Violencia de Género contra Niñas y Mujeres con Discapacidad

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ACCIONES E INSTRUMENTOS QUE

CONTRIBUYEN A LA IMPLEMENTACIÓN EN IBEROAMÉRICA DE

MEDIDAS

A CORTO-MEDIANO PLAZO DE LA RECOMENDACIÓN Nº 4 DEL COMITÉ DE EXPERTAS DEL MESECVI:

VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA NIÑAS Y MUJERES CON DISCAPACIDAD

Con la colaboración de:

Créditos

Coordinación desde la Iniciativa Iberoamericana para Prevenir y Eliminar la Violencia contra las Mujeres (IIPEVCM):

Silvana Balsa Ruella

Coordinación desde el Programa Iberoamericano de Discapacidad (PID):

Natalia Guala Beathyate

María Ayllón Toubes

Autoría:

Carolina Atencio (Consultora experta en género)

Lucila Miranda (Consultora experta en violencias de género)

Fabián Murúa (Consultor experto en discapacidad)

Agradecimientos por su apoyo y revisión a:

División de Género de la Secretaría General Iberoamericana

Secretaría Técnica y expertas de la Comisión de Mujeres, Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI)

Este documento ha sido producido bajo la coordinación de la Iniciativa Iberoamericana para Prevenir y Eliminar la Violencia contra las Mujeres (IIPEVCM) y el Programa Iberoamericano de Discapacidad (PID), en el marco de una convocatoria de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB). Su contenido es responsabilidad exclusiva de sus autores y no necesariamente refleja los puntos de vista de los miembros de las instituciones.

Estos materiales están pensados para que tengan la mayor difusión posible y, de esa forma, contribuir al conocimiento y a la implementación de las prácticas en la región Iberoamericana. Se autoriza, por tanto, su reproducción, siempre que se cite la fuente y se realice sin ánimo de lucro.

Prólogo

La violencia de género contra las mujeres y las niñas con discapacidad, sigue siendo una realidad invisibilizada que exige respuestas urgentes e integrales en la región.

La intersección entre género y discapacidad profundiza desigualdades estructurales e impone barreras que restringen el acceso a derechos fundamentales como la justicia, la educación, la salud y la protección frente a la violencia.

Desde la Secretaría General Iberoamericana tenemos el mandato de trabajar para prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres. Por ello, nos honra apoyar esta iniciativa, que no solo responde a esa misión, sino que evidencia la fuerza de la Cooperación Iberoamericana para impulsar transformaciones y garantizar una vida libre de violencias para todas.

Esta guía surge como una herramienta clave para la implementación de la Recomendación General N.º 4 del Comité de Expertas del MESECVI, un paso esencial para erradicar estas violencias en los Estados iberoamericanos. Si bien se han logrado avances normativos y de política pública, persisten desafíos que enfrentan las víctimas de esta violencia: la falta de datos desagregados, la inaccesibilidad a los sistemas de denuncia y la escasa formación de los y las operadores de justicia; elementos que perpetúan la impunidad y la exclusión.

El presente documento es el resultado del esfuerzo coordinado entre la Iniciativa Iberoamericana para Prevenir y Eliminar la Violencia contra las Mujeres (IIPEVCM) y el Programa Iberoamericano sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (PID). Refleja el valor agregado de la Cooperación Iberoamericana y presenta conceptos clave, estrategias

y experiencias exitosas implementadas en distintos países iberoamericanos que comparten una visión e identidad conjunta, ofreciendo referencias concretas y replicables para el diseño de políticas públicas efectivas.

Si bien la mayoría de los Estados enfrenta dificultades en el desarrollo de programas y acciones específicas, esta guía recoge experiencias que han incorporado la perspectiva de la Recomendación N.º 4 del MESECVI, sirviendo como referencia y ejemplo de réplica. Incluye prácticas implementadas en los países miembros de la IIPEVCM y del PID, en materia de legislación, políticas públicas, acceso a la justicia y sistemas estadísticos sobre la violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad.

Se trata así de una herramienta que busca contribuir a un cambio estructural: para que ni la condición de ser mujer ni la discapacidad sean factores de exclusión y desigualdad. Que las mujeres y niñas con discapacidad dejen de ser subalternizadas, desoídas o infantilizadas. Activistas, investigadoras, personal funcionario y, sobre todo, mujeres con discapacidad han alzado su voz haciendo posible este esfuerzo colectivo. Su derecho a una vida libre de violencias no es un reclamo nuevo ni una concesión: es una obligación impostergable.

División de Género de la Secretaría General Iberoamericana

Resumen Ejecutivo

La violencia hacia las mujeres constituye una grave violación a los derechos humanos.

La Asamblea General de la ONU, en su Resolución

75/161 reitera la necesidad de intensificar los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en los ámbitos públicos y privados en todas las regiones del mundo.

A su vez, para abordar cualquier ámbito de la discapacidad es preciso acudir a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD, ONU, 2006) ratificada actualmente por 186 países que ya en su preámbulo reconoce que “las mujeres y las niñas con discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación.”

En la región americana encontramos que en 1994 se adoptó la Convención de Belém do Pará, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer que define la violencia contra las mujeres, establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y destaca a la violencia como una violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Así es que para garantizar una implementación efectiva de la Convención en 2004 se creó el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), un foro de intercambio de expertas que analiza los avances realizados. Fruto de su trabajo en 2022 se publicó la Recomendación General del Comité de Expertas del MESECVI (No.4) sobre violencia de género contra las niñas y mujeres con discapacidad.

A fin de generar herramientas que contribuyan al logro de los objetivos que esta persigue, la Iniciativa Iberoamericana para Prevenir y Eliminar la Violencia contra las Mujeres (IIPEVCM) y el Programa Iberoamericano de Discapacidad (PID), a través de la puesta en marcha de acciones lideradas desde ambas Unidades Técnicas, se han embarcado en este desafío.

Lo que ha implicado el estudio y la identificación de estrategias modelo, factibles de ser incorporadas por los países miembros de ambos proyectos en el corto y mediano plazo, para promover la prevención y el abordaje integral de la violencia de género contra las niñas y mujeres con discapacidad y el acceso a sus derechos. Asimismo, ha requerido la capacitación a los equipos técnicos profesionales de las instancias rectoras de la violencia contra las mujeres y personas con discapacidad, así como organizaciones de la sociedad civl, para promover la incidencia de estas en la arena pública.

Esta iniciativa que engloba a 15 países de la región Iberoamericana es el resultado de un trabajo conjunto, colaborativo, que busca contribuir a materializar las obligaciones de los Estados, orientado e impulsado por la Cooperación Iberoamericana que aspira a resultados concretos que inciden en el fortalecimiento de las políticas públicas a través del apoyo técnico y financiero.

La presente Guía se estructura en seis capítulos. En el primero se detalla el objetivo, alcance y el público al cual está dirigida, así como la metodología empleada. En el segundo, se establecen los conceptos clave que constituyen las orientaciones medulares que guían el presente documento. En el tercero se describen las principales características de la Recomendación General del Comité de Expertas del MESECVI Nº 4 “Violencia de género contra las niñas y mujeres con discapacidad”. En el cuarto, se esbozan los principales retos y desafíos identificados para la efectivización de la Recomendación por parte de los Estados, de acuerdo a las 4 dimensiones establecidas: legislación, políticas públicas, estadística y acceso a la justicia; y en el quinto capítulo, no obstante, se presentan algunas experiencias de los Estados miembros de la IIPEVCM y del PID en dichos ejes para avanzar hacia su cumplimiento. Finalmente, en el último capítulo se elabora una serie de recomendaciones que surgen del análisis de los recursos existentes en los Estados en materia de abordaje integral de las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad, poniendo foco en las siguientes categorías: recomendaciones generales, sensibilización y formación, institucionalidad y políticas públicas y de acceso a la justicia.

En definitiva, este trabajo que deseamos sea de gran utilidad para los países de ambos proyectos, se orienta a brindar mayores respuestas a las necesidades de la ciudadanía Iberoamericana, especialmente con este producto al cumplimiento de los derechos de tantas mujeres y niñas con discapacidad a vivir sus vidas sin violencia y con plena dignidad humana.

Secretarías técnicas IIPEVCM y PID

Introducción

La presente Guía de recursos, acciones y medidas de corto-mediano plazo fue desarrollada en el marco de la consultoría convocada por la Iniciativa Iberoamericana para Prevenir y Eliminar la Violencia contra las Mujeres (IIPEVCM) y el Programa Iberoamericano sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (PID).

El documento se elabora con el objetivo de favorecer el cumplimiento de la Recomendación General Nº4 sobre “Violencia de Género contra las Niñas y Mujeres con Discapacidad” del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), en particular, en los países miembro de los Proyectos para los Programas, Iniciativas y Proyectos Adscritos (PIPA) de la Cooperación Iberoamericana (SEGIB) 1

Para ello, se detallan una serie de buenas prácticas y recomendaciones que promuevan la prevención y abordaje de la violencia de género hacia mujeres y niñas con discapacidad de forma accesible por parte de organismos estatales, organizaciones de mujeres, feministas, de personas con discapacidad y otros organismos relevantes.

En este sentido, la Guía se dirige a los equipos técnicos-profesionales de las instancias rectoras de la violencia contra las mujeres y personas con discapacidad en los Estados anteriormente indicados así como a las organizaciones de la sociedad civil que promueven la defensa de los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad.

Esta herramienta se nutre de un detallado mapeo de la información disponible de los países involucrados en cuanto al estado de conocimiento de la recomendación mencionada y los avances en la implementación de medidas. Los datos sistematizados fueron obtenidos luego de relevar y sistematizar la legislación, las políticas públicas, los programas de acceso a la justicia, la jurisprudencia local e internacional, las observaciones generales de los órganos de tratados universales y regionales competentes en la materia y los sistemas de estadísticas y acceso a la información sobre violencias hacia las mujeres y discapacidad de cada Estado involucrado.

Asimismo, se realizaron entrevistas con diversos puntos focales institucionales de la IIPEVCM y del PID de la mayoría de los Estados miembros que brindaron información actualizada sobre las dimensiones mencionadas. Adicionalmente, se realizaron intercambios con algunas organizaciones regionales de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos de las mujeres con discapacidad en Latinoamérica.

