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ANÁLISIS DE LA JUSTICIA DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH MARÍA JOSÉ AÑÓN ROIG

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

ANA CAÑIZARES LASO Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

JORGE A. CERDIO HERRÁN

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ

Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México

EDUARDO FERRER MAC-GREGOR POISOT Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

OWEN FISS Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

JOSÉ ANTONIO GARCÍA-CRUCES GONZÁLEZ

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

LUIS LÓPEZ GUERRA

Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

ÁNGEL M. LÓPEZ Y LÓPEZ

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

MARTA LORENTE SARIÑENA

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

JAVIER DE LUCAS MARTÍN

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

VÍCTOR MORENO CATENA

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

FRANCISCO MUÑOZ CONDE

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

ANGELIKA NUSSBERGER

Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania)

HÉCTOR OLASOLO ALONSO

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

LUCIANO PAREJO ALFONSO

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

TOMÁS SALA FRANCO

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

IGNACIO SANCHO GARGALLO

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

TOMÁS S. VIVES ANTÓN

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

RUTH ZIMMERLING

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


ANÁLISIS DE LA JUSTICIA DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO Autores Lucía Avilés Palacios Belén Hernández Moura Silvia Barona Vilar Francisco E. Hernández Sánchez Raquel Borges Blázquez María Martín Miguel Lorente Elena Martínez García Pilar Gil Estefanía Navarrete Susana Gisbert Herminia Royo Rocío Gómez Elisa Simó Soler José María Gómez Villora Juan Carlos Vegas Aguilar Marta Paz

Valencia, 2018


Copyright ® 2018 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

Este libro ha sido elaborado bajo el patrocinio de: I+D 2015-70568 “La construcción de Europa a través de la cooperación judicial penal en la protección de las víctimas de violencia de género” y el Convenio de colaboración entre la Generalitat, a través de la Conselleria de justicia, administración pública, reformas democráticas y libertades públicas y la Universitat de València.

© VV.AA.

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 78-84-9190-814-2 MAQUETA: Innovatext

Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/ empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


Índice

I. ANÁLISIS DE LA JUSTICIA “PROCESAL” DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO, Elena Martínez García....... 15 A.

LA FEMINIZACIÓN DE LA JUSTICIA COMO PARADIGMA ORGÁNICO Y MATERIAL............................................ 15 1. Breve introducción a la igualdad en el siglo XXI....... 18 2. La regulación de la Igualdad en el Derecho internacional, de la Unión europea, en Derecho español..... 19 B. BREVE RETRATO DE LA JUSTICIA EN LA SOCIEDAD DE BAUMAN ........................................................................ 21 C. LA TRANSFORMACIÓN MATERIAL DE LA JUSTICIA Y EL PAPEL DE LA FEMINIST JURISPRUDENCE................... 23 D. ¿POR QUÉ ES UNA OBLIGACIÓN PARA NUESTROS JUECES Y JUEZAS APLICAR ESTA PERSPECTIVA DE GÉNERO?.............................................................................. 24 1. La responsabilidad del Estado desde la dimensión sistémica........................................................................ 25 2. La responsabilidad del Estado desde la dimensión individual...................................................................... 26 E. CONCLUSIÓN...................................................................... 27

II. LA NECESARIA DECONSTRUCCIÓN DEL MODELO PATRIARCAL DE JUSTICIA, Silvia Barona Vilar................... 29 A.

“NO ES LO QUE PARECE”. LOS AVANCES ESCASOS, LENTOS Y COSMÉTICOS................................................... 29 B. PUNTO DE PARTIDA HISTÓRICO: RETRATO DE LA JUSTICIA EN LA SOCIEDAD CONTEXTUALIZADA EN LA LIQUIDEZ BAUMANIANA ........................................... 35 C. Avanzando hacia una justicia con mirada de mujer........... 43 1. De dónde partimos. Una mirada evolutiva, mujeres pioneras y datos pírricos; una historia no construida con y desde las mujeres................................................ 46 2. Los números no bastan. “Uno nunca ve lo que se ha hecho, sino que ve lo que queda por hacer” (Marie Curie). 50 5. Hacia una mirada serena pero firme: de la presencia de las mujeres en la Justicia al cambio de pensamiento dialógico. La Feminist Jurisprudence .................... 57 D. BIBLIOGRAFÍA..................................................................... 67


