FORMULARIOS PROCESALES SOBRE ASISTENCIA LETRADA A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO 2ª EDICIÓN
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Elena Martínez García (Editora) María José Jordán Díaz-Roncero (Coordinadora) Raquel Borges Blázquez Elisa Simó Soler
formularios
FORMULARIOS PROCESALES SOBRE ASISTENCIA LETRADA A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO 2ª Edición
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Javier de Lucas Martín
Ana Cañizares Laso
Víctor Moreno Catena
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Jorge A. Cerdio Herrán
Francisco Muñoz Conde
José Ramón Cossío Díaz
Angelika Nussberger
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Ángel M. López y López
Tomás S. Vives Antón
Marta Lorente Sariñena
Ruth Zimmerling
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
FORMULARIOS PROCESALES SOBRE ASISTENCIA LETRADA A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO 2ª Edición
ELENA MARTÍNEZ GARCÍA (Editora)
MARÍA JOSÉ JORDÁN DÍAZ-RONCERO (Coordinadora)
RAQUEL BORGES BLÁZQUEZ ELISA SIMÓ SOLER
tirant lo blanch Valencia, 2022
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TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1130-292-0 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/ politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
ELENA MARTÍNEZ GARCÍA
Catedrática de Derecho Procesal de la Universidad de Valencia
MARÍA JOSÉ JORDÁN DÍAZ-RONCERO
Dra. en Derecho Procesal Pfora. Asociada de Derecho Procesal de la Universidad de Valencia Abogada ejerciente
RAQUEL BORGES BLÁZQUEZ
Pfora. Contratada Doctra en Derecho Administrativo y Procesal de la Universidad de Valencia
ELISA SIMÓ SOLER
Contratada Predoctoral FPU Investigadora en formación adscrita al departamento de Derecho Administrativo y Procesal de la Universidad de Valencia
Preámbulo El objeto de este libro no es otro que el de facilitar al cuerpo Letrado que asisten a víctimas de violencia de género, un conjunto de escritos procesales que tratan de abarcar las situaciones más cotidianas que se pueden dar en el seno de este tipo de procesos. Sobre la experiencia desarrollada por las coautoras de este libro, se describen hechos y alegaciones de situaciones reales, que se apoyan en explicaciones y citas jurisprudenciales, para tratar así de ayudar al/la profesional en la elaboración de dichos escritos y pensando, muy especialmente, en aquellas personas que se enfrentan por vez primera a este tipo de procedimientos en el ejercicio de la profesión. Del mismo modo con esta obra se pretende ayudar, también, a las víctimas de violencia de género, colocando nuestro pequeño grano de arena en la lucha contra esta problemática social tan grave, vulneradora de los derechos humanos de las mujeres. Es evidente, que un grano en el desierto no significa nada, pero un conjunto de granos hace una piedra y múltiples piedras hacen una pared, construyendo así un muro para tratar de aislar y expulsar de nuestra sociedad la violencia de sesgo machista, pues, una sociedad impregnada de este tipo de violencia no puede cimentar un Estado de Derecho. El verdadero Estado democrático de Derecho es aquél que se construye sobre una sociedad libre de violencia de género. En esta segunda edición, hemos actualizado los formularios a los cambios legislativos y jurisprudenciales que se han dado en la materia, destacando la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Antes de la entrada en vigor de dicha Ley en septiembre de 2021, se dejaba a criterio del órgano judicial la decisión sobre la limitación o suspensión de las visitas si observasen graves circunstancias que así lo aconsejasen o se incumpliesen grave o reiteradamente los deberes relacionados con los menores impuestos por la resolución judicial de familia. Dicha nueva Ley, ha reformado el art. 94 CC, de forma que, en caso de existir indicios de un delito de la esfera de la violencia de género o de maltrato infantil o indicios de la existencia de delitos de violencia, se debe proceder a la suspensión del régimen de visitas, lo que se traduce en el hecho de que, en caso de existencia de procedimientos penales aperturados por violencia de género o por maltrato infantil, el juez o la jueza competente para conocer del procedimiento de familia, debe proceder a decretar la suspensión del régimen de visitas en interés supremo del/la menor. Con ello se ha introducido en nuestra legislación la medida 145 del Pacto de Estado contra la violencia de género de 2017 que prevé el establecimiento con carácter imperativo de la suspensión del régimen de visitas en todos los casos en los que el menor hubiera presenciado, sufrido o convivido con manifestaciones de violencia.
