CONSIDERANDO PRIMERO: Que la definición clara de las líneas que gobiernan
la
política
criminal
del
Estado,
de
la
cual
forma
parte
esencial la normativa procesal penal, es fundamental para garantizar la eficacia de la persecución del delito;
CONSIDERANDO tendentes
a
SEGUNDO:
fortalecer
Que
la
la
normativa
eficacia
de
la
vigente
amerita
persecución
cambios
penal,
aunque
respetando los derechos fundamentales de las personas consagrados por la Constitución
y
los
tratados
internacionales
en
materia
de
derechos
humanos, que forman parte del bloque de la constitucionalidad;
CONSIDERANDO aumentando erradicación
la
TERCERO:
eficacia
de
la
Que
de
la
cultura
de
la
República
persecución impunidad
Dominicana
penal, que
procura,
contribuir
prevalece
en
a
la
nuestra
sociedad, cuyos representantes reclaman que se enfrente de manera más contundente los hechos delictivos;
CONSIDERANDO
CUARTO:
Que
para
modificar
viejas
prácticas
y
actuaciones de muchos de los actores del sistema de administración de la justicia
penal,
es
imperativo
que
la
norma
permita
estimular
más
contundentemente el proceso de cambios que exige nuestra sociedad en la dinámica de la investigación, la persecución penal y el juicio;
CONSIDERANDO
QUINTO:
Que
para
tales
fines
es
menester
reformar
varios artículos del Código Procesal Penal relativos a los plazos para ejercer derechos, acciones y recursos para arribar a una decisión en el proceso penal; ampliación de los presupuestos para determinar el arraigo de la persona acusada y su posible medida de coerción; definir el ámbito