Maestría en SEGURIDAD Y SALUD OCUPACONAL 100% ONLINE
UNIDAD 9: SEÑALIZACIÓN NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
ONLINE.UDLA.EDU.EC
CONTENIDO 1.
INTRODUCCIÓN........................................................................................................................................................ 3
2.
OBJETIVOS..................................................................................................................................................................... 3
3.
DEFINICIONES DE NORMAS.......................................................................................................................... 4
4.
CLASIFICACIÓN........................................................................................................................................................... 4
5.
PRINCIPIOS BÁSICOS Y CONTENIDO DE UNA NORMA......................................................... 5
6.
FASES DE IMPLANTACIÓN DE UNA NORMA................................................................................... 5
7.
PROCEDIMIENTOS SEGUROS DE TRABAJO.................................................................................... 6
8.
INTRODUCCIÓN SOBRE SEÑALIZACIÓN............................................................................................ 6
9.
CONCEPTOS Y REQUISITOS DE LA SEÑALIZACIÓN.................................................................. 9
10.
CLASES DE SEÑALES............................................................................................................................................. 10
11.
DISPOSICIONES MÍNIMAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA SEÑALIZACIÓN.............................................................................................................................................. 12
12.
SEÑAL EN FORMA DE PANEL....................................................................................................................... 13
13.
SEÑAL LUMINOSA................................................................................................................................................... 17
14.
SEÑAL ACÚSTICA...................................................................................................................................................... 18
15.
COMUNICACIÓN VERBAL................................................................................................................................ 19
16.
SEÑALIZACIÓN GESTUAL................................................................................................................................. 20
17.
DISPOSICIONES MÍNIMAS RELATIVAS A DIVERSAS SEÑALIZACIONES................. 21
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN Universidad de Huelva-España
1.
INTRODUCCIÓN
En el contexto de la actuación preventiva hay que considerar aquellas actuaciones, que sin eliminar el riesgo ni sustituir a las acciones preventivas
propiamente
dichas,
ayudan
en
dicha
actuación,
encortinados entre ellas la Normas de Trabajo y la Señalización, razón por la cual han de ser tenidas en cuenta.
2.
OBJETIVOS Conocer de la "norma de seguridad" sus principios básicos, características, fases de implantación y procedimientos de trabajo. Tener claro el concepto de en qué consiste el señalizar un puesto o lugar de trabajo. Conocer los diferentes tipos de señalizaciones. Saber qué criterios se deben seguir para un correcto empleo de la señalización. Distinguir entre las diferentes clases de señalizaciones ópticas. Recordar las señales en forma de panel de obligación, prohibición, advertencia, lucha contra incendios, y salvamento y socorro. ·
Apreciar las disposiciones mínimas de carácter general y que deben observar las diferentes señalizaciones de seguridad. Tener conocimiento de algunas señalizaciones específicas.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
3.
DEFINICIONES DE NORMAS Son las recomendaciones preventivas recogidas formalmente en documentos internos que indican maneras obligatorias de actuar y recogidas en el "convenio". Directrices, ordenes, instrucciones y consignas que instruyen al personal que trabaja en la empresa sobre los riesgos que pueden presentarse en el desarrollo de su actividad y la forma de prevenirlos. Regla que resulta necesaria promulgar y difundir con la anticipación adecuada y que debe seguirse para evitar los daños que puedan derivarse como consecuencia de la ejecución de un trabajo. La norma de seguridad, no debe sustituir a otras medidas preventivas prioritarias para eliminar riesgos en las instalaciones debiendo tener en tal sentido un carácter complementario.
4.
CLASIFICACIÓN Desde el punto de vista de su campo de aplicación se clasifican en: Normas Generales: van dirigidas a todo el centro de trabajo, o a amplias zonas del mismo, marcando directrices de forma genérica. Normas Específicas: dirigidas a actuaciones concretas señalando la manera segura de realizar operaciones determinadas.
5.
PRINCIPIOS BÁSICOS Y CONTENIDO DE UNA NORMA La norma debe ser: • • • • • • •
Pedagógica Disciplinar Complementar la actuación profesional No caer en el abuso Necesaria Posible Clara, breve, y concreta
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
• •
Aceptada y exigible Actual
Para que una Norma sea eficaz debe contener: •
Objetivo: descripción breve de la Norma.
•
Redacción: desarrollo en capítulos de los diferentes apartados.
•
Campo de aplicación: especificación del lugar, zona, trabajo.
