

SENADORA XIMENA RINCÓN, QUE BUSCA LA REELECCIÓN, EXPLICA SU RESPALDO PRESIDENCIAL A EVELYN MATTHEI:
SENADORA XIMENA RINCÓN, QUE BUSCA LA REELECCIÓN, EXPLICA SU RESPALDO PRESIDENCIAL A EVELYN MATTHEI:
Entrevista con diario La Prensa. La parlamentaria de Demócratas detalló por qué no fue carta a La Moneda, analiza el escenario político nacional y regional, y profundiza sobre las alianzas de su partido. | Ps 16 y 17
MASIVA ASISTENCIA
Hoy concluye la Feria de los Caldos. | P4
CRISTIAN PEÑA
Amante de las corridas por cerros y montañas. | P2
Rangers no manda en casa: Empató 0-0 con el penúltimo
Sigue la “maldición”. La visita, Magallanes, no se vino a regalar y por el contrario, pudo haber ganado el partido en el último minuto. | P 32
Familia de destacado maulino realiza homenaje. | P6
Un complicado Curicó Unido visita hoy a Santa Cruz. | P15
Feria de los Caldos. Hasta hoy domingo 24 de agosto, se desarrollará la Feria de los Caldos 2025, tradicional evento gastronómico de invierno que organiza la Municipalidad de Curicó. Qué mejor que pasar el frío con una rica sopa o un sabroso caldo, en una actividad que se desarrolla en la Alameda Manso de Velasco, entre las calles Arturo Prat y Villota.
Teatro educativo. Con motivo del Mes de la Niñez, Mall Curicó será el escenario de una propuesta educativa y lúdica, que busca fomentar la imaginación y el juego en familia. Se trata de Teatristas, un proyecto de teatro educativo con cinco años de trayectoria, que durante agosto presentará cuatro funciones gratuitas de cuentacuentos, quedando pendientes un total de dos: hoy domingo 24 y el domingo 31 de agosto, a las 15:00 horas.
Premiación Juegos Escolares. George Bordachar Sotomayor, alcalde de Curicó y Matías Avendaño Raggi, gerente de la Corporación de Deportes, tienen el agrado de invitarle a la Premiación Comunal de los Juegos Escolares 2025. La ceremonia se realizará mañana lunes 25 de agosto a las 11:00 horas en el Teatro Provincial de Curicó (Carmen #560).
Gala Flamenca. Fundación Las Rosas invita a la comunidad a colaborar con la institución, a través del evento a beneficio: Gala Flamenca, Desnuda El Alma, actividad que se realizará el sábado 30 de agosto, a las 19:30 horas, en el Teatro Municipal de San Javier, ubicado en Arturo Prat 2480. La adhesión tiene un valor de $15.000 y pueden conseguir sus entradas en el teléfono +56-9-77480623; o en Fundación Las Rosas Talca, en 1 Poniente #1258, oficina 609, y en el Centro Cultural Mario Oltra Blanco en San Javier.
Catálogo de Artes del Maule. Ya están abiertas las inscripciones, para participar en el Catálogo de Artes del Maule 2025, herramienta fundamental para visibilizar la creación regional y proyectarla hacia nuevos circuitos de programación a nivel local y nacional. Se trata de una convocatoria impulsada desde la Seremi de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región del Maule, junto al Teatro Regional del Maule (TRM). Las inscripciones para participar, estarán disponibles hasta el 7 de septiembre. El formulario de inscripción está disponible en www.teatroregional.cl/catalogomaule.
DESDE PEQUEÑO, APRENDIÓ A SOBREPONERSE A DISTINTAS ADVERSIDADES
CURICÓ. Cristian divide sus tiempos en su trabajo, en la empresa Kaisen Ingeniería, y sus entrenamientos para maratones tanto dentro como fuera del país. A lo que suma el cuidado de sus hijos de dos y cuatro patitas. La disciplina y la resiliencia son pilares fundamentales en su vida. Desde muy pequeño incursionó en el mundo del ciclismo y hoy día, tiene un vasto camino corriendo maratones tanto dentro como fuera del país. De hecho, uno de sus últimos desafíos fue el Ultratrail, actividad que se desarrolló en la ciudad de Quito, Ecuador; y contempló 53 kilómetros de recorrido. Son ocho maratones las que lleva en el cuerpo. A las que se añaden cinco corridas por cerros, triatlones, carreras en moto. Si bien Cristian tuvo una fuerte, lesión por exceso de carga que le impidió participar en una competencia que se llevó a cabo en la ciudad de Valdivia, su mente fue más fuerte y se propuso acumular puntos para una gran fecha que se desarrollará en Francia. Para lo cual, estuvo
Se trata de un deportista que posee una larga trayectoria, en maratones en nuestro país y en carreras de ultradistancia.
en tratamiento kinesiológico y viajó a Ecuador para formar parte del Ultratrail Running. “Estuve preparándome por un año para esta competencia que tiene diversas fechas, siendo la de Quito una de ellas. Debo reunir nueve puntos para postular a la carrera en Francia”, precisó el maratonista, quien expresó que gracias a la ayuda de un centro kinesiológico pudo después de un mes, volver a las pistas.
Y si bien sus expectativas no eran altas, logró quedar en el lugar 36 en la categoría 4044 años. Esto en un total de 259 corredores de distintos países de América, Asia y Europa.
“Desde hace un tiempo que he incursionado en la Ultra Distancia. Luego de descubrir este mundo, no salgo de él. Hay que seguir hasta el
final, no importando que sea de noche, que haya que cruzar un río o que uno sufra una lesión”, enfatizó.
RESILIENCIA
De pequeño, Cristian aprendió a sobreponerse a distintas adversidades. A los 11 años, comenzó a practicar ciclismo y a asistir a algunas competencias, con poco dinero y en un ambiente totalmente desconocido para él.
“De niño, las condiciones para la práctica deportiva eran muy diferentes a las de la actualidad. Tenía 14 años cuando fui por primera vez a Santiago, llevaba una mochila y tres mil pesos en el bolsillo; y no tenía idea donde quedaba el Estadio Nacional”, dijo.
Sus primeros pasos en el running fueron de a poco, cinco kilómetros, 10 K, ma-
ratones. “Luego de terminar mis estudios, quise retomar la bicicleta, pero ya no era lo mismo. Tras conocer a Oriana (mi señora), quise acompañarla en las corridas”, señaló. Y no solo Oriana es deportistas, sino también sus hijos, quienes practican el ciclismo y el running.
ACTIVIDAD FÍSICA
Para Cristian, el mundo del deporte contempla una serie de beneficios, tanto para la salud física como mental. “He formado una personalidad muy fuerte. Estoy preparado para todo y, por lo mismo, siempre estoy ayudando a otras personas”, señaló. Y junto a ello, está la idea de disfrutar la actividad física, no viéndola como un castigo o una obligación. Y en ese sentido, no se requieren políticas de Estado para impulsarlo, sino que cada uno vea los beneficios que este conlleva. “Tenemos muchos lugares bonitos para disfrutar al aire libre, cerro Condell, Rauco y Hualañé, haciendo deporte y apreciando la naturaleza”, precisó el maratonista.
REUNIÓN DE COORDINACIÓN DE ENCUENTRO DEL 25 DE SEPTIEMBRE
Gobernador regional, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, aclaró que la idea es que ambos servicios públicos puedan generar una hoja de ruta clara, precisa, a mediano y largo plazo, para darle viabilidad al complejo fronterizo.
POR MARÍA FRANCISCA GARCÍA BASCUÑÁN
FOTO: EDUARDO CORVALÁN MUÑOZ
TALCA. Una nueva cita para coordinar el Comité de Integración del Paso Pehuenche, se llevó a cabo en la Gobernación del Maule, instancia donde servicios públicos de la región hicieron propuestas a trabajar y analizar en este encuentro chileno-argentino, que se realizará el 25 de septiembre en Talca. El gobernador del Maule, Pedro Pablo ÁlvarezSalamanca, informó que “esta es la segunda reunión que estamos haciendo previo al comité de integración, en donde todos los servicios públicos están enviando sus propuestas para ser analizadas en este encuentro, que no se realiza desde el 2016, así que es importante para nuestra región. Esto se va a complementar con propuestas argentinas, para dar más viabilidad al Paso Pehuenche”.
En esta segunda reunión, las autoridades presentes firmaron un compromiso, para seguir potenciando el Paso Pehuenche y este Comité de Integración chileno-argentino.
Asimismo, recalcó que “se esperan muchas cosas positivas. La idea es juntarnos los servicios públicos de ambas naciones, para tener una hoja de ruta clara, precisa, a mediano, a largo plazo y darle mucha
más viabilidad al Paso Pehuenche, porque sabemos y entendemos que este paso puede ser un tema productivo, de desarrollo, no solamente para la Región del Maule, sino que para el país completo”.
DE TÓRAX PARA USUARIOS DE LOS CESFAM DE CURICÓ
El delegado presidencial regional, Humberto Aqueveque, en tanto, destacó que “potenciar la relación internacional con Argentina y sobre todo a través del Paso
Internacional Pehuenche, es un importante hito. Desde este espacio podemos dinamizar el desarrollo estratégico de la región, sobre todo desde el punto de vista económico, turístico e incluso desde la integración cultural, para todos quienes estamos en esta reunión de preparación, de lo que va a ser este Comité de Integración, así es que es más que relevante”. Agregó que “nos hemos tomado en serio esta tarea, de poder preparar este encuentro binacional y muchos servicios públicos, ya han hecho sus respectivas presentaciones a los equipos que están coordinando esta tarea. No potenciar esta dinámica sería un error desde el punto de vista de desarrollo estratégico y es por eso que hoy día, también en mancomunión de trabajo, entre el Gobierno Regional del Maule y la Delegación Presidencial Regional es uno solo, poten-
ciar cada una de las líneas de fortalecimiento de la región y creo que esta es una de las más relevantes”.
AGRADECIMIENTOS
Finalmente, el gobernador regional agradeció a los servicios públicos que se dieron el tiempo de asistir a esta segunda reunión y se dieron el tiempo, de enviar propuestas para ser analizadas el 25 de septiembre en Talca. “Agradecer también a nuestro delegado, senadores, diputados, consejeros regionales, que estamos, todos, empujando este carro del desarrollo, porque creemos que este paso puede ser una alternativa real a ‘Los Libertadores’, que hoy día es un paso que está prácticamente atochado en algunos períodos del año. Creo que esto tiene que tomarse con fuerza, es un comité que no se realiza hace mucho tiempo y esperamos que salga todo muy bien acá”.
CURICÓ. El concejo municipal de Curicó aprobó de manera unánime, la adquisición de 2.300 radiografías de tórax para los usuarios de los seis Centros de Salud Familiar (Cesfam) de la comuna. Dicho paso implicará una inversión que asciende a 52 millones 900 mil pesos (exentos de IVA), teniendo como proveedor al Centro Radiológico San Martín. La compra, mediante trato directo, se fundamenta en que dicho establecimiento es el único en la provincia que cuenta con la acreditación que exige la Superintendencia de Salud para otorgar prestaciones GES, por lo que así se cumple con todos los requisitos técnicos y de calidad.
El plan de trabajo considera horarios extendidos, toma de radiografías sin necesidad de agendar hora, resultados disponibles en formato físico y digital, y tiempos de entrega que van desde 24 a 48 horas para pacientes ambulatorios y de tres a nueve horas, para casos urgentes.
DIRECTOR COMUNAL
Al respecto, el director comunal de Salud, Nelson Gutiérrez, destacó la importancia de la adquisición de las radiografías, ya que el citado centro cuenta con médicos especialistas en imagenología y tecnólogos médicos con mención en radiología, lo que garantiza la calidad de las prestaciones y asegurar
diagnósticos confiables y oportunos. “Todas las prestaciones hacia nuestro departamento tienen que ser por organismos acreditados ante la Superintendencia. En el caso de la comuna de Curicó, hay un solo centro radiológico que cumple con esas características, por lo cual se le adjudicó la compra de 2.300 radiografías de tórax, que van en directo de beneficios de los pacientes de nuestro centro de salud, vía una orden que el médico tratante establece que es necesario contar con esa imagen. Teniendo además presente que en el caso específico de la radiografía de tórax, te permite un diagnóstico o una serie de patologías”, dijo.
La medida busca garantizar un acceso oportuno y de calidad, a los diagnósticos médicos para los usuarios de la atención primaria de salud de la comuna de Curicó.
“Para
El presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura, fue enfático en señalar que los gremios deben dejar atrás “la pelea chica” y “tenemos que estar unidos”, ante divisiones respecto de cómo enfrentar la problemática del tamaño, precio y sobre, producción del apreciado fruto en los mercados asiáticos.
POR JUAN IGNACIO ORTIZ REYES
FOTO: RICARDO WEBER/ARCHIVO
TALCA. Estamos a solo unos meses de entrar en temporada de cerezas, el principal producto de exportación de la Región del Maule y uno de los tres principales del país, tras el cobre y el salmón.
La industria de la cereza les da trabajo a miles de maulinos y -aunque sea para muchos de forma temporal- viene a paliar dificultades económicas de muchas de familias que en el último tiempo no lo han pasado bien.
Pero en lo que otros tantos
concuerdan en nuestra zona es en que hay que ordenar a este importante sector productivo del Maule.
La temporada anterior, que finalizó en febrero pasado, ha sido considerada la peor de las últimas décadas, pese a mostrar números históricos en cifras de producción. Una de las mayores dificultades que enfrenta esta actividad, es la diferencia sustancial que hay entre los gremios de cómo enfrentar la nueva temporada.
En reciente entrevista, con diario El Mercurio, el presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), Antonio Walker, fue enfático en señalar que “tenemos que estar unidos” e instó a “dejar la pelea chica”. Todo esto se originó por una carta compromiso impulsada por el Comité de Cerezas de Frutas de Chile junto a la SNA y Fedefruta, que buscaba establecer lineamientos para exportar a China fruta de mayor tamaño y calidad, dejando
fuera calibres y categorías menores, que en la reciente temporada le hicieron mucho daño, especialmente a productores maulinos al entrar en el mercado asiático, que presentó precios muy bajos.
La sobreoferta de 2024-2025 provocó una caída del 33% en los precios en China, con pérdidas millonarias para productores y exportadores. Pero, reparos legales vinculados a la libre competencia y acusaciones de un eventual “abuso”, de los grandes actores frenaron la iniciativa.
El Comité comunicó a sus socios que la carta quedaba sin efecto, generando molestia en parte del sector.
Walker manifestó que “nosotros creemos que eliminar dos calibres y una calidad no afecta la libre competencia. Y ahí hay abogados que han hecho ver el punto. Ojo con afectar la libre competencia. Yo diría que esa es la diferencia”.
El presidente de la SNA agregó
CURICÓ. Superando todas las expectativas, tanto por su nueva locación como por la situación climática, continúa desarrollándose, en el sector de la alameda Manso de Velasco de Curicó, la denominada Feria de los Caldos 2025. La actividad culinaria, que se inició el pasado jueves y que se extenderá hasta hoy domingo, ha contado con una total aprobación por parte de la comunidad, la que no ha escatimado los esfuerzos para darse cita en familia y degustar lo mejor de
la gastronomía de invierno y con ello vivir de una manera muy especial la lluvia, los granizos y también el sol, que en todo su esplendor acompañó la tercera jornada, lo que fue destacado en términos muy positivos por el propio alcalde de Curicó, George Bordachar Sotomayor. “El clima nos acompaña. Porque hemos tenido días de lluvia lo que estuvo bueno para consumir caldos. Hoy el sol brilla lo que ayuda a los emprendedores. A quienes vengan a la Feria de
los Caldos, les hacemos el llamado a venir abrigados, porque la temperatura igualmente está baja, pero como lo hemos venido diciendo, ha sido una muy buena fecha para realizar este gran encuentro familiar”, resaltó.
El jefe comunal reiteró su invitación a la comunidad en su conjunto, a visitar la Feria de los Caldos 2025, donde no solo se puede encontrar los stands de degustación de comidas, sino también una serie de productos asociados.
que “nosotros creemos que en Chile el sistema exportador es un ejemplo de libre competencia. Si Chile tiene más de 500 exportadoras. Tiene 28 mil productores de frutas, de todos los tamaños”.
GREMIOS UNIDOS
Un punto muy importante para Antonio Walker, “es el foco que debe estar en responder a un consumidor cada vez más exigente. Necesitamos llegar con un producto muy fresco, de muy buen sabor, de muy buen aspecto y también de muy buenas condiciones y para eso tenemos que estar los tres gremios unidos. No hay una crisis entre los tres gremios, no hay un quiebre, sino que hay una visión distinta de cómo lograr este producto de altísima calidad”. También el exministro de Agricultura, es enfático en señalar la importancia de esta actividad: “Tenemos que estar muy unidos para en-
frentar la temporada que viene en un producto que exporta US$3.500 millones, que genera 350.000 empleos, que es el tercer producto en la exportación de Chile. Entonces, la unidad gremial es fundamental para enfrentar la próxima temporada”, señaló.
Al aventurar la temporada 2025-2026, Walker aseguró que existen condiciones más favorables que el año pasado. No obstante, remarcó que “para que no ocurra lo que ocurrió el año pasado, donde más afectados fueron los productores por el retorno que tuvieron, es que necesitamos un producto de altísima calidad y condición”.
Además, recordó que la campaña previa estuvo marcada por un incremento del 52% en el volumen de envíos, lo que desbordó al mercado y a la logística.
“Un siglo de memoria y poesía”, denominaron los Mesa Latorre la íntima y emotiva ceremonia.
POR MARCELA ALEJANDRA TORRES VALDÉS
CONSTITUCIÓN. En la quietud del Cementerio Parroquial San José, donde el murmullo del viento se confunde con el silencio respetuoso de aquellos que ya partieron, se llevó a cabo una íntima y emotiva ceremonia. Allí, nueve de los 12 hijos de Manuel Francisco Mesa Seco, junto a su viuda, Carmen Latorre Barceló, y parte de su descendencia, se reunieron para celebrar el cumpleaños número 100 del destacado abogado y poeta, nacido en la comuna de Constitución, cuya huella literaria ha iluminado las letras chilenas. La conmemoración, marcada por la sencillez y la ternura familiar, se convirtió en un verdadero rito poético. Cada hijo dedicó a su padre un poema, muchos de ellos tomados de “Antología Esencial”, donde la voz de Mesa Seco aún palpita. Verso a verso, los recuerdos se entrelazaron con la nostalgia, y el cementerio se transformó en un escenario de amor filial y reverencia por la palabra, donde el verso recreó la figura del poeta.
TESTIMONIOS
Conmovida a sus 97 años, Carmen Latorre Barceló, quien lo acompañó en su camino vital y artístico, alzó su voz con dulzura y firmeza. “Manuel Francisco, en este día te enviamos todo nuestro cariño de siempre. Hemos venido todos
fue un hombre íntegro, que supo unir la rigurosidad del abogado con la sensibilidad infinita del poeta. Crecí viéndolo escribir, rodeado de papeles y silencios que luego se convertían en poemas llenos de humanidad. Hoy, al leer sus versos, siento que aún nos habla, que nos enseña a mirar la vida con gratitud y dignidad. Este homenaje no es un adiós, sino la confirmación de que su legado vive en cada uno de nosotros, en sus libros y en la memoria de la ciudad que lo vio nacer. De alguna manera, su poesía lo sacaba del rigor de su profesión, y este espacio lo compartía con su familia y con otros profesionales ligado a las artes y las humanidades”, cerró.
NUEVA GENERACIÓN
naturaleza, de Constitución, del río, de la justicia, de la esperanza. Leerlo es escucharlo, sentirlo cerca. Hoy señaló la nieta del insigne poeta, lo celebramos no con tristeza, sino con la certeza de que su voz nos acompañará siempre, como herencia espiritual y literaria.
juntos a recordarte como esposo, padre y abuelo, con tus poesías maravillosas que siguen acompañándonos. Que Dios te tenga en su santo reino”, dijo.
El noveno de sus hijos, Julián Mesa Latorre, expresó con emoción su testimonio. “Mi padre
Por su parte, su nieta Consuelo Mesa Mascayano, emocionada con una mezcla de cariño y orgullo, señaló que “para nosotros, los nietos, el abuelo Manuel es inspiración. Aunque algunos no lo conocimos como yo, algo que me hubiese encantado hacer, conocerlo en persona-igual compartimos y nos conectamos profundamente, a través de sus escritos, de esa manera podemos conocer su personalidad y parte del acervo cultural que también nos une como familia”. Sus poemas nos hablan de la
Nacido en Constitución el 20 de agosto de 1925, Manuel Francisco Mesa Seco fue poeta, cuentista, dramaturgo, crítico literario y ensayista. Su pluma abarcó múltiples géneros, desde la poesía -con obras como “Volantines” (1954), “El árbol de la vida” (1956) y “Ciudad del poeta” (1973)- hasta la prosa y el ensayo, con títulos como “Aún corre el Maule” (1970) y “Proyección histórica de la provincia de Linares” (1965). Con sencillez y constancia, Mesa Seco supo levantar una obra de profundidad y belleza, considerada parte esencial de la literatura chilena contemporánea. Abogado de profesión, conjugó su vocación jurídica con un inquebrantable compromiso cultural, llegando a presidir y cooperar en Comisiones Organizadoras de Escuelas de Temporadas Universitarias en la región, reflejando su convicción de que la educación y la cultura son semillas de transformación social. Lamentablemente Manuel Francisco Mesa falleció repentinamente, en un accidente automovilístico el 29 de abril de 1991, a los 65 años, mientras ejercía el cargo de gobernador de Linares, donde fue declarado Hijo Ilustre, llevando su nombre la Biblioteca local. En Constitución, hoy existe una población que lleva su nombre por su trascendental legado.
