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PAZ, JUSTICIA E INCLUSIÓN

Objetivos de desarrollo sostenible en derechos humanos


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Marta Lorente Sariñena

Ana Cañizares Laso

Javier de Lucas Martín

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania) Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


PAZ, JUSTICIA E INCLUSIÓN Objetivos de desarrollo sostenible en derechos humanos

LUIS-ANDRÉS CUCARELLA GALIANA Coordinador

tirant lo blanch Valencia, 2023


Copyright ® 2023 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

© Luis-Andrés Cucarella Galiana

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es DEPÓSITO LEGAL:V-164-2023 ISBN: 978-84-1147-521-1 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


Índice Prólogo.....................................................................................................

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Nota del coordinador de la obra...............................................................

17

Capítulo I El Derecho Procesal Constitucional como garantía de los derechos humanos EDUARDO ANDRÉS VELANDIA CANOSA

I. Introducción..........................................................................................

19

II. Protección de los derechos humanos en Colombia a partir de 1991......

26

III. Modelo integral de jurisdicción constitucional protectora de los derechos humanos...................................................................................... 1. Jurisdicción constitucional especializada.................................... A) Competencia objetiva........................................................ B) Competencia subjetiva....................................................... 2. Competencia transnacional........................................................ 3. Control incidental de constitucionalidad y/o de convencionalidad.. A) Naturaleza objetiva del control incidental de control de constitucionalidad ..................................................... B) Naturaleza subjetiva del incidente de control de constitucionalidad............................................... C) Tramite del incidente de control de constitucionalidad...... a) Iniciación del incidente........................................... b) Providencia que avoca el trámite incidental............ c) Ejercicio del derecho de contradicción.................... d) Audiencia concentrada de decisión......................... e) Impugnación de la decisión..................................... f) Trámite de la segunda instancia ..............................

45 47 47 48 49 49 50 51

IV. Conclusiones........................................................................................

51

V. Bibliografía...........................................................................................

52

33 33 34 36 38 38 41


8

Índice

Capítulo II Sumisión exclusiva a la ley y protección jurisdiccional colectiva efectiva de los derechos humanos LUIS ANDRÉS CUCARELLA GALIANA

I. Contexto constitucional para el control de convencionalidad................ 1. El poder judicial como garante de los derechos humanos........... 2. Sumisión exclusiva a la ley y examen de legitimidad de las normas................................................................................... II. Jurisprudencia internacional para el diálogo del Tribunal Constitucional español en control de convencionalidad......................................... 1. Introducción ............................................................................. 2. Caso Almonacid Arellano vs Chile (CIDH): nacimiento del control de convencionalidad vinculado a la investigación y enjuiciamiento de delitos de lesa humanidad.......................... 3. Caso Gelman vs Uruguay (CIDH), sentencia de supervisión de cumplimiento: lesa humidad y madurez jurisprudencial del control de convencionalidad..................................................

55 55 60 65 65 66 67

III. El control de convencionalidad en la jurisprudencia del TC................. 1. STC 270/2015, 17 diciembre (Pleno): necesidad de un pronunciamiento jurisprudencial al respecto..................................... 2. STC 140/2018, 20 diciembre (Pleno): fijación de los criterios jurisprudenciales.................................................................... 3. Intervención del TC y revisión del control ordinario de convencionalidad: ejemplos en Justicia universal......................... A) STC 10/2019, 28 enero (Sala 2ª)....................................... B) STC 80/2019, 17 junio (Pleno)..........................................

74

IV. Bibiliografía.........................................................................................

90

74 79 84 85 87

Capítulo III ODS 16: No discriminación y organismos de igualdad de trato en la Unión Europea ÁNGELES SOLANES CORELLA

I. ODS 16: sentido y alcance en el marco de la Agenda 2030....................

97

II. Instituciones nacionales independientes de derechos humanos y no discriminación en el ODS 16....................................................................

