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BALANCE Y ANÁLISIS TRAS 40 AÑOS DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNITAT VALENCIANA

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH

María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.

Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo

Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)

Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y

Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional

Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones

Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comité:

Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón

Procedimiento de selección de originales, ver página web:

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BALANCE Y ANÁLISIS TRAS 40 AÑOS DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNITAT VALENCIANA

tirant lo blanch

Valencia, 2023

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PRÓLOGO. UNIDOS EN TORNO AL ESTATUT DE AUTONOMÍA ......... 11 VICENTE GARRIDO MAYOL Introducción.................................................................................................... 15 JORGE CASTELLANOS CLARAMUNT Capítulo I CUARENTA AÑOS DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNITAT VALENCIANA: LUCES Y SOMBRAS DE SU EXISTENCIA ......................... 19 REMEDIO SÁNCHEZ FERRIZ I. UNA AUTONOMÍA Y UN ESTATUTO PECULIAR: ENTRE OBSTÁCULOS Y LOGROS .................................................................................................... 19 1. Valencia, siempre “entre dos aguas” o con aparentes contradicciones 20 2. Tal vez constituyamos el ejemplo más significativo de las discretas exigencias 22 II. NOTAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL CASO VALENCIANO 23 1. La lealtad .......................................................................................... 23 2. El consenso en los dos momentos estatuyentes .................................. 23 3. La falta de interés.............................................................................. 24 4. Un ordenamiento jurídico propio ...................................................... 24 III. CIRCUNSTANCIAS QUE DERIVAN EN ACIERTOS Y ERRORES .......... 25 1. Aciertos ............................................................................................. 25 2. Errores 26 3. La continuación hacia el futuro 27 IV. PERSPECTIVA POLÍTICA: AUSENCIA DE CULTURA TERRITORIAL-FEDERAL ...................................................................................................... 28 V. PERSPECTIVA JURÍDICA: EL DERECHO CIVIL VALENCIANO PROPIO32 1. La negativa de un derecho civil cinco siglos vigente .......................... 32 2. Alguna idea de utilidad ..................................................................... 34 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................... 34 Capítulo II EL RENDIMIENTO DE CUARENTA AÑOS DE MARCO ESTATUTARIO AUTONÓMICO PARA LOS GOBIERNOS LOCALES VALENCIANOS ........... 37 JOAQUÍN MARTÍN CUBAS I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................ 37 II. EL PODER LOCAL EN UN MUNDO GLOBALIZADO ............................ 38 III. EL PODER LOCAL DESDE UNA PERSPECTIVA INSTITUCIONAL EN ESPAÑA Y EN LA COMUNITAT VALENCIANA 40 1. La realidad del poder local en España 42 2. El mapa territorial de los entes locales valencianos ........................... 43 Entidades de creación por parte de la Generalitat ......................... 45
ÍNDICE

VI.

VII.

Índice 8 Agrupaciones voluntarias 45 Instrumentos de planificación y ordenación .................................. 46 Programas de dinamización económica ......................................... 46 Programas de desarrollo urbano y rural de la política de Cohesión .... 46
EL ESTRECHO MARCO COMPETENCIAL EN MATERIA DE GOBIERNO LOCAL QUE LA CONSTITUCIÓN DEJA EN MANOS DE LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA ............................................................................. 47
EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNITAT VALENCIANA Y LA REGULACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES VALENCIANOS 48
IV.
V.
NUEVOS DESARROLLOS POLÍTICO-INSTITUCIONALES, LEGISLATIVOS Y JURISPRUDENCIALES RESPECTO AL PODER LOCAL.............. 53
Una nueva perspectiva orgánica en el gobierno de la Generalitat ...... 55
La redistribución del poder en la planta local valenciana .................. 56
La búsqueda de una financiación objetiva y suficiente ....................... 59
La lucha contra la despoblación y la Agenda Urbana ........................ 62
1.
2.
3.
4.
Y,
SU CASO, QUÉ SE PODRÍA REFORMAR? ........................................ 63 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................... 66
¿HACE FALTA REFORMAR EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA MEJORAR EL ESTATUS DE LOS GOBIERNOS LOCALES VALENCIANOS
EN
AUTO-
LA COMUNITAT VALENCIANA EN SU CUADRAGÉSIMO ANIVERSARIO ..................................................................................................... 67 JORGE CASTELLANOS CLARAMUNT I. UNA REVISIÓN PARTICIPATIVA DEL TEXTO ESTATUTARIO Y SUS RAMIFICACIONES NORMATIVAS ................................................................... 67 1. A propósito de los “valencianos en el exterior” ................................. 68 2. La participación política, diferenciada de la económica, cultural y social ................................................................................................ 77 3. El fomento de la participación de grupos sociales concretos .............. 79 4. El fomento de la participación en sectores públicos concretos 79 5. La participación ciudadana en la reforma estatutaria 81 IV. CONCLUSIONES ...................................................................................... 82 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................... 83 Capítulo IV LA CONSOLIDACIÓN DE LA TRANSPARENCIA COMO PRINCIPIO EXTRAESTATUTARIO EN LA COMUNITAT VALENCIANA: A PROPÓSITO DE LA LEY 1/2022, DE 13 DE ABRIL, DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO DE LA COMUNITAT VALENCIANA ...............................................................................85 MARÍA DOLORES MONTERO CARO I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................ 85 II. LEY 1/2022, REFERENCIAS Y CONTEXTO ............................................. 87 III. ANÁLISIS EXHAUSTIVO DEL CONTENIDO DE LA LEY ...................... 90 IV. CONCLUSIONES .................................................................................... 106 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................. 107
Capítulo III ESTUDIO DE LA AFECTACIÓN PARTICIPATIVA DEL ESTATUTO DE
NOMÍA DE