•
Grado de exigencia: Especificación sobre su obligatoriedad, o mera recomendación, indicando en su caso la gravedad de la falta.
•
Refuerzo: Normas legales o particulares que amplíen mediante su cita el contenido de la Norma y a las que hay que supeditarse.
6.
FASES DE IMPLANTACIÓN DE UNA NORMA Desde la concepción, hasta la implantación de la Norma se pasarán por las siguientes fases: Creación: donde intervendrán todas las partes interesadas. Redacción: supervisión y corrección por parte de la Dirección de la Empresa y del Comité de Seguridad. Difusión o divulgación: la difusión se efectuará mediante entrega de textos conteniendo las Normas, además de con reuniones informativas: También fijando anuncios avisos o carteles. Vigilancia de su cumplimiento analizando en caso contrario las causas para tomar las medidas correctoras oportunas.
·
Actualización de la Norma por cambio de la Legislación o métodos de trabajo.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
7.
PROCEDIMIENTOS SEGUROS DE TRABAJO
Bajo un concepto de "seguridad integrada" es preciso normalizar los procedimientos de trabajo, integrando los aspectos de seguridad a todas aquellas situaciones en las que las desviaciones de lo previsto pueden generar errores, averías o accidentes que potencialmente pudieran causar daños. Con la normalización de los procedimientos de trabajo se trata de regular y estandarizar todas sus fases operativas en las que determinadas alteraciones pudieran ocasionar pérdidas o daños, que es necesario evitar.
8.
INTRODUCCIÓN SOBRE SEÑALIZACIÓN
Todos somos conscientes de la importancia que en nuestros días ha alcanzado la señalización en la vida urbana y la circulación de todo tipo, terrestre, marítima y aérea, de tal forma, que sin ella en muchas ocasiones se produciría el caos y el accidente. Así mismo, en el mundo laboral se dan situaciones de peligro en las que es conveniente que el trabajador reciba una determinada información relativa a la seguridad y que denominaremos señalización de seguridad. La
Señalización
de
Seguridad
es
una
Técnica
de
Seguridad
Complementaria, que no elimina el riesgo por sí mismo y que su puesta en práctica no dispensa, en ningún caso, de la adopción de las medidas de prevención y control que correspondan.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
9.
CONCEPTOS Y REQUISITOS DE LA SEÑALIZACIÓN
se define como Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo: una señalización que, referida a un objeto, actividad o situación determinadas, proporcione una indicación o una obligación relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, según proceda. Se entiende por señalización el conjunto de estímulos que condicionan la actuación de aquel que los recibe frente a la circunstancia que se pretende resaltar. Más concretamente, la señalización de seguridad, es aquella que suministra una indicación relativa a la seguridad de personas y/o bienes. La señalización de seguridad y salud en el trabajo deberá utilizarse siempre que el análisis de los riesgos existentes, de las situaciones de emergencia previsibles y de las medidas preventivas adoptadas, ponga de manifiesto la necesidad de: Llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones. Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación. Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
·
Orientar o guiar a los trabajadores que realicen determinadas maniobras peligrosas.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
La señalización no deberá considerarse una medida sustitutoria de las medidas técnicas y organizativas de protección colectiva y deberá utilizarse cuando mediante estas últimas no haya sido posible eliminar los riesgos o reducirlos suficientemente. Tampoco deberá considerarse una medida sustitutoria de la formación e información de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo. La señalización relacionada con la regulación del tráfico por carretera, ferroviario, fluvial, marítimo y aéreo, salvo que los mencionados tipos de tráfico se efectúen en los lugares de trabajo, a la utilizada por buques, vehículos y aeronaves militares no son de aplicación de este capítulo. Tampoco afectará a la señalización prevista por la normativa sobre comercialización de productos y equipos y sobre sustancias y preparados peligrosos, salvo que dicha normativa disponga expresamente otra cosa.
10.
