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RETOS PARA LA SEGURIDAD

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH

María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.

Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)

Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y

Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional

Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones

Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comité:

Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón

Procedimiento de selección de originales, ver página web:

www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales

RETOS PARA LA SEGURIDAD

Mª JOSEFA RIDAURA MARTÍNEZ

(Directora)

tirant lo blanch

Valencia, 2023

Copyright ® 2023

Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor.

En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

Este Libro es el resultado final del Proyecto de Investigación Seguridad Pública, Seguridad Privada y Derechos Fundamentales, RTI2018-098405-B-100, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades / AEI.

© TIRANT LO BLANCH

EDITA: TIRANT LO BLANCH

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TELFS.: 96/361 00 48 - 50

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Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicasde-empresa nuestro procedimiento de quejas.

Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf

II.

I.

CAPITULO III.

Y

Algunas cuestiones de ciberseguridad en el conflicto híbrido ucraniano: Hacktivismo y contramedidas colectivas en el ciberespacio

Índice Presentación .................................................................................................. 9 Mª Josefa Ridaura Martínez CAPÍTULO
RIESGOS GLOBALES Los bulos (fake news) en los discursos de partidos populistas y extremistas. un riesgo para la debida conformación de la opinión pública 17 Rosario Serra Cristóbal Congruencia ideológica entre votantes y líderes en los partidos populistas en europa . 59 Carlos García-Rivero Las ‘listas negras’ en la política exterior y de seguridad (PESC) de la Unión Europea .. 81 Clara Portela CAPITULO
POLÍTICAS
SEGURIDAD TERRITORIALES Seguridad y fronteras versus garantías de los migrantes en el espacio schengen y su concreción en nuestras fronteras..................................................................... 115 Nicolás Pérez Sola Seguridad pública y seguridad privada en el nuevo constitucionalismo latinoamericano 149 Roberto Viciano Pastor
SEGURIDAD
REDES
169 Germán M. Teruel Lozano
DE
La lucha europea contra la difusión de mensajes terroristas en internet: Libertad de expresión y reglamento ue 2021/789, de 29 de abril
.................................................... 201 Chiara Vitucci La
de
223 Arianna Vedaschi
lucha contra la difusión de contenidos terroristas online: Entre el poder público y la acción
los privados ...............................................................................
8 Índice
SEGURIDAD
PRIVACIDAD El gran hermano ante Estrasburgo 247 Miguel Revenga El uso de cámaras de reconocimiento facial por empresas privadas de seguridad 267 M.ª Josefa Ridaura Martínez Vigilancia activa. Trazabilidad y control del uso policial de información personal. 315 Ricard Martínez Martínez Seguridad de infraestructuras críticas y garantía de los derechos fundamentales afectados 361 Ana Aba Catoira
CAPITULO IV.
Y

Presentación

La búsqueda de la seguridad ha sido una constante histórica; de hecho, se ha venido explicando la creación del Estado como garantía de seguridad (Hobbes). La seguridad sigue siendo hoy, y seguirá siendo, un valor esencial en nuestra sociedad. Los posibles daños a la misma, además de generan temor y preocupación en la ciudadanía, son susceptibles de desestabilizar el normal funcionamiento de las instituciones y el ejercicio de los derechos fundamentales, lo que justifica la acción de los poderes públicos para ofrecer garantías securitarias. Sobre todo, porque, desde los inicios del Estado como organización política, se ha venido subrayando la estrecha relación entre seguridad y libertad: desde la clara afirmación de Locke que mantenía que ambas “deben ir de la mano”, pasando por Humboldt, para quien “sin seguridad no hay libertad”, por poner algunos ejemplos.

La demanda de seguridad es persistente, lo que ha ido cambiando han sido los riesgos y las amenazas que pueden menoscabarla, así como los medios y los métodos para asegurarla. En efecto, las sociedades actuales se enfrentan a riesgos y amenazas para la seguridad de distinto orden: a los clásicos se unen otros nuevos, y, además, en constante evolución, como consecuencia del fenómeno de la globalización y del imparable desarrollo tecnológico. Riesgos que en unos casos suponen un daño directo para la convivencia pacífica y que en otros lo hacen de modo soterrado, debiendo medirse tanto por los impactos materiales que generan, como por su influencia negativa en el comportamiento del ciudadano, en la medida en que repercutan sobre importantes derechos fundamentales. Hay también riesgos de impacto inmediato, y otros cuyo impacto es diferido pero cierto, lo que dificulta su protección pues, como afirma Beck, “nadie puede saber acerca de los riesgos mientras saber signifique haber experimentado conscientemente”. Y, sobre todo, muchos de estos superan una estricta dimensión interna para adquirir un alcance transversal, transnacional e interconectado. Consecuentemente, la globalización del peligro exige la articulación de una metodología de elaboración de respuestas también globalizadas (R. Serra).