II.

III. EL

IV.

Capítulo

LA CONSTITUCIÓN SOCIAL EN EL ORDEN AUTONÓMICO

I. INTRODUCCIÓN

II. EL ABORDAJE DE LA DIMENSIÓN SOCIAL. AUTONÓMICA DESDE SU CONEXIÓN CONSTITUCIÓN-FORMA DE ESTADO SOCIAL ........... 131

1. La debilidad normativa-constitucional de la forma de Estado social en la Constitución del 78: sus causas estructurales .............................. 131

2. La transición hacia un nuevo paradigma constitucional: el orden jurídico del mercado ................................................................................ 136

III. MATERIALIZACIÓN DE LOS PARADIGMAS CONSTITUCIONALES DEL VÍNCULO SOCIAL Y DEL VÍNCULO ECONÓMICO EN LA GÉNESIS Y EVOLUCIÓN DE LA DIMENSIÓN SOCIAL AUTONÓMICA VALENCIANA .... 141

1. El despertar social estatutario como embrión programático ............ 147

2. ¿La oleada reformista? O ¿La positivización del nuevo paradigma constitucional del mercado?: algunos apuntes a propósito del dispositivo social de la Ley Orgánica 1/2006 ................................................ 150

2.1. La subordinación del marco social estatutario a las dinámicas de la regulación social indirecta 153

3. La legislación autonómica de la resistencia del vínculo social 155

IV. CONSIDERACIONES FINALES: A PROPÓSITO DE LA SISTEMATICIDAD DE CRISIS (FINANCIERA, PANDÉMICA E INFLACIONARIA) DEL ORDEN CONSTITUCIONAL DEL MERCADO Y SUS MATERIALIZACIONES EN EL ESTADO DE LA “SOLIDARIDAD CONDICIONADA” AUTONÓMICO . 161

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................. 166

Capítulo VII

REVISIÓN DEL ART.13 DE L’ESTATUT D’AUTONOMIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA A LA LUZ DE LOS COMPROMISOS INTERNACIONALES DE ESPAÑA EN MATERIA DE DISCAPACIDAD ............................................. 169

ANNA BUCHARDÓ PARRA

ïndice 9
V NIVELES DE LA IGUALDAD DE MUJERES Y VARONES. DEL ESTATUTO DE 1982 A LA ACTUALIDAD ........................................................................... 109 ENCARNACIÓN FERNÁNDEZ RUIZ-GÁLVEZ
INTRODUCCIÓN ...................................................................................... 109
Capítulo
I.
DESIGUALDAD
FENÓMENO ESTRUCTURAL ................... 110
LA
COMO
LARGO E INACABADO CAMINO HACIA
IGUALDAD REAL ... 113
LA
EVOLUCIÓN
COMUNIDAD VALENCIANA 119 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................. 123
ESTATUTARIA Y LEGISLATIVA EN LA
VALENCIANO: ENTRE
JURÍDICO MATERIALCONSTITUCIONAL ................................................................................... 125 AINHOA LASA LÓPEZ
VI
LA VINCULACIÓN Y LA DESCONEXIÓN
126
INTRODUCCIÓN
I.
...................................................................................... 169

II. LA NECESARIA REVISIÓN DEL ART.13 DE L’ESTATUT D’AUTONOMIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES INTERNACIONALES DE ESPAÑA EN MATERIA DE DISCAPACIDAD ......................................................................................

