BICENTENARIO DE LA CONSUMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO DESDE LA PERSPECTIVA HISTÓRICO-JURÍDICA
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
BICENTENARIO DE LA CONSUMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO DESDE LA PERSPECTIVA HISTÓRICO-JURÍDICA
JUAN FEDERICO ARRIOLA Coordinador
tirant humanidades Ciudad de México, 2021
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© Juan Federico Arriola y otros
© EDITA: TIRANT LO HUMANIDADES DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Colonia Hipódromo Alcaldía Cuauhtémoc CP 06100, Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1865-669-9 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicasde-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Autores
SANTIAGO CABALLEROS GUTIÉRREZ ARTURO LUIS COSSÍO ZAZUETA JUAN FEDERICO ARRIOLA RAÚL GONZÁLEZ SCHMAL FAUZI HAMDAM AMAD SERGIO E. HUACUJA BETANCOURT GERMÁN SERGIO MERINO CONDE ALBERTO PÉREZ DAYÁN JOSÉ MANUEL VILLALPANDO CÉSAR
Índice
NOTAS DE LA EDITORA
INTRODUCCIÓN GENERAL JUAN FEDERICO ARRIOLA
DEDICATORIA...................................................................................... 21
REFLEXIONES HISTÓRICO-JURÍDICAS DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO. EN SU BICENTENARIO DE LA CONSUMACIÓN (1821-2021) JUAN FEDERICO ARRIOLA
ADVERTENCIA AL LECTOR............................................................... 25 INTRODUCCIÓN................................................................................. 29 CAPÍTULO I. TEORÍA DE LA HISTORIA E HISTORIOGRAFÍA DE LA REVOLUCIÓN DE INDEPENDENCIA (1810-1821)...................... 33 CAPÍTULO II. MITOS Y REALIDADES DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO................................................................................................ 39 CAPÍTULO III. LA ESTRUCTURA JURÍDICO-POLÍTICA DEL ESTADO MEXICANO DE 1821 A 1824................................................ 45 CONCLUSIONES.................................................................................. 47 FUENTES DE CONSULTA.................................................................... 49
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Índice
LA FUNCIÓN JUDICIAL DEL NACIENTE ESTADO MEXICANO ALBERTO PÉREZ DAYÁN
I. PUNTO DE PARTIDA: TRANSCULTURACIÓN CAMINO HACIA EL MESTIZAJE Y CONFORMACIÓN DE INSTITUCIONES JURÍDICAS EN MÉXICO: .................................................................... 57 II. SIGUIENTE PASO: SE CONSOLIDAN INSTITUCIONES CON CARÁCTER JUDICIAL EN LA COLONIA (CONFIGURACION ORGÁNICO-MATERIAL EN INSTITUCIONES ADMINISTRATIVAS CON DESTELLOS FUNCIONALES DE CARÁCTER JUDICIAL EN LA COLONIA). ..................................................................................... 63 III. LA FUNCIÓN JUDICIAL DEL NACIENTE ESTADO MEXICANO........................................................................................... 71
DOS ACTAS, DOS PROYECTOS, ¿DOS FRACASOS?(LAS DOS VISIONES CONTRAPUESTAS DE NUESTRA INDEPENDENCIA) JOSÉ MANUEL VILLALPANDO CÉSAR Y FAUZI HAMDAN AMAD
PREÁMBULO........................................................................................ 85 LA PROPUESTA INSURGENTE 1813-1814......................................... 89 1...........................................................................................................................
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LA PROPUESTA TRIGARANTE: 1821-1822........................................ 95 1...........................................................................................................................
