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humanidades

márgenes

Buenas prácticas formativas en centros penitenciarios

humanidades plural

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VIGILAR Y EDUCAR

tirant

Buenas prácticas formativas en centros penitenciarios

(Coordinadores)

JOSÉ LUIS MUÑOZ DE BAENA SIMÓN JOSÉ MARÍA ENRÍQUEZ SÁNCHEZ

márgenes

La exigencia del artículo 25.2 de la Constitución española de 1978 vincula al Estado a lograr una formación integral de los internos en los centros penitenciarios. Dada la gran complejidad actual del proceso educativo y la existencia de gran cantidad de medios tecnológicos de apoyo, la educación de los presos ha de ser replanteada. Una mentalidad meramente securitaria, de vigilancia, coarta forzosamente las posibilidades de formación y hace muy difícil la tarea de quienes, en las universidades y en la administración penitenciaria, colaboran en ella para intentar el paso del foucaultiano lema “vigilar y castigar” a “vigilar y educar”. A los cuarenta años de la aparición del programa penitenciario de la UNED, varios profesionales reflexionan desde la interdisciplinariedad sobre esta cuestión, tomando como guía la consigna de “no dejar a nadie atrás” que fundamenta la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

VIGILAR Y EDUCAR

José Luis Muñoz de Baena Simón José María Enríquez Sánchez (Coordinadores)

Prólogo Elisa Pérez Vera

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humanidades márgenes


VIGILAR Y EDUCAR Buenas prácticas formativas en centros penitenciarios


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT HUMANIDADES

Manuel Asensi Pérez

Catedrático de Teoría de la Literatura y de la Literatura Comparada Universitat de València

Ramón Cotarelo

Catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

Mª Teresa Echenique Elizondo Catedrática de Lengua Española Universitat de València

Juan Manuel Fernández Soria

Catedrático de Teoría e Historia de la Educación Universitat de València

Pablo Oñate Rubalcaba

Catedrático de Ciencia Política y de la Administración Universitat de València

Joan Romero

Catedrático de Geografía Humana Universitat de València

Juan José Tamayo

Director de la Cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones Universidad Carlos III de Madrid

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


VIGILAR Y EDUCAR

Buenas prácticas formativas en centros penitenciarios

Coordinadores

JOSÉ LUIS MUÑOZ DE BAENA SIMÓN JOSÉ MARÍA ENRÍQUEZ SÁNCHEZ Prólogo

ELISA PÉREZ VERA

tirant humanidades Valencia, 2023


Copyright ® 2023 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant Humanidades publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

Director de la colección: JUAN MANUEL FERNÁNDEZ SORIA

© JOSÉ LUIS MUÑOZ DE BAENA SIMÓN JOSÉ MARÍA ENRÍQUEZ SÁNCHEZ y otros

© TIRANT HUMANIDADES EDITA: TIRANT HUMANIDADES C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-19471-49-9 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


Listado de autores Diego Castrejón Juan de Diego José María Enríquez Sánchez Araceli Gómez Fernández José Antonio Màrques Moreira José Luis Muñoz de Baena Simón Gerardo Pastore José Antonio Pérez Yuste María Puerto Solar Calvo Fernando Reviriego Picón Diego Ruedas Torres Ana Belén Santos Esteban Consuelo del Val Antonio Viedma


Índice Prólogo................................................................................................................

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Elisa Pérez Vera

Introducción......................................................................................................

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José María Enríquez Sánchez

Primera parte El principio de la Agenda 2030 de “no dejar a nadie atrás” en los centros penitenciarios 1.

Los derechos de los reclusos en serio: el derecho a la educación en los centros penitenciarios..................................................................

21

Fernando Reviriego Picón

2. Las tres transformaciones, la estafa de la reinserción y la paradoja de la reeducación.......................................................................................

57

Diego Castrejón

3.

La educación en los centros penitenciarios........................................

73

José Antonio Pérez Yuste

4. La importancia de los estudios como apertura a la sociedad de una institución total.................................................................................

95

Juan de Diego

Segunda parte El derecho a la educación inclusiva, equitativa y de calidad en el ámbito penitenciario europeo: los casos de España, Portugal e Italia 5.