1. Consideraciones acerca de la actual redacción del art.13 EACV y necesidad de su reforma. ......................................................................

2. Propuesta de modificación...............................................................

III.

Capítulo VIII

ESTATUTO Y FORALIDAD: UNA LECTURA EN CLAVE CRÍTICA ........ 191

IGNACIO DURBÁN MARTÍN

I. EXPOSICIÓN CRÍTICA DE LA REGULACIÓN ESTATUTARIA VIGENTE191

1. La competencia de la Comunitat Valenciana en materia de derecho civil antes de la reforma estatutaria de 2006

2. La competencia de la Comunitat Valenciana en materia de derecho civil tras la reforma estatutaria de 2006. ............................................

II. EVOLUCIÓN DEL TEMA DESDE LA REFORMA ESTATUTARIA OPERADA EN 2006 A LA LUZ DE LOS DESARROLLOS LEGISLATIVOS, LA JURISPRUDENCIA Y LA PRÁCTICA POLÍTICO-INSTITUCIONAL.

1.

2.

3. La propuesta de reforma de la Disposición Adicional 2ª de la Constitución

Índice 10
170
176
182
CONCLUSIONES 186 BIBLIOGRAFÍA 190
191
199
....... 201
.............................................................. 201
Los desarrollos legislativos
..................................................... 205
La jurisprudencia constitucional
207 III. CONSIDERACIONES FINALES .............................................................. 209 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................. 211

PRÓLOGO. UNIDOS EN TORNO AL ESTATUT DE AUTONOMÍA

La Comunitat Valenciana surgió como consecuencia de la manifestación de la voluntad autonómica del pueblo de las provincias valencianas… Son las primeras palabras del preámbulo del Estatut, norma institucional básica que corona el ordenamiento jurídico valenciano que se ha creado durante cuarenta años de autonomía política.

Con motivo del XL aniversario del Estatuto de autonomía se han sucedido una serie de Congresos, Jornadas, Seminarios, Conferencias y publicaciones en relación con el proceso de elaboración y aprobación del Estatut, con su contenido, con los principales problemas que se plantearon previamente a su alumbramiento, y con las distintas reformas que ha sufrido durante estos cuarenta años.

A mi juicio el resultado de tantas actividades en torno al Estatut ha sido muy positivo porque pone de manifiesto en interés, más allá del meramente académico, por una norma jurídica durante tanto tiempo reivindicada política, económica y socialmente. Sí he echado en falta un acto potente a nivel institucional en que se rindiera homenaje a la Comisión Redactora del texto que, tras su discusión fue aprobado por las Cortes Generales. Los grandes Estados –y las Comunidades autónomas, en este particular, deben actuar como tales- ensalzan los momentos estelares de su historia y homenajean a sus protagonistas. Sin duda alguna, un momento estelar de la historia del pueblo valenciano fue la creación de la Comunitat Valenciana, lo que ocurrió al entrar en vigor el Estatuto de autonomía.

El Estado autonómico, forma territorial genuinamente española –pues tiene su antecedente, con todas las diferencias que se quiera, en el Estado integral de la Constitución republicana de 1931– está fuertemente consolidado en España: no hay marcha atrás porque hunde sus raíces en la propia historia de España y está jurídicamente blindado por las disposiciones de la Constitución de 1978. No obstante, sufre frecuentes ataques: desde quienes pretenden la desmembración del Estado mediante actividades separatistas, hasta quienes,

Director de la Cátedra de Derecho autonómico valenciano Catedrático de Derecho constitucional Universitat de Valencia

desde el otro extremo, postulan la vuelta a una estructura unitaria. Ante este panorama, que por razones bien diversas debilitan el Estado autonómico, hay que recordar, antes que nada, el propio fundamento que justifica su existencia. La historia de España nos pone de manifiesto que el Estado autonómico no es una creación caprichosa de los políticos ni, simplemente, la estructuración interna del poder para lograr una gestión más eficaz, sino, sobre todo, la respuesta a un problema latente y constante desde que se inició, en los albores del S. XIX, nuestro régimen constitucional. Y es que no podemos olvidar el proceso de conformación de España.