102

III. Organismos de igualdad de trato en la Unión Europea........................

107

IV. La especificidad del caso español..........................................................

112


9

Índice

V. Cuestiones pendientes...........................................................................

117

VI. Bibliografía..........................................................................................

120

Capítulo IV Violencia contra las mujeres como discriminación: avances en clave de Derechos Humanos MARÍA JOSÉ AÑÓN

I. Introducción .........................................................................................

123

II. Violencia contra las mujeres como forma de discriminación.................

124

III. De la discriminación como perspectiva a las respuestas jurídicas......... 1. Interseccionalidad estructural .................................................... 2. El papel de los estereotipos en la reproducción de las desigualdades sociales de género......................................................... 3. La discriminación como justificación a la imposición de obligaciones y responsabilidades estatales.................................... A) Discriminación como argumento justificatorio del establecimiento de obligaciones estatales positivas............ B) Valoración del contexto de la violencia..............................

129 131

IV. Bibliografía..........................................................................................

148

132 134 135 144

Capítulo V La perspectiva de género en el proceso penal OLGA FUENTES SORIANO

I. Introducción..........................................................................................

153

II. La perspectiva de género en la instrucción............................................ 1. Los indicios. La importancia de su incorporación a la investigación.................................................................................... 2. La especial importancia de determinados indicios en supuestos de violencia de género......................................................

154

III. La perspectiva de género en la valoración de la prueba........................

174

IV. Máximas de experiencia con perspectiva de género..............................

190

V. Bibliografía...........................................................................................

192

157 171


10

Índice

Capítulo VI La discapacidad paso a paso: del impulso legal a la concienciación social SONIA CALAZA LÓPEZ

I. Introducción..........................................................................................

195

II. ¿Justicia terapéutica?, ¿Justicia voluntaria?, ¿Justicia contenciosa? O ¿servicio público de “Justicia combinada: terapéutica, voluntaria y contenciosa”? .....................................................................................

202

III. Dualidad jurisdiccional: jurisdicción voluntaria y jurisdicción contenciosa... 1. Procedimiento............................................................................ 2. Prueba........................................................................................ 3. Sentencia.................................................................................... 4. Apelación plena ........................................................................

211 215 218 221 226

IV. Bibliografía..........................................................................................

227

Capítulo VII La transformación jurídica a partir de los derechos humanos y de un desarrollo sostenible PABLO DARÍO VILLALBA BERNIÉ

I. Retrato de una situación inaudita .........................................................

235

II. Generador del dilema ambiental ..........................................................

238

III. La incidencia de los derechos humanos ...............................................

239

IV. Las razones de la involución ...............................................................

241

V. Metamorfosis a consecuencia de los DDHH.........................................

243

VI. Derecho al medio ambiente saludable .................................................

245

VII. Matices de incidencia ........................................................................

247

VIII. Dignidad humana y dimensión ecológica .........................................

249

IX. Principios de protección ambiental ..................................................... 1. Principio de responsabilidad...................................................... 2. Principio de solidaridad ............................................................ 3. Principio de sustentabilidad ambiental ......................................

252 252 253 253

X. ¿Hacia un estado social medio ambiental? ...........................................

254

XI. DESCA................................................................................................

255

XII. Progresividad y desarrollo sostenible..................................................

257

XIII. Contraste entre deberes liberales, sociales y ecológicos ....................

258


Índice

11

XIV. Convencionalidad, vinculación con el medio ambiente .....................

259

XV. La ciencia jurídica en el contexto medioambiental..............................

262

XVI. Conclusión ......................................................................................

262

XVII. Bibliografía .....................................................................................

264

Capítulo VIII Principio precautorio y medio ambiente sano ALFONSO JAIME MARTÍNEZ LAZCANO

I. Introducción..........................................................................................

267

II. Defensa del medio ambiente sano......................................................... 1. Ámbito individual...................................................................... 2. Ámbito institucional ................................................................. 3. Ámbito colectivo........................................................................

269 271 273 275

III. Medio ambiente sano y otros derechos ............................................... 1. Desarrollo sostenible.................................................................. 2. Seguridad humana.....................................................................

