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CÓMO PRESENTAR UNA DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Condiciones de admisibilidad y modificaciones recientes del procedimiento 3ª Edición EDICIÓN CONMEMORATIVA DEL 70º ANIVERSARIO DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Carmen Morte Gómez

abogacía práctica abogacía práctica


CÓMO PRESENTAR UNA DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Condiciones de admisibilidad y modificaciones recientes del procedimiento 3ª Edición


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Javier de Lucas Martín

Ana Cañizares Laso

Víctor Moreno Catena

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Héctor Olasolo Alonso

Owen Fiss

Luciano Parejo Alfonso

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda) Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Ángel M. López y López

Tomás S. Vives Antón

Marta Lorente Sariñena

Ruth Zimmerling

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


CÓMO PRESENTAR UNA DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Condiciones de admisibilidad y modificaciones recientes del procedimiento 3ª Edición EDICIÓN CONMEMORATIVA DEL 70º ANIVERSARIO DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

Carmen Morte Gómez Asesora Legal principal, Gabinete del Secretario General de la Sección III del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

tirant lo blanch Valencia, 2020


Copyright ® 2020 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com. Los contenidos de esta obra son responsabilidad exclusiva de su autora y no representan en modo alguno la posición oficial del Tribunal Europeo de Derechos Humanos o de su Secretaría. La presente obra no exonera al lector de la necesaria consulta de la página web del Tribunal, pues el procedimiento y los textos aplicables están en constante proceso de cambio.

© Carmen Morte Gómez

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1355-410-5 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


TABLA DE MATERIAS PRÓLOGO A LA PRIMERA EDICIÓN .................................................................................. 13 NOTA DE LA AUTORA ............................................................................................................ 17

I. EL CONSEJO DE EUROPA Y EL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS 1. ORÍGENES DEL CONSEJO DE EUROPA.................................................................... 21 2. EL MECANISMO DE CONTROL FIJADO EN EL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Y LA PRIMERA GRAN REFORMA DEL MECANISMO DE CONTROL: EL PROTOCOLO Nº 11.............................................................. 25 3. NECESIDAD DE NUEVAS REFORMAS PARA HACER FRENTE A LA SOBRECARGA DEL TRIBUNAL: EL PROTOCOLO Nº 14.................................................... 28 4. LOS DERECHOS PROTEGIDOS POR EL CONVENIO Y SUS PROTOCOLOS. 32 4.1. Los derechos civiles y políticos.......................................................................... 34 4.2. Derechos absolutos, derechos a la tutela judicial efectiva, a la libertad y otras disposiciones de carácter general, y derechos sometidos a restricción.............................................................................................................. 35 4.3. Derechos de creación jurisprudencial: protección indirecta.................. 37 4.4. El Convenio no protege derechos ilusorios, sino reales........................... 39

II. EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS 1. COMPETENCIA................................................................................................................. 41 2. ORGANIZACIÓN.............................................................................................................. 43 2.1. Los jueces.................................................................................................................. 43 a) Número de jueces........................................................................................... 43 b) Elección de los jueces y condiciones de ejercicio de sus funciones........................................................................................................................ 43 c) Duración del mandato y revocación........................................................ 45 2.2. El Presidente del Tribunal y el Bureau............................................................. 46 2.3. Los Jueces ad hoc................................................................................................... 47 2.4. La Secretaría............................................................................................................. 49 a) Objetivos y funciones.................................................................................... 50 b) El Secretario, los Secretarios de Sección y los Secretarios adjuntos de Sección.................................................................................................. 52 c) Los Letrados de las Divisiones jurídicas.................................................. 53 d) Los Relatores..................................................................................................... 53


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Tabla de materias

e) Los Letrados de otras Divisiones............................................................... 54 3. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO........................................................................ 54 3.1. El Tribunal en pleno............................................................................................... 54 3.2. Las Secciones........................................................................................................... 55 3.3. Las formaciones jurisdiccionales...................................................................... 55 a) El Juez único..................................................................................................... 55 b) Los Comités de tres Jueces.......................................................................... 57 c) Las Salas de siete Jueces.............................................................................. 58 d) La Gran Sala de diecisiete Jueces.............................................................. 60 3.4. El Panel o Colegio de cinco Jueces................................................................... 62 3.5. El Juez ponente....................................................................................................... 63