La educación en el ámbito penitenciario como derecho: algunos apuntes comparados................................................................................

117

María Puerto Solar Calvo

6. Cárcel y universidad: la experiencia italiana de los centros universitarios penitenciarios entre realidad y perspectivas........... Gerardo Pastore

147


10 7.

Índice Educação digital no ensino superior em Portugal em espaços prisionais: O campus virtual educonline@pris.................................

171

José Antonio Màrques Moreira

8. Educación y centros penitenciarios. Comunicación plurilingüe e intercultural como modo de inclusión.................................................

207

Araceli Gómez Fernández

Tercera parte El Programa UNED de estudios universitarios en centros penitenciarios 9. La educación superior en prisión en España a partir de la evaluación de los actores implicados.........................................................................

231

Antonio Viedma, Consuelo del Val y Diego Ruedas

10. La mentalidad securitaria como obstáculo a la formación superior en los centros penitenciarios españoles...............................................

257

José Luis Muñoz de Baena Simón

11. Enfoque de derechos e indicadores del Programa de Estudios Universitarios en Centros Penitenciarios de la UNED: análisis de entrevistas y encuestas del proyecto OpenDoors......................... Ana Belén Santos Esteban

281


Prólogo Elisa Pérez Vera1 La puesta en marcha, a mediados de 1983, del Programa de estudios universitarios en los centros penitenciarios de la UNED respondió en gran medida a la convicción personal de quiénes, en aquel momento, estábamos al frente de las tres instituciones que lo impulsaron. Carmina Virgili primero, y Juan Rojo Alaminos, después, desde la Secretaría de Estado de Universidades, Juan José Martínez Zato como Director General de Instituciones Penitenciarias y yo misma, en mi condición de Rectora de la UNED, creíamos firmemente en las segundas oportunidades y en la necesidad de arbitrar los medios necesarios para hacerlas posibles. A su vez, la extensión del Programa poco después a las cárceles catalanas, que garantizaba su aplicación en todo el país, se haría de la mano del Consejero de Justicia de la Generalidad, Agustí Bassols y Pares. Todos nosotros compartíamos una fe sincera en la fuerza transformadora de la recientemente estrenada Constitución Española de 27 de diciembre de 1978. En ella veíamos reflejadas nuestras convicciones democráticas, al mismo tiempo que aprendíamos sobre la democracia y sus múltiples manifestaciones en todos los aspectos de la vida y la sociedad. De forma muy especial, en aquellos aspectos de los que menos nos habíamos ocupado. Este era el caso, por lo que a mí respecta, de todo lo referido a la enseñanza universitaria en los centros penitenciarios. Como jurista, en más de una ocasión había reflexionado en el papel que los centros penitenciarios cumplen como lugar de internamiento donde saldar las responsabilidades derivadas de conductas delictivas. A lo más, podría decir que me preocupaban las condiciones materiales de los centros. Pero nada más. Nunca me había plan-

1

Catedrática de Derecho Internacional Privado en la Universidad Nacional de Educación a Distancia de la que es Rectora Honorífica.


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Elisa Pérez Vera

teado con seriedad cual podía ser la situación personal de los reclusos y si una gran penosidad era algo inherente a la condena. De ahí que la lectura del artículo 25.2 de nuestra Constitución actuara en mí como un auténtico revulsivo. En concreto, su afirmación de que “el condenado a pena de prisión que estuviera cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria”. Un párrafo que cobra aún más sentido, desde la perspectiva que aquí nos interesa, cuando va precedida de la afirmación de que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social”, y va seguida del reconocimiento de que “en todo caso… [el condenado a pena de prisión] tendrá derecho… al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad”. Puede decirse así, sin exageración de ningún tipo, que el artículo 25.2 del texto constitucional contiene todos los elementos para diseñar una política penitenciaria respetuosa de la dignidad humana. En ella, la posibilidad de cambiar (que está en la base del derecho a la reinserción social), constituye el eje sobre el que gira la idea de que las segundas oportunidades son posibles si ponemos los medios necesarios. Hablando en primera persona, la toma de conciencia de este aspecto, que algunos podrían tachar de lateral, de nuestra democracia recién estrenada, fue un auténtico aldabonazo de una conciencia demasiado inclinada a la autocomplacencia. Y es que, si creíamos de verdad que nuestros centros penitenciarios debían ser lugares que dotaran a los internos de los medios que hicieran posible su reincorporación a la sociedad, había que intentar que el tiempo de reclusión no impidiera su acceso a la educación, incluida la enseñanza superior. A esta idea tan simple, tan poco sofisticada, tan ayuna de estudios sociológicos ni datos estadísticos obedece, en un primer momento, la iniciativa de facilitar los estudios universitarios de los internos. Para hacer realidad esta idea la metodología de la enseñanza a distancia resultaba especialmente idónea. Al desplazar claramente el protagonismo del proceso educativo del profesor al alumno, la enseñanza a distancia permite que la presencia del docente se arbitre