La Guía de recursos, acciones y medidas para favorecer la implementación de la Recomendación General Nº4 del Comité de Expertas del MESECVI también tiene como inspiración diversos instrumentos regionales

1 Andorra, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Portugal, República Dominicana y Uruguay.

e internacionales de prácticas prometedoras en materia de prevención y abordaje de las violencias de género y, en particular, de las violencias hacia mujeres y niñas con discapacidad.

El documento busca servir de insumo para aumentar el grado de conocimiento e implementación de las recomendaciones del MESECVI y, en particular, para el diseño y ejecución de políticas públicas que promuevan la prevención y el abordaje integral de las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad y el acceso a sus derechos. En ese marco, el documento también pretende contribuir a promover una mayor toma de conciencia sobre el derecho de las mujeres y niñas con discapacidad a la autonomía de la voluntad y a tomar decisiones y sobre la importancia de garantizar la participación de estas en las políticas públicas.

Conceptos claves

En este apartado se enumera una serie de conceptos para facilitar la comprensión de las categorías propias de la violencia de género y la discapacidad, el enfoque interseccional y de derechos humanos en las políticas públicas, la legislación, el acceso a la información y a la justicia, entre otros.

Accesibilidad: hace referencia a las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales (ONU, 2006).

Ajustes de procedimiento: se trata de las medidas necesarias para garantizar el acceso a la justicia y la participación de las personas con discapacidad en todas las etapas de los procesos judiciales. Cuando las medidas de accesibilidad y los ajustes requeridos no se realizan se incumple el deber de debida diligencia porque no se eliminan las barreras que impiden que puedan realizarse las denuncias y lograr justicia frente a las violencias que les afectan (MESECVI, 2022).

Ajustes razonables: son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales (ONU, 2006).

Apoyos: es un concepto consagrado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) que refiere al acto de prestar ayuda o cuidados a alguien que los necesita para realizar sus actividades cotidianas y participar en la sociedad. Todas las personas reciben y brindan apoyo, independientemente de que tengan o no una deficiencia o de cuál sea su edad o condición social. Las personas que brindan apoyo, ya sea que esa tarea constituya un trabajo remunerado o no, asisten a las personas con discapacidad en su vida diaria, no solo para satisfacer sus necesidades básicas, sino también para que puedan participar en la sociedad con dignidad y autonomía (ONU 2024).

Barreras: son factores en el entorno de una persona que, con su ausencia o presencia, limitan el funcionamiento y crean discapacidad, por ejemplo, ambientes físicos inaccesibles, falta de ayudas técnicas apropiadas y actitudes negativas frente a la discapacidad (OMS y Banco Mundial, 2011).

Buenas prácticas en materia de discapacidad: son acciones que contribuyen a la reducción de la violencia contra niñas y mujeres con discapacidad a través de servicios inclusivos (Iniciativa Spotlight, UNFPA y Humanity & Inclusion, 2021).

Capacitismo: sistema de valores que considera que determinadas características típicas del cuerpo y la mente son fundamentales para vivir una vida que merezca la pena ser vivida. Atendiendo a estándares estrictos de apariencia, funcionamiento y comportamiento, el pensamiento capacitista considera la experiencia de la discapacidad como una desgracia que conlleva sufrimientos y desventajas y, de forma invariable, resta valor a la vida humana (ONU, 2020)

Discapacidad: es un concepto que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras, actitudes y el entorno que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás (ONU, 2006).

Discriminación interseccional: hace referencia a una situación en la que varios motivos interactúan de forma inseparable, profundizando la opresión de determinadas personas o grupos de personas. Entre los motivos de discriminación figuran la edad; la discapacidad; el origen étnico, indígena, nacional o social; la identidad de género; la opinión política o de otra índole; la condición migrante, refugiado o solicitante de asilo; la religión; la orientación sexual, entre otros (ONU, 2016).

Género: se refiere a los roles, características y oportunidades definidos por la sociedad que se consideran apropiados para los varones, las mujeres, las personas con identidades no binarias, entre otras.

El género es también producto de las relaciones entre las personas y puede reflejar la distribución de poder entre ellas. No es un concepto estático sino que cambia con el tiempo y el lugar. Cuando las personas o los grupos no se ajustan a las normas (incluidos los conceptos de masculinidad o feminidad), los roles, las responsabilidades o las relaciones asociadas al género suelen ser objeto de estigmatización, exclusión social y discriminación, lo que puede afectar negativamente la salud de las personas. El género interactúa con el sexo anatómico, pero es un concepto distinto (OMS, 2018).

Restricción a la capacidad jurídica: son las limitaciones impuestas legalmente a las personas con discapacidad, entre otras, para adquirir y/o ejercer sus derechos y contraer obligaciones, así como para tomar decisiones sobre su propia vida. Algunas de sus consecuencias son privarlas del derecho a ser escuchadas, a presentar pruebas o a rebatir testigos (MESECVI, 2022).

En el artículo 12 de la CDPD se estipula que las personas con discapacidad no pueden perder su capacidad jurídica por el mero hecho de su discapacidad. La CDPD obliga a los Estados a adoptar medidas adecuadas

y eficaces para que las personas cuenten con el apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica (OMS y Banco Mundial, 2011).

Violencia contra mujeres y niñas con discapacidad: esta categoría incluye cualquier acción o conducta basada tanto en el género como en la discapacidad (o basada conjuntamente en el género y la discapacidad) que cause la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a una niña o mujer con discapacidad, tanto en el ámbito público como en el privado. Se trata de un concepto amplio que abarca las formas de violencia dirigidas contra las mujeres con discapacidad por la intersección del género y discapacidad, así como los actos que puedan afectarles desproporcionadamente, tomando en cuenta los estereotipos y las cargas derivadas del género y de la discapacidad, así como de otros factores de vulnerabilidad que confluyen en la vida de las mujeres (MESECVI, 2022).

La

Recomendación General del Comité de Expertas del MESECVI Nº 4 “Violencia de género contra las niñas y mujeres con discapacidad”.

Las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad son objeto de formas múltiples e interseccionales de discriminación y violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, incluidos el hogar, la familia, la comunidad, el mundo laboral, la escuela, los contextos digitales 2 .

A su vez, suelen estar expuestas a un riesgo mayor de violencia y malos tratos 3. Además de estar expuestas a las distintas formas de violencia contra las mujeres basadas en el género, las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad también enfrentan otras formas de violencia por su discapacidad 4 .

Por ejemplo, la falta de hogar o de servicios de apoyo y cuidados en la comunidad puede exponer a las niñas y a las mujeres, incluyendo a las mujeres de edad con discapacidad, al riesgo de ser internadas en instituciones y de experimentar violencias en ese contexto, por ejemplo, por las personas que ejercen tareas de cuidado. El internamiento forzado es una forma de violencia que priva a las mujeres y las niñas de su libertad a causa de la discapacidad ya que, en esa situación, están más expuestas a distintas formas de violencias, incluyendo la violencia física, psicológica, sexual y económica.

Además, la esterilización forzada y otras prácticas médicas sin consentimiento, afectan especialmente los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres con discapacidad, no respetan el derecho a la capacidad jurídica y constituye una violación a los derechos humanos que pueden considerarse tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes 5. Dichas prácticas, están basadas en una perspectiva capacitista que reproduce la discriminacion hacia las personas con discapacidad y que debe ser superada.

2 ONU. Consejo de Derechos Humanos. Resolución 47/15.

3 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Preámbulo.

4 Recomendación General N° 4 del Comité de Expertas del MESECVI.

5 ONU. CRPD. Observación General N° 3. 2016.

Por otra parte, las mujeres y las niñas con discapacidad encuentran barreras que dificultan la denuncia de las violencias que atraviesan.

La falta de monitoreo de instituciones cerradas como los hospitales y clínicas psiquiátricas, los hogares para personas con discapacidad o para personas mayores, la falta de información accesible sobre el sistema de justicia y la ausencia de ajustes de procedimiento y de asistencia legal especializada y gratuita, constituyen obstáculos para el acceso efectivo a la justicia. Además, las restricciones a la capacidad jurídica y los estereotipos basados en la incapacidad pueden ocasionar que las víctimas no puedan participar de manera directa en el proceso.

La CDPD, aprobada en el año 2006 por la Asamblea de Naciones Unidas, entiende a la discapacidad como el efecto social de la interacción entre la propia deficiencia y el entorno social y material 6. A su vez, dispone en su artículo 6 que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación, y que los Estados Parte deben adoptar medidas para asegurar que las mismas puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

También sostiene en su artículo 16 que los Estados Partes adoptarán todas las medidas pertinentes para impedir cualquier forma de explotación, violencia y abuso asegurando, entre otras cosas, que existan formas adecuadas de asistencia y apoyo que tengan en cuenta el género y la edad.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRDP) abordó en el año 2016 la situación relativa a los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad en su Observación General N° 3. Allí, destacó que las leyes y políticas sobre la discapacidad han desatendido históricamente los aspectos relacionados con las mujeres y las niñas con discapacidad, y que las leyes y las políticas relativas a las mujeres tradicionalmente han hecho caso omiso de la discapacidad, y que ello ha contribuido a perpetuar formas múltiples e interseccionales de discriminación contra las mujeres y las niñas con discapacidad. Por ejemplo, los mecanismos de vigilancia y los servicios de atención a víctimas y sobrevivientes de violencia de género no suelen estar adaptados a las necesidades de las mujeres con discapacidad ni cuentan con personal preparado para atender sus denuncias 7 .

6 ONU. CRPD. Observación General N° 3. 2016.

7 Recomendación General N° 4 del Comité de Expertas del MESECVI.

Además, en la mencionada Observación General, el Comité incorporó un enfoque de género y de discapacidad, señalando que el concepto de discriminación interseccional reconoce que las personas no sufren discriminación como miembros de un grupo homogéneo sino como individuos con identidades, condiciones y circunstancias vitales multidimensionales, y que las vivencias y experiencias de agravamiento de la situación de desventaja de las personas a causa de formas de discriminación múltiples e interseccionales requieren la adopción de medidas específicas.