Es obligado, en todo caso, poner de manifiesto que la transformación que ha experimentado España gracias al Estado autonómico ha sido espectacular y altamente positiva desde todos los puntos de vista: social, económico, político y cultural. Es una evidencia el progreso que se ha observado en ciudades y Comunidades.

Pero también, que con la estructura actual de nuestro Estado se ha conseguido la recuperación del autogobierno e identidad de los diversos pueblos que conforman España, satisfaciendo una vieja reivindicación que se ha manifestado a lo largo de nuestra historia constitucional. Y, desde luego, se ha operado una profundización de la democracia al acercar al ciudadano los centros de decisión política.

El XL Aniversario de la creación de nuestra Comunitat tuvo lugar el pasado 10 de julio, pues en la misma fecha de 1982 entró en vigor la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, que aprobó el Estatut. Se acumulan los recuerdos de aquellos días –que algunos vivimos con intensidad y emoción- que fueron el colofón de un proceso autonómico no exento de dificultades pero expresión de un pacto político –cual el de la Constitución de 1978, de una parte, y del propio Estatut, por otra- con el que comenzó el autogobierno del pueblo valenciano.

Se creó entonces la Comunitat Valenciana como expresión de la identidad histórica de los valencianos, constituidos durante siglos en el Reino de Valencia, con instituciones y normas propias -els Furs- y de la voluntad manifiesta desde el Decreto de Nueva Planta de 1707 de recuperar el autogobierno que, entonces, nos fue arrebatado.

Gracias a la Constitución de 1978 pudimos impulsar el proceso autonómico e iniciar, con la autonomía política, el periodo de mayor prosperidad que ha vivido nuestro pueblo, cuya calidad de vida es evidente que ha aumentado, y la transformación y modernización de pueblos y ciudades ha sido manifiesta. Y lo más relevante es que se ha acercado al ciudadano, en muchas materias, el centro de decisión política. Ya no ha habido que ir a Madrid para conseguir autorización para una gran superficie, para obtener la aprobación de un plan general o para abrir un nuevo colegio.

Vicente Garrido Mayol 12

El camino que hemos andado ha sido, a mi juicio, altamente positivo, a pesar de los problemas a los que hemos tenido que hacer frente. Pero vayamos a los retos que concreto, entre los muchos que podría citar, en tres.

En primer lugar, una adecuada financiación. No hay autonomía política sin recursos financieros suficientes y adecuados. El actual sistema de financiación se fijó para el periodo 2009-2014. Está más que caducado y al perjudicar notablemente a la Comunitat Valenciana la deuda aumenta de forma galopante y el déficit es, por tanto, imparable. Según informan los expertos cada valenciano recibe por la financiación 200 euros menos, aproximadamente, que la media española. Y se puede constatar que la financiación per cápita es de casi 850 euros, estando, junto a Baleares, a la cola en financiación por habitante. Es, por tanto, el primer reto que se debe afrontar en la Comunitat Valenciana, lo que no siempre ocurre con la intensidad deseada, especialmente cuando el gobierno del Estado es del mismo color político que el autonómico.

En segundo lugar, conseguir la competencia en derecho civil, vieja reivindicación –no del gusto de todos- que no siempre se ha planteado con la habilidad precisa para alcanzar el objetivo propuesto. Porque, ciertamente, somos el único territorio que en el pasado contó con derecho civil propio y que en la actualidad carece de competencia para legislar sobre algunas instituciones de derecho privado como aquellas que quisieron regular, desde el exceso competencial, les Corts Valencianes y que el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales. Sin duda con buenas intenciones se ha impulsado el, a mi juicio exagerado, camino de la reforma constitucional. Exagerado por complejo y, quizás, inalcanzable, cuando hay otras soluciones más sencillas y alcanzables. Vengo defendiendo desde hace años, casi en solitario, hacer uso de lo dispuesto en el art. 150.2 de la Constitución, que permite al Estado la trasferencia de facultades correspondientes a materias de titularidad estatal en favor de las CCAA. La transferencia de la competencia es, en mi opinión, la vía más sencilla que, sin embargo, no se ha querido explorar, quizás para no experimentar la sensación de fracaso por quienes mantienen su empreño en la reforma constitucional.