III. INICIO DEL PROCEDIMIENTO 1. PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA........................................................................... 65 1.1. Quién puede dirigirse al TEDH........................................................................... 65 1.2. Cómo dirigirse al TEDH......................................................................................... 65 1.3. Efectos de la remisión del formulario de demanda al TEDH................... 66 1.4. Plazo a tener en cuenta para la introducción de la demanda................ 67 1.5. El formulario de demanda................................................................................... 69 1.6. La representación letrada no es obligatoria al inicio el procedimiento................................................................................................................................... 73 1.7. Solicitud de anonimato al inicio del procedimiento o confidencialidad de documentos.............................................................................................. 74 1.8. El orden de tratamiento de las demandas.................................................... 76 1.9. La página web del TEDH: http://www.echr.coe.int..................................... 77 2. PRIMER EXAMEN DE LA DEMANDA........................................................................ 78 2.1. Inadmisión de plano.............................................................................................. 78 a) Examen por la formación de Juez único................................................. 78 b) Examen por un Comité................................................................................. 81 c) Examen por una Sala de siete jueces....................................................... 81 2.2. Comunicación de la demanda........................................................................... 83 3. PROCEDIMIENTO POSTERIOR: EXAMEN DE ADMISIBILIDAD Y FONDO... 87 3.1. Procedimiento en dos fases................................................................................ 87 a) Fase no contenciosa....................................................................................... 87 b) Procedimiento contencioso........................................................................ 89 i. Representación procesal de los demandantes y asistencia jurídica gratuita........................................................................................ 90 ii. Idiomas del procedimiento................................................................. 92 iii. Observaciones de las partes................................................................ 95 iv. EComms y Estado del procedimiento.............................................. 98 v. Satisfacción equitativa.......................................................................... 98 vi. Intervención de terceros....................................................................... 102


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Tabla de materias

3.2. Procedimiento en una única fase..................................................................... 107 3.3. Examen de admisibilidad y fondo por los Comités de 3 Jueces............ 108 3.4. Examen de admisibilidad y fondo por las Salas.......................................... 109 a) Acuerdo amistoso entre las partes y declaración unilateral............ 109 b) Otros casos de archivo.................................................................................. 119 c) Celebración de vista....................................................................................... 120 d) Inhibición de la Sala (artículo 30 del Convenio).................................. 123 e) Reenvío o remisión ante la Gran Sala (artículo 43 del Convenio).. 124

IV. LA SENTENCIA 1. ALGUNAS PECULIARIDADES DEL EXAMEN POR PARTE DE LA GRAN SALA..................................................................................................................................... 129 2. SENTENCIAS PILOTO...................................................................................................... 130 3. SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE UNA SENTENCIA........................................... 134 4. SOLICITUD DE REVISIÓN DE UNA SENTENCIA.................................................... 134 5. RECTIFICACIÓN DE ERRORES EN LAS DECISIONES Y SENTENCIAS............ 135

V. ALGUNAS NOTAS SOBRE LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS 1. OBLIGACIÓN DE RESULTADO CON LIBRE ELECCIÓN DE LOS MEDIOS PARA ALCANZARLO....................................................................................................... 139 2. LAS INDICACIONES DEL TRIBUNAL PARA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIAS.............................................................................................................................. 141 3. EL CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS POR EL COMITÉ DE MINISTROS.................................................................................................................. 147 4. RECURSOS CREADOS POR EL PROTOCOLO Nº 14 PARA FAVORECER LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS............................................................................. 149 3.1. Supervisión de la ejecución de los Acuerdos Amistosos......................... 151 5. EL PROCEDIMIENTO DE REAPERTURA DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES EN LOS ESTADOS.................................................................................................... 151

VI. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA: ARTÍCULOS 34 Y 35 DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS 1. INTRODUCCIÓN............................................................................................................... 155 2. AGOTAMIENTO DE LA VÍA JUDICIAL PREVIA A LA INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA ANTE EL TEDH........................................................................................... 156 2.1. Justificación del requisito.................................................................................... 156 2.2. Momento de la justificación............................................................................... 158


