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historia del derecho en América Latina

Jenny Paola Valencia Torrres Este libro es el resultado de una investigación sobre la forma en la que el Código Civil se insertó en la cultura jurídica y política colombiana en el siglo XIX. Se trata de un análisis histórico de un objeto jurídico, que no se ocupa del estudio de su contenido, si no de la reconstrucción del largo proceso de su adopción desde los primeros intentos codificadores, a comienzos de la República, hasta 1887. En el texto se presenta una interpretación sobre la forma cómo se recibió y resignificó esta novedad jurídica, más allá de leer el proceso de adopción como una copia del Código de Andrés Bello o en la clave de una codificación tardía. De esta manera, se entiende la codificación como parte esencial de la configuración del Estado y se hace alusión a diferentes actores, escenarios y discusiones, así como a diferentes miradas a partir de las cuales se intentó estructurar una nueva sociedad con principios y valores propios. Finalmente, el lector encontrará en el texto la referencia a las formas de publicación y circulación de la codificación atendiendo a la materialidad y a los formatos en los que esta viajó por la sociedad decimonónica colombiana.

historia del derecho en América Latina

EL PROCESO DE ADOPCIÓN DEL CÓDIGO CIVIL EN COLOMBIA

La colección “Historia del derecho en América Latina” pretende funcionar como un espacio de encuentro para las diferentes historiografías jurídicas de la región, ofreciendo además una plataforma editorial para los mejores y más novedosos estudios en la disciplina. Con miras a promover una participación más fructífera de los historiadores del derecho en la renovación de nuestra cultura jurídica, nos interesa apoyar la publicación de trabajos que exploren, con una perspectiva histórica, las múltiples relaciones del derecho con la sociedad, la cultura, la política y la economía, es decir, que no reduzcan la historia del derecho al análisis formal de normas antiguas. La premisa central de la colección es que el derecho sólo resulta plenamente comprensible a la luz de la realidad que le da forma y en la que a su vez influye de muy distintas maneras. Por eso nos importa especialmente impulsar aquellos estudios que aborden tanto las dimensiones culturales del derecho –sus cambiantes significados históricos– como su experiencia concreta, es decir, su aplicación y vigencia efectiva en la vida social, tal y como puede reconstruirse a partir de fuentes judiciales y administrativas.

Jenny Paola Valencia Torres

EL PROCESO DE ADOPCIÓN DEL CÓDIGO CIVIL EN COLOMBIA Vientos de cambios en la cultura política y jurídica en el siglo XIX

historia del derecho en América Latina

Jenny Paola Valencia Torres es historiadora de la Universidad del Valle, magíster y doctora de historia de la Universidad de los Andes. En la actualidad, es docente universitaria e investigadora posdoctoral adscrita al Grupo de Estudios de Literatura y Cultura Intelectual Latinoamericana (GELCIL) de la Universidad de Antioquia.


DIRECTOR DE LA COLECCIÓN Pablo Mijangos y González CIDE, México Consejo editorial Alejandro Agüero

Universidad Nacional de Córdoba, Argentina

Mario Alberto Cajas

Universidad ICESI, Colombia

José Ramón Cossío

El Colegio Nacional, México

Tamar Herzog

Harvard University, Estados Unidos

Timothy M. James

University of South Carolina at Beaufort, Estados Unidos

Andrés Lira

El Colegio de México, México

José Reinaldo de Lima Lopes Universidad de Sao Paulo, Brasil

Marta Lorente

Universidad Autónoma de Madrid, España

Bianca Premo

Florida International University, Estados Unidos

Carlos Ramos

Tribunal Constitucional de Perú, Perú

Elisa Speckman UNAM, México

Víctor Uribe-Urán

Florida International University, Estados Unidos


EL PROCESO DE ADOPCIÓN DEL CÓDIGO CIVIL EN COLOMBIA Vientos de cambios en la cultura política y jurídica en el siglo XIX


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Javier de Lucas Martín

Ana Cañizares Laso

Víctor Moreno Catena

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


EL PROCESO DE ADOPCIÓN DEL CÓDIGO CIVIL EN COLOMBIA Vientos de cambios en la cultura política y jurídica en el siglo XIX

Jenny Paola Valencia Torres

tirant lo blanch Ciudad de México, 2021


Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex.