Otrora defensa, registra 271 partidos defendiendo la albirroja, cifra que lo ubica en la galería de los históricos.
POR HÉCTOR ORELLANA
ABACA
LINARES. En este viaje a través del tiempo para traer a la memoria a aquellos personajes del fútbol que dejaron una marca registrada, fuimos en la búsqueda de Mauricio Moreira, padre de Carlos “Pepey” Moreira, con quien hace unas semanas tuvimos una linda charla en esta página. Lo encontramos para hablar de la pasión del balompié y de diversos aspectos de la vida que marcaron a un jugador de coraje, con un temple admirable y sobre todo con la persona agradecida de todo lo vivido.
Mauricio Moreira fue un defensa que registra 271 partidos defendiendo la albirroja y que lo ubican en la galería de los históricos, con mayor cantidad de presencia en el campo de juego. Recuerda con emoción al equipo de los “Toros” de Linares, las grandes campañas, los técnicos que ayudaron en su formación y esa campaña que los tuvo cerca de lograr el ascenso a Primera División.
¿Cómo fueron sus inicios en el fútbol Mauricio?
“Yo soy nacido en Puente Alto y desde pequeño me gustó el fútbol. Tuve la suerte de llegar a un gran club ya desaparecido como Deportes Aviación, donde hice el tránsito por las inferiores hasta llegar al primer equipo. Me pude desempeñar y crecer, ganar mis primeras monedas y poder ayudar a mis padres. Yo provengo de una familia muy humilde, situación que me enorgullece, porque eso me permitió aprender a luchar a ser guerrero y trabajar mucho para lograr lo que he construido en el tiempo. En Aviación tuve la suerte de convivir con muchos jugadores, que fueron grandes futbolistas del medio nacional como Roberto Rojas, Iván Valdés, Juan ‘El Rápido’ Rojas y otros de los cuales guardo los mejores recuerdos. Hay un momento muy especial, de un partido por Aviación en el Estadio Nacional ante 40 mil personas en juveniles frente a Argentinos
Juniors, en cuya formación estaba Diego Armando Maradona. Puedo decir con legítimo orgullo que jugué frente a uno de los más grandes de la historia”.
¿Y cuándo llega a Linares y qué recuerda de su paso por los albirrojos, considerando que es uno de los históricos con más partidos jugados?
“Fue Guillermo Díaz quien me trajo a Deportes Linares, donde jugué nueve
temporadas. Tuve grandes compañeros de fútbol como Patricio Bonhomme; Sixto Humberto Pedrozo, que venía de Sol de América y de jugar Copa Libertadores de América; Edgardo Geoffroy; Juan Ramón Garrido y Julio Crisosto, entre otros, todos con una gran trayectoria. Igualmente, grandes técnicos como Jaime Campos, Arturo Rodenack, Sacha Mitjaew, Tucapel Bustamante y Eugenio Jara, entre otros. Hicimos buenas campañas que incluso estuvimos en algún momento cerca de alcanzar el cielo con el ascenso a Primera División.
Fui cinco temporadas capitán y real-
mente me siento agradecido de haber jugado por Deportes Linares, donde siempre me la jugué y me entregué con mucho rigor a la causa. Agradecido siempre del cariño de la hinchada que sigue siendo muy fiel a su equipo”.
¿Su hijo siguió sus pasos?
“Sí. Mi hijo Carlos siguió con el fútbol. Debutó a los 16 años, con el técnico Rolando García y en la misma posición de defensa en que lo hacía yo. También recogió algunas cualidades como el ímpetu, y siempre querer ganar. Carlos hizo una linda carrera y fue en Curicó donde obtuvo sus mayores logros”.
RETIRO
¿Se retiró joven del fútbol, Mauricio?
“Efectivamente, jugué en Aviación el 78, en Linares entre 1979 y 1986, en Santa Cruz el 87 para volver a Linares al año siguiente. A los 30 años tomé la decisión, de la cual no me arrepiento. Preferí yo dejar el fútbol a que el fútbol me dejara a mí. Siempre tuve ofertas para seguir jugando, pero no las acepté la decisión estaba tomada y no iba a transar. Además, recuerdo, que muchas veces tuve la oportunidad de emigrar de Linares a otros clubes como La Calera u O’Higgins, pero no se dieron las condiciones económicas, porque Linares era el dueño de mi pase”.
¿Qué le dejó el fútbol?
“Jugar al fútbol es algo de ensueño, pero lo más lindo son los amigos que quedan y que forman parte del libro de los afectos, logrados en una profesión tan hermosa y maravillosa. El recuerdo del hincha, el saludo el abrazo y la conversación futbolera que no tiene tiempo ni espacios. Agradezco a la vida todo lo logrado en esta profesión que un día abracé con el alma”.
¿Por qué Deportes Linares no logra despegar?
“Para que Deportes Linares salga definitivamente arriba, creo que falta unidad y que los dirigentes sean responsables. Acá en la ciudad están los medios
para formar un gran equipo para llegar a ser grande en el fútbol. Se arman a veces buenos equipos, se hacen buenas campañas, pero siempre falta algo. Hay que trabajar mucho con las divisiones inferiores, falta mayor voluntad y no se puede andar siempre mendigando. Creo que eso no corresponde”.
OTRA PASIÓN
Pero como no de fútbol solamente vive el hombre, ¿usted tiene otra pasión?
“Efectivamente después que dejé el fútbol me dediqué a cantar. Lo hice 27 años en el Dúo Voces del Maule, recorriendo el país desde La Serena a Coyhaique. Eso se congeló un poco con la pandemia, pero la música es algo que me apasiona, especialmente el folklore. Cantar a nuestras tradiciones y mantener siempre vivo el sentido de
patriotismo y chilenidad que a veces se nos olvida”.
¿Cuál es el presente de Mauricio Moreira?
“Desde hace años trabajo en la Municipalidad de Colbún con un gran jefe y amigo como el alcalde Pedro Muñoz. Estoy tranquilo, vivo sin sobresaltos y disfruto de la vida en una tierra que desde mi llegada me acogió con un afecto y cariño increíble, que en todo momento he tratado de devolver desde mis distintos ámbitos de acción”. Agradecido de este lindo reencuentro con uno de los afamados “toros” de Linares, que impuso una mística especial y con brillantez, sin olvidarse nunca de sus orígenes y siempre agradeciendo todas las oportunidades de crecimiento que le dio la vida y en las cuales aplicó su talento con maestría y clase.
“Una
persona le preguntó: Señor, ¿es
verdad que son pocos los que se salvan?”
(Lucas 13, 23)
Texto completo: Lucas 13, 22-30.
1.- Una pregunta inquietante.
La perícopa de hoy puede ser dividida en tres partes: a) alusión al viaje de Jesús; b) la pregunta de una persona; c) la respuesta de Jesús.
Sobre el viaje de Jesú,s Lucas no menciona las ciudades y pueblos intermedios que Jesús visitó, solo se indica su destino final: Jerusalén. En este sentido el versículo 22 parece ser más bien lo que algunos especialistas llaman un “enlace redaccional”, es decir, una frase que une la escena inmediatamente anterior con la siguiente. En Lucas 13, 23 aparece una pregunta formulada por una persona anónima. Según los exégetas esta
pregunta es de carácter “teórico” e imita a aquellas preguntas que los discípulos hacían a sus maestros. Puede estar reflejando las inquietudes y las controversias de las comunidades primitivas (véase, por ejemplo, 1 Corintios 1,18) o bien una simple introducción a las materias que Lucas tratará en los versículos siguientes o también, puede estar indicando la creencia general de los judíos de que su salvación final o futura, estaba asegurada por el solo hecho de ser judío.
2.- La respuesta sorprendente de Jesús. La respuesta de Jesús no es directa; Jesús habla más bien de hacer un esfuerzo para entrar por una puerta que es estrecha. Incluso el final de versículo 24 habla
de que ese mismo esfuerzo puede no resultar, ya que algunos definitivamente no podrán entrar. Pareciera ser que a Jesús le interesa más el esfuerzo y la lucha y no tanto el número de quienes podrán salvarse. Pero la respuesta de Jesús no se detiene tan solo en la única puerta estrecha; luego desarrolla una imagen alegórica en donde también aparece una única puerta la que es cerrada por un dueño de casa; aquí la puerta –a diferencia de la anterior- es cerrada o abierta por el dueño de casa y su traspaso no depende del esfuerzo personal. Es una puerta que se cierra desde el interior y deja algunos afuera. Es más, algunos creen que tienen el derecho de entrar (¡Señor, ábrenos!) pero el dueño de casa los descono-
Con profundo dolor comunicamos el sensible fallecimiento del esposo de nuestra socia y colega, Marcelina Jara, señor
MANUEL ZAPATA ORELLANA (Q.E.P.D.)
Nuestras sinceras condolencias a su familia, amigos y compañeros de trabajo. Sus restos están siendo velados en la Parroquia Nuestra Señora de Fátima de Talca, 1 Oriente #145, 12 1/2 Sur.
SINDICATO Nº1 DE SUPLEMENTEROS TALCA
ce. Incluso algunos alegan una suerte de cercanía y familiaridad (“hemos comido y bebido contigo”) pero le negativa y el desconocimiento persisten: “No sé de donde son ustedes”. Luego en Lucas 13, 28-29 se nos habla de un gran banquete en donde están presentes figuras señeras del Antiguo Testamento: Abraham, Isaac, Jacob y todos los profetas, todos ellos estarán en el Reino de Dios, menos aquellos que no se han apartado de hacer el mal y han sido agentes de iniquidad (Lc 13, 27). Pero aquellos que van a ser admitidos en el Reino también provienen de otros lugares (Oriente y Occidente, del Norte y del Sur) y vienen a ocupar el lugar de aquellos que pensaban que tenían su puesto asegurado. La frase final destaca la inversión en los valores que trae Jesús: algunos que son los últimos serán los primeros y otros que son los primeros serán los últimos.
3.- Dios no nos salvará sin nuestra cooperación. Una de las enseñanzas que el evangelio de San Lucas de hoy nos ofrece, es tomar conciencia que la salvación que el Señor nos ofrece no es “barata”, es decir, exige de nosotros perdón, arrepentimiento y conversión, pero también nos exige seguir al Señor asumiendo la
renuncia de nosotros mismos y cargando nuestra propia cruz. Como afirmará Dietrich Bonhoeffer “la gracia barata es la gracia sin seguimiento de Cristo, la gracia sin cruz, la gracia sin Jesucristo vivo y encarnado”. Tal vez por eso es que en la primera parte del evangelio de hoy, Jesús insista en que la actitud para entrar por la puerta angosta sea la de “esfuerzo”, de lucha; es decir, para entrar en el Reino del Señor no basta conformarse con una actitud mediocre, en donde no damos pasos de conversión y de cambio personal. El esfuerzo al que nos llama el Señor para ingresar por la puerta angosta, consiste en dar el “combate espiritual” contra todo aquello que no nos asemeja ni nos configura a la vida de Cristo Jesús el Señor: nuestros egoísmos y vanidades, nuestra falta de humildad o nuestra soberbia, la indiferencia o la insolidaridad ante la necesidad de los más débiles y postergados, etc., todas estas actitudes –que son propias del hombre viejo, como diría San Pablo- hay que trabajarlas para superarlas y allí puede ubicarse la “batalla espiritual” que implica esfuerzo, abnegación y renuncia.
Pero hay también otro llamado que es posible extraer del evangelio y que
Los conceptos vertidos en esta página corresponden a autores, siendo ellos de su exclusiva responsabilidad.
tiene que ver, con no creer que nuestra salvación está asegurada automáticamente por el solo hecho de pertenecer a la Iglesia o de creer en determinadas verdades o aún en realizar algunas prácticas religiosas. Es lo que creía el pueblo judío delante del Señor Jesús, pues estaban convencidos que por el solo hecho de ser hijos de Abraham ya tenían el derecho adquirido a ingresar al Reino de Dios. Precisamente el dueño de casa del evangelio de hoy “los desconoce” y les pide indirectamente, que puedan ser más bien agentes del bien y de la misericordia y no pactar con el mal. No basta, entonces, el que seamos simpatizantes o partidarios de Jesús admirando su persona como un gran personaje histórico, que dio su vida por defender los derechos de los más pobres o por su gran coherencia personal; el Señor Jesús nos invita a una relación de amistad con Él, a cultivar la fe y la confianza en Él y a superar un vínculo solo superficial o externo que no influye para nada en la forma de vivir y de actuar que hoy tenemos. La invitación de Jesús es a no fabricarnos una “puerta” a la medida de nuestras exigencias, sino más bien a adecuarnos a las exigencias que Jesús nos propone.
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En Chile, las enfermedades cardiovasculares (ECV) provocan el 31% de las muertes en mujeres, superando ampliamente al cáncer y otras patologías. A pesar de esta alarmante realidad, gran parte de la población desconoce la magnitud del problema y subestima sus riesgos. El Mes del Corazón se convierte así en una oportunidad clave para visibilizar estas cifras, derribar mitos y promover la prevención.
Especialistas alertan que los síntomas de un infarto en mujeres, pueden ser más sutiles y distintos al patrón clásico masculino. Mientras que en hombres suele presentarse dolor torácico intenso, en mujeres es frecuente el malestar digestivo, la falta de aire o dolor en mandíbula, cuello o espalda, sin dolor en el pecho. Estas diferencias retrasan el diagnóstico y la atención oportuna.
Este problema no es solo médico, sino también cultural. Las mujeres, históricamente, han postergado su autocuidado frente a las múltiples exigencias que enfrentan (laborales, familiares y sociales). Así, la prevención queda relegada, y los chequeos
Prefijos 600 y 809: Un paso concreto hacia la seguridad en la relación de consumo
SEBASTIÁN BOZZO
Decano de la Facultad de Derecho, Universidad Autónoma
cardiovasculares no son percibidos como una prioridad, cuando deberían serlo. La invitación es clara: informarse, adoptar hábitos saludables y acudir por atención oportuna, ante cualquier señal.
En este escenario, el desafío para el sistema de salud chileno es doble: garantizar una pesquisa más temprana y sensible a las particularidades femeninas, y robustecer las campañas de información que derriben mitos y promuevan estilos de vida saludables. Porque cuidar el corazón no es un acto individual, sino una tarea colectiva que involucra políticas públicas, educación y un cambio cultural en torno al autocuidado.
El Mes del Corazón no puede limitarse a una fecha en el calendario ni a mensajes publicitarios. Es la ocasión para recordar que detrás de cada número, hay vidas que podrían salvarse con más conciencia, prevención y acción temprana.
En el corazón de las mujeres, y en el nuestro como sociedad, está la responsabilidad de escuchar los signos silenciosos y actuar, antes de que sea demasiado tarde.
¿Solo un feriado más?
MARCELO GUTIÉRREZ DELGADO Académico Ingeniería Comercial, Universidad Andrés Bello
La reciente medida anunciada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que obliga a identificar todas las llamadas comerciales y masivas con los prefijos 600 y 809 a partir del 13 de agosto de 2025, no es simplemente una innovación técnica en el mundo de las telecomunicaciones. Es, ante todo, la materialización de un derecho básico consagrado en nuestra Ley N.º19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores: el derecho a la seguridad en el consumo de bienes o servicios, junto con la protección de la salud y la prevención de riesgos que puedan afectarnos. El artículo 3º, letra d) de la ley es claro: la seguridad es un pilar fundamental de toda relación de consumo. Esta seguridad no solo se refiere a la integridad física o a la salud, sino también a la protección frente a riesgos patrimoniales derivados de prácticas fraudulentas. Las estafas telefónicas -que en
2024 aumentaron un 19%- son un ejemplo concreto de cómo el entorno digital y las comunicaciones, pueden convertirse en espacios de riesgo para los consumidores.
Al establecer que toda llamada comercial deberá comenzar con 600 (si es solicitada o esperada) o con 809 (si es masiva y no solicitada), se entrega a las personas una herramienta clara y sencilla para identificar el origen y la naturaleza de la comunicación. Con ello, se fortalece la transparencia y se reduce la posibilidad de que estafadores se hagan pasar por instituciones legítimas. En definitiva, se incorpora un mecanismo preventivo que aporta a la seguridad patrimonial y a la confianza en el mercado. Ahora bien, toda medida regulatoria solo será tan efectiva como su implementación y fiscalización. Aquí el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) tiene un papel clave. Su labor no solo debe limitar-
se a informar a la ciudadanía sobre la existencia de esta obligación, sino también a monitorear que las empresas cumplan estrictamente con la norma y a perseguir, cuando corresponda, las infracciones. La protección real se logra cuando la norma se vive en la práctica, no solo cuando queda plasmada en el papel.
En un contexto de creciente desconfianza hacia las instituciones y de sofisticación de las técnicas de fraude, esta disposición representa un avance significativo. No eliminará por sí sola las estafas telefónicas, pero sí pondrá una barrera más entre el consumidor y el riesgo. Como sociedad, debemos valorar que este tipo de iniciativas se alineen con la esencia de la legislación de consumo: garantizar que las relaciones comerciales se desarrollen en un marco de respeto, seguridad y confianza.
A primera vista, la idea de sumar el 17 de septiembre a los feriados de Fiestas Patrias es atractiva, suma un día adicional de descanso para los trabajadores y puede ser un impulso para sectores que dependen del ocio. Especialmente en un contexto electoral como el actual, este tipo de propuestas encuentran eco fácilmente. Sin embargo, cualquier mirada un poco más profunda revelará que los efectos, no son tan claros ni necesariamente beneficiosos a largo plazo. El principal argumento a favor de la propuesta es que un feriado adicional puede resultar en un incremento en el consumo en sectores clave, como el turismo y los servicios. Suena razonable. Aunque, desde el punto de vista económico, es difícil no ver que este tipo de medidas, si bien populares, tienen un precio. Un día más de descanso no afecta de la misma manera a todos los sectores. Mientras que algunos se beneficiarán, otros verán cómo merma su productividad. Las empre-
sas que dependen de un ritmo constante de producción o aquellas con contratos que no se pueden reprogramar, se verán afectadas. En última instancia, esto no es solo una cuestión de quienes ganan, sino de quienes pierden. Y la productividad general, de manera agregada, probablemente sufrirá.
Más aún, la última evaluación del Banco Central muestra que el segmento de consumo, no está experimentando un auge en el gasto de entretenimiento o en actividades recreativas, sino más bien en servicios esenciales como la salud. ¿En qué medida entonces, un feriado adicional, traerá realmente beneficios para la economía?
Un feriado de esta naturaleza no necesariamente tiene el poder de transformar el comportamiento del consumidor, ni de contribuir de manera relevante a la economía.
Pero lo que realmente preocupa es la falta de reflexión sobre las consecuencias a más largo plazo. Cuando las grandes empresas se enfrentan a un día
menos de producción, los efectos no son inmediatos, pero sí se perciben en el mediano plazo a través de pérdidas tangibles, costos adicionales y, en muchos casos, la necesidad de ajustar sus operaciones de forma costosa. Además, la presión sobre las cadenas de suministro y el cumplimiento de contratos se incrementa, lo que podría complicar a algunos sectores productivos. Chile todavía enfrenta incertidumbre económica, marcada tanto por factores internos como externos, y todavía no logra recuperarse de las secuelas de la crisis sanitaria, como consecuencia, medidas como esta deberían ser evaluadas con más rigor. Si bien el descanso para los trabajadores es importante, debemos preguntarnos si el breve beneficio justifica el costo. En lugar de buscar soluciones fáciles, debemos enfocarnos en un debate más profundo orientado a mejorar la productividad, el bienestar de los trabajadores y la estabilidad económica a largo plazo.
Proyecto cuenta con financiamiento de la Junji, por más de 518 millones de pesos.
CURICÓ. El concejal Raimundo Canquil abordó la aprobación del proyecto, que apunta a mejorar el jardín infantil y sala cuna “Los Patroncitos”, ubicado en el sector Surponiente de esta ciudad, terreno donde se encuentra el Hogar de Cristo, iniciativa que, el pasado martes, tuvo luz verde por parte del concejo municipal para su ejecución. Manifestó el concejal y profesor, que este proyecto viene a mejorar bastante la infraestructura de este importante establecimiento, lo que dará mayor comodidad a niñas y niños en su
Alcaldía
proceso educativo y además al personal docente y administrativo, como también a padres y apoderados.
ADJUDICACIÓN
Las obras, indicó la autoridad comunal, fueron adjudicadas a la Empresa Constructora Alta Cima, por un
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE
Cargo: Profesional
Grado: Un Grado 11 E.U.M.
Características del Cargo: Profesional con conocimientos en áreas de Interés Municipal, plataformas gubernamentales, además debe contar con destrezas en el manejo de Recursos Humanos, adaptación a los cambios y cumplir las funciones establecidas en el reglamento interno de la Municipalidad de Romeral y las instrucciones impartidas por la autoridad competente.
Requisitos: Título Profesional de una carrera de, a lo menos ocho semestres de duración, otorgado por una institución de educación superior del estado o reconocido por este y los establecidos en las Leyes N° 18.883, Nº 18.575, N° 19.280 y Nº 18.695. Antecedentes requeridos: los indicados en Bases de Concurso Público.
Recepción de Antecedentes: lunes 25 al viernes 29 de agosto de 2025, a las 12:00 horas en Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Romeral, ubicada en calle Ignacio Carrera Pinto Nº 1213 de Romeral.
