2025.




Siguiendo la línea de Estados Unidos, la Eurocámara ha pedido que la Unión Europea declare terroristas al clan del Golfo y al cartel de los Soles.
MADRID. El pleno del Parlamento Europeo ha adoptado este 11 de septiembre de 2025 una resolución que alerta del riesgo para la democracia en Colombia por los episodios de violencia política y avance del terrorismo, al tiempo que insta a la Unión
Europea a seguir la línea de Estados Unidos e incluir en su lista de organizaciones terroristas a grupos criminales del país como el clan del Golfo y el cartel de los Soles por dar cobertura a grupos armados colombianos.
La posición, adoptada en

Compañero: Roberto Bosmediano y sus herederos IMPLICADO EN UN CONFLICTO DE TIERRAS Presente.
De nuestras consideraciones:
Reciba un cordial y atento saludo de quienes conformamos el Consejo de Gobierno de la Confederación del Pueblo Kayambi, al mismo tiempo deseamos toda clase de éxitos en sus actividades diarias.
Para ponerle en conocimiento, el 12 de noviembre de 2024, la compañera Teresa Victoria Trujillo Guamán, pone en conocimiento de la autoridad Indígena del Pueblo Kayambi, sobre un inconveniente de un predio ubicado en el barrio San Antonio Chico, Parroquia Olmedo, solicita que este LLAKI sea suscitado sea resuelto por procedimiento de Justicia Indígena. Cumpliendo con el procedimiento correspondiente. La autoridad Indígena conforme el art. 1, 10, 57 numeral 9 y 10, art. 171 de la Constitución de la República del Ecuador, art.344, 345, 346 del Código Orgánico de la Función Judicial y otro Instrumentos Internacionales como el convenio de la OIT N°. 169, somos Autoridades Competentes, Jueces de Justicia Indígena, por lo tanto; se NOTIFICA a usted a una asamblea para la socialización del informe pericial y resolución del proceso en conflicto.
LUGAR: En la sede del Pueblo Kayambi, ubicado en la Panamericana Cayambe Tabacundo, Urbanización los Camellones, frente a la Finca Flor Aroma.
HORA: 14h30
FECHA: Lunes 15 de septiembre de 2025
sesión plenaria en Estrasburgo (Francia), ha salido adelante con 355 votos a favor, 173 en contra y 15 abstenciones, y pide en concreto a la Alta Representante de Política Exterior de la UE, Kaja Kallas, y al Consejo (gobiernos) que incluyan en la lista al clan del Golfo, los grupos disidentes de las FARC Segunda Marquetalia y Estado Mayor Central y el cartel de los Soles.
Investigación del atentado a Miguel Uribe Entre sus reivindicaciones
destaca también la necesidad de que se lleve a cabo una investigación exhaustiva de los atentados terroristas en Colombia, incluido el asesinato del senador Miguel Uribe Turbay, para que los autores sean llevados ante la justicia.
Los eurodiputados también advierten de que el caso de Uribe Turbay no es un incidente aislado sino la evidencia de un clima generalizado de “ intimidación política y violencia ” y expresan su apoyo a quienes en Colombia rechazan la violencia y la corrupción y defienden los principios democráticos.
El texto alerta además de la creciente polarización política y advierte de que algunas declaraciones incendiarias de figuras gubernamentales han
contribuido a la incitación al odio y la inestabilidad. En este contexto, los eurodiputados defienden que el Estado colombiano debe actuar “sin demora” para proteger a políticos, defensores de los Derechos Humanos, periodistas y a cualquier ciudadano que ejerza sus derechos democráticos.
Asimismo, y a la luz de los ataques contra políticos en 2025, la posición de la Eurocámara incluye un llamamiento para que se tomen medidas de seguridad “sólidas” que garanticen que las próximas elecciones de 2026 se puedan llevar a cabo de manera “libre y segura”, ya que es “fundamental” combatir la impunidad para evitar nuevos ataques y proteger los derechos políticos. EUROPA PRESS
Seguro de contar con su asistencia, desde ya extendemos nuestros sinceros agradecimientos.


TERRORISMO. Los ataques de grupos armados como clan del Golfo, los grupos disidentes de las FARC Segunda Marquetalia y Estado Mayor Central y el cartel de los Soles, preocupan a la Eurocámara. EUROPA PRESS/Archivo

La calidad de la democracia vuelve a caer en el mundo con una libertad de prensa en mínimos históricos, según el último informe del Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral.
MADRID. La calidad de la democracia en el mundo ha vuelto a caer a lo largo del último año, una tendencia que se ha visto agravada por la situación de la libertad de prensa, que se ha desplomado hasta mínimos históricos ante un complejo escenario geopolítico que amenaza con socavar los derechos y libertades de millones de personas.
Así lo refleja el último informe del Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral (IDEA Internacional), una organización intergubernamental con sede en Suecia y que ha alertado de un retroceso de este tipo en al menos el 54% de los países y territorios.
Si bien el año 2024 se vio marcado por un gran número de citas electorales, algunas poblaciones han sufrido una reducción de su representación, lo que se traduce en un “descenso del apoyo a los valores democráticos a nivel internacional”, tal y como recoge el documento, que alerta a su vez del gran desafío que supone el recorte de la ayuda humanitaria y al desarrollo por parte de países como Estados Unidos.
