

LA FE REÚNE A LOJA EN LA CELEBRACIÓN DE LA NATIVIDAD
CIUDAD
Fieles participan este 8 de septiembre en las Mañanitas, la Santa Eucaristía y la solemne procesión por las principales calles de la ciudad. Además, hoy concluyen las Noches del Peregrino con su tradicional espectáculo de quema de castillos, música y arte. 3 Judicatura

Riesgos de quitar fondos a partidos políticos
Presupuesto repite errores del pasado
UTPL oferta maestrías y especializaciones en áreas de ingeniería y arquitectura 5

Colombia: Alcaldes van a EE..UU. pese a críticas de Petro 11
Zamora: soldados de reserva se gradúan 7 ENTORNO 8
Loja - Zamora
lojalahora @ lojalahora
CIUDAD

SANTIAGO
LEÓN santiagoleon86@hotmail.com
El bruce lee influencer
Aver. Antes que nada quiero expresar que esta entrada no es para criticar a una persona en especial. Pero su accionar sí. Totalmente reprochable. Ruin. Resulta que hace unos días hubo un partido de básquet en Cuenca. Infartante. Los graderíos estuvieron llenos. Se vivió una fiesta deportiva. A pesar de que no era fútbol, las emociones fueron vibrantes.
Al grano. Una vez concluido el encuentro los ánimos se caldearon entre los equipos. Usted ya sabe. Uno que otro cariñito y un saludo especial para la madre de los jugadores y cuerpo técnico. Hasta ahí, algo normal por la adrenalina del partido. Se preguntarán en qué momento aparece un influencer de la localidad.
Pues resulta que este sujeto, al que también le gusta el básquet y que hace videos en redes sociales promocionando estos eventos, se le cruzaron los cables. Con complejo de tortuga ninja o alguna zaga de Karate Kid pateó a mansalva la cabeza de un jugador del equipo contrario. Este sujeto aprovechó que estaba en los graderíos y desde ahí, ruinmente, lo agredió.
Y sí. Es agresión. Y de las cobardes. Si tan hombrecito o gallito se sentía, era que lo enfrente cara a cara. No por la espalda. Ojo, y no es que estemos promoviendo la violencia entre personas. Pero si tanta pica le tenía, tranquilamente se hubieran caído a quiños en un lugar apartado. ¡Abusivo!. Comprendo plenamente esos momentos en los que los tornillos se zafan. Me pasa y constantemente. No me creo ningún santo. La ira es una emoción humana que hay que canalizarla. Pero carambas, ser influencer, imagen de marcas e incluso profesor de menores te obliga a actuar de otras formas. Creo en el rol de los influenciadores. Es más, soy amigo de algunos de ellos. Y es una gran responsabilidad comportarse de manera correcta. A veces una mala decisión puede acabar con la carrera que costó tanto esfuerzo levantar. Y en especial no anden repartiendo puñete a diestra y siniestra. Ya pasaron los Kiños del Año. Después ha de estar llorando en la cárcel como el Pepito. Así mismo dijo su abogado.

PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com
Bienvenido Mr. Marco Rubio
Bienvenida
la presencia del secretario Marco Rubio en Ecuador y oportunidad para importantes reflexiones. En política exterior, cada país define sus intereses vitales y los expresa como objetivos nacionales. En este asunto, Estados
EDITORIAL
¿Por qué pagar campañas políticas con tus impuestos?
La consulta popular que el Gobierno aspira a ejecutar hacia finales de 2025 incluye la pregunta sobre la prohibición de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas. La pregunta es necesaria y coherente con el objetivo de hacer del Estado uno eficiente, que utilice los recursos públicos para cuidado y beneficio de la población. La obligación de que el Estado destine fondos públicos a pagar campañas electorales y proveedores como agencias de publicidad y medios de comunicación nació con el Código de la Democracia impulsado por el Gobierno de Rafael Correa en 2009. Un mal entendido sentido de “equidad” y “democratización” inventó una industria perversa en la que las constantes elecciones son un negocio de unos pocos, en detrimento de los intereses de millones de ecuatorianos.
En cada elección, el Estado gasta un promedio de $90 millones solo en
el “fondo de promoción electoral”. A esto se suma el Fondo Partidario Permanente entregado anualmente a los partidos que tienen al menos un asambleísta en funciones.
La justificación de que “si no paga el Estado, pagará el narcotráfico” es propia de una sociedad que desconfía de su propio sistema de Justicia y control. Existen entidades designadas para evitar estos delitos, y ninguna de ellas pertenece a la Función Electoral.
El anexo a la pregunta 2 termina con una curiosa ambigüedad: “El Estado, a través de los medios de comunicación, garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral que propicie el debate.” Si bien no se explica cómo lo garantizará, toda reducción en el uso de fondos públicos que aupe el piponazgo en el que operan la gran mayoría de partidos y movimientos, será un paso más hacia un Estado más libre y eficiente.

Unidos se ha mostrado firme a lo largo de su historia. A partir de la implosión de la Unión Soviética, se impuso el objetivo de impedir que surja una potencia en condiciones de desafiar su hegemonía global. Esa es, en la actualidad, su preocupación prioritaria, frente a China que insurge como una gran potencia. No significa lo anterior que el crimen organizado no sea una preocupación importante, en la agenda de seguridad norteamericana, pero sí, que se subordina a la anterior. En ese contexto, se debe analizar la relación del presidente Trump
con América Latina y, en particular, con Ecuador. La condición transnacional del crimen organizado tiene su eje fundamental en la producción, comercialización y consumo de las drogas ilícitas. En el caso particular de la cocaína, los grandes productores son Colombia y Perú; los principales consumidores Europa y Estados Unidos; el comercio al por mayor lo manejan organizaciones criminales europeas, norteamericanas y latinoamericanas. El Ecuador es una víctima de esta arquitectura internacio-

Candidatos a granel
ElDiario El Nuevo Siglo, dio a conocer que existe un verdadero alud de aspirantes a la Presidencia de Colombia, con más de un centenar de precandidatos y candidatos, a menos de nueve meses para la contienda electoral. Frente a ello, en el Congreso se ha comenzado a vislumbrar una disposición legal para que acabe esa tendencia que se produce no solo en el hermano país y que refleja intereses de diversa índole, frecuentemente carentes de genuino servicio comunitario. Al respecto, una parlamentaria declaró, en diálogo con un periodista del mismo rotativo: “Hemos pensado con algunos colegas, poner un piso mínimo de firmas ciudadanas para inscribir una precandidatura a nombre de un movimiento significativo de ciudadanos... Serían algunas decenas de miles de firmas, que no es un requisito extremo, sino de mínima seriedad política y electoral... La ley debe propender por una campaña democrática, incluyente y abierta, pero tampoco podemos irnos al otro extremo, es decir, el de permitir candidaturas que no tienen un mínimo de respaldo inicial”. Magnífico que se haya comenzado a buscar soluciones para que a los cargos de elección popular lleguen los ciudadanos de mejores méritos y no aventureros de la política, chimbadores se les denomina aquí, incluso -no pocos- sin los requisitos básicos en lo que se refiere a preparación para poder desenvolverse con idoneidad en las altas representaciones.
En Ecuador, en los últimos comicios hubo 16 postulantes a Presidente y 2089 ciudadanos que aspiraron llegar a uno de los 151 puestos de la Asamblea Nacional. Solo dos candidatos a la Primera Magistratura fueron los más votados y pasaron a la segunda vuelta, los demás tuvieron resultados infinitamente menores; 12 de ellos, ni siquiera pasaron del 1% de aceptación. ¿Podrá cambiar algo, si más de 230 organizaciones políticas existen en teoría y se activan, desaforadamente, en temporada de elecciones?
nal del delito, y es imposible que pueda combatirla solo, con alguna opción de éxito. Por lo anterior, es importante la presencia de Marco Rubio en el país. Implica que el interés de seguridad ecuatoriano roza en algo con el norteamericano. En términos de Zbigniew Brzezinski, exconsejero de Seguridad del presidente Jimmy Carter, Ecuador se ha convertido en un pivote geopolítico: “Estado cuya importancia se deriva no de su poder y de sus motivaciones, sino más bien de su situación geográfica sensible y de las con-
secuencias que su condición de potencial vulnerabilidad provoca en el comportamiento de los jugadores geoestratégicos…”. Si el Gobierno entiende lúcidamente el significado de esta relación, podrá negociar mejor los intereses de los ecuatorianos y no desperdiciar esta coyuntura, conformándose con el apoyo moroso de un Gobierno que debe asumir la parte del costo que le corresponde en esta lucha, en proporción directa con sus responsabilidades
Loja celebra la Natividad de la Virgen con fe y tradición
Fieles participan este 8 de septiembre en las Mañanitas, la Santa Eucaristía y la solemne procesión por las principales calles de la ciudad. Además, hoy concluyen las Noches del Peregrino con su tradicional espectáculo de quema de castillos, música y arte.
Loja se prepara para vivir una de sus festividades más significativas: la Natividad de la Virgen María, en la advocación de Nuestra Señora de El Cisne, una tradición que hunde sus raíces en la época colonial y que cada año convoca a miles de devotos. La programación de este lunes 8 de septiembre iniciará desde las primeras horas de la mañana. A las 08:00, los fieles podrán cantarle las tradicionales Mañanitas a la
Virgen, con la participación de artistas invitados. Posteriormente, a las 10:00 se celebrará la Santa Eucaristía de Fiesta en la Catedral, y a las 11:00 tendrá lugar la solemne procesión por las calles Bernardo Valdivieso, Imbabura, Bolívar y José Antonio Eguiguren, hasta regresar al templo mayor de la ciudad.
La Natividad de María es un acto litúrgico y un espacio de encuentro cultural y social que reafirma las raíces
religiosas de Loja. En los últimos días, cientos de peregrinos y devotos se han dado cita en la Catedral para expresar su fe, en un ambiente festivo que combina lo espiritual con lo humano.
La devoción a la Virgen del Cisne se remonta al siglo XVI, cuando se talló su imagen milagrosa en la parroquia que lleva su nombre. Desde entonces, el 8 de septiembre se convirtió en una fecha especial para rendir 80 menores beneficiados con entrega de útiles escolares en Loja
El Municipio de Loja, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Humano, avanzan en la lucha contra el trabajo infantil mediante un convenio firmado a través del Centro de Apoyo Social Municipal (Casmul). La iniciativa busca garantizar que niñas, niños y adolescentes puedan desarrollarse en espacios artísticos, culturales y deportivos, lejos de situaciones que vulneren sus derechos.
Como parte de este esfuerzo, se entregaron kits de útiles escolares a 80 menores, en un acto realizado en las inmediaciones de la Casona
Cultural. La actividad contó con la participación de autoridades locales, beneficiarios y sus familias.
Durante el evento, los padres de familia reiteraron su compromiso de acompañar a sus hijos en el proceso educativo y de protección integral, asegurando que puedan disfrutar plenamente de su infancia. Asimismo, expresaron su gratitud por las soluciones concretas que contribuyen al desarrollo académico y personal de los menores, valorando el respaldo institucional que impulsa su crecimiento.