277 277 278

IV. Criterios judiciales nacionales y el princpio de precaución...................

278

V. Jurisprudencia interamericana...............................................................

286

VI. Conclusión..........................................................................................

286

VII. Bibliografía........................................................................................

287


Prólogo Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la Agenda 2030, son una apuesta de la comunidad internacional, encaminada a erradicar la pobreza, fortalecer la paz y garantizar el acceso a la justicia, como medidas de desarrollo para la población mundial. Esta estrategia, que abarca distintas esferas como la económica, social y ambiental, plantea 17 objetivos, con 169 metas, que se interrelacionan entre ellas, centrándose en la importancia de disminuir las brechas de desigualdad, en aras de lograr satisfacer las necesidades de los más vulnerables. Por esto, dentro de los distintos objetivos se encuentra erradicar el hambre, garantizar el acceso a salud y a educación de calidad, lograr la igualdad de género, proteger la vida de los ecosistemas y alcanzar la paz y justicia, entre otros. En este sentido, es evidente que, los derechos humanos y el desarrollo sostenible, se encuentran íntimamente relacionados, en tanto no es posible lograr efectivamente un desarrollo de estas cualidades sin garantizar los derechos de las personas, especialmente de aquellas más vulnerables. De esta manera, si bien los ODS son compromisos políticos de la comunidad internacional, la forma de materializarlos, en gran medida, es mediante el cumplimiento a nivel interno de los Estados, tanto de la normativa nacional, como de los tratados y demás instrumentos internacionales encaminados a la promoción y protección de los derechos humanos. De igual forma, este tipo de derechos, pueden servir como puntos de unión entre algunos de los ODS, orientando las políticas públicas de las distintas naciones y brindando herramientas concretas a los ciudadanos para ver materializados y exigir el cumplimiento de tales propósitos. Ahora bien, bajo este contexto, es necesario destacar el papel de la justicia y la inclusión en la realización del derecho a la paz de todas las personas, pues tal y como la comunidad internacional lo ha reconocido, en el Objetivo 16 Paz, Justicia e Instituciones Sólidas, los conflictos nacionales e internacionales, las persecuciones y los desplazamientos producto de estos, atentan gravemente contra las personas


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Gloria Amparo Rodríguez

y les arrebatan su dignidad humana, suponiendo una grave amenaza para el desarrollo sostenible y para la humanidad misma. Bajo esta perspectiva, dentro de las metas de este ODS se encuentran las de: (i) reducir todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad a nivel mundial; (ii) promover y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos; (iii) crear instituciones eficaces y transparentes; (iv) garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades de las personas; y, (v) proteger las libertades fundamentales1. Así, la comunidad internacional, mediante este objetivo, busca fortalecer las instituciones, garantizar el acceso de las personas, promover espacios de toma de decisiones transparentes y participativos y, en consecuencia, lograr reducir las distintas formas de violencia, incluyendo aquellas generadas por los conflictos y guerras. Lo anterior, en tanto según lo indica Naciones Unidas, el número de personas que huye de guerras y conflictos a nivel mundial, superó los 70 millones en 2018, siendo esta la cifra más alta registrada en 70 años2, con lo que es evidente la necesidad de tomar acciones concretas por parte de los Estados y de la comunidad internacional misma. Esta situación, desde mi vocación y profesión, me resulta no sólo impactante sino también retadora, pues, al vivir en un país con un conflicto armado de carácter no internacional y, trabajando actualmente por la construcción de paz desde las instituciones del Estado, tengo claros los retos en materia de justicia e inclusión que se deben afrontar para reivindicar los derechos de los más vulnerables. Estoy convencida que la construcción de paz es un proceso que involucra a todos, desde la sociedad civil hasta las instituciones, siendo necesario un enfoque interdisciplinario, que permee aspectos sociales, económicos, ecológicos y culturales, buscando no sólo la reparación de los más afectados, sino la garantía de no repetición. Evidentemente, garantizar el acceso a la justicia de todas las personas, es un avance fundamental en la construcción de paz, siempre y 1

2

Naciones Unidas. Objetivo 16: Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas. Objetivos de Desarrollo Sostenible. Disponible en: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/peace-justice/ Ibidem.