Las Bases del Concurso se publicarán en la Página Web www.muniromeral.cl y estarán disponibles en Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Romeral, ubicada en Ignacio carrera Pinto 1213 de Romeral y en el departamento de Recursos Humanos ubicado en pasaje Luis Saiz Nº 196 de Romeral.
Evaluación de competencias y Oposición de antecedentes: desde el lunes 08 al viernes 12 de septiembre de 2025, horario de 09:00 a 16:00 hrs.
Los concursantes que postulen, podrán presentar los antecedentes requerido en original o protocolizados ante Notario u Oficial Civil. Resolución de Concurso 22 de septiembre de 2025
Puntaje Mínimo para ser considerado Postulante idóneo 70 puntos.
JOSE ANTONIO ARELLANO LYNCH ALCALDE
monto de 518 millones de pesos y fracción, cantidad importante de recursos entregados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Junji, para mejorar notoriamente la infraestructura de este establecimiento. Expresó el concejal que la empresa adjudicada tiene un plazo de seis meses, para la ejecución de los trabajos
descritos en el contrato, desde el momento en que se les haga entrega del terreno, esperando que no se produzcan retrasos y que pueda estar disponible para la comunidad a comienzos del próximo año.
Las obras a ejecutar, agregó la autoridad, se encuentran dentro de los estándares que exige la Junji. Entre ellas
destacan importantes modificaciones en el acceso principal del recinto con acceso universal, mejoramiento de la fachada, reemplazo de ventanas por termo paneles para optimizar la eficiencia energética, cambio de cubierta, modernización del instalaciones eléctricas y sistemas de calefacción, entre otras intervenciones.
CITACIÓN A JUNTA GENERAL ANUAL SOCIOS COOPERADOS COOPERATIVA AGRÍCOLA VITIVINÍCOLA LONCOMILLA LTDA SAN JAVIER, AGOSTO 12 DE 2025. Señor (a) Cooperado (a): Conforme a lo dispuesto en los artículos 30 y 31 de los Estatutos, cítese a Junta General Anual de Socios Cooperados de la Cooperativa Agrícola Vitivinícola Loncomilla Ltda. para el día Viernes 05 de septiembre del año 2025, a las 10:30 horas, en primera citación y 11:00 horas, en segunda citación, a realizarse en el salón de asambleas de esta Cooperativa, ubicado en la ribera poniente del rio Loncomilla, para tratar lo siguiente:
TABLA
1. Informe del Presidente del Consejo de Administración.
2. Presentación Gerente General a Socios Cooperados.
3. Presentación Balance y Estados Financieros del Ejercicio 2024. Informe Auditores Externos y Junta de Vigilancia.
4. Designación de Auditores Externos ejercicio 2025
5. Elección de consejeros Titulares y Suplentes (Renovación Parcial)
6. Elección de miembros de la Junta de Vigilancia.
7. Varios.
Los poderes para asistir con derecho a voz y voto a esta Junta General que se convoca, deberán cumplir estrictamente lo señalado en el artículo 33 de los Estatutos Sociales, estos deberán ser presentados con una anticipación de, a lo menos, 72 horas antes de la primera citación. En cuanto a los que deseen postular al cargo de Consejero deberán presentar su lista de candidatos con 7 días de anticipación a la fecha fijada para la Asamblea.
ROSAURA LAGOS INOSTROZA PRESIDENTE CONSEJO ADMINISTRACIÓN
COOPERATIVA AGRÍCOLA VITIVINÍCOLA LONCOMILLA COOPERATIVA AGRICOLA Y
Balance General Estados de Resultado Al 31 de diciembre 2024 y 2023 Al 31 de diciembre 2024 y 2023
Evento se realizará el próximo 6 y 7 de septiembre, en el Centro de Eventos Anka Mapu, a 20 minutos de Talca, camino a San Clemente.
POR MARÍA FRANCISCA GARCÍA BASCUÑAN
TALCA. Una nueva versión de la Fiesta de la Chilenidad, organizada por Fundación Maule en la capital regional, ya tiene fecha: será el próximo 6 y 7 de septiembre, en el Centro de Eventos Anka Mapu, a 20 minutos de Talca, camino a San Clemente. Miles de personas podrán disfrutar de grandes shows ecuestres y empaparse de las raíces que conforman la identidad cultural del Maule y de Chile entero.
Alfredo Moreno Charme, presidente de la Fundación Maule, destacó que “queremos que las familias de Talca y la región vengan a disfrutar de estos espectáculos únicos, junto a buena música, gastronomía y artesanía. Será una oportunidad para encontrarnos, disfrutar de nuestras costumbres y sentirnos orgullosos de nuestro país”.
ACTIVIDADES
Esta celebración promete reunir lo mejor de nuestras tradiciones, en dos jornadas llenas de entretención, cultura, música y emoción, contará con la participación estelar de la Escuadra Ecuestre Palmas de Peñaflor, el Cuadro Verde de Carabineros de Chile y el Cuadro Negro del Ejército, agrupaciones reconocidas tanto en el país como en el extranjero, por su impecable destreza, elegancia y profundo sentido de identidad nacional. Además de estos espectáculos de primer nivel, los asistentes podrán disfrutar todo el día de actividades como paseos de pony, granja de animales, talleres de cocina, además de música en vivo, muestras de artesanía local y una variada oferta de gastronomía típica, todo en un ambiente familiar y acogedor que invita a celebrar lo que nos une como chilenos.
En 2024, asistieron miles de personas a esta fiesta en el exrecinto Fital y este año se espera alta convocatoria en Centro de Eventos AnkaMamu, a 20 minutos de Talca, camino a San Clemente.
Se podrá ver la destreza de los corraleros, al igual que la elegancia y calidad de shows ecuestres, de la Escuadra Palmas de Peñaflor, el Cuadro Verde de Carabineros de Chile y el Cuadro Negro del Ejército.
más pequeños no solo
disfrutar de paseos en Pony y de la granja de animales en Anka mapu, sino también podrán participar en competencias típicas como la carrera en sacos.
Además de estos atractivos, las personas que asistan podrán disfrutar de artesanía local, comidas típicas, acompañados de música y shows en vivo, que rescatan lo mejor del folclore chileno.
OBRAS DEL ARQUITECTO RAÚL ORTIZ REYES
En esta primera presentación, usted estimado lector podrá disfrutar de la belleza del Templo Corazón de María de Linares. Inaugurado el 9 de noviembre de 1905, este monumento histórico es un edificio compuesto por tres naves. Fue construido en base a hormigón y ladrillos. Conviven armoniosamente dos estilos arquitectónicos: el Románico y el Gótico. Actualmente se encuentra cerrado por daño estructural.
Si usted desea apreciar ésta y otras obras del dibujante, puede contactarse con el propio Raúl Ortiz Reyes al celular o vía WhatsApp al +56 9 95371810.
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CARLOS VALENZUELA SE REUNIÓ CON SUBSECRETARIO
“Le hemos dicho al jefe comunal que cuente con Bienes Nacionales y que pronto estaremos en la comuna entregando buenas noticias”, indicó al respecto, Sebastián Vergara Tapia.
CONSTITUCIÓN. Con el objetivo de avanzar en la búsqueda de terrenos fiscales, que permitan concretar proyectos habitacionales y de atención ciudadana en la comuna, el alcalde de Constitución, Carlos Valenzuela Gajardo, junto al director de Secplan del municipio, Rodrigo Rojas, sostuvieron una reunión con el subsecretario de la mencionada cartera de gobierno, Sebastián Vergara Tapia. “Hemos tenido una fructífera reunión junto al alcalde, donde nos comprometimos a colaborar en la identificación de terrenos fiscales, que permitan impulsar proyectos de vivienda y otras iniciativas en beneficio de
la comunidad. Le hemos dicho al jefe comunal que cuente con Bienes Nacionales y que pronto estaremos en la comuna entregando buenas noticias”, indicó al respecto, el subsecretario, quien destacó la disposición del ministerio, para apoyar la gestión del aludido municipio.
ALCALDE
Asimismo, el alcalde Valenzuela Gajardo valoró la buena disposición de las autoridades y el trabajo en conjunto, destacando que “lo primero que quiero enfatizar es la muy buena disposición del subsecretario, quien nos ha recibido con total apertura. Agradezco también a
quienes desde la región nos apoyan constantemente, como Ignacio Gutiérrez y Marina Guadalupe Muñoz, quienes nos ayudan a dar este empujón tan necesario. Estamos seguros de
que con la ayuda de Dios y el compromiso de los ministros, lograremos acceder a terrenos que permitan traer progreso y prosperidad a nuestra querida Perla del Maule”.
FONO
Mail: abilarodriguez@gmail.com
CAMINO
Finalmente, la máxima autoridad comunal precisó que esta reunión abre un camino de cooperación, que permitirá a la ciudad balneario
avanzar en soluciones concretas en materia habitacional y en nuevos espacios, destinados a mejorar la calidad de vida de vecinas y vecinos.
El sensei curicano ostenta el grado de Cinturón Negro 5° Dan, bajo la guía de los recordados maestros y hermanos, Raúl y Roberto Fernández de la Reguera Silva.
Consagró también su vida a transmitir la enseñanza a sus alumnos y también, a forjar los valores de las artes marciales a su esposa e hijos. Distinguido en 2018 con medallas del Codamp y Ministerio del Deporte, a su dilatada trayectoria con el título “Pioneros de Chile”.
SANTIAGO/CURICÓ. El sitio hoy sigue vacío. Impensado que en esa esquina, entre Estado y Chacabuco, el terremoto de 2010 se llevó la casona de adobe que cobijara a la recordada Academia Ken Shin Kan, Karate Do, del maestro José Hernán González Sepúlveda. Tiempos hermosos que el viento se llevó, pero yacen en la retina de aquellos alumnos que son parte de ese legado, que se deslumbra en blanco y negro, vinculado a una época que dejó grandes enseñanzas a sus cultores.
En un reciente reportaje, dábamos por muerto a nuestro sensei, Gracias a Dios que estábamos en un error involuntario, porque José Hernán y toda su familia, están viviendo en Santiago. De inmediato vino la rectificación, llamados telefónicos para las excusas respectivas, y el compromiso de recordar ese impresionante legado del maestro José Hernán González Sepúlveda.
AYER Y HOY
Su vínculo con las artes marcia-
les comenzó en 1970, dando los primeros pasos en un camino que marcaría su vida y la de cientos de alumnos en su natal ciudad de Curicó. Desde entonces, su labor ha estado dedicada a la enseñanza y a la formación de generaciones de niños, jóvenes y adultos en Curicó. Sus inicios fueron en el dojo de calle Merced #99, al llegar a la Alameda. Más tarde, trasladó su escuela a la emblemática esquina de Chacabuco con Estado, donde durante más de tres dé-
cadas consolidó la práctica del estilo Goju Ryu. Tras la venta de esa propiedad, reubicó su dojo en José Melo #101, población Mataquito, donde continuó impartiendo clases hasta 2017, año en que problemas de salud, lo llevaron a retirarse de la enseñanza de las artes marciales.
RECONOCIMIENTO
El legado del maestro José Hernán González Sepúlveda, fue oficialmente reconocido en junio de 2018, cuando la Confederación de Artes Marciales de Chile (Codamp), con el respaldo del Ministerio del Deporte, lo distinguió bajo el título “Pioneros de Chile”. El homenaje destacó sus más de 45 años de aporte ininterrumpido al desarrollo y promoción del karate y de las artes marciales en el país.
MENTOR DE LA FAMILIA
El sensei José Hernán consagró también su vida a transmitir la enseñanza y los valores del karate dentro de su propia familia; su esposa Leonor Cerda (Nona), obtuvo el grado de Cinturón Negro 2º Dan; su hijo mayor, César Andrés, el Cinturón Negro 5º Dan; su hija Constanza, el Cinturón Negro 1er Dan; y su hijo menor, José Ignacio, el Cinturón Café 1º Kyu.
TRASLADO A SANTIAGO
En 2022, debido a los motivos de salud y al trabajo docente y directivo universitario de su esposa, la familia decidió trasladarse a Santiago. Un año más tarde, en octubre de 2023, el maestro amplió su legado espiritual al obtener la maestría en Reiki, disciplina japonesa que practica desde finales de los 90, reconocimiento otorgado por la maestra Violeta Cerda, quien lo ha acompañado en este camino de sanación y crecimiento interior.
LARGA VIDA SENSEI
Hay mucho que decir del maestro, José Hernán. Diario
La Prensa, en sus páginas del ayer, siempre estuvo atenta a la difusión de tantas ceremo -
nias de graduación de los artistas marciales. Reportajes, entrevistas, fotos, de la recordada Academia Ken Shin Kan, Karate Do, dan cuenta de aquello.
Los curicanos necesitan ganar esta tarde, para no alejarse del grupo que jugará la liguilla por el ascenso. Restarán ocho fechas por disputar y pese a las nuevas bajas en el equipo, Curicó Unido buscará recuperarse, dejar atrás su mala racha y celebrar ante Santa Cruz, en el cuarto enfrentamiento entre ambos. Se juega desde las 15:00 horas.
CURICÓ. Curicó Unido vuelve a jugar en la cancha del Joaquín Muñoz García de Santa Cruz, estadio que recibió a los albirrojos para ser locales, en la primera parte de esta temporada 2025 y donde los curicanos alcanzaron a jugar nueve partidos en condición de local, logrando tres triunfos, tres empates y tres derrotas. El 25 de mayo, la victoria ante Deportes Antofagasta por la cuenta mínima, sería el partido más reciente en que los curicanos actuaron en la cancha de la Región de O’Higgins, escenario que volverán a pisar hoy cuando a contar de las 15:00 horas enfrenten a Deportes Santa Cruz, el dueño de casa y con el cual este año ya han juga-
do tres partidos: en febrero con triunfo curicano por 2-0 en el marco de Copa Chile con goles de Leiva y Barrios, en abril por el mismo torneo fue igualdad 0-0 y por la Liga de Ascenso también durante abril, la victoria fue para Santa Cruz por 3-2 ante el equipo entonces dirigido por Héctor Almandoz.
CON NUEVAS BAJAS
Esta tarde vuelven a enfrentarse en el Joaquín Muñoz García, sin presencia de hinchas curicanos pues se prohibió la venta de entradas para la hinchada visitante. El partido será dirigido por Francisco Soriano y en Curicó Unido se lamentan las bajas por suspensión de Carlos
FIN A LA SEGUNDA ETAPA DEL CHILENO EN TAL CLUB
Herrera, Braulio Guisolfo y Matías Retamal, mientras que por lesión estarían fuera el capitán Ronald De La Fuente y el atacante Ian Aliaga, quien incluso por una lesión a su rodilla sería intervenido quirúrgicamente y se perdería el resto del campeonato, ante lo cual los albirrojos gestionan poder reemplazarlo. A la vez, el técnico Emiliano Astorga busca alternativas para recuperar carrera y cumplir con la exigencia del minutaje Sub-21, por lo que no se descartaría que un canterano pueda ser incluso nuevamente titular en el partido de hoy ante Santa Cruz, donde además volverían a ser titulares el talentoso volante Diego Rojas, tras
Curicó Unido registra seis partidos sin ganar, bajo la dirección técnica
cumplir una fecha de suspensión, y el experimentado defensor central Claudio Meneses.
PARTIDO BISAGRA
Se esperan al menos mil espectadores para este encuentro donde el elenco santacruzano buscará superar a Curicó Unido en la tabla, pues los albirrojos suman 23 unidades y Santa Cruz está un
punto abajo con 22. Partido clave y bisagra para las aspiraciones curicanas, que de ganar se reencontrarán con las victorias luego de seis partidos sin celebrar y seguirán con chances de meterse en la liguilla por el ascenso, mientras que un empate o derrota los catapultará a la parte baja de la tabla ya comenzando a alejarse notoriamente de las opciones de ascen-
der. El encuentro de hoy entre Deportes Santa Cruz y Curicó Unido, no será el único a disputarse en jornada dominical en la Liga de Ascenso, pues a las 12:30 horas en el Zorros del Desierto jugará Cobreloa frente a Copiapó y a las 17:30 horas en el Ester Roa tendrá acción el mini clásico entre Deportes Concepción y la Universidad de Concepción.
A pocos días del cierre de pases en Europa, el
futuro de Alexis Sánchez podría dar un vuelco total.
Si bien el delantero chileno tiene contrato vigente
con Udinese, es un hecho que no es considerado por el DT Kosta Runjaic. Y la prensa italiana es tajante sobre el futuro del tocopillano.
Medios como “Mondo Udinese” y “Tutto Udinese”, indican que el atacante dejará el club en los próximos días. Se habla que el contrato de Sánchez va a ser rescindido por el elenco italiano. “Es cosa de horas. El adiós de Sánchez a Udinese está a un 99%. La dirigencia bianconera tiene en manos a su reemplazante”, señala “Mondo Udinese”, que también indica que existe un “quiebre total” entre las partes.
Además, consignan que el director deportivo Gian Luca Nani ya avisó de la decisión al tocopillano. “Siempre seremos amigos con él”, indica el directivo.
INDICIO
El pasado jueves por la noche, Sánchez, no apareció en la tradicional presentación del plantel antes del inicio de la temporada, lo que fue un indicio de su salida. Por su parte, Runjaic habló de la situación ayer sábado y dejó entrever, que todo está terminado entre el goleador histórico de la “Roja” y el club de Friuli. “No tengo mucho que añadir sobre
Sánchez. Teníamos muchas expectativas. Llegó lesionado y no estaba satisfecho con su temporada; tuvo algunos pequeños problemas”, indicó en conferencia de prensa. “Hoy sigue siendo jugador del Udinese, pero quiere jugar más minutos, pero no podemos garantizarlo. Estamos trabajando duro, igual que él. Aún tenemos unos días para encontrar una solución satisfactoria para todos. Es una leyenda del club”, agregó. Udinese tiene su primera fecha de la Serie A, mañana lunes ante el Hellas Verona y Sánchez, posiblemente, ya no esté.
SENADORA XIMENA RINCÓN, CANDIDATA A LA REELECCIÓN:
“El
TALCA. La última semana ha sido agitadísima para Ximena Rincón. La senadora por el Maule presidió el Consejo Nacional de Demócratas, asistió a sesiones en el Senado, participó de reuniones en las negociaciones para armar las listas parlamentarias y llegar a acuerdo con Chile Vamos e inscribir a los postulantes de su conglomerado político en el Servicio Electoral (Servel) para las próximas elecciones del domingo 16 de noviembre. Además, en la última semana, el Partido Socialista (PS) anunció una impugnación a su
candidatura, porque esta sería la tercera postulación de Rincón: 2009, 2017 y 2025. No obstante, ella se defiende señalando que “en mi segunda postulación alcancé a estar solo la mitad del periodo, ya que después renuncié para ser ministra secretaria General de la Presidencia”.
Quien encabeza la impugnación a Rincón, es la presidenta nacional del PS y también candidata al Senado por la Región del Maule, Paulina Vodanovic. Esa polémica la deberá resolver el Tribunal Calificador de Elecciones
(Tricel), ya que la ley señala que estar solo la mitad de un periodo parlamentario, no se cuenta como periodo completo -lo que utiliza jurídica y electoralmente la presidenta nacional de Demócratas-. Otras versiones señalan que, si ella terminó su periodo el 11 de marzo de 2014 y había asumido el 11 de marzo de 2010, completó la mitad del periodo, pero si asistió al Senado el mismo día en que asumió como ministra eso se le cuenta como un día más en el Parlamento y la podría dejar fuera de la próxima contienda electoral.
Senadora, partamos por lo más directo: ¿Por qué no será candidata presidencial si hasta hace unos meses lo aseguraba?
“No. No competiré porque no alcanzamos a tener el reconocimiento legal del Servel por apenas dos semanas. Si hubiésemos conseguido las firmas antes, habría sido otra historia”.
¿Y por ello se logró el acuerdo para poyar a Evelyn Matthei?
“Todo dependía de que hubiera un acuerdo programático sólido y se
En una extensa conversación, la parlamentaria de Demócratas, detalló por qué no fue candidata presidencial, analiza el escenario político nacional y regional, y explica las alianzas de su partido, Demócratas.
También aborda casos policiales y judiciales, que han impactado al Maule y entrega su visión sobre el actual gobierno del Presidente Gabriel Boric.
POR JUAN IGNACIO ORTIZ REYES
FOTOS: CARLOS ALARCÓN DUARTE
logró. Tenemos un programa de más de 80 páginas, con seis ejes que van desde seguridad hasta salud y educación. Nuestras propuestas estarán reflejadas en esta postulación presidencial y hay un acuerdo parlamentario, que nos permite competir en todas las regiones”.
¿Pensaron como partido Demócratas en algún momento, en apoyar a la candidata oficialista Jeannette Jara?
“No, cero posibilidades. Nunca se nos pasó por la cabeza. Desde el primer día hemos dicho que no respaldaremos candidaturas extremas, y ella representa al Partido Comunista (PC). Una candidata que además ha sido tremendamente incoherente en el último tiempo, donde las propias propuestas con las que gana la primaria las reniega hoy día”.
¿Y en darle el apoyo a José Antonio Kast?
“Lo mismo ocurre con José Antonio Kast: no está en nuestro ideario”.
¿Pero si tuvieran que decidir por Kast porque Evelyn Matthei no pasa a segunda vuelta?