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Índice
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COROLARIO FALLIDO: 1824.............................................................. 103
LA IGLESIA Y EL ESTADO EN LA CONSUMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA RAÚL GONZÁLEZ SCHMAL
I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES.......................................................... 107 II. EL PATRONATO EN LA NUEVA ESPAÑA.................................................... 108 III. EL FACTOR RELIGIOSO EN LA EMANCIPACIÓN DE MÉXICO.............. 112 IV. CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ........................................................................ 116 V. PLAN DE IGUALA.......................................................................................... 119 VI. LA CUESTIÓN DEL PATRONATO AL CONSUMARSE LA INDEPENDENCIA.............................................................................................................. 123 VII. LA QUERELLA HISTÓRICA SOBRE ITURBIDE......................................... 128
LA INDEPENDENCIA DE GUATEMALA COMO CONSECUENCIA DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO SANTIAGO CABALLEROS GUTIÉRREZ
ENCICLOPEDIAS............................................................................................... 153 ANUARIOS.......................................................................................................... 153 MESOGRAFÍA.................................................................................................... 153
Anuarios y Revistas............................................................................. 153 Libros................................................................................................. 154
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Índice
Artículos............................................................................................. 155
COMENTARIOS RESPECTO A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN MATERIA DE JUSTICIA PENAL EN LA CONSTITUCIÓN MEXICANA DE 1824 ARTURO LUIS COSSÍO ZAZUETA
INTRODUCCIÓN................................................................................. 159 DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA JUSTICIA PENAL EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS......................................................................................... 161 a) “Artículo 146.- La pena de infamia no pasará del delincuente que la hubiere merecido según las leyes”............................................. 162 b) “Artículo 147.- Queda para siempre prohibida la pena de confiscación de bienes.”............................................................................ 163 c) “Artículo 148.- Queda para siempre prohibido todo juicio por comisión y toda ley retroactiva.”..................................................... 164 d) “Artículo 149.- Ninguna autoridad aplicará clase alguna de tormentos, sea cual fuere la naturaleza y estado del proceso.”.......... 165 e) “Artículo 150.- Nadie podrá ser detenido, sin que haya semiplena prueba o indicio de que es delincuente.”....................................... 165 f) “Artículo 151.- Ninguno será detenido solamente por indicios más de sesenta horas.”......................................................................... 166 g) “Artículo 152.- Ninguna autoridad podrá librar orden para el registro de las casas, papeles y otros efectos de los habitantes de la república, si no es en los casos expresamente dispuestos por ley y en la forma que ésta determine.”.................................................. 166 h) “Artículo 153.- A ningún habitante de la república se le tomará juramento sobre hechos propios al declarar en materias criminales.”.............................................................................................. 167
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Índice
i) “Artículo 154.- Los militares y eclesiásticos continuarán sujetos a las autoridades a que lo están en la actualidad según las leyes vigentes.”..................................................................................... 167 j) “Artículo 155.- No se podrá entablar pleito alguno en lo civil ni en lo criminal sobre injurias sin hacer constar haberse intentado legalmente el medio de la conciliación.”....................................... 167
A MANERA DE CONCLUSIÓN........................................................... 169
EL COMBATE CONTRA LA CORRUPCIÓN DESDE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO HASTA EL MODELO ACTUAL SERGIO E. HUACUJA BETANCOURT Y GERMÁN SERGIO MERINO CONDE
1. INTRODUCCIÓN........................................................................................... 171 2. EL PRELIMINAR DE LA INDEPENDENCIA: ÉPOCA COLONIAL.............. 175 3. MECANISMOS DE CONTROL EN LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS EMANADOS DE LA LUCHA DE INDEPENDENCIA........................................ 183
a) Constitución de Cádiz de 1812....................................................... 183 b) Constitución de Apatzingán............................................................ 185 4. MECANISMOS DE CONTROL EN LOS PRIMEROS INSTRUMENTOS DEL MÉXICO INDEPENDIENTE...................................................................... 187