Prólogo

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cuando este sea precedido de garantías fundamentales como el acceso a la información y la participación en la toma de decisiones, así como de medidas institucionales que busquen prevenir vulneraciones de derechos. De esta manera, si bien el acceso a la justicia es un derecho humano, el Estado debería trabajar en asegurar que se cumplan las condiciones básicas que afirmen que las personas puedan ver materializados sus derechos, incluso, sin tener que acudir a su reclamo frente al Estado. Sin embargo, es evidente que habrá situaciones en las que, para garantizar la paz, será necesario recurrir a instancias judiciales, como es el caso colombiano, en el que mediante el Acuerdo Final para la Paz -AFP- fue posible dar por terminado el conflicto armado interno entre el Estado y las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo -FARC-EP-, creando como componente judicial, la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP, que tiene como propósito adelantar, desde un enfoque de justicia restaurativa, los procesos en contra de distintos actores del conflicto armado, entre ellos, los excombatientes de la mencionada organización, buscando la materialización de los principios de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Ahora, si bien es evidente que en Colombia la JEP fue creada como una instancia judicial, su enfoque, en aras de lograr una paz estable y duradera, debe centrarse en la reparación de los derechos de las víctimas del conflicto, reconociendo los impactos diferenciados que estas sufrieron, desde una perspectiva que responda igualmente al ODS 16. Esto, en tanto para la paz y la justicia, debe garantizarse la inclusión de aquellas personas, comunidades y poblaciones más vulnerables. Para la efectiva implementación del Objetivo 16, es fundamental garantizar la participación de las víctimas del conflicto armado interno en el proceso de construcción de paz, a la vez que, se erigen y fortalecen instituciones transparentes y eficaces, no sólo en el ámbito judicial como la JEP, sino igualmente, a nivel administrativo, que se encarguen de restablecer los derechos de aquellos más vulnerables, desde un enfoque interdisciplinar y a través de medidas restaurativas que pueden ser de carácter simbólico, económico y social. Asimismo, es fundamental que, desde las instituciones en Colombia, pero en general a nivel mundial, se reconozcan las afectaciones


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Gloria Amparo Rodríguez

diferenciadas que sufren algunas poblaciones en razón de su raza, género, etnia, situación de discapacidad y demás circunstancias que puedan resultar en condiciones de vulnerabilidad, en aras de implementar políticas de acceso a la justicia y a las instituciones que respondan a estas, lo que, además de asegurar su acceso real y efectivo, sirve en sí mismo como una forma de reivindicación de derechos. En este contexto surgen aportes de fundamental importancia desde la academia y la sociedad civil, que le permiten a los ciudadanos de los distintos países, velar por la concreción de los ODS, como es el caso de esta importante publicación en la cual los autores, mediante sus artículos, traen a colación diversas problemáticas de derechos humanos relacionadas, por ejemplo, con situaciones de discapacidad, género e igualdad, asuntos ambientales, entre otros, buscando resaltar cómo estas inciden en el acceso a la justicia y presentando propuestas para erradicar las brechas existentes. De esta manera, en mi calidad de Magistrada del Tribunal para la Paz, de la Jurisdicción Especial para la Paz de Colombia, no puedo dejar de aplaudir y resaltar la importancia de estos aportes a la paz y la justicia social. Habiendo dedicado gran parte de mi vida a la defensa del ambiente, los territorios y las comunidades étnicas y, trabajando actualmente en la construcción de paz en mi país, reconozco los retos que día a día afrontan las comunidades vulnerables. En este contexto, solo me resta felicitar al profesor Luis Andrés Cucarella Galiana por liderar este proyecto de publicación que hoy se presenta y a cada uno de los autores, sin dejar de destacar la necesidad y relevancia de propender por la creación de escenarios como este libro, que dan voz a contribuciones pertinentes encaminadas a superar los obstáculos y afrontar con sabiduría los mencionados retos.

GLORIA AMPARO RODRÍGUEZ

Magistrada Tribunal Especial Para la Paz - JEP Profesora titular – Facultad de Jurisprudencia Universidad del Rosario (Colombia)


