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DERECHO PROCESAL TRANSNACIONAL

Los procedimientos en la Comisión y ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Osvaldo Alfredo Gozaíni

México D.F., 2014


Copyright ® 2014 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web http://www.tirant.com/mex/

Colección Justicia Interamericana Director: EDUARDO FERRER MAC-GREGOR

© Osvaldo Alfredo Gozaíni

© TIRANT LO BLANCH MÉXICO EDITA: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Leibnitz 14 Colonia Nueva Anzures Delegación Miguel Hidalgo CP 11590 MÉXICO D.F. Telf.: (55) 65502317 infomex@tirant.com http://www.tirant.com/mex/ http://www.tirant.es ISBN: 978-84-9053-820-3 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


A Eduardo Ferrer Mac Gregor Poisot


ÍNDICE Primera Parte

PROCEDIMIENTO ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Capítulo I PRINCIPIOS GENERALES 1. Conceptos preliminares..................................................................... 17 2. El derecho procesal transnacional como ciencia................................ 18 3. El derecho procesal transnacional forma parte del derecho procesal constitucional.................................................................................... 25 4. El acceso a la instancia supranacional............................................... 29 5. Sujetos con legitimación procesal activa............................................ 38 6. Legitimación por representación........................................................ 44 7. Las legitimación de empresas............................................................. 46 8. La iniciativa de oficio por la Comisión IDH...................................... 51 9. La noción de parte en el procedimiento ante la Comisión.................. 52 Capítulo II LAS MEDIDAS CAUTELARES ORDENADAS POR LA COMISIÓN IDH 1. El poder cautelar de la Comisión....................................................... 57 2. Medidas de protección...................................................................... 71 3. Petición de cautelares en la Comisión. Trámite.................................. 76 4. Resoluciones...................................................................................... 80 5. Conformidad del beneficiario............................................................ 88 6. Vigencia y mantenimiento de las medidas cautelares......................... 90 Capítulo III DENUNCIAS Y QUEJAS ANTE LA COMISIÓN IDH 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Primeros pasos.................................................................................. 97 Formalidades de la denuncia............................................................. 102 Agotamiento de los recursos internos................................................ 106 Improcedencia de la denuncia............................................................ 114 Preferencias de admisión................................................................... 120 Acumulación de causas...................................................................... 126


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7. La denuncia contra el Estado. Competencia...................................... 129 8. Plazos para la presentación de denuncias........................................... 135 9. La fórmula de la cuarta instancia...................................................... 138 Capítulo IV LA DENUNCIA ANTE LA COMISIÓN IDH 1. 2. 3. 4.

Remisión de la denuncia. Recepción y trámite................................... 147 Decisión única para las formas y el fondo......................................... 151 Admisibilidad de la denuncia............................................................. 154 Decisiones urgentes de admisión........................................................ 155 Capítulo V LA SOLUCIÓN AMISTOSA

1. Pacificación acordada........................................................................ 157 2. Homologación del acuerdo................................................................ 161 3. Continuidad del procedimiento......................................................... 165 Capítulo VI ETAPA PROBATORIA EN LA COMISIÓN IDH 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Principios generales........................................................................... 169 El derecho a la verdad....................................................................... 172 El origen de las pruebas..................................................................... 178 Medios de prueba.............................................................................. 180 ¿Quién debe probar?......................................................................... 182 Apreciación de la prueba................................................................... 186 Capítulo VII AUDIENCIAS

1. Finalidades........................................................................................ 189 2. Publicidad de las audiencias.............................................................. 191 3. Principios y reglas de las audiencias................................................... 192 4. Formalidades para el trámite............................................................. 195 5. Audiencias de prueba........................................................................ 195 6. Audiencias de carácter general........................................................... 198 7. Actas de las audiencias. Gastos y costas............................................ 200