Dentro de esas medidas específicas, concluyó que los Estados partes deben adoptar un enfoque doble: a) la incorporación sistemática de los intereses y los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad en todos los planes de acción, estrategias y políticas nacionales relativos a la mujer, la infancia y la discapacidad, así como en los planes sectoriales sobre, por ejemplo, la igualdad de género, la salud, la violencia, la educación, la participación política, el empleo, el acceso a la justicia y la protección social; y b) la adopción de medidas selectivas y supervisadas dirigidas específicamente a las mujeres con discapacidad.

Por otra parte, en el ámbito interamericano se aprobó en el año 1994 la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención de Belém do Pará) la cual reconoce el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia tanto en el ámbito público como privado.

El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) aprobó en el año 2022 la Recomendación General N° 4 sobre la violencia de género hacia las niñas y mujeres con discapacidad. Allí, destacó que más que una categoría de violencia de género específica, la violencia contra las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad es una forma de violencia de carácter interseccional, en la que confluyen el género y la discapacidad y que el impacto de la violencia y discriminación contra niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad se puede ver agravado cuando confluyen otros factores de discriminación potencial, como puede ser la pobreza, el origen étnico, la edad y la identidad de género.

También formuló una serie de recomendaciones en relación a la legislación, los planes nacionales, el acceso a la justicia y los sistemas de información y estadística. Dentro de estas recomendaciones se destacan, entre otras:

• Derogar todas las leyes que autorizan tratamientos y/o intervenciones coercitivas como la esterilización, aborto o la institucionalización o medicación forzados, entre otras.

• Proporcionar garantías procesales adecuadas para proteger su derecho al consentimiento libre, previo e informado, estableciéndose como principio para la toma de decisiones respecto de cualquier decisión y tratamiento.

• Reconocer expresamente en la ley que todas las mujeres con discapacidad tienen capacidad jurídica y el derecho al sistema de apoyo que sea necesario para poder ejercerla

• Garantizar la participación y directa de las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad en el diseño de leyes y en la creación, ejecución y evaluación de políticas públicas y programas enfocadas a combatir la violencia basada en género, con el fin de promover su participación efectiva y de asegurar la inclusión del enfoque de discapacidad y de las experiencias de las mujeres con discapacidad.

• Incorporar en leyes, normas, reglamentos, programas, políticas públicas y servicios sobre violencia de género la perspectiva de discapacidad basada en derechos humanos que contempla la CDPD, a partir de un enfoque interseccional. Incluir la perspectiva de discapacidad en los elementos de tipificación y prevención de la violencia femicida/ feminicida.

• Elaborar protocolos de actuación y poner en marcha mecanismos de supervisión y de denuncia de situaciones de abuso o violencia para mujeres con discapacidad institucionalizadas o residentes en entornos cerrados y segregados, para velar porque no se produzcan actos de violencia y discriminación en la prestación de servicios.

• Desarrollar programas de capacitación del personal encargado de la atención de víctimas de violencia que incluyan contenidos sobre la doble dimensión de la perspectiva de género y de discapacidad

• Establecer acuerdos con las organizaciones de mujeres con discapacidad para impulsar su participación en las acciones de educación y sensibilización orientadas a luchar contra los estereotipos de género y de discapacidad.

• Garantizar que las instalaciones y edificios que integran el sistema de justicia (juzgados, comisarías de policía, hospitales, centros de asistencia legal, centros de detención, prisiones, etc.) sean físicamente accesibles en todas sus dependencias.

• Garantizar que los refugios para víctimas de violencia sean accesibles para mujeres con discapacidad, que cuenten con intérpretes en lengua de señas y que admitan asistentes personales y animales de servicio. En caso de que sea necesario, se debe así mismo garantizar el servicio de asistencia personal de forma gratuita y adaptado a las necesidades de apoyo de las beneficiarias del servicio.

• Implementar los ajustes necesarios en los servicios de orientación y asesoramiento jurídico, refugios de víctimas de violencia, líneas telefónicas de atención a víctimas de violencia y otras instituciones para garantizar el acceso de mujeres con discapacidad a servicios inclusivos.

• Desarrollar materiales informativos sobre las rutas de denuncia y protección frente a la violencia contra las mujeres con base en el género, accesibles a las necesidades de las mujeres con discapacidad en toda su diversidad (materiales en lenguaje sencillo y de fácil comprensión, lengua de señas, sistemas de escritura Braille, en formatos digitales, texto de lectura fácil, audio, video, etc.).

• Incluir la perspectiva de discapacidad en las encuestas y registros encaminados a medir y visibilizar la violencia basada en género, incluyendo preguntas expresas en relación con las violencias específicas que enfrentan las mujeres con discapacidad.

• Contar con mecanismos que permitan generar información estadística de las mujeres, adolescentes y niñas con discapacidad que se encuentran en entornos de institucionalización.

Principales retos y desafíos vinculados al cumplimiento de la Recomendación General Nº 4 del Comité de Expertas del MESECVI en los Estados.

Como resultado del proceso de mapeo y relevamiento de la legislación, las políticas públicas, los programas de acceso a la justicia y los sistemas estadísticos en materia de violencia hacia las niñas y mujeres con discapacidad en los 15 Estados del PID y de la IIEPEVCM, se identificaron una serie de retos y desafíos para cumplir con la Recomendación General Nº 4 del Comité de Expertas del MESECVI.

Generales

Se advierte que es necesario reforzar la difusión del contenido de la Recomendación Nº 4 entre los organismos de los Estados encargados de su implementación.

Asimismo, para la elaboración de la normativa y las políticas públicas relacionadas con la prevención y el abordaje de las violencias de género, es fundamental celebrar consultas estrechas con las mujeres y niñas con discapacidad y con las organizaciones que las representan, de conformidad con el artículo 4 punto 3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Observación General N°7 del CDPD.

También se considera imprescindible mejorar las instancias de capacitación y formación en perspectiva interseccional para los/as agentes y funcionarios/as encargados/as de legislar, implementar políticas públicas, facilitar el acceso a la justicia y producir estadística.

Se identifica importante profundizar el enfoque interseccional en las acciones, programas e iniciativas que realizan los Estados para promover que la regulación sobre violencia de género incluya la perspectiva de discapacidad y viceversa.

En la mayoría de los países resulta clave mejorar la accesibilidad de los materiales destinados a brindar información sobre las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad y los mecanismos de acceso a la justicia y realización de denuncias.

Adicionalmente, los Estados deben redoblar sus esfuerzos para realizar más campañas de sensibilización destinadas a prevenir las violencias de género contra mujeres con discapacidad.

Legislación

En materia de legislación, se advierte que la mayoría de los países que cuentan con leyes específicas en materia de prevención y abordaje de las violencias de género incorporan el enfoque de la discapacidad de manera enunciativa o como agravante de las violencias pero no desde una perspectiva interseccional. De la misma forma, la legislación en materia de discapacidad no suele incluir una mirada de género.

Por otro lado, en algunos casos las leyes que receptan los estándares internacionales en materia de violencia de género y discapacidad coexisten con otras normas que representan paradigmas obsoletos.

Por ejemplo, algunos Estados todavía no sancionaron normativa específica para penalizar los femicidios/feminicidios o existen leyes que continúan negando a las mujeres con discapacidad el derecho a decidir sobre sus derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos. Asimismo, algunos Estados sostienen modelos de la discapacidad asistencialistas y de sustitución de voluntad que no evidencian la internalización del modelo social de la discapacidad.

Políticas públicas

En cuanto a las políticas públicas de los Estados sobre violencia de género hacia mujeres y niñas con discapacidad, se identifica la necesidad de redoblar los esfuerzos para promover la participación de las mujeres con discapacidad y de las organizaciones que bregan por sus derechos en los procesos de elaboración de estos planes y programas. Asimismo, se considera que es fundamental aumentar los presupuestos y la asignación de recursos humanos de dichas acciones.

En relación a políticas públicas específicas, numerosos Estados tienen líneas telefónicas de atención frente a situaciones de violencia de género que cuentan algún tipo de accesibilidad para mujeres con discapacidad, pero se advierte que dichos ajustes no suelen sostenerse a lo largo de la ruta crítica que atraviesan las personas en situación de violencia de género.

Por otro lado, los Estados suelen contar con refugios y casas de acogida para personas en situación de violencia de género, pero deben realizar mayores esfuerzos para aumentar sus estándares de accesibilidad para mujeres con discapacidad.

También se identifican pocos ejemplos de gabinetes de transversalización que tengan un seguimiento real y efectivo de las políticas de violencia de género hacia personas con discapacidad.

Adicionalmente, los Estados deben reforzar la disponibilidad de programas destinados a mujeres con discapacidad que promuevan vidas independientes y eviten o superen su institucionalización. También deben brindar mayores apoyos para la toma de decisiones, el ejercicio efectivo del derecho a la capacidad jurídica y el cuidado de hijos/as/es a los efectos de evitar la separación familiar de quienes todavía no alcanzaron un grado de desarrollo suficiente.

Estadística

En materia de estadística, se advierte que los Estados deben profundizar acciones para contar con mayores sistemas de recopilación de información con enfoque interseccional entre violencias de género y mujeres con discapacidad.

Asimismo, la mayoría de los Estados no cuentan con sistemas integrados de casos de violencia de género y en los existentes, no suele considerarse la variable discapacidad.

Acceso a la justicia

Por último, en materia de acceso a la justicia, es fundamental que los Estados implementen programas de patrocinio jurídico gratuito destinados a mujeres con discapacidad en situación de violencia de género y mejoren la accesibilidad en los servicios de atención y de denuncia de situaciones de violencia (incluida la interpretación en lengua de señas), con más y mejores auxiliares de la justicia capacitados en perspectiva de género y discapacidad.

Buenas prácticas para promover el cumplimiento de la Recomendación General del Comité de Expertas del MESECVI Nº4 en los Estados.

En este apartado se enumera una serie de buenas prácticas existentes en los Estados miembros de la IIPEVCM y del PID en materia de legislación, políticas públicas, acceso a la justicia y sistemas estadísticos sobre violencia de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Como se identificó anteriormente, se advierte que la mayoría de los Estados encuentra desafíos para desarrollar programas, acciones y políticas específicas para prevenir, abordar, promover el acceso a la justicia y medir la violencia de género hacia mujeres y niñas con discapacidad. Sin embargo, a continuación se detallan experiencias que sí incluyen la perspectiva que promueve la Recomendación Nº 4 del Comité de Expertas del MESECVI con el fin de considerarlas como valiosos ejemplos a seguir.

