62 ordenanza de liquidacionHIDROZACHIN E.P.

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ORDENANZA DE EXTINCION Y LIQUIDACION DE LA EMPRESA PUBLICA HIDROELECTRICA ZAMORA CHINCHIPE “HIDROZACHIN” E.P. DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE EXPOSICÓN DE MOTIVOS: La Constitución de la República del Ecuador en el artículo 225, determina que el sector público comprende entre otros las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado; así como las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos. Concordante a esto el 238 de la Carta Fundamental establece que, los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera. Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales”. Por otra parte, el artículo 315 de la misma Constitución, señala: “El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas….”. El Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, en su artículo 47 prevé las atribuciones del Consejo provincial, entre ellas: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial, mediante la expedición de ordenanzas provinciales, acuerdos y resoluciones; y, h) Aprobar la creación de empresas públicas o la participación en emperezas de economía mixta, para la gestión de servicios de su competencia u obras públicas provinciales , según las disposiciones de la Constitución y la ley. El Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en sesiones extraordinaria y ordinaria de fechas 10 de febrero y 03 de marzo del 2010, mediante Ordenanza crea la EMPRESA PUBLICA HIDROELECTRICA ZAMORA CHINCHIPE “HIDROZACHIN “E.P. del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe. Empresa que fue instituida al amparo de la Constitución de la República, Ley Orgánica de Empresas Públicas, Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización y más normativa pertinente, con el objeto principal de generar, operar, administrar y explotar comercialmente las fuentes hidrográficas de Zamora Chinchipe de conformidad con la Constitución y las leyes de la materia, para lo cual emprendería en la construcción de hidroeléctricas que satisfagan la necesidad de energía eléctrica de la población dentro de su jurisdicción y realizar actividades correlacionadas o a fines que le fueren atribuidas por el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe.

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