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Capítulo VIII INFORME FINAL 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Informes (Artículos 50 y 51 de la Convención).................................. 203 Notificaciones del informe de admisión............................................. 211 Recomendaciones y sugerencias......................................................... 214 Informe final...................................................................................... 217 La decisión de fondo......................................................................... 219 Sometimiento del caso a la Corte IDH............................................... 223 Suspensiones transitorias................................................................... 227 Archivo del caso. Excepciones........................................................... 228 Capítulo IX PROPUESTAS Y RECOMENDACIONES

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Eficacia jurídica de las propuestas y recomendaciones....................... 231 Obligatoriedad de los pronunciamientos........................................... 234 Valor subsidiario o ejecución directa................................................. 240 Naturaleza jurídica de las Resoluciones de la Comisión IDH............ 253 De los fines a los objetivos de la Comisión IDH................................ 262 Decisiones por país (cumplimiento o inejecución).............................. 266 Deber jurídico de cumplir las recomendaciones................................. 281 Las propuestas de la Comisión.......................................................... 284

Segunda parte

EL PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Capítulo X MISIONES Y FUNCIONES DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 1. Integración........................................................................................ 291 2. Objetivos........................................................................................... 292 3. Esquema básico del procedimiento.................................................... 296 Capítulo XI SOMETIMIENTO DEL CASO A LA CORTE IDH 1. Naturaleza jurídica del procedimiento............................................... 301


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2. Principios, reglas y garantías de la fase contenciosa........................... 309 3. Intervención de la Corte IDH en el procedimiento............................. 315 4. Partes del procedimiento................................................................... 319 5. La víctima......................................................................................... 326 6. Unificación de personería.................................................................. 337 7. Representación de las partes.............................................................. 339 8. Competencia funcional de la Corte IDH............................................ 347 9. Verificación de todo el expediente..................................................... 356 10. El principio de legalidad formal......................................................... 359 Capítulo XII PRINCIPIOS PROCESALES DE LA ETAPA CONTENCIOSA 1. Impulso de oficio............................................................................... 365 2. Imparcialidad y objetividad del tribunal............................................ 368 3. Principios del procedimiento. Lenguaje............................................. 371 4. Notificaciones.................................................................................... 374 5. Documentos y actuaciones................................................................ 376 6. Principio de economía procesal......................................................... 378 Capítulo XIII EXCEPCIONES PRELIMINARES 1. 2. 3. 4. 5.

Presupuestos procesales..................................................................... 387 Efectos que producen las excepciones................................................ 391 Agotamiento de los recursos locales como excepción........................ 393 Clasificación de las excepciones preliminares..................................... 400 Procedimiento y resolución................................................................ 408 Capítulo XIV EL ESCRITO DE SOLICITUDES, ARGUMENTOS Y PRUEBA

1. 2. 3. 4. 5. 6.

Naturaleza jurídica de los escritos..................................................... 413 La demanda de las víctimas. Efectos jurídicos................................... 420 Escrito formal, autónomo e independiente........................................ 422 Objeto de la demanda. Principio de congruencia............................... 423 Ofrecimiento y medios de prueba...................................................... 427 Pretensiones específicas. Reparaciones y costas.................................. 430


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Capítulo XV TRABA DE LA LITIS 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Contestación del Estado.................................................................... 435 Reconocimiento de responsabilidad................................................... 437 Rebeldía del Estado........................................................................... 442 La prueba del Estado......................................................................... 444 Otras cargas de la contestación de demanda...................................... 447 Actuaciones complementarias............................................................ 451 Capítulo XVI ETAPA ORAL DEL PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE IDH

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

La prueba en la Corte IDH................................................................ 453 Lista definitiva de declarantes............................................................ 456 Objeciones a testigos......................................................................... 460 Recusación de peritos........................................................................ 462 Sustitución de declarantes ofrecidos.................................................. 471 Resolución de prueba. Obligaciones y facultades de las partes.......... 472 La audiencia de prueba. El problema del testigo/víctima................... 474 Orden de las declaraciones................................................................ 480 El problema con la prueba de peritos................................................ 484 Capítulo XVII LA PRUEBA ANTE LA CORTE IDH

1. 2. 3. 4. 5.