Nota del coordinador de la obra La obra que el lector tiene en sus manos: “Paz, Justicia e inclusión: objetivos de desarrollo sostenible en derechos humanos”, ha sido elaborada por diferentes autores del continente americano y europeo. Se encuadra en el marco de las becas Cátedra UNESCO de ayudas para acciones de Educación para el Desarrollo, Ciudadanía Global y Sensibilización para el curso académico 2021-2022 del Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación de la Universitat de València, España. Esta beca Cátedra Unesco fue concedida con el proyecto de acción de educación que lleva el título de este libro y con el que he impulsado la creación de un “aula virtual” que sirva de plataforma para la educación y desarrollo en temas de Paz, Justicia e inclusión. El presente libro recoge, en diferentes capítulos, las aportaciones de los profesores e investigadores que han colaborado en la ejecución de esta acción formativa. He querido implicar en el libro, diferentes perspectivas jurídicas, principalmente las de índole procesal, constitucional y filosóficas del Derecho. De igual manera, participan en la acción, docentes e investigadores de diferentes instituciones o asociaciones. De esta manera, quiero expresar mi agradecimiento al Instituto de Derechos Humanos de la Universitat de València, a la Asociación Paraguaya de Derecho Procesal Constitucional, al Colegio de Abogados Procesalistas Latinoamericanos y a la Asociación Mundial de Justicia Constitucional. La consecución de sociedades más justas, pacíficas e inclusivas, en el marco del ODS número 16, requiere la implicación de diferentes ramas de la ciencia del Derecho y de instituciones y asociaciones, que nos permitan sentar las bases para un desarrollo sostenible en derechos humanos. En esta nota, quiero expresamente agradecer su colaboración, a la Dra. Olga Fuentes Soriano, catedrática de Derecho Procesal de la Universidad Miguel Hernández de Elche, España y a la Dra. Sonia Calaza López, catedrática de Derecho Procesal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), España. De igual manera, quiero que el agradecimiento incluya a mis compañeras del Instituto de Derechos


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Luis-Andrés Cucarella Galiana

Humanos de la Universitat de València, la Dra. María José Añón Roig y la Dra. Ángeles Solanes Corella, ambas catedráticas de Filosofía del Derecho de la Universitat de València. En el ámbito americano, quiero expresar mi agradecimiento al profesor Eduardo Andrés Velandia Canosa, de la Universidad Libre, seccional Bogotá, Colombia, al Dr. Pablo Darío Villalba Bernié, decano y profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Nuestra Señora de la Asunción, campus Itapúa, Paraguay y al Dr. Alfonso Jaime Martínez Lazcano, profesor de la Universidad Autónoma de Chiapas, México. El artículo 22 de la Constitución política de Colombia de 1991 dispone que “la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”. Uno de los pilares sobre los que asienta esta obra es el referente a la paz. Por este, y otros motivos, solicité a la Dra. Gloria Amparo Rodríguez, magistrada de la Jurisdicción Especial para la Paz, de dicho país, que me colaborara con la redacción del prólogo. He de reconocer mi amistad y afecto personal y académico a la Dra. Rodríguez, a la que quiero agradecer su apoyo al proyecto. Me gustaría acabar esta nota introductoria, haciendo referencia al artículo 4 de los Estatutos de mi Universidad, en donde se indica que “la Universitat de València está al servicio del desarrollo intelectual y material de los pueblos, del progreso del conocimiento, de la paz, de la igualdad entre las mujeres y los hombres y de la defensa ecológica del medio ambiente (…)”. Sirva esta obra como intento modesto a la contribución de la consecución de los objetivos marcados con la acción formativa y que se ubican claramente en el contexto de la disposición normativa señalada: paz, Justicia e inclusión, los pilares para el desarrollo en derechos humanos. Valencia, España, 30 de junio de 2022.

LUIS-ANDRÉS CUCARELLA GALIANA

Catedrático de Derecho Procesal y miembro del Instituto de Derechos Humanos de la Universitat de València, España Doctor en Derecho por la Università degli Studi di Bologna y por la Universitat de València. Vicepresidente para Europa de la Asociación Mundial de Justicia Constitucional


Capítulo I

El Derecho Procesal Constitucional como garantía de los derechos humanos1∗ EDUARDO ANDRÉS VELANDIA CANOSA2∗∗