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Índice

III. UNA MIRADA CRÍTICA Y FEMINISTA DEL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA, Lucía Avilés Palacios........... 71 A. INTRODUCCIÓN................................................................. 71 B. DE LO INDIVIDUAL A LO POLÍTICO. DE LA MUJER A LA JUEZA.............................................................................. 74 C. LIDERAZGO FEMENINO. UN DERECHO Y UNA PREMISA DE LA DEMOCRACIA. PRINCIPALES CAUSAS QUE LO OCULTAN............................................................. 79 1. En la empresa privada.................................................. 79 2. En la Carrera Judicial................................................... 84 3. La conciliación y la corresponsabilidad: las grandes olvidadas en el sector privado y en la Carrera Judicial. 90 a) Concepto y realidad............................................ 90 b) Factores que legitiman la despreocupación social y política por las medidas de conciliación y el fomento de la corresponsabilidad................. 101 c) Consecuencias de la falta de medidas de conciliación y el fomento de la corresponsabilidad.. 103 d) Posibles soluciones............................................. 105 e) Especial referencia a la Carrera Judicial........... 107 D. MÁS MUJERES, MÁS JUSTICIA. JUSTICIA EN LA JUSTICIA Y EN EL ACCESO A LA JUSTICIA............................... 112 1. Por qué son necesarias las mujeres juezas.................. 112 2. Las mujeres y el derecho de acceso a la justicia......... 119 E. POR QUÉ UNA ASOCIACIÓN DE MUJERES JUEZAS..... 131

IV.

JUSTICIA, GÉNERO Y ESTEREOTIPOS, Miguel Lorente.. 139 A. B. C. D.

LO NORMAL COMO TRAMPA.......................................... 139 CULTURA, GÉNERO Y SOCIEDAD.................................... 140 ESTEREOTIPOS Y LA PROFECÍA AUTOCUMPLIDA...... 144 LA CONSTRUCCIÓN DEL SIGNIFICADO: PERCEPCIÓN Y REALIDAD.............................................................. 148 E. ESTEREOTIPOS, RESPUESTA PROFESIONAL Y JUSTICIA. 151 F. BIBLIOGRAFÍA..................................................................... 159

V. LOS ESTEREOTIPOS DE GÉNERO EN LA TOMA DE RESOLUCIONES JUDICIALES, Rocío Gómez .......................... 161 A. INTRODUCCIÓN................................................................. 161 B. LA ASIGNACIÓN DE ESTEREOTIPOS EN EL DERECHO. 164 C. PENSAMIENTOS; EMOCIONES Y CONDUCTAS............. 166 D. LA ÉTICA DEL CUIDADO Y DE LA JUSTICIA................. 169


Índice

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E. REFLEXIONES..................................................................... 173 F. BIBLIOGRAFÍA..................................................................... 174

VI.

LOS TIPOS Y LA AGRAVANTE DE GÉNERO COMO FORMA DE PENSAR LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL CÓDIGO PENAL, José María Gómez Villora............................ 177 A. B.

PLANTEAMIENTO. LOS TIPOS PENALES COMPETENCIA DEL JVM. CONFIGURACIÓN LEGAL........................ 177 La agravante de género............................................ 186 1. Formulación.................................................................. 186 2. Entrada en vigor........................................................... 187 3. Diferenciación con la agravante de cometer el delito por discriminación relativa al sexo de la víctima y la de discriminación por razón del género de la víctima.................................................................................. 188 4. Tipos penales competencia del JVM, agravante de género y “non bis in idem”.............................................. 190 5. Compatibilidad entre la agravante de discriminación por razones de género y la agravante de parentesco. 191 6. Problemas de prueba................................................... 194 7. Apreciación por el Tribunal del Jurado...................... 199