Prueba sobreviniente......................................................................... 493 Prueba de oficio................................................................................. 495 Amicus curiae.................................................................................... 500 Exposiciones y observaciones sobre la prueba................................... 503 Apreciación de la prueba................................................................... 508 Capítulo XVIII ETAPA FINAL DEL PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE IDH

1. 2. 3. 4. 5. 6.

Solución amistosa.............................................................................. 513 Modos anormales de terminación del procedimiento......................... 515 La sentencia que define el caso.......................................................... 520 La sentencia de reparaciones y costas................................................ 526 Modalidades de las reparaciones....................................................... 532 Tipos de reparaciones........................................................................ 539


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7. Costas y honorarios........................................................................... 551 8. Recurso de interpretación.................................................................. 555 9. Supervisión de cumplimiento............................................................. 560 Capítulo XIX MEDIDAS PROVISIONALES 1. Generalidades.................................................................................... 567 2. Presupuestos de admisión.................................................................. 571 3. Régimen del artículo 63.2 CADH...................................................... 575 4. Trámite.............................................................................................. 579 5. Medidas provisionales colectivas....................................................... 583 ADDENDA Estatuto de la Comisión IDH................................................................... 587 Reglamento de la Comisión IDH.............................................................. 593 Estatuto de la Corte IDH......................................................................... 623 Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos............... 631


Primera Parte

PROCEDIMIENTO ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS


Capítulo I

PRINCIPIOS GENERALES 1. CONCEPTOS PRELIMINARES 1.1. El derecho procesal constitucional ocupa en la actualidad un espacio tan importante en la ciencia, que repercute con influencia notable en la teoría general del derecho procesal y en los principios procesales de la Constitución. A una le modifica los conceptos de jurisdicción, acción y proceso. Al otro, por el impacto que produce en la teoría de la separación de poderes el fenómeno de los tribunales constitucionales y la creación de derechos con sentencias normativas. 1.2. Además, la relación entre la Constitución y el Proceso ha conseguido un lenguaje de comprensión uniforme sobre el debido proceso y otras vertientes como la defensa en juicio y las garantías mínimas que debe respetar el proceso en general. De este modo, sin profundizar en la mención de los cambios, se constata que los presupuestos de la legitimación procesal dieron lugar al acceso a la justicia sin restricciones; que el derecho subjetivo, antes única herramienta de posible aplicación para tener derecho a ser oído, ahora se atiende desde los intereses jurídicos trascendentes, gracias a los que se escucha a quienes portan derechos individuales como colectivos; concretos y difusos; propios o indeterminados. La visión del proceso como lucha entre partes, cambió para verificar que el rol judicial no es el ser árbitro neutral sin compromisos con las verdades debatidas, sino para asegurar un rol protagónico del tribunal que, sin alterar la igualdad entre las partes, pueda llegar a un resultado cierto sin espejismos creados por las versiones de quienes litigan. Lo mismo sucede con principios como el de aporte de los hechos a la causa, carga de la prueba, determinación de los medios y fuentes con los que se tiene que confirmar y el alcance de la cosa juzgada. Todos ellos, al conjuro de lo constitucional en el proceso, van generando


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garantías de justicia e igualdad que socavan la tradición vernácula de tener al proceso como una cuestión estrictamente privada. 1.3. Y en este tránsito que recorre novedades y transformaciones aparece un sistema internacional que proclama nuevos principios. Asegura garantías para todos en identidad de situación y, para los Estados Partes que aceptan la jurisdicción de los organismos que el Sistema crea, surge una nueva obligación de respeto y acatamiento que no es producto de la legislación interna, ni de acuerdos entre Estados, ni de principios de cooperación internacional. Los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos han significado en Latinoamérica una renovación inusitada sobre los estándares procesales. El más importante sucede con la integración de nuevos contenidos para el debido proceso, y en materia constitucional se llega por el impacto que genera el llamado control de convencionalidad, alterando el principio de supremacía de la Constitución y, básicamente, la determinación de cuál es el órgano de cierre en los procesos locales.