Dichas experiencias se organizan según el ámbito de la Recomendación Nº 4 con el que están vinculadas.

Políticas Públicas

ANDORRA

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Protocolo de colaboración entre el Área de Promoción de la Autonomía Personal y el Área de Políticas de Igualdad, para el tratamiento de casos de mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Garantizar el procedimiento para el abordaje integral de situaciones de violencia de género de mujeres con discapacidad.

El protocolo define una modalidad de derivación de casos entre el área de políticas de igualdad y el área que trabaja en la promoción de derechos de las personas con discapacidad. Establece la información que debe incluirse para efectuar una derivación y las responsabilidades del área al que llega el caso.

Área de Igualdad y área de Promoción de la Autonomía Personal.

Observaciones

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Área de Igualdad y área de Promoción de la Autonomía Personal.

Desde su publicación en junio de 2018.

https://www.aferssocials.ad/igualtat https://www.aferssocials.ad/images/stories/Collectius/Igualtat/ Guia_collaboracio_violencia_genere_i_domestica.pdf

Su fortaleza es que plantea de manera formal la articulación, lo que evita discrecionalidades. Como limitación, se observa que este protocolo está incluido en una serie de instructivos que podría generar confusión. Sería recomendable la elaboración de un documento específico con pautas más claras vinculadas a las especificidades que adopta la asistencia integral de mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Políticas Públicas

CHILE

Nombre de la práctica

Centro de la Mujer Sorda.

Objetivo/s

Descripción

Garantizar que mujeres sordas mayores de 18 años, que viven o han vivido violencia doméstica, puedan acceder a atención psicológica, social y jurídica.

Se trata de un centro de atención que brinda atención, orientación, información y contención a todas las mujeres sordas mayores de 18 años en situación de violencia de género perpetrada por sus parejas o ex parejas. Se accede de manera virtual a través de videollamada y complementa los servicios que brindan los Centros de la Mujer del SERNAMEG. Se utiliza lengua de señas u otros medios de comunicación alternativos.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SERNAMEG).

Mujeres sordas en situación de violencia de género.

Fundación Nellie Zabel (responsable de implementación) y el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SERNAMEG).

Desde su creación en 2022.

Enlace para más información https://fnzchile.cl/proyecto-cmsorda/

Observaciones

Su fortaleza es constituir un ejemplo de articulación virtuosa entre el Estado y la sociedad civil para brindar un servicio fundamental de acceso a derechos de las personas con discapacidad. Puede resultar una debilidad el hecho de que exista solo un centro, ubicado en la ciudad de Santiago de Chile. Además, sólo prevé atención a personas con discapacidad auditiva, privando de dicho servicio a mujeres que presentan otro tipo de discapacidades.

Políticas Públicas

URUGUAY

Nombre de la práctica

Servicio especializado para mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Objetivo/s

Descripción

Ofrecer asistencia jurídica y psicosocial a mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Es un servicio especializado de asistencia psicosocial y jurídica. Brinda respuestas integrales a través de la articulación y coordinación con diferentes organismos e instituciones. El servicio funciona en la ciudad de Montevideo y cuenta con intérpretes de Lengua de Señas uruguayas o mediadores/as. Está dirigido a mujeres con discapacidad mayores de 18 años.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Intendencia de la ciudad de Montevideo.

Observaciones

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Facultad de Psicología de la Universidad de la República y área Transversalidad para Igualdad de Género de la intendencia de Montevideo.

A partir de la suscripción del convenio en junio de 2023.

https://montevideo.gub.uy/areas-tematicas/igualdad-de-genero/ atencion-a-mujeres-con-discapacidad-que-sufren-violencia

Como fortaleza se destaca que la página web incluye descripción sonora y escrita. Resulta deseable que la misma cuente con una descripción audiovisual a fin de mejorar la accesibilidad a los canales de comunicación.

Políticas Públicas

ARGENTINA

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Línea 144 para la atención de personas en situación de violencia de género accesible para personas con discapacidad.

Garantizar el acceso a una abordaje integral de las violencias de género para mujeres con discapacidad.

El sistema de videollamadas de la Línea 144 es un recurso gratuito diseñado específicamente para personas con discapacidad auditiva que se encuentran en situaciones de violencia de género. Este dispositivo permite la comunicación mediante videollamadas con profesionales capacitados/as quienes brindan atención, contención y asesoramiento. El equipo de atención está compuesto por personas sordas que son hablantes de la Lengua de Señas Argentina (LSA), lo que asegura un abordaje inclusivo y accesible para la comunidad sorda. El servicio está disponible a nivel nacional, de lunes a viernes, de 10 a 16 horas, con la posibilidad de enviar videos fuera del horario de atención para un contacto posterior. Además, se ofrece la opción de utilizar chat y compartir archivos y pantalla, lo que permite una intervención integral y personalizada. Las consultas pueden ser recibidas desde cualquier provincia del país.

Ministerio de Justicia de la Nación.

Observaciones

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Ministerio de Justicia de la Nación.

Desde 2023.

https://www.argentina.gob.ar/generos/linea-144/caracteristicasde-la-comunicacion-por-videollamadas https://www.youtube.com/watch?v=i6-BJmk7Z-8

Se observa como fortaleza que la difusión del servicio incluye audiovisuales con lengua de señas y descripción. Resulta un desafío que los horarios de atención sean más acotados que los del servicio de la Línea para personas sin discapacidad.

Legislación BOLIVIA

Nombre de la práctica

Brindar jerarquía constitucional al derecho a una vida libre de violencias de género para las mujeres con discapacidad.

Objetivo/s

Descripción

Garantizar los derechos a una vida libre de violencias de las mujeres con discapacidad.

La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPE) recepta el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias y establece las obligaciones del Estado en materia de abordaje integral de las violencias de género. También establece derechos específicos de las personas con discapacidad, así como la sanción a toda forma de discriminación por algún tipo de discapacidad que anule o menoscabe el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de sus derechos.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

El Estado en su conjunto.

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Todos los organismos de gobierno que intervienen en el abordaje integral de las violencias de género y en el adelanto de los derechos de las personas con discapacidad.

Desde su entrada en vigencia en febrero de 2009.

Enlace para más información https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_bolivia.pdf

Observaciones

Se observa como fortaleza que la protección de las mujeres en situación de violencia de género tenga jerarquía constitucional así como también las obligaciones del Estado para garantizar dicha protección.

Legislación CHILE

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Ley Nº 21.675 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género contra las mujeres.

Establecer un marco normativo para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género contra las mujeres con perspectiva interseccional.

Establece medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres en razón de su género considerando especialmente las situaciones de vulnerabilidad o discriminaciones múltiples en que puedan hallarse, entre las que menciona la discapacidad de manera explícita.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

Desde su promulgación en junio de 2024.

Enlace para más información https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1204220

Observaciones

Es una fortaleza que la ley recepta el principio de interseccionalidad de manera transversal. Resulta un desafío que la norma aún no haya sido reglamentada.

Legislación

URUGUAY

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Ley Nº 19.580.

Garantizar el efectivo goce del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia basada en género.

Reconoce a las mujeres víctimas de violencia el derecho a contar con intérprete, adaptación del lenguaje y comunicación aumentativa así como otros apoyos necesarios y ajustes razonables que permitan garantizar sus derechos cuando se encuentren en situación de discapacidad, y a que su testimonio no sea desvalorizado en base a estereotipos de género sustentados en la inferioridad o sometimiento de las mujeres o en otros factores de discriminación tales como la edad, la situación de discapacidad. Dispone que uno de los deberes del Instituto Nacional de las Mujeres es generar registros de datos sobre violencia basada en género que contemplen variables como la edad y situación de discapacidad, entre otras dimensiones de la discriminacion. Además, establece directrices con perspectiva de discapacidad para las diferentes áreas estatales.

El Instituto Nacional de las Mujeres y el sistema interinstitucional de respuesta a la violencia.

Mujeres (cis o trans) de todas las edades, orientaciones sexuales, condición socioeconómica, pertenencia territorial, creencia, origen cultural y étnico-racial o situación de discapacidad, sin distinción ni discriminación alguna.

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Observaciones

Instituto Nacional de las Mujeres; Consejo Nacional Consultivo por una Vida Libre de Violencia de Género hacia las Mujeres; Comisiones Departamentales por una Vida Libre de Violencia de Género hacia las Mujeres; Observatorio sobre la Violencia Basada en Género hacia las Mujeres. La ley también establece directrices dirigidas a las áreas de educación, salud, trabajo, seguridad social, niñez, discapacidad, personas mayores, seguridad, defensa nacional, comunicación, relaciones exteriores

Desde el año 2019.

https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19580-2017

Como fortaleza se destaca que la ley cuenta con una perspectiva de discapacidad de modo integral.

Legislación ESPAÑA

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Medidas de apoyo económico para las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género - Ley Orgánica 1/2004.

Promover el acceso a apoyos económicos para las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Dispone un apoyo económico a mujeres en situación de violencia de género que tengan reconocida oficialmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100. En estos casos, el importe es equivalente a doce meses de subsidio por desempleo.

Administraciones competentes en materia de servicios sociales.

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Administraciones competentes en materia de servicios sociales.

Desde el año 2005.

Enlace para más información https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760

Observaciones La fortaleza es que establece una mirada interseccional entre la violencia de género y la discapacidad.

Legislación ESPAÑA

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Trámite de urgencia para mujeres en situación de violencia de género que, como consecuencia, adquirieron una discapacidad - Orden DSA/934/2023.

Establecer un trámite de urgencia para el reconocimiento de la discapacidad de las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género y, como consecuencia, hayan adquirido algún tipo discapacidad.

El Trámite de Urgencia se establece por causas humanitarias o de especial necesidad social, de salud o de esperanza de vida, entre las que se incluye la violencia de género. Su efecto es acortar los plazos para entrar en el proceso de valoración de la discapacidad.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Poder Ejecutivo central.

Mujeres víctimas de violencia de género que adquieren una discapacidad.

Organismos públicos que intervengan en la valoración de la discapacidad.