I. INTRODUCCIÓN Hoy no existen diferencias sustanciales entre derechos humanos y derechos fundamentales, toda vez que, como consecuencia del bloque de constitucionalidad, los dos tipos de derechos hacen parte del mismo bloque: la Constitución convencionalizada (en lo sucesivo, cuando se utilice la expresión Constitución, debe entenderse en tal sentido). Tampoco debe quedar duda, que los derechos constitucionales son de aplicación inmediata y obligatoria por todas las autoridades, incluidos los jueces al momento de proferir sus decisiones judiciales. No obstante, la consagración de estos derechos no significa que los mismos no se vulneren o desconozcan, por el contrario, cotidianamente se evidencia su vulneración y/o amenaza, por lo cual surge un interrogante: ¿se ha asignado algún tipo de garantía especial para la eficacia de este tipo de derechos?, o ¿es el derecho procesal constitucional la disciplina jurídica que debe estudiar los instrumentos que garantizan

1

2

El presente capítulo de libro hace parte del proyecto de investigación, adscrito al Grupo de Investigación en Derecho Privado y del Proceso, perteneciente al Centro de Investigaciones de la Universidad Libre, del cual es integrante el autor. ∗∗ Presidente de la Asociación Mundial de Justicia Constitucional; ex Presidente de la Asociación Colombiana de Derecho Procesal Constitucional; profesor de la maestrías en Derecho Procesal de la Universidad Libre (Colombia), en Derecho Constitucional y Procesal Constitucional de la Universidad Mayor de San Andrés (Bolivia), en Derecho Constitucional de la UPAO (Perú), en Derecho Público de la Universidad Católica (Paraguay) en Derecho Público de la Universidad Santo Tomas (Colombia) y en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín (Colombia); profesor de las especializaciones en Derecho Constitucional para la Integración Judicial de la UBA (Argentina), en Justicia Constitucional de la Universidad de Pisa (Italia) y en Derecho Probatorio de la Universidad Sergio Arboleda, entre otras. eduardo.velandia@unilibre.edu.co. ∗


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Eduardo Andrés Velandia Canosa

la eficacia de los derechos humanos? La presente investigación demostrará que sí, por lo cual se precisarán tales instrumentos. Por lo expuesto, en la presente investigación se pretende precisar los sectores del derecho procesal constitucional que protegen o garantizan los derechos humanos: (i) el que garantiza la supremacía constitucional, el cual perfecciona el derecho objetivo ajustando el ordenamiento jurídico a la Constitución; (ii) el que protege los derechos humanos vulnerados o amenazados; y, (iii) el que permite la reparación integral de los derechos humanos en sede transnacional. El Estado (neo)constitucional impone la fuerza normativa de la Constitución, es decir, su imperativo cumplimiento, lo cual exige teorizar sobre un sistema de justicia constitucional que permita cumplir con la visión del nuevo paradigma, alejado del temor por la congestión de la jurisdicción constitucional, pero brindando un método que permita un verdadero control de la constitucionalidad del ordenamiento jurídico, una verdadera tutela jurisdiccional de los derechos constitucionales, dotando al juez ordinario de una competencia incidental para decidir sobre la inaplicación de la ley y la protección de los derechos humanos en los procesos de su competencia, logrando así la realización del proyecto constitucional adoptado por el constituyente. Esto podrá lograrse adoptando un modelo integral de jurisdicción constitucional, dotado de un sistema multidimensional, donde la naturaleza objetiva y subjetiva de la justicia constitucional sea una realidad. En Colombia pueden identificarse seis etapas: (i) la de ausencia de justicia constitucional, previa a 1811; (ii) la de control político de constitucionalidad, entre 1811 y 18863; (iii) la de control presidencial de constitucionalidad, a través de las objeciones por inconstitucionalidad a los proyectos de ley, entre 1886 y 1910 (art. 90 de la Constitución de 1886); (iv) la de control jurisdiccional, creando el modelo

3

El artículo 9 de la Constitución de Cundinamarca del 4 de abril de 1811, en la cual se atribuyó el control de constitucionalidad a un Senado de Censura. “El objeto principal de este Senado, era el de velar por el cumplimiento de la Constitución e impedir que se atropellasen los derechos del pueblo y de los ciudadanos; mejor dicho, era una especie de Corte Constitucional actual”: Olano García, Hernán Alejandro, La Constitución monárquica de Cundinamarca, Bogotá, Academia Colombiana de Jurisprudencia, 2006, p. 81.


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