El informe, que introduce diferentes categorías para analizar la situación por países y regiones, da especial importancia a la situación de los Derechos Humanos, la libertad de prensa, la independencia judicial y la celebración de procesos electorales libres y justos.
Es precisamente la categoría relacionada con los procesos electorales la que ha registrado sus peores datos en 30 años, lo que afecta a un quinto de los países que acudieron a las urnas durante el año 2024. Todo esto, según el informe, muestra una caída por noveno año consecutivo de la calidad democrática, el mayor declive desde que comenzaron a registrarse estos datos en 1975. Ya son más de 300 millones las personas que viven

DERECHOS. Las elecciones cada vez son menos creíbles y la libertad de prensa registra mínimos históricos en todo el mundo. Foto ilustrativa Pexels
fuera de sus países de origen, más del doble de las que lo hacían en la década de 1990, por lo que es necesario “repensar la participación de los votantes desde el exilio” para “mejorar y garantizar la resiliencia democrática”, asegura la organización.
“La democracia se enfrenta a una tormenta perfecta que mezcla incertidumbre y el resurgimiento de la autocracia debido a los grandes cambios económicos y sociales que atravesamos”, ha alertado Kevin Casas-Zamora, secretario general de IDEA Internacional.
Casas-Zamora ha defendido que para “revertir esta situación, las democracias necesitan proteger elementos clave como la democracia, los procesos electorales y el Estado de derecho”, además de reformar los gobiernos para poder ofrecer “justicia, inclusión y prosperidad”.
Libertad de prensa golpeada
La libertad de prensa ha sufrido un duro golpe, con una caída que queda constatada en al menos un cuarto de los 173 países analizados, lo que supone un nuevo mínimo histórico. El acceso a la justicia y a unas elecciones libres y justas también ha empeorado en todo el mundo, según el texto, que establece que el descenso de la
libertad de expresión se ha registrado en todas las regiones, especialmente en una quincena de países de África y Europa, pero también en seis países de Asia, América, y Asia, respectivamente.
El número de países en los que los procesos electorales son “fiables” ha descendido, si bien España ha subido cinco puestos y se sitúa en el número 22 de la lista de territorios con una “mejor representación”, por detrás de Francia, Portugal, Reino Unido y Canadá, entre otros. También presenta un mejor puesto en participación, si bien ha sufrido un leve descenso en su posición respecto a cuestiones como el Estado de Derecho.
No obstante, el documento destaca el Plan de Acción por la Democracia puesto en marcha por el Gobierno español para mejorar la independencia de los medios de comunicación y el derecho a la información. Representación y Estado de derecho
En términos generales, la representación política sigue siendo uno de los puntos fuertes de la mayoría de los países analizados, aunque a nivel global este baremo se encuentra en uno de sus niveles más bajos desde 2001. Se han registrado caídas en esta categoría en al
menos 21 países, según el informe.
El empeoramiento de la calidad de la democracia se refleja especialmente en la situación del Estado de derecho en estas zonas; al menos 71 países (un 41 por ciento) se encuentran por debajo de valores aceptables, mientras que son 32 los países que han registrado disminuciones en este sentido.
La libertad de expresión ha registrado cambios a la baja en el 22 por ciento de los países, mientras que la igualdad económica ha caído en un 21 por ciento de los Estados, frente al 20 por ciento del descenso acumulado en relación con el acceso a la justicia, una cuestión sobre la que África y Europa han notificado sus mayores retrocesos. Es por ello que, en términos generales, a la cola del ranking se encuentran países como Venezuela, Siria, Libia, Yemen, Eritrea, Corea del Norte y Afganistán.
Situación de las regiones
En los últimos años, el desempeño democrático en África se ha mantenido en general estable, pero ha registrado disminuciones significativas en la zona del Sahel, en particular en Burkina Faso, Guinea, Malí y Níger, donde las autoridades de transición siguen retrasando la celebración de elecciones y “complican los procesos” hacia un gobierno democrático. Al menos 23 países han experimentado esta caída en la credibilidad electoral y de la situación de la libertad de prensa, especialmente en países del occidente de África. “La tendencia no es universal, Botsuana y Sudáfrica han conseguido avances significativos durante los últimos cinco años”, recogen estos datos.
Asimismo, muchos de los países situados en Oriente Próximo “siguen siendo en su mayoría no democráticos”, aunque algunos, como Jordania, han registrado
avances gracias a la mejora de la representación de los partidos a raíz del último proceso electoral.
Por su parte, la mayoría de los países de Asia han acumulado “ligeros descensos o se han mantenido estables” durante los últimos años, aunque la situación sigue siendo negativa en países como Afganistán, Bután, Camboya, India, Indonesia, Kazajistán, Birmania, Corea del Sur y Tayikistán.
En Europa, la democracia ha empeorado, especialmente en lo referente a la realización de elecciones “creíbles” y a la situación de las libertades civiles. “Europa del Este ha registrado casi la mitad de los 63 descensos en los indicadores, la mayoría impulsados por la represión contra la sociedad civil y la oposición política en Bielorrusia, Georgia y Rusia”, recoge el texto.
Así, uno de cada tres países ha experimentado un descenso en la libertad de prensa entre 2019 y 2024, incluyendo Italia, cuyas agencias de Inteligencia han hecho uso de un software espía contra periodistas, activistas y defensores de los derechos de los migrantes.
A medida que continúa la invasión de Ucrania, el desempeño democrático ha empeorado en Rusia, especialmente respecto a las libertades. Aun así, Europa sigue siendo la región con mejor desempeño en los índices del estado global de la democracia, donde una “abrumadora mayoría de se mantiene con un desempeño democrático alto o medio”.