Desde el año 2023.

Enlace para más información https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-17875

Observaciones

La fortaleza es que establece una mirada interseccional entre la violencia de género y la discapacidad.

Acceso a la justicia ARGENTINA

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Guía de Implementación del servicio de acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia de género Sordas e hipoacúsicas.

Garantizar el acceso a la justicia de las mujeres Sordas e hipoacúsicas en situación de violencia de género promoviendo la implementación de un servicio a tal fin.

La herramienta permite a las mujeres Sordas e hipoacúsicas radicar denuncias por violencia de género o de otro tipo, acceder a información específica en lengua de señas, con subtitulado y modulado para facilitar la lectura de labios.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Observaciones

Ministerio de Justicia nacional.

Mujeres Sordas e hipoacúsicas víctimas de violencia de género.

Poderes Judiciales de todo el país y Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Desde su publicación en junio de 2018.

https://www.oficinadelamujer.gob.ar/om/verJyD?idNoticia=2327

Su fortaleza es constituirse como una herramienta para transversalizar la perspectiva de género y discapacidad en el ámbito del Poder Judicial.

Acceso a la justicia ESPAÑA

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Reglamento de asistencia jurídica gratuita.

Brindar asistencia jurídica gratuita a mujeres con discapacidad, entre otras, en procesos judiciales y administrativos que tengan como causa una situación de violencia de género.

La orientación jurídica, defensa y asistencia gratuita se asumirá por una misma dirección letrada desde el momento en que se requiera y abarca todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en una situación de violencia de género que configura un delito hasta su finalización, incluida la ejecución de sentencia.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Observaciones

Poder Judicial nacional.

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Poder Judicial nacional.

Desde el año 2021.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-3698

Su fortaleza es que garantiza el acceso a la justicia de las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Acceso a la justicia

URUGUAY

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Cuaderno de denuncias accesible.

Garantizar el acceso a la justicia de las mujeres con discapacidad y facilitar su comunicación en el ámbito policial.

El Cuaderno de Denuncias Accesible contiene pictogramas y busca facilitar la comunicación en el ámbito policial. Los pictogramas son símbolos gráficos que transmiten información o datos, brindando información rápidamente de forma visual. Sirven de apoyo para que las personas con dificultades en la comunicación o no puedan comunicarse en español se puedan expresar.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Ministerio del Interior nacional.

Observaciones

Personas con discapacidad, personas migrantes y aquellas que desconocen el idioma.

Ministerio de Desarrollo Social y Ministerio del Interior nacional.

A partir del año 2024.

https://www.gub.uy/ministerio-interior/comunicacion/ publicaciones/cuaderno-denuncias-accesibles

Su fortaleza es que promueve el acceso a la justicia y puede facilitar la comunicación entre la policía y aquellas personas que, por diversos motivos, tengan dificultades para expresarse verbalmente. Como desafío se destaca la necesidad de que la capacitación alcance a todas las fuerzas del territorio nacional.

Acceso a la justicia

CHILE

Nombre de la práctica

Guía de Atención a Mujeres con Discapacidad Víctimas de Violencia de Género.

Objetivo/s

Descripción

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Brindar herramientas para una mejor atención de las mujeres con discapacidad víctimas de violencia, erigiéndose como un apoyo para cada una de las etapas comprendidas en el circuito de atención en casos de violencia, así como en cada uno de los espacios en que una mujer puede o debe recurrir para recibir orientación, atención, reparación u otra prestación.

La guía reúne las consideraciones a tener en cuenta para un abordaje integral de las violencias de género contra personas con discapacidad. Está dirigida a funcionarios/as de diversas instituciones vinculadas con la denuncia, investigación y sanción de la violencia de género contra personas con discapacidad para garantizar que se adopten medidas de accesibilidad y ajustes necesarios para personas con discapacidad que comparecen ante ellas, sea como víctimas o en otra calidad, y que se implemente un enfoque inclusivo, que tenga en cuenta las particulares necesidades de las personas con discapacidad.

Departamento Defensoría de la Inclusión Servicio Nacional de la Discapacidad.

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Instituciones vinculadas con la denuncia, investigación y sanción de la violencia de género contra personas con discapacidad.

A partir del año 2019.

https://www.senadis.gob.cl/descarga/i/6034/documento

Observaciones

Su fortaleza es que es una herramienta esencial para garantizar intervenciones en situaciones de violencia de género que incorporen la perspectiva de discapacidad. Sin embargo, podría resultar desafiante que no haya sido construida con el área sustantiva a cargo de la asistencia integral de mujeres en situación de violencia de género.

Estadísticas

URUGUAY

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Componente discapacidad en la Encuesta Nacional de Prevalencia sobre Violencia Basada en Género y Generaciones.

Generar información sobre cómo afecta la violencia de género a las mujeres con discapacidad desde una perspectiva de género.

El Observatorio sobre Violencia basada en Género hacia las Mujeres tiene la misión de recolectar, procesar, registrar, analizar y difundir información sobre violencia basada en género hacia las mujeres, teniendo en cuenta la situación de discapacidad, entre otros aspectos que intersectan al género.

La Segunda Encuesta Nacional de Prevalencia sobre Violencia Basada en Género y Generaciones desarrollada en el año 2019, incluyó por primera vez una muestra de mujeres en situación de discapacidad.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Instituto Nacional de Estadísticas.

Observaciones

Mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

La misma fue llevada a cabo por el Instituto Nacional de Estadística en coordinación con el Observatorio de Violencia Basada en Género hacia las mujeres, integrado por el Instituto Nacional de las Mujeres, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Ministerio del Interior y la Red Uruguaya Contra la Violencia Doméstica y Sexual. También contó con la participación de otros organismos que conforman el Consejo Nacional Consultivo por una Vida Libre de Violencia Basada en Género hacia las mujeres.

Desde el año 2019.

https://www.gub.uy/ministerio-desarrollo-social/comunicacion/ publicaciones/encuesta-nacional-prevalencia-sobre-violenciabasada-genero-generaciones

La medición de la violencia hacia mujeres con discapacidad incorporada en la 2º Encuesta Nacional de Prevalencia se destaca por ser inédita en la región y responder a recomendaciones efectuadas por diversos órganos de tratados. Sin embargo, se destaca que la escasez de participación de las mujeres con discapacidad en el ámbito público genera restricciones y sesgos en el análisis.

Estadísticas MÉXICO

Nombre de la práctica

Sistema Integrado de Estadísticas sobre Violencia contra las Mujeres.

Objetivo/s

Descripción

Poner a disposición de la sociedad, en una misma herramienta de consulta y de manera integrada, un conjunto amplio de estadísticas derivadas de las principales fuentes de información del país que permitan dar cuenta de la violencia ejercida en contra de las mujeres, sobre la magnitud, y las formas y manifestaciones en la que ocurre.

El Sistema contiene 322 indicadores distribuidos en 5 Módulos Temáticos de consulta y constituye una referencia para apoyar y sustentar la definición, seguimiento y evaluación de las políticas públicas encaminadas a erradicar la violencia contra las mujeres.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

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Observaciones

Instituto Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Mujeres en situación de violencia de género.

Instituto Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Desde el año 2017.

https://sc.inegi.org.mx/SIESVIM1/paginas/inicio.jsf

Su fortaleza es integrar diferentes fuentes que permiten producir estadísticas en materia de violencia de género. La limitación es la escasa perspectiva de discapacidad.

Estadísticas ARGENTINA

Nombre de la práctica

Objetivo/s

Descripción

Sistema Integrado de Casos de Violencia por Motivos de Género (SICVG).

Procesar y analizar información sobre las consultas y/o denuncias de violencias de género de todo el país, con el fin de aportar en el diseño y monitoreo de políticas públicas.

Es una herramienta para sistematizar la información sobre casos, consultas y/o denuncias por violencias de género de todo el país que posibilita el análisis estadístico. Funciona a través de una aplicación web en la que se aloja un padrón integrado de consultas y casos que se identifican por tipo y número de documento de la persona en situación de violencia.

Áreas de gobierno responsables de su implementación

Personas o grupos protegidos

Organismos/ instituciones involucradas

Período de vigencia

Enlace para más información

Ministerio de Justicia nacional.

Observaciones

Operadores/as judiciales, efectores/as de políticas públicas.

Ministerio de Justicia nacional.

Desde su creación en 2022. En la actualidad el SICVG se encuentra fuera de servicio.

https://www.argentina.gob.ar/generos/sistema-integrado-decasos-de-violencia-por-motivos-de-genero-sicvg

Se observa como fortaleza que se trata de una potente fuente de información a nivel federal que incluye el cruce entre violencias de género y situación de discapacidad. Sin embargo, la continuidad de la política constituye un desafío, toda vez que actualmente se encuentra fuera de servicio.

Recomendaciones

Este apartado reúne una serie de recomendaciones que surgen del resultado del análisis de la legislación, políticas, iniciativas y programas existentes en los Estados en materia de abordaje integral de las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad y buscan robustecer el acervo de prácticas deseables para contribuir al cumplimiento de la Recomendación Nº 4 del Comité de Expertas del MESECVI.

Su objetivo es poner el foco en aquellas acciones que en la actualidad no se están llevando adelante o no han sido reportadas por los Estados y que resultan de vital gravitación para garantizar los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Las recomendaciones se sistematizaron en categorías que responden a: recomendaciones generales, de sensibilización y formación, de institucionalidad y políticas públicas y de acceso a la justicia.

En la descripción de las mismas se ha incluido la categoría “ejecutor primario” y, en algunos casos, “ejecutor secundario”. Esta diferenciación obedece a que, con frecuencia, la responsabilidad principal de llevar adelante las políticas recomendadas es del Estado, debido a su rol de garante de los derechos de las mujeres con discapacidad. Sin embargo, muchas de las recomendaciones aquí presentadas pueden ser implementadas de manera articulada, o incluso, autónoma por organizaciones y otros actores no estatales.

Habida cuenta de que no se han identificado ejemplos que permitan graficar las recomendaciones y que, de haberlo hecho, hubiera sido consignado en el apartado de “buenas prácticas”, se incluyeron recursos orientadores que ilustran a qué refiere cada recomendación en concreto pero que deben ser complementados o bien por la perspectiva de género o por la perspectiva de discapacidad. Asimismo, se presentan algunos requisitos deseables que permitirán estimar las necesidades para ponerlas en práctica.