a) Reglamento para el Gobierno Interior de la Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano de 14 de noviembre de 1821............................................................................................ 187 b) Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano votado el 14 de febrero de 1823 por la Junta Nacional Instituyente............ 188 5. LA CONSTITUCIÓN FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE 4 DE OCTUBRE DE 1824 Y SUS MECANISMOS DE CONTROL...... 189 6. LAS LEYES Y BASES ORGÁNICAS DE 1836 Y 1843, ASÍ COMO EL ACTA DE REFORMAS DE 1847, CON SUS MECANISMOS DE CONTROL.............. 192
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Índice
a) Leyes Constitucionales de 1836...................................................... 192 b) Bases Orgánicas o Bases de la Organización Política de la República Mexicana de 15 de junio de 1843............................................ 195 c) El Acta de Reformas de 1847.......................................................... 197 7. LA CONSTITUCIÓN DE 1857 Y LA RESTITUCIÓN DEL SENADO DE LA REPÚBLICA EN 1874.......................................................................................... 197
a) La Constitución de 1857................................................................. 197 b) La restitución del Senado de la República en 1874......................... 204 8. EVOLUCIÓN DE RESPONSABILIDADES Y CONTROL A PARTIR DE LA CONSTITUCIÓN DE 1917, HASTA LA REFORMA DE 27 DE MAYO DE 2015..................................................................................................................... 205
a) Elementos del régimen de responsabilidades de funcionarios públicos............................................................................................... 205 b) Elementos de control...................................................................... 214 I.- Control Interno....................................................................... 217 Secretaría de la Función Pública.................................................. 217 II.- Control externo...................................................................... 220 Auditoría Superior de la Federación............................................. 220 Entidades de Fiscalización locales................................................ 221 9. REFORMA A LAS HIPÓTESIS DE RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 108 CONSTITUCIONAL..................................................................................................................... 222 10. ARQUITECTURA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN Y EL ELEMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.............................................. 227 CONCLUSIÓN.................................................................................................... 247 REFERENCIAS.................................................................................................... 248
NOTAS DE LA EDITORA1 En 1821 se cumplen 200 años de la consumación de la Independencia de México. En esta importante conmemoración, nace este proyecto editorial que hoy ve la luz. Es doblemente pertinente la publicación de una obra como la que ponemos a su consideración. En primer lugar, por coincidir temporalmente con la celebración del acontecimiento. En segundo lugar, porque el libro trata de replantear algunas cuestiones de este importante momento histórico para México. Precisamente, el enfoque de la obra es analizar la Independencia desde un enfoque jurídico. Los autores nos ofrecen explicaciones generales sobre el proceso, pero también algunos temas novedosos y más desconocidos. Lejos de adentrarnos en cada uno de ellos, a continuación, se hará un repaso del contenido de la obra. En primer lugar, el autor Juan Federico Arriola nos ofrece sus reflexiones histórico-jurídicas acerca de la independencia de México, con motivo del bicentenario de su consumación. Lo hace desde un repaso a la Historia e Historiografía de la Independencia, periodo que abarca desde 1810 hasta la consumación en 1821. O, en sus propias palabras, la Historia de la Historia de la Independencia de México. Establece que la Historia de la Independencia sigue abierta a discusión pero que, sin perjuicio de las distintas controversias en torno a ella, México es Nación desde 1521 y es Estado desde 1821. Asimismo, nos ofrece lo que denomina los mitos y las realidades de la Independencia de México, sumándose así a la explicación de la conversión de acontecimientos o personajes en mitos y su inclusión en la historia oficial. Identifica, al menos, tres mitos de la Independencia y de la historia constitucional: el de la separación y equilibrio de poderes, el del federalismo y el de los héroes de la Independencia. Por último, el autor hace un recorrido por el andamiaje jurídico-político desde 1821 hasta 1829. Describe así la consumación de la independencia en sus fases, y la construcción del Estado mexicano y sus instituciones. Por su parte, el Ministro Alberto Pérez Dayán diserta sobre la función judicial del naciente Estado mexicano. Parte de la idea de transculturación como solución inicial al choque entre dos mundos que supuso la conquista. Seguidamente, el autor describe el proceso de consolidación de las instituciones con carácter judicial en la colonia. Las anteriores aclaraciones son necesarias para abordar el tema principal de la aportación del autor: entender los pilares estructurales del Poder Judicial. El autor nos ilustra sobre las instituciones que continuaron desde 1821 hasta el sistema adoptado en la Constitución de 1824, caracterizada por el mode