Mientras, en América cada vez hay más países que han experimentado un “deterioro en al menos un factor de desempeño democrático”. Los peores casos representan un “retroceso democrático” y un “colapso estatal”, algo que queda reflejado en países como El Salvador, Haití y Nicaragua.
El Salvador y Nicaragua también presentan dos de los tres mayores descensos en materia de libertad de prensa en la región, si bien Perú ha caído también en la lista debido a la “persistente violencia e intimidación contra los periodistas”. EUROPA PRESS

La comunidad universitaria convocó una marcha frente al veto del presidente de Argentina, Javier Milei para defender la ley y “sostener la universidad pública”.
MADRID. El Gobierno de Argentina ha vetado este 10 de septiembre de 2025 las leyes de financiamiento universitario y de emergencia sanitaria en la salud pediátrica, en el marco de la aversión del presidente, Javier Milei, a acometer inversiones no previstas dentro de su política de déficit cero
“Cuando no existen los recursos suficientes para solventar los compromisos asumidos, la consecuencia inevitable es el deterioro del sistema que se dice proteger, la aceleración inflacionaria y el empobrecimiento de los mismos sectores que se proclama amparar”, ha
argumenta do el Ejecutivo argentino en el veto a la ley de financiamiento universitario difundido en el Boletín Oficial.
Ante esta decisión, el Congreso podría insistir y devolver la ley al Gobierno, algo a lo que ha aludido el diputado de Democracia para Siempre Pablo Juliano, que, a través de una publicación en la red social X, ha advertido a Milei de que “sus trabas ideológicas no pueden cercenar el futuro de los argentinos”.
“Como diputados tenemos la obligación de insistir en la ley de Financiamiento Universitario. Acceder a una educación de calidad es con-
dición imprescindible para progresar como individuos y como sociedad”, ha defendido. Docentes anuncian paro nacional Asimismo, la Federación de Docentes de las Universidades (Fedun) ha anunciado un paro nacional de 24 horas este viernes en todos los centros universitarios de Argentina, según el comunicado publicado en su web.
En el mismo texto, la Fedun ha anunciado una marcha del Frente Sindical Universitario, los estudiantes y la comunidad universitaria, “a realizarse el día que se trate el rechazo al veto en el congreso, para defender la ley”.
“Hay un fuerte compromiso de los y las docentes por sostener la universidad pública, que sigue siendo de calidad, gracias al esfuerzo de todos los trabajadores”, ha afirmado el secretario general de la federación, Daniel Ricci.
Emergencia en hospitales pediátricos
Asimismo, el Ejecutivo de Milei ha vetado la ley que declara la emergencia en los hospitales pediátricos como marco legal, durante un año, para la asignación de fondos y el uso de reservas a fin de acometer una remodelación salarial del personal público y la exención del impuesto a las ganancias en algunos intervalos salariales.
“Independientemente de lo que pudiere pretender algún sector de la política, este Gobierno nacional no realizará ninguna acción que comprometa el equilibrio fiscal”, recoge el veto a la norma publicado también en el Boletín Oficial. EUROPA PRESS

http//www.derechoecuador.com
El derecho de propiedad es el derecho humano que tiene toda persona para gozar, disponer y usar un bien que forme parte de su patrimonio. Se traduce, entonces, en el poder directo sobre una cosa o bien, por el que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo y que no puede ser afectada por un acto del Estado sino mediante un procedimiento previo, debidamente justificado y mediante oportuna y justa indemnización. Aunque está sujeto a los límites que establezca la ley, los mismos no pueden vaciar de contenido este derecho o hacer imposible su ejercicio.
Los bienes, por su parte, pueden ser definidos como todas aquellas cosas materiales o inmateriales apropiables, así como todo derecho que pueda formar parte del patrimonio de una persona; esto comprende todos los muebles e inmuebles, los elementos corporales e incorporales y cualquier otro objeto inmaterial susceptible de valor.
Ejemplo de uso: «Cualquier impuesto que haga imposible el mantenimiento de un bien inmueble es confiscatorio, y por tanto violatorio del derecho de propiedad».
Artículo 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.”
Artículo 21 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos:
Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social.
Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.
Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre por el hombre, deben ser prohibidas por la ley.

Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos sobre el Derecho de Propiedad
Caso Ivcher Bronstein vs Perú “…121. Corresponde a la Corte valorar, entonces, si el Estado privó al señor Ivcher de sus bienes e interfirió de alguna manera su derecho legítimo al “uso y goce” de aquéllos. (…)
Del testimonio del señor Ivcher se desprende que en 1985 tenía participación en las acciones de la Empresa y que en 1986 aquélla alcanzaba el 49,53% del capital. En 1992 su participación ascendió al 53,95%, siendo así accionista mayoritario de la Compañía. Es evidente que esta participación en el capital accionario era susceptible de valoración y formaba parte del patrimonio de su titular desde el momento de su adquisición; como tal, esa participación constituía un bien sobre el cual el señor Ivcher tenía derecho de uso y goce.
Para precisar si el señor Ivcher fue privado de sus bienes, la Corte no debe limitarse a examinar únicamente si se produjo una desposesión o una expropiación formal, sino que debe además comprobar, más allá de la apariencia, cual fue
la situación real detrás de la situación denunciada.