homenaje a la Madre de Dios, celebrando su nacimiento como símbolo de esperanza y fe en la comunidad.
Noches del Peregrino Este lunes concluyen las Noches del Peregrino. La jornada iniciará a las 20:00 con una serenata dedicada a la Virgen María, seguida de la quema de nueve castillos a las 20:30, un espectáculo que iluminará el cielo de Loja y será acompañado de presentaciones artísticas y musicales.
De esta manera, la ciudad pone punto final a estas tradicionales noches, que comenzaron el 1 de septiembre, consolidando una costumbre con años de historia que mantiene viva la fe.

DEVOCIÓN. Fe y tradición se unen en la Natividad de la Virgen del Cisne.

Desde el 3 de septiembre de 2025, la sala Ángel Rubén Garrido de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión Núcleo de Loja (CCE-Loja) acoge la exposición Peep Hole: Visor de Imaginarios, de la artista Carolina Molina.
La muestra reúne un conjunto de ilustraciones digitales que exploran universos imaginarios a partir de una reinterpretación personal del entorno tangible e intangible de la artista. En sus obras, las estructuras arquitectónicas y los elementos paisajísticos se transforman en símbolos de realidades alternativas: espacios que desafían la gravedad, el uso y la lógica funcional, para convertirse en escenarios de narrativas íntimas.
El recurso del arte vectorial, intensificado con una paleta cromática hipersaturada, se conjuga con un lenguaje visual que dialoga entre el surrealismo y la estética vaporwave. Esta síntesis estética genera imágenes que transitan entre lo íntimo y lo inverosímil, invitando al espectador a un ejercicio de contemplación activa.
La propuesta surgió hace cinco años, durante el confi-
namiento provocado por la pandemia de Covid-19. Ese contexto de encierro llevó a la artista a un proceso de introspección, a mirar hacia dentro para reconocer lugares, emociones y anhelos, y desde allí imaginar nuevas formas de comprender lo que podría existir “afuera”.
La curaduría de la muestra estuvo a cargo de Diego Villavicencio, administrador de las Salas de Exposición de la CCE-Loja. La ciudadanía podrá visitarla hasta el 17 de septiembre de 2025. El ingreso es libre.
Sobre la artista Carolina Molina es artista plástica y visual, ilustradora multidisciplinaria y diseñadora de patterns para superficies. Lidera proyectos en el ámbito creativo y cultural, y cuenta con amplia experiencia en organización y dirección de proyectos artísticos y fotográficos.
Carolina Molina presenta la exposición Peep
Hole: Visor de
Imaginarios

ARTISTA. Carolina Molina lidera diversos proyectos en el ámbito creativo y cultural.
Posgrados en ingeniería y arquitectura para innovadores
La Facultad de Ingenierías y Arquitectura de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) fortalece su compromiso con la formación integral de excelencia a través de una renovada oferta de posgrados, que incluye maestrías y especializaciones en áreas estratégicas de la ingeniería y la arquitectura.
Para el período académico que inicia en octubre de 2025, la facultad pone a disposición de los interesados un total de 10 programas de posgrado: dos maestrías y ocho especializaciones reconocidas a nivel nacional por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt).
Las maestrías tienen una duración de un año, mientras que las especializaciones se completan en seis meses, lo que permite a los profesionales actualizar sus cono -
La Facultad de Ingenierías y Arquitectura de la UTPL ofrece 10 programas de posgrado, entre maestrías y especializaciones, con modalidades en línea e híbrida, proyectos de vinculación social, entre otros beneficios. Las inscripciones están abiertas hasta el 6 de octubre.
cimientos rápidamente en áreas específicas.
“Las especializaciones permiten profundizar en un conocimiento particular y se adaptan a las necesidades del mundo laboral actual, ofreciendo flexibilidad en modalidades en línea e híbrida para quienes combinan estudio y trabajo”, explica Samanta Cueva, vicedecana de la facultad.
Los programas que actualmente se ofertan para el periodo octubre 2025 - febrero 2026 son las dos maestrías en Gestión Integrada de Recursos Hídricos y la maestría
FORMACIÓN. Diez posgrados de la UTPL preparan a profesionales para los desafíos del mundo actual.
en Geología con mención en Exploración y Evaluación de Recursos Mineros. En el campo de las especializaciones, estas responden a: Sistemas de Información con mención en Blockchain y Arquitectura en la Nube, Optimización y Dirección Logística, Ingeniería Civil con mención en Vías, Ingeniería Civil con mención en Alcantarillados y Saneamiento, Gestión de Geoinformación con mención en proyectos de Ingeniería, Geotecnia, Ingeniería Civil con mención en Mecánica de Suelos Avanzada, y Patrimonio Paleon-
tológico. Esta última especialización es pionera a nivel nacional.
Práctica y vinculación
Samanta Cueva comenta que los posgrados de la UTPL no solo se enfocan en la teoría, sino también en la práctica. Cada programa contempla proyectos de vinculación con la sociedad, en los cuales los estudiantes aplican sus conocimientos en casos reales. Además, la universidad cuenta con laboratorios de alta tecnología, simulaciones virtuales y la plataforma EVA, que facilita tutorías,
foros y colaboración entre docentes y estudiantes, garantizando una formación de calidad y acorde a las tendencias de la sociedad.
La universidad también ofrece beneficios económicos, como becas de convenio de hasta el 20 % y opciones de financiamiento hasta 24 meses. Los posgrados buscan preparar a profesionales competitivos a nivel nacional e internacional, incorporando tendencias disruptivas y tecnología de punta en cada programa.
Los interesados pueden obtener más información y realizar sus inscripciones hasta el 6 de octubre en www.utpl.edu.ec/posgrados, donde también pueden recibir asesoría personalizada a través de Zoom o WhatsApp, guiados por docentes y directores de posgrado.

Consejo de la Judicatura investigará a juez por medidas a militares

ACTUACIÓN. El Consejo de la Judicatura investigará si hubo irregularidades en la decisión judicial que liberó a 16 militares.
El Consejo de la Judicatura de Loja anunció a través de un comunicado que investigará la actuación del juez Jeferson Armijos, quien dispuso presentaciones periódicas para 16 militares procesados por presunta asociación ilícita, dentro del caso relacionado con la filtración de información y contrabando de mercaderías y combustibles. La decisión judicial se conoció tras un amplio operativo ejecutado por la Policía Nacional y la Fiscalía el pasado 3 de septiembre de 2025 en 11 provincias del país, en el que fueron detenidas 24 personas, entre ellas los 16 uniformados y ocho civiles. Según la Fiscalía, los involucrados habrían recibido dinero y dádivas para facilitar el paso de mercaderías y derivados de hidrocarburos por la frontera entre Ecuador y Perú, causando un perjuicio al Estado estimado en 20 millones de dólares.
El organismo revisará si hubo irregularidades en la disposición judicial que benefició a los uniformados procesados por presunta asociación ilícita en el caso de contrabando.
Durante la audiencia de formulación de cargos, el juez dictó prisión preventiva para los ocho civiles identificados como Diana P., Byron M., Jorge V., Milton M., Henry S., Maricela E., Fredi V. y Julio B. En cambio, a los militares Wilmer B., Edwin S., Fabricio T., Wilson L., Edmundo G., Jackson O., Jorge J., Jorge P., Dennys U., Henry
Productores rurales reciben
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGP) entregó 42 títulos de propiedad de tierras rurales en el cantón Loja, con el objetivo de garantizar la seguridad jurídica de los agricultores y ganaderos. La ceremonia se realizó en el Auditorio Pablo Palacio de la Casa de la Cultura Ecuatoriana – Núcleo de Loja y contó con la participación de autoridades locales e institucionales.
Durante el evento, productores rurales de los cantones Loja y Catamayo recibieron sus títulos, que legalizan un total de 47,55
hectáreas. Además, 10 productores de Loja y Saraguro recibieron insumos para mezclas forrajeras, destinados al establecimiento de pasturas mejoradas.
“El título que hoy reciben es el resultado de años de esfuerzo y perseverancia. Es un documento que garantiza la seguridad jurídica sobre sus tierras, que reconoce su derecho legítimo a producir, crecer y soñar con un futuro mejor. Desde la Subsecretaría de Tierras continuaremos impulsando este trabajo para que ningún productor se quede
atrás. Nuestro compromiso es claro, avanzar hacia un país con más equidad, más oportunidades y más tierra en manos de quienes la trabajan”, dijo Sandra Macero Villafuerte, subsecretaria de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales.
Freddy Pazmiño, director Distrital del MAGP, señaló: “hoy celebramos el esfuerzo de nuestros productores por acceder a un derecho fundamental: la propiedad legal de sus tierras. Este es un paso clave para mejorar su calidad de vida y fortalecer el desarrollo del agro lojano”. Uno de los beneficiarios también compartió su testimonio, agradeciendo el respaldo del Ministerio y
O., Ólger S., Álex Ch., Édison P., Jéfferson B., Émerson S. y Jordan M. se les impuso medidas sustitutivas, consistentes en presentarse dos veces por semana en la fiscalía provincial de Loja.
Ante este hecho, el Consejo de la Judicatura comunicó que iniciará acciones frente al caso. “El análisis se realizará respetando el debido
proceso y la independencia judicial, con el fin de determinar si la actuación del servidor constituye una falta disciplinaria”, señaló la institución en el comunicado. La operación que derivó en estas aprehensiones contó con la participación de 28 fiscales y cerca de 250 efectivos, además de 33 allanamientos ejecutados en las provincias de Loja, El Oro, Zamora Chinchipe, Chimborazo, Orellana, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha, Guayas, Manabí, Los Ríos y Sucumbíos.