Por último, cuidar la identidad del pueblo valenciano. El proceso autonómico se vio dificultado, en parte, por la falta de coincidencia en lo relativo a aspectos simbológicos de nuestro pueblo. La denominación de nuestra Comunidad, su bandera, la entidad y denominación de la lengua propia y, en fin, la identidad propia de la personalidad específica valenciana, provocaron una situación que, afortunadamente, fue superada por el gran pacto estatutario que, aún con dificultades, hemos logrado mantener hasta nuestros días. Hace cuarenta o más años se hablaba de unos quiméricos Països Catalans. En los últimos tiempos se vuelve a dar la matraca con tal expresión, singularmente por sectores secesionistas de nuestros vecinos del norte, bien acogidos y generosamente sostenidos por algunas fuerzas políticas locales. Aquello fracasó y

Prólogo. Unidos en torno al estatut de autonomía 13

cualquier intento de volver sobre ello, está llamado al mismo final. Pero por el camino, si de nuevo se intentan pretensiones al respecto, el coste social y político será alto, y habremos retrocedido cuanto tenemos avanzado.

El libro que tengo el honor de prologar por invitación de su director, Jorge Castellanos Claramunt, dinámico docente e investigador del Departamento de Derecho Constitucional de la Universitat de Valencia, acoge una serie de investigaciones resultantes de la combinada solvencia de consagrados compañeros de la Universitat con la ilusionante visión de jóvenes profesores que se han adentrado en la realidad autonómica de nuestro país.

Creo y deseo que todos debemos unirnos en la defensa del denominado “régimen del 78” –de democracia y de derechos y libertades– protector de la autonomía de las nacionalidades y regiones, y en torno a nuestro Estatut con el que los valencianos recuperamos el autogobierno y la posibilidad de desarrollar nuestra especifica personalidad en el conjunto de la España plural.

Valencia, diciembre de 2022

14
Vicente Garrido Mayol

INTRODUCCIÓN

JORGE CASTELLANOS CLARAMUNT

Profesor de Derecho constitucional Universitat de València

La obra que presentamos lleva por título “Balance y análisis tras 40 años del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana” de manera que el objeto colectivo de este trabajo es, precisamente, hacer balance del camino recorrido por la Comunidad Valenciana en estas cuatro décadas de existencia de normativa estatutaria. Y es que la valenciana es una autonomía que ha resultado peculiar en el contexto de España por diversas circunstancias que mencionaremos. Generalmente anclada entre dos situaciones contradictorias, no ha generado, sin embargo, problemas serios al Estado ni se ha distinguido por sus grandes logros frente al mismo desde el punto de vista político y constitucional. Más bien, todo lo contrario, podríamos decir que es leal al ordenamiento, aunque le haya supuesto posiciones de inferioridad respecto de otras en diversos aspectos, algunos muy importantes.

La obra comienza con el prólogo de Vicente Garrido Mayol, catedrático de Derecho constitucional y prestigioso académico conocedor del derecho autonómico, puesto que es director la Cátedra de Derecho Autonómico Valenciano de la Universitat de València, impulsada por la Fundación Profesor Manuel Broseta. Con esas credenciales su visión sobre los cuarenta años de andadura autonómica valenciana resulta insoslayable para un estudio profundo y riguroso de la materia. Desde aquí agradezco la gentileza mostrada por su parte para escribir el extraordinario prólogo que, sin duda, enriquece la obra.

Si el prólogo era de lujo para iniciar esta obra, también es un auténtico privilegio contar con la pluma de Remedio Sánchez Ferriz, Catedrática emérita de Derecho Constitucional de la Universitat de Valencia para desarrollar el primero de los capítulos. Su título es “Cuarenta años del estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana: luces y sombras de su existencia” y en él se recorren con maestría los pormenores del proceso que ha seguido el desarrollo autonómico valenciano a lo largo de estos cuarenta años, de los cuales, en términos jurídicos, la profesora Sánchez Ferriz no solo ha sido testigo sino también partícipe, lo cual dota de mayor relevancia a sus palabras. Su explicación de las contradicciones que presenta Valencia, así como las notas características del proceso singular valenciano son de lectura obligatoria para entender el proceso que se ha ido

conformando durante las últimas cuatro décadas en relación con la autonomía valenciana. De hecho, la profesora destaca los aciertos y errores que se han ido sucediendo, apuntando a esa ausencia de cultura territorial federal como uno de los elementos que explican la situación valenciana en el contexto español.