2. EL DERECHO PROCESAL TRANSNACIONAL COMO CIENCIA 2.1. El funcionamiento de este mecanismo supranacional despierta curiosidad. Se trata de investigar si disciplina con autonomía un procedimiento singular, o si éste se iguala con el modelo tradicional de bilateralidad y contradicción. En materia de técnica este es el centro de atención, pero en lo sustancial, es decir, en la materia que nutre la posibilidad de encontrar una ciencia independiente, está el control de convencionalidad; que significa interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y demás tratados relacionados con derechos fundamentales. En este orden emergen los derechos humanos, que tienen una cobertura general sin miradas personales ni ropajes personalizados. Florece el jus comune con una fuerza de convicción aglutinante que tiene en los sistemas regionales, continentales y universales un mecanismo de asistencia tutelar distinto al que en cada Estado se genera.


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Precisamente, es lo que refuerza la idea de un derecho procesal transnacional. 2.2. Hay, entonces, dos perspectivas que se reúnen en todo momento. La del material con la que trabaja la ciencia, y la forma como se garantiza un modelo de cumplimiento y ejecución cuando los Estados no respetan el compromiso asumido al adherir al Sistema. Del encuadre preliminar aparece en primer término el derecho internacional de los derechos humanos; y del otro, el derecho procesal transnacional. Uno se constituye en un movimiento internacional de protección que surge con la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. Redactada como “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”, la declaración propicia que los derechos individuales y colectivos, sean de naturaleza civil, política, económica, social y cultural básicos, tengan un sistema de protección, respeto y promoción asistencial en casos de violencia o desconocimiento local. 2.3. Durante muchos años la Declaración Universal, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos protocolos facultativos, más el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, formaron la llamada “Carta Internacional de Derechos Humanos”. Una serie de tratados internacionales de derechos humanos y otros instrumentos adoptados desde 1945 han conferido una base jurídica a los derechos humanos inherentes y han desarrollado el conjunto de derechos humanos internacionales. En el plano regional se han adoptado otros instrumentos que reflejan las preocupaciones específicas en materia de derechos humanos de la respectiva región, y en los que se establecen determinados mecanismos de protección. La mayoría de los Estados también ha adoptado constituciones y otras leyes que protegen formalmente los derechos humanos fundamentales. Si bien los tratados internacionales y el derecho consuetudinario forman la columna vertebral del derecho internacional de derechos humanos, otros instrumentos, como declaraciones, directrices y principios adoptados en el plano internacional contribuyen a su comprensión, aplicación y desarrollo. El respeto por los derechos


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humanos requiere el establecimiento del estado de derecho en el plano nacional e internacional1.

El objetivo es lograr un acuerdo general por adhesión. Se diseñan los derechos, deberes y garantías que forman el núcleo esencial de los derechos humanos, al que cada Estado se vincula mediante el expreso reconocimiento de los textos que se agregan al derecho interno; o por la incorporación en los textos constitucionales que, de este modo, los obliga al acatamiento y respeto. La sumisión significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. El compromiso de protegerlos exige imponer impedimentos a los abusos contra individuos y grupos. El juramento de realizarlos significa que los Estados tendrán que adoptar medidas positivas para facilitar el desarrollo de los derechos humanos básicos. 2.4. La dura lucha por los derechos humanos fue un tránsito difícil que superó etapas críticas. En Europa por la tragedia que dejó la segunda guerra mundial que obligó a un arduo trabajo de reconstrucción social y económica; en América por las desigualdades de mediados del siglo XX que fueron llevando a dictaduras militares recién despojadas en las dos últimas décadas de aquella era; en África por el empobrecimiento cultural y social que hizo trizas el crecimiento humanitario. Sin embargo, los derechos se fueron acomodando a esa suerte de reclamo por la uniformidad, al punto que las garantías individuales fueron transformándose en exigencias agrupadas. No era el derecho de solo uno, sino de todos, y en ese punto los derechos humanos se fueron fortaleciendo. Después llegó la valoración de esos derechos como fundamentales, donde antes que la atribución dativa de la norma, se consiguió el reconocimiento de cuanto era personal por antonomasia. No fue necesario reclamar por lo que era propio, sino por el derecho de exigir que la violación fuera un motivo para deducir un derecho reparativo.