ACTO. Productores rurales reciben títulos de propiedad en Loja, asegurando su seguridad jurídica y acceso a programas de apoyo estatal.
destacando la importancia de contar con un título que brinda seguridad y oportunidades.
Con la legalización de sus tierras, los productores acceden a seguridad jurídica, posibilidades de crédito agrícola y ganadero, así como a programas de fomento productivo, asistencia técnica e incentivos estatales.
Nuevos soldados de reserva se gradúan en Zamora
El Batallón de Selva 62 Zamora realizó la ceremonia de licenciamiento de la leva 2005, segunda llamada. Los jóvenes concluyeron un año de instrucción y desde ahora pasan a integrar la reserva militar del país.
En el campo de Marte del Glorioso Batallón de Selva 62 Zamora, el pasado viernes 5 de septiembre se desarrolló la ceremonia de licenciamiento de los conscriptos pertenecientes a la leva 2005, segunda llamada. Tras un año de instrucción, entrenamiento y apoyo al desarrollo, los jóvenes culminaron su servicio cívico militar voluntario y se convirtieron oficialmente en soldados de reserva.
Durante el acto militar, los conscriptos realizaron el juramento a la bandera, reafirmando su compromiso con la defensa de la Patria y la práctica de los valores ciudadanos. El comandante del Batallón destacó que los nuevos reservistas cuentan ahora con un espíritu de civismo y patriotismo, y estarán listos para responder al llamado del país cuando las circunstancias lo requieran.
Policía refuerza seguridad durante las festividades de septiembre
La Policía Nacional del Ecuador despliega un amplio operativo en Loja y sus alrededores para garantizar la seguridad de los ciudadanos y de los miles de devotos que llegan a rendir homenaje a la Virgen del Cisne.
Agentes se encuentran presentes en parques, plazas y puntos de mayor concentración de personas, como el Parque Central durante las tradicionales Noches del Peregrino y los accesos al Complejo Ferial Simón Bolívar, en el marco de la 196 Feria de Loja. Estas medidas buscan ofrecer un entorno seguro para familias y visitantes durante las festividades religiosas y culturales del mes

“Ustedes ahora ya son parte de la reserva militar y moral del país. Están listos para defender la heredad territorial y estoy seguro de que se presentarán de inmediato cuando la Patria lo requiera”, señaló el teniente
coronel Héctor Chimborazo, comandante del Batallón de Selva 62 Zamora. Además, exhortó a los licenciados a mantener una vida ordenada, cultivar el amor a los símbolos patrios y ser multiplicadores del civismo en sus
actividades cotidianas. Con este acto, los jóvenes pasan a integrarse a la vida civil, pero con la responsabilidad de permanecer atentos y comprometidos con la defensa del territorio nacional.
de septiembre. Además, la institución mantiene vigilancia permanente en unidades educativas habilitadas como albergues para los romeriantes, asegurando espacios protegidos y controlados. En la parroquia El Cisne, lugar de origen de la “Churonita”, uniformados resguardan el orden y la seguridad de los feligreses que llegan a expresar su fe.
Con este despliegue, la Policía Nacional busca proteger la vida, la integridad y los bienes de la ciudadanía, al promover un ambiente de respeto y convivencia pacífica durante las celebraciones religiosas.

Controles realizados durante
COMPROMISO. Nuevos soldados de reserva del Batallón de Selva 62 Zamora juraron defender la Patria durante la ceremonia de licenciamiento.
Ventajas y desventajas de quitar el financiamiento estatal a partidos políticos
La iniciativa de reforma parcial para quitar el financiamiento del Estado a las organizaciones políticas genera diferentes proyecciones de los escenarios si esta medida se aprueba en las urnas y se pone en práctica en las futuras elecciones.
A la propuesta del presidente de la República, Daniel Noboa, para eliminar el financiamiento estatal para las organizaciones políticas en Ecuador le hace falta el dictamen de constitucionalidad de la Corte Constitucional (CC). Con ese requisito podrá ser sometida a votación popular en un referéndum, que según el mandatario se realizaría el 30 de noviembre de 2025
La pregunta sobre este tema tiene un respaldo del 63,1% para ser aprobada, según la última encuesta de agosto de Comunicaliza.
Las ventajas
Héctor Yépez, abogado y exasambleísta, considera que esta pregunta probablemente sea la que más respaldo tenga de la ciudadanía. “Se pregunta a la gente si quiere darles plata a los partidos políticos, con lo impopulares que son todos, obviamente la pregunta va a tener apoyo”.
Proyecta que el tema sintonizará con el pedido ciudadano de que hace falta dinero para cosas esenciales y que no se gaste en los partidos políticos. “Lo más importante es que le va

DEMOCRACIA. Representantes de organizaciones políticas durante una capacitación sobre inscripción de candidaturas para las elecciones de 2025. (Foto: CNE).
a quitar el incentivo a muchas personas, para participar en política, que no tienen ningún respaldo real. Es un problema no solo de las reglas sobre financiamiento, sino de otras normas que incentivan a que se creen partidos que son cascarones vacíos, que realmente no tienen ninguna representatividad y algunos lo hacen simplemente con la expectativa de ganarse unos dólares, lo cual hay que cortar con esta y otras reformas”, argumenta. Cree
Los límites al gasto electoral
° El vicepresidente del CNE, Enrique Pita, aclara que el Código de la Democracia vigente establece los límites al gasto electoral, así como los topes a las aportaciones de simpatizantes, afiliados y adherentes. Límites que fueron concebidos en un contexto en el que existe el financiamiento estatal para las organizaciones políticas destinado a la promoción en radio, televisión, prensa escrita, medios digitales y vallas publicitarias.
El artículo 539 del Código, sobre el financiamiento privado, indica que no podrán existir contribuciones anónimas y la persona natural o jurídica no podrá contribuir anualmente con un monto superior al valor de 200 canastas básicas familiares, respecto de la fijación realizada por el INEC para el mes de diciembre del año inmediato anterior, o que suponga más del 10% del presupuesto anual de la organización política respectiva. “Si la pregunta y su anexo llegaren a aprobarse (en la consulta popular), resultaría indispensable reformar el Código de la Democracia a fin de que se definan nuevos límites al gasto electoral y a las aportaciones privadas, esta vez en un escenario en el que ya no existirá financiamiento público. Se trataría, por tanto, de una realidad jurídica distinta”, refiere Pita ante una nueva configuración constitucional.
que solo debería haber organizaciones políticas de ámbito nacional.
Más que efectos negativos, observa que será un “gran desafío” para las organizaciones políticas “ver cómo el dinero no es un obstáculo para que pueda participar realmente la gente”.
Para Simón Jaramillo, subdirector de la Corporación Participación Ciudadana (CPC), hay dos ventajas menores: un impacto económico, con un ahorro de recursos del Estado que pueden destinarse a otras necesidades, y un impacto ético, al dejar de financiar partidos pequeños, “intrascendentes”, que solo se activan para elecciones.
“No encuentro una ventaja, excepto que la pregunta va en el sentido de satisfacer esa necesidad de responder algo que a la sociedad ha dejado de gustarle: la política y los políticos. El problema es que hemos dejado la política en manos de delincuentes y de sinvergüenzas”, dice Francisco Rocha, analista político.
Las desventajas Rocha advierte que retirar el financiamiento a las organizaciones políticas afectará a la democracia. Recuerda que a finales de la década de 1990 los partidos sí tenían una vida po-
EL DATO
La pregunta es: ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
Lamentablemente, en el Ecuador el dinero que se pueda conseguir para una campaña no es un dinero bueno, es el dinero del narcotráfico”,
estatales tienen que acudir al sector privado. Y ahí viene el riesgo de la ilegalidad, quienes van a estar prestos para financiar campañas será el crimen organizado”.
lítica activa, había capacitación, búsqueda de cuadros y formación, por ejemplo, la Izquierda Democrática tenía concejales, alcaldes, prefectos que sí representaban un pensamiento y una visión. “Eso se perdió porque pasamos a votar por el más popular, por el que más agresivo es, por el que más plata tiene”, cuestiona. Sugiere estructurar a los partidos con pensamiento, propuestas, estudio y con la visión de país, pero para eso se requiere recursos.
Dice que, tras el retiro del financiamiento, las organizaciones políticas quedarán a merced del dinero que puedan conseguir. “Lamentablemente, en el Ecuador el dinero que se pueda conseguir para una campaña no es un dinero bueno, es el dinero del narcotráfico”.
Frente a ese escenario, plantea la necesidad de reinventar la democracia ecuatoriana, que el sector empresarial “apueste por ayudar al pensamiento y a la formación”, que las organizaciones sociales se articulen y los partidos recurran a los jóvenes para que se interesen en la política.
Jaramillo ve algunos riesgos si se elimina el financiamiento. “Primero, la inequidad y exclusión a quien no tiene recursos. El segundo problema grave es que los políticos sin recursos
Pero incluso desde la legalidad habría problemas porque los candidatos que reciben financiamiento privado y obtengan cargos estarán sujetos a compromisos y a conflictos de intereses con proveedores de servicios. Posiblemente haya una cadena de favores para dar permisos de funcionamiento, autorizar alguna construcción privada, ejemplifica. “Realmente los riesgos son muy altos”. La CPC reveló el 22 de agosto un informe sobre la existencia de 233 organizaciones políticas, de las que alrededor del 80% no contaban con parámetros fundamentales para su funcionamiento Subraya que el efecto sería que los partidos pequeños y locales desaparezcan en desmedro de la democracia o hagan alianzas, pero no programáticas sino utilitarias. Y una vez en los cargos haya “camisetazos, transfuguismo y seguiremos en esta política informal”.
Sugiere reducir el número de partidos con otras reformas, como la obligación de tener cierto número de afiliados, profesionalización y actividad permanente. Así, automáticamente se reduciría el monto de financiamiento estatal a destinar a las organizaciones porque habría menos, plantea. (KSQ)
FRANCISCO ROCHA, ANALISTA POLÍTICO.