Se ha probado que en julio de 1997 el título de nacionalidad del señor Ivcher fue declarado sin efecto legal. Con base en este acto y conforme a la legislación que requería la nacionalidad peruana para ser propietario de un medio de telecomunicación, en agosto del mismo año el Juez Percy Escobar: a) dispuso una medida cautelar que suspendió el ejercicio de los derechos del señor Ivcher como accionista mayoritario y Presidente de la Empresa, y revocó su nombramiento como Director de la misma; b) ordenó convocar judicialmente a una Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía para elegir un nuevo Directorio e impedir la transferencia de las acciones del señor Ivcher, y c) otorgó la administración provisional de la Compañía a los accionistas minoritarios hasta que se nombrara nuevo directorio (supra párr. 76.s.3).
Las consecuencias de la medida cautelar dispuesta fueron inmediatas y evidentes: se impidió al señor Ivcher Bronstein a actuar como Director y Presidente de la Compañía, por lo que no pudo
continuar dirigiendo la línea informativa del Canal 2; e igualmente quedó privado de la posibilidad de participar en las reuniones de la Junta Directiva, en las que los accionistas minoritarios tomaron decisiones importantes, tales como la remoción de los miembros del Directorio, entre los que figuraba el señor Ivcher, el nombramiento de nuevos miembros e, inclusive, un aumento del capital de la Compañía; finalmente, no pudo transferir sus acciones, recibir dividendos derivados de éstas y ejercer otros derechos que pudieran corresponderle como accionista de la Compañía.
La Corte Internacional de Justicia ha diferenciado los derechos de los accionistas de una empresa de los de la empresa misma, señalando que las leyes internas otorgan a los accionistas determinados derechos directos, como los de recibir los dividendos acordados, asistir y votar en las juntas generales y recibir parte de los activos de la compañía en el momento de su liquidación, entre otros. Este Tribunal observa que la medida cautelar mencionada obstruyó el uso y goce de esos derechos por parte del señor Ivcher Bronstein; además, cuando la esposa de éste trató de hacer valer los mismos como copropietaria de las acciones de su esposo, resultaron infructuosos los procesos que intentó al efecto. Consecuentemente, la Corte concluye que el señor Ivcher fue privado de sus bienes, en contravención de lo establecido en el artículo 21.2 de la Convención. Corresponde ahora al Tribunal determinar si la mencionada privación fue conforme a la Convención Americana. Para que la privación de los bienes de una persona sea compatible con el derecho a la propiedad consagrado en la Convención, debe fundarse en razones de utilidad pública o de interés social, sujetarse al pago de una justa indemnización, limitarse a los casos y practicarse según las formas establecidas por la ley. En el caso que se examina, no existen prueba ni argumentos algunos que acrediten que la medida cautelar ordenada por el Juez Percy Escobar tuviera su funda-
¿Qué sucede cuando en la audiencia se observa que los agentes de policía no han informado o leído oportunamente los derechos del aprehendido?

El artículo 77 numerales 3 y 4 de la Constitución de la República, determina las siguientes garantías: “3.-Toda persona, en el momento de la detención, tendrá derecho a conocer en forma clara y en un lenguaje sencillo las razones de su detención, la identidad de la jueza o juez, o autoridad que la ordenó, la de quienes la ejecutan y la de las personas responsables del respectivo interrogatorio. 4. En el momento de la detención, la agente o el agente informará a la persona detenida de su derecho a permanecer en silencio, a solicitar la asistencia de una abogada o abogado, o de una defensora o defensor público en caso de que no pudiera designarlo por sí mismo, y a comunicarse con un familiar o con cualquier persona que indique.”
Al tener rango constitucional, la jueza o juez debe velar por su cumplimiento y en todo caso al que tenga conocimiento.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
mento en una razón de utilidad pública o interés social; por el contrario, los hechos probados en este caso concurren a demostrar la determinación del Estado de privar al señor Ivcher del control del Canal 2, mediante la suspensión de sus derechos como accionista de la Compañía propietaria del mismo.
Tampoco hay alguna indicación de que se hubiese indemnizado al señor Ivcher por la privación del goce y uso de sus bienes, ni que la medida que lo afectó se hubiera adoptado conforme a la ley. Por otra parte, cabe recordar que la Corte concluyó, en esta misma Sentencia, que los procesos relativos a la limitación de los derechos del señor Ivcher con respecto a la Compañía, entre los que figura el proceso mediante el cual el Juez Percy Escobar ordenó la medida cautelar, no satisficieron los requisitos mínimos del debido proceso legal (supra párr. 115). La Corte observa al respecto que cuando un proceso se ha realizado en contravención de la ley, también deben considerarse ilegales las consecuencias jurídicas que se pretenda derivar de aquél. Por consiguiente, no fue adecuada la privación del uso y goce de los derechos del señor Ivcher sobre sus acciones en la Compañía, y este Tribunal la considera arbitraria, en virtud de que no se ajusta a lo establecido en el artículo 21 de la Convención.
Como consecuencia de lo expresado, la Corte concluye que el Estado violó el derecho a la propiedad privada establecido en el artículo 21.1 y 21.2 de la Convención Americana, en perjuicio de Baruch Ivcher Bronstein…”
Por otra parte, tenemos que: Los preceptos del Convenio 169 de la OIT, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, instauraron el régimen comunitario en el derecho a la propiedad, en la Constitución de 1998, aunque en el marco de los derechos colectivos.