Recomendación general

Participación de las mujeres con discapacidad en la toma de decisiones vinculadas al abordaje integral de las violencias por motivos de género.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Resultado esperado

Esta práctica implica que se convoque a mujeres con discapacidad en el proceso de diseño de políticas públicas para que puedan incidir en él. Puede hacerse a través de la conformación de mesas de diálogo permanentes, formularios de consulta, consejos consultivos o cualquier otra instancia de participación virtual o presencial.

Garantizar que sean tenidas en cuenta la perspectiva, necesidades, conocimientos y experiencias de las mujeres con discapacidad en los procesos de diseño de políticas públicas para el abordaje de situaciones de violencia de género.

Áreas encargadas del diseño e implementación de políticas contra las violencias de género junto a áreas de discapacidad de los Estados.

Promover la implementación de políticas públicas más efectivas y eficientes en el uso de recursos.

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Coordinación entre áreas que trabajan la temática de violencias por motivos de género y discapacidad. Diálogos con organizaciones que trabajan estas temáticas. Planificación y tiempos para desarrollar procesos de consulta (consolidación de mesas de trabajo regulares, consejos consultivos, parlamentos, formularios en línea, etc.).

https://www.argentina.gob.ar/noticias/primera-mesa-federal-dedialogo-y-participacion-de-la-sociedad-civil https://www.desarrollosocialyfamilia.gob.cl/noticias/senadisinstaura-mesa-de-dialogo-para-promover-la-inclusion-depersonas-con-discapacidad-en-la-regio

Recomendación general

Fortalecimiento por parte de los Estados de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Esta práctica implica generar acciones para que las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con mujeres con discapacidad puedan mejorar su trabajo diario, ya sea a través de capacitación a su personal, o a través de equipamiento, transferencia de recursos económicos o cualquier otra acción que permita ampliar las capacidades de la organización.

Promover una ciudadanía activa que ejerza el contralor social sobre las acciones del Estado al tiempo de contribuir a garantizar los derechos de las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Áreas encargadas del fortalecimiento institucional, programas de transferencia, formación, etc., de los Estados.

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Fortalecer las capacidades de las organizaciones que trabajan la temática de violencia de género hacia las mujeres con discapacidad en materia de

Resultado esperado

a. Recursos técnicos: habilidades administrativas, tecnológicas, temáticas a través de acciones de formación/ capacitación.

b. Recursos económicos y financieros: brindar asistencia económica para un mejor desarrollo de las actividades y proyectos de la organización.

c. Recursos materiales: brindar herramientas tales como computadoras, herramientas de trabajo, softwares específicos, etc. para mejorar el trabajo de la organización.

Recursos económicos.

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Programas de formación dirigidos a organizaciones de la sociedad civil.

Diálogos con organizaciones que trabajan estas temáticas.

https://www.gob.mx/agricultura/articulos/fortalecimiento-aorganizaciones-rurales-desarrollo-emprendedor https://www.gob.pe/institucion/cultura/noticias/309409ministerio-de-cultura-desarrolla-con-exito-programa-defortalecimiento-de-capacidades-para-agentes-y-organizacionesculturales

Recomendación general

Producción de estadística y de conocimiento sobre las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Esta práctica implica el diseño de herramientas de medición y de investigación para producir información cuali y cuantitativa sobre la situación de las mujeres y niñas con discapacidad. Puede realizarse a través de encuestas específicas o módulos de encuestas existentes así como también a través de investigaciones específicas con entrevistas a actores clave, usuarias de los servicios públicos y otras fuentes.

Producir conocimiento cuanti y cualitativo situado, confiable, accesible y pertinente sobre la situación de las mujeres y niñas con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Áreas de estadística, planificación y seguimiento de gestión, investigación de los Estados.

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Contar con información cuantitativa y cualitativa de calidad para mejorar el abordaje integral de situaciones de violencia de género hacia personas con discapacidad.

Sistemas de registro integrados.

Formación en género de quienes realizan estadística. Equipos de investigación con perspectiva de género y diversidad.

Recursos destinados a la producción de conocimiento en este campo.

Prácticas/recursos orientadores

https://violenciagenero.igualdad.gob.es/violenciaencifras/ estudios/investigaciones/vgeneroimg/ http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/BA8N12. pdf

Recomendación general

Convenios entre el Estado y organizaciones de la sociedad civil que tengan como misión garantizar los derechos de las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Esta práctica implica generar acuerdos con organizaciones que trabajan en la temática de violencia contra mujeres y niñas con discapacidad y formalizarlos a través de la celebración de convenios para fortalecer los lazos entre el Estado y la sociedad civil. Estos convenios pueden ser para proyectos específicos (producción de conocimiento, campañas de sensibilización) o bien para procesos de consulta permanentes o acciones de largo plazo.

Potenciar la articulación virtuosa entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil para mejorar la calidad y alcance de las respuestas a la ciudadanía en torno a estas temáticas.

Áreas que implementan políticas de abordaje integral de las violencias de género y áreas de discapacidad de los Estados.

Formalizar y fortalecer las prácticas de las organizaciones al tiempo de mejorar la coordinación del Estado y las ONGS.

Contar con información cuantitativa y cualitativa de calidad para mejorar el abordaje integral de situaciones de violencia de género hacia personas con discapacidad.

Diálogos con la sociedad civil. Recursos para el fortalecimiento de los programas que se implementan al nivel de las organizaciones sociales.

https://fnzchile.cl/proyecto-cmsorda/ https://florestaysumundo.com.ar/la-ong-mujeres-reinventadasse-hizo-cargo-del-centro-integral-de-la-mujer-cim-de-lacomuna-9/

Sensibilización y formación

Formación de efectores/as públicos/as que trabajan en prevención y abordaje de violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica desarrollar planes de capacitación para efectores/as públicos/as en materia de abordaje de las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad. Los mismos pueden ser integrales y permanentes o instancias acotadas para trabajar aspectos específicos de ese abordaje: primera escucha, criterios de accesibilidad, herramientas para el acompañamiento, etc.

Mejorar las capacidades del Estado en materia de género, violencias de género y perspectiva de discapacidad para brindar mejores y más eficientes respuestas a la ciudadanía.

Ejecutor primario Áreas de formación, escuelas de gobierno, etc., del Estado.

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Efectores/as y funcionarios/as públicos formados/as y capacitados/as en materia de abordaje integral de las violencias por motivos de género.

Personal capacitado para impartir las formaciones. Recursos técnicos y económicos. Convenios con universidades/centros de estudios, organizaciones de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad.

Prácticas/recursos orientadores

https://www.gob.mx/sfp/prensa/presentan-nuevos-cursos-parala-formacion-y-capacitacion-de-personas-servidoras-publicas https://egpp.gob.bo/

Sensibilización y formación

Campañas de sensibilización y comunicación accesibles sobre violencia de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Esta práctica implica diseñar acciones tales como campañas en redes sociales, vía pública, medios de comunicación masiva, activaciones en lugares de tránsito (aeropuertos, malls, estaciones de metro, etc) para concientizar a la sociedad y prevenir las violencias contra mujeres y niñas con discapacidad.

Incrementar el grado de conciencia social para la prevención de las violencias por motivos de género hacia mujeres con discapacidad.

Áreas de comunicación de los Estados.

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Visibilizar la problemática en diferentes sectores de la sociedad para contribuir a su prevención.

Recursos económicos y técnicos para la realización de piezas de comunicación gráficas, audiovisuales, etc. Convenios con organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad.

Prácticas/recursos orientadores

https://efeminista.com/mujeres-discapacidad-violencia-degenero/

https://www.mides.gob.pa/2019/02/20/conadis-lanza-campanade-sensibilizacion-dejame-ser-confia-en-mi/

Sensibilización y formación

Materiales accesibles de difusión en formato gráfico, sonoro y audiovisual sobre violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Esta práctica implica hacer accesibles los materiales de difusión que se utilizan para que las mujeres y niñas con discapacidad conozcan los servicios del Estado en materia de violencia de género. Además implica que los mismos estén disponibles en la web o en los espacios que frecuentan personas con discapacidad para que se conozcan y lleguen a sus destinatarias.

Garantizar el acceso a la información de las mujeres y niñas con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Áreas de comunicación del Estado.

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Que las mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género conozcan los programas y servicios destinados a su protección y al abordaje integral de estas situaciones.

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Recursos económicos y técnicos para la realización de piezas de comunicación gráficas, audiovisuales, sonoras etc. Convenios con organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad.

https://www.argentina.gob.ar/generos/materiales-descargablesaccesibilidad-linea-144

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1679024/ Catálogo%20y%20Repositorio%20para%20pcd%20%7C%20PDF pdf

Institucionalidad y políticas públicas

Programas, áreas y/u oficinas específicas para el abordaje integral de las violencias hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Esta práctica implica crear programas, áreas u oficinas que trabajen de manera específica la violencia contra mujeres y niñas con discapacidad. Esto permite especializar los servicios, jerarquizar y visibilizar la temática y, sobre todo, concentrar las demandas en un solo lugar, lo que opera virtuosamente en favor de la no revictimización de quienes atraviesan estas situaciones.

Jerarquizar las políticas públicas contra las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Todas las áreas de Estado con injerencia en la temática de género, violencia de género y discapacidad.

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Que las políticas públicas destinadas a la prevención y abordaje integral de las violencias por motivos de género cuenten con estructuras específicas desde las cuales ser promovidas.

Profesionales especializados/as. Recursos técnicos y económicos.

https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/juventud/ programa_de_prevenci-n_de_violencia_de_g-nero_en_mujeres_ con_discapacidad.pdf

Institucionalidad y políticas públicas

Partidas presupuestarias específicas para programas destinados a la prevención y abordaje de las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Esta práctica implica incluir partidas específicas en los presupuestos nacionales de los Estados para trabajar en la prevención y el abordaje integral de las violencias contra mujeres y niñas con discapacidad. Esto favorece la identificación de la inversión en el tema y también la posibilidad de control por parte de las organizaciones.