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Tabla de materias

2.3. Forma de la justificación...................................................................................... 159 2.4. Casos particulares.................................................................................................. 172 a) Duración excesiva........................................................................................... 172 b) Defectos de forma.......................................................................................... 178 3. PLAZO DE INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA: LA REGLA DE LOS SEIS MESES.................................................................................................................................. 181 3.1. Ideas previas............................................................................................................. 181 3.2. Cómputo del plazo de interposición............................................................... 182 3.3. Inicio del plazo......................................................................................................... 182 3.4. Fin del plazo............................................................................................................. 186 3.5. Situaciones continuadas...................................................................................... 190 3.6. Modificación que aportará la entrada en vigor del Protocolo nº 15.... 190 4. FALTA MANIFIESTA DE FUNDAMENTO DE LA DEMANDA.............................. 191 4.1. Introducción............................................................................................................. 191 4.2. Ejemplos.................................................................................................................... 192 a) Intento de convertir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una jurisdicción de reexamen de hechos y prueba s256........... 192 b) Intento de convertir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una jurisdicción de reinterpretación de la legalidad interna.... 195 c) Otros casos de demandas manifiestamente mal fundadas............ 198 5. COMPETENCIA RATIONE MATERIAE: ¿DE QUÉ PUEDO QUEJARME?........... 199 5.1. Esfera penal del artículo 6 § 1............................................................................ 202 5.2. Esfera civil del artículo 6 § 1................................................................................ 211 5.3. Aplicabilidad del artículo 8 del Convenio...................................................... 217 a) La “vida privada”.............................................................................................. 218 b) La “vida familiar”.............................................................................................. 219 c) El “domicilio” y “la correspondencia”......................................................... 220 5.4. Campo de aplicación del artículo 1 del Protocolo nº 1............................. 221 5.5. Campo de aplicación del artículo 3 del Protocolo nº 1............................. 222 6. LEGITIMACIÓN PARA RECURRIR Y TITULARIDAD: NOCIÓN DE VÍCTIMA Y DERECHO DE RECURSO INDIVIDUAL...................................................................... 222 7. COMPETENCIA TERRITORIAL, RATIONE PERSONAE Y RATIONE TEMPORIS DEL TEDH........................................................................................................................... 238 Competencia territorial /noción territorial de jurisdicción.............. 238 7.1. Competencia ratione personae......................................................................... 241 7.2. Competencia ratione temporis......................................................................... 243 8. DEMANDAS ANÓNIMAS, ABUSIVAS O ESENCIALMENTE IGUALES............ 247 8.1. Demandas anónimas............................................................................................ 247 8.2. Demandas abusivas............................................................................................... 248 8.3. Demandas esencialmente iguales................................................................... 250 a) Demanda examinada anteriormente por el Tribunal........................ 250 b) Demanda presentada ante una instancia internacional de investigación o arreglo............................................................................................ 251 i. Demanda esencialmente la misma................................................... 251


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Tabla de materias

ii. Otra instancia internacional de investigación o de arreglo..... 252 iii. Hechos nuevos......................................................................................... 253 iv. No constituyen hechos nuevos.......................................................... 254 v. Litispendencia.......................................................................................... 255 vi. Ne bis in idem............................................................................................. 255 9. AUSENCIA DE PERJUICIO IMPORTANTE................................................................ 255

VII. LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES: ART. 39 DEL REGLAMENTO 1. FUNCIONAMIENTO PRÁCTICO.................................................................................. 262 2. ¿CARÁCTER JURÍDICAMENTE VINCULANTE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES?................................................................................................................................. 265 3. CARGA DE LA PRUEBA Y GARANTÍAS DIPLOMÁTICAS.................................... 269 4. CAMPO DE APLICACIÓN Y EJEMPLOS.................................................................... 270 4.1. Casos de conversos a otra religión................................................................... 270 4.2. Demandantes acusadas de adulterio.............................................................. 271 4.3. Casos de alegación de riesgo de mutilación genital, de tráfico de personas y explotación sexual o de riesgo de exclusión social............. 271 4.4. Casos de refugiados o de personas susceptibles de protección internacional...................................................................................................................... 272 4.5. Riesgo, en caso de expulsión o de privación de libertad, relacionado con la salud............................................................................................................... 274 4.6. Riesgo, en caso de expulsión, de condena a pena de muerte o a cadena perpetua......................................................................................................... 275 4.7. Aplicación del artículo 39 del Reglamento en casos en que se invocan los artículos 5 y 6 del Convenio................................................................. 275 4.8. Otros casos................................................................................................................ 276