Hoy los retos para la seguridad se han ensanchado y pueden llegar a ser mucho más complejos. Algunos como el terrorismo global o la radicalización ideológica constituyen auténticos desafíos para el Estado democrático.

Otros derivan de los avances de las tecnologías, pues la transformación digital que cuenta con innumerables ventajas ha empujado a juristas, legisladores y tribunales a enfrentarse al reto de preservar nuestros derechos ante su imparable avance. Ciertamente, desde la década de los años ochenta del pasado siglo la aceleración de la tecnología ha impactado sobre importantes derechos, revolucionando, por ejemplo, las posibilidades de la hipervigilancia definiendo un escenario de vigilancia líquida, en palabras de Bauman, con herramientas muy diversas: la internet de los objetos, la irrupción de inteligencia artificial, con las nuevas técnicas de tratamiento de información biométrica, ADN, reconocimiento facial, huellas dactilares ; la geolocalización que ubica permanente a cualquier persona en cualquier espacio, entre otros ejemplos. Transformación que, además, influye profundamente en el desempeño ordinario de la labor policial, ya que ha modulado y transformado las tareas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en todas sus dimensiones desde muy distintas perspectivas.

Hay otros retos que inciden sobre la seguridad y que derivan de las políticas de inmigración, en la medida en que en ocasiones se ve al migrante como una amenaza para la seguridad, condicionado las políticas migratorias e, incluso, conectándolas con la legislación antiterrorista (Vedaschi). Y la Estrategia de Seguridad Nacional (2021) alineada con los objetivos de las organizaciones a las que España pertenece, especialmente las Naciones Unidas, la Unión Europea y la OTAN incluye un amplio mapa de riesgos: las campañas de desinformación; los que derivan de la intersección entre la tecnología y la economía; el terrorismo, que siempre persiste y que incluye el peligro, que resaltaba De Vergottini, de que los Estados y sus ciudadanos nos acostumbremos a su permanencia y acabe en la cotidianeidad; la radicalización violenta; las epidemias y las pandemias; las emergencias y las catástrofes; así como, la potencial pérdida de control sobre la capacidad de decisión estratégica a raíz de inversiones por actores, estatales o no estatales, con intereses ajenos a la Seguridad Nacional; el espionaje, el ciber espionaje, la vulnerabilidad del ciberespacio (ciberataques, cibercrimen, etc); las amenazas que afectan al espacio marítimo (tráficos ilícitos, piratería, robos en el mar), al igual que la proliferación del uso ilícito de vehículos aéreos no tripulados; la inestabilidad financiera internacional; el fraude, la evasión y la planificación fiscal; la corrupción; el blanqueo de capitales y el uso indebido de los fondos procedentes de subvenciones y contratos públicos; el crimen organizado y la delincuencia grave; la vulnerabilidad energética, la proliferación de armas de destrucción masiva; el cambio climático y la degradación del medio natural. En fin, viejos y nuevos riesgos que implican nuevos retos para preservar la se-

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guridad y que demandan respuestas que encajen en el marco de un Estado democrático de Derecho.

Respuestas que cada vez, en mayor medida, reclaman (a) la actuación coordinada de actores, tanto públicos como privados. En efecto, habida cuenta de que muchas infraestructuras, suministros y servicios críticos están más desarrollados en el sector privado, se ha ido produciendo un constante acrecentamiento de las relaciones de colaboración entre los agentes públicos y privados en materia de seguridad. En España, en concreto, se ha ido extendiendo la contratación de empresas privadas para la prestación de servicios que antes eran competencia exclusivamente por el Estado. Y (b) dicha exigencia de colaboración alcanza a todos los actores encargados de garantizar la seguridad, tanto a nivel nacional, internacional, como supranacional. Así puede apreciarse, por ejemplo, en la Estrategia de la Unión Europea para una Unión de la Seguridad (2020-2025) que articula los instrumentos y las medidas que han de desarrollarse para garantizar la seguridad en un entorno físico y digital.