Garantizar la efectiva implementación de políticas públicas para el abordaje integral de las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Todas las áreas de Estado, en particular, aquellas que definen los presupuestos anuales y las que tienen injerencia en la temática de género, violencia de género y discapacidad.

Resultado esperado

Que las políticas públicas destinadas a la prevención y abordaje integral de las violencias por motivos de género hacia mujeres y niñas con discapacidad cuenten con presupuesto suficiente para cubrir todas las demandas que exige su abordaje integral.

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Recursos económicos.

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/discapacidadtrimestral-informe_2022_1.pdf

https://www.bcn.cl/presupuesto/periodo/2024/partida/21/ capitulo/07

https://www.sdp.gov.co/sites/default/files/informe20231_tppd_ seguimiento.pdf

Institucionalidad y políticas públicas

Protocolos de actuación conjunta y coordinada para el abordaje integral de las violencias de género hacia mujeres con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Esta práctica implica crear procedimientos que permitan que quienes intervienen en los procesos vinculados a situaciones de violencia de género, usualmente personas de diferentes áreas y competencias distintas, conozcan de manera específica cómo actuar, evitando la discrecionalidad.

Promover la transversalización de las políticas públicas destinadas al abordaje integral de las violencias de género hacia mujeres con discapacidad y mejorar la respuesta que se brinda a la ciudadanía en este tema.

Todas las áreas de Estado con injerencia en la temática de género, violencia de género y discapacidad o que de alguna manera participen del proceso.

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Que las políticas públicas destinadas a la prevención y abordaje integral de las violencias de género hacia las mujeres con discapacidad se implementen de manera eficiente en materia de recursos invertidos, integral y coordinada.

Profesionales y técnicos/as especializados/as. Diálogos entre las áreas intervinientes. Acuerdos/convenios entre las áreas. Participación de organizaciones de personas con discapacidad usuarias de los servicios involucrados.

Prácticas/recursos orientadores

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/160100/11._ Protocolo_de_Actuaci_n.pdf https://violenciagenero.igualdad.gob.es/ profesionalesinvestigacion/juridico/protocolos/

Institucionalidad y políticas públicas

Equipos interdisciplinarios para el diseño e implementación de políticas públicas de abordaje integral de las violencias por motivos de género hacia mujeres con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Esta práctica implica contratar y formar personas de diferentes disciplinas para trabajar en el abordaje de situaciones de violencia contra mujeres y niñas con discapacidad. Los equipos compuestos por personas con diferentes saberes y trayectorias permiten tener miradas multidisciplinares, más efectivas para abordar situaciones complejas.

Garantizar que los abordajes de situaciones de violencia de género hacia mujeres con discapacidad se realicen incorporando miradas provenientes de diferentes campos disciplinares que permitan abordar el fenómeno en toda su complejidad.

Todas las áreas de Estado con injerencia en la temática de género, violencia de género y discapacidad o que de alguna manera participen del proceso.

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Mejorar la atención a las mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género hacia mujeres con discapacidad.

Profesionales y técnicos/as especializados/as de diferentes campos disciplinares.

https://www.gob.pe/40372-municipalidad-distrital-de-lurinoficina-municipal-de-atencion-a-la-persona-con-discapacidadomaped

Institucionalidad y políticas públicas

Diagnóstico de accesibilidad edilicia en los servicios públicos destinados a mujeres en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Esta práctica implica contratar personal capacitado y efectuar una revisión diagnóstica para medir el grado de accesibilidad de edificios, predios, oficinas, casas de acogida y cualquier otro lugar en el que se brindan servicios públicos a mujeres y niñas con discapacidad en situación de violencia de género.

Conocer el estado actual en materia de accesibilidad edilicia de los lugares en los que se brindan servicios para la atención de mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Áreas de Estado con injerencia en la temática de género, violencia de género y discapacidad.

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Garantizar el acceso de mujeres con discapacidad a los servicios que brindan los centros de la mujer, las oficinas de asistencia, las comisarías de la mujer, los centros de salud, etc.

Profesionales y técnicos/as especializados/as en materia de accesibilidad. Recursos técnicos y económicos.

Prácticas/recursos orientadores

https://observatoriodelaaccesibilidad.es/wp-content/ uploads/2024/04/Estudio-de-accesibilidad-universal-en-espaciospublicos-urbanizados-y-en-la-edificacion-en-espana-2017.pdf https://w3.css.gob.pa/wp-content/wdocs/PRESENTACION%20 DEL%20INFORME%20DE%20ACCESIBILIDAD.pdf

Institucionalidad y políticas públicas

Casas de acogida, medio camino y/u hogares de protección integral accesibles para mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Esta práctica implica crear o acondicionar espacios destinados a proteger a mujeres y niñas en situación de violencia de género para hacerlos accesibles. Se trata de espacios de protección para quienes atraviesan estas situaciones.

Garantizar el acceso al derecho a la protección integral de las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género y a dispositivos residenciales que respeten los estándares sobre sistemas de vida independiente establecidos por el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su Observación General N° 5.

Áreas de gobierno con injerencia en la temática de género, violencia de género y discapacidad.

Que las mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género puedan acceder al derecho a la vivienda y/o protección integral en igualdad de condiciones.

Profesionales y técnicos/as especializados/as de diferentes campos disciplinares.

Prácticas/recursos orientadores https://www.comunidad.madrid/centros/residencia-hogar-cirvite

Institucionalidad y políticas públicas

Comisión redactora de un anteproyecto de ley sobre capacidad jurídica.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Esta práctica implica conformar un equipo de especialistas, organizaciones, tomadores/as de decisión, etc. que se reúna periódicamente para producir un diagnóstico participativo y que involucre la mirada de diferentes sectores para luego redactar un proyecto de ley vinculado con la ampliación de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

Generar acciones de incidencia legislativa para la modificación/sanción de leyes sobre capacidad jurídica adaptadas a las disposiciones de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad. Asimismo, garantizar la participación de las personas con discapacidad, en particular, de las mujeres con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan, en la creación e implementación de medidas que tiendan a la protección de sus derechos en materia de violencias de género. Las organizaciones que integran los procesos de consulta deberían reflejar la amplia diversidad de la discapacidad a fin de evitar sobre representaciones y subrepresentaciones. Además las autoridades deberían ofrecer formas de apoyo durante dichos procesos y posteriormente informar a las organizaciones de personas con discapacidad de sus resultados.

Áreas del Estado competentes.

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Adaptar la legislación de los Estados a los estándares de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad en materia de capacidad jurídica y ampliar la garantía de derechos para las personas con discapacidad en general y las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género en particular.

Convocar a especialistas, organizaciones de la sociedad civil y, en especial, organizaciones de mujeres con discapacidad para la conformación de la comisión. Reglamento de trabajo de la comisión. Realización de instancias consultivas con representantes de distintos ámbitos interesados en la temática.

https://www.argentina.gob.ar/generos/proyecto-de-ley-cuidaren-igualdad

Institucionalidad y políticas públicas

Desarrollo de softwares accesibles.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica desarrollar herramientas informáticas accesibles de dos tipos:

1. software para la atención, contención y acompañamiento para mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

2. software georeferenciado de centros accesibles de atención, orientación, asistencia y acompañamiento ante situaciones de violencia de género para mujeres con discapacidad.

Facilitar que las mujeres con discapacidad puedan tomar contacto con servicios y recursos de atención y acompañamiento de situaciones de violencia de género que cumplen con criterios de accesibilidad.

Ejecutor primario Áreas del Estado competentes.

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Que todas las mujeres con discapacidad que lo requieran, en cualquier lugar en el que se encuentren, puedan recurrir fácilmente a centros y servicios de atención ante situaciones de violencia de género que cuenten con criterios de accesibilidad, evitando la revictimización y pérdida de recursos y tiempo.

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Participación de las organizaciones de la sociedad civil y, en particular, de mujeres con discapacidad. Convenios con universidades y centros de ciencia y tecnología. Financiamiento internacional.

https://www.gov.br/mulheres/pt-br/ligue180/ligue-180 https://umap.openstreetmap.fr/es/map/espacios-de-apoyo-apersonas-que-viven-violencia-m_448939#7/-1.785/-77.443 https://www.svisual.org/ https://www.telesor.es/indextelesorweb.php

Institucionalidad y políticas públicas

Dispositivo/servicio de atención ante emergencias para mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica diseñar una herramienta, que puede ser una línea telefónica, una app, un botón digital u otro dispositivo, para que una mujer con discapacidad en situación de violencia de género pueda acceder a servicios públicos frente a una emergencia.

Asistir de manera accesible a las mujeres con discapacidad ante una situación de emergencia que pueda involucrar violencia de género.

Ejecutor primario Áreas del Estado competentes.

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Que los Estados tengan respuestas eficaces ante situaciones de emergencia que estén atravesando mujeres con discapacidad y que puedan involucrar violencias de género. Es importante que sean compatibles con los servicios de emergencia para personas sin discapacidad.

Participación de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad.

Prácticas/recursos orientadores

https://www.gba.gob.ar/mujeres/noticias/se_present%C3%B3_ alerta_911_para_situaciones_de_violencia_por_razones_ de_g%C3%A9nero

https://buenosaires.gob.ar/app-911-sordos-para-asistir-enemergencias-por-videoconferencia

https://sid-inico.usal.es/recursos_internet/112-accesible/

Institucionalidad y políticas públicas

Certificación de calidad de servicios accesibles de atención de situaciones de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica establecer ciertos estándares de calidad que permitan brindar un reconocimiento oficial a organizaciones o instituciones que ofrecen servicios para asistir a mujeres y niñas que atraviesan situaciones de violencia de género. Dichos estándares de calidad deben ser medibles y clasificables para poder certificar que los servicios considerados los garanticen.

Incentivar a los agentes que brindan servicios de atención y acompañamiento ante situaciones de violencia de género a incorporar recursos que brinden mayores estándares de accesibilidad para las mujeres con discapacidad.

Ejecutor primario Áreas del Estado competentes.

Ejecutor secundario

Organizaciones internacionales.

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Aumentar la accesibilidad de los servicios de atención ante situaciones de violencia de género para mujeres con discapacidad.