10
Elena Martínez García y Mª José Jordán Díaz-Roncero
Esta modificación legislativa refuerza por un lado la protección de los menores como víctimas directas de violencia de género y, por otro, actúa como mecanismo de prevención para en el desarrollo del régimen de visitas o de custodia compartida se ponga en peligro los derechos y la seguridad de la víctima de violencia de género y de los niños y niñas. En consecuencia, se ha alcanzado con esta reforma el objetivo de tratar de prevenir la llamada violencia vicaria; sin embargo, continuamos con el objetivo de seguir abordando la lucha contra la violencia de género en una época convulsa, marcada por la COVID19, que ha afectado de pleno también a este grave problema de vulneración de derechos humanos, de los derechos de las mujeres víctimas de violencia machista. Según los datos de Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género, en el Ministerio de Igualdad, durante el confinamiento “duro”, si bien bajaron el número de denuncias y a priori no hubieron asesinatos, no significa que cesara la violencia machista en los hogares donde se produce. Simplemente, la existencia de un control sobre la mujer por parte de su pareja o ex pareja conviviente, hacía innecesaria la violencia más grave, dado que el confinamiento daba carta de naturaleza a la permanencia en casa, alejada de la vida, contactos sociales, institucionales…que pueden dar alas a la mujer para salir de esa situación. Sin embargo, el número de consultas al 016 se elevaron casi en un 50%, lo que hace pensar o deducir que la violencia silenciosa seguía su curso. En conclusión, desde que se desató el brote de COVID-19, los datos e informes que los y las profesionales que han estado en primera línea ayudando, asistiendo y tratando a víctimas de violencia de género, han revelado que se ha intensificado todo tipo de violencia contra las mujeres y las niñas, sobre todo, la violencia en el hogar. Es lo que ha venido a denominarse por Naciones Unidas como pandemia en la sombra, alentando dicho organismo a llevar a cabo un esfuerzo colectivo general para detenerla, los casos de COVID-19 desde que estalló oficialmente en enero de 2020, han sobrecargado los servicios de salud, así como otros servicios que atienden a personas que padecen violencia en el hogar —servicios sociales, judiciales, de atención a víctimas del delito, etc—. Por ello, es necesario tomar conciencia y redoblar nuestros esfuerzos para abordar la violencia contra las mujeres, siendo también éste un objetivo claro y prioritario dentro de las medidas de recuperación y respuesta al COVID-10. Dentro de nuestra cuota de responsabilidad, como profesionales en esta materia, no sólo en un ámbito académico y científico, sino también práctico, ayudando a las mujeres que se encuentran en esta situación, hemos decidido actualizar este trabajo, para compartir nuestra experiencia profesional con todas aquéllas personas que se dedican al ámbito de la violencia de género, queriendo dedicar muy especialmente esta obra a los y las profesionales del turno de oficio de violencia de género, así como a los y las profesionales de instituciones y organismos públicos que atienden y asisten a víctimas de violencia machista, pues su gran dedicación y profesionalidad, en su gran mayoría, de carácter altruista, debe ser digna de mención y de reconocimiento. Elena Martínez García Mª José Jordán Díaz-Roncero
Índice Preámbulo.............................................................................................
9
Abreviaturas empleadas..........................................................................
17
I. Grupo Primero: ÁMBITO PENAL 1.
DENUNCIA: CÓMO REALIZAR UNA DENUNCIA TANTO DE FORMA VERBAL ANTE LAS AUTORIDADES POLICIALES O JUDICIALES COMO DE FORMA ESCRITA DIRIGIDA AL JUZGADO COMPETENTE OBJETIVAMENTE...... F01. F02.
F03. F04. F05. F06. F07. F08.
F09.