ASAMBLEÍSTAS.
Asambleístas independientes piden atención para sus proyectos
Algunos asambleístas independientes piden ser visibilizados y que sus proyectos de ley pasen a ser una de las prioridades de la agenda legislativa.
El papel que cumplen los asambleístas independientes vuelve al debate legislativo . Las deserciones en la Revolución Ciudadana, en el Partido Social Cristiano (PSC ) y otros que han llegado al Parlamento, representando a distintas provincias, ha favorecido al movimiento ADN que ha consolidado una mayoría parlamentaria. En menos de cuatro meses, ADN ha mantenido intacta su capacidad de negociación política, y ahora, algunos legisladores independientes piden al oficialismo reciprocidad, ser visibilizados y poner atención a sus proyectos, enfocados prioritariamente, en temas de seguridad , empleo, salud , infraestructura, etc. (SC)
Edwin Jarrin (Morona Santiago) plantea cambios al COIP
Busca una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que se expongan los rostros de antisociales que son sorprendidos en el cometimiento de delitos flagrantes. El proyecto ya fue calificado en el Consejo de Administración Legislativa (CAL) y aspira a ser aprobado por unanimidad en el Pleno. También plantea una reforma a la Ley de
Contratación Pública para evitar presuntos direccionamientos en los contratos que otorgan los municipios y concejos provinciales o evitar diezmos , dice. Además, considera que una reforma al Código de la Democracia evitaría que en los procesos electorales participen personas, por ejemplo, que hayan sido llamadas a juicio por algún delito.
“Obviamente aspiro a que los proyectos que son de vital importancia tengan acogida; si ellos (ADN) no apoyan, cómo pueden pedir que respaldemos los proyectos que envía el Ejecutivo. Necesitamos reciprocidad; si no aceptaran las propuestas estarían dando las espaldas al pueblo ecuatoriano”, afirmó.
Christian Benavidez (Carchi) pide apoyo a ley de Desarrollo Fronterizo
“Deben entender que no somos números en una votación, somos personas que venimos de provincias y representamos un criterio, un pensamiento. Nada por imposición, el mensaje es trabajar en equipo, que permitan aportar a las leyes, tomar la palabra, ejercer nuestro derecho a participar en las actividades legislativas”. Relata que la ley de Desa-
rrollo Fronterizo permanece “atascada”. La propuesta busca dar un tratamiento especial a las provincias y cantones fronterizos. “Esto no ha sucedido, la ley está lista para su tratamiento; pero mi preocupación es que no aparece en la agenda parlamentaria enviada por el presidente (de la Asamblea) Niels Olsen ”. Insiste que la propuesta debe salir porque los temas de frontera son delicados, porque es donde se asientan los problemas delictivos: inseguridad, tráfico de personas , drogas, lavado de activos. La manera de solucionarlo es generando oportunidades y fuentes de trabajo. La ley permitiría el ingreso de recursos a los GAD (Gobiernos Autónomos Descentralizados) para financiar obra pública y proyectos de emprendimiento.
Juan Gonzaga (Sucumbíos) aboga por la reactivación fronteriza “Esperamos ser más visibilizados”, dice el legislador, luego de comentar que la gestión de la actual coordinadora de bloque de ADN, Mishel Mancheno, debería ser más participativa e incluyente hacia quienes son considerados dirimentes . “Deben darse cuenta que la adhesión de algunos independientes que
han coincidido en ciertos temas con ADN, pero esto no ha sido una regla”,aclaró. Mencionó que en el plan legislati vo al 2027 hay temas que deben ser tomados en cuenta, principalmente en lo relacionado con la reactivación de la zona fronteriza . “Muchas normas no han transitado por la esfera del cumplimiento en torno a la política pública”. Gonzaga coincidió con Cristian Benavide s , en que está pendiente por tratar la ley de Desarrollo Fronterizo, como la tarifa de la dignidad amazónica, mejora vial, infraestructura.
David Arias (Galápagos) solicita seguridad en el Archipiélago Plantea propuestas para la seguridad en el Archipiélago, que lleve a la reactivación económica y turística. En Santa Cruz se construyó, hace más de 50 años, un hospital en una zona no segura y de alto riesgo, por estar muy cerca de la orilla. Pide que se construya un hospital en otro sitio. En este caso solicita el respaldo de todos los grupos políticos en la Asamblea en su objetivo de iniciar un proceso de fiscalización al manejo de los centros médicos del Archipiélago.
Arias p resentó un proyecto de reforma a la Ley de
El 14 de mayo de 2025, Samuel Célleri (Partido Social Cristiano) renunció a continuar en el partido y pasó a formar parte del CAL.
M inería. “En Galápagos tenemos un problema; calificaron a las canteras de material pétreo, cascajo, ripio, como si fuera una mina, pero la actividad extractiva está prohibida en Galápagos”.
Jhajaira Urresta (Pichincha) trabaja en una ley para personas con discapacidad
Prepara un proyecto de ley que busca dar seguridad y cubrir las necesidades de los cuidadores de las personas con discapacidad “La presentación de las leyes no responde a la aprobación de ninguna bancada, nuestras propuestas responden a las demandas ciudadana; soy una persona con discapacidad, tengo 33 años y no sé qué va a pasar cuando tenga 60 o 70 años, y los problemas craneoencefálicos por el trauma de haber perdido un ojo bajo el impacto de una bomba lacrimógena , pueda conllevar”, dice Urresta, quien se desafilió de la RC.
En su despacho se trabaja en los últimos detalles de la iniciativa. Para elaborar los textos se contrasta información con el derecho internacional y de iniciativas de países como Colombia, Argentina y Brasil, que ya tienen propuestas similares y están vigentes.
Edwin Jarrin. Cristian Benavides. Juan Gonzaga. David Arias. Jhajaira Urresta (Fotos archivo).