“Creemos y confiamos en que Evelyn Matthei va a pasar a segunda vuelta y si en su momento tuviéramos que decidir, vamos a decidir esto como partido. Yo creo en las institucionalidades, creo en la política, la buena política. Y no creo en el personalismo. Creo que eso le ha hecho mal a nuestro país. Y qué mejor prueba nos puede dar el escenario en el que nos encontramos hoy. Pensar en apoyar a Kast, habría que revisar con lupa lo que él está proponiendo. El Kast de la
elección pasada es un Kast que no nos representa”.
¿Qué acercó más a Demócratas a Chile Vamos que al oficialismo? “Desde el primer plebiscito trabajamos juntos en el Rechazo a la propuesta constitucional, y eso nos unió en una mirada país”.
ELECCIONES
Hace cuatro años yo también la entrevistaba, Ximena, y desde su sector confiaban en el triunfo del Rechazo y usted confiaba en que el país volvía como a centralizarse ideológicamente. Y finalmente, cuatro años después, nuevamente los extremos están marcando más en las encuestas presidenciales. “Porque lamentablemente hacer partido es una tarea muy compleja hoy. Creo que cuando tú miras lo que han hecho Demócratas en dos años, nosotros el 28 de julio, son como curiosidades de la vida, el 28 de julio era el aniversario de mi antiguo partido (Democracia Cristiana). El 28 de julio cumplimos dos años desde que estábamos reconocidos legalmente”.
¿Demócratas fue reconocido el mismo día del año de la fundación de la DC?
“Del mismo día de la fundación de la DC. Curiosidades de la vida. Es increíble, pero es el mismo día. Y nosotros a dos años de ese día, estamos en todo Chile con nuestras firmas. Pero no es fácil. Hoy día hacer partido no es fácil.
¿Por qué nuevamente el país se polariza?
“Porque no hay una alternativa realmente de centro”.
¿Porque no hay liderazgos?
“Hoy día, legalmente, nosotros no tenemos la posibilidad de competir. Y la pregunta que uno se hace es, ¿qué hubiese pasado si hubiésemos estado ahí?”.
¿Y qué opinión le merecen los dichos del expresidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle respecto de no apoyar a Jeannette Jara?
“Los comparto plenamente. Creo que, si hay alguien que tiene valentía, coraje, respeto por valores y principios, es Eduardo Frei, pues está bien”.
¿Y lo señalado también por Mariana Aylwin?
“Mariana ha estado señalando que ella jamás votaría por una candidata comunista. Lo he dicho yo, lo dice Frei, lo dicen muchos de los que estuvimos en esa casa”.
El exsenador por el Maule Andrés Zaldívar también dice que él jamás votaría por Jeanette Jara…
“Porque creo que ellos representan la voz de la base de la Democracia Cristiana, de los valores y principios que inspiraron a ese partido. Y lamentablemente hoy quien lo conduce piensa con calculadora en la mano y cómo va en esa elección”.
MAULE
Con los años que lleva representando al Maule, ¿cómo los siente como región?
“Es mi región de corazón. Tengo raíces familiares en San Javier, mi abuelita era de allí: la familia Cofré. Conozco sus problemas y he trabajado aquí de forma permanente. El Maule Sur ha sido históricamente postergado y creo que ahí debemos poner el foco”.
¿Comparte un poco lo que dice Jaime Naranjo, que el Maule tiene que ser para los maulinos?
“Mira, yo creo que el Maule es una región increíble. Para mí es una región muy importante. Los padres de mi madre son de esta región. La conozco desde pequeña. Era un lugar al que veníamos con mi madre y mis hermanos de vacaciones, a las
Termas de Catillo. Recorríamos Linares, la plaza. El Maule es una región que, pese a toda su potencialidad, lamentablemente no ha contado con una mirada particular desde el centralismo de Santiago”.
Es una elección distinta para Ximena Rincón… Ahora irá en una la lista de Chile Vamos…
“Voy con personas con las que en el pasado no teníamos trabajo en conjunto, en común, pero que, desde el plebiscito, el primer plebiscito, donde muchos de ellos votaron a favor de tener una nueva Constitución, y en el Rechazo estuvimos juntos porque teníamos una mirada compartida de cómo creíamos tenía que ser el país. Y hemos estado trabajando en este tiempo juntos. Insisto, muchas veces no compartiendo discusiones legislativas, pero esa es la democracia. Ellos estuvieron a favor de la reforma de pensiones, la negociaron con el gobierno. A mí me pareció que no era un buen acuerdo. Yo no voté en contra, pero tampoco voté a favor. Y creo que eso es lo bueno de la democracia, el poder ser capaces de expresarnos, de decir las cosas. Lo importante es qué país queremos construir. Y queremos construir un país donde la democracia se respete, donde la libertad sea un valor que no se transe, y donde empujemos al desarrollo y al emprendimiento, que por Dios que es importante en esta región”.
¿Son metros ganados dentro de esa lista, Ximena, el que usted sea la única candidata que va a una reelección dentro de ese pacto?
“Yo creo que más que eso es mi permanente vinculación, presencia, trabajo en el territorio. Desde que estoy trabajando directamente en el Maule nunca he dejado de estar. Eso lo ratificó la elección pasada de las 11 comunas donde yo había sido parlamentaria. Acuérdate que antes estaba dividido el Maule Sur y el Maule Norte. Yo tuve primera mayoría en nueve. Y hoy día en 30 comunas, en este tiempo, he estado permanentemente jueves, viernes, sábados, semanas regionales, en terreno. Y además defendiendo
en el parlamento los temas de mi región. Y creo que eso al final del día pesa”.
Estamos ad-puertas de tener elecciones además obligatorias. ¿Puede cambiar el panorama electoral en el Maule con el voto obligatorio?
“Yo creo que sí. Por eso la izquierda no lo quiere. ¿Ya? Porque cambia el escenario. O sea, en una región donde hay mucho adulto mayor también eso puede influir mucho en el tema del voto obligatorio. Y creo que es muy, muy importante que las personas concurran a la elección. Porque no es solo pedir desde lo que el Estado puede o no puede hacer, sino que es también comprometerse con quien me gobierna, quien está al mando en las distintas instancias”.
Y ahora el compromiso es aún mayor, porque se trata de re-
presentar hoy día, según el último censo, a más de un millón de personas…
“Así es, porque el Maule le ha crecido bastante también. Un millón ciento y tanto, casi doscientos mil. Creo que es relevante esta región, insisto, yo creo que tiene un potencial increíble. Me acuerdo de haber hecho todas las gestiones con una provincia de China para hermanarla con el Maule. Vimos el tema del aeropuerto, del puerto. Lamento que no se haya aprovechado esa gestión que además hicimos con el expresidente Eduardo Frei. Y yo espero que, en este periodo, este nuevo periodo, lo tome Pedro Pablo Álvarez-Salamanca y nosotros lo apoyemos desde el Parlamento”.
CONTINGENCIA
Hablemos de contingencia:
¿qué piensa del caso del pesquero Bruma?
“He estado en contacto con las familias y la Fiscalía. Es una investigación compleja, con peritajes en el extranjero. Lo importante es que haya justicia y sanciones a los responsables”.
¿Y de la desaparición de la concejala María Ignacia González en Villa Alegre?
“Gravísimo. Hemos estado con Javiera, su hija. Hemos estado permanentemente encima de... En comunicación con el fiscal regional. Hemos solicitado los resguardos policiales a ellas por lo que significa. Están con mucho temor. Y la verdad es que es un caso que impacta. Acordamos todos los parlamentarios de la región una invitación que yo le hice a los concejales, al alcalde, al parlamento, oficiar al fiscal, oficiar al Presidente de la República, por -
que creemos que aquí hay que tratar de desplegar todo lo necesario, para determinar qué es lo que ocurrió”.
La mayoría de las personas que se refieren al tema, Ximena, ya descartan que haya sido un accidente y puede haber un hecho policial de por medio.
“Sí, porque cuando hay un accidente tú encuentras los rastros.
Claro, por eso. Entonces, yo no lo quiero hilar, pero en Santiago secuestraron al hijo de un em -
presario y pedían 300 millones de pesos”.
¿No habrá sido algo similar lo que ocurrió también en el Maule?
“Bueno, aquí claramente no es el móvil de dinero directo, porque no ha habido ninguna demanda a la concejala y todos conocemos a Nacha, a su familia, no tendría de dónde sacar una suma así. Y obviamente la hipótesis siguiente es, aquí lo que se está tratando es de encubrir algo más grande”.
¿Cómo evalúa al gobierno del Presidente Gabriel Boric? “El Gobierno del Presidente Boric es el peor desde el retorno a la democracia. No ha cumplido su palabra en múltiples áreas, desde la gestión hasta las promesas de campaña”.
¿Siente que este gobierno no le ha dado un cariño adecuado al Maule?
“Yo creo que el gobierno del Presidente Boric es un gobierno de grandes frustraciones. Ya. Me tocó ahora, producto de estar constituyendo a Demócratas en Los Ríos, Los Lagos y Magallanes, ver la pena con que los magallánicos miraban el gobierno. Claro, porque un hijo de su tierra. Tenían una gran esperanza. Y salvo algunos congresos que se hicieron allá, no hubo un cambio. Y yo lo lamento, porque al final, cuando no se cumplen las promesas, todos los que estamos en la política pagamos las consecuencias. Es la política la que falla. Y además lo lamento, porque él es el primer Presidente en las últimas décadas de región. A mí me hubiese encantado estar dando esta pelea en esta oportunidad. No pude, por dos semanas. Y yo soy una mujer de región”.
¿Cree que la gente se ha ido desilusionando?
“Absolutamente. Ese tipo de cosas son las que al final van desilusionando a la ciudadanía. O temas de gestión. Ayer estábamos en Linares en la noche, en la zona de Nuevo Amanecer. Y ahí las vecinas y vecinos estaban impactados, porque van a construir una conectividad que es necesaria, que ellos la reconocen como necesaria, pero el gobierno les dice que ya se hizo la participación ciudadana y la participación ciudadana fue una reunión en que fue y se les mostró los esbozos de un proyecto. Es una participación ciudadana. Este gobierno prometió que esas cosas no iban a pasar. Y así te podría nombrar muchas otras”.
POR PRIMERA VEZ
Se trata de “Ani Rauco”, actividad con enfoque familiar de acceso gratuito, la cual se llevará a cabo hoy domingo, entre las 13:00 y las 19:00 horas, en el Gimnasio Municipal.
RAUCO. Hoy desde las 13:00 horas, el Gimnasio Municipal de Rauco acogerá un evento inédito para, dicha comuna. Anime, K-pop, videojuegos y juegos de cartas (TCG) son parte de los ingredientes que reunirá la denominada “Ani Rauco”, actividad con enfoque familiar de acceso gratuito, organizada por el Municipio de Rauco y su Corporación de Deportes.
PARTICIPACIÓN
Según lo dado a conocer a radio RTL por el director de la Corporación de Deportes de Rauco, Fabián Torres, con tal tipo de actividades se busca “poder llegar a todos los grupos etarios” de la comuna, lo cual ha sido solicitado de manera expresa por la propia alcaldesa, Claudia Medina. Si bien lo más probable es que también arriben personas de otras comunas, lo ideal es que la gran mayoría de quienes asistan y participen sean de Rauco. “Con este tipo de actividades estamos tratando de generar instancias de participación, pero también es importante que nos empecemos a conocer. Y en la medida que se vayan manifestando estos gustos de los jóvenes, nosotros, por cierto, vamos a tratar de generar actividades, iniciativas en lo que ellos planteen y quieran. Esperamos que este tipo de actividades pueda, de alguna manera, cautivar a ese joven, a ese joven adulto también y que pueda vincularse con nosotros, para poder conocer qué es lo que realmente quieren y cómo podemos seguir trabajando de aquí en adelante”, subrayó Torres.
ZONAS
Junto con la habilitación de un escenario, que concentrará una serie de presentaciones (bailes k-pop, anisinger, pasarela cosplay), los espacios del gimnasio se distribuirán por zonas, albergando distintas disciplinas. Tal es el caso de la presencia de Curi E-sports, con videojuegos. A ello se suma un espacio para juegos de mesas, donde se llevará a cabo, por dar un ejemplo, un torneo de cartas Pokémon, impulsado por la tienda LVL UP Geek Store de Curicó. También está confirmada la presencia de emprendedores, que venderán productos asociados a las temáticas que reúne tal actividad.
Se trata de una actividad organizada por el Municipio de Rauco y su Corporación de Deportes, la cual cuenta con la colaboración de Curi E-sport, Proyecto Neko, LVL Up Geek Store, y Friki Mix.
Aries [21 de marzo al 20 de abril].
AMOR: No se deje encantar tan fácilmente, trate de buscar personas con sentimientos verdaderos. SALUD: Hay que cuidarse, pero no caer en los excesos, ya que la anorexia es de cuidado. DINERO: No se quede solo con sus ideas en la cabeza, ejecútelas. COLOR: Calipso. NÚMERO: 24.
Tauro [21 de Abril al 20 de Mayo].
AMOR: No traicione a las personas que ama, ya que se está haciendo un daño a sí mismo/a. SALUD: Trate de ayudarse con productos naturales, pero primero vaya a un médico y cuídese. DINERO: Las ganancias llegan, pero se van con rapidez. COLOR: Verde. NÚMERO 13.
Géminis [21 de Mayo al 21 de Junio].
AMOR: No se ilusione tanto con esa relación. La felicidad verdadera está por otro lado. SALUD: Trate de no comer a deshoras. Sea más disciplinado/a y evite también los excesos. DINERO: Demuestre sus competencias en su trabajo. Con ello, obtendrá réditos COLOR: Naranjo. NÚMERO: 4.
Cáncer [22 de Junio al 22 Julio].
AMOR: Hágale caso a su corazón y a su mente, guíese por lo que le dice su instinto con respecto a esa persona. SALUD: Cuidado con esos problemas en los tobillos, evite lesionarse. DINERO: Controle sus gastos, ya que la economía nacional no se encuentra en su mejor momento. COLOR: Gris. NÚMERO: 20.
Leo [23 Julio al 22 de Agosto].
AMOR: Los sentimientos duraderos son los que valen y no los que aparecen por un momento. SALUD: Sufre de severos dolores de cabeza. Ponga atención. DINERO: Ir paso a paso es la clave. Eso debe ir de la mano con trabajo y mucho esfuerzo. Todo le será recompensado. COLOR: Plomo. NÚMERO: 6.
Virgo [23 de Agosto al 22 de Septiembre].
AMOR: Deje el miedo de lado y enfóquese en conquistar el corazón de quien ama. SALUD: Problemas circulatorios, tenga mucho cuidado. DINERO: Debe poner un poco más de cuidado a las deudas que tiene con terceros. No debe excederse en lo que queda de agosto. COLOR: Marrón. NÚMERO: 7.
Libra [23 de Septiembre al 22 de octubre].
AMOR: Lamentablemente no se está centrando en la persona adecuada. SALUD: No haga malas fuerzas. Complicaciones por contracturas en la zona lumbar. Debe cuidarse más. DINERO: Cuidado con las ofertas de negocios por parte de desconocidos. COLOR: Amarillo. NÚMERO: 3.
Escorpión [23 de Octubre al 22 de Noviembre].
AMOR: Déjese llevar por lo que siente. SALUD: Debe pensar en ponerse en mejor forma física, ya que está perdiendo la buena apariencia de los tiempos en que se cuidaba. DINERO: La economía irá mejorando lentamente, así es que ármese de mucha paciencia. COLOR: Rojo. NÚMERO: 8.
Sagitario [23 de Noviembre al 20 de Diciembre].
AMOR: No se amargue si las cosas no han resultado como pretendía. El destino no siempre está a nuestro favor. SALUD: El exceso de trabajo le puede costar caro. Evite tantas horas extras en la oficina. DINERO: Controle un poco más sus inversiones. COLOR: Violeta. NÚMERO: 2.
Capricornio [21 de Diciembre al 20 de Enero].
AMOR: Si desea que su pareja deje de sentir tanta desconfianza debe cambiar de actitud de una buena vez, así también mejorará su relación. SALUD: Las enfermedades están en su imaginación. DINERO: Espere un tiempo prudente para hacer lo que quiere con sus ahorros. COLOR: Morado. NÚMERO: 11.
Acuario [21 de Enero al 19 de Febrero].
AMOR: Está tan desorientado/a, que parece un/a niño/a. Necesita tomar una decisión de una buena vez. SALUD: Procure descansar un poco más de lo habitual. DINERO: Debe poner más empeño en su trabajo si desea que lo/a tomen en serio. COLOR: Blanco. NÚMERO: 22.
Piscis [20 de Febrero al 20 de Marzo].
AMOR: No tenga temor de quedarse solo/a, eso no es grave. Más vale solo/a que mal acompañado/a. SALUD: No guarde silencio si se ha estado sintiendo mal últimamente. DINERO: Buen pasar por el momento, aproveche de guardar recursos para momentos más complicados. COLOR: Burdeo. NÚMERO: 5.
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JUDICIALES
REMATE Ante el Segundo Juzgado de Letras de Curicó, en autos sobre desposeimiento hipotecario ROL C-2066-2021, caratulados “BANCO DE CHILE con BEIZA”, se rematará el 26 de agosto de 2025, a las 12.00 horas, por vía remota, la casa y sitio ubicada en Pasaje VALLE GRANDE N° 3213, que corresponde al LOTE 21 de la MANZANA 3, del Loteo SAN FRANCISCO DE RAUQUEN II, CURICO, de una superficie de 132,85 metros cuadrados. Rol de avalúo N° 1564-9, Curicó. Inmueble inscrito a nombre de ANA NADID BEIZA PARRA, a fojas 7455 vuelta, número 4090 del Registro de Propiedad del año 2021, del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. Mínimo para las posturas $55.506.962. Los postores deberán constituir garantía suficiente equivalente a lo menos al 10% del mínimo, mediante Vale Vista a la orden del Tribunal, que deberá entregarse presencialmente antes de las 12:00 horas del día anterior a la subasta. La entrega del Link de acceso se realizará a los postores cuyas cauciones hayan sido visadas y catalogadas como suficientes por el secretario del Tribunal. No se admitirá a participar como postores las personas con inscripción vigente en el Registro en calidad de deudor de alimentos. No se aceptarán otros medios de garantía, y la devolución se hará en el plazo y la forma indicados en las bases para la subasta. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. Mario Enrique Riera Navarro. Secretario (s). 03-22-23-24 – 93361
REMATE Ante el Primer Juzgado de Letras de Talca, en juicio ejecutivo ROL C-13412024, caratulados “SCOTIABANK CHILE S.A. con KREITHER”, se rematará el 01 de septiembre de 2025, a las 12.30 horas, por vía remota, sin perjuicio de poder comparecer postores en forma presencial, el Lote I, de la división de la parcela N° 5, del Asentamiento Flor de Chile, ex Fundo Panguilemo o Las Garzas, ubicado en Panguilemo, comuna de Pelarco, provincia de Talca, con una superficie de 5.000 metros cuadrados. Rol de ava-
lúo N° 3983-503 Talca. La propiedad se encuentra inscrita a nombre de don GUNTHER EMILIO KREITHER FELIU, a fojas 15.255, número 7.487 del año 2010 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca. El mínimo para las posturas será la suma de $81.595.658. Los postores en línea deberán conectarse al menos 15 minutos antes de la hora fijada al link. https://pjud- cl.zoom.us/j/930 51769749?pwd=28dUGjrCKb u3OzNvu14oI0YliCCwNI.1 ID de reunión: 930 5176 9749 Código de acceso: 443532. Los postores presenciales, deberán concurrir a las dependencias del tribunal, a lo menos 15 minutos antes de la hora fijada para el inicio del remate. Para participar en la subasta, los postores en línea deberán realizar su postulación a través del módulo pertinente de la Oficina Judicial Virtual, a más tardar a las 12:00 horas del día anterior del fijado para el remate, solo aceptándose como garantía la boleta de consignación en la cuenta corriente del tribunal con la cantidad equivalente al 10% del mínimo para las posturas a fin de participar en el remate. En el caso de los postores presenciales, deberán acompañar vale vista a nombre del tribunal o boleta de consignación en la cuenta corriente del mismo, por el mínimo ya indicado, hasta antes del llamado al remate por parte del Tribunal. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. Secretario (a). 10-22-23-24 – 93435
REMATE Ante el Tercer Juzgado de Letras de Talca, en juicio ejecutivo ROL C-394- 2025, caratulados “SCOTIABANK CHILE con MURGA”, se rematará el 02 de septiembre de 2025, a las 9.00 horas, de manera presencial en dependencias del tribunal, el inmueble ubicado en Pasaje La Portada N° 1933, que corresponde al Lote 75, del Loteo Villa Galilea Doña Antonia IV, etapa 4, de la comuna de Maule. Rol de Avalúo N° 01203-00017, de la comuna de Maule. El inmueble se encuentra inscrito a nombre de EVA CONSTANZA MURGA GAMBETTA, a fojas 619, número 1144 del Registro de Propiedad del año 2025, del Conservador de Bienes Raí-
ces de Maule. El mínimo para las posturas será $29.266.116. Los postores interesados deben constituir garantía suficiente por una cantidad no inferior al 10% del mínimo para la subasta, a través de: a) Depósito judicial en la cuenta corriente del Tribunal; b) Cupón de pago en Banco Estado o; c) Vale vista emitido por Banco Estado, tomado en favor del Tribunal. La copia digitalizada del depósito o cupón de pago deberá ser enviada al correo electrónico jl3_talca_remates@pjud.cl, indicándose el rol de la causa, correo electrónico y número telefónico, con una antelación de a lo menos dos días hábiles a la fecha de realización de la subasta. Por su parte, el vale vista deberá acompañarse materialmente en Secretaría del Tribunal, con la antelación establecida. No se admitirá a participar como postores las personas con inscripción vigente en el Registro en calidad de deudor de alimentos. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. Secretario (a) 17-22-23-24 – 93466
REMATE Ante el Cuarto Juzgado de Letras de Talca, en juicio ejecutivo ROL C-28472024, caratulados “SCOTIABANK CHILE con MORALES”, se rematará el 01 de septiembre de 2025, a las 12.00 horas, de manera presencial en dependencias del tribunal, el departamento N° 502, ubicado en el quinto piso, y el estacionamiento 170, ubicado en el primer subterráneo, ambos del edificio Maule-Tres Ríos, con acceso por Avenida San Miguel 3696, comuna de Talca. Rol de avalúo fiscal de los inmuebles N° 4652-25 (departamento) y 4652-246, (estacionamiento), ambos de la Comuna de Talca. La propiedad se encuentra inscrita a nombre de CAROLINA VALESKA MORALES SEPÚLVEDA a fojas 2884 número 4170 del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Mínimo para las posturas será la suma total de $68.439.720, que se desglosa de la siguiente manera: a) $63.090.573, para el Departamento N° 502; y $5.349.147 para el estacionamiento N° 170. Para tener derecho a hacer posturas en la subasta,
los interesados deberán presentar vale vista a la orden del tribunal, por un equivalente al 10% del mínimo fijado para la subasta. No se admitirá a participar como postores las personas con inscripción vigente en el Registro en calidad de deudor de alimentos. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. Secretario (a) 15-22-23-24 – 93476
NOTIFICACIÓN Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-588-2018, caratulada Banco del Estado de Chile con Ormazábal, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 23 del 12 de octubre de 2018, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: BARBARA ANDREA LARRAIN ERAZO, Abogado, domiciliado en San Diego 81, Piso 8, comuna de SANTIAGO, mandatario judicial en representación convencional, según se acreditará, del Banco del Estado de Chile, empresa Autónoma de crédito del Estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente doña Jessica López Saffie, chilena, divorciada, ingeniero comercial, RUT N° 7.060.733-6, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Piso 4, Santiago, a US. respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré N° 14210861 que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por don(ña) ORMAZABAL MARAMBIO JUAN CARLOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CAMINO A ZAPALLAR SN KILOMETRO 2, CURICO, y en PASAJE HERMANO CRISTOBAL 1444, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $17.779.396.-, por concepto de capital, más un interés del 0.85% mensual, que el deudor se obligó
a pagar en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $582.346.- cada una, salvo la última cuota de $582.333.-, todas con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 15 de enero de 2015. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 16 de octubre de 2017, inclusive, y todas las posteriores, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $1.717.259.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acci n ejecutiva no se encuentra ó prescrita. POR TANTO, de acuerdo con lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) ORMAZABAL MARAMBIO JUAN CARLOS, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $1.717.259.-, más intereses pactados y costas, requerir de
pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: jmcd. Curicó, siete de marzo de dos mil dieciocho. - Téngase por cumplido con lo ordenado. Resolviendo la demanda. - A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese. Al primer otrosí, téngase por acompañado conforme a lo dispuesto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, custódiese. Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta. Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada conforme a lo dispuesto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Al cuarto y quinto otrosí, téngase presente. Rol N° 5822018. Cuantía $ 1.717.259. Custodia N° 456-2018. En Curicó, siete de marzo de dos mil dieciocho, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados. - Resolución folio 23: sba Curicó, doce de octubre de dos mil dieciocho A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, notifíquese y requiérase de pago por avisos a la parte demandada. Para ello redáctese un aviso extractado de la demanda y de la resolución que en ella recayó, así como de la presente resolución, los que se deberán publicar por una vez en el Diario Oficial y por tres veces en un Diario de circulación de la provincia. - Se hace presente, que en dicha notificación se deberá indicar expresamente el día, hora y lugar en que se efectuará el requerimiento de pago respectivo. Al otrosí: No ha lugar por ahora. jmcd. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a don
(ña) JUAN CARLOS ORMAZABAL MARAMBIO, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Camino a Zapallar s/n Kilometro 2 y/o pasaje Hermano Cristóbal N° 1444 Curicó, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos representen, la suma de $1.717.259, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de intimación, trábese embargo en bienes de propiedad de la demandada indicada, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen a la propia ejecutada, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol Nº 588-2018, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ORMAZABAL MARAMBIO”, Juicio ejecutivo. Curicó, 07 de marzo de 2018. Mario Enrique Riera Navarro. Secretario (s).