Delito de lesiones del art. 153.1 y 153.3 CP con petición de orden de protección que incluye tanto medidas penales (orden de alejamiento y prohibición de comunicación) como medidas civiles........ Denuncia por un delito de lesiones del art. 147.1 en relación con el art. 148.4 CP con petición de orden de protección que contiene sólo medidas penales (prisión preventiva y prohibición de comunicación)................................................................................ Denuncia por delito de amenazas (arts. 169 o 171.4 CP), con petición de orden de protección (medidas penales de alejamiento y de prohibición de comunicación)............................................. delito de stalking (art. 172 ter CP) con petición de orden de protección (medidas penales de alejamiento y de prohibición de la comunicación)...................................................................... Denuncia por abusos sexuales y lesiones leves contra varón con el que no se mantenía ni se había mantenido por parte de la víctima relación sentimental alguna (arts. 147.3 y 181 CP).................... Denuncia por agresión sexual y lesiones contra expareja (arts. 147.2 y 179 CP) con petición de medida cautelar de prisión preventiva y de prohibición de comunicación................................. Denuncia por un delito leve de injurias (art. 173.4 CP) con petición de orden de protección que incluye orden de alejamiento y de prohibición de la comunicación............................................... Denuncia por quebrantamiento de medida cautelar nacional o de pena accesoria de alejamiento y de prohibición de la comunicación con petición de medidas penales cautelares de prisión provisional y de prohibición de comunicación con la víctima............... Denuncia por quebrantamiento de orden de protección europea con petición de medidas cautelares de prisión provisional y de prohibición de comunicación con la víctima...................................
19
23
26 29 32 34 36 40
42 45
12 2.
3.
Índice
ESCRITO DE PERSONACIÓN COMO ACUSACIÓN PARTICULAR..............
48
F10.
Escrito de personación como acusación particular.......................
48
QUERELLAS....................................................................................
50
F11. F12. F13.
4.
RECURSO CONTRA INADMISIÓN DE DENUNCIAS / QUERELLAS........... F14.
5.
56 59 59
PETICIONES INDIVIDUALES DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN....................
61
F16.
F17.
Petición de orden de alejamiento y de prohibición de la comunicación con persona con la que no se mantiene ni se ha mantenido relación sentimental alguna tras revocar el juzgado la medida cautelar de prisión preventiva (art. 544.bis LECRIM)......................... Petición de orden de alejamiento y de prohibición de la comunicación con varón con el que sí se ha mantenido una relación sentimental tras revocarse la medida cautelar de prisión preventiva (art. 544. bis LECRIM).......................................................................... Petición de orden europea de protección...................................
62
64 66
RECURSOS CONTRA DENEGACIONES DE MEDIDAS CAUTELARES..........
67
F18. F19.
67
F20.
7.
50 53
Recurso de reforma y subsidiario de apelación contra inadmisión de denuncia/querella................................................................
F15.
6.
Querella por intento de homicidio con petición de medidas cautelares de prisión provisional y de prohibición de comunicación con la víctima................................................................................ Querella interpuesta por hijo/a de víctima por delito de asesinato. Querella por delito contra la integridad moral, delito de maltrato psicológico habitual y delito de sexting con petición de orden de protección que incluye medidas penales de alejamiento y de prohibición de la comunicación......................................................
Recurso de reforma contra denegación de orden de protección..... Recurso de apelación contra desestimación de recurso de reforma en el que se denegaba la orden de protección........................... Recurso de reforma y subsidiario de apelación contra denegación de prisión preventiva..............................................................
RECURSOS CONTRA DENEGACIÓN DE DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN............................................................................................ F21.
Recurso de reforma y subsidiario de apelación contra denegación de diligencia de investigación de pericial..................................
69 71
73 73
Índice
13
8.
ESCRITOS DE IMPULSO PROCESAL.....................................................
75
F22. F23.
75
9.
Escrito de petición de prórroga de la instrucción......................... Petición de personación e impulso de la tramitación de ejecución de orden europea de protección..............................................
RECURSOS CONTRA RESOLUCIONES QUE SOBRESEEN O ARCHIVAN EL PROCEDIIENTO EN LA FASE DE INSTRUCCIÓN.................................... F24. F25. F26. F27.
Recurso de reforma y subsidiario de apelación, contra auto de sobresimiento provisional en diligencias previas por posible contradenuncia falsa interpuesta por el agresor...................................... Recurso de súplica contra auto de sobresimiento provisional en procedimiento ordinario.............................................................. Recurso de reforma y subsidiario de apelación contra auto de archivo definitivo en diligencia previas (procedimiento abreviado)........ Recurso de apelación contra auto de sobreseimiento libre en el sumario (procedimiento ordinario)...............................................