1

Declaración de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos.


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2.5. De este modo, el derecho procesal constitucional y los derechos humanos se unieron en la búsqueda de mecanismos particulares de resguardo y tutela. Los derechos humanos se vinculan íntimamente con los derechos constitucionales y con el derecho procesal. En efecto, tanto los derechos constitucionales clásicamente dispuestos en dos órdenes bien repartidos entre los que pertenecen a la sociedad como “garantías”, y los que hacen a la estructura política del Estado; como los derechos procesales, orientados a dar efectiva tutela o protección a los derechos en crisis, encontraron en los derechos humanos un espejo donde podían reflejar simetrías. Cuando las figuras se mostraban diferentes, algo estaba fallando. O el orden interno consagraba bajo la figura de la supremacía constitucional, derechos y garantías que consideraba justos, pero en realidad estaban alejados del espíritu superior que ponderan los derechos igualmente captables “para todos”; o bien, en su caso, el proceso constituía una representación esquiva con los requerimientos de un nuevo orden social2.

El objetivo de conseguir que la Constitución se cumpliera quedó superado por una consigna mayor. Eran los derechos del hombre los que se debían asegurar, dando lugar a lo que Cappelletti llamó la dimensión constitucional del derecho del proceso y de la justicia3, entre los que figuraron como derechos inalienables, el debido proceso y garantías como la independencia e imparcialidad de los jueces, junto a la igualdad formal y real dentro de un litigio. La renovación trajo consigo el emplazamiento de un derecho nuevo: el derecho procesal transnacional, cuyos contenidos básicos encuentran al menos dos vertientes: a) el que se relaciona con la regulación de los procedimientos previstos dentro del sistema de protección internacional de los derechos humanos; y b) el que funda principios, valores y reglas de interpretación que están señalados para el debido proceso, pensado en este aspecto, como jurisprudencia uniformadora. Aun cuando a primera vista pudiera parecer extraño que un sector del Derecho Procesal Constitucional, que es predominantemente interno, po-

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3

Gozaíni, Osvaldo A., El derecho procesal constitucional y los derechos humanos. Vínculos y autonomías. Instituto de Investigaciones Jurídicas – UNAM, México, 1995, p. 9. Cappelletti, Mauro, Acceso a la Justicia. Conclusiones de un proyecto de investigación jurídico-sociológica, traducido por Juan Carlos Hitters, JA, 1981-III, ps. 810-814.


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sea proyección en el ámbito exterior del ordenamiento jurídico nacional, lo cierto es que un examen más cuidadoso nos lleva al convencimiento de que existen cada vez más relaciones, y por ello, conflictos, entre la aplicación de las disposiciones constitucionales y las que pertenecen al campo transnacional, algunas de las cuales forman parte directa, por medio de mecanismos de incorporación, del orden jurídico interno, y por ello deben considerarse normas nacionales de fuente internacional. Preferimos utilizar el término ‘transnacional’, que es más amplio que el de derecho internacional, en cuanto el primero comprende no sólo este último, sino también al creciente derecho de la integración, que establece normas comunitarias que son intermedias entre el derecho internacional en sentido estricto y los ordenamientos “jurídicos nacionales”4; por ejemplo, los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos, entre otros, el sistema interamericano, en el cual uno de sus órganos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene como competencia interpretar y aplicar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y en algunos casos, ha declarado incompatible una ley con éste tratado, por violación a los derechos humanos reconocidos en el mismo. Se trata de un examen de confrontación (material) de la ley, el acto administrativo y la Constitución con la Convención Americana. Desde la óptica de la Jurisdicción Constitucional transnacional estudiaremos una selección de casos resueltos por la citada Corte.