VIII. EL PROTOCOLO Nº 16 ......................................................................................... 281

ANEXOS Anexo I. CONVENIO, PROTOCOLOS ............................................................................ 287 Anexo II. FORMULARIO DE DEMANDA ...................................................................... 351 Anexo III. NOTAS SOBRE CÓMO CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO DE DEMANDA Y CÓMO EVITAR ERRORES FRECUENTES ............................... 365 Anexo IV. REGLAMENTO DEL TEDH EN ESPAÑOL ................................................... 377 Anexo V. INSTRUCCIONES PRÁCTICAS ....................................................................... 431


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Tabla de materias

Anexo VI. TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS BUSCAR Y COMPRENDER LA JURISPRUDENCIA................................................................... 451


PRÓLOGO A LA PRIMERA EDICIÓN El libro que ahora presenta Carmen Morte Gómez, y que viene a añadirse a su anterior obra del año 2004, El procedimiento ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se integra en una nueva categoría académica que podría denominarse “Derecho procesal convencional” y que se enfrenta con las cuestiones derivadas de la creciente relevancia de la jurisdicción internacional de los derechos humanos que representa el Tribunal de Estrasburgo. Como hace notar la autora, la reforma del Convenio Europeo de Derechos Humanos que supuso el Protocolo número 11, en vigor desde 1998, h dado lugar a una notable expansión que se ha traducido tanto en términos cuantitativos (con un número creciente de demandas) como en términos cualitativos (por cuanto el Tribunal actuando en sede permanente, ha tenido amplia oportunidad de ampliar y precisar la interpretación de los derechos reconocidos en el Convenio). En forma posiblemente no prevista por sus autores, la invocación ante el Tribunal de los derechos en el Convenio reconocidos se ha convertido en práctica ampliamente extendida en el mundo jurídico europeo (no tanto, por razones que sería interesante explorar, en el español). Ello se ha hecho sentir en una necesidad de conocer las peculiaridades del procedimiento ante el Tribunal: necesidad por otra parte tanto más acuciante cuanto que, si bien el Tribunal ha huido conscientemente de plantear su actuación dentro del marco de “formalismos enervantes” (para emplear la expresión un tanto galicista utilizada por el Tribunal Constitucional español) las peculiaridades de la jurisdicción europea de los derechos humanos, en cuanto jurisdicción internacional, plantean no pocos condicionamientos y complejidades en su acceso. El Tribunal no exige, para la formulación de una demanda, que el recurrente cuente con asistencia letrada; cualquier persona, dentro del ámbito del Convenio, puede dirigirse al Tribunal, por sí misma o mediante representante. Pero no cabe dejarse engañar; ello no excluye que, por su misma naturaleza, el procedimiento ante el Tribunal presente una serie de notas que le diferencian de los procedimientos usuales ante los Tribunales “internos” y que requieren una información adecuada al respecto. Información por otra parte, que no se encuentra sólo en los textos normativos (como el Convenio