A continuación, Joaquín Martín Cubas, Profesor Titular de Ciencia Política y de la Administración de la Universitat de Valencia, detalla con precisión cirujana la cuestión local en el contexto valenciano, del que es uno de los mayores expertos. Su trabajo titulado “El rendimiento de cuarenta años de marco estatutario autonómico para los gobiernos locales valencianos” desgrana la cuestión del poder local en un contexto globalizado, para aterrizar en la naturaleza española y autonómica valenciana de su propia condición. Para ello desmenuza la consideración local relativa al Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, así como plasma los nuevos desarrollos político-institucionales, legislativos y jurisprudenciales que giran en torno al poder local. Para concluir su trabajo plantea una sugerente cuestión sobre si hace falta reformar el Estatuto de Autonomía para mejorar el estatus de los gobiernos locales valencianos y, en su caso, qué se podría reformar, por lo que la proyección de futuro y las propuestas de mejora también se abren paso en su minucioso y completo análisis.

El tercero de los capítulos lo firma quien suscribe estas líneas, haciendo alusión al “Estudio de la afectación participativa del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana en su cuadragésimo aniversario”, incidiendo especialmente en la noción de los valencianos en el exterior, concepto sobre el que reflexiona, así como la raíz participativa misma ya existente en el Estatuto de Autonomía y trasladada a una prolija legislación sobre ella. Y como complemento a esa noción participativa destacamos la relativa a la transparencia, que aborda de manera inmejorable en el cuarto capítulo la profesora Montero Caro, constitucionalista de la Universidad de Córdoba, y una de las referencias nacionales en materia de transparencia y gobierno abierto, tal y como atestiguan sus trabajos académicos, muchos de ellos premiados por diferentes instituciones debido a su alta calidad. En el capítulo con el que contribuye a esta obra colectiva se aborda específicamente la aportación de la Ley 1/2022 de transparencia de la Comunidad Valenciana, detallando con la precisión que le caracteriza los puntos fuertes de la ley, así como los elementos que a su juicio deberían mejorarse. Todo en el contexto de una profundización democrática que avala el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y que cristaliza en la reciente normativa de transparencia valenciana.

La catedrática de Filosofía del Derecho de la Universitat de València, Encarnación Fernández Ruiz-Gálvez, aborda en el capítulo quinto lo relativo a los “Niveles de la igualdad de mujeres y varones. Del Estatuto de 1982 a la actualidad” analizando con la claridad que le caracteriza cuestiones tan complejas como las referentes a la desigualdad como fenómeno estructural, el camino

Claramunt 16
Jorge Castellanos

largo e inacabado hacia la igualdad real y, por supuesto, la evolución estatutaria y legislativa de tales extremos en el marco jurídico valenciano. La profesora Fernández es una referencia en estas materias a nivel nacional, por lo que su aportación a la obra enriquece profundamente la calidad de la misma, aportando una perspectiva iusfilosófica fundamental para el conocimiento atinado de las materias que presenta.

Continuando en la senda de lo social, la profesora Ainhoa Lasa, constitucionalista de la Universidad del País Vasco, pero profundísima conocedora de la realidad jurídica valenciana, estudia en su capítulo, titulado “la constitución social en el orden autonómico valenciano: entre la vinculación y la desconexión jurídico material-constitucional”, precisamente la relación jurídicosocial de la normativa valenciana. La profesora Lasa analiza con la calidad técnica que le caracteriza una cuestión poco abordada en la doctrina y sobre la que convendría poner el foco en mayor medida como es la dimensión social, en este caso desde el prisma jurídico valenciano. Como experta en la materia sabe desgranar elementos y materiales densos y complicados que transforma en fáciles de asimilar gracias a su excelente manera de expresarse y explicar cuestiones complicadas con un lenguaje ágil y directo.

El capítulo séptimo lleva la rúbrica de la profesora Buchardó, especialista en Derecho Internacional Público de la Universitat Jaume I, de Castellón, y que realiza un pormenorizado trabajo de la materia de la discapacidad en el contexto estatutario valenciano. En concreto, el título de su trabajo “Revisión del art.13 de l’Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana a la luz de los compromisos internacionales de España en materia de discapacidad” ya deja clara la temática que va a desarrollar, mostrando de manera certera los motivos que llevan a considerar una revisión del articulado estatutario en materia de discapacidad por la propia evolución normativa y social en materia de discapacidad que se ha ido desarrollando. En esta mirada colectiva a los últimos cuarenta años desde la aprobación del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana se requería dar protagonismo a colectivos de la sociedad sobre los que no suele ponerse el foco para su análisis, por lo que la profesora Buchardó aborda de manera excelente una materia que merece todo el reconocimiento y reflexión, también desde los académicos.