10. ESCRITOS DE ACUSACIÓN DE LA ACUSACIÓN PARTICULAR.................. F28. F29. F30. F31. F32. F33. F34. F35. F36. F37. F38.
Escrito de acusación por delito de lesiones del art. 147.1 CP en relación con el art. 148.4 CP................................................. Escrito de acusación de delito de lesiones del art. 153.1 CP........ EScrito de acusación por delito leve de amenazas contra expareja. Escrito de acusación de delito de stalking contra expareja (art. 172. ter.2 CP).............................................................................. Escrito de acusación por delito de coacciones leves contra expareja....................................................................................... Escrito de acusación por delito contra la integridad moral del art. 173.1 CP y por delito de maltrato habitual del art. 173.2 CP...... Escrito de acusación en procedimiento abreviado por delito de abusos sexuales contra mujer con la que no ha mantenido el acusado relación sentimental alguna..................................................... Escrito de acusación por denuncia, acusación y testimonio falsos, así como por coacciones como estrategia de defensa del maltratador contra víctima de violencia de género................................. Escrito de calificación provisional en procedimiento ordinario sobre delito agresión sexual............................................................ Escrito de calificación provisional en procedimiento ordinario sobre delito de homicidio en grado de tentativa.................................. Escrito de calificación provisional en procedimiento ordinario sobre delito de asesinato................................................................
76
78
78 81 82 84 86 86 89 92 95 97 100 104 107 111 114 118
14
Índice
11. RECURSOS DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIAS ABSOLUTORIAS........
121
F39.
F40.
Recurso de apelación contra sentencia absolutoria con base en revisión de prueba documental, pericial y personal solicitando revocación del fallo absolutorio interensado su condena y subsidiariamente nulidad de la sentencia absolutoria.................................. Recurso de apelación contra sentencia sobre el pronuncamiento absolutorio del agresor solicitando nulidad de la sentencia de instancia y contra el pronunciamiento condenatorio de la víctima con base en una contradenuncia falsa de lesiones............................
12. RECURSOS EXTRAORDINARIOS........................................................ F41. F42. F43.
121
131 138
Anuncio de recurso de casación.............................................. Recurso de casación.............................................................. Recurso de amparo contra sentencia que condena a víctima de violencia con ocasión de una contradenuncia falsa de lesiones.....
138 139
13. ACTUACIONES EN FASE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA.......................
150
F44. F45. F46.
Petición de no suspensión de la pena de prisión por impago de la responsabilidad civil derivada del delito.................................... Petición de no suspensión de la pena de prisión por posible reiteración delictiva........................................................................ Escrito de oposición a plan de fraccionamiento de pago de la responsabilidad civil ofrecido por el condenado.............................
141
150 151 152
II. Grupo Segundo: ÁMBITO CIVIL 1.
PETICIÓN DE MEDIDAS URGENTES EX ART. 158 CC............................. F47. F48.
F49. F50.
Petición de medidas previas urgentes ex art. 158 CC por no haber podido localizar al agresor para poder realizar la vista preceptiva de la orden de protección...................................................... Petición de medidas previas a la correspondiente demanda civil de carácter urgente ex art. 158 CC y 771 lec por no haber podido localizar al agresor para poder realizar la vista preceptiva de la orden de protección.............................................................. Petición de medidas previas urgentes ex art. 158 CC por tratarse el sujeto activo del delito un menor.............................................. Escrito solicitando suspensión del régimen de visitas por existencia de un procedimiento penal por violencia de género y/o maltrato infantil.................................................................................
155
156
159 161 163
15
Índice
2.
DEMANDAS DE DIVORCIO CONTENCIOSAS....................................... F51.
Demanda de divorcio con petición de prórroga de medidas civiles acordadas en orden de protección con hijos menores de edad con riesgo para la integridad física de la madre............................... Demanda de formación de inventario de bienes con petición de medidas cautelares................................................................ Demanda de divorcio sin petición de medidas coetáneas, con hijos mayores de edad no independizados económicamente y con petición de pensión compensatoria e indemnización a la contraparte..................................................................................
170
LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES Y DEL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES..................................................................
174
F52. F53.
3.
F54.
DEMANDAS CONTENCIOSAS EN UNIONES DE HECHO CON HIJOS MENORES..........................................................................................
180
F57.