2.6. Para Hitters, esta perspectiva trae como consecuencia que el clásico control de constitucionalidad realizado dentro de los países —por órganos centralizados (concentrado), o fragmentariamente por cualquiera de los jueces (difuso)— es mucho más fascinante y abarcador, ya que se lleva a cabo por cuerpos transnacionales ejemplo, la Corte de Luxemburgo, (en el área de la Unión Europea), o por los tribunales de Estrasburgo, y la de Costa Rica en el sector de los derechos humanos, que conforman lo que se ha llamado, la justicia o el proceso supranacional, con reglas adjetivas propias5. El control de convencionalidad es la concreción efectiva de esa labor interpretativa, donde ya no se trata de considerar el principio constitucional de la supremacía, sino de confrontar la adaptación de

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5

Héctor Fix-Zamudio, Estudio de la defensa de la Constitución en el ordenamiento mexicano, México, Porrúa, 2005, ps. 99 y 100. Hitters, Juan Carlos, Criterios establecidos por los órganos jurisdiccionales de los sistemas interamericano y europeos, La Ley, 2003-D, 1373.


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ella con las normas sobre derechos humanos reconocidos e incorporados en Tratados y Convenciones. Esta suerte de erosión sobre lo interno, no es tal porque retroalimenta la fuente de protección y promoción de los derechos humanos. Rey Cantor sostiene que se trata de realizar un examen de confrontación normativo con un tratado internacional, lo que consecuencialmente determina el sometimiento de la Constitución al tratado de derechos humanos y, la Constitución no es la única y exclusiva norma para confrontar leyes internas, en una escala de jerarquía normativa, al activar el control de constitucionalidad, porque los tratados de derechos humanos podrán ser utilizados como parámetros del control de constitucionalidad de las leyes6.

Se origina entonces un fuerte impacto sobre la supremacía de la Constitución local que se encuentra profundamente retocada y domesticada por el derecho positivo internacional7 y también la soberanía, el poder Constituyente y la división de poderes. 2.7. Lo interesante del fenómeno es la dimensión que adquiere el sistema de interpretación constitucional al agregar nuevas fuentes donde abrevar. La tarea no es sólo de las cortes especializadas sino de todos los jueces, promoviendo un control difuso de convencionalidad que debe ser estudiado por una ciencia especializada como es el derecho procesal constitucional. El principio de interpretación conforme suma la Constitución y los tratados internacionales, sin dar posibilidad alguna de ignorancia o soslayo de las sentencias que explanen los organismos del sistema. En el caso americano, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos irrumpe obligatoria, tanto como orientan las recomendaciones e informes de la Comisión. En el orden interno, el juez o tribunal tiene obligación de expandir el principio iura novit curia, e inclusive de aplicar las disposiciones pertinentes en una causa, aun cuando las partes no las invoquen expresamente.

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7

Rey Cantor, Ernesto, Control de convencionalidad de las leyes y derechos humanos, Biblioteca Porrúa de Derechos Humanos nº 26, Porrúa, México, 2008, p. 34. Sagüés, Néstor Pedro, Teoría de la Constitución, Astrea, Buenos Aires, 2001, p. 281.


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El principio “pro homine” es un resorte para la actuación promotora y tutelar de los derechos humanos, y el derecho procesal constitucional (en este aspecto, en su cobertura como derecho procesal transnacional) funge como ciencia al servicio docente de explicar razones y posibilidades para su aplicación. El control de convencionalidad abarca tres aspectos distintos a los que hay que atender; en primer lugar, la obligación de todos los juzgadores del país de verificar que las leyes que aplican se ajustan a la Constitución federal y a los tratados internacionales sobre derechos humanos; en segundo lugar, la obligación de realizar el control difuso confrontando las normas de Derecho interno contra la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tomando en cuenta la interpretación realizada por la Corte Interamericana; y en tercer lugar, la posibilidad para los jueces de cada Estado de dejar de aplicar al caso concreto las normas que resulten contrarias a la Constitución o los tratados internacionales8.