El octavo y último capítulo es el realizado por el profesor Ignacio Durbán Martín, profesor ayudante doctor de Derecho constitucional de la Universitat de València, y profundísimo experto en materia autonómica. De su magnífica aportación a esta obra colectiva debemos destacar el repaso que realiza de la competencia de la Comunitat Valenciana en materia de derecho civil antes de la reforma estatutaria de 2006 y con posterioridad a la misma, detallando con gran finura jurídica todos y cada uno de los entresijos del derecho en esta cuestión. Para ello se vale, además de su profundo conocimiento del tema, en el análisis del ámbito legislativo y jurisprudencial que ha ido profundizando en el

Introducción 17

desarrollo competencial estatutario. Este trabajo sirve de excelente corolario a la obra colectiva ya que estudia en profundidad el cometido global de la obra, que no es otro que el de hacer balance en términos jurídicos de estos cuarenta años de vigencia del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

Como director de esta obra quiero mostrar mi público agradecimiento a todos los autores que han participado en este libro colectivo. Todos ellos tienen una prestigiosa carrera académica e investigadora que, sin duda, ve su reflejo en la alta calidad de los trabajos presentados. Desde luego ha sido un verdadero placer poder recibir todos y cada uno de los trabajos para nutrirme de los numerosos enfoques y perspectivas que proyectan, todos ellos con el elemento transversal de tener en el horizonte de sus investigaciones el análisis del camino recorrido por la Comunidad Valenciana en estos 40 años que se cumplen de la aprobación de su estatuto de autonomía.

Mis últimas palabras son de agradecimiento a mi querida Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática de la Generalitat Valenciana por hacer posible esta obra. De la ayuda TSPUNI/2022/46/3 de la Generalitat Valencia nace este trabajo colectivo que da forma a los resultados expuestos y ampliados en la jornada relativa a 40 anys de l’Estatut d’Autonomia: balanç i propostes de millora, celebrada en la Facultad de Derecho de la Universitat de Valencia en el otoño de 2022. Sin la colaboración de la Conselleria mencionada no habría sido posible organizar la reunión académica ni plasmar las investigaciones en el presente libro, así que cabe el profundo agradecimiento a la labor de apoyo a la investigación que se realiza desde esta Conselleria. Dejamos constancia de ello y de la necesidad de apoyar la investigación y las reflexiones académicas en un tema que es, sin duda, trascendental en el desarrollo de la sociedad valenciana.

Valencia, 11 de diciembre de 2022

Jorge Castellanos Claramunt 18

Capítulo I

CUARENTA AÑOS DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNITAT

VALENCIANA: LUCES Y SOMBRAS DE SU EXISTENCIA

REMEDIO SÁNCHEZ FERRIZ

Catedrática de Derecho Constitucional Universitat de València

SUMARIO: I. UNA AUTONOMÍA Y UN ESTATUTO PECULIAR: ENTRE OBSTÁCULOS Y LOGROS. 1. Valencia, siempre “entre dos aguas” o con aparentes contradicciones. 2. Tal vez constituyamos el ejemplo más significativo de las discretas exigencias. II. NOTAS CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL CASO VALENCIANO. 1. La lealtad. 2. El consenso en los dos momentos estatuyentes. 3. La falta de interés. 4. Un ordenamiento jurídico propio. III. CIRCUNSTANCIAS QUE DERIVAN EN ACIERTOS Y ERRORES. 1. Aciertos. 2. Errores. 3. La continuación hacia el futuro. IV. PERSPECTIVA POLÍTICA: AUSENCIA DE CULTURA TERRITORIAL-FEDERAL. V. PERSPECTIVA JURÍDICA: EL DERECHO CIVIL VALENCIANO PROPIO. 1. La negativa de un derecho civil cinco siglos vigente. 2. Alguna idea de utilidad. BIBLIOGRAFÍA

I. UNA AUTONOMÍA Y UN ESTATUTO PECULIAR: ENTRE OBSTÁCULOS Y LOGROS

Tal vez la más generalizada característica del Estatuto de autonomía valenciano sea la que preside como título de mi aportación a esta obra colectiva. Porque, si no toda la autonomía ni todo el Estatuto en su conjunto y significación, sí ha habido en distintas formas y períodos una combinación de luces y sombras “conviviendo” (y contrastándose) entre sí, permanentemente, más que alternándose; y ello ha hecho de nuestra norma institucional básica un caso especial o difícil de encuadrar entre los grupos puros que podrían conformarse al reflexionar sobre el Estado autonómico español en su conjunto1.

