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Avalan solicitar información de beneficiarios controladores
las sociedades, fideicomisos y asociaciones esta información.
ocasiones es difícil recopilarla de último momento, sobre todo para firmas listadas en bolsa.
“No contar con esta información puede llevar a multas, y a otras consecuencias de carácter fiscal”, enfatizó el especialista.
“Se estima que el SAT habría argumentado que necesita hacerse de información para cumplir su mandato de combatir las actividades ilícitas como el lavado de dinero, el narcotráfico y evasión fiscal, etcétera”, expresó.
Precisó que no es información que se deba estar alimentando al SAT, pero que se debe tener disponible para que en cualquier momento en que llegue la autoridad. Es importante que las empresas y cualquier vehículo legal tomen nota de esta obligación y adopten una posición proactiva, porque si llega la autoridad se tienen muy pocos días para responder y es mucha la información que tienen que analizar para determinar quiénes son sus beneficiarios.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a las empresas que se oponían a brindar información sobre su beneficiario controlador, por lo que declaró que es constitucional que el SAT pida a
Mario Barrera, abogado fiscalista de Holland & Knight, explicó en entrevista que con esta resolución de la corte del 14 de junio, las empresas deben guardar y tener lista la información como parte de su contabilidad, ya que en muchas
Barrera puntualizó que puede haber situaciones en las cuales no encuentren la información, por ejemplo, si la empresa cotiza en bolsa, los poseedores de sus acciones cambian diario, y a veces cotizan en mercados extranjeros, entonces todo eso puede hacer difícil o imposible determinar quién es el beneficiario y hay que documentar todo.
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