¿Por qué el dinero del Estado nunca alcanza?
El presupuesto 2025 repite errores del pasado, como ingresos irreales, gastos sin financiamiento y deudas que crecen como una bola de nieve. El economista Jaime Carrera, del Observatorio de la Política Fiscal, muestra cómo estas prácticas afectan al ciudadano.
Imagínese que en su casa se arma un presupuesto familiar. Usted anota que el próximo mes entrarán $500 de un trabajo extra que todavía no tiene, $200 de una rifa que espera ganar y otros $300 que le promete un amigo que nunca cumple. Con esa “plata futura” usted planifica comprar medicinas, pagar la pensión de la escuela de sus hijos y arreglar la casa. Pero, al final, ese dinero nunca llega, y se enfrenta a la disyuntiva de endeudarse más o no gastar todo lo que pensaba.
Así, tal cual, funciona el presupuesto del Ecuador: un plan lleno de ilusiones que cada año repite los mismos errores, sin importar quién gobierne.
Del papel a la realidad
El presupuesto 2025 supera los $33.000 millones, pero eso no significa que los ciudadanos lo vean en mejores servicios. Al contrario: trabajadores de limpieza y se-
guridad de hospitales como el de Calderón en Quito han hecho hasta plantones reclamando que llevan 9 meses sin cobrar sus sueldos, los pacientes no acceden a todas las medicinas que necesitan y las carreteras del país siguen deterioradas.
“Es una proforma hecha con ingresos inventados y gastos disfrazados, que no tiene sustento técnico ni financiero”, advierte Jaime Carrera, del Observatorio de la Política Fiscal. El resultado es el mismo de siempre: un Estado que promete mucho, pero paga tarde y mal.
Los errores más comunes del presupuesto estatal en Ecuador:
1. Aumentos en el gasto que nunca se concretan. En el papel, Educación recibe $1.845 millones más y Salud $2.172 millones adicionales. Pero ese incremento está atado a ingresos ficticios de
versión.
4. Ingresos irreales: El Gobierno espera recibir casi $4.000 millones por anticipos de concesiones petroleras en apenas cuatro meses, más $750 millones por concesionar el OCP y $460 millones por el espectro de telefonía. “Es una ofensa al sentido común suponer que en cuatro meses van a ingresar casi $4.000 millones por concesiones petroleras”, afirma Carrera. “Eso no son ingresos, es humo”.
5. Los atrasos, la deuda oculta que nunca aparece. En agosto, el déficit oficial era de $1.974 millones. Pero al sumar pagos omitidos, como los $291 millones que se deben a municipios , el hueco real llega a $2.265 millones. Además, el Estado acumula $3.740 millones en cuentas por pagar , una especie de deuda escondida que significa proveedores impagos, municipios sin transferencias y hospitales sin recursos para operar.
las obras públicas: escuelas nuevas, carreteras, proyectos de agua potable, hospitales. En el papel, el PAI 2025 tiene más de $2.300 millones Pero la ejecución hasta agosto es de apenas el 30%, es decir, 7 de cada 10 dólares no se han ejecutado cuando ya ha pasado más del 67% del año.
Mientras en los documentos se prometen miles de millones, el Ministerio de Energía y Minas apenas ejecutó el 6% de lo previsto; Defensa, Salud Pública e Interior se quedaron entre el 13% y el 38%.
En la práctica, esto significa obras que no arrancan, proyectos paralizados y carreteras que siguen deterioradas
Deuda creciente
El financiamiento del presupuesto se sostiene en más deuda: $11.440 millones en 2025, de los cuales $6.400 millones son deuda interna, principalmente con el IESS.
concesiones petroleras. Carrera lo llama un “engaño secular”: “Se anuncian aumentos año tras año, pero al final se recortan porque el dinero nunca entra”.
2. Sueldos y deudas escondidas. Aunque se habla de austeridad, en 2025 los sueldos estatales crecen en $238 millones y los bienes y servicios en $336 millones. Al mismo tiempo, las transferencias al IESS están subestimadas: en 2024 se transfirieron $2.991 millones, pero en 2025 solo se presupuestan $2.662 millones, disfrazando atrasos de acuerdo con Carrera.
3. La bola de nieve de los intereses. El Estado destinará $4.038 millones al pago de intereses de la deuda en 2025, $555 millones más que en 2024. Cada vez más impuestos se usan para pagar deuda y no para servicios o in-
6. En una reciente entrevista pública, recogida por LA HORA, la ministra de Economía, Sahira Moya , aseguró que los atrasos están bajo control, que se gasta en más en áreas sociales y de salud, e incluso llegó a decir que el Gobierno transfiere lo que corresponde, pero “los problemas son de gestión de hospitales y proveedores”
7. El IESS: prestamista del Estado . Para cubrir el déficit, el Gobierno echa mano del dinero de los afiliados al IESS, que ya tiene en bonos del Estado más de $13.000 millones. Esto agrava la deuda del Estado con la seguridad social y pone en riesgo la sostenibilidad de pensiones y salud. “La nociva costumbre de financiar el déficit con bonos de deuda interna” —advierte Carrera— no solo multiplica los intereses que se pagan, sino que compromete los fondos de los trabajadores”.
El plan de inversión
El Plan Anual de Inversiones (PAI) es el corazón de
Mientras tanto, el acuerdo con el FMI pide que Ecuador pase de déficit en 2025 a un superávit en 2028. Pero la proforma del Gobierno proyecta déficits de más de $5.500 millones cada año hasta 2028.
“La sola comparación de estas rutas contrapuestas evidencia la liviandad y poca responsabilidad que encarna la gestión de las finanzas públicas”, subraya Carrera.
¿Por qué no se cumple?
La respuesta está en la estructura misma del gasto: gran parte se va en salarios, deuda e intereses, mientras los supuestos aumentos en Salud, Educación e Inversión están atados a ingresos inexistentes. Al final, el dinero real no alcanza.
Por eso, aunque el presupuesto hable de miles de millones, lo que ven los ecuatorianos es otra cosa: hospitales sin medicinas, profesores con aulas vacías de recursos, municipios sin plata para reparar calles y carreteras que parecen abandonadas.
“Las nocivas conductas fiscales se han tornado parte del paisaje nacional, aceptadas como la normalidad por la mayoría de la sociedad”, concluye Carrera. (JS)
HECHO. El sector de la salud en los papeles es el que más presupuesto recibe, pero en la práctica el dinero no siempre llega.
Alcaldes de Colombia viajarán a EE.UU. pese a críticas de Petro
Los alcaldes de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Cartagena viajarán a Washington pese a las críticas del Gobierno de Gustavo Petro.
La Embajada de Colombia en Estados Unidos ha criticado a los alcaldes colombianos que visitarán la capital de Estados Unidos, Washington DC, en los próximos

días para presionar al Gobierno estadounidense y que mantenga la certificación a Colombia en su lucha contra las drogas. “Es lamentable que algu-
R. del R. del E.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL
A: herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue TERESA ALVARADO TANGUILA con CI. 1500229149.
SE LES HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENAPROVINCIA DE NAPO, el señor/a ALBERTO CHIMBO ALVARADO ha presentado un juicio de Procedimiento de Diligencia Preparatoria -Inspección Preparatoria, en contra de Calixto Alvarado Tanguila, Rosa Alvarado Tanguila, Teresa Alvarado Tanguila , Ventura Bautista Alvarado Tanguila, Pedro Barttolo Alvarado Tanguila al cual se le asignó el No. 15301-2019-00021G, cuyo extracto es como sigue: AUTO: 4/09/2019, las 16h57: “Vistos.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOSBAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo Mediante Acción de personal Nro.- 0169-DNTH-2015-LG de fecha 08 de enero del 2015, resolución del Consejo de la Judicatura número 300-2014 de fecha 21 de noviembre del 2014.- Y subrogando las funciones de la Dra. Mercedes Jumbo, Juez de la Unidad Civil Con sede en el Cantón Tena, mediante acción de personal Nro.- 0587-UPTH-2019-DV de fecha 27 de agosto del 2019, y mediante acción número 0590-UPTH-2019-DV de fecha 28 de agosto del 2019 se me encarga el despacho del Juez Diego Gabriel Gangotena Novoa, acción firmado por la MGS. Alicia Marlene Palacios Carvajal, avoco conocimiento de la presente causa y en uso de las atribuciones Constitucionales a este Juez asignadas emito la siguiente providencia: (…)revisada la misma se la entiende por clara, completa y reunir con los requisitos del Artículo 120 numeral 2 y 122 numeral 6 del COGEP, se acepta a trámite la diligencia preparatoria de INSPECCION JUDICIAL con intervención de perito (…) de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 54 o 55 del Código Orgánico General de Procesos; para la práctica de esta diligencia se realizará a través del señor citador de esta Judicatura (…)La inspección se evacuará conforme a lo previsto en el Artículo 230 del COGEP(…)”
AUTO : 20 /11/ 2019, las 15h39, Dentro de la causa de Diligencia Preparatoria Inspección Judicial Dispongo: 1.- añádase al proceso el escrito y su anexo de Chimbo Alvarado Alberto de fecha 14/11/2019, a las 16h24. 2.- visto la documentación que adjunta el accionante, donde se aprecia que la demandada ha fallecido, en virtud de lo cual y al tenor del art. 58 del COGEP, CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue TERESA ALVARADO TANGUILA, citación que se realizará a través de la prensa escrita, a través del Seminario el “Independiente”, para lo cual se conferirá los respectivos extractos conforme lo prescito el numeral 1 del Art. 56 del COGEP; 3.- El accionante de esta causa proceda a proporcionar la dirección exacta a fin de citar al demando PEDRO BARTOLO ALVARADO. 4.- Actúe el Abogado Jonny Jaime Benavides Guayta como Secretario titular de esta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE y CITESE ”
Tena, 28 de noviembre de 2019.

nos alcaldes desconozcan la labor que se ha adelantado con el fin de informar los avances y resultados de la política de drogas y politicen un tema de fundamental importancia para el país priorizando sus agendas de oposición al Gobierno por encima del interés nacional”, ha indicado la Embajada en un comunicado publicado en su cuenta de la red social X.
Anteriormente, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, ya sostuvo que los alcaldes “no están autorizados para representar a Colombia”. “Certifiquen o no, la Constitución de Colombia se respeta”, afirmo el mandatario en un mensaje emitido en la misma red social.
Las desavenencias entre los regidores y el Gobierno llegan después de que el alcalde de Medellín, Federico ‘Fico’ Gutiérrez, confirmara que los alcaldes de las cinco principales ciudades de Colombia --Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Cartagena -- acudirían a Estados Unidos para evitar que el país perdiera la certificación por su lucha contra el narcotráfico y que se traduce en ayudas económi -