No fue sino hasta octubre de 2008 cuando, con el nuevo esquema constitucional, se configuró a la forma comunal de la propiedad colectiva de la tierra como elemento integrador de una relación de pertenencia que no gira en torno al individuo, sino que se centra en el grupo y la comunidad.
La base fundamental de la vida, la cultura y la espiritualidad comunitaria se asienta sobre la conexión existente entre los habitantes de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afro ecuatoriano y pueblo montubio.
Esto se debe a que, como lo afirmó la Corte Interamericana de
Derechos Humanos en el párrafo 149 de la sentencia dictada en el caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua: «Para las comunidades indígenas la relación con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción, sino un elemento material y espiritual del que deben gozar plenamente, inclusive para preservar su legado cultural y transmitirlo a las generaciones futuras».
Nuestra carta fundamental de 2008 dedica el capítulo cuarto del título «Derechos» para consagrar los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, y específicamente destina los art. 57 —núm. 4, 5, 6, 8 y 11—, 58 y 59 para impetrar los preceptos relativos a la propiedad comunitaria, conforme lo establecido en los pactos, convenios, declaraciones e instrumentos internacionales de derechos humanos. De esta manera, se reconoció y garantizó el derecho a conservar la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias, declarándolas como inalienables, inembargables e indivisibles. Se consagró el carácter ancestral de los territorios de propiedad comunitaria y el derecho a mantener su posesión y a obtener su adjudicación gratuita de parte del Estado, preconizando el derecho a conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural. Además, se aseguró la permanencia de estos colectivos en sus tierras ancestrales, sin que puedan ser desplazados por ninguna causa, en concordancia con el segundo inciso del art. 60, que reconoce a las comunas que tienen propiedad colectiva de la tierra como una forma ancestral de organización territorial, con capacidad de constituir circunscripciones territoriales para su preservación cultural. Se destaca también el derecho instituido en el núm. 7 del art. 57 (concordante con el art. 398), en virtud del cual las comunidades en cuyos territorios se encontraren recursos no renovables cuya prospección, explotación y comercialización puedan afectarles ambiental y culturalmente, deben ser previamente consultadas, en forma libre e informada, con el consiguiente derecho a participar en los beneficios de esos proyectos y a ser indemnizados por el daño social, ambiental y cultural causado. Asimismo, cabe mencionar el núm. 12, que instituye el derecho comunitario sobre los conocimientos colectivos, ciencias, tecnologías y saberes ancestrales, donde se prohíbe cualquier forma de apropiación sobre aquellos, al
igual que sobre sus innovaciones y prácticas.
El esquema constitucional citado ut supra adhiere el concepto de ancestralidad, que con antelación ha desarrollado la doctrina de los derechos humanos, en virtud del cual el reconocimiento del derecho que tienen los pueblos indígenas y, en general los pueblos ancestrales, sobre sus tierras no es un acto estatal discrecional, sino que es de obligación del Estado respetar, reconocer y garantizar el ejercicio del derecho a la propiedad comunal, mediante el dictado de políticas y medidas destinadas a asegurarlo. En este sentido, en consonancia con el art. 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos, el art. 82 de los «Derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus tierras ancestrales y recursos naturales» declara que: «los pueblos indígenas y tribales son titulares de derechos de propiedad y dominio sobre las tierras y recursos que han ocupado históricamente, y por lo tanto tienen derecho a ser reconocidos jurídicamente como los dueños de sus territorios, a obtener un título jurídico formal de propiedad de sus tierras, y a que los títulos sean debidamente registrados».
En esa misma línea, el art. 3 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales define a la tierra y al territorio en posesión y propiedad ancestral como «el espacio físico sobre el cual una comunidad, comuna, pueblo o nacionalidad de origen ancestral ha generado históricamente una identidad a partir de la construcción social, cultural y espiritual, desarrollando actividades económicas y sus propias formas de producción en forma actual e ininterrumpida». De igual forma, el art. 77 cataloga a la posesión ancestral como «la ocupación actual e inmemorial de un territorio, en donde se da la reproducción de la identidad, cultura, formas de producción y vida de varias generaciones de personas miembros de comunas, comunidades, pueblos o nacionalidades que sustentan su continuidad histórica». Mediante Resolución n.º 016, del 21 de octubre de 2014, el Ministerio de Agricultura, Ganadería Acuacultura y Pesca reguló que para que el derecho a la propiedad le sea reconocido a la comuna, comunidad, pueblo y nacionalidad indígena, se debe demostrar una posesión ancestral de más de cincuenta años.
Además, estableció que solamente por excepción la posesión puede no ser actual, cuando se
compruebe conforme a derecho que ha existido desalojo violento o desplazamiento forzoso de los territorios de posesión ancestral de alguna comuna, comunidad, pueblo o nacionalidad indígena. Entonces, la propiedad comunitaria constituye un derecho real autónomo de fuente constitucional (con características patrimoniales especiales: perpetuidad, imprescriptibilidad, inalienabilidad, inembargabilidad e indivisibilidad) oponible frente a terceros, con asistencia de acciones reales efectivas para defenderla de cualquier turbación, y a la que el Estado está obligado a proteger para asegurar su integridad.