CLASES DE SEÑALES
Las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo, establece la siguiente clasificación: Según el significado de la señal: Prohibición: Prohíbe un comportamiento que puede comportar un peligro. Obligación: Señal que obliga a un comportamiento determinado. Advertencia: Advierte de un riesgo o peligro. ·
Salvamento o socorro: Indicación relativa a salidas de socorro o primeros auxilios, o a los dispositivos de salvamento. Indicativa: Proporciona informaciones distintas a las anteriormente indicadas.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
Según las características de las señales: Señal en forma de panel: Una señal que, por la combinación de una forma geométrica, de colores y de un símbolo o pictograma, proporciona una determinada información, cuya visibilidad está asegurada por una iluminación de suficiente intensidad. Señal luminosa: Señal emitida por medio de un dispositivo formado por materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde el interior de tal manera que aparezca por sí misma como una superficie luminosa. Señal acústica: Señal sonora codificada y emitida y difundida por medio de un dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética. Comunicación verbal: Un mensaje verbal predeterminado, en el que se utiliza voz humana o sintética. Señal gestual: Un movimiento o disposición de los brazos o de las manos en forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras que constituyan un riesgo o peligro para los trabajadores. Señal adicional: Una señal utilizada junto a otra señal de las características de las utilizadas en forma de panel y que facilite informaciones complementarias.
·
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
11.
DISPOSICIONES MÍNIMAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA SEÑALIZACIÓN
Una de las consideraciones previas que se deben hacer antes de señalizar cualquier centro de trabajo es la elección del tipo de señal que se va a utilizar y el número y emplazamiento de las mismas para que resulte lo más eficaz posible. En general, los parámetros que se deben analizar para una buena señalización son: Tener presente las características de la señal. Determinar los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse. Determinar la zona que pretendemos cubrir. Ver el número de trabajadores que se verán afectados. No obstante, existen riesgos, elementos o circunstancias que el norman el tipo de señal que se deberá utilizar: Siempre debemos tener presente que un número excesivo de señales puede ocasionar el efecto contrario, por tanto, su concurrencia no deberá disminuir su eficacia. Solamente se deberán utilizar para cubrir el objetivo que persiguen y no para transmitir informaciones o mensajes adicionales que no constituyan su objetivo. Es importante analizar los trabajadores que las deben percibir, pues pueden tener sus capacidades físicas disminuidas, bien por sus características personales o bien por la utilización de equipos de protección individual en cuyo caso se deberán tomar las medidas suplementarias o de sustitución necesarias.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
La señalización deberá permanecer en tanto persista la situación que la motiva. Los medios y dispositivos de señalización deberán ser según los casos, limpiados, mantenidos y verificados regularmente, y reparados o sustituidos cuando sea necesario de forma que conserven en todo momento sus cualidades intrínsecas y de funcionamiento. Las señalizaciones que necesiten de una fuente de energía dispondrán de alimentación de emergencia que garantice su funcionamiento en caso de interrupción de aquella, salvo que el riesgo desaparezca con el corte del suministro.
12.
SEÑAL EN FORMA DE PANEL
Son las formadas por la combinación de una forma geométrica, de olores y de un símbolo o pictograma. Color de seguridad; es aquel al cual se le atribuye un significado concreto en relación con la seguridad. Forma geométrica; dado que existen personas que tienen anomalías que les impiden percibir ciertos colores, se palia dicho inconveniente empleando las señales con más formas prefijadas, a las que igual que los colores de seguridad se les asigna unos significados. Símbolo o pictograma; la forma geométrica y el color de seguridad de las señales se complementan con unos dibujos esquemáticos que se disponen en el interior de la señal, para describir una situación determinada y que sirven para concretar su significado. El color del símbolo puede ser blanco o negro como se verá posteriormente. Otros colores que forman parte de la señal; además del color de seguridad y del color del símbolo, interviene un tercer color, que a veces coincide con el del símbolo y cuya misión es la de mejorar las condiciones de visibilidad de la señal y de resaltar el contenido, se le denomina color de contraste.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
Como características generales, estas señales deberán: Estar construidas de un material resistente. Sus dimensiones y características colorimétricas y fotométricas garantizarán una buena visibilidad y comprensión. Se situarán a una altura y posición apropiadas con relación al ángulo visual teniendo en cuenta posibles obstáculos, bien en el acceso a una zona cuando se trate de un riesgo general, bien en la proximidad inmediata de un riesgo determinado o del objeto que debe señalarse, y en un lugar bien iluminado, de fácil acceso y visible. En caso de malas condiciones de iluminación natural se utilizarán colores fosforescentes, fluorescentes o iluminación artificial. No se utilizarán demasiadas señales en forma de panel, muy cerca unas de otras. SEÑALES DE ADVERTENCIA: Tienen por misión la de advertirnos de un peligro, y serán: Forma triangular. Pictograma negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal), bordes negros. Como excepción, el fondo de la señal sobre "materias nocivas o irritantes" será de color naranja, en lugar de amarillo, para evitar confusiones con otras señales similares utilizadas para la regulación de tráfico por carretera.