El presidente de Colombia, Gustavo
nado el viaje de los alcaldes a Washington.
cas para financiarla --una decisión que el Gobierno estadounidense debe tomar anualmente--. “ Petro ya actúas como un dictador. Claro que iremos. Y sí representamos a nuestras ciudades que hacen parte muy importante de Colombia. Haremos todo lo posible para que Estados Unidos siga siendo un gran aliado para Colombia ”, sostuvo el jefe del Gobierno local.
Relaciones tensas
Los alcaldes --finalmente con la ausencia del regidor de Bogotá que ha acusado motivos de agenda-- pondrán rumbo a la capital estadounidense este 7 de septiembre de 2025 para mantener reuniones con varios políticos y ganarse el favor de la certificación.
La Administración
Trump deberá decidir acerca de este estatus de Colombia en medio de unas rela-
ciones tensas entre ambos países tras el regreso en enero del magnate neoyorkino a la Casa Blanca.
Ese mismo mes surgió la primera crisis después de que no sentara bien en Washington que el presidente colombiano se negara a permitir el aterrizaje de dos aviones con 160 colombianos deportados debido a las malas condiciones en las que eran trasladados. En represalia, Trump impuso nuevas tasas comerciales, revocó visados y reforzó los controles migratorios desde Colombia.
Igualmente, el pasado mes de junio representantes diplomáticos de ambos países fueron llamados a consultas después de que Petro realizara unas declaraciones en las que apuntaba al secretario de Estado norteamericano, Marco Rubio, por su supuesta implicación en un intento de golpe de Estado. EUROPA PRESS

PERSONAJE.
Petro, ha cuestio-
EUROPA PRESS/Archivo
Lula rechaza presión de EE.UU. por el caso de Bolsonaro
El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva tildó de “traidores a la patria” a quienes atacan la democracia brasileña y defiende la soberanía del país.
El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, ha calificado de “traidores a la patria” a los políticos que atacan al país y ha defendido que Brasil no acepta “órdenes de nadie” en un discurso institucional por el día de la independencia de Brasil, en medio del proceso judicial contra el expresidente brasileño Jair Bolsonaro (2019-2023) por intento de golpe de Estado y sus intentos de presionar al Gobierno de Lula a través de Estados Unidos.
“Defendemos nuestra democracia y resistiremos a
cualquiera que intente socavarla. El papel de algunos políticos brasileños que incitan a ataques contra Brasil es inaceptable. Fueron elegidos para servir al pueblo brasileño, pero solo defienden sus propios intereses personales. Son traidores a la nación. La historia no los perdonará”, ha sostenido el mandatario brasileño.
Lula ha hecho un llamamiento los ciudadanos de Brasil para que defiendan “lo que es de todos”, la “patria brasileña y la elección de
(nuestra) bandera”. “Amigos, este es el momento en que la historia nos pregunta de qué lado estamos”, ha declarado.
El proceso contra Bolsonaro
El expresidente Bolsonaro --bajo arresto domiciliario-- se enfrenta a una condena que podría alcanzar penas de más de 40 años de prisión por el intento de golpe de Estado del 8 de enero de 2023. El expresidente y otras siete personas forman parte del llamado

núcleo central de la trama y sobre ellos pesan los delitos de asociación criminal, intento de abolir de manera violenta el Estado de derecho, golpe de Estado y daños al patrimonio.
El Gobierno brasileño ha acusado a Bolsonaro y su entorno --entre ellos su hijo Eduardo Bolsonaro-- de obstaculizar la investigación que enfrenta el exmandatario por golpe de Estado. En concreto, de promover en Washington medidas de represalia contra el Ejecutivo y el Poder Judicial brasileños, a través de la supuesta financiación con hasta dos millones de reales (300.000 euros) para hacer campaña y entorpecer la causa.
Por su parte, Estados Unidos sancionó --revocando su visado y bloqueando sus bienes en el país norteamericano-- al juez el Tribunal Su-
Juicio No. 18333-2024-01235
premo de Brasil Alexandre de Moraes, que está encargado del proceso, alegando que “ha utilizado su cargo para autorizar detención arbitrarias previas al juicio y suprimir la libertad de expresión”.
“No somos, ni volveremos a ser, colonia de nadie. Somos capaces de gobernar y cuidar nuestra tierra y a nuestro pueblo, sin interferencia de ningún gobierno extranjero”, ha aseverado Lula.
Igualmente, ha defendido su gestión al frente del Gobierno destacando el crecimiento económico de Brasil “por encima del promedio mundial” y las políticas públicas implementadas.
“Si tenemos derecho a estas políticas públicas, es porque Brasil es un país soberano y ha tomado la decisión de cuidar al pueblo brasileño”, ha afirmado el mandatario. EUROPA PRESS
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PILLARO. Santiago De Pillaro, martes 25 de febrero del 2025, a las 10h47. REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PILLARO PROVINCIA DE TUNGURAHUA AL PRESUNTO DESAPARECIDO SEÑOR SEGUNDO RAFAEL CARRILLO: ASÍ COMO A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS; DEL SEÑOR SEGUNDO RAFAEL CARRILLO: Y A LAS PERSONAS QUE PUDIERAN TENER INTERÉS EN EL PRESENTE PROCESO, se les hace saber lo que sigue:
CAUSA No: 18333-2024-01235
MATERIA: FAMILIA. MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
TIPO DE PROCEDIMIENTO: ORDINARIO
ASUNTO: DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA
ACTOR: GRACIELA ESMERALDA CONSTANTE BUENAÑO
DEMANDADOS: SEGUNDO RAFAEL CARRILLO
CUANTIA: INDETERMINADA
JUEZ: DR. ENCALADA MORENO CÉSAR OSWALDO
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PILLARO DE TUNGURAHUA. Santiago De Pillaro, viernes 14 de febrero del 2025. a las 12h39. VISTOS.-Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto inmediato anterior, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial; en lo principal, la demanda presentada por la señora GRACIELA ESMERALDA CONSTANTE BUENAÑO, por sus propios derechos es clara, completa y precisa por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142, 143 y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Procédase a citar a los demandados señores PATRICIA EUGENIA CARRILLO CONSTANTE, LUIS BLASCO CARRILLO CONSTANTE, a quienes se los citará de la siguiente manera: a PATRICIA EUGENIA CARRILLO CONSTANTE, en su domicilio sita en el Barrio Guanguibana de la Parroquia Marcos Espinel de este Cantón Píllaro; a LUIS BLASCO CARRILLO CONSTANTE en su domicilio sita en el Callejón N y Av. Carlos Contreras de este Cantón Píllaro, la citación a los demandados se realizará a través del señor citador de esta Unidad Judicial, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial; el señor citador al momento de dar cumplimiento a la citación, deberá observar lo normado en el Art. 55 segundo inciso del COGEP, esto es, adjuntar la fotografía correspondiente; citados en legal y debida forma los demandados, éstos tienen EL TÉRMINO DE TREINTA DÍAS PARA CONTESTAR A LA DEMANDA, según las reglas determinadas en los artículos 291, 151 y siguientes del COGEP, previniéndoles de la obligación que tienen de adjuntar a la contestación a la demanda, la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en el artículo 194 ibidem. De igual manera se dispone se cite al presunto desaparecido señor SEGUNDO RAFAEL CARRILLO; así como a los herederos presuntos y desconocidos; del señor SEGUNDO RAFAEL CARRILLO; asi como a las personas que pudieran tener interés en el presente proceso, citación que se realizará a través de uno de los diarios de Mayor Circulación Nacional, mediando entre publicación y publicación, por lo menos ochos días hábiles, dichos demandados podrán comparecer al proceso observando lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP. De conformidad a lo normado en el Art. 165 del COGEP, póngase a disposición de los demandados la prueba que anuncia la actora de este proceso, para los fines de ley. Los anuncios de prueba realizados por la actora del proceso serán admitidos a trámite en la respectiva audiencia Preliminar, conforme lo disponen los Arts. 160, 294 del COGEP, siempre que cumplan los principios de pertinencia, utilidad y conducencia. Incorpórese al proceso la documentación adjunta a la demanda. Tómese en cuenta el correo electrónico que señala la actora del proceso asi como la autorización que concede a su abogado defensor. Se recuerda que el impulso del proceso corresponde a las partes procesales, conforme con el sistema dispositivo, según lo previsto en el artículo 5 del COGEP. Actúe como secretario Encargado, el Abg. FRANKLIN ROMEO ROBAYO, por encontrarse encargado del despacho de secretaria de esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Píllaro, según acción de personal No. 1274-DP18-2018-AJ de fecha 1 de junio del 2018. Notifíquese y Cúmplase.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ENCALADA MORENO CESAR OSWALDO, JUEZ (PONENTE), Certifico: f) ROBAYO ZURITA FRANKLIN ROMEO, SECRETARIO (ENCARGADO) Particular que pongo en su conocimiento, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones, bajo prevenciones de rebeldía.