Demanda contenciosa de procedimiento de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales con ratificación de medidas acordadas, con modificación de parte de dichas medidas y con petición de nuevas medidas (suspensión de la patria potestad y del régimen de visitas)................................................................. Demanda contenciosa de procedimiento de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales con petición de indemnización al demandado por enriquecimiento injusto.................................
DEMANDAS DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS (ART. 775 LEC).............................................................................................. F58. F59.
6.
168
175 177
F56.
5.
164
Demanda de formación de inventario con petición de inclusión de vivienda que figura como titular el demandado cuyo préstamo hipotecario ha sido sufragado por el matrimonio como bien ganancial. Demanda de liquidación de sociedades gananciales..................
F55. 4.
164
Demanda de modificación de medida de custodia compartida con petición de medidas provisionales coetáneas............................. Demanda de modificación del régimen de visitas con petición de medidas provisionales coetáneas.............................................
PETICIÓN DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL EX ART. 156 CC...................... F60. F61.
Petición de autorización judicial por cambio de residencia de la víctima................................................................................ Petición de autorización judicial por cambio de centro escolar......
180 184
190 191 195 199 200 201
16 7.
Índice
DECLINATORIA POR FALTA DE COMPETENCIA OBJETIVA....................... F62.
8.
Declinatoria por falta de competencia objetiva del juzgado de familia......................................................................................
203
RECURSOS.....................................................................................
205
F63. F64.
Recurso de apelación contra desestimación de la demanda.......... Recurso de apelación contra desestimación de las medidas urgentes ex art. 158.......................................................................... Recurso de apelación contra desestimación de medidas ex art. 156 CC..................................................................................... Recurso de casación..............................................................
205
PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN......................................................
216
F65. F66. 9.
203
F67. F68. F69. F70.
Demanda de ejecución no dineraria de título judicial por incumplimiento del régimen de visitas................................................... Demanda de ejecución dineraria de título judicial por impago de pensión de alimentos............................................................. Petición de mejora de embargo de ejecución dineraria por impago de pensión de alimentos......................................................... Demanda de ejecución de cumplimiento de título judicial por retraso deliberado en el abono de la pensión de alimentos....................
207 210 212
216 218 222 223
Abreviaturas empleadas art./arts.
artículo/artículos
ATS
Auto Tribunal Supremo
CC
Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil
CE
Constitución Española
Cfr.
Confróntese
CP
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
IPC
Índice de Precios al Consumo
LAJG
Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita
LEC
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
LECRIM
Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
LJV
Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria
LOPJ
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
LORPM
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
LOTC
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
LOTJ
Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado
LOVG
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
LRMRP
Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
Ltdo/a.
Letrado/a
núm./núms. número/números OEP
Orden Europea de Protección
Prcdor/a.
Procurador/a
SAP
Sentencia de la Audiencia Provincial
SSAP
Sentencias de la Audiencia Provincial
STC
Sentencia del Tribunal Constitucional
SSTC
Sentencias del Tribunal Constitucional
STS
Sentencia del Tribunal Supremo
SSTS
Sentencias del Tribunal Supremo
Tol
Referencia de la Base de Datos Tirant on Line
I. Grupo Primero: ÁMBITO PENAL 1. DENUNCIA: CÓMO REALIZAR UNA DENUNCIA TANTO DE FORMA VERBAL ANTE LAS AUTORIDADES POLICIALES O JUDICIALES COMO DE FORMA ESCRITA DIRIGIDA AL JUZGADO COMPETENTE OBJETIVAMENTE La denuncia será la forma más común de iniciar un procedimiento por violencia de género. Se debe tener presente a este respecto que, generalmente, se realizará de forma verbal ante las dependencias de las autoridades policiales o judiciales correspondientes, siendo conveniente presentar este tipo de denuncias ante las autoridades policiales por ser más rápida su tramitación. El momento de la denuncia es crucial, pues va a definir la línea de investigación a realizar por el/la Juez/a de Instrucción a fin de adoptar, en primer lugar, medidas de protección y, en segundo lugar, acordar la incoación de una instrucción que podrá culminar con la imputación formal al agresor del delito denunciado. Por ello, en el caso de que el/la Letrado/a asista a la víctima en el momento de interponer la denuncia, es recomendable aportar a dicha denuncia todos los medios de los que se disponga: parte médico, parte psicológico —en el caso de haber estado recibiendo atención psicológica como consecuencia del maltrato— o, como mínimo, aportar los datos identificativos y de contacto del/la profesional que la ha estado o está tratando; además del nombre completo y datos de localización de posibles testigos, teléfono móvil con los mensajes de Whatsapp, sms, chats o correos electrónicos recibidos por parte del maltratador que sean constitutivos de delito. También, en supuestos de abusos o agresiones sexuales, las prendas que portaba la víctima denunciante en el momento de los hechos. Se le debe recordar y asesorar a la víctima que no debe deshacerse de ninguna de esas fuentes de prueba, pues habrá que aportarlas cuando declare en sede judicial y son la base para fundamentar su denuncia como cierta y creíble y poder fundamentar así la imputación formal en una primera fase en sede de instrucción y, posteriormente, una condena penal contra el agresor. No debemos olvidar que, según doctrina consolidada, para que la declaración de la víctima pueda servir como prueba de cargo, deben cumplirse una serie de requisitos [cfr. por todas STS núm. 546/2008, de 23 de septiembre (Tol 1378491)]: • Ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de las previas relaciones acusado-víctima que pongan de relieve un posible móvil espurio o de venganza que pueda enturbiar la sinceridad del testimonio.