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NOTIFICACIÓN Ante el 1º
Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-913-2025, caratulada Banco del Estado de Chile con Urra, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 25 del 29 de julio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaño en un otrosi de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, represen-
tado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, RUT N° 6.362.085-8, de mi mismo domicilio, a US. respetuosamente decimos: Nuestro representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño de los pagarés que se acompañan en el primer otrosí de esta demanda, que fueron suscritos en calidad de deudor principal por ESTEBAN ANDRES URRA TORRES, ignoro profesión u oficio, domiciliados en PARCELA 24, TENO. El pagaré fue suscrito por la suma de $8.603.443.-, por concepto de capital, más un interés del 1,64% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 2 cuotas SEMESTRALES de $5.395.406 y de $5.395.407.ambas con vencimiento los días 10 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 10 DE ENERO DE 2025. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 1,00% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 80% del saldo capital. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 DE ENERO DE 2025, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $8.603.443., más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 1,00% anual so-
bre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de ESTEBAN ANDRES URRA TORRES, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.603.443.-, más la comisión legal del 1,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 6: cs Curicó, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco. Provee folio 2: A lo principal, téngase por acompañado el documento y por cumplido lo ordenado; al primer otrosí, téngase presente lo que sea pertinente en su oportunidad; al segundo otrosí, como se pide, se resuelve derechamente la demanda de folio 1, como sigue: A lo princi-
pal: Téngase por interpuesta demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al primer otrosí: Téngase por acompañado el pagaré bajo apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil. Guárdese el pagaré en custodia bajo el N°635-2025.- Al segundo otrosí: Téngase presente desígnese depositario provisional a la persona propuesta. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada personería, con citación. Al cuarto otrosí: Téngase presente como medio de comunicación el correo navarro@navarroabogados.cl y abogadoszonasur@beco.bancoestado.cl Al quinto otrosí: Téngase presente. Cuantía: $8.603.443., más la comisión legal del 1,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE). Por último, conforme lo normado por el artículo 3 bis incorporado por la Ley N°21.394 al Código de Procedimiento Civil, se les hace presente a las partes la posibilidad de promover en autos medios autocompositivos de resolución de conflictos a fin obtener una solución al conflicto jurídico que se conoce en la presente causa. En Curicó, a veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 25: cs Curicó, veintinueve de julio de dos mil veinticinco. Provee folio 24: A lo principal, autos; al primer otrosí, como se pide, en su oportunidad, al segundo otrosí, estese a lo ya decretado en el segundo otrosí de folio 9.- Proveyendo lo principal de folio 8: A lo principal: Visto: Atendido al mérito de los antecedentes, practíquese la notificación y requerimiento de pago a don Esteban Andrés Urra Torres, Rut Nº 18.266.0418 por avisos, mediante extracto redactado por el secretario del Tribunal, el que deberá publicarse en el Diario La Prensa, por tres veces y en el Diario Oficial por una vez, los días primero o quince de cada mes, debiendo acompañar las publicaciones en su oportunidad en la causa. Que, para efectos del requerimiento de pago, por tra-
tarse de una notificación por aviso, deberá concurrir el demandado a la Secretaría del Tribunal al quinto día hábil después de la última notificación, o al día siguiente si el señalado recayere en sábado, a las 09,00 horas, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido de pago en su rebeldía, gestión que deberá ser realizada por un receptor judicial. En Curicó, a veintinueve de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un ministro de Fe requerirá de pago a ESTEBAN ANDRES URRA TORRES, domiciliado en PARCELA 24, TENO. para que en el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o quien sus derechos representen, la suma de $8.603.443, más la comisión legal del 1,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses y costas que resulten adeudar. No verificando el pago al tiempo de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente al valor adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo las responsabilidades legales inherentes al cargo. Así está ordenado en los autos Rol C-913-2025, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE/URRA TORRES”, Juicio ejecutivo. Curicó, 23 de mayo de 2025. Christian Francisco Olguín Olavarría Secretario.
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NOTIFICACIÓN Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-733-2024, caratulada Banco del Estado de Chile con Cabrera, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 28 del 29 de julio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antece-
dentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°35923219, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 14 AGOSTO 2023 por el deudor principal JOSE ALBERTO CEFERINO CABRERA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en LA LAGUNA 142, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $8.743.691.- por concepto de capital, más un interés del 1,0500% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 72 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $176.603.cada una, salvo la última que será de $176.628.-, venciendo la primera de ellas el día 13 OCTUBRE 2023. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 13 OCTUBRE 2023, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deu-
da, demandando la suma de $8.743.691.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JOSE ALBERTO CEFERINO CABRERA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.743.691.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación.
CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 6: cs Curicó, quince de Marzo de dos mil veinticuatro.- Provee folio 3: A lo principal, téngase por acompañado el documento y por cumplido lo ordenado; al primer otrosí, téngase presente lo que sea pertinente en su oportunidad; al segundo otrosí, como se pide, se resuelve derechamente la demanda de folio 1, como sigue: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda, despáchese mandamiento de ejecución
y embargo.- Al primer otrosí: Téngase por acompañado el pagaré bajo apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil. Guárdese el pagaré en custodia bajo el N°525-2024.- Al segundo otrosí: Téngase presente desígnese depositario provisional a la persona propuesta.- Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada personería, con citación.- Al cuarto otrosí: Téngase presente como medio de comunicación el correo navarro@navarroabogados.cl y abogadoszonasur@beco.bancoestado.cl.- Al quinto otrosí: Téngase presente.- Cuantía: $8.743.691 Por último, conforme lo normado por el artículo 3 bis incorporado por la Ley N°21.394 al Código de Procedimiento Civil, se les hace presente a las partes la posibilidad de promover en autos medios autocompositivos de resolución de conflictos a fin obtener una solución al conflicto jurídico que se conoce en la presente causa.- En Curicó, a quince de Marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 28: cs Curicó, veintinueve de julio de dos mil veinticinco. Provee folio 27: A lo principal, autos; al primer otrosí, como se pide, en su oportunidad, al segundo otrosí, estese a lo ya decretado en el segundo otros de folio 9.- Proveyendo lo principal de folio 8: A lo principal: Visto: Atendido al mérito de los antecedentes, practíquese la notificación y requerimiento de pago don José Alberto Ceferino Cabrera RUT Nº14.591.754-9 por avisos, mediante extracto redactado por el secretario del Tribunal, el que deberá publicarse en el Diario La Prensa, por tres veces y en el Diario Oficial por una vez, los días primero o quince de cada mes, debiendo acompañar las publicaciones en su oportunidad en la causa. Que, para efectos del requerimiento de pago, por tratarse de una notificación por avisos, deberá concurrir la demandada a la Secretaría del Tribunal al quinto día hábil después de la última notificación, o al día siguiente si el señalado recayere en sábado, a las 09,00
horas, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido de pago en su rebeldía, gestión que deberá ser realizada por un receptor judicial. En Curicó, a veintinueve de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un Ministro de Fe requerirá de pago a, JOSE ALBERTO CEFERINO CABRERA, con domicilio en LA LAGUNA 142, CURICO, para que en el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o quien sus derechos represente, la suma de $8.743.691.más intereses y costas que resulten adeudar. No verificando el pago al tiempo de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente al valor adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo las responsabilidades legales inherentes al cargo. Así está ordenado en los autos Rol C-733-2024, caratulados BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON CABRERA, Juicio ejecutivo. Curicó, 15 de MARZO DE 2024.- Christian Francisco Olguín Olavarría Secretario. 22-23-24 - 93506
NOTIFICACIÓN Ante el 2º
Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-851-2023, caratulada Banco del Estado de Chile con Alegría, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 25 del 06 de enero de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don AL-
VARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 1 AGOSTO 2022 por Juan Leyton Valdes, cedula nacional de identidad N° 13568273-k, empleado bancario, domiciliado en avenida Bernardo O´Higgins 1111, Santiago, en representación del deudor principal don (ña) LIDIA ANDREA ALEGRIA BIAVA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en AV CHILE 1153, ROMERAL. El pagaré fue suscrito por la suma de $2.133.505.- por concepto de capital, más un interés del 1,91% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 60 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $60.630., cada una, salvo la última que será de $60.611.-, venciendo la primera de ellas el día 5 SEPTIEMBRE 2022. Se estableció en el pagaré que, en caso de incumplimiento de la obligación, sobre la totalidad de lo adeudado, pagaría intereses penales al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de la acción ejecutiva los demás derechos del acreedor Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 7 NOVIEMBRE 2022, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $2.100.287.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra
autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don (ña) LIDIA ANDREA ALEGRIA BIAVA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $2.100.287.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento bajo apercibimiento. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: Asc.(*) Curicó, doce de Abril de dos mil veintitrés. Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase por acompañados documentos en la forma solicitada, dese custodia a los signados con los numerales 1 y 2; Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con citación; Al cuarto otrosí, téngase presente, regístrese email en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente.- Rol N° 851-2023.- Cuantía $2.100.287.- Custodia N° 682-2023.- En Curicó, a doce de Abril de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario, la resolución precedente.- El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos ex-
tractados.- Resolución folio 25: mcp Curicó, seis de enero de dos mil veinticinco. Proveyendo folio 24: A LO PRINCIPAL: Como se pide, proveyendo derechamente lo principal del escrito de fecha 12 de Mayo de 2024, folio 11: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS a la demandada, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. AL PRIMER OTROSI: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. AL SEGUNDO OTROSI: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el Tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a seis de enero de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. M A N D A M I E N T O Un ministro de fe requerirá de pago a doña LIDIA ANDREA ALEGRIA BIAVA, domiciliada en Av. Chile 1153, Romeral, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente, la suma de $2.100.287, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad de la demandada, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositaria provisional de los bienes que se embarguen a la propia ejecutada, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol N°851-2023,
caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ALEGRIA BIAVA LIDIA ANDREA”, juicio ejecutivo.- Curicó, 12 de Abril de 2023.- Mario Enrique Riera Navarro Secretario.
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NOTIFICACIÓN Ante el 1º
Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-903-2017, caratulada Banco del Estado de Chile con Aguilera, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 19 del 06 de septiembre de 2017, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al heredero del demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: BARBARA ANDREA LARRAIN ERAZO, Abogado, domiciliada en San Diego 81 piso 8, comuna de SANTLAGO, mandatario judicial en representación convencional, según se acreditará, del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo actualmente doña Jessica López Saffie, chilena, casada, ingeniero comercial, Rut N° 7.060,733-6, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O”Higgins N° 1111, Santiago, a US. digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré N° 5289862 que se acompaña en el primer otrosi de esta demanda, que fue suscrito por don(ña) MARIELA ALEJANDRA AGUILERA SEPULVEDA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PENA ESQUINA MERCED SIN. EN EL BOLDO N° 6 Y EN PASAJE PRESIDENTE JUAN ESTEBAN MONTERO N° 1817, CURICO Y EN LONG. SUR KM. 184, ROMERAL El pagaré fue suscrito por la suma de $8.585.129 -, por concepto de capital, más un interés del 1,40% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 82 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $179.383.- cada una, salvo la última cuota de $179.393.-, venciendo la
primera de ellas el día 05 de Abril de 2016. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor esta obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al dia 07 de Noviembre de 2016, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $8.243.662 - más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Procedimiento Civil, y dem s normas pertinentes. A SS. PIDO: á tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) MARIELA ALEJANDRA AGUILERA SEPULVEDA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.243.662.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y
embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento bajo apercibimiento. CUARTO OTROSÍ: Se tenga presente QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: Curicó, doce de Abril de dos mil diecisiete A lo Principal: Por cumplido con lo ordenado, téngase por acompañados documentos. Al Otrosí: Provéase derechamente la demanda del folio 1: A LO PRINCIPAL: Téngase por interpuesta la demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. AL PRIMER OTROSI: Téngase por acompañados documentos en la forma solicitada. Guárdese pagaré en custodia bajo el Nro. 610-17. AL SEGUNDO, CUARTO y QUINTO OTROSI: Téngase presente. AL TERCER OTROSI: Téngase presente y por acompañada personería, con citación. Proveyó doña Paola A Castillo Espinosa Juez Titular En Curicó, a doce de Abril de dos mil diecisiete, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al heredero del demandado por medio de avisos extractados.Resolución folio 19: Curicó, seis de Septiembre de dos mil diecisiete A lo principal, autos, al primer otrosí, estese a lo ya resuelto al segundo otrosí de folio 10.- Resolviendo a lo principal de folio 9, se provee: A lo principal: Visto: Atendido al mérito de los antecedentes, practíquese la notificación y requerimiento de pago al demandado doña Mariela Alejandra Aguilera Sepúlveda por avisos, mediante extracto redactado por el Secretario del Tribunal, el que deberá publicarse en el Diario La Prensa, por tres veces y en el Diario Oficial por una vez, los días primero o quince de cada mes.Que para efectos del requerimiento de pago, por tratarse de una notificación por aviso, deberá concurrir la demandada a la Secretaria del Tribunal al quinto día hábil después de la última notificación, o al día siguiente si el señalado recayere en sábado, a las 09,00
horas, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido de pago en su rebeldía. Proveyó doña Paola Alejandra Castillo Espinosa, Juez de Letras Titular.En Curicó, a seis de Septiembre de dos mil diecisiete , se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Curicó, doce de Abril de dos mil diecisiete. Requiérase a doña MARIELA ALEJANDRA AGUILERA SEPÚLVEDA, domiciliada en PEÑA ESQUINA MERCED S/N, EN EL BOLDO N° 6 Y EN PASAJE PRESIDENTE JUAN ESTEBAN MONTERO N° 1817, CURICO Y EN LONG. SUR KM. 184, ROMERAL para que pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, la suma de $8.243.662.- (ocho millones doscientos cuarenta y tres mil seiscientos sesenta y dos pesos), más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal. Así está ordenado en los autos Rol Nro. 903-2017, sobre juicio ejecutivo, caratulados “Banco Estado de Chile con Aguilera”. PAOLA A. CASTILLO ESPINOSA JUEZ TITULAR CHRISTIAN F. OLGUÍN OLAVARRIA SECRETARIO SUBROGANTE. 22-23-24 - 93508
NOTIFICACIÓN Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-1222-2023, caratulada Banco del Estado de Chile con Concha, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 29 del 17 de junio de 2024, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con
escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 28 ENERO 2020 por el deudor principal RICARDO ANTONIO CONCHA VILOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en LAGO BLANCO 1542, JOSE OLANO ARISMENDI, CURICO; EN LAGO BLANCO 1452, CURICO; Y/O EN AVENIDA BALMACEDA 1195, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $5.661.259.- por concepto de capital, más un interés del 0,99% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 83 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $101.316.cada una, salvo la última que será de $101.373.-, venciendo la primera de ellas el día 6 MARZO 2020. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 6 ENERO 2023, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $3.905.161.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa.
Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de RICARDO ANTONIO CONCHA VILOS, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $3.905.161.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 6: Asc.(*) Curicó, veintidós de Mayo de dos mil veintitrés. Proveyendo presentación de folio 5: A lo principal, téngase por cumplido lo ordenado; Al otrosí, como se pide.- Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase por acompañados documentos bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, custódiese; Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con citación; Al cuarto otrosí, téngase presen-
te, regístrese email en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente.- Rol N° 1222-2023.Cuantía $3.905.161.- Custodia N° 959.2023.- En Curicó, a veintidós de Mayo de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario, la resolución precedente.- El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 29: mcp Curicó, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Proveyendo folio 28: Como se pide, proveyendo derechamente lo principal del escrito de fecha 23 de Junio de 2024, folio 14. A LO PRINCIPAL: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. AL PRIMER OTROSI: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. AL SEGUNDO OTROSI: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a diecisiete de junio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a don RICARDO ANTONIO CONCHA VILOS, domiciliado en Lago Blanco 1542, José Olano Arismendi, Curicó; en Lago Blanco 1452, Curicó; y/o en Avenida Balmaceda 1195, Curicó, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTA-
DO DE CHILE, o a quien sus derechos represente, la suma de $3.905.161, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente a lo adeudado.- Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su exclusiva responsabilidad.- Así está ordenado en los autos Rol N° 1222-2023, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con CONCHA VILOS RICARDO ANTONIO”, juicio ejecutivo. - Curicó, 22 de Mayo de 2023.- Mario Enrique Riera Navarro Secretario. 22-23-24 - 93509
EXTRACTO PARA NOTIFICACION Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-1246-2024, caratulada Banco del Estado de Chile con Aguilera, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 23 del 24 de junio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosa-
mente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°36084483, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 12 SEPTIEMBRE 2023 por el deudor principal DIEGO MAXIMILIANO AGUILERA TORRES, ignoro profesión u oficio, con domicilio en AVENIDA O´HIGGINS 385, CURICO; Y/O PASAJE PICUN 4607, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $5.555.247.por concepto de capital, más un interés del 2,7900% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 48 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $218.611.- cada una, salvo la ltima que ser de $218.617., venciendo ú á la primera de ellas el día 10 NOVIEMBRE 2023. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 10 NOVIEMBRE 2023, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.555.247.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpues-
ta demanda ejecutiva en contra de DIEGO MAXIMILIANO AGUILERA TORRES, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $5.555.247.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 4: Nrv (*) Curicó, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal y otrosíes, para proveer, previamente, acompáñese en forma material el título ejecutivo fundante de su demanda, para su debida custodia, dentro de décimo día hábil de notificada esta resolución, bajo apercibimiento de tener por no iniciada la ejecución, conforme al artículo 6° inciso segundo de la Ley N° 20.886.- Rol N°12462024.- En Curicó, a veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 23: Mda. Curicó, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. Proveyendo escrito de folio N 22. A ° lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS AL EJECUTADO, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince
del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a veinticuatro de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a don DIEGO MAXIMILIANO AGUILERA TORRES, domiciliado en AVENIDA O´HIGGINS 385, CURICÓ; Y/O PASAJE PICUN 4607, CURICÓ, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE o a quien sus derechos represente, la suma de $5.555.247.-, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente a lo adeudado.- Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su exclusiva responsabilidad.- Así está ordenado en los autos Rol N°1246-2024, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con AGUILERA TORRES, DIEGO MAXIMILIANO”, juicio ejecutivo.- Curicó, 26 de abril de 2024. Mario Enrique Riera Navarro. Secretario (s). 22-23-24 - 93512
NOTIFICACIÓN Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-3051-2024, caratulada Banco del Estado de Chile con Alcántara, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 43 del 29 de julio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54
Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°37283939, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 9 SEPTIEMBRE 2024 por Robinson Ulises Rubio Tobar, cedula nacional de identidad N°12.355.530-9, empleado bancario, domiciliado en avenida Bernardo O’Higgins 1111, Santiago, en representación del deudor principal don (ña) FELIPE EDUARDO ALCANTARA JAQUE, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CALLE NUEVE 2544, CURICO; MANUEL CORREA 216, CURICO; PASAJE RIO HUASCO 389, CURICO; Y/O PESCARA 2524, CURICO, de conformidad al contrato apertura de crédito universal asociado a tarjeta de crédito, cuya copia se acompaña en un otrosí de esta presentación. El pagaré fue suscrito por la suma de $2.227.452.-, por concepto de capital, que el deudor se obligó a pagar al 10 SEPTIEMBRE 2024. Se estableció en el pagaré que, en caso de incumplimiento de la obligación, sobre la totalidad de lo adeuda-
do, pagaría intereses penales al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de la acción ejecutiva los demás derechos del acreedor Es del caso señalar que el deudor no pagó la obligación a su vencimiento, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $2.227.452.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don (ña) FELIPE EDUARDO ALCANTARA JAQUE, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $2.227.452.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento bajo apercibimiento. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico.
QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: Rrc Curicó, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro A folio 3: A lo principal: Téngase por cumplido con lo ordenado
mediante providencia de folio 4. Al otrosí: Como se pide, provéase a folio 1, como sigue: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al primer otrosí: Téngase por acompañados los documentos N°1 y 2 bajo apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil, custódiese; y documentos N°3 y 4, con citación. Al segundo otrosí: Téngase presente y desígnese depositario provisional a la persona propuesta. Al tercer, cuarto y quinto otrosí: Téngase presente. Rol N°3051-2024 Cuantía $2.227.452.- Custodia N°2084-2024 En Curicó, a diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 43: Rrc Curicó, veintinueve de julio de dos mil veinticinco A folio 42: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS a la parte demandada, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar en su primera gestión judicial, un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, se resuelve: No ha lugar al apercibimiento. Estese a su mérito. En Curicó, a veintinueve de julio de dos
mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago á a Felipe Eduardo Alcántara Jaque, Rol único nacional N°16.589.237-2, domiciliado en Calle Nueve 2544, Curicó; Manuel Correa 216, Curicó; Pasaje Rio Huasco 389, Curicó; y/o Pescara 2524, Curicó, para que en el acto de su intimación pague a Banco del Estado de Chile, o a quien sus derechos representen, la suma de $2.227.452.- (Dos millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos), más intereses pactados y costas. No verificado el pago al momento de intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al demandado de autos, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol Nº C-3051-2024, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ALCÁNTARA”, juicio ejecutivo. Curicó, 17 de octubre de 2024. Mario Enrique Riera Navarro Secretario. 22-23-24 - 93513
NOTIFICACION Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-3167-2024, caratulada Banco del Estado de Chile con Aranguiz, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 28 del 29 de julio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS,
que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°36838605, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 27 FEBRERO 2024 por Carolina Andre Díaz López, cédula de identidad N°17.413.075-2, empleado bancario, domiciliado en Avenida Bernardo O’Higgins 1111, Santiago, en representación del deudor principal ANGELITA DEICY ARANGUIZ ARAYA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en AV. CIRCUNVALACION PAUL HARRIS 860, CURICO; Y/O AV. CIRCUNVALACION NORTE 122, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $3.440.791.- por concepto de capital, más un interés del 1,1000% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 80 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $67.340.- cada una, salvo la última que será de $65.439.-, venciendo la primera de ellas el día 5 ABRIL 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 5 JUNIO 2024, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $3.396.756.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa.
Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de ANGELITA DEICY ARANGUIZ ARAYA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $3.396.756.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: Asc.(*) Curicó, veintiocho de Octubre de dos mil veinticuatro. Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase por acompañados documentos, los signados con los numerales 1 y 2, bajo apercibimiento legal del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, dese custodia, y respecto a los signados con los numerales 3 y 4, con citación; Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con citación; Al cuarto otrosí, téngase presente, re-
gístrese email en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente.- Proveyendo presentación de folio 2: A lo principal y Al otrosí, estese al mérito de lo resuelto.- Rol N° 3167-2024.Cuantía $3.396.756.- Custodia N° 2123-2024.- En Curicó, a veintiocho de Octubre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario, la resolución precedente.- El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 28: Fcm Curicó, veintinueve de julio de dos mil veinticinco Proveyendo folio 27: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a veintinueve de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a doña ANGELITA DEICY ARANGUIZ ARAYA, domiciliada en Av. Circunvalación Paul Harris 860, Curicó; y/o Av. Circunvalación Norte 122, Curicó, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente, la suma
de $3.396.756.- más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad de la demandada, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositaria provisional de los bienes que se embarguen a la propia ejecutada, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol N° 31672024, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ARANGUIZ ARAYA ANGELITA DEICY”, juicio ejecutivo.- Curicó, 28 de Octubre 2024. Mario Enrique Riera Navarro Secretario.
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NOTIFICACIÓN Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-3168-2024, caratulada Banco del Estado de Chile con Aranguiz, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 28 del 29 de julio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece:
MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré
operación N°36838599, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 27 FEBRERO 2024 por Carolina Andre Díaz López, cédula de identidad N°17.413.075-2, empleado bancario, domiciliado en Avenida Bernardo O’Higgins 1111, Santiago, en representación del deudor principal ANGELITA DEICY ARANGUIZ ARAYA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en AV. CIRCUNVALACION PAUL HARRIS 860, CURICO; Y/O AV. CIRCUNVALACION NORTE 122, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $3.640.650.- por concepto de capital, más un interés del 1,1000% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 80 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $71.251.- cada una, salvo la última que será de $69.280.-, venciendo la primera de ellas el día 5 ABRIL 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 5 JUNIO 2024, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $3.594.058.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguien-
tes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de ANGELITA DEICY ARANGUIZ ARAYA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $3.594.058.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: Asc.(*) Curicó, veintiocho de Octubre de dos mil veinticuatro. Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase por acompañados documentos, los signados con los numerales 1 y 2, bajo apercibimiento legal del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, dese custodia, y respecto a los signados con los numerales 3 y 4, con citación; Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con citación; Al cuarto otrosí, téngase presente, regístrese email en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente.- Proveyendo presentación de folio 2: A lo principal y Al otrosí, estese al mérito de lo resuelto.- Rol N° 31682024.- Cuantía $3.594.058.Custodia N° -2024.- En Curicó, a veintiocho de Octubre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario, la resolución precedente.- El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 28: Fcm Curicó,
veintinueve de julio de dos mil veinticinco Proveyendo folio 27: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a veintinueve de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a doña ANGELITA DEICY ARANGUIZ ARAYA, domiciliada en Av. Circunvalación Paul Harris 860, Curicó; y/o Av. Circunvalación Norte 122, Curicó, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente, la suma de $3.594.058.- más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad de la demandada, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositaria provisional de los bienes que se embarguen a la propia ejecutada, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol N° 31682024, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ARANGUIZ ARAYA ANGELITA
DEICY”, juicio ejecutivo.- Curicó, 28 de Octubre 2024.- Mario Enrique Riera Navarro Secretario.
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NOTIFICACIÓN Ante el 1º
Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-3548-2024, caratulada Banco del Estado de Chile con Aliste, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 31 del 30 de julio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ
DERIO, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro Gonzalez Salinas, que acompaño en un otrosi de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, RUT N° 6.362.085-8, de mi mismo domicilio, a US. Respetuosamente decimos: Nuestro representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño de los pagarés que se acompañan en el primer otrosí de esta demanda, que fueron suscritos en calidad de deudor principal por ALEJANDRO ANTONIO ALISTE RAMIREZ, ignoro profesión u oficio, domiciliados en ECUADOR 1302, ROMERAL. El pagaré fue suscrito por la suma de $7.066.197.-, por concepto de capital, más un interés del 1,05% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 2 cuotas ANUALES, iguales y sucesivas de $4.198.772.-, todas con venci-
miento los días 5 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 5 DE AGOSTO DE 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 5 DE AGOSTO DE 2024, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $7.066.197.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más las costas de esta causa Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de ALEJANDRO ANTONIO ALISTE RAMIREZ, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $7.066.197.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con ex-
presa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 4: crv Curicó, once de diciembre de dos mil veinticuatro Provee folio 3: A lo Principal y Segundo Otrosí: Por cumplido con lo ordenado, provéase derechamente folio 1. Al Primer Otrosí: Téngase presente correo electrónico navarro@navarroabogados.cl para efectos de practicar las notificaciones de las resoluciones que se dicten en autos. Provee folio 1: A lo Principal: Por deducida demanda en juicio ejecutivo, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al Primer Otrosí: Téngase por acompañados documentos en la forma solicitada. Guárdese pagaré en custodia bajo el Nro. 2337-2024. Al Segundo y Quinto Otrosí: Téngase presente. Al Tercer Otrosí: Téngase presente y por acompañada personería, con citación. Al Cuarto Otrosí: Téngase presente los correos navarro@navarroabogados. cl y abogadoszonasur@beco. bancoestado.cl. Por último, conforme lo normado por el artículo 3 bis incorporado por la Ley N°21.394 al Código de Procedimiento Civil, se les hace presente a las partes la posibilidad de promover en autos medios autocompositivos de resolución de conflictos a fin obtener una solución al conflicto jurídico que se conoce en la presente causa. Cuantía $7.066.197. En Curicó, a once de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 31: cs Curicó, treinta de julio de dos mil veinticinco. Provee folio 30: A lo principal, autos; al primer otrosí, como se pide, en su oportunidad, al segundo otrosí, no cumpliendo con las exigencias establecidas en el artículo 49 del Código de Pro-
cedimiento Civil, no ha lugar al apercibimiento solicitado. Proveyendo lo principal de folio 10: A lo principal: Visto: Atendido al mérito de los antecedentes, practíquese la notificación y requerimiento de pago a don Alejandro Antonio Aliste Ramírez RUT Nº 10.422.122-K por avisos, mediante extract redactado por el secretario del Tribunal, el que deberá publicarse en el Diario La Prensa, por tres veces y en el Diario Oficial por una vez, los días primero o quince de cada mes, debiendo acompañar las publicaciones en su oportunidad en la causa. Que, para efectos del requerimiento de pago, por tratarse de una notificación por aviso, deberá concurrir la demandada a la Secretaría del Tribunal al quinto día hábil después de la última notificación, o al día siguiente si el señalado recayere en sábado, a las 09,00 horas, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido de pago en su rebeldía, gestión que deberá ser realizada por un receptor judicial. En Curicó, a treinta de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Curicó, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Un ministro de fe, requerirá de pago a don ALEJANDRO ANTONIO ALISTE RAMIREZ, ignoro profesión u oficio, domiciliado en ECUADOR 1302, ROMERAL, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien su derecho represente la suma de $7.066.197.-, por concepto de capital, más intereses pactados y costas que resulte adeudar. No verificado el pago en el tiempo de la intimación trábese embargo en bienes de propiedad del demandado en cantidad equivalente al valor adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio demandado bajo su responsabilidad legal.- Así está ordenado en Causa C-3548-2024, CARATULADO: BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ALISTE, Juicio Ejecutivo.- Christian Francisco Olguín Olavarría Secretario.
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NOTIFICACIÓN Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-3692-2023, cara-
tulada Banco del Estado de Chile con Comercializadora Alex Hormazábal Sánchez EIRL, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 22 del 11 de julio de 2024, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaño en un otrosi de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, RUT N° 6.362.085-8, de mi mismo domicilio, a US. respetuosamente decimos: Nuestro representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño de los pagarés que se acompañan en el primer otrosí de esta demanda, que fueron suscritos en calidad de deudor principal por COMERCIALIZADORA ALEX HORMAZABAL SANCHEZ EIRL, ignoro giro, representada legalmente por don(ña) ALEX ALEJANDRO HORMAZABAL SANCHEZ, ignoro profesión u oficio, domiciliados en MONTAÑA AZUL 1908, CURICO, y en calidad de avalista y codeudor(a) solidario(a), por don(ña) ALEX ALEJANDRO HORMAZABAL SANCHEZ, ignoro profesión u oficio, con domicilio en MONTAÑA AZUL 1908, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $7.058.065.-, por concepto de capital, más un interés del 0,29% MENSUAL, que el deudor se obligó a pa-
gar en 36 cuotas MENSUALES y sucesivas de $210.919.cada una, todas con vencimiento los días 10 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 10 DE AGOSTO DE 2021. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 0,00% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 85% del saldo capital. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 DE JULIO DE 2023, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $2.686.589.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedi-
miento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de COMERCIALIZADORA ALEX HORMAZABAL SANCHEZ EIRL, representada legalmente por ALEX ALEJANDRO HORMAZABAL SANCHEZ, y de don(ña) ALEX ALEJANDRO HORMAZABAL SANCHEZ, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $2.686.589.-, más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico.
QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 3: Asc.(*) Curicó, seis de Diciembre de dos mil veintitrés. Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase por acompañados documentos, bajo apercibimiento legal del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, dese custodia; Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con citación; Al cuarto otrosí, téngase presente, regístrese email en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente.- Proveyendo presentación de folio 2: A lo principal y Al otrosí, estese al mérito de lo resuelto.- Rol N° 3692-2023.- Cuantía $2.686.589, por concepto de capital, más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo
del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE).- Custodia N° 2602-2023.En Curicó, a seis de Diciembre de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario, la resolución precedente.- El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 22: mcp Curicó, once de julio de dos mil veinticuatro. Proveyendo folio 21: Como se pide, proveyendo derechamente lo principal del escrito de fecha 21 de Diciembre de 2023, folio 8. A LO PRINCIPAL: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. AL PRIMER OTROSI: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. AL SEGUNDO OTROSI: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a once de julio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a COMERCIALIZADORA ALEX HORMAZABAL SANCHEZ EIRL., deudora principal, representada por don Alex Alejandro Hormazábal Sánchez; y como aval y codeudor solidario don ALEX ALEJANDRO HORMAZABAL SANCHEZ, todos domiciliados en MONTAÑA AZUL 1908, CURI-
CÓ, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente, la suma de $2.686.589, por concepto de capital, más la comisión legal del 0,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad de los demandados, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositarios provisionales de los bienes que se embarguen a los propios ejecutados, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol N° 3692-2023, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con COMERCIALIZADORA ALEX HORMAZABAL SANCHEZ EIRL. Y OTRO”, juicio ejecutivo.- Curicó, 06 de Diciembre 2023.- Mario Enrique Riera Navarro Secretario. 22-23-24 - 93517
REMATE - 3° Juzgado de Letras de Talca, 4 Norte N°615, Talca, se rematará de manera presencial, el 10 de septiembre de 2025, a las 09:00 horas, el predio Cordillerano llamado MELÉNDEZ, ubicado en la comuna de ROMERAL, provincia de CURICÓ. El dominio a nombre de la parte demandada se encuentra inscrito a fojas 4.410 Nº 2.249 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año 2016. Mínimo para las posturas será la suma de $280.000.000.-, precio pagadero contado dentro del quinto día de efectuada la subasta. Los postores interesados deben constituir garantía suficiente a través de: a) Depósito judicial en la cuenta corriente del Tribunal; b) Cupón de pago en Banco Estado o; c) Vale vista emitido por Banco Estado, tomado en favor del Tribunal. La copia digitalizada del depósito o cupón de pago deberá ser enviada al correo electrónico o jl3_talca_remates@pjud. cl, indicándose además el rol de la causa en que participa, correo electrónico y número telefónico de contacto, con una antelación de a lo menos
dos días hábiles a la fecha de realización de la subasta. Por su parte, el vale vista deberá acompañarse materialmente en Secretaría del Tribunal, con la antelación establecida. Concluida la subasta, se procede a la restitución de garantías a los postores no adjudicatarios, en el más breve plazo, previa coordinación con el Ministro de Fe del Tribunal, Manteniendo vigente el párrafo final de la citada cláusula cuarta en relación a la parte ejecutante. Demás bases y antecedentes en Juicio Ejecutivo, “Banco Santander-Chile contra Ceresuela” Rol C-1.000-2020. Secretaria (S).
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EXTRACTO Ante el Juzgado de Letras Constitución, causa Rol C-1146-2018, caratulada “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con SILVA”, por resolución de folio 101 del Cuaderno Principal, se ordenó notificar por avisos, la notificación conforme al artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, al demandado ya individualizado en autos, conforme a lo siguiente: Constitución, uno de agosto de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 100, se resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, lo resuelto en folio 99 y lo dispuesto por el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide notifíquese lo resuelto el 12 de marzo de 2024, a la parte demandada de autos CLAUDIO AGUSTIN
SILVA VILLEGAS, en extracto redactado por Ministro de Fe del Tribunal, mediante tres avisos en el Diario La Prensa de la ciudad de Talca, sin perjuicio del aviso que debe aparecer en el Diario Oficial. En Constitución, a uno de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. CARLOS LUNA VERGARA Ministro de Fe (S). 22-23-24 - 93544
Ante el 1° Juzgado de Letras Curicó, causa Rol 113-2023, caratulada “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ESCUDERO”, a folio 28 del Cuaderno Principal, se ordenó notificar conforme al artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, al demandado JORGE ESAU ESCUDERO MEDINA, ya individualizado, mediante publicación en un diario de cir-
culación regional, proponiendo el Diario La Prensa, conforme a lo siguiente: Curicó, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro Provee a folio 27: No ha lugar, estese a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al Diario Propuesto, publíquese en el Diario La Prensa. En Curicó, a treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Christian Francisco Olguín Olavarría Secretario. 22-23-24 - 93543
Ante el 1° Juzgado de Letras Curicó, causa Rol 2435-2019, caratulada “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con DURÁN”, a folio 53 del Cuaderno Principal, se ordenó notificar conforme al artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, al demandado MARÍA EUGENIA DURÁN POBLETE, ya individualizado, mediante publicación en un diario de circulación regional, proponiendo el Diario La Prensa, conforme a lo siguiente: Curicó, cuatro de febrero de dos mil veinticinco Provee folio 51: Atendido a lo resuelto a folio 25 y de conformidad al artículo 54 inciso 2 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese lo ordenado a folio 51 mediante 3 avisos en el Diario La Prensa de esta ciudad. En Curicó, a cuatro de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. / apc Christian Francisco Olguín Olavarría Secretario. 22-23-24 - 93545
EXTRACTO Ante el Juzgado de Letras Constitución, causa Rol C-53006-2009, caratulada “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con MUÑOZ”, por resolución de folio 151 del Cuaderno de Apremio, se ordenó la notificación conforme al artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, al demandado RENE PATRICIO MUÑOZ MODACA, ya individualizado, conforme a lo siguiente: Constitución, doce de Marzo de dos mil veinticuatro Al escrito de fecha 10/03/2024, SE RESUELVE: No ha lugar por ahora, Sin perjuicio de lo resuelto y atendido el tiempo transcurrido notifíquese de conformidad a lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento
Civil, debiendo el ministro de fe diligenciador verificar previo a concretar su actuación, que el domicilio de autos sigue correspondiendo a la ejecutada, de lo cual y en todo caso dejará constancia. En Constitución, a doce de Marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.//ladd. CARLOS LUNA VERGARA Ministro de Fe (s). 22-23-24 – 93546
EXTRACTO Primer Juzgado de Letras de Curicó, en causa Rol V-193-2024, caratulada “MARAMBIO”, sobre declaración de interdicción por demencia, por sen-tencia definitiva de fecha 13 de febrero de 2025, se declaró la interdicción definitiva por demencia de don MARTÍN ALONSO ESPINOZA MARAMBIO, cedula nacional de identidad 22.207.175-5, domiciliado en calle Chacabuco 80, comuna de Curicó, quien quedo privado de la libre administración de sus bienes, designándose en calidad de curadora general, legitima y definitiva a su madre doña DANIELA MARITZA MARAMBIO ANGULO, cedula nacional de identidad 15.378.720-4, con declaración que se le releva de la obligación de prestar fianza y practicar inventario, previa aceptación del cargo.- CHRISTIAN OLGUIN OLA-VARRIA
SECRETARIO (S). 22-23-24 - 93548
EXTRACTO Ante este 2° Juzgado de Letras de Curicó, en causa ROL V-192-2024, se ha dictado sentencia definitiva en la cual se declara: La interdicción definitiva, por causal de demencia de doña DORALISA DEL CARMEN CORRALES ZÚÑIGA, cédula de identidad N°6.043.388-7, quedando privada de la libre administración de sus bienes y designándose a su cónyuge, don EUGENIO FERNANDO CAMPOS VIELMA, cédula de identidad N°5.485.303-3, como Curador definitivo de los bienes de su cónyuge doña DORALISA DEL CARMEN CORRALES ZÚÑIGA, cédula de identidad N°6.043.388-7, a quien se releva de las obligaciones de confeccionar inventario solemne de los bienes de su pupila, de rendir fianza y de reducir a escritura pública la presen-
te resolución, sirviéndole de suficiente discernimiento una copia autorizada de esta sentencia que lo nombra. Mario Enrique Riera Navarro. Secretario.