AUTORIDAD. El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva. EUROPA PRESS
CADUCIDAD EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS

AUTORES: JOSÉ SEBASTIÁN
CORNEJO AGUIAR Y JULIO
ACOSTA LASSO
¿Qué es la caducidad?
La caducidad, para Roberto Dromi, es: “(…) un modo de extinción del acto administrativo en razón del incumplimiento por el interesado de las obligaciones que aquél le impone. (…) Evidenciado que la posibilidad de declarar la caducidad es una competencia otorgada por la ley a la Administración Pública, para extinguir
unilateralmente un acto administrativo (…)”1
Es decir la caducidad administrativa hace alusión, a un modo de extinción anormal de los actos administrativos en razón del transcurso de un determinado tiempo en el cual se ha configurado la inacción por parte de la administración pública.
En este sentido, se entiende por caducidad administrativa la extinción de ciertas situaciones activas que están acompañadas
de la necesidad de cumplir con determinados deberes, cargas o modalidades, tanto así que en la caducidad administrativa no existe ilegalidad o vicio alguno en el acto administrativo, que habiliten a la Administración del Estado para volver sobre sus actos, sino que simplemente ocurre una circunstancia de hecho a la que el ordenamiento jurídico le atribuye el efecto de generar la extinción del acto administrativo.2
Lo cual provoca en palabras de Madariaga, que se entienda a
la caducidad como: “(…) una sanción impuesta por el orden jurídico en vistas de resguardar el interés general de la colectividad, que sin lugar a dudas se encuentra comprometido en la ejecución de las actuaciones admitidas y facilitadas por un acto administrativo de efectos individuales. Si el titular de estas facultades no las ejerce dentro del tiempo previsto, debe la administración velar porque otro interesado pueda desarrollar la misma actividad lícita, en las mismas condiciones y con acceso a los mismos bienes de carácter públi-
| E-mail: judicial@derechoecuador.com
CONSULTA PENAL