Para Mónica Pinto [...] “las relaciones de la Corte Suprema nacional con el sistema internacional de derechos humanos son peculiares. La jurisprudencia permite concluir que la efectividad del derecho derivado de los órganos de control en materia de derechos humanos es mayor cuando se trata de interpretar las normas de uno o más tratados invocados ante el tribunal. Por el contrario, la efectividad mengua cuando a la Corte se le requiere la ejecución de una decisión de uno de esos órganos. Y, en este punto, da lo mismo que se trate de un informe de la Comisión o de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte efectúa un salto que la coloca de pie en el lugar en que se encontraba antes de la reforma del 94: la jurisprudencia internacional es novedosa pero no es capaz de conmover la cosa juzgada, tal su conclusión. El tribunal no puede asumir que sus decisiones firmes y definitivas puedan ser objeto de una revisión simplemente porque un órgano internacional de control así lo recomiende u obligue. La cuestión de la jerarquía de sus fallos en el orden jurídico vigente en el país es, para la Corte, una cuestión de Estado. Sería importante, pues, una reflexión sobre este sentimiento

8

Cita del caso Almonacid Arellano vs. Chile, punto 125, en el punto 13 del voto razonado del juez ad hoc Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot en relación con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Cabrera García y Montiel Flores vs. México de 26 de noviembre de 2010, p. 4.


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ya que la Corte sigue siendo un referente para la aplicación del derecho y que a ella incumba hacerse cargo de la implementación de las decisiones internacionales además de dar garantías permite avizorar un futuro en el que cada vez haya menos ocasiones de recurrir a las instancias internacionales de control en procura de respeto a los derechos humanos”9.

3. EL DERECHO PROCESAL TRANSNACIONAL FORMA PARTE DEL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL 3.1. El derecho procesal transnacional no se iguala ni relaciona con el derecho procesal civil internacional. Éste se ocupa de cuestiones vinculadas con situaciones jurídicas de procedimientos que suceden con las relaciones entre Estados, sea por conflictos entre ellos, o por compromisos de asistencia y reciprocidad. El objeto son los problemas de internacionalidad procesal, pero el derecho, en sí mismo, es local. Esta perspectiva afronta y reconoce al menos dos órganos de ejecución: la del juez nacional que interviene; y la de los justiciables u operadores, que necesitan reconocer un sistema procesal. Algunos sostienen que el derecho procesal civil internacional constituye un sector autónomo dentro del derecho procesal civil, no sólo en cuanto a su objeto, sino en cuanto a los principios estructurales que lo informan y las categorías dogmáticas que requiere. Es decir se trata de un sector con problemas, principios, categorías dogmáticas específicas que justifican su tratamiento científico como sector autónomo. Y este tratamiento autónomo es el que se pretende dar en el ordenamiento español, en el futuro, por medio de una Ley sobre cooperación jurídica internacional en materia civil (LEC 2000, Disposición. Final Vigésima)10.

9

10

Pinto, Mónica, El valor jurídico de las decisiones de los órganos de control en materia de derechos humanos en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, en la obra colectiva “La aplicación de los tratados sobre derechos humanos en el ámbito local. La experiencia de una década”, compiladores Víctor Abramovich, Alberto Bovino y Christian Courtis, CELS-Editores del Puerto, Buenos Aires, 2007, ps. 119-152. Virgós Soriano, Miguel y Garcimartín Alférez, Francisco, Derecho Procesal Civil Internacional-Litigación Internacional, Thomson-Civitas, Madrid, 2007 (2ª edición), ps. 35 y 36.


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