VII. LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO, Juan Carlos Vegas Aguilar.......... 201 A. B.

PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN............................. 201 SENTIDO Y ALCANCE DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER...................................... 204 1. Régimen jurídico de la responsabilidad patrimonial de la administración..................................................... 205 2. Alcance de la responsabilidad patrimonial de la administración en casos de violencia contra la mujer.... 212 C. RÉGIMEN JURÍDICO Y ALCANCE DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO JUEZ................................................. 217 1. Régimen jurídico de la responsabilidad del Estado Juez................................................................................ 217 2. Alcance de la responsabilidad del Estado Juez en casos de violencia contra la mujer.................................. 220 D. CONCLUSIONES................................................................. 225 E. BIBLIOGRAFÍA CITADA..................................................... 227


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Índice

VIII.

LA PERSPECTIVA DE LA MUJER VÍCTIMA DEL SISTEMA JUDICIAL AJENO AL GÉNERO, Pilar Gil............................ 229 A. INTRODUCCIÓN................................................................. 229 B. LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL SISTEMA DE JUSTICIA ESPAÑOL............................................................. 231 C. ESTEREOTIPOS DE GÉNERO Y JUSTICIA....................... 236 D. LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA MACHISTA FRENTE AL PROCESO PENAL ESPAÑOL........................................ 238 E. JUSTICIA SIN PERSPECTIVA DE GÉNERO Y VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA....................................................... 241 F. CONSIDERACIONES FINALES.......................................... 245

IX. LOS HIJOS E HIJAS ANTE UN SISTEMA JUDICIAL ANDRÓGINO, Herminia Royo.................................................... 249 A. INTRODUCCIÓN................................................................. 249 B. MARCO LEGAL.................................................................... 250 C. LAS SENTENCIAS Y EL INTERÉS SUPERIOR DE LXS HIJXS..................................................................................... 255 D. CUSTODIA COMPARTIDA................................................. 268

X. LA PERSPECTIVA DE GÉNERO COMO TÉCNICA JURÍDICA E INSTRUMENTO NECESARIO PARA UNA JUSTICIA IGUALITARIA, Lucía Avilés............................................ 279 A.

LA IGUALDAD CONTEMPORÁNEA. UNA DESIGUALDAD DISIMULADA.............................................................. 279 B. DILIGENCIA DEBIDA DE LOS ESTADOS......................... 286 C. EL GÉNERO DE LO JURÍDICO Y DE LA JUSTICIA......... 291 D. JUSTICIA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA ESTRUCTURA. MÁS MUJERES, MÁS JUSTICIA................... 299 E. JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO. UNA TÉCNICA JURÍDICA PARA LA TRANSFORMACIÓN.............. 304 1. Naciones Unidas (CEDAW) y América Latina (CIDH). 310 2. Justicia con perspectiva de género y violencia institucional............................................................................. 312 F. FORMACIÓN JUDICIAL COMO PRIMER PASO SU APLICACIÓN........................................................................ 314 F. CONCLUSIÓN...................................................................... 317

XI. LA SITUACIÓN DE LA MUJER EN LA RESPUESTA POLICIAL. PROPUESTAS DE MEJORA, Estefanía Navarrete.. 319 A. INTRODUCCIÓN................................................................. 319


Índice

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B.

FASES DE LA INTERVENCIÓN POLICIAL....................... 320 1. Prevención.................................................................... 320 a) Prevención en el entorno escolar...................... 320 b) La concienciación a colectivos del tejido social. 321 2. Detección...................................................................... 322 3. Intervención.................................................................. 323 4. Protección:.................................................................... 331 C. PROPUESTAS DE MEJORA................................................. 338 1. Genéricas....................................................................... 338 2. En el ámbito policial.................................................... 339 3. En el ámbito judicial.................................................... 341 4. En el ámbito legislativo................................................ 343 D. CONCLUSIÓN...................................................................... 344 E. BIBLIOGRAFÍA..................................................................... 345