1 “La misma convicción manifesté al cumplir la tercera década: “Celebramos el 30 aniversario del Estatuto valenciano en los peores momentos de nuestra inmadura democracia (de

Es bien sabido que la Constitución “no preordenó un sistema de descentralización claro en el que, a la Comunidad Valenciana, como al resto de los territorios, le hubiera correspondido la parte deducible de tal sistema perfectamente estructurado como de todo sistema jurídico cabe esperar. Bien al contrario. Simplemente trazadas unas líneas de descentralización absolutamente indiciarias e inacabadas (solo a modo de preludio de un concierto en el que cada parte del territorio nacional, con instrumentos de libre elección, intervendría o no…); no es de extrañar que el resultado dejara de ser homogéneo y en ocasiones ha parecido que ni pudiera mostrar concierto alguno. Bien pensado, con tan vacilantes y deshilvanados inicios, el resultado no es tan malo, al contrario; pudo ser peor…”2.

1. Valencia, siempre “entre dos aguas” o con aparentes contradicciones

Ya en los primeros pasos de aplicación constitucional de las vías hacia la autonomía, ni estuvo entre los privilegiados, ni acabó siendo de vía lenta o de aplicación del art. 143 CE3. Y, de querer retrotraernos a los primeros intentos de la II República que después ha tenido en cuenta la Constitución vigente, también se “quedó en puertas” por el estallido de la guerra civil4.

solo unos pocos años más). Hace solo un lustro la reciente reforma estatutaria permitía una cierta autocomplacencia ante la normalización institucional finalmente lograda tras una serie de fenómenos normativos (Estatuto de 1982, LOTRAVA y su consiguiente derogación…) que vinieron a poner de relieve lo irregular, o al menos peculiar, de las soluciones aplicadas a la Comunidad Valenciana por el Estado central que parece moverse ante ella en una permanente actitud de poco o ningún aprecio salpicado temporalmente por concesiones que parecen responder más a una mala conciencia que a la normal ejecución de un programa constitucional bien concebido y ordenado (R. Sánchez Ferriz, “30 anys de convivència democràtica al si d'un jove estat social, democràtic, de dret i descentralitzat”, en F. Sevillano Calero y N. Fernández Pére (coords.), Nosaltres: 30 anys de l'Estatut d'Autonomia, Universidad de Alicante, Museo Universitat d'Alacant, 2012, pág. 27).

2 Ibídem.

3 Entre otros, M. Alcaraz Ramos y M. Esquembre Valdés, “Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana: una propuesta para su reforma”, en M.Á. García Herrera y J.M. Vidal Beltrán (coords.), El estado autonómico. Integración, solidaridad, diversidad, vol. II, Colecciones Estudios goberna, Constitución y Leyes, COLEX: Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Madrid, 2005, pág. 277.

4 V. Garrido Mayol, “Consideraciones jurídico-políticas del proceso autonómico valenciano”, en VV.AA. Estudio sobre el Estatuto Valenciano. Tomo I: El proceso autonómico, Generalitat Valenciana-Consell Valencià de Cultura, Valencia, 1993, passim. Con posterioridad, el profesor Garrido Mayol nos ofrece una clara exposición de los más importantes hitos en la evolución del estatuto y sus reformas (V. Garrido Mayol, “La forma de la reforma”, en V. Garrido Mayol, A.H. Catalá Bas, y F. García Mengual (coords.) Modelo de Estado y reforma de los estatutos, Fundación Profesor Manuel Broseta, Valencia, 2007, págs. 133-149).

Quiso destacar, asimismo, la peculiaridad valenciana Lluís Aguiló centrándose en la idea de “la vía valenciana a la autonomía” (L. Aguiló Lúcia, La vía valenciana a la Autonomía: una perspectiva jurídica, Cuadernos de la Cátedra Fadrique Furió Ceriol, Valencia, 1982).

Remedio Sánchez Ferriz 20

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