22-23-24 - 93550
REMATE Cuarto Juzgado de Letras de Talca, en autos ROL C-858-2024, caratulados “BANCO DE CHILE CON ARRIAGADA”, se rematará de forma presencial, con fecha 28 de agosto de 2025, a las 12:00 horas, departamento catorce guión B; el Estacionamiento número seis y Balcones del Edificio Lircay de Talca, actualmente ubicado en Calle 1 Sur número 1637 de la Comuna y Provincia de Talca, cuyo plano se encuentra archivado bajo los números 89 al final del Registro de propiedad del año 1974; y bajo el número 41 al final del Registro de propiedad del año 1977.-Los deslindes del citado terreno son: NORTE: en 7,35 metros con doña Morelia Escobar Escobar, en 10,25 metros, con calle uno Norte, y 30,20 metros con propiedades de don José Pérez González, en parte, con Celsa Valenzuela Muñoz, en parte y de Carolina Norambuena Urrutia, también en parte; SUR: en 49 metros, con calle uno sur; ORIENTE: en 61,10 metros con María Tijero Caballero y otras y en 46,15 metros, con José Pérez González; y PONIENTE: en 61,50 metros, con Omar Abdala González y en 46,15 metros, con Morelia Escobar Escobar.- Se comprende además los derechos proporcionales de dominio, uso y goce que le corresponden en el terreno y demás bienes que se reputan comunes conforme a la Ley N°19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria y al Reglamento de Copropiedad del Citado Edificio.- El inmueble se encuentra inscrito a nombre de doña MARÍA FERNANDA MONSERRAT ARRIAGADA MERCADO, a fojas 8093 número 7618 del Registro de Propiedad del año 2019, del Conservador de Bienes Raíces de Talca. El mínimo para las posturas será la suma de $39.442.102. El precio de la subasta se deberá pagar al contado, en dinero efectivo, dentro de tercer día hábil siguiente a la fecha de la subasta, mediante depósito en
la cuenta corriente del tribunal, debiendo acompañarse, dentro del mismo lapso, la respectiva boleta de depósito. Para tener derecho a hacer posturas en la subasta, los interesados deberán presentar vale vista a la orden del tribunal, por un equivalente al 10% del mínimo fijado para la subasta. La garantía será devuelta a aquellos postores que no se adjudiquen el bien, según lo disponga el tribunal. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. Secretaria. 10-17-23-24 – 93457
EXTRACTO REMATE Juzgado de Letras de Constitución, en autos ROL C-1278-2023, caratulados “BANCO DE CHILE con FORESTAL SAN BENITO”, con fecha 28 de Agosto del año 2025 a las 11:30 horas, se rematará por vía remota, los Lotes no transferidos y que provienen de la subdivisión del inmueble inscrito a fojas 1977 número 1819 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, a nombre de Forestal San Benito Limitada, que corresponde a los siguientes lotes: A) LOTE B-1 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: Camino público Putú- Chanquiuque, que los separa del lote A de la misma propiedad en 110,74 metros; ESTE: En 199,9 metros con Edilio Vergara, separado por cerco vivo; OESTE: En 140,73 metros con Lote B-2 de la misma propiedad. Pre rol de avalúo fiscal número 347-82, de Constitución. Mínimo para las posturas $21.050.603.- B) LOTE B-2 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: En 35,73 metros con Camino Público Putú-Chanquiuque, que
los separa del Lote A de la misma propiedad; ESTE; En 140,73 metros con Lote B1 de la misma propiedad; OESTE; En 156,3 metros con Lote B-3 de la misma propiedad; SUR: En 68,15 metros con Edilio Vergara, separado por cerco vivo. Pre rol de avalúo fiscal número 347-83, de Constitución. E Mínimo para las posturas $21.050.603.- C) LOTE B-3 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,65 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: En 69,71 metros con Camino Público PutúChanquiuque, que los separa del Lote A de la misma propiedad; ESTE; En 156,3 metros con Lote B2 de la misma propiedad; OESTE; En 141,70 metros con Lote B-4 de la misma propiedad; SUR: En 20,64 metros con Quebrada sin nombre, que los separa de Manuel Jara. Pre rol de avalúo fiscal número 347-84, de Constitución. Mínimo para las posturas $27.365.784.- D) LOTE B-4 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: En 51,27 metros con Camino Público PutúChanquiuque, que los separa del Lote A de la misma propiedad; ESTE; En 141,7 metros con Lote B3 de la misma propiedad; OESTE; En 118,0 metros con Lote B-5 de la misma propiedad; SUR: En 29,9 metros con Quebrada sin nombre, que los separa de Manuel Jara. Pre rol de avalúo fiscal número 347-85, de Constitución. Mínimo para las posturas $21.050.603.- E) LOTE B-5 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los si-
guientes deslindes particulares: NORTE: En 28,29 metros con Camino Público PutúChanquiuque, que los separa del Lote A de la misma propiedad; ESTE; En 118,0 metros con Lote B4 de la misma propiedad; OESTE; En 77,8 metros con rol predial 347-87; SUR: En 85,83 metros con Quebrada sin nombre, que los separa de Manuel Jara. Pre rol de avalúo fiscal número 34786, de Constitución. Mínimo para las posturas $21.050.603.- F) LOTE B-7 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: En 22,61 metros con Camino Público PutúChanquiuque, que los separa del Lote A de la misma propiedad; ESTE; En 131,55 metros con rol predial 347-87; OESTE; En 114,75 metros con Lote B-8 de la misma propiedad; SUR-ESTE: En 22,3 metros con Manuel Jara; SUR-OESTE: En 38,76 metros con Estero Infernillo que separa de lote B-10 de la misma propiedad. Pre rol de avalúo fiscal número 347-88, de Constitución. Mínimo para las posturas $21.050.603.- G) LOTE B-8 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: En 22,61 metros con Camino Público PutúChanquiuque, que los separa del Lote A de la misma propiedad; ESTE; En 114,75 metros con Lote B7 de la misma propiedad; OESTE; En 108,18 metros con Lote B-9 de la misma propiedad; SUR: 71,13 metros con Estero Infernillo que separa de lote B-10 de la misma propiedad. Pre rol de avalúo fiscal número 347-89, de Constitución. Mínimo para las posturas $21.050.603.- H) LOTE B-9 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado
en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 0,50 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: En 18,6 metros con camino público Putú-Chanquiuque, que los separa del lote A de la misma propiedad; ESTE: En 108,18 metros con Lote B-8 de la misma propiedad; OESTE: En 132,96 metros con Lote B-10 de la misma propiedad; SUR; En 70,74 metros con Lote B-10 de la misma propiedad. Pre rol de avalúo fiscal número 34790, de Constitución. Mínimo para las posturas $21.050.603.- I) LOTE B-10 proveniente de la subdivisión efectuada respecto del inmueble rural ubicado en el lugar denominado RINCÓN DE PUTÚ de la comuna y departamento de Constitución, que corresponde la HIJUELA NÚMERO UNO, de una superficie de 4,13 hectáreas, con los siguientes deslindes particulares: NORTE: En 81,02 metros con Camino Público PutúChanquiuque, que los separa del Lote A de la misma propiedad, en 70,74 metros con lote B-9. En 71,13 metros con lote B-8 y en 38,76 metros con lote B-7, todos de la misma propiedad; ESTE; En 132,96 metros con Lote B-9 de la misma propiedad; OESTE; En 238,5metros con Sucesión Zulema Barrios; SUR-ESTE:En 280,0 metros y 68,4 metros con Estero Putú (Estero Infiernillo); SUR-OESTE: En 59,0 metros, 22,3 metros y 79,35 metros con Hilda Marina del Rosario Barrientos González. Pre rol de avalúo fiscal número 34791, de Constitución. Mínimo para las posturas $173.877.980.- La subasta se efectuará exclusivamente mediante videoconferencia. Al efecto, los interesados deberán conectarse el día de la subasta al Link: https://pjud- cl.zoom.us/j/945 09761717?pwd=RRExiK7MGr PuPQWj8eurGPTFaroLbC.1, ID de reunión: 945 0976 1717, Código de acceso: 209617. Debiendo estas conectarse con a lo menos 10 minutos de antelación a la hora fijada. El precio de la adjudicación deberá ser pagado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles
contados desde la subasta, mediante depósito judicial en la cuenta corriente del Tribunal, BANCO ESTADO DE CHILE N° 43300024573, JUZGADO DE LETRAS DE CONSTITUCIÓN, R.U.T.: 75.209.900- 6. Todo postor, incluso el ejecutante– si fuere del caso - para tomar parte en el remate, deberá tener activa su Clave Única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate, y, además, deberá disponer de los elementos tecnológicos y de conexión necesarios para participar. También, deberá rendir caución por un valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas. La misma deberá ser efectuada exclusivamente mediante depósito judicial en la cuenta corriente del Tribunal o transferencia bancaria, ya sea en línea utilizando el portal www.pjud.cl, opción CUPÓN DE PAGO, o directamente en cualquier sucursal de Banco Estado, la que será imputada al entero del precio, según corresponda. Postor interesado deberá ingresar comprobante legible de rendición de la caución a través del módulo en la Oficina Judicial Virtual, señalando su nombre, cédula de identidad, domicilio, rol de la causa en la cual participará, correo electrónico, número telefónico u otro medio de comunicación expedito, para contactarlo durante la subasta. La información requerida solo será recepcionada hasta 3 días hábiles antes de la fecha fijada para la subasta. No podrán ser admitidos como postores o participar como postores los que aparezcan en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. PAULA LÓPEZ CANCINO Jefe de UnidadMinistro de Fe (S). 10-17-23-24 – 93459
REMATE Primer Juzgado de Letras Talca, en recinto del tribunal 11 de septiembre de 2025 a las 12:30 horas, se rematarán propiedades del fiador y codeudor solidario JORGE HECTOR KLEIN GARFIAS, a) DEPARTAMENTO número MIL SETECIENTOS QUINCE, ubicado en décimo séptimo piso, del Condominio Aire Urbano, ubicado en Alameda
Bernardo O’Higgins número novecientos cincuenta y cinco de la ciudad y comuna de Talca, cuyos planos se encuentran archivados bajo el número 1933 al número 1940, todos al final del Registro de Propiedad del año 2010. El inmueble en el cual se emplaza el citado edificio deslinda: NORTE, en 45,71 metros con propiedad Benjamin Icaza, con propiedad Francisco Opazo, con Zoila Villalobos y en 12,26 metros con Vicente Ignacio Rojas; SUR, en 58,72 metros, con alameda o calle cuatro Norte; ORIENTE, en 18,63 metros con Corina Prieto, actualmente Inversiones S y D Limitada y en 44,62 metros con Jenaro Santander; y PONIENTE, en 63,76 metros con Carlos Icaza. Forma parte de la inscripción de fojas 20286 número 7739 del Registro de propiedad del año 2008. Es dueño además de los derechos de dominio, uso y goce sobre los bienes comunes, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 19.537 y al Reglamento de Copropiedad del citado edificio. La propiedad se encuentra inscrita a su nombre fojas 625 Nº 494 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2012. Rol de Avaluó N° 1197259 de la comuna de Talca. b) DEPARTAMENTO número MIL OCHOCIENTOS QUINCE, ubicado en décimo octavo piso, del Condominio Aire Urbano, ubicado en Alameda Bernardo O’Higgins número novecientos cincuenta y cinco de la ciudad y comuna de Talca, cuyos planos se encuentran archivados bajo el número 1933 al número 1940, todos al final del Registro de Propiedad del año 2010. El inmueble en el cual se emplaza el citado edificio deslinda: NORTE, en 45,71 metros con propiedad Benjamin Icaza, con propiedad Francisco Opazo, con Zoila Villalobos y en 12,26 metros con Vicente Ignacio Rojas; SUR, en 58,72 metros, con alameda o calle cuatro Norte; ORIENTE, en 18,63 metros con Corina Prieto, actualmente Inversiones S y D Limitada y en 44,62 metros con Jenaro Santander; y PONIENTE, en 63,76 metros con Carlos Icaza. Forma parte de la inscripción de fojas 20286 número 7739 del Registro de propiedad del año 2008. Es dueño además de los derechos de dominio, uso
y goce sobre los bienes comunes, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 19.537 y al Reglamento de Copropiedad del citado edificio. La propiedad se encuentra inscrita a su nombre fojas 22 Nº 21 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2012. Rol de Avaluó N° 1197275 de la comuna de Talca. c) ESTACIONAMIENTO número TREINTA Y CUATRO, ubicado en el primer subterráneo del Condominio Aire Urbano, ubicado en Alameda Bernardo O’Higgins número novecientos cincuenta y cinco de la ciudad y comuna de Talca, cuyos planos se encuentran archivados bajo el número 1933 al número 1940, todos al final del Registro de Propiedad del año 2010. El inmueble en el cual se emplaza el citado edificio deslinda: NORTE, en 45,71 metros con propiedad Benjamin Icaza, con propiedad Francisco Opazo, con Zoila Villalobos y en 12,26 metros con Vicente Ignacio Rojas; SUR, en 58,72 metros, con alameda o calle cuatro Norte; ORIENTE, en 18,63 metros con Corina Prieto, actualmente Inversiones S y D Limitada y en 44,62 metros con Jenaro Santander; y PONIENTE, en 63,76 metros con Carlos Icaza. Es dueño además de los derechos de dominio, uso y goce sobre los bienes comunes, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 19.537 y al Reglamento de Copropiedad del citado edificio. Forma parte de la inscripción de fojas 20286 número 7739 del Registro de propiedad del año 2008. La propiedad se encuentra inscrita a su nombre fojas 9762 Nº 2766 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2014. Rol de Avaluó N° 1197-374 de la comuna de Talca. El mínimo de las posturas será la cantidad correspondiente a la tasación fiscal del departamento 1715 ubicado en el décimo séptimo piso, por la suma de $48.473.496.- al departamento 1815 ubicado en el décimo octavo piso, por la suma de $48.473.496., y al Estacionamiento N° 34 ubicado en el primer subterráneo por la suma de $4.617.797. El mínimo de las posturas para cada uno de los inmuebles será la cantidad correspondiente a la tasación fiscal del semestre
correspondiente. Las subastas se realizarán en una misma audiencia la una a continuación de la otra en el orden que se han indicado sus tasaciones. El precio de la subasta se pagará al contado, dentro de 5° día hábil siguiente a la fecha de la subasta. El remate se llevará a efecto mediante las siguientes condiciones: 1°) Se llevará a efecto por modalidad remota, sin perjuicio de lo que se indica en el numeral 3° de la presente resolución (artículo 485 Código de Procedimiento Civil y artículo 1° del Acta N 263 -2021 de la Excma. Corte Suprema). 2° )
Los postores en línea deberán, para los efectos de consultar que no se encuentren incorporados en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 inciso 5° de la Ley 14.908, conectarse al menos 15 minutos antes de la hora fijada para el remate, en el siguiente link: Únase a la reunión de Zoom https://pjud-cl. zoom.us/j/92870209324 ?pwd =cmTbbyHexeYFwlaJJwrGWU e8BluO5K.1 ID de reunión: 928 7020 9324 Código de acceso: 068155 3°) En el caso de los postores presenciales, deberán concurrir a las dependencias del tribunal, a lo menos 15 minutos antes de la hora fijada para el inicio del remate, con todas las medidas de seguridad e higiene, para los mismos efectos indicados en el numeral precedente. 4°) Los postores en línea deberán realizar su postulación al remate a través del módulo pertinente de la Oficina Judicial Virtual, a más tardar a las 12:00 horas del día anterior al del fijado para el remate, solo aceptándose como garantía la boleta de consignación en la cuenta corriente del tribunal con la cantidad equivalente al 10% del mínimo para las posturas a fin de participar
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en el remate (artículo 5° del Acta N 263- 2021). En el caso de los postores presenciales, deberán acompañar vale vista a nombre del tribunal o boleta de consignación en la cuenta corriente del mismo, por el mínimo ya indicado, hasta 2 horas antes del llamado al remate por parte del Tribunal. No se aceptarán otros medios de garantía y la devolución se hará en el plazo y la forma indicados en las bases para la subasta (artículo 12 del Acta N 263-2021). 5°) El llamado a la subasta, se realizará siempre previa solicitud del subastador. Demás antecedentes y bases causa rol N° C-1358-2022 caratulada “BANCO SANTANDER CHILE CON FUTURO INGENIERIA Y GESTION AMBIENTAL LIMITADA”. SECRETARIA.
23-24-30-31 – 93469
EXTRACTO 2º Juzgado Letras Curicó, el 04 de septiembre de 2025, 12:00 horas, en la mediante modalidad videoconferencia, se rematará propiedad ubicada Calle Valle Central N° 2086, Lote N° 9 manzana 16, Los Prados del Valle, Curicó, inscrita a foja 6882 vuelta N° 3952 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2002. Mínimo posturas $15.877.628. Pago dentro de décimo día desde fecha remate. Garantía 10% del mínimo en vale vista orden Tribunal. Los postores participantes, deberán constituir dicha la garantía, que deberá entregarse presencialmente en el Tribunal, antes de las 12:00 horas del día anterior a la subasta. Demás bases antecedentes en causa Rol 1371-2019, Juicio Ejecutivo “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con LOPEZ”. Mario Riera Navarro. Secretario (S). 16-17-23-24 – 93475
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EXTRACTO REMATE Juzgado de Letras de Constitución, en autos ROL C-733-2024, caratulados “BANCO DE CHILE con AGRÍCOLA DOÑA IRENE LIMITADA”, con fecha 02 de septiembre del año 2025 a las 11:00 horas, en la Secretaría del Tribunal, se rematará por vía remota, el inmueble consistente en LOTE NÚMERO ONCE de la MANZANA E y de la vivienda económica en él construida, ubicada en CALLE EL BELLOTO NÚMERO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO del plano del Conjunto Habitacional denominado VILLA COPIHUE ubicada en la ciudad, comuna y Departamento de Constitución, plano que se encuentra agregado al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Constitución en el año mil novecientos noventa y dos, y sus deslindes son los siguientes: NORTE: en 20,50 metros con Los Guindos Santos; SUR: en 20 metros con lote 12 de la manzana E; ORIENTE: en 9,20 metros con Avenida El Belloto; y al PONIENTE: en parte con Lote 9 y en 9,20 metros con Lote 10 de la manzana E.- El inmueble se encuentra inscrito a nombre de la sociedad AGRÍCOLA DOÑA IRENE LIMITADA, a fojas 497 vuelta N° 474 del Registro de Propiedad del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Constitución.- Rol de avalúo No 205-11, de Constitución. El mínimo para las posturas del remate respecto de este inmueble será la suma de $108.629.639. La subasta se efectuará exclusivamente mediante videoconferencia. Al efecto, los interesados deberán conectarse el día de la subasta al Link: https://pjud-cl. zoom.us/j/94326918757? pw d=ADF2xzZ1datNGRT8Mct 6CUAQtNr1yk.1, ID de reu-
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nión: 943 2691 8757, Código de acceso: 032559. Debiendo estas conectarse con a lo menos 10 minutos de antelación a la hora fijada. El precio de la adjudicación deberá ser pagado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la subasta, mediante depósito judicial en la cuenta corriente del Tribunal, BANCO ESTADO DE CHILE N° 43300024573, JUZGADO DE LETRAS DE CONSTITUCIÓN, R.U.T.: 75.209.900-6. Para participar en la subasta, los postores deberán tener activa su Clave Única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate, y, además, deberá disponer de los elementos tecnológicos y de conexión necesarios para participar, sin perjuicio de cumplir las demás cargas y deberes que establece la ley. Así también, todo postor, a excepción del ejecutante, deberá rendir caución por un valor
equivalente al 10% del mínimo para las posturas. La misma deberá ser efectuada exclusivamente mediante depósito judicial en la cuenta corriente del Tribunal o transferencia bancaria, ya sea en línea utilizando el portal www.pjud.cl, opción CUPÓN DE PAGO, o directamente en cualquier sucursal de Banco Estado, la que será imputada al entero del precio a los fines previstos en los numerales décimo quinto y décimo sexto de estas bases, según corresponda. Para ello, el postor interesado deberá ingresar comprobante legible de rendición de la caución a través del módulo especialmente establecido al efecto en la Oficina Judicial Virtual, señalando en dicha presentación virtual su nombre, cédula de identidad, domicilio, con indicación del rol de la causa en la cual participará, debiendo señalar correo electrónico, número telefónico u otro medio de co-
municación expedito, para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión o para los fines que el Tribunal estime pertinente. La información requerida solo será recepcionada hasta 3 días hábiles antes de la fecha fijada para la subasta decretada en autos. Al postor no adjudicatario se le restituirá su garantía. No podrán ser admitidos como postores los que aparezcan en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. Jefe de Unidad - Ministro de Fe (S). 16-17-23-24 – 93494
2º Juzgado Letras Curicó, el 11 de septiembre de 2025, 12:00 horas, en la mediante modalidad videoconferencia, se rematará propiedad Lote 6 PC 31 PP La Laguna, Teno, inscrita a foja 6879 vuelta N° 2825 del Registro de Propiedad del
LA MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER REMATARA AL MEJOR POSTOR EL DÍA SÁBADO 30 DE AGOSTO DE 2025
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SE EXHIBIRÁN LAS ESPECIES EL VIERNES 29 DE AGOSTO DE 2025 DE 09:00 A 14:00 HORAS.