¿Cómo inicia el proceso expedito por contravenciones penales?
RESPUESTA
No se debe confundir el término “parte” al que se hace alusión en el artículo 642 del COIP con víctima. Para el caso de las contravenciones penales entendemos que el legislador al indicarnos que estas pueden ser juzgadas a petición de parte, hace relación a que cualquier persona que tenga interés en aquello, puede hacer conocer a la jueza o al juez por intermedio de una notitia criminis sobre el cometimiento de la contravención; aquel que tiene interés bien pude ser la víctima o un tercero. De igual forma las partes, es decir el interesado y el presunto infractor, podrán presentar hasta tres días antes de la celebración de la audiencia, el anuncio de prueba. Para el caso de la consulta, los artículos 421 y 431 del COIP, son aplicables para el caso de los delitos cuyo ejercicio de la acción penal corresponde a Fiscalía.
En las contravenciones penales, quien tenga interés en hacerlo, puede dar a conocer al juez o a la jueza por medio de cualquier notitia criminis sobre el cometimiento de una contravención penal para su juzgamiento. Por ende si es que se presenta una “denuncia”, ésta debe ser entendida como un mecanismo por el cual el juzgador conoce por sobre el cometimiento de la contravención, mas no debe seguir los formalismos o ritualidades propias de los delitos de acción penal pública, siendo así, aquella persona que usando éste mecanismo hace conocer al juez o jueza sobre el ilícito materia de procedimiento expedito, es parte.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia de Justicia
co, generalmente escasos.”3
La caducidad en el COA
La caducidad es un hecho jurídico procesal que se produce por la mera inactividad negligente de las partes dentro de los plazos previstos por la ley, originando la
Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Editor FRANCISCO LÓPEZ MURILLO
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La Hora LOJA, ECUADOR
finalización anormal del proceso. Por consiguiente, cabe concluir, como regla general, que la caducidad sucede en el proceso administrativo como consecuencia de una paralización del procedimiento, en donde dicha paralización le debe ser imputable al menos a título de culpa y nunca en los supuestos de fuerza mayor, ni por causas independientes de la voluntad de los litigantes dentro de las cuales hay que entender incluidas las dilaciones indebidas, provocadas por inusual funcionamiento anormal de la justicia.
En tal sentido de operar cualquiera de los presupuestos antes enunciados en los cuales opera la caducidad, el órgano competente emitirá, a solicitud del inculpado una certificación en la que conste que ha caducado el procedimiento y se ha procedido al archivo de las actuaciones, dejando constancia que si la administración se niega a emitir la correspondiente declaración de caducidad, el inculpado la puede obtener mediante procedimiento sumario contemplado en el Código Orgánico General de Procesos.
Conforme se ha dicho la caducidad es una institución de difícil construcción en base de las similitudes y diferencias con otras figuras extintivas que utiliza la Administración del Estado, la misma que en el Código Orgánico Administrativo, trae la configuración de varios plazos como son:
Caducidad en Revisión de Oficio: El artículo 132 del Código Orgánico Administrativo, determina que en el transcurso del plazo de dos meses
Caducidad en Actuaciones
Previas: El artículo 179 del Código Orgánico Administrativo, determina el plazo de seis meses. Caducidad por falta de resolución en procedimientos de oficio: El artículo 207 y 208 del Código Orgánico Administrativo, determina que será de treinta días, plazo el cual estaría sujeto la caducidad por falta de resolución en procedimientos de oficio.
Caducidad del procedimiento de oficio: El artículo 213 del Código Orgánico Administrativo, determina dos meses contados a partir de la expiración del plazo máximo para dictar el acto administrativo
Lo cual nos permite evidenciar que el tema de caducidades en el Código Orgánico Administrativo se encuentra totalmente disperso, lo cual si no se efectúa una lectura a profundidad del texto normativo
antes referido puede generar confusión.
Determinación del tiempo de inicio en los procedimientos administrativos sancionadores
Como todos sabemos, existen formas de iniciar el procedimiento: una de oficio, por acuerdo del órgano competente, por propia iniciativa, orden superior, y petición razonada de otros órganos o denuncia. Estas formas, están orientadas a actuar la evidencia necesaria a efectos de precisar con mayor exactitud los hechos susceptibles de motivar el inicio del procedimiento administrativo sancionador.
Debiendo recordar que el plazo de inicio está sujeto a los plazos de prescripción, los mismos que conforme el Código Orgánico Administrativo, están catalogados de acuerdo a las infracciones, ya sean leves, graves y muy graves, en 1, 3 y 5 años respectivamente.
Lo que evidencia que dicho procedimiento sancionador exige la tramitación del oportuno expediente, en la que habrán de respetarse las garantías y observarse los requisitos establecidos en el Código Orgánico Administrativo. Es importante señalar que como se ha dicho, el proceso administrativo sancionador inicia con un acto de iniciación emitido por parte del funcionario instructor.
El cual debe ser notificado, constituyendo así la comunicación al administrado de que la entidad administrativa correspondiente ha tomado una decisión respecto de sus derechos o intereses, para que este pueda decidir aceptar, cumplir o presentar sus descargos si se trata de un procedimiento sancionador.
Ya que recordemos que, si un acto administrativo es emitido pero no es notificado, no es un acto administrativo eficaz, por más que sea un acto administrativo válido, ya que el acto administrativo, para que sea eficaz significa que logre la finalidad para la cual fue emitido, destacando que el artículo 252 del Código Orgánico Administrativo, no delimita un tiempo de notificación pero si un tiempo de 10 días para la contestación del auto de inicio.
Determinación del tiempo de la Fase de Instrucción
Como se estableció anteriormente, una vez que el inculpado
de la infracción administrativa ha sido notificado legalmente con el acto de inicio, esté conforme al artículo 252 del COA tiene un término de diez días para alegar, mismo que al fenecer pasa a etapa de instrucción. Sin embargo el COA, no es claro respecto del término que refiere al desarrollo de la etapa de instrucción, toda vez que en su artículo 255 señala que: “La o el inculpado dispone de un término de diez días para alegar, aportar documentos o información que estime conveniente y solicitar la práctica de las diligencias probatorias. Así mismo podrá reconocer su responsabilidad y corregir su conducta. (…)”, mismo término de diez días que ya refiere el artículo 252 que tiene administrado o inculpado para contestar el acto inicio y dentro del cual deberá alegar y aportar los elementos probatorios que creyere conducentes a eximir su responsabilidad de la infracción administrativa imputada.
De igual manera, en el artículo 256 se recoge el mismo término de diez días al señalarse que: “Recibidas las alegaciones o transcurrido el término de diez días, el órgano instructor evacuará la prueba que haya admitido hasta el cierre del período de instrucción. (…)”, si hacemos una interpretación restrictiva de la norma citada, podremos señalar que una vez que ha trascurrido el plazo de diez días para que el administrado o inculpado conteste el acto de inicio, el órgano
instructor debe comenzar a evacuar la prueba que ha establecido y solicitado el administrado en su escrito de contestación, lo cual evidenciaría el inicio de las actuaciones de la fase de instrucción, dentro del cual el órgano instructor también puede disponer de oficio las actuaciones que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos, recabando datos e información que sean relevantes en la determinación de las responsabilidades susceptibles de sanción. En esta última parte, radicaría la interpretación extensiva de la norma, al creer que el legislador, no establece un periodo cerrado del desarrollo de la etapa de instrucción, toda vez que el órgano instructor al tener la carga de la prueba en representación de la administración pública, este puede llevar a cabo actuaciones que conlleven tiempos o plazos que no dependan de la gestión del órgano instructor, sino de la entidad pública o privada a la cual se le ha requerido la información que coadyuve en la determinación de las responsabilidades administrativas de la infracción; por supuesto que este término de la fase de instrucción no podrá irse en contra de las reglas determinadas para los casos de la prescripción del ejercicio de la potestad sancionadora y de las sanciones conforme se lo establece en los artículos 245 y 246 del COA.
Por lo antes referido, es que el
REPUBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA
legislador en el inciso segundo del artículo 256 del COA, ha establecido que “el órgano instructor evacuará la prueba que haya admitido hasta el cierre del período de instrucción.”, sin determinarse un término o plazo del desarrollo de la etapa de instrucción, el cual finaliza con la evacuación de la prueba tanto del administrado como de la administración pública, para posteriormente emitir el dictamen de fin de instrucción de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 257 del cuerpo normativo en mención, y del cual una vez finalizado esta fase se pasa a etapa de resolución dentro del cual se tiene que emitir la resolución correspondiente en el término dispuesto en el artículo 203 del COA que refiere al plazo máximo de un mes, contado a partir de terminado el periodo de prueba, que como señalamos anteriormente dentro del proceso administrativo sancionador el legislador no lo ha determinado de manera expresa, para manejo de las actuaciones del órgano instructor en la evacuación de la prueba, lo cual dificulta la contabilización de la caducidad en este tipo de procesos administrativos; teniendo únicamente certeza de la contabilización de la caducidad desde la emisión del dictamen de fin de instrucción, que es la actuación administrativa mediante la cual se tiene certeza del cierre de la etapa de prueba y de la fase de instrucción.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA
EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN JUDICIAL
NOTIFICO con el contenido de la solicitud de pedido de copias certificadas efectuado por la parte actora, auto de sustanciación mediante el cual se concede las copias certificadas conforme lo determina el Artículo 211 del Código Orgánico General de Procesos y demás constancias procesales que anteceden en el presente Procedimiento Ejecutivo, al accionado MARCO ANTONIO CAPA CHAPA, que en extracto es como sigue:
ACTOR: Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa CACPE ZAMORA Ltda.
DEMANDADO: Sr. MARCO ANTONIO CAPA CHAPA, en su calidad de deudor.
JUICIO: N°11333-2022-04250.
CUANTÍA: Mil Doscientos Ochenta y Dos Dólares Americanos con 33/100 ($1282,33).
ASUNTO: Cobro de dinero (Pagare a la Orden).
TRÁMITE: Procedimiento Ejecutivo.
JUEZA: DRA. SARA SALOMÉ TANDAZO VALAREZO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 22 de diciembre del 2022, a las 12h13. EXTRACTO DE DEMANDA: La Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa CACPE Zamora Ltda a través de su Procuradora Judicial demanda ejecutivamente al señor Marco Antonio Capa Chapa, en calidad de deudor principal, para que mediante sentencia disponga que el demandado cancele a su representada, la cantidad de Tres Mil Dólares Americanos que corresponden al valor total del Pagaré a la orden más los intereses pactados líquidos del capital hasta la presente fecha, constante en el Pagaré a la orden que adjunta y tabla de amortización, costas judiciales en los que se incluirán los honorarios profesionales correspondientes.- AUTO DE SUSTANCIACIÓN Loja, martes 22 de abril del 2025, a las 13h53. Atendiendo el escrito presentado por la accionante señora Abg. AMPARO SOLEDAD MEDINA MEDINA, procuradora judicial de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa “CACPE-ZAMORA” Ltda, con notificación a la parte contraria, conforme lo determina el Art 211 y 118 del Código Orgánico General de Procesos, confiérase copias certificadas de las piezas procesales requeridas conforme lo solicita, con cuyo pedido de las copias y la finalidad que tiene la obtención de las copias, notifíquese por una sola boleta al accionado MARCO ANTONIO CAPA CHAPA en la dirección que ha sido citado, conforme al art 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es mediante mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de esta localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente. La o el propietario o la o el representante legal de la radiodifusora emitirá el certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones de mensajes y una copia del audio.- Por secretaría confiérase el extracto respectivo.- Notifíquese.- f) Ilegible. DRA. SARA SALOME TANDAZO VALAREZO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.
Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 21 de Mayo del 2025
Atentamente.
DR. PAUL OSWALDO SOLORZANO CUEVA
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA
Plazo de Resolución conforme al COA
La determinación del plazo de resolución dentro de un procedimiento administrativo, es muy importante para el cómputo de la caducidad, el COA lo ha recogido en su artículo 203 señalando que: “El acto administrativo en cualquier procedimiento será expreso, se expedirá y notificará en el plazo máximo de un mes, contado a partir de terminado el plazo de la prueba.”
La obligación de resolver que tiene el órgano competente administrativo, es primordial en cualquier procedimiento administrativo, y más en los procedimientos administrativos sancionadores que desembocan en el establecimiento de responsabilidades administrativas y derechos de acreencia de la administración pública, por lo cual el artículo 202 del COA prevé que “El vencimiento de los plazos previstos para resolver no exime al órgano competente de su obligación de emitir el acto administrativo.”, inclusive se señala enfáticamente que las administraciones públicas no pueden abstenerse de resolver con la excusa de la falta u oscuridad de la ley. Obviamente el acto emitido por la administración pública fuera de los plazos establecidos en la norma, desembocara en su ineludible nulidad, ya que ha sido emitido fuera de contexto, y del cual el administrado deberá ejercer su derecho de impugnación y recurrir el mismo.
En base a lo referido, como regla general se tiene que el ejercicio de la caducidad en los procedimientos administrativos sancionadores, deviene en que la administración pública inicio un proceso sancionador y no lo resolvió dentro del término general resolver, que sería de un mes contabilizado desde que concluyó el periodo de prueba o la fase de instrucción. Sin embargo, a lo referido tenemos la excepción establecida el artículo 204 del COA que establece la ampliación extraordinaria del plazo para resolver, en casos concretos de cuando el número de personas interesadas o la complejidad del asunto exija un plazo superior para resolver, pudiendo ampliarse hasta dos meses o sesenta días.
De igual manera, es importante tener en cuenta que de conformidad al artículo 250 del COA, se señala que: “El procedimiento sancionador se inicia de oficio, por acuerdo del órgano compe-
tente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia.”; es decir que un procedimiento sancionador puede iniciarse por denuncia, actuación previa en los términos que establece el COA, o en su defecto de oficio; cuando los procedimientos sancionadores son iniciados de oficio hay que tener muy en cuenta que para estos casos el COA prevé un plazo de caducidad especial, establecido en su artículo 213, al señalar: “Cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio se entienden caducados y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de la persona interesada o de oficio, en dos meses contados a partir de la expiración del plazo máximo para dictar el acto administrativo, de conformidad con este Código.”, es decir que para estos casos el plazo de caducidad es de dos meses y no de un mes como por regla general se tiene para los demás casos.
Determinación de la problemática de los plazos para la caducidad
Como se lo ha establecido anteriormente, si bien los plazos de caducidad son claros y determinados por el COA, tanto en la regla general de un mes desde que ha fenecido la etapa de prueba, como la de dos meses para el caso de los procedimientos iniciados de oficio; la problemática radica en la determinación de saber que término o plazo dura la etapa de prueba o fenece la fase de instrucción dentro del proceso administrativo sancionador, toda vez que únicamente se ha señalado por parte de legislador en la norma, que el administrado o inculpado una vez que ha sido notificado con el acto de inicio, esté tiene el término de 10 días para alegar, aportar documentos o elementos de prueba y solicitar diligencias que crea correspondientes a eximir su responsabilidad de la infracción administrativa imputada, y que posterior a este término el órgano instructor procederá a evacuar la prueba hasta el cierre de instrucción, sin determinarse expresamente un término o plazo que dictamine el mismo, que es fundamental para contabilizar el periodo de caducidad de este tipo de procedimientos.
Este escenario que se ha previsto en la norma, puede dejar en evidencia la discrecionalidad del manejo de los tiempos en la evacuación de prueba que puede realizar el órgano instructor, sin embargo se podría pensar que el
espíritu del legislador, fue dejar a discreción el manejo de esta etapa al órgano instructor, toda vez que dentro de la evacuación y practica de las diligencias probatorias, existen plazos y términos que no devienen de la gestión del órgano instructor, y por ello no se ha previsto un término o plazo de duración de la etapa de instrucción en la norma, además que es de responsabilidad del órgano instructor recabar todos los elementos que confluyan en el establecimiento de la responsabilidad de la infracción administrativa imputada, así como de evacuar toda la prueba solicitada por el administrado o inculpado, en observancia de los derechos constitucionales de defensa y debido proceso.
Conclusiones
El COA establece dos plazos de caducidad para los procedimientos administrativos sancionadores, el primero que es de un mes
por regla general contados a partir de fenecida la etapa de prueba; y el otro de dos meses para los casos que el procedimiento administrativo haya sido iniciado de oficio.
El COA no establece de manera expresa el plazo o término de duración de la etapa de instrucción, dentro de la cual se evacua la prueba tanto del administrado como de la administración pública, por lo cual dificulta la contabilización del plazo de caducidad en este tipo de procedimientos, sin embargo una vez emitido el dictamen de fin de instrucción por el órgano instructor, se puede tener la certeza que la etapa de prueba a concluido y ha pasado a fase de resolución, y se podrá contabilizar de una manera certera el plazo de caducidad.
BIBLIOGRAFIA
Bermúdez, J, Derecho Administrativo General, 2a edic, San-
tiago- Chile: Abeledo Perrot, 2011.
Cassagne Juan Carlos, Principio de legalidad y el control judicial de la discrecionalidad administrativa, España, Ed. Marcial Pons, 2009.
Dromi, José Roberto, Derecho administrativo, 5. Ed, Buenos Aires- Argentina: Ed. Ciudad Argentina, 1996.
Ecuador, Código Orgánico Administrativo, 2019.
Ecuador, Constitución de la República del Ecuador, 2008.
Madariaga, M, Seguridad jurídica y administración pública en el siglo XXI, 2a edic. SantiagoChile: Editorial Jurídica de Chile, 1993.
1.José Roberto Dromi, Derecho administrativo, 5. Ed (Buenos Aires- Argentina: Ed. Ciudad Argentina, 1996).; pág. 256.
2.Bermúdez, J, Derecho Administrativo General , 2a edic (Santiago- Chile: Abeledo Perrot, 2011).; pág. 142- 143.
3.Madariaga, M, Seguridad jurídica y administración pública en el siglo XXI , 2a edic. (SantiagoChile: Editorial Jurídica de Chile, 1993).; pág. 103.

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