Prólogo

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por vías distintas a las de la enseñanza presencial, muy difícilmente compatible con la situación de los internos en centros penitenciarios. Por eso no es casual que el Programa que esta obra evalúa se gestara y gestionara por la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Llegados a este punto, creo que es de justicia insistir de nuevo en que el desarrollo del Programa de la UNED no hubiera sido posible sin el decidido apoyo, económico y funcional, tanto de la Secretaría de Estado de Universidades como de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias: su fe en lo que pretendíamos hacer, y en como lo hacíamos, fue un acicate sin el que, estoy convencida, el Programa no habría podido salir adelante. No resulta fácil seleccionar una anécdota entre las que se agolpan en mi memoria de esa colaboración, aunque siempre recordaré con emoción la primera vez que, gracias a la actitud positiva de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, un interno pudo participar en una asamblea de alumnos de la UNED, como representante de nuestros alumnos reclusos. Creo que fue un paso adelante gigantesco en sus vidas, al mismo tiempo que removía estereotipos y prejuicios de sus otros compañeros. Tenemos que ser conscientes de que poner los medios que hagan posible el acceso a la educación superior de los internos en centros penitenciarios, no es solo cumplir un mandato constitucional, es abrir la puerta a beneficios individuales y colectivos, difícilmente cuantificables. En el plano individual, la formación, que eventualmente puede proporcionar la adquisición de mayores conocimientos, es una herramienta fundamental de inserción social en una sociedad en la que, cada vez más, la cualificación facilita el acceso al mercado de trabajo. Pero es que, además, en el camino hacia una titulación, que puede o no alcanzarse, cada paso que se da constituye una meta en sí misma: aumentar los propios conocimientos nos hace cada vez más fuertes y más libres, en la medida en que nos hace menos manipulables y, por tanto, más dueños de nuestro destino. Lo que, ciertamente, no es poco cuando estás privado de la libertad deambulatoria. En el plano colectivo, las unidades de enseñanza, cualquiera que sea su nivel, en los centros penitenciarios son centros de irradiación cultural que, potencialmente, deberían facilitar una convivencia siempre difícil por forzada. La música, la lectura, el teatro… son ven-


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Elisa Pérez Vera

tanas al exterior de las que los internos en principio no deberían estar privados. Hoy, casi cuarenta años después de que echáramos a rodar el Programa, con tanto entusiasmo como inexperiencia, esta obra aborda su evaluación desde una perspectiva comparada con iniciativas similares en otros países de nuestro entorno. La iniciativa me parece especialmente oportuna, sobre todo si permite extraer conclusiones que mejoren un diseño tan original como poco contrastado. En todo caso y al margen de cuál sea el juicio final que merezca, para mí sería un éxito si hubiera logrado aliviar la reclusión de un solo interno. Confío en que así haya sido con lo que mi paso por el Rectorado de la UNED realmente habría merecido la pena.