XII. LA SITUACIÓN DE LA MUJER EN EL ÁMBITO DE LA ABOGACÍA. PROPUESTAS DE MEJORA, María Martín... 347 A. B.

SITUACIÓN ACTUAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA.... 347 ¿QUÉ LABOR PUEDEN REALIZAR LOS COLEGIOS PROFESIONALES?............................................................... 348 C. LA EXPERIENCIA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE OVIEDO CON LA PUESTA EN MARCHA DE SU COMISIÓN DE IGUALDAD........................................................... 349 D. LOS LOGROS DE LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS DE ESTA PIONERA COMISIÓN DE IGUALDAD.................... 352 1. Comunicación............................................................... 352 2. Lenguaje........................................................................ 353 3. Formación..................................................................... 354 4. Conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral.................................................... 354 5. Promover la participación y acceso de las mujeres a puestos de dirección y responsabilidad....................... 357 6. Necesidad de presupuesto........................................... 357 E. CONCLUSIONES................................................................. 358

XIII. LA SITUACIÓN DE LA MUJER EN EL ÁMBITO DE LA CARRERA FISCAL. PROPUESTAS DE MEJORA, Susana Gisbert....................................................................................... 359 A. B. C.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y LEGISLATIVOS......... 359 EL ACCESO DE LAS MUJERES A LA CARRERA FISCAL. 363 LA IGUALDAD FORMAL A PARTIR DE LA CONSTITUCIÓN...................................................................................... 364


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Índice D. E. F. G.

ESPECIAL REFERENCIA AL CONSEJO FISCAL.............. 367 LA IGUALDAD REAL: EL TECHO DE CRISTAL.............. 369 LA CONCILIACIÓN Y LA CORRESPONSABILIDAD....... 371 PERSPECTIVAS DE FUTURO............................................. 373

XIV. LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA JUSTICIA MILITAR, Francisco E. Hernández Sánchez................................ 377 A. B.

ESTADO DE LA CUESTIÓN............................................... 377 PROBLEMÁTICA DE LA IMPARCIALIDAD E INDEPENDENCIA DE LA JURISDICCIÓN MILITAR........................ 383 C. PRESENCIA DE LA MUJER EN LAS FUERZAS ARMADAS........................................................................................ 389 D. PROBLEMÁTICA DE LA MUJER EN LAS FUERZAS ARMADAS.................................................................................. 400 E. CONCLUSIONES................................................................. 418

XV. LA MEDIACIÓN COMO MECANISMO DE GESTIÓN DE CONFLICTOS CON PERSPECTIVA FEMINISTA, Belén Hernández Moura.................................................................... 421 A. B.

NOTAS INTRODUCTORIAS............................................... 421 MEDIACIÓN Y AGENDA FEMINISTA................................ 425 1. Feminizar o desmaculinizar la justica: ¿dos caras de la misma moneda?............................................................ 425 2. Espacios de confluencia entre la mediación y los feminismos....................................................................... 430 a) Empoderamiento y toma de decisiones ........... 432 b) Valores privados y políticas públicas.................. 434 c) Reinterpretación de los flujos de poder ........... 439 3. Crítica feminista a la mediación como herramienta de gestión de conflictos................................................ 440 4. Breves apuntes sobre la mediación penal en violencia de género................................................................ 444 5. Consideraciones finales................................................ 454 C. BIBLIOGRAFÍA..................................................................... 456

XVI. A PROPÓSITO DEL CASO DIANA QUER, POR UN DERECHO A LA PRESUNCIÓN DE CREDIBILIDAD PARA LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, Raquel Borges Blázquez y Elisa Simó Soler................................................... 463 A. INTRODUCCIÓN................................................................. 463


Índice B. C.

D.

