INFORMACIÓN LEGAL – FUNDACION UNIDAS Dando cumplimiento a lo exigido en el artículo 364-5, parágrafo 2 del Estatuto tributario, se publica la siguiente información:
1. La denominación, la identificación y el domicilio de la entidad. Fundación Unidas Nit. 830.506.607-4 Dirección: Calle 56 #39-13 Teléfono: 2843520-2846724-5277507 Correo: funidasorg24@gmail.com 2. La descripción de la actividad meritoria.
la FUNDACIÓN UNIDAS se encuentra registrada dentro del Régimen tributario especial ya que su objeto social es de interés general en las actividades meritorias establecidas en el artículo 359 del estatuto tributario, parágrafo 5ª, a las cuales tiene acceso la comunidad, se cita a continuación el parágrafo del estatuto tributario de la actividad meritoria y el objeto social de la fundación:
Parágrafo 5ª del artículo 359 del estatuto tributario:
“Actividades de desarrollo social, que comprende las siguientes actividades: a. Protección, asistencia y promoción de los derechos de las poblaciones de especial protección constitucional, minorías, poblaciones en situación de vulnerabilidad, exclusión y discriminación; tales como niños, niñas, adolescentes y jóvenes, personas con discapacidad, personas mayores, grupos y comunidades étnicas, víctimas del conflicto, población desmovilizada, mujeres, población con orientación sexual e identidad de género diversa, población reclusa, población en situación de pobreza y pobreza extrema, población rural o campesina entre otras.”
Objeto social de la Fundación Unidas (Tomado de los estatutos de la Fundación):
“…Como entidad sin ánimo de lucro la FUNDACIÓN UNIDAS tendrá como finalidad en el desarrollo de sus actividades la realización de: Trabajar por las personas más vulnerables de la sociedad y brindar servicios a la comunidad en general tendientes al desarrollo y mejoramiento del ser humano buscando ofrecer bienestar y llevar dimensiones emocionales, sociales, físicas y espirituales de las personas en armonía consigo mismas y el entorno. La Fundación propenderá por el mejoramiento de la calidad de vida de inmigrantes, realizando acciones que tiendan a dignificar su condición de iguales. 3. El monto y el destino de la reinversión del beneficio o excedente neto, cuando corresponda.