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o el Reglamento del Tribunal) sino en gran parte en la jurisprudencia del Tribunal, cuyo conocimiento se hace imprescindible aún en mayor medida de lo que es usual en los ordenamientos estatales. Ello resulta, por una parte, de que, como es bien sabido, el sistema del Convenio para la protección de los derechos en él reconocidos parte del principio de subsidiariedad; son las autoridades nacionales quienes cargan esencialmente con la responsabilidad directa de proteger y preservar los derechos humanos reconocidos en el Convenio, y el papel del Tribunal se centra en intervenir sólo cuando se ha mostrado que esas autoridades no han cumplido con esa responsabilidad. No le corresponde al Tribunal desplazar en esa tarea a las instancias estatales, y éstas, a su vez, no pueden eximirse del cumplimiento de sus tareas garantistas. Por ello, y para que ese cumplimiento se haga efectivo, el Convenio exige que las demandas que se planteen ante el Tribunal hayan agotado los recursos internos, de modo que sean las instancias nacionales las que hayan tenido la posibilidad (y la responsabilidad) de remediar la alegada vulneración de derechos humanos. De ello se deriva la presencia de una fase de admisión de recursos que reviste una considerable importancia, por cuanto que en ella ha de dilucidarse si la demanda presentada ha cumplido con los requisitos derivados del principio de subsidiariedad, y si ofrece los indicios suficientes para que el Tribunal conozca sobre el fondo de la cuestión planteada, procediendo a efectuar la oportuna comunicación al Gobierno competente. La importancia de esta fase de admisión (auténtico filtro para separar aquellos casos que exigen una intervención del Tribunal de aquellos que no cumplen las necesarias condiciones de forma y fondo) exige del recurrente y su representación una especial atención al cumplimiento de los requisitos de presentación de la demanda, para no perjudicar la garantía de los derechos reconocidos en el Convenio. El libro de Carmen Morte representa una muy valiosa ayuda en esta tarea; no sólo en cuanto explica y expone las características que la demanda debe reunir para que pueda verificarse que cumple con los requisitos del Convenio desde una perspectiva estrictamente formal, sino también en cuanto que se refiere a aspectos relativos al mismo contenido de la demanda que se efectúe, así como a otros aspectos, quizás auxiliares, pero que pueden resultar de considerable importancia; tanto los supuestos de solicitud de medidas provisionales, cuando sean necesarias para salvaguardar la misma natura-


Prólogo a la Primera edición

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leza del derecho de que se trate, como en cuanto a la eventual satisfacción de costes del proceso y, en su caso, respecto de la concesión de asistencia jurídica gratuita. Por lo que atañe al contenido de la demanda, subraya la autora un dato que merece ser tenido en consideración, especialmente en nuestro país; el Tribunal de Estrasburgo, en cuanto jurisdicción internacional, se pronuncia sobre actuaciones de los Estados, en cuanto a su conformidad o no con los derechos reconocidos en el Convenio y sus protocolos; por ello sus sentencias son de carácter declarativo, y corresponde al ordenamiento interno de cada Estado establecer cómo cumplir con su compromiso de “acatar las sentencias definitivas del Tribunal en los litigios en que sean partes” (art. 46.1 del Convenio). Y cabe señalar al respecto que en el caso de España, no se ha previsto, a diferencia ya de la mayoría de los países signatarios del Convenio, un procedimiento específico de traslación al orden interno de las sentencias del Tribunal. No permite este carácter declarativo de las Sentencias del Tribunal, como regla general, que éste se pronuncie sobre las medidas concretas que el Estado deba adoptar para remediar la vulneración de los derechos del Convenio; no puede atender pues el Tribunal a demandas relativas a la anulación de sentencias, o a la retroacción de actuaciones de los Tribunales internos. Sí puede el Tribunal sin embargo pronunciarse sobre la concesión de una compensación equitativa, tanto por daños morales como por daños materiales; y a este respecto resulta particularmente útil el tratamiento de esta cuestión en el libro de Carmen Morte, como lo es la exposición que lleva a cabo sobre las condiciones para que el Tribunal conceda una compensación por los costes del proceso. Se trata de temas sobre los que ya se ha pronunciado ampliamente la jurisprudencia del Tribunal, estableciendo requisitos y condicionamientos de los que es muy conveniente esté informado el recurrente. Valga también señalar otro aspecto al que ya se ha hecho referencia, y sobre el que también versa el presente libro: la posibilidad de solicitar al Tribunal la adopción de medidas cautelares (y aún cautelarísimas) en supuestos que esté en peligro la misma pervivencia del derecho cuya protección se reclama. Esta posibilidad no aparece recogida expresamente en el texto del Convenio, sino que deriva del Reglamento del Tribunal, y cuyo alcance ha sido precisado por la jurisprudencia de éste. También en este aspecto resulta extremadamente ilustrativo el trabajo de Carmen Morte, al informar al inte-


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resado sobre una materia cuyas peculiaridades derivan de una pluralidad de decisiones del Tribunal que requieren una comprensión en forma conjunta. Recuperando mucho tiempo perdido, nuestro país, en la actual etapa constitucional, se ha unido a la tarea compartida europea de creación y consolidación de un ámbito de libertad y de respeto de los derechos de la persona. El establecimiento de un sistema paneuropeo de garantía de esos derechos representa sin duda un elemento fundamental en esa tarea. Por ello, no cabe sino felicitarse por la aparición de obras de este tipo, auténticas herramientas de trabajo para el jurista, práctico o académico, que se inserta, come parte integrante, en este proyecto común.