HISTORIA DEL DERECHO EN AMÉRICA LATINA Director:

Pablo Mijangos y González

© Jenny Paola Valencia Torres

© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Hipódromo, Cuauhtémoc, 06100, Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1378-533-2 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-deempresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


El proceso de adopción del Código Civil en Colombia Vientos de cambios en la cultura política y jurídica en el siglo XIX

La imagen seleccionada corresponde a la Ilustración de la portada del libro: CorJenny Paola Valencia Torres pus Iuris Civilis*. Se trata de un grabado que representa un amanecer. En su marco se resalta en latín “Que todo lo demás se haga a un lado”**. Seleccioné esta imagen porque representa la idea que tenían los políticos y juristas colombianos acerca de lo que significaba la adopción del Código Civil a mediados del siglo XIX: “un nuevo amanecer jurídico”. Para los juristas de la época el Código Civil contenía todas las regulaciones sobre: el individuo, la familia, la propiedad y las transacciones y traspaso de los bienes, “todo lo demás se podía dejar de lado”.

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Corpus Iuris civilis. Pandectis ad florentinum archetypum expressis, Institutionibus, Codice et Novellis, addito textu græco, ut et in Digestis et Codice, legibus et constitutionibus græcis, cum optimis quibusque editionibus collatis; cum notis integris (…) Dionysii Gothofredi, JC. Praeter Justiniani Edicta, Leonis et aliorum imperatorum novellas ac Canones Apostolorum, graecè & latinè, Feudorum libros, Leges XII tabul. Et alios ad jus pertinentes tractatus (…). Huic editioni novè accesserunt Pauli receptae Sententiae cum seletis notis J. Cujacii et sparsim ad universum Corpus Antonii Anselmo (…) observationes singulares, remissiones & notæ juris civilis, canonici, & novissimi ac in praxi recepti differentiam continentes. Denique lectiones variæ et notae selectae (…) aliorum opera & estudio Simonis van Leeuwen (…). Traducción: Corpus del Derecho Civil. Con las Pandectas corregidas de acuerdo con el Códice florentino. Y con las Instituciones, el Código y las Novellae, añadiendo el texto griego y de conformidad con las mejores ediciones. Anotado íntegramente por Dionisio Godofredo. Esta nueva edición se completó con los Edictos de Justiniano; las Novellae de León y de otros emperadores; los Cánones de los Apóstoles (en griego y en latín); los Libros sobre los feudos y las Leyes de las Doce Tablas y otros tratados relacionados con el Derecho. También se añadieron las Sentencias de Paulo, con notas escogidas de Jacques Cujas (latinizado Cujatius). A lo largo de todo el texto se incluyeron las observaciones de Antonio Anselmo sobre Derecho civil, canónico, relacionadas cuando hay discrepancias con la práctica recibida. Finalmente se incorporan lecturas y anotaciones selectas de otros autores, debidas al cuidadoso trabajo de Simón van Leeuwen. Alberto José Campillo y Jaime Restrepo Z., El Corpus Iuris Civilis: la recopilación más importante del derecho romano, Clásicos UR, en archivohistoricourosariodotorg.


Para Felipe y Sebastián. Mis compañeros de aventuras.


“Es cierto que necesitamos la historia, pero la necesitamos de un modo distinto (…) necesitamos la historia para la vida y para la acción, aunque, en realidad, no para su cómodo abandono, ni para paliar los efectos de una vida egoísta y de una acción cobarde y deshonesta. Solo en la medida en que la historia sirve a la vida queremos servirla nosotros (…)”*.

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Friedrich Nietzsche, Sobre la utilidad y los perjuicios de la historia para la vida. Segunda intempestiva. Ed., trad. y notas de Germán Cano (Madrid: Biblioteca Nueva, 1999), 37-38.