20
E. Martínez García - M.J. Jordán Díaz-Roncero - R. Borges Blázquez - E. Simó Soler
• Verosimilitud del testimonio, que ha de estar corroborado por otros datos objetivos obrantes en el proceso. • Persistencia en la incriminación, que ha de ser prolongada en el tiempo, reiteradamente expresada y expuesta sin ambigüedades o contradicciones en lo fundamental. Aunque la reciente doctrinal de Tribunal Supremo, considera que la declaración de la víctima de violencia de género en los procedimientos penales contra sus maltratadores —en el caso de inexistencia de testigos por perpetrarse este tipo de delitos en la intimidad— no debe afectar a la credibilidad de la víctima como testigo en un sentido negativo, no obstante, sigue considerándose como requisito necesario para que dichas declaraciones sirvan como prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, la existencia de elementos periféricos que corroboren la veracidad de su testimonio [SSTS núm. 247/2018, de 24 mayo (Tol 6630740) y núm. 282/2018, de 13 junio (Tol 6630740)]. De ahí que, habrá que controlar que la denuncia final que transcriba la concreta autoridad recoja el contenido mínimo que a continuación describimos. En primer lugar, en caso de maltrato habitual, habrá que comenzar relatando el episodio de violencia más reciente, que es el que ha motivado la interposición de la denuncia, describiendo seguidamente el resto de agresiones sufridas. En segundo lugar, habrá que especificar las concretas fechas en las que sucedieron los hechos y una descripción exhaustiva de los mismos. En caso de insultos o amenazas, especificar literalmente el concreto insulto y la concreta amenaza. En el supuesto de agresiones físicas, detallar cómo se produjeron, en qué lugar del cuerpo se han ocasionado y la forma en la que se llevaron a cabo. También es importante detallar si los hechos denunciados sucedieron en la vivienda familiar y delante de hijos/as menores de edad —tanto comunes como no comunes—, a los efectos de aplicar los subtipos penales agravados o circunstancias agravantes genéricas o acordar medidas de protección también respecto de los hijos/as menores de edad. En tercer lugar, hay que centrar el relato de la víctima en los hechos tipificados como delito en el Código Penal. Existen otros episodios muy desagradables, como el impago de la parte del préstamo hipotecario de la vivienda familiar común que le corresponda sufragar al agresor por ser copropietario de la misma o el incumplimiento del régimen de visitas que, por sí solas, no constituyen ilícitos penales de conformidad con nuestro ordenamiento y jurídico. De forma que, en el caso de comenzar a describirlos la mujer, se puede correr el riesgo de que se archive el posterior procedimiento penal por apreciarse un fuerte conflicto de pareja no reprochable desde un punto de vista penal. En cuarto lugar, en el caso de que la mujer haya sufrido alguna agresión física y no haya acudido a ningún centro médico u hospitalario, se deberá solicitar que sea explorada con carácter inmediato por el/la médico/a forense. También, en el supuesto de que haya podido ser drogada para abusar sexualmente de ella, habrá que solicitar que se le practique con carácter también inmediato las oportunas pruebas para tratar de hallar el tipo de sustancia estupefaciente empleada, pues existen algunas drogas como