EL MIEDO EN EL PERÚ

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miedo reverencial versus justo miedo / Bernard Lavallé

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Miedo reverencial versus justo miedo: presiones familiares y vocación religiosa en Lima (1650-1700) Bernard Lavallé Universidad de La Sorbonne

Aunque los votos de novicios, estudiantes o coristas a la hora de profesar en sus respectivos conventos los comprometían en principio de manera definitiva, desde fecha temprana la Iglesia les abrió la posibilidad de solicitar la anulación de dichas profesiones. Poco antes del período aquí estudiado, el Concilio de Trento —y más tarde un decreto del papa Clemente VIII y una bula de Urbano VIII— había precisado a la vez el sentido, el alcance y las modalidades de tal posibilidad. Solo se contemplaban en principio motivos graves, sea cuando los candidatos no habían profesado voluntariamente, sea por haber ocultado razones que les prohibían ser frailes. Cuando las autoridades accedían a sus pedidos, los ex religiosos pasaban a formar parte del clero secular o eran devueltos al estado laico si no eran sacerdotes, ya que entre los demandantes estaban representadas todas las categorías, desde maestros jubilados y predicadores con larga y brillante actuación en sus comunidades hasta sencillos conversos, legos y donados.1 El trámite para conseguir la nulidad de profesión era un verdadero pleito, estudiado y sentenciado por el tribunal episcopal. Podía ser bastante rápido y durar apenas algunos meses, pero a menudo se demoraba bastante, incluso varios

En principio, esas solicitudes solo se podían presentar antes de cumplir el quinto año de profesión; sin embargo, muchas se formulaban bastante después, incluso al cabo de varias décadas: 24 años, Bernardo de Barnuevo, OFM 1687; 29 años, Juan de Zamudio, SJ 1654; 31 años, Luis Gutiérrez, OP 1663 y Marcelo Crespo, OFM 1680, siendo el récord el del dominico Joseph de Villaurrutia, quien en 1684 la hizo al cabo de 59 años. Todos los documentos citados en este trabajo proceden del Archivo Arzobispal de Lima. Para cada uno indicamos, además del nombre y los apellidos del fraile, la orden en cuya serie está archivado cronológicamente (OP: dominicos; OFM: franciscanos; OH: orden de San Juan de Dios; OSA: agustinos; SJ: jesuitas; OM: mercedarios) y el año del expediente.

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