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SEÑALES DE PROHIBICIÓN: Tienen por objeto el prohibir acciones o situaciones y se caracterizan por: Forma redonda., Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma 45º respecto a la horizontal), rojos (el rojo deberá cubrir como mínimo el 35% de la superficie de la señal).
SEÑALES DE OBLIGACIÓN: Se
encargarán
de
indicarnos
que
deberemos realizar alguna acción para así evitar un accidente, y se caracterizan por: Forma redonda. Pictograma blanco sobre fondo azul (el azul deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
SEÑALES RELATIVAS A LOS EQUIPOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS están concebidas para indicarnos la "ubicación o lugar donde se encuentran" los dispositivos o instrumentos de lucha contra incendios como extintores, mangueras, etc. Presentan las siguientes características: ·
Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo rojo (el rojo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
SEÑALES DE SALVAMENTO O DE SOCORRO: Están concebidas para advertirnos del lugar donde se encuentran salidas de emergencia, lugares de primeros auxilios o de llamadas de socorro, emplazamiento para lavabos o duchas de descontaminación etc. Se caracterizan por: Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo verde (el verde deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
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13.
SEÑAL LUMINOSA
La señal luminosa es una señal emitida por un dispositivo formado por materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde el interior, de tal manera que aparezca por sí misma como una superficie luminosa, debiendo poseer las siguientes características: La luz emitida provocará un contraste luminoso apropiado, sin provocar deslumbramiento por exceso ni mala visibilidad por su insuficiencia. La superficie luminosa que emite una señal podrá ser de color uniforme o llevar un pictograma sobre un fondo determinado. El color uniforme deberá ajustarse a la tabla de significado de colores vistos en colores de seguridad de señales de panel. Si lleva pictograma deberá cumplir lo indicado al respecto. Si el dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, ésta última indicará un mayor grado de peligro o urgencia. Si una señal luminosa se utiliza como complemento a una señal acústica, el código de la señal deberá ser el mismo. Las señalizaciones que necesita una fuente de energía para funcionar, dispondrán de alimentación de emergencia garantizada, en caso de interrupción de esa energía, salvo que el riesgo desaparezca con el corte de energía. No utilizar simultáneamente dos señales luminosas que puedan dar · lugar a confusión.
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14.
SEÑAL ACÚSTICA
Es la señal sonora codificada, emitida y difundida por un dispositivo apropiado, sin intervención de la voz humana o sintética. Como requisitos que deben cumplir, se tiene: Tener un nivel sonoro claramente superior del nivel de ruido ambiental, de modo que sea claramente audible, sin llegar a ser excesivamente molesta. No deberá utilizarse una señal acústica cuando el ruido ambiental sea demasiado intenso. Será fácilmente reconocible por la duración de los impulsos, el intervalo entre los mismos y los grupos de impulsos. Si un dispositivo puede emitir una señal acústica tanto con frecuencia variable como con frecuencia estable, la primera se utilizará para indicar, por contraste con la segunda, un nivel de peligro más elevado o mayor urgencia. El sonido de una señal de evacuación será continuo. No se utilizarán al mismo tiempo dos señales sonoras. Cuando los trabajadores afectados tengan afectadas la capacidad o facultad auditiva limitada, incluidos los casos que se deban al uso de equipos de protección individual, se tomarán las medidas adecuadas suplementarias o de sustitución.
Una señal luminosa o acústica indicará, al ponerla en marcha, la necesidad de realizar una determinada acción, y se mantendrá mientras persista tal necesidad. Al finalizar la emisión de una señal luminosa o acústica se adoptarán de inmediato las medidas que permitan volver a utilizarlas en caso de necesidad.
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
La eficacia y buen funcionamiento de las señales luminosas y acústicas se comprobará antes de su entrada en servicio y posteriormente mediante las pruebas periódicas necesarias.
15.
COMUNICACIÓN VERBAL
Es un mensaje verbal predeterminado, en el que se utiliza la voz humana o sintética: La comunicación verbal se establece entre un locutor o emisor y uno o varios oyentes, en un lenguaje formado de textos cortos, frases, grupos de palabras o palabras aisladas, eventualmente codificados. Como características generales, la comunicación verbal cumplirá: Los mensajes verbales serán tan cortos, simples y claros como sea posible. Las personas implicadas deberán conocer bien el lenguaje utilizado a fin de poder pronunciar y comprender correctamente el mensaje y adoptar en función de éste el comportamiento apropiado. Si la comunicación verbal se utiliza en lugar o como complemento de señales gestuales, habrá que utilizar palabras como: Comienzo: para indicar la toma de mando. •
Alto: para interrumpir o finalizar un movimiento.