Luis López Guerra Estrasburgo, 12 de enero de 2011.


NOTA DE LA AUTORA El presente trabajo constituye una guía práctica sobre cómo presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH o “el Tribunal”). Incorpora las modificaciones introducidas en el sistema de control del Convenio Europeo de Derechos Humanos (“el Convenio” o “CEDH”) por el Protocolo nº 11 al Convenio, que entró en vigor el 1 de noviembre de 1998, pero también los cambios producidos en dicho sistema por el Protocolo nº 14, cuya entrada en vigor tuvo lugar el 1 de junio de 2010. Si el primero supuso una modificación sustancial en el procedimiento y en la organización de los entonces plurales órganos de control del Convenio, el segundo pretende asegurar la pervivencia y mejorar la eficacia de dicho sistema. Esta tercera edición tiene en cuenta, además, los cambios en el Reglamento del Tribunal introducidos desde 2014 entre los que se subraya, como ya se indicaba en la edición anterior, por su particular relevancia para el objeto de esta obra, la nueva redacción del artículo 47 del Reglamento, en vigor desde el 1 de enero de 2014, que establece como fecha de introducción de la demanda la del envío al Tribunal del formulario de demanda debidamente cumplimentado y no la del escrito de anuncio de dicha demanda, como venía entendiéndose hasta entonces. Por otra parte, tal modificación en el Reglamento determina qué debe entenderse por demanda y cuál debe ser su contenido. Sin la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 47 del Reglamento, la demanda no se considerará presentada. Se exponen asimismo las modificaciones en el tratamiento de las demandas tendentes a la búsqueda de una mayor eficacia en el funcionamiento del sistema, consistentes en derivar a los Comités de tres Jueces el examen de demandas que antes eran examinadas por las Salas de siete Jueces, siempre y cuando exista una jurisprudencia consolidada, en sentido amplio, sobre las cuestiones planteadas en las mismas, centrando el trabajo de las Salas en el examen de casos novedosos o especialmente complejos. Se tienen en cuenta igualmente en esta tercera edición, los dos nuevos Protocolos nos 15 y 16 al Convenio. El primero de ellos, cuya entrada en vigor se prevé en 2021, incluye algunas modificaciones en el Convenio entre las que se destaca especialmente la del plazo de interposición de las demandas,


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que se reducirá de 6 a 4 meses a contar desde la notificación de la decisión interna definitiva. El Protocolo n° 16, conocido también como “Protocolo del diálogo”, en vigor desde el 1 de Agosto de 2018 para los Estados que lo han ratificado, introduce un nuevo procedimiento de opinión “prejudicial” consultiva a la que se hará referencia, por su interés y novedad, a pesar de centrarse esta obra principalmente en las demandas individuales ante el TEDH. La primera opinión consultiva, relativa a la gestación subrogada, ha sido dictada por la Gran Sala del Tribunal el 10 de Abril de 2019. Se han producido, además, desde la publicación de la 2ª edición de esta obra, algunas modificaciones procesales dignas de mención, como la inclusión en el procedimiento de una fase no contenciosa de resolución de las demandas, las comunicaciones simplificadas o la comunicación electrónica “eComms” con los representantes de los demandantes, entre otros. Como puede observarse de lo ya expuesto, la tercera edición de “Cómo presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos” constituye una revisión y puesta al día de las dos anteriores, que han sido corregidas y ampliamente actualizadas, al hilo de lo que ya supuso el trabajo de esta autora, publicado en 2004 “El procedimiento ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los requisitos de admisibilidad de la demanda”, redactado tras la entrada en vigor del Protocolo nº 11. El abogado que desee interponer una demanda ante el Tribunal de Estrasburgo cuenta con obras de gran calidad, en español, que exponen y analizan el contenido de las Sentencias y Decisiones del Tribunal y el contenido de los derechos fundamentales garantizados por el Convenio a la luz de estas últimas1. Faltaba, sin embargo, a juicio de la autora, una obra en español en la que se expusiera, desde un punto de vista práctico, “desde dentro”, el proce-