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María Goerlich León. Tirant México. Mayo de 2021
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José Christian Pérez Flores
lo de doble jurisdicción, propio del sistema federalizado que se dibujó por el constituyente. Además, resalta que desde ese momento se estableció una de las principales características de la función judicial en México: su intervención institucionalizada en la vida política del país. Asimismo, se abordan las aportaciones a la configuración del Poder Judicial que realizó la Constitución de 1857. Esto es, de reconocimiento de derechos y la intervención del Poder Judicial para garantizarlos, el control constitucional mediante la función jurisdiccional y la otorgación al juicio de amparo de una extensión y naturaleza jurídica propia. La obra continúa con las aportaciones de José Manuel Villalpando y Fauzi Hamdan Amad, que nos ofrecen las dos visiones contrapuestas de la Independencia de México a través del análisis de las dos Actas de Independencia y de los dos proyectos constitucionales. Se plantean los autores si los mencionados documentos – fruto de dos proyectos de México distintos- fueron un fracaso. Relacionan los autores la mencionada duplicidad de documentos con la dicotomía mexicana que ha llegado a nuestros días. Los autores hacen un recorrido explicativo por la propuesta insurgente de 1813-1814, la trigarante de 18211822 y terminan su explicación en la Constitución de 1824. Raúl González Schmal aporta en su capítulo algunas ideas sobre la Iglesia y el Estado en la consumación de la Independencia. Afirma que la Iglesia fue un factor decisivo, tanto en su gestación como en su alumbramiento, para la nación mexicana. Además, afirma que uno de los elementos de cohesión más importantes en el movimiento independentista fue -precisamente- la religión. Asimismo, se hace un recorrido por el tratamiento del asunto religioso, tanto en la Constitución de Cádiz de 1812 (influyente en los posteriores textos constitucionales) como en el Plan de Iguala. Por último, establece algunas notas sobre el papel del Patronato tras la consumación de la Independencia. Por su parte, Santiago Caballeros Gutiérrez trata en su capítulo la independencia de Guatemala, como consecuencia de la independencia de México. El autor establece que Guatemala constituía un punto estratégico para el Virreinato de la Nueva España, desde un punto de vista de importancia administrativa y militar y como puente de comunicación con el Virreinato de Perú. El malestar de las élites guatemaltecas vio en el movimiento de independencia auspiciado por Miguel Hidalgo una oportunidad. Desde 1811 se dieron movimientos “locales” de independencia que se sumaron a la ola de la Independencia mexicana. El autor nos ilustra sobre el recorrido histórico que siguió Guatemala, que culminó en el Acta de Independencia de la Capitanía General de Guatemala del 15 de septiembre de 1821. Con todo ello, se clarifica que la independencia de Guatemala fue provocada y acompañada por el proceso iniciado y construido en México. Seguidamente, Arturo Luis Cossío Zazueta aporta sus comentarios respecto a los derechos fundamentales en materia de justicia penal en la Constitución
NOTAS DE LA EDITORA
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de 1824. El capítulo aborda el proceso por el cual se llegó al catálogo de derechos contenidos en la Constitución de 1821 que, aunque comparativamente precaria, hizo su aportación a los derechos para los gobernados. En concreto, se centra en los derechos fundamentales de la justicia penal. El texto constitucional de 1824 logró establecer los cimientos de los niveles de protección constitucionales que se desarrollarían en los sucesivos textos constitucionales. Por último, los autores Sergio E. Huacuja Betancourt y Germán Sergio Merino Conde tratan el tema del combate a la corrupción desde la independencia de México hasta el momento actual. Afirman que ya desde el momento de la Independencia y hasta nuestros días, el tema de la corrupción fue relevante. Advierten de las divergencias del concepto entre la concepción actual y las del siglo XIX pero que existiría el denominado común de la alteración del ejercicio del cargo o servicio público. Así, efectúan un repaso por las sucesivas etapas y establecen los principales mecanismos de control a la corrupción: la época colonial, durante el proceso de Independencia, durante los primeros años del México independiente, con las Constituciones de 1824, 1857 y 1874 y, por último, la evolución desde 1917 hasta las reformas de 2015 en la materia. Con todo lo anterior, se ha de agradecer, reconocer el trabajo y dedicación volcada de todos y cada uno de los autores intervinientes en esta obra colectiva y -por supuesto- de su coordinador, Juan Federico Arriola. Para la Editorial Tirant lo Blanch ha sido un honor participar en este proyecto.