SE DESIGNA MARTILLERO PÚBLICO A DON REINALDO ESCOBAR HORMAZÁBAL TESORERO MUNICIPAL (S).
JORGE IGNACIO SILVA SEPÚLVEDA ALCALDE DE SAN JAVIER
Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2011. Mínimo posturas $18.012.557. Pago dentro de décimo día desde fecha remate. Garantía 10% del mínimo en vale vista orden Tribunal. Los postores participantes, deberán constituir dicha la garantía, que deberá entregarse presencialmente en el Tribunal, antes de las 12:00 horas del día anterior a la subasta. Demás bases antecedentes en causa Rol 2960-2024, Juicio Ejecutivo “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ARENAS”. Mario Enrique Riera Navarro. Secretario (s) 23-24-30-31 - 93499
REMATE Juzgado de Letras Cauquenes, en recinto del tribunal 05 de septiembre de 2025 a las 12:00 horas, se rematará propiedad de EMPRESA CERVECERA Y SU COMERCIALIZACION GENOVEVA EDECIA AREVALO BURGOS E.I.R.L., quien es dueña del inmueble rural denominado LOTE B de una
superficie de 220,1 hectáreas, que era parte de la Hijuela Norte o Hijuela Nro. 1, la que a su vez formaba parte del resto del Fundo “Chonchón”, ubicado en la ex -subdelegación Sauzal de esta comuna y que según plano de subdivisión que se dejó agregado al final de este registro y Conservador, año 1997, bajo el Nro.17, deslinda en especial: NORTE, Sociedad Agrícola La Estrella del Maule Limitada; SUR, propiedad de la señora Laura León e Hijos; ORIENTE, camino público de Cauquenes a Sauzal; y PONIENTE, Lote A de la Hijuela Nro.1 del mismo plano de subdivisión del Fundo El Chonchón. La propiedad se encuentra inscrita a nombre de la demandada a fojas 1296 N° 1294 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes del año 2018. Rol de Avaluó N° 482-120 de la Comuna de Cauquenes. Mínimo posturas $290.139.493; pagaderos contados dentro de cinco días hábiles siguien-
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE CURICÓ, rematará bajo modalidad de Videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, el día 8 de septiembre de 2025, a las 12:00 horas. Las acciones y/o derechos de dominio del demandado, sobre una propiedad raíz denominada Parcela No13 del Fundo La Mosqueta, ubicado en la comuna de CURICÓ. Inscritas a Fojas 1074 vuelta, Número 545, del Registro de Propiedad del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. El mínimo para comenzar las posturas correspondientes será de $50.238.354.El valor de la postura de adjudicación se pagará dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de la subasta, mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal. Para tener derecho a hacer posturas en la subasta, los postores participantes, deberán constituir garantía mediante vale vista a la orden del Tribunal, por el equivalente al diez por ciento del mínimo fijado para la subasta, que se encuentre vigente al semestre en que se verifique el remate. El mismo deberá entregarse presencialmente en el Tribunal, antes de las 12:00 horas del día anterior a la subasta. Lo anterior, a fin de poder establecer la suficiencia de la misma, registrar en una nómina los datos del interesado con su nombre, run, teléfono y correo electrónico, lo que deberá certificarse por el secretario del Tribunal antes de que comience el remate. La entrega del Link de acceso se realizará sólo a los postores cuyas cauciones hayan sido visadas y catalogadas como suficientes por el secretario del Tribunal. La devolución de las garantías se materializará en forma presencial a contar del día siguiente hábil a la realización de la subasta, bajo recibo de conformidad y dejando constancia en autos. Todo postor interesado, deber tener clave única para la eventual suscripción del Acta de Remate, por cuanto, la suscripción del Acta de Remate se realizará en la forma establecida en el Acta 263-2021 de la Excelentísima Corte Suprema. Es dable tener presente que la falta de conectividad, imagen o audio por parte del postor interesado no dará lugar a la suspensión de la subasta, sin embargo, se dará la posibilidad de ajustar la conexión y en caso de no recuperarse, se certificará el hecho y se proseguirá con el Remate con los postores restantes activos. En caso de que el enlace deje de funcionar por problemas de Corte de Luz o internet por parte del Tribunal; el remate se suspenderá y se reanudará con los postores inicialmente admitidos en fecha y hora próxima que se les comunicará vía correo electrónico en el mismo Link y plataforma de acceso. Demás antecedentes en el expediente digital del juicio ejecutivo, Rol C-241-2023, caratulado “COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ORIENTE LIMITADA con ARAVENA”. MARIO ENRIQUE RIERA NAVARRO – SECRETARIO (s).
23-24-25-26 - 93559
te a la subasta. El remate se desarrollará de manera presencial, en dependencias del tribunal. El 10% del mínimo fijado para la subasta, deberá ser consignada al tribunal mediante vale vista a nombre del Juzgado de Letras de Cauquenes, con a lo menos 24 horas de antelación al día y hora de celebración de la subasta, debiendo la Ministra de Fe del Tribunal certificar, si los postores se encuentran inscritos en el registro de deudores a la fecha de la subasta.- Los asistentes a la subasta deberán presentarse, en el día y hora fijado para la subasta, presencialmente en dependencias del tribunal para poder participar en ella, previa comprobación de sus identidades, por el Ministro de fe del tribunal. Se hace presente además que las publicaciones referidas en el artículo 489 del Código de Procedimiento Civil, deben estar ingresadas a la carpeta judicial virtual con a lo menos 1 día de antelación al día y
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hora de celebración de la subasta. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la ley 14.908, modificada por la ley 21389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimento, se deja expresa constancia que en la realización de la subasta de autos el tribunal no admitirá a participar como postores a las personas con inscripción vigente en el Registro en calidad de deudor de alimentos. Para estos efectos, el tribunal deberá consultar el Registro, en forma previa a hacer la calificación de la garantía de seriedad de la oferta. De igual forma, el Notario Público no extenderá la escritura pública de compraventa, mientras no verifique que el adjudicatario no tiene una inscripción vigente en el Registro en calidad de deudor de alimentos. De verificarse esta última circunstancia, el tribunal deberá dejar sin efecto el acta de remate y el proceso de subasta pública, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la
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oferta, en los términos del artículo 494 del Código de Procedimiento Civil, y dispondrá la devolución del dinero del precio de venta consignado por el adjudicatario, con deducción del monto que éste adeude por pensión alimenticia, el que será retenido y pagado a su alimentario. Demás antecedentes y bases causa rol Nº 160-2019 caratulada “Banco Santander Chile Con Empresa Cervecera y su Comercialización Genoveva Edecia Arévalo Burgos E.I.R.L.”. SECRETARIA 20-24-30-31 -93524
REMATE Ante el Segundo Juzgado de Letras de Talca, en juicio ejecutivo Rol C-8242025, caratulado “SCOTIABANK CHILE CON LEZANA”, se rematará el día 11 de septiembre de 2025, a las 12:00 horas, de manera presencial en dependencias del tribunal ubicado en calle 4 norte Nº 615, cuarto piso, Talca, casa y sitio ubicada en calle 24 ½ Norte B Nº 3536, que corresponde al lote número 32, de la manzana G, del Loteo “Bicentenario X”, etapa 1, de la co-
S ·
muna y provincia de Talca. Rol de avalúo fiscal Nº 09083 –00151, de la comuna de Talca. La propiedad se encuentra inscrita a nombre de don ALDO FELIPE LEZANA VERGARA, a fojas 10157, número 9415 del Registro de Propiedad del año 2020, del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Mínimo para las posturas $ 65.368.364. Los postores deberán acompañar vale vista a nombre del juzgado o boleta de consignación en la cuenta corriente del tribunal por un 10% del mínimo para la subasta, en forma personal y presencial, junto a un escrito en el que señalen su nombre completo, cédula nacional de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico, hasta las 10:00 horas del día hábil anterior a la fecha del remate. No se aceptará otro medio de garantía y se hace presente que, en el caso de la consignación, la devolución se hará a petición de parte, dentro de los cinco días hábiles bancarios siguientes, mediante cheque del tribunal. Demás antecedentes y bases en la causa indicada. Secretaria Subrogante 24-05-06-07 - 93537
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Informa a los interesados en instalar fondas, ramadas, stands de degustaciones para celebración de Fiestas Patrias 2025, que el remate público de pisos se realizará en día y hora que se indican:
MARTES 26 DE AGOSTO 2025 A LAS 15:30 HORAS. Sala ubicada en la Corporación Cultural Carmen #560.
Para más información se pueden descargar las bases en el banner ubicado en www.curico.cl o retirar en el departamento de rentas del municipio.
GEORGE BORDACHAR SOTOMAYOR ALCALDE DE CURICÓ 23-24-25 -
Esta iniciativa, llevada a cabo por la empresa Ipsos, mide la percepción de los usuarios respecto de la calidad de la atención.
TALCA. Fueron las propias víctimas y testigos las que le dieron al Ministerio Público del Maule una destacada valoración, que la pone liderando la encuesta nacional que se realizó en las 19 fiscalías regionales de todo el país. Esta iniciativa, llevada a cabo por la empresa Ipsos, mide la percepción de los usuarios respecto de la calidad de la atención.
En el caso del Maule, un 71% de los encuestados evaluó positivamente la atención recibida, destacando especialmente la calidad humana del servicio.
Alejandra Ojeda, directora de Public Affairs Ipsos, explica que lo más valorado por los usuarios, es el trato recibido al señalar que “realizamos una encuesta semanal en todo el país, donde se consulta a todas las personas que son atendidas por la Fiscalía, respecto de có-
El Ministerio Público del Maule recibió una destacada valoración en encuesta nacional que se realizó en las 19 fiscalías regionales de todo el país.
mo evalúan el servicio que recibieron y qué tan satisfechos están del trato que fueron objeto. En el caso de la Fiscalía del Maule los resultados son muy positivos, ya que siete de cada 10 personas evalúa positivamente la atención que recibe y lo que
EN LA COMUNA DE PARRAL
demás destacan, es el trato de las personas que las atienden ya que es respetuoso, amable y orientador en cada paso del proceso. Esto es muy importante porque significa que las personas en el Maule, que trabajan en la Fiscalía, tienen
la capacidad de ponerse en el lugar del otro, de entender a la persona que están atendiendo y hacer en forma muy brillante su trabajo.
FISCAL
“Hoy la Fiscalía Regional
PARRAL. Detectives de la agrupación Modelo Territorial Cero (MT-0) de la Brigada de Investigación Criminal (Bicrim) de la PDI de Parral, realizaron una investigación a un punto de comercialización de droga en la población Don Pablo, en relación a indagatoria por tráfico de pequeñas cantidades, encabezada por la Unidad de Análisis Criminal y Alta Complejidad (Unaac) de la Fiscalía Regional. Al recopilar los medios probatorios suficientes, se gestionó con el Juzgado de Garantía de Parral, una or-
En la diligencia se decomisó cocaína base, clorhidrato de cocaína, cannabis sativa, y dinero en efectivo.
den de entrada y registro para un domicilio, la que fue ejecutada por la policía, logrando la detención de dos hombres, de nacionalidad chilena, de 22 y 18 años, sin antecedentes policiales, además de la incautación de cocaína base, clorhidrato de cocaína, cannabis sativa, especies y dinero en efectivo. En audiencia de formalización, el Ministerio Público solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, lo que fue autorizado por el tribunal por el tiempo que dure la investigación.
del Maule lidera el ranking nacional en torno a la atención de víctimas y testigos. Una encuesta que me llena de orgullo al encabezar el trabajo que a diario realizan fiscales y funcionarios en toda la región. Pero este resultado nos compromete aún más, a seguir por el mismo camino de las personas que a diario llegan a nuestras oficinas en busca de ayuda, orientación y justicia, ya que han sido ellas las que nos han evaluado y nos han puesto en esta destacada posición”, resaltó el fiscal regional Julio Contardo. Desde la Unidad Regional de Atención a Víctimas y Testigos (Uravit), su jefe Marcelo Pérez destacó la
evolución positiva del índice de atención en los últimos años, manifestando que “este resultado mostrado por Ipsos lo que refleja es un compromiso regional, es decir, un compromiso institucional de la Fiscalía regional del Maule, por entregar un servicio cada vez más cercano y pertinente de acuerdo con las necesidades que tienen las personas acá en el Maule”. Los resultados de esta encuesta, realizada en el país y por una empresa externa al Ministerio Público, refleja el compromiso institucional de fiscales y funcionarios, por ofrecer una atención cercana, eficiente y de calidad a todas las personas que requieren sus servicios.
FUERON DETENIDOS EN RUTA INTERNACIONAL
Sujetos trasladaban más de dos kilos de marihuana
SAN CLEMENTE. Detectives del equipo Modelo Territorial Cero (MT-0) de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado (Brianco) de la PDI de Talca, en investigación con la Fiscalía Local de Talca, lograron identificar un vehículo que trasladaba sustancias ilícitas en la ruta internacional CH-115.
La droga fue adquirida en el sector Corralones de la comuna de San
Clemente, y pretendía ser comercializada en la población San Máximo de la misma comuna. En el control carretero fueron detenidos dos hombres, mayores de edad, de nacionalidad chilena, de los cuales uno poseía antecedentes policiales, encontrando en su poder más de dos kilos de cannabis, siendo puestos a disposición de tribunales por instrucción del Ministerio Público.
La droga pretendía ser comercializada en la población San Máximo de San Clemente.
MALDICIÓN SIGUE Y LOS ROJINEGROS NO GANAN DE LOCAL
En los dos últimos partidos en Cauquenes, empató con Santiago Morning (colista) y ayer con los “Carabeleros” (penúltimos en la tabla).
POR HÉCTOR ORELLANA ABACA FOTOGRAFÍAS: PATRICIO ARIAS - COMUNICACIONES RANGERS
CAUQUENES. Luego de una pobre presentación ante uno de los colistas del torneo, Rangers sigue enredando puntos en condición de local. Magallanes no se vino a regalar y por el contrario, pudo haber ganado el partido en el último minuto. De vuelta en casa y con la posibilidad de prolongar la senda de triunfos tras ganar a Curicó Unido, los rojinegros decepcionaron, al lograr un magro empate en blanco, ante uno de los colistas de la Liga de Ascenso y con ello, seguir cargando con la maldición de no conocer de victorias en calidad de anfitrión en lo que va del 2025.
Fue un comienzo intenso para Rangers, que desde el primer minuto salió a buscar y generar llegadas de peligro al arco rival. El encuentro era dinámico, aunque sin llegadas de riesgo a ambos pórticos. Los dirigidos por Erwin Durán se veían sólidos con la presen-
cia de Sebastián Leyton como defensa central, en una posición poco habitual para el futbolista rojinegro. Magallanes que no se refugiaba, buscando sus cargas principalmente por el sector derecho.
CLARAS OPCIONES
A los 13 minutos, los rojinegros tendrían dos claras opciones de abrir la cuenta, tras un potente remate de Maximiliano González, luego de un pase de Isaac Díaz, que fue desviado al tiro de esquina. Tras su ejecución, lo tiene Claudio Servetti. En las dos jugadas responde de gran manera el portero Matías Bernatene.
En el minuto 23, Alexis Sabella busca la opción de los “Carabeleros” para abrir la cuenta y prueba con potente remate de 35 metros, que encuentra una sólida resistencia del arquero Gastón Rodríguez. Llegaría una nueva jugada de
riesgo en el minuto 29 en favor de Rangers, luego de un tiro de esquina ejecutado por Gonzalo Álvarez, y que encuentra la cabeza de Díaz, que no logra dar la dirección adecuada para sorprender a Bernatene.
Los piducanos tienen el manejo del balón, juegan muy concentrados, pero carecen de mayor intención y agresividad para llegar a la última línea de los metropolitanos, y en lo posible lograr la apertura de la cuenta.
DEMASIADO RESPETO
Transcurrida la primera media hora de futbol, el marcador se mantiene en blanco. Si bien Rangers carecía de profundidad, seguía manejando las acciones, frente a un rival que apelaba principalmente al contragolpe, aprovechando la velocidad de sus delanteros, intentos que, en todo caso, se ven contrarrestados por la so-
Rangers no fue sólido en ofensiva y se debió resignar a un magro empate ante Magallanes, penúltimo en la tabla de posiciones.
lidez defensiva de los rojinegros.
A cinco de cumplirse el tiempo reglamentario, una pelota despejada a medias por la defensa de Rangers permite un remate de Matías Vásquez, que sale rozando el poste derecho, ante la estéril reacción del arquero Rodríguez.
En los últimos minutos es Magallanes que se propicia sucesivas llegadas al arco rojinegro, que se sigue defendiendo de manera muy ordenada y tratando de crearse las opciones, que le permitan irse en ventaja al término de la primera fracción.
Jugados 3 minutos de tiempo adicional nada cambia y ambos con marcador en blanco se retiran al descanso. Rangers respetó en demasía al rival, en tanto que Magallanes con más disciplina que virtudes futbolísticas, logró mantener a raya el equipo rojinegro que le quedarán 45 minutos para buscar el ansiado primer triunfo de local en la Liga del Ascenso.
SEGUNDO TIEMPO
Ambos equipos retornan a la disputa de la etapa complementaria, sin cambios en sus formaciones.
El partido sigue manteniendo las características de la etapa inicial, con un Rangers tratando de establecer mayor dominio de las acciones, frente a un rival que con todas sus limitaciones, se las ingenia para mantener controladas las acciones.
Ya cumplidos los 10 minutos de la etapa final, los de Erwin Durán no mejoran, no logran controlar el juego y, por el contrario, se manifiestan irresolutos e imprecisos. La visita, en tanto, adelanta sus líneas buscando el error, una jugada asociada o bien alguna inspiración personal de sus delanteros.
Transcurrida la hora de fútbol, Cristóbal Jorquera, que había entrado 3 minutos antes, conecta un potente disparo que logra ser desviado por el portero visitante al tiro de esquina, en lo que era un golazo para el local. A través del contragolpe, los albicelestes siguen creando instancias de peligro en el arco de Rangers, que se comienza a desesperar y entrar en confusiones.
DESENLACE
A 15 minutos del final, y con resultado incierto, los rojinegros siguen en la búsqueda del arco rival, mientras que Magallanes, se comienza a replegar, ya que el punto de visita para ellos no era del todo negativo.
En el minuto 81, un tiro libre ejecutado por Carlos Lobos, encuentra la cabeza de Bastián San Juan y el balón sale levemente desviado, en la más clara oportunidad de la segunda etapa para los rojinegros.
El juez de la brega, Rodrigo Farías, decreta 6 minutos de tiempo adicional. Cuando se jugaban los dos minutos de adición un tiro de distancia de Martín Araya, impacta en el travesaño y Rangers se salva, cuando Rodríguez estaba vencido. Un minuto después es expulsado Claudio Servetti, en los piducanos, por derribar a Alessandro Toledo, en momentos que preparaba remate en la portería talquina, en otra clara opción del visitante. La ejecución del tiro libre no traería mayores consecuencias. Termina el partido y los rojinegros que empatan en blanco y siguen sin ganar de local ante la rabia, frustración e impotencia de sus hinchas, que se descargaron con duros gritos hacia los jugadores.
En su próximo encuentro, Rangers jugará de visita el domingo 31 desde las 12:30 horas, enfrentando a Santiago Wanderers, en el Estadio Lucio Fariña de Quillota.
Torneo: Liga Nacional de Ascenso (Fecha 22)
Estadio: Manuel Moya Medel de Cauquenes Árbitro: Rodrigo Farías Público: 915 espectadores.
RANGERS (0): Gastón Rodríguez; Bastián San Juan, Claudio Servetti, Sebastián Leyton y Camilo Rodríguez; Maximiliano González (76’ Javier Araya), Carlos Lobos y Gonzalo Álvarez (60’ Cristóbal Jorquera); Ignacio Ibáñez (60’ Gonzalo Reyes), Isaac Díaz (C) y Matías Sandoval (83’ Felipe Barrientos). DT: Erwin Durán.
MAGALLANES (0): Matías Bernatene; Alonso Walters (77’ Diego Figueroa), Matías Vásquez (C), Jeremías James y Bruno Valdéz; Cesar Valenzuela (67’ Martín González), Alexis Sabella, Franco Ortega (77’ Matías Osorio) y Martín Araya; Facundo Peraza (83’ Vicente Conelli) y Alessandro Toledo. DT: Miguel Ponce.
T. Amarillas: 27’ Alexis Sabella (MAG), 53’ Bastián San Juan (RAN), 58’ Claudio Servetti (RAN), 80’ Matías Osorio (MAG).
T. Roja: 93’ Claudio Servetti (RAN)