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Entre otras, GARCÍA ROCA, J. y SANTOLAYA, P. (coords.), La Europa de los derechos: el Convenio Europeo de Derechos Humanos, Madrid, CEPC, 2009, LASAGABASTER HERRARTE, I. (Dir.) Convenio Europeo de Derechos Humanos: comentario sistemático, 2ª ed. S.L., Civitas Ediciones, 2009, CASADEVALL MEDRANO, J., El Convenio Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal de Estrasburgo y su jurisprudencia, Tirant lo Blanch, 2012, ALCACER GUIRAO, R., BELADIEZ ROJO, M., SÁNCHEZ TOMAS, J.M. (coord.), Conflicto y diálogo con Europa: las condenas a España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Civitas-Thomson Reuters, 2013 y RAIMONDI, G., MORTE GÓMEZ, C. [et al.] (Eds.), Human Rights in a Global Word, essays in honour of judge Luis López Guerra, Wolf Legal Publishers, 2018.


Cómo presentar una demanda ante el TEDH

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dimiento ante el TEDH2, con el objetivo de que el lector “pierda el miedo” a la jurisdicción de Estrasburgo. Este libro es, pues, el instrumento para solventar las dudas procesales a las que se enfrenta el abogado —o el demandante individual— que acude por primera vez al TEDH. Se han indicado, por ellos, ejemplos de casos presentados contra España y se ha adapatado en lo posible la presentación de los requisitos de admisibilidad de las demandas al sistema procesal español. Exceptuando el examen introductorio de carácter general de los Protocolos nos 11 y 14 al Convenio, se ha optado por exponer la estructura, composición, organización, etc., del Tribunal, así como el procedimiento ante el mismo, en el momento actual, sin analizar la evolución histórica y sin efectuar comparaciones con el sistema anterior —salvo cuando ello se considere indispensable—, para facilitar, en definitiva, al abogado o al demandante individual la tarea de buscar respuesta rápidamente a sus dudas a la hora de presentar su demanda ante el Tribunal, incorporando las modificaciones reglamentarias más recientes, y apuntando las modificaciones convencionales en vigor desde Agosto de 2018 (para los Estados que hayan ratificado el Protocolo n° 16, como se indicó) y las que previsiblemente entrarán en 2021, como ya se ha apuntado (Protocolo N° 15). Se incluyen, en anexo, además de la traducción al español de los textos del Convenio y sus Protocolos efectuada por la Secretaría del Tribunal (anexo I), el formulario de demanda (anexo II)3 y los principales documentos de información —en español— necesarios para cumplimentar el formulario de demanda (anexo III). Se ha seguido optando en la presente edición por adjuntar en anexo la traducción no oficial del Reglamento actualmente en vigor, realizada por la autora de esta obra y que ya se incluía en ediciones anteriores (versión en vigor al cierre de esta edición, de 1 de enero de 2020)4.

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El procedimiento ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los requisitos de admisibilidad de la demanda, Valencia, Tirant lo Blanch, 2004, de esta autora, pretendía cumplir este objetivo respecto del procedimiento ante el TEDH a la luz del Protocolo nº 11 al Convenio. Puede descargarse en la página web del Tribunal http://www.echr.coe.int Se recuerda, no obstante, que solo se consideran auténticas las versiones en inglés y francés del Reglamento. Existe también una traducción, realizada por los Servicios del Departamento de Constitucional y Derechos Humanos de la Abogacía del Estado, que


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Carmen Morte Gómez

Las traducciones al español de los extractos de Sentencias y Decisiones del Tribunal previas a 2010 que ocasionalmente se reproducen en este trabajo han sido realizadas por su autora. Las traducciones de las posteriores a dicha fecha se han tomado, en algunos casos con ligeras adaptaciones, de la página web del Tribunal en la que se incluyen, entre otras, las traducciones realizadas por el equipo de traducción de la Subdirección general/los Servicios del Departamento de Constitucional y Derechos humanos de la Abogacía del Estado de España, o en virtud del Convenio firmado entre la UNED, el Ministerio de Justicia y el TEDH. En ningún caso tales traducciones constituyen versiones auténticas de la jurisprudencia del Tribunal.

Carmen Morte

se encuentra disponible en https://www.echr.coe.int/Documents/Rules_Court_SPA.pdf en su versión en vigor a 1 de agosto de 2018 (al cierre de esta edición a 31 de agosto de 2020).


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