Introducción José María Enríquez Sánchez1 Sobre distintos momentos vitales entre rejas existen no pocos ejemplos literarios más allá de lo que los especialistas puedan decir sobre tales condiciones de existencia. Al respecto, fácilmente nos puede venir a la mente momentos informativos como el de aquella solicitud de remedo que desde una prisión romana pedía el converso Pablo de Tarso a la comunidad cristiana de la ciudad frigia de Colosas: “Acordaos de mis cadenas” (Col. 4, 18). Sin embargo, el pintor Rembrandt, que tomó este momento como un motivo para algunas de sus obras pictóricas, lo representó sin ellas… Las razones se nos escapan. Acaso más sencillo nos resulte recrear aquella sensación de placer tras quedar liberado de esos grilletes, como expresara el personaje de Sócrates en el Fedón de Platón, para dar lugar a un momento distraído sobre el alivio, por momentáneo que este sea: —¡Qué cosa más extraña, amigos, parece eso que los hombres llaman placer! ¡Cuán sorprendentemente está unido a lo que semeja su contrario: el dolor! Los dos a la vez no quieren presentarse en el hombre, pero si se persigue al uno y se le coge, casi siempre queda uno obligado a coger también al otro, como si fueran dos seres ligados a una única cabeza. […]. Así también me parece que ha ocurrido conmigo: una vez que por culpa de los grilletes estuvo en mi pierna el dolor, llegó ahora en pos suyo, según se ve, el placer (69e).

El idealismo, en cualquiera de sus formas (no solo las filosóficas), enfrenta a cada momento una realidad más hostil que trata de sobreponerse y de la que constantemente perseguimos la liberación a través de todo tipo de embelecos que, de ser sinceros, no admiten flojedad alguna, como parece querer mostrársenos en el óleo sobre la muerte de Sócrates, de Jacques-Louis David. 1

Docente-investigador en la Universidad de Valladolid (UVa) y colaborador docente en el Programa de Derechos Humanos y Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).


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José María Enríquez Sánchez

De estos vanos intentos también abunda la literatura y hay quienes —así nos dicen— parecen ser capaces de encontrar consuelo al tedio lacrimoso de su prisión, incluso en la Filosofía (Boecio, Consuelo de la Filosofía, I.1). Pero no siempre hallamos algún prosimetrum inspirado que nos haga caer en la cuenta de esas desdichas del encierro obligado y que imaginamos que por entonces no serían pocas. Baste traer a colación cualesquiera ilustraciones en las que se distinguen algunos de esos métodos e instrumentos de tortura para ponerlo de relieve. Cómo, pues, entre estos lugares de tormento pudieran llegar a crearse grandes obras de la historia de las ideas también es algo que se nos escapa a todo intento de comprensión. Más fácil resulta pensar que algo no iría bien si el arte de la tortura y las duras condiciones del presidio no siempre conseguían doblegar ese ánimo que a veces encontró expresión de profundo pesar para intentar darle siquiera un sentido propio. Pero lo cierto es que estas crueldades fueron algo excepcional. Como también lo es en nuestros días, a pesar de los casos de tortura y otros malos tratos en varios lugares del mundo, incluidos algunos penales de los Estados de la Unión Europea, donde la reinserción social del delincuente tiene visos de mayores garantías a través de diversos procedimientos, concretos e individualizados, para tratar de modelar su personalidad con el objetivo de lograr su mejor adaptación en el seno social. Forma parte igualmente de este proceso la preocupación por fomentar la capacidad de los reos para que puedan obtener los medios necesarios para participar en la vida civil mediante técnicas de carácter psicosocial, contactos del interno con el exterior y con la comunidad para facilitar su posterior reinserción, y programas formativos orientados a desarrollar aptitudes, ampliar conocimientos, y mejorar sus capacidades técnicas y profesionales mediante módulos teóricoprácticos de formación profesional y cursos de orientación laboral, así como formación universitaria. La presunción que hay tras estos procederes está en la consideración de que uno de los factores que han podido incidir en el proceso delictivo son todas esas carencias que de esta manera tratan de suplirse.