Índice Agradecimientos ....................................................................................................... 17 Prólogo ...................................................................................................................... 19 Introducción .............................................................................................................. 21

Capítulo 1 Del Antiguo Régimen jurídico a la codificación 1. Características del entramado jurídico de la monarquía hispánica................. 47 2. Cuerpos normativos de la monarquía hispánica................................................ 54 3. El régimen borbónico y los inicios del desmantelamiento del antiguo orden jurídico.................................................................................................................. 60

Capítulo 2 El proceso de codificación y la organización del Estado en clave liberal 1. Previo a la codificación: escenario político y de cultura legal entre 18101845....................................................................................................................... 74 2. Los primeros intentos codificadores y la crítica al régimen jurídico anterior. 79 3. La búsqueda de una vuelta a la monarquía constitucional: el periodo de la recopilación de leyes de la Nueva Granada, 1843-1845..................................... 90 4. La era codificadora en el siglo XIX: una historia conectada en Europa e Hispanoamérica................................................................................................... 97 5. La adopción del Código Civil 1857-1887: del federalismo a la Regeneración. 103

Capítulo 3 El Código Civil en la contienda Iglesia-Estado 1. Cambios jurídicos que iniciaron la separación entre la Iglesia y el Estado...... 121 2. La adopción del matrimonio civil....................................................................... 142 3. Inicios de un consenso frente a las relaciones con la Iglesia previo al Concordato....................................................................................................................... 151 4. La Suprema Corte y la Procuraduría: resolución de conflictos entre la Iglesia y el Estado............................................................................................................. 159


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Índice

Capítulo 4 Difusión y circulación de una cultura legal y política de respeto y apego a la ley 1. Circulación de autores y textos jurídicos en los primeros años de la República........................................................................................................................... 171 2. Bentham: utilitarismo y codificación.................................................................. 174 3. La filosofía moral como forma de circulación de una cultura jurídica............ 184 4. Rituales y prescripciones: la lectura de la Constitución y el Código Penal en la plaza pública..................................................................................................... 201

Capítulo 5 ¿Y cómo viaja el código? El Código Civil como objeto textual y su circuito de difusión 1. 2. 3. 4.

La prensa oficial como tribuna parlamentaria................................................... 210 El Código por entregas: publicación en las Gacetas oficiales........................... 215 El Código Civil como texto impreso................................................................... 227 Formato, precio, imprentas y estructura de publicación del Código............... 234

Fuentes y bibliografía Fuentes primarias....................................................................................................... 261 Bibliografía general................................................................................................... 265

Anexo “Modificaciones introducidas al Código de Bello por el Estado de Santander” Sobre el matrimonio Diferencias en el matrimonio y la filiación en los otros códigos............................ 279


Índice de tablas e imágenes Tabla 1. Sometimiento de eclesiásticos a la legislación....................................... 139 Tabla 2. Disposiciones sobre el matrimonio civil por Estados soberanos......... 146 Tabla 3. Publicación códigos de los Estados federales....................................... 236 Tabla 4. Estructura de publicación Doce Códigos de Cundinamarca.............. 238 Imagen 1. Portada de los Doce Códigos del Estado de Cundinamarca............... 239 Imagen 2. Código Civil. Asamblea Magdalena....................................................... 242 Imagen 3. Portada del Código Civil de Santander................................................. 242 Imagen 4. Portada del Código Civil de Panamá.................................................... 243 Imagen 5. Portada del Código Civil de Bolívar...................................................... 243