En este sentido, desde el enfoque intercultural y plurinacional del Estado del cual forman parte las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el pueblo afro ecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas, la propiedad comunitaria más allá de la titularidad del derecho de propiedad que a cada uno de sus integrantes les asiste, no es individual-patrimonial sino comunitaria-fundamental, por lo que en tanto derecho constitucional, su vulneración por un acto u omisión de autoridad pública no judicial, o por políticas públicas que priven su acceso, goce o ejercicio, o por el daño grave ocasionado por un particular, amerita su amparo directo y eficaz mediante la garantía jurisdiccional de la acción de protección.
El derecho de propiedad privada como derecho natural La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 instituye a «los derechos naturales, inalienables y sagrados del Hombre» y funda a los poderes Ejecutivo y Legislativo como entidades con poder de creación normativa y de situaciones jurídicas, en las que el derecho fundamental de la libertad es asociado con el derecho de propiedad, esto es, formando parte de los derechos públicos subjetivos fundados por el Estado. En el art. 2 se declara que «la finalidad de cualquier asociación política es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión».
En otras palabras, esos cuatro constituían derechos por ser instituidos por el derecho del Estado. La equiparación del derecho de propiedad con el derecho fundamental de libertad, pero su consagración como un instituto jurídico creado por el derecho positivo derivado del Estado —con lo cual
este, como producto del contrato social entre iguales, no se funda desde y a partir de los hombres y sus derechos inmanentes, sino que funda un nuevo régimen en el que otorga los derechos a los ciudadanos— subvierte la relación deónticamente contradictoria entre patrimonio y libertad, y modela otra en la que, con la ley del Estado, el derecho subjetivo se constituye en un derecho de apariencia fundamental.
Así, pues, la legitimación política del Estado ha sido la que ha otorgado al derecho subjetivo de propiedad una patente iusnatural axiológica de un instituto jurídico creado por el Estado, sin que por la justificación política de ese origen le corresponda, ni terminológicamente, un origen fundamental o atributivo de la personalidad del ser humano. En este escenario ideológico, la realidad es, en verdad, una realidad jurídica (ser), en la que la relación entre sujeto (el titular) sobre el objeto (el bien) es creada, persiste, muta o desaparece, en fin, existe a causa de un vínculo (la ley) impuesto desde y por el Estado como representación política de la voluntad humana (deber ser).
El derecho de propiedad es un «derecho-poder» creado por el derecho del Estado y definido en un axioma de derecho positivo que supone, necesariamente, un orden jerarquizado de voluntades; en otras palabras, de supra ordinación del derecho subjetivo sobre cualquier otro, que faculta a su detentador a disponer del bien hasta abusar de él. Así lo configuró el derecho positivo de la Ilustración: Ese derecho era casi sagrado. Estaba considerado como uno de los derechos naturales del hombre, esto es, de los derechos inherentes a su condición humana y, por tanto, anteriores y superiores al Estado, junto con el derecho a la libertad, a la seguridad y a la resistencia a la opresión.
El Código de Napoleón de 1804, siguiendo esta línea de pensamiento, definió la propiedad en su art. 544 como el derecho de disfrutar y disponer de las cosas de la manera más absoluta. En estricto sentido, esto es, desde la perspectiva normativista, el derecho de propiedad no supondría más límite para su ejercicio que el dispuesto por la norma, por ser fruto de la voluntad humana, sin que haya hecho social fundante que determine su alcance. En efecto, el jus utendi, fruendi et abutendi que caracterizaba a la propiedad para usar, gozar y disponer de ella, en el derecho romano no otorgaba al propietario derechos absolutos
sobre el bien, ya que estaba «obligado a ejercer sus derechos legalmente [...], a respetar los intereses de su familia, a considerar los intereses de sus vecinos y a tener en cuenta, sobre todo, el interés público (salud pública suprema lex)».
Con la Revolución Francesa y, más precisamente, con el Código de Napoleón (que entró en vigencia a inicios del siglo XIX), el dominio mutó en derecho para gozar y disponer de los bienes, pero con fuerte incidencia del concepto «utilidad pública» y «orden social», con el propósito de derrocar el sistema feudal monárquico del Ancient Régime. En el que, por cierto, no se puede comentar que existía una «ausencia de derecho», sino que sobre la base del «jusinvoluntarium» (no definido ni codificado en norma escrita) se garantizaba a los señores territoriales «iura y libertates, derecho y libertades».
El art. 544 del Código de Napoleón decía: «La propiedad es el derecho de gozar y disponer de las cosas de la manera más absoluta, con tal que no se haga un uso de las mismas prohibido por las leyes o los reglamentos».
La original concepción napoleónica de la propiedad buscaba «de la manera más absoluta» —como se definía en la norma— «terminar las estructuras propietarias del antiguo régimen, pero autorizando la intervención del Estado bajo el signo de la igualdad»; para la cual al abuso de la propiedad no le correspondía actos que supongan daño social o perjuicio al orden público. Sin embargo, la tricotomía característica de la propiedad a lo largo del siglo XIX como derecho subjetivo «exclusivo, perpetuo y absoluto» de íntima correspondencia con el individuo, fundamentado en la libre voluntad de la persona en tanto propietario que aprehende la cosa y se vincula con ella en una relación sujeto-objeto, fue producto de un vaciamiento del contenido normativo original napoleónico.