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ESTADO DE LA CUESTIÓN............................................... 465 PROCESO PENAL Y VÍCTIMA............................................ 473 1. ¿Existe un derecho a ser víctima? ¿Y a la presunción de inocencia?........................................................................ 473 2. Víctima de violencia de género................................... 478 3. El castigo del enemigo................................................. 483 REFLEXIONES FINALES..................................................... 485

XVII. LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE IDH VINCULADA A LOS ESTEREOTIPOS DE GÉNERO Y SU APLICACIÓN EN EL ÁMBITO INTERNO DE LOS ESTADOS PARTE, EN EL CASO, AL DERECHO ARGENTINO. EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD, Marta Paz................................ 489 A. ESTEREOTIPOS DE GÉNERO, SU TRATAMIENTO EN LA JURISPRUDENCIA INTERAMERICANA. ALCANCES Y APLICACIÓN EN EL ÁMBITO INTERNO –EN EL CASO, AL DERECHO ARGENTINO–................................ 489 B. EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD....................... 498 C. CONCLUSIONES................................................................. 508 D. ABREVIATURAS................................................................... 509 E. BIBLIOGRAFÍA..................................................................... 510


I.  ANÁLISIS DE LA JUSTICIA “PROCESAL” DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO Elena Martínez García Catedrática de Derecho Procesal Universitat de València

I+D 2015-70568 “La construcción de Europa a través de la cooperación judicial penal en la protección de las víctimas de violencia de género” SUMARIO: A. LA FEMINIZACIÓN DE LA JUSTICIA COMO PARADIGMA ORGÁNICO Y MATERIAL. 1. Breve introducción a la igualdad en el siglo XXI. 2. La regulación de la Igualdad en el Derecho internacional, de la Unión europea, en Derecho español. B. BREVE RETRATO DE LA JUSTICIA EN LA SOCIEDAD EN LA QUE VIVIMOS. C. TRANSFORMACIÓN MATERIAL DE LA JUSTICIA Y EL PAPEL DE LA FEMINIST JURISPRUDENCE. D. ¿POR QUÉ ES UNA OBLIGACIÓN PARA NUESTROS JUECES Y JUEZAS APLICAR ESTA PERSPECTIVA DE GÉNERO? 1. La responsabilidad del Estado desde una dimensión sistémica. 2. La responsabilidad del Estado desde una dimensión individual. E. CONCLUSIONES.

A.  LA FEMINIZACIÓN DE LA JUSTICIA COMO PARADIGMA ORGÁNICO Y MATERIAL Desde la visión del derecho procesal –como derecho de acceso a la Justicia– queremos iniciar esta investigación haciendo referencia al derecho a la igualdad, dado que se encuentra intrínsecamente anudado, si bien nos centraremos en la igualdad entre hombres y mujeres, que va a ser el núcleo de nuestro trabajo, el elemento interpretador y el fundamento de esa mirada de la justicia procesal con ojos de mujer siguiendo la denominación plasmada por los profesores


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Elena Martínez García

Ordeñana y Etxeberria1. Es por ello, que consideramos que los derechos de acceso a la justicia de las mujeres no pueden ser abordados de forma separada al tratamiento mismo de la mujer en nuestra sociedad y, por tanto, a la desigualdad y discriminación que éstas sufren en la misma. Este derecho de acceso es una parte de la tutela judicial efectiva. Por tanto, hablar del derecho de acceso de las mujeres a la justicia, no puede deslindarse de la estructura andrógina que se ubica tras el derecho, también el procesal. O lo que es lo mismo, no podemos confiar en una sociedad andrógina que formalmente reconoce derechos de igualdad entre hombres y mujeres y entre ellos el acceso de los ciudadanos y las ciudadanas a la tutela efectiva, mientras esa igualdad no se haya sembrado en todos los ámbitos de la Justicia, no solo en el número de operadoras jurídicas que participan de la misma, sino sobre todo en la misma conformación y diseño del sistema, de las instituciones y de la manera de aplicar el derecho. El derecho es poder y, el diseño de las instituciones jurídicas procesales ha sido creado por y para conflictos privados y públicos en los que el hombre durante mucho tiempo era su único protagonista. Por tanto, las experiencias y particularidades de las mujeres (como actoras del proceso, sean víctimas o juezas, Letradas o Fiscales), a pesar de la aparente neutralidad de las normas, no aparecen recogidas por él. Ejemplo de lo que decimos es el hecho de que desde la ley –y a través de su aplicación– se ha legitimado la desigual1