Agradecimientos Este libro es resultado de la tesis que presenté para optar al título de Doctora en Historia en la Universidad de los Andes en el año 2018. Debe su publicación al concurso de la Editorial Tirant lo Blanch que, en su segunda versión, le concedió el premio de investigación en Historia del derecho en América Latina. Agradezco especialmente a la editorial, al concurso y al comité evaluador que lo hizo posible. Aquí presento tanto la historia del proceso de adopción del Código Civil en Colombia en el siglo XIX como el resultado de otro proceso: el de mi formación doctoral. En este camino han sido fundamentales las enseñanzas del profesor Renán Silva. A su lado emprendí esta investigación y le fui dando forma durante los últimos años. Por eso quiero agradecer a él, en primer lugar, por transmitirme el amor y el respeto por este oficio. Agradezco, también, a los profesores del Departamento de Historia de la Universidad de los Andes por contribuir con mi formación académica. En especial a Hugo Fazio, Jaime Borja y Mauricio Nieto, de quienes aprendí que es tan importante la academia como cultivar y valorar a los seres humanos. También agradezco a Colciencias por el apoyo financiero a través de la Beca de Doctorados Nacionales Francisco José de Caldas que me permitió realizar estos estudios, sostenerme en Bogotá y hacer la pasantía de investigación doctoral. Asimismo, debo un agradecimiento a la profesora Constanza Castro por haberme acompañado en la recta final de este proceso con su juiciosa lectura, disposición y entusiasmo. A la profesora Margarita Garrido, agradezco sus comentarios sobre el trabajo y las discusiones que me propuso en su evaluación. Especialmente, agradezco a Juliana Vasco y Laura Paola Avila. Las dos son amigas entrañables e incondicionales. Gracias por leer y comentar el texto, por el ánimo y por estar siempre dispuestas a conversar sobre este trabajo. También extiendo mis agradecimientos a mis amigos y colegas del doctorado: Wilson Jiménez, Carlos Toro, Carlos Villamizar, Leidy Bolaños. Así como a mis amigos María Cristina Pérez, Naila Flor, Carlos Ayram y Sergio Mora. Gracias por su apoyo y por estar siempre pendientes. A Ana María Escobar y Alejandra Buenaventura, gracias por apoyarme con su juiciosa labor en la consulta de archivo. Por supuesto, debo mi gratitud, además, a los profesores a los que tuve la oportunidad de presentar mi proyecto cuando apenas era una idea no muy bien definida, pero que con amabilidad me compartieron sus impre-


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Jenny Paola Valencia Torres

siones e incluso información. Estos son: Víctor Manuel Uribe Urán, Armando Martínez Garnica y Gilberto Loaiza. Asimismo, agradezco a los profesores con los que compartí durante la pasantía de investigación doctoral: José María Portillo, Carlos Garriga, Bartolomé Clavero y Marta Lorente. Fueron seres humanos y profesores muy generosos con sus ideas, con su tiempo, con sus sugerencias y con sus críticas constructivas. Este trabajo debe mucho a esa estancia en España, a las conversaciones, y a las lecturas realizadas allá. A la familia Vitoria, gracias. Especialmente a Isabel Martínez, pues en su casa empecé a escribir este trabajo. Quiero dar un afectuoso agradecimiento a mi mamá María Teresa, a Axel y a Lina, a mi papá Carlos y a Cristina, a mis tíos y tías, y a Diego Jaramillo. Gracias por el apoyo, el ánimo y la solidaridad. También, de manera muy especial, agradezco a la familia Osorio, quienes han valorado y vivido de cerca las experiencias del proceso doctoral y de la publicación del libro. Finalmente, agradezco a quienes son mi mayor soporte, motivación y apoyo: Felipe y Sebastián, gracias por su amor, su paciencia y su incondicionalidad.