INTRODUCCIÓN GENERAL JUAN FEDERICO ARRIOLA Es un placer para mí, escribir la introducción general para el texto colectivo con motivo del bicentenario de la consumación de la Independencia de México (1821-2021) escrito por los siguientes coautores: Juan Federico Arriola, Santiago Caballeros, Arturo Cossío Zazueta, Fauzi Hamdan, Sergio Huacuja Betancourt, Germán Sergio Merino, Alberto Pérez Dayán y José Manuel Villalpando. Efectivamente, en septiembre de 2021 conmemoramos esta importante fiesta cívica. No se trata de endiosar o demonizar personajes y mucho menos inventar sucesos que al no haber existido jamás podrán ser considerados históricos. Estoy de acuerdo con el historiador francés Jean Meyer que conoce mejor a México que varias generaciones de gobernantes y legisladores fallidos, cuando afirma a propósito de los acontecimientos de 1821: “…los historiadores están implicados en las conmemoraciones, sea para retirarse bajo su tienda o para desgarrarse las vestiduras. Les queda también la posibilidad de hablar tranquilamente para exponer no la verdad que no se deja atrapar tan fácilmente, sino la necesidad de dialogar en vez de pelear conforme a un esquema de Blanco/ Negro.”1 Y luego el propio Meyer nos advierte el carácter de la Historia y cita a su connacional Paul Valéry: “La Historia es el producto más peligroso que la química del intelecto haya elaborado.”2 Dicho con otras palabras, la Historia puede ser un arma de dos filos: para imponer propaganda falaz desde el Estado autoritario o peor aún el totalitario o para conocer lo que ha sucedido para entender el presente: somos lo que hemos sido. Sin embargo, no es menos cierto como ha escrito Josefina Zoraida Vázquez sobre el tema que nos concierne directamente: “La Independencia es el acontecimiento histórico del pasado mexicano más profundamente reinterpretado.”3 La conmemoración vista desde el poder es un pretexto para avalar doctrinas presentes, también llamadas, ideologías. No es menos cierto como lo había sugerido el jurista, filósofo y gran historiador Edmundo O´Gorman, no regañemos a los muertos. Pero esto no significa que perdamos capacidad crítica frente
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Meyer, Jean. “1521 y 1821: ¿Hemiplejía histórica?, en Nexos, número 517, enero de 2021, México, pág. 44. Meyer, Jean. Opus cit., pág. 44. Vázquez, Josefina Zoraida, “De la crisis monárquica a la Independencia (1808-1821)” en Interpretaciones de la Independencia de México (Vázquez, Josefina Zoraida, coordinadora), Nueva Imagen, México, 1997, pág. 9.
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a los acontecimientos históricos y a los personajes. Sin duda, el historiador debe conocer las circunstancias, el filósofo debe proporcionar una luz entre archivos, biografías y otras fuentes historiográficas y el jurista no debe cometer juicios anacrónicos a partir de leyes actuales sin tomar en cuenta el aparato normativo jurídico y las costumbres de la época. Gracias a Tirant lo Blanch, por abrirnos las puertas una vez más a los autores y escritores, por difundir la cultura histórico-jurídica. ¡Qué mejor forma de celebrar este acontecimiento que cumplir con el Derecho, con la mira viva y atenta sobre el Estado y la sociedad y de velar desde cada campo de trabajo por los derechos humanos y la soberanía nacional que radica precisamente en el pueblo de México y no en quienes ejercen el poder político! Ciudad de México, a 6 de enero de 2021.