Introducción

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Cierto que habrá quienes hayan llegado a la reclusión por mala voluntad, nada de esto se niega; pero ya no estamos en aquellos tiempos de las primeras teorizaciones criminalísticas que, aun pudiendo tener alguna parte de verdad, en su generalización se evidenciaban enteramente injustas. Dicho en otros términos: en algunos lugares de nuestro tiempo, superadas las teorizaciones criminalísticas falsamente humanitarias que denunciaba Michel Foucault en Vigilar y castigar, se trata de facilitar, tras no pocas reformas penitenciarias, segundas oportunidades basadas en la confianza hacia quienes pudieron errar por cualesquiera motivos y muestren un inequívoco deseo de adquirir —dicho con Jean-Jacques Rousseau— el siempre exigente civismo a que nos obliga la convivencia social. Con todo, incluso en los casos en que la tendencia hacia la reinserción no se haga patente, no debemos olvidar que el estudio en prisión es un derecho del recluso, amparado por el artículo 25.2 de la Constitución Española de 1978, y esa sola mención debiera bastar para protegerlo. Previsiones de este tipo no suelen recogerse en sede constitucional, aunque sí encontramos en nuestro entorno más cercano algunas Constituciones que lo hacen, como la italiana —en su artículo 27— o la portuguesa —en su artículo 30—, motivo por el que también hemos solicitado a expertos de estos países trabajos sobre la educación en los centros penitenciarios. Por eso, la evaluación y teoría que en esta obra se realiza de todo ello, sirve a los propósitos de mostrar los resultados que estas consideraciones y su aplicación en distintos programas están suponiendo para numerosos presos; pero también sirve a los propósitos de mejorar estas acciones para —en lo posible— “no dejar a nadie atrás”. Con este propósito, y bajo la cobertura del proyecto “Open Doors: Abriendo puertas para no dejar a nadie atrás. Los ODS en el programa penitenciario de la UNED”, para analizar el Programa de Estudios Universitarios en Centros Penitenciarios (PEUCP)2, un nutrido

2

Este proyecto se ha realizado con la ayuda de la UNED/Vicerrectorado de Internacionalización 2020 para proyectos de cooperación universitaria que contribuyen a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible y forma parte del Plan de Fortalecimiento internacional, cooperación y Objetivos de Desarrollo


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grupo de profesionales procedente de la Academia y de la Administración Penitenciaria hemos realizado durante casi dos años una investigación referida a la estructura y funcionamiento del Programa de Estudios Universitarios en Centros Penitenciarios de la UNED, parte de cuyos resultados es la obra que el lector tiene ante sí3. Ahora bien, más allá de una visión complaciente, el proyecto propone muchas líneas de mejora para un programa admirable en su propósito y diseño, pero con graves deficiencias funcionales. La evaluación realizada es descriptiva, pero también propositiva: sirve a los intentos de mejorar el Programa de Estudios Universitarios en Centros Penitenciarios para, en lo posible, como ya antepusimos retomando la consigna que fundamenta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, “no dejar a nadie atrás”.

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Sostenible (ODS) de la UNED dentro del Impulso del cumplimento de la Agenda 2030. El objetivo de estas ayudas es el desarrollo de actividades de investigación ligadas a la Cooperación Internacional para el Desarrollo en el marco de la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, impulsando propuestas que den una solución a problemas humanos, económicos y sociales desde la perspectiva de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (A/RES/70/1). En concreto, el proyecto OpenDoors-UNED aspira contribuir a este objetivo visibilizando los efectos positivos del PEUCP de la UNED, que desde hace casi cuarenta años ofrece la posibilidad de acceder a una educación superior de calidad (ODS4), así como actividades culturales que inciden en la resocialización y la promoción de los derechos de las personas privadas de libertad en prisiones, iniciativas que contribuyen al logro del ODS16 (Paz, justicia e instituciones sólidas). Sus resultados, o cuanto menos una parte significativa de ellos, puede consultarse en el sitio web https://derechoshumanosypoliticaspublicas.com/investigacion-proyecto-opendoors/. Hay otros: dos reportajes televisivos emitidos por UNED-RTVE, un curso de verano en prisión, varios actos conmemorativos de la DUDH centrados en el ámbito de los derechos de los internos. Con este propósito, se ha realizado una encuesta en la que han participado no solo los profesionales de la UNED y de IIPP, sino también, y por primera vez, más de dos centenares de internos.


Primera parte El principio de la Agenda 2030 de “no dejar a nadie atrás” en los centros penitenciarios


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