Prólogo A diferencia de la experiencia tenida en otros ámbitos, en el mundo hispano puede decirse que el código fue lo último. Llegó cuando ya el constitucionalismo había pasado por diferentes fases, a pesar de que desde los primeros textos venía anunciado para las materias civiles, de comercio y criminales. En el constitucionalismo temprano del mundo hispano el afán codificador se extendió más allá, hacia aspectos como el eclesiástico, el rural o el militar. Dicho de otro modo, la idea del código existía desde un principio, aunque el código llegara a lo último. El código por antonomasia, el civil, se hizo especialmente de rogar para hacerse realidad en ese ámbito. En la nación que resultará de la matriz de la monarquía católica —España— no llegará hasta finales del siglo, en 1889. En naciones federales, como México, hizo tímida aparición en algunos Estados ya en los años veinte y treinta, pero sin ganar efectividad real hasta las décadas finales de la centuria. Como es sabido, el caso de una más temprana y estable versión de codificación civil fue el de Chile, cuyo código de 1855 fue un auténtico molde para otros, el colombiano entre ellos. Parece, por tanto, que el código llega no tanto con el constitucionalismo sino con la estabilización constitucional. Lo prueba el caso de España, donde un proyecto prácticamente listo realizado en 1821 con las coordenadas trazadas por la constitución de 1812 no fue ya retomado tras las reformas constitucionales de 1837 y 1845. Parece también que el código llega después de que se hayan realizado diferentes reformas legislativas que fueron estableciendo sucesivas líneas de corte con respecto al derecho tradicional de la monarquía. Finalmente, podría también decirse que el código es, en su estructura fundamental, uno mismo en las diferentes sociedades hispánicas. De ahí que un determinado texto pueda servir de base a muy distintos despliegues de la codificación civil. En el trabajo que tengo el gusto de prologar, la doctora Jenny Paola Valencia explora el proceso que llevó a Colombia a su primera codificación civil. Se ocupa la autora de un caso especialmente interesante, por lo que diré enseguida, y especialmente difícil también de estudiar, por la falta de alguna documentación esencial para su estudio. La autora se ocupa en este libro de tres asuntos capitales: explica el proceso que lleva desde las reformas legislativas y las ideas recopiladoras hasta la confección del código; estudia un aspecto tan medular a todo ese proceso como el de las relaciones


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José María Portillo Valdés

entre la Iglesia católica y el Estado y, finalmente, da cuenta de la cultura del código en América Latina y España como un proceso circular. Aun con el handicap de la irreparable pérdida de documentación tan relevante como registros parlamentarios y de comisiones, la autora ha logrado reconstruir una historia de las reformas legislativas y del proceso de codificación que muestran que, como ya apuntó Armando Martínez Garnica, la agenda liberal temprana era consciente de la necesidad de usar la herramienta del derecho para conformar una nueva sociedad en la que la hegemonía de la propiedad se sustentara no sobre el privilegio de la misma sino más bien sobre su libertad. Justo Arosemena, a quien este libro presta por supuesto la debida atención, tuvo entre sus lecturas principales, como no podía ser de otro modo, a Andrés Bello. El ingente trabajo de este gran intelectual consistió en el uso de diferentes modelos de código, no solamente el francés de 1804, en los que iba rastreando aquello que mejor se adecuara a la regulación de las sociedades hispanas. Uno de los aspectos en los que tuvo que bucear, y mucho, fuera del molde francés fue el de la relación entre religión y sociedad. Jenny P. Valencia ha sabido detectar en esta una de las cuestiones medulares que intervinieron en (y probablemente retrasaron) la substanciación del código civil. Ha logrado rastrear la complicada relación entre la Iglesia y el Estado en la Colombia de la era codificadora y, sobre todo, ha apreciado la utilidad de este itinerario para marcar las peculiaridades de estas sociedades hispanas. Este es el libro de una historiadora, no de una jurista. Es un dato que el lector debe poner en valor antes de adentrarse en su lectura. A la autora no le interesa tanto la descripción topográfica del derecho vigente en la Colombia de 1887, que es como desde la aproximación jurídica se suele estudiar la codificación. Con ser ello sumamente útil, la historiadora necesita siempre mirar atrás, reconstruir otros planos de la imagen, enfocar al fondo. El resultado es una reconstrucción de la cultura política y jurídica que condujo a la codificación civil en Colombia, más que un estudio de dicha codificación. Para ello le ha interesado analizar también cómo se generó dicha cultura, se comunicó con otras que hablaban su mismo lenguaje jurídico y, finalmente, produjo un código propio. En ello consiste precisamente el método historiográfico. Por ello estamos ante un excelente libro de historia de la codificación civil en Colombia. José María Portillo Valdés


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