La norma del art. 544 fue llenada por una interpretación basada en el concepto kantiano de que el individuo es el centro de todo. Este ideario liberal alemán fue concentrado en el Sistema del Derecho Romano Actual (1839-1847), de Friedrich Carl von Savigny (1779-1861), quien, a la cabeza de la escuela histórica del derecho, revisó la concepción francesa del derecho propietario, fundiendo como sinónimos a la propiedad y al dominio. Este autor afirmó sobre este último que no es solo «el dominio absoluto e ilimitado que una persona tiene sobre una cosa», sino que la propiedad
«extiende el dominio de nuestra voluntad sobre un trozo del mundo exterior». A lo largo del siglo XIX, la doctrina francesa (Aubry y Rau, Troplong, Demolombe), impulsora del liberalismo económico hegemónico a partir de la restauración monárquica pos napoleónica, recogió este elemento ideológico de la filosofía liberal kantiana sistematizado por Savigny en su doctrina; esta se extendió en los subsistemas americanos de la familia romano-germánica. Un ejemplo de esto es la codificación del Código Civil chileno (promulgado a fines de 1855), trabajada por Andrés Bello quien, citando a Savigny como fuente y a los jurisconsultos franceses liberales, definió en el art. 582 «dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno». Esa misma línea fundada por el juspositivismo liberal se aprecia, por ejemplo, en la definición original del art. 669 del Código Civil colombiano, que asimismo le atribuía al titular del bien la facultad de disponer de él «arbitrariamente» —lo cual supuso la declaratoria de inexequibilidad del adverbio, a la luz del paradigma del Estado social de derecho instituido con la Constitución de 1991, por parte de la Corte Constitucional—. En otras palabras, primaba el ejercicio individualista de disposición del bien, subordinando al dominio la configuración social de la propiedad. De ahí es que en la denominación constitucional al derecho de propiedad se lo haya asimilado como un derecho natural y, por tal, se lo haya considerado un derecho fundamental —y así se lo haya normativizado, es decir, denominado e instituido en el derecho constitucional—. Ferrajoli opina que esto se da como un «vicio de origen» de patente iusnaturalista iniciado por Locke, basado en el principio de auto propiedad, en el que el trabajo sobre la cosa que no es de nadie la hace apropiable (apropiación originaria) con un límite que se extiende en tanto haya para los demás «suficiente cantidad de la misma calidad» (Segundo Tratado de Gobierno, 1690).Esto se puede observar en las constituciones ecuatorianas del siglo XIX hasta mediados del XX, por ejemplo, y en las actuales española y chilena, si bien con la reserva de ley de que el interés privado cede ante el interés público, lo que erosiona, de este modo, el concepto absolutista de propiedad, con la función social que le es inherente.
En todo caso, la fundación del derecho patrimonial como dere-
cho constitucional se evidencia en dos instrumentos políticos elementales que irradiaron el pensamiento jurídico del Estado liberal burgués en el mundo occidental, y obviamente en los subsistemas jurídicos pertenecientes a la familia romano-germánica, como el ecuatoriano: la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y la Constitución de Weimar de 1919. Con el proceso de transformación económica y tecnológica que produjo el cambio social y político de la revolución industrial, iniciada a mediados del siglo XVIII, la propiedad fue mutando en su concepción filosófica, acepción jurídica e instrumentación política. Desde su concepción fisiográfica medieval sustentadora del poder monárquico, llegó hasta su reivindicación a cargo de la naciente burguesía industrial; floreció a la par que cualquier otro derecho civil, como una institución de raigambre e importancia constitucional de inspiración liberal.
El art. 17 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 concibe a la propiedad como un «derecho inviolable y sagrado», del que «nadie puede ser privado [...] salvo cuando la necesidad pública, legalmente comprobada, lo exija de modo evidente, y a condición de una justa y previa indemnización». En la Europa de la primera mitad del siglo XX, la Constitución de Weimar de 1919 instituyó, en el art. 153 —integrante de la sección V «La vida económica», de la parte segunda «Derechos y deberes fundamentales de los alemanes»—, al derecho de propiedad con ciertas limitaciones al titular en función de la utilidad pública, y sin afectar a los principios de la economía de mercado: La Constitución garantiza la propiedad, cuyo contenido y límites fijarán las leyes. No puede procederse ninguna expropiación sino por utilidad pública y con sujeción a la ley. Se realizará mediante indemnización adecuada, a menos que una ley del imperio disponga otra cosa. Respecto a la cuantía de la indemnización, cabrá en caso de discordia el recurso ante los Tribunales ordinarios, solo que por leyes del Imperio se ordene lo contrario. La expropiación que en [sic] favor del imperio se realice con respecto a Países, Municipios y establecimientos de utilidad pública solo podrá efectuarse mediante indemnización. La propiedad obliga. Su uso ha de constituir al mismo tiempo un servicio para el bien general. En un breve recorrido historiográfico de la normativa constitucional ecuatoriana que se hará en el acápite siguiente, se podrá apre-
ciar el influjo de las doctrinas de los derechos naturales desarrolladas en los siglos XVII y XVIII, y el triunfo de las ideas de la burguesía liberal del siglo XIX, que sistematizó el dogma jurídico como paradigma filosófico sustentador de los conceptos políticos, jurídicos e institucionales incorporados en las sucesivas cartas políticas revisadas, y entre los que se destaca la propiedad y su aparente sinonimia con la libertad, construida por el pensamiento revolucionario francés de 1789, que la inscribió como un derecho natural.