•
Fin: para finalizar las operaciones.
•
Izar: para izar una carga.
•
Bajar: para bajar una carga.
•
Avanzar, retroceder, a la derecha, a la izquierda: para
·
indicar el sentido de un movimiento. •
Peligro: para efectuar una parada de emergencia.
•
Rápido: para acelerar un movimiento por razones de seguridad.
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16.
SEÑALIZACIÓN GESTUAL
Se denomina señal gestual a un movimiento o disposición de los brazos o de las manos en forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras que constituyan un riesgo o peligro para los trabajadores. Las características generales de las señales gestuales son: Deberá ser precisa, simple, amplia, fácil de realizar y comprender y distinguible de cualquier otra. La utilización de los dos brazos al mismo tiempo se hará de forma simétrica y para una sola señal. Podrán variar de los indicados en el reglamento a condición de que su significado y comprensión sean equivalentes.
Respecto a las reglas de utilización se deberá tener presente: La persona que emite la señal se denomina encargado y el destinatario operador. El encargado seguirá visualmente el desarrollo de las maniobras sin estar amenazado por ellas. El encargado deberá ser fácilmente reconocido por el operador, para lo cual llevará uno o varios elementos de identificación (colores vivos, iguales para todos los elementos y solamente utilizados por el encargado). El encargado deberá dedicarse exclusivamente a dirigir las maniobras y si no se dan las condiciones de comunicación verbal establecidas, se recurrirá a uno o varios encargados de las señales suplementarias. El operador suspenderá las maniobras si no puede ejecutar las órdenes recibidas en condiciones de seguridad.
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DISPOSICIONES MÍNIMAS RELATIVAS A DIVERSAS SEÑALIZACIONES
Sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo, la señalización a utilizar depende del tipo de riesgo. La señalización dirigida a advertir a los trabajadores de la presencia de un riesgo, o a recordarles la existencia de una prohibición u obligación, se realizará mediante señales en forma de panel. La señalización de desniveles, obstáculos u otros elementos que originen riesgos de caída de personas, choques o golpes podrá optarse a igualdad de eficacia. •
Por el panel que corresponda.
•
Por un color de seguridad.
•
Ambos complementariamente.
Para la delimitación de zonas de locales de trabajo que presenten riesgos de caída de personas, caída de objetos o golpes, se realizará mediante un color de seguridad. La señalización por color referida anteriormente se efectuará mediante franjas alternas amarillas y negras con inclinación de 45º, según indica la figura. Cuando sea necesario para la protección de los trabajadores, las vías de circulación deberán estar delimitadas con claridad mediante: ·
Franjas continuas de color bien visible, preferentemente blanco, respetando las distancias de seguridad entre:
NORMAS Y SEÑALIZACIÓN
Vehículos y objetos próximos. Peatones y vehículos. Las vías exteriores deberán ser delimitadas cuando resulte necesario, salvo que dispongan de barreras o que el propio tipo de pavimento sirva como delimitación. En lo referente a tuberías, recipientes y áreas de almacenamiento de sustancias y preparados peligrosos conviene indicar: Los recipientes y tuberías visibles deberán ser etiquetados según normativa de comercialización de sustancias o preparados peligrosos excepto: Recipientes utilizados durante corto tiempo. Recipientes cuyo contenido cambie a menudo. Las etiquetas se pegarán, fijarán o pintarán en sitios visibles de los recipientes o tuberías. El etiquetado podrá sustituirse por las señales de advertencia en forma de panel ya indicadas. Las zonas, locales o recintos para almacenamientos importantes, se identificarán mediante: La señal de advertencia apropiada. La etiqueta que corresponda. Para almacenamiento de diversas sustancias o preparados peligrosos puede utilizarse la señal de advertencia "PELIGRO EN GENERAL". Los equipos de protección contra incendios deberán ser de color rojo o predominantemente rojo, de forma que se puedan identificar fácilmente por su color propio. Cuando sea necesario, las vías de acceso a estos equipos se mostrarán mediante señales adicionales.
Preparado por: Ing. Ivรกn Guerrero MSc Docente