ORDEÑANA, I./ETXEBARRIA, K., (VVAA), “¿Qué pueden hacer los jueces y juezas para mejorar los tratamientos de igualdad
de trato y no discriminación de los hombres violentos de género? Análisis del marco jurídico vigente y propuestas de mejora”, Justicia con ojos de mujer, Tirant lo Blanch, 2018. pp. 669 y ss


Análisis de la justicia “procesal” desde la perspectiva de género

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dad sexual a través de las normas que han negado derechos de la ciudadanía (como el derecho al sufragio), ha regulado el derecho del hombre sobre la mujer, su capacidad y libertad y su patrimonio una vez contraído el matrimonio (hasta 1975 vísperas de la entrada en vigor de la Constitución), o ha legitimado el diferente tratamiento penal que recibía el adulterio, según lo cometiera el hombre y la mujer, o la inexistencia de reproche penal en casos de violación conyugal. Sin embargo, no podemos encontrar legislación civil o penal abusiva contra los derechos del hombre, por las razones más arriba expuestas, ni es algo que quisiéramos encontrar. Pero sí trataremos de plantear que, desde la construcción de la Historia sin las mujeres, también la Justicia se fue construyendo sin ellas. En este sentido, desde la perspectiva de la función jurisdiccional, que es la que más repercusión tiene en la ciudadanía porque resuelve sus litigios del tipo que fueren, corresponde al Poder judicial deconstruir y reconstruir el espacio de la Justicia integrando la igualdad entre el hombre y la mujer (ex artículo 1, 10.2, 14 y 117.3 de la Constitución Española). Las y los miembros del Poder Judicial no son sujetos ajenos a la sociedad en la que vivimos, con sus fortalezas y debilidades y la formación jurídica inicial de los mismos está imbuida de dichos estereotipos propios de nuestra sociedad, de esa misma visión patriarcal y androcéntrica de los hechos y normas jurídicas y de la propia estructura del Poder Judicial. En este mismo sentido, en este trabajo y el realizado por mis compañeras en este libro, se procederá a abordar la composición orgánica de la Justicia y su forma esterotipada de resolver el fondo de las cuestiones, sin un plan de formación integral desde la carrera y durante el ejercicio de la profesión. Ello condicionará, como veremos, el derecho de acceso a la justicia de las mujeres, incumpliéndose la


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obligación del Estado de eliminar todos los obstáculos que impidan la igualdad, también en la Administración de Justicia, lo que puede derivar en responsabilidad del Estado por acciones y omisiones en estas obligaciones2.

1.  Breve introducción a la igualdad en el siglo XXI En la actualidad sabemos que la igualdad de hombres y mujeres reconocida en los textos internacionales y en las Constituciones de los países occidentales no es una igualdad real, sino simplemente formal. Obviamente, las cosas están cambiando y los números son cada vez más evidentes y nos indican que, por fin, hoy, comienzan a haber mujeres en todas las ramas del conocimiento. Probablemente esos cambios, sin ser consecuencia de, se incardinan en la enorme metamorfosis que la misma Justicia está experimentando; una metamorfosis que está laminando identidades nacionales, armonizando cuando no homogeneizando ordenamientos jurídicos, mutando valores, cambiando espacios, generando desigualdades por otras razones… quizás en ese periodo de mudanza mundial, de falsa libertad, una sociedad3.