Participación de las organizaciones de la sociedad civil y, en particular, de mujeres con discapacidad.

https://www.gendersealprivatesector.org/es/programa-del-sellode-igualdad-de-genero/ https://www.aenor.com/certificacion/igualdad-diversidad/ compromiso-seguridad-mujeres

Institucionalidad y políticas públicas

Dispositivo de abordaje de masculinidades con enfoque en discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica tener en cuenta la perspectiva de discapacidad en el diseño de políticas destinadas al trabajo de sensibilización con varones en materia de violencia de género. Las políticas pueden ser talleres, cursos de formación así como también programas de acompañamiento a varones que han ejercido violencia contra mujeres y niñas.

Incluir la perspectiva de discapacidad en los dispositivos dedicados a sensibilizar y abordar la violencia de género con varones.

Ejecutor primario Áreas del Estado competentes.

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Espacios de trabajo con varones y masculinidades con una mirada transversal sobre las violencias de género hacia mujeres y niñas con discapacidad.

Participación de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad. Financiamiento adecuado.

Prácticas/recursos orientadores https://sinviolenciasdegenero.ar/produccion/red-de-espacios-demasculinidades-de-argentina-rema/

Institucionalidad y políticas públicas

Servicios de atención telefónica para varones y masculinidades con perspectiva de discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica crear o fortalecer los servicios de atención telefónica existentes incorporando la perspectiva de discapacidad cuando se brinda contención y orientación a varones sobre violencia por motivos de género.

Brindar una primera escucha, contención y orientación para varones sobre violencia de género con perspectiva de discapacidad.

Ejecutor primario Áreas del Estado competentes.

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Organizaciones de la sociedad civil, de personas con discapacidad y de mujeres y niñas con discapacidad.

Brindar un servicio de atención accesible, confidencial y gratuito con perspectiva de discapacidad destinado a varones que ejercieron y/o ejercen violencia de género o que necesitan recibir orientación y asesoramiento ante dichas situaciones.

Requisitos deseables para su implementación

Participación de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad.

Participación de integrantes profesionales de dispositivos de trabajo con varones y masculinidades. Financiamiento adecuado.

Prácticas/recursos orientadores https://www.gba.gob.ar/mujeres/linea-hablemos

Institucionalidad y políticas públicas

Programa de asistencia económica y desarrollo de proyectos productivos para mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica crear programas o proyectos específicos, con asignación presupuestaria, que brinden un aporte económico a mujeres con discapacidad en situación de violencia de género para desarrollar proyectos productivos que les aseguren un ingreso.

Promover la independencia económica de mujeres con discapacidad que atraviesan o atravesaron situaciones de violencia de género a través de un apoyo económico y asistencia técnica en el caso del desarrollo de proyectos productivos.

Ejecutor primario Áreas del Estado competentes.

Resultado esperado

Aumentar la independencia económica de las mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género y favorecer los procesos de salida de dichas situaciones.

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Participación de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad.

Participación de organizaciones de base y comunitarias. Financiamiento adecuado.

https://www.argentina.gob.ar/generos/plan_nacional_de_accion_ contra_las_violencias_por_motivos_de_genero/programaproducir

https://www.boe.es/eli/es/rd/2005/12/02/1452/con

Acceso a la justicia

Centralización de los canales accesibles de denuncia y asesoramiento ante situaciones de violencia de género para mujeres con discapacidad.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Esta práctica implica diseñar procesos interinstitucionales accesibles, tendientes a simplificar y agilizar los mecanismos de denuncias de violencia de género por parte de mujeres con discapacidad.

Evitar el solapamiento de funciones generado por diseños institucionales en los que intervienen una multiplicidad de agencias, aumentando las barreras en el acceso a la justicia y sometiendo a la víctima a derivaciones o reiteraciones innecesarias.

Poder Judicial y órganos de seguridad del Estado.

La simplificación de los circuitos de denuncia para contribuir a que los mismos actúen de modo más eficiente reduciendo las barreras de acceso a la justicia.

Planificación y coordinación entre las diversas agencias del sistema de justicia y entre las diferentes jurisdicciones.

https://www.gba.gob.ar/mujeres/noticias/la_provincia_tiene_ formulario_%C3%BAnico_para_denuncias_por_violencias_ de_g%C3%A9nero

https://www.mpba.gov.ar/novedad/1555

Acceso a la justicia

Patrocinio jurídico gratuito accesible a mujeres con discapacidad en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Ejecutor secundario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Esta práctica implica poner a disposición de las mujeres con discapacidad servicios jurídicos accesibles, especializados en la perspectiva de género y discapacidad, que puedan brindar asesoramiento legal y patrocinio jurídico gratuito.

Reducir las barreras de acceso a la justicia que enfrentan las mujeres con discapacidad en situación de violencia de género poniendo a disposición un servicio jurídico gratuito preferentemente interdisciplinario, especializado en la perspectiva de género y discapacidad.

Poder Judicial y otros órganos vinculados al servicio de justicia.

Universidades, organizaciones de la sociedad civil, colegios profesionales.

Aumento del acceso a la justicia de las mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Participación de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad. Financiamiento adecuado.

https://clinicas.jursoc.unlp.edu.ar/index.php/discapacidad https://www.argentina.gob.ar/noticias/presentamos-el-cuerpode-abogadas-y-abogados-para-victimas-de-violencia-de-genero

Acceso a la justicia

Litigio estratégico para promover la protección de las mujeres y niñas con discapacidad en situación de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Ejecutor primario

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Esta práctica implica la articulación entre las clínicas jurídicas de las universidades, las organizaciones de la sociedad civil y, en particular, las organizaciones de personas con discapacidad para la utilización del litigio como herramienta legal tendiente a impulsar la adopción de estándares internacionales de derechos humanos.

Potenciar el litigio estratégico en el ámbito local o regional a fin de promover cambios progresivos o evitar cambios regresivos en las normas jurídicas, en las políticas públicas o en las prácticas vinculadas a la violencia contra las mujeres con discapacidad.

Universidades, organizaciones de la sociedad civil.

Aumento de la utilización del litigio como herramienta para impulsar la implementación de la Recomendación General N°4 del MESECVI o poner un freno a las políticas regresivas.

Participación de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad. Financiamiento adecuado.

https://www.cels.org.ar/web/2024/11/accion-legal-travesti-transcontra-la-violencia-institucional/

Acceso a la justicia

“Facilitadores/as de justicia” para acompañar a mujeres con discapacidad en procesos judiciales relacionados con situaciones de violencia de género.

Descripción

Objetivo/s

Esta práctica implica el diseño e implementación de servicios de apoyo legal y psicosocial tendientes a facilitar el acceso a la justicia y el tránsito por los procesos administrativos o judiciales de las mujeres con discapacidad, promoviendo estrategias de cuidado.

Brindar apoyos tendientes a promover el acceso a la justicia de las mujeres con discapacidad que se encuentran en situación de violencia de género a través del asesoramiento sobre los procedimiento para efectuar una denuncia y el acompañamiento legal y/o psicosocial durante el proceso y en las etapas previas.

Ejecutor primario Poder Judicial.

Ejecutor secundario Universidades, organizaciones de la sociedad civil.

Resultado esperado

Requisitos deseables para su implementación

Prácticas/recursos orientadores

Aumento del acceso a la justicia de las mujeres con discapacidad que atraviesan situaciones de violencia de género.

Participación de la sociedad civil y de mujeres con discapacidad. Financiamiento adecuado.

https://www.youtube.com/watch?v=y6TZ3IZHenY&t=136s https://pifj-oea.org/

Bibliografía y materiales de consulta

García, M. P., et al. (2023). El acceso a la justicia de las mujeres con discapacidad. Madrid, Observatorio Estatal de la Discapacidad.

Iniciativa Spotlight, UNFPA & Humanity & Inclusion. (2021). Directrices sobre prevención y respuesta a la violencia contra niñas y mujeres con discapacidad a través de servicios inclusivos. Recuperado de https://spotlightinitiative.org

Iniciativa Spotlight, UNFPA y Humanity & Inclusion (2021). Prácticas prometedoras en la respuesta a la violencia contra niñas y mujeres con discapacidad en América Latina y el Caribe hispano.

Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI). (2019). Recomendación General N° 4 sobre los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad a una vida libre de violencia. Organización de los Estados Americanos (OEA). Recuperado de https://www.oas.org/es/mesecvi/ docs/Recomendacion4-MujeresDiscapacidad-ES.pdf

OEA. Comisión Interamericana de Mujeres. Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI). Guía para la aplicación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (OEA. Documentos oficiales ; OEA/Ser.L/II.6.14).

ONU (2016). Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Observación General N° 3 sobre las mujeres y las niñas con discapacidad. Naciones Unidas. Recuperado de https://www.ohchr.org

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ONU (2021) Consejo de Derechos Humanos. Resolución 47/15. Acelerar los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: prevenir y combatir todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas con discapacidad. Naciones Unidas.

ONU (2006). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Adoptada el 13 de diciembre de 2006 en la Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 61/106. Recuperado de https://www. un.org/esa/socdev/enable/rights/convtexte.htm

ONU (2020). Informe de la Relatora Especial sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. A/HRC/43/41.

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ONU Mujeres (2020). Género y discapacidad. En clave de derechos: contribuyendo a una respuesta inclusiva a la crisis por COVID-19. Montevideo (Uruguay).

ONU Mujeres (2020). Aceptando el desafío | Mujeres con discapacidad: por una vida libre de violencia. Montevideo (Uruguay).

Parra Andrea, Miguel Juan Carmen (2021). Guía de recursos: Iniciativas públicas latinoamericanas y europeas para garantizar el acceso a la justicia de las mujeres con discapacidad víctimas o sobrevivientes de violencia. EuroSocial. Madrid (España).

OMS & Banco Mundial. (2011). Informe mundial sobre la discapacidad. Ginebra: Organización Mundial de la Salud. Recuperado de https://www. who.int/disabilities/world_report/2011/report/es/

OMS (2018). Género y salud: Nota descriptiva. Ginebra: Organización Mundial de la Salud. Recuperado de https://www.who.int

Reuter Mariana, Mancera Ester, Mottini Elisa, Grinschpun Sabrina (Sordas sin Violencia) (2020). Guía para una comunicación accesible a mujeres Sordas. Recomendaciones para adecuar los servicios de atención ofrecidos a través de dispositivos tecnológicos y presenciales.

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