1 Ecuador Asamblea Nacional Constituyente, Constitución Política de la República del Ecuador, Registro Oficial 1, 11 de agosto de 1998, tít. III, cap. 5, art. 84, ‹https:// www.oas.org/juridico/spanish/mesicic2_ecu_anexo15.pdf› 2 Si bien en la Constitución de 2008 se emplea el término montubio, la forma correcta para referirse al «campesino de la costa» ecuatoriana es montubio, con uve, según lo determina el diccionario de la Real Academia Española (RAE), en su vigésima tercera edición de octubre de 2014. Cuando estaba vigente la vigésima segunda edición de 2001 y al momento de haberse dictado y aprobado la Constitución de Montecristi, las acepciones de montubio con be eran: «1. Dicho de una persona: montaraz, grosera. 2. Col. y Ec. Campesino de la costa». Susana Cordero de Espinosa, «Montubio, no: montubio», El Comercio, 11 de enero de 2015, ‹www.elcomercio.com/opinion/columna-susanacorderodeespinosa-opinion -idioma-montubio. html›.
3 Corte Americana de Derechos Humanos, Caso de la comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua, 31 de agosto de 2001.
4 Organización de los Estados Americanos, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus tierras ancestrales y recursos naturales: Normas y jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, 30 de diciembre de 2009, ‹cidh.org/countryrep/TierrasIndigenas2009/ Tierras-Ancestrales.ESP.pdf›.
5 Ecuador Asamblea Nacional, Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales (LOTRTA), Registro Oficial 711, 14 de mayo de 2016, 3-20.
6 Ecuador Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, Resolución n.º 16 para el reconocimiento y legalización de territorios de posesión ancestral a favor de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, Registro Oficial 396, 15 de diciembre de 2014, art. 4.
7 El art. 85 de la LOTRTA define a la propiedad comunitaria como la «que ha sido adjudicada y titulada a favor de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades», y el art. 86 establece un régimen especial de garantía de las tierras rurales basado en la obligación estatal de protegerlas en casos de «invasión, usurpación u otras formas que perturben o impidan el ejercicio pleno de propiedad o posesión sobre la tierra» y en los «procesos de adjudicación, legalización y redistribución de tierras rurales; así como lo relacionado con el trámite de sucesión y transferencia de derechos de posesión», de conformidad con la ley, amén de otras medidas
8 Rodrigo Borja, Enciclopedia de la política (Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica, 2003), 2:1141
9 Rodrigo Borja, Enciclopedia de la política (Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica, 2003), 2:1141
10 Witker y Larios Velasco, Metodología, 177 11 Eduardo Carrión Eguiguren, Curso de derecho civil de los bienes (Quito: Ediciones de la Universidad Católica, 1982), 112.
12 Maurizio Fioravanti, Los derechos fundamentales: Apuntes de historia de las constituciones (Madrid: Trotta, 2003), 27-8.
13 Enrique Brahm García, «El concepto de propiedad en el Código Napoleónico. Una nueva interpretación de su art. 544 en la historiografía jurídica alemana», Revista chilena de derecho 23, n.° 1 (1996), 7, ‹https://www.jstor.org/stable/ 41609373?seq=1#page_scan_tab_contents›. El autor del art. resume lo que el estudioso alemán Alfons Bürge propone como opción para interpretar con una aproximación más cercana el contenido del art. 544 del Código de Napoleón para «distinguir claramente el dominio del usufructo, haciendo imposible el restablecimiento de formas feudales de propiedad amparadas en esta figura»
14 Ibídem.
15 Ibídem
16 Ibídem
17 Antes de la declaratoria de inexequibilidad del adverbio arbitrariamente, por parte de la Corte Constitucional en sentencia C-595/99, de 18 de agosto de 1999, el art. 669 del Código Civil rezaba: «El dominio (que se llama propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente, no siendo contra ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad». Colombia Congreso de la República, Código Civil, art. 669, ‹https:// www.oas.org/dil/esp/ codigo_Civil_Colombia.pdf›.
18 Guido Pincione, «Filosofía de la propiedad», en Enciclopedia de filosofía y teoría del derecho, ed. Jorge Fabra Zamora y Ezequiel Spector (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México-Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2015), 3:2411, ‹http://biblio.juridicas.unam.mx/ libros/8/3876/1.pdf›.
19 Ferrajoli, Derecho y razón, 912-50. 20 Francia Asamblea, Declaración de derechos, art. 17.
21 Alemania Asamblea Nacional de Weimar, Constitución de Weimar, 1919, art. 153, ‹http:// www.zum.de/psm/weimar/weimar_vve.php›.
22 Ferrajoli, Derecho y razón, 912.
23 Según Hans Kelsen, «con el triunfo de la burguesía liberal en el siglo XIX se produce una enérgica reacción contra la metafísica y contra la teoría iusnaturalista. De la mano del progreso de las ciencias empírico-naturales y con la crítica de la ideología religiosa tiene lugar un giro en la ciencia jurídica burguesa, que pasa del jusnaturalismo al positivismo». Hans Kelsen, Teoría pura del derecho (Madrid: Trotta, 2011), 53. Por definición, el jusnaturalismo «sostiene que existen principios morales y de justicia universalmente válidos que conforman el derecho natural». En realidad, no existe un solo jusnaturalismo sino varios que incluso se excluyen entre sí: el teológico, en el que prima el principio de imputación y que considera que el derecho natural es parte del orden eterno originado en Dios y asequible a la razón humana; y el racionalista, basado en los principios de imputación y causalidad, que sostiene que el derecho moral no deriva de Dios sino de la naturaleza o la razón humana. Witker y Larios Velasco, Metodología, 167-8.


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