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Sobre este tema he escrito, en concreto, sobre violencia de género en MARTÍNEZ GARCÍA, E., “Los deberes del estado en la protección de los derechos de las víctimas de violencia de género y la garantía de acceso a la justicia”, Revista Teoría y Derecho, 22, 2017. BARONA VILAR, S. “Justicia penal líquida. Desde la mirada de Bauman”, en Teoría y Derecho: teoría del pensamiento jurídico, Valencia, Tirant lo Blanch, diciembre 2017, BARONA VILAR, S., “Proceso civil y penal ¿líquido? En el Siglo XXI”, Justicia Civil y Penal en la era global, Tirant Lo Blanch, 2017, pp.20-61, BARONA VILAR, S., Proceso penal desde la Historia, Tirant lo Blanch, 2017, pp.447-617, BARONA VILAR, S., “Justicia penal líquida. Desde la mirada de Bauman”, Teoría y Derecho: teoría del pensamiento jurídico, Valencia, Tirant lo Blanch, diciembre 2017, BAUMAN, Z., Vida líquida, Barcelona, Paidós, 2006, p. 9, BAUMAN, Z., Modernidad líquida, Fondo de


Análisis de la justicia “procesal” desde la perspectiva de género

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Defendemos, en consecuencia, que una de las claves de desarrollo de la Justicia en el Siglo XXI es la feminización de la misma. Y esto exige, amén de medidas legales, simultáneamente, una transformación cultural, de hábitos, de gestión, de interpretación, de pensamiento por la Justicia como estructura orgánica, por la función jurisdiccional y, por tanto, por su resultado: las sentencias y su poder de transformación social, con sujeción a la Constitución y las leyes. La rotura del techo de cristal (glass ceiling barrier), la desaparición del suelo pegajoso (sticky floor,) que dificulta el acceso a los primeros niveles de carrera o profesión, o las políticas de discriminación positiva, son los instrumentos que ha puesto el legislador al servicio de los poderes públicos para promover una mayor igualdad de hecho o garantizar a los miembros de los grupos con desventaja una verdadera igualdad de oportunidades, compensando las diferencias y con vocación de desaparición, tan pronto se corrijan las estadísticas, que ponen de manifiesta la presencia de la desigualdad en la sociedad. Todo ello, en el marco del artículo 9.2 CE.

2.  La regulación de la Igualdad en el Derecho internacional, de la Unión europea, en Derecho español Sin ánimo exhaustivo, la igualdad entre mujeres y hombres ha tenido una especial consideración en el Derecho de la Unión Europea y del Consejo de Europa. Desde el Tratado de la Comunidad Europea, pasando por el Tratado de Ámsterdam y el Convenio de Derechos Humanos hasta el cultura económica, 2003; y BAUMAN, Z., Amor líquido. Acerca de la fragilidad de los vínculos humanos, Fondo de cultura económica, 2005


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Convenio de Estambul, encontramos un gran avance en materia de igualdad, y especialmente este Convenio abre nuevas expectativas respecto al derecho de acceso de las víctimas de violencia de género y, por tanto, en relación a lo que le es exigible al Estado y por lo que debe ser responsable en caso de no contribuir a proteger a la mujer frente a la violencia sexista en su Estado. En el ámbito del Derechos internacional, por su lado, los progresos más destacados en materia de igualdad se iniciaron en 1.979 con la aprobación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer CEDAW. Esta convención es el primer instrumento internacional que recoge el compromiso mundial para erradicar la discriminación contra la mujer, que confiere derechos a las mujeres frente al Estado, implicando obligaciones de éstos frente a las ciudadanas. A ella le sigue la “Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia sobre la Mujer” (conocida como “Belem do Pará”) , que han sido la base para que la Corte Suprema de Justicia de México, a través del caso “Campo Algodonero” (vid. infra), acabara publicando en el año 2013 el conocido “Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, Haciendo Realidad el Derecho a la Igualdad”, desarrollando las obligaciones del Estado y su deber de diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres. Como sabemos, son instrumentos internacionales y europeos que España asume como propios (vía art. 10.2). Esta realidad va a transformar nuestro ordenamiento jurídico y nuestras sentencias que, mediante un análisis multinivel, da entrada en nuestra realidad de nuestro país obligaciones para nuestros poderes públicos y, por tanto, responsabilidades en caso de incumplimiento.


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