Los retos para la seguridad demandan respuestas, ya que de no adoptarse se puede llegar a resquebrajar el orden de valores democráticos. Ciertamente, la intensificación de los riesgos acrecienta la demanda de respuesta de los Estados para hacer frente a los mismos y preservar la seguridad, no cabe duda. Pero, la salvaguarda de la seguridad frente a ciertas amenazas, al mismo tiempo, limita derechos, así como la libertad de los ciudadanos de una manera generalizada, por lo que la cuestión principal está en determinar qué respuestas se pueden adoptar en el marco un Estado de Derecho, precisamente porque estas son las que distinguen a un Estado de Derecho de otro que no lo es. Lo expresan F. Flores y González Cussac cuando se plantean si “¿estamos dispuestos hasta dónde y por qué a sufrir una reducción importante de nuestros derechos para enfrentar los riesgos y amenazas que se han hecho presentes entre nosotros en los últimos años?”

En consecuencia, la premisa metodológica de la que se parte en esta obra es la necesidad de abordar los retos de la seguridad y sus respuestas desde los valores y principios que presiden el Derecho Constitucional; presentando un enfoque metodológico óptimo en orden al análisis de los problemas jurídicos que suscita la seguridad a la luz de los derechos fundamentales y las libertades públicas.

Este libro es el resultado del Seminario final del Proyecto de Investigación “Seguridad pública, seguridad privada y derechos fundamentales”, concedido y financiado por financiado por el Ministerio de Ciencia, Innovación

11 Presentación

y Universidades “Seguridad pública, seguridad privada y derechos fundamentales” (Ref. RTI2018-098405-B-100).

Con un enfoque multidisciplinar, esta obra recorre algunos de los retos en materia de seguridad, agrupándolos entorno a diversos ejes: el primer capítulo está centrado en Los riesgos globales y contine los trabajos de Rosario Serra quien analiza los bulos (fakes news) en los discursos de partidos populistas y extremistas, considerado como un riesgo para la debida conformación de la opinión pública. Desde el enfoque de la Ciencia Política, Carlos García Rivero aborda el estudio de los derechos humanos y congruencia política entre parlamentarios de la extrema derecha en Europa y sus votantes. Y Clara Portela Sais se centra en el estudio de las listas negras, la seguridad y la legalidad: una visión desde la UE.

En el segundo Capítulo, bajo la rúbrica Políticas de Seguridad Territoriales, Nicolás Pérez Sola afronta la política de seguridad y el espacio Schengen, planteándose si es posible hablar del fin de una política de extranjería, inmigración y asilo común. Y Roberto Viciano Pastor centra su estudio en la regulación constitucional de la seguridad en el marco territorial del nuevo constitucionalismo latinoamericano.

Un tercer capítulo sobre Seguridad y Redes contiene las aportaciones de Germán Teruel Lozano acerca de la Desinformación en redes sociales como peligro para la seguridad en Europa: el caso de la guerra en Ucrania. Así como el de Chiara Vitucci quien, desde el Derecho Internacional, analiza cuestiones de ciberseguridad en el conflicto híbrido ucraniano: hacktivismo y contramedidas colectivas en el ciberespacio. Además, del trabajo Arianna Vedaschi, que plantea la lucha contra la difusión de contenidos terroristas online: entre poder público y acción de los privados.

El cuarto capítulo y último capítulo Seguridad y Privacidad contiene los trabajos de Miguel Revenga Sánchez quien, bajo el título El Gran Hermano de Estraburgo, aborda la responsabilidad de Estados y de los gigantes tecnológicos para evitar que sus actuaciones sobrepasen ciertos límites que puedan vulnerar los derechos fundamentales. Mª Josefa Ridaura Martínez estudia el uso de cámaras de reconocimiento facial por empresas privadas de seguridad. Ricard Martínez Martínez analiza las Garantías en el tratamiento de datos personales por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. Y, finalmente, Ana María Aba Catoira afronta la seguridad en el marco de las infraestructuras críticas.

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El eje vertebrador de todas estas contribuciones se centra en abordar los retos para seguridad y encuadrar sus respuestas en el marco de un Estado de democrático Derecho, conscientes de que éste sólo puede ser fuerte en la medida en que se armonicen con equilibrio la libertad, la seguridad y hoy también la privacidad. No conviene olvidar que la ausencia de dicho equilibrio puede hacer que los pilares esenciales de las democracias puedan resquebrajarse. Y esto constituye, en sí mismo, un riesgo.

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Presentación
Mª JOSEFA RIDAURA MARTÍNEZ Valencia, noviembre de 2022.

CAPÍTULO I. RIESGOS GLOBALES

ROSARIO SERRA CRISTÓBAL

Catedrática de Derecho Constitucional Universidad de Valencia

Sumario:

1. La mentira, un riesgo para la conformación de una opinión pública libre e informada

2. La desinformación como instrumento de acción política

3. El discurso de partidos populistas y extremistas

3.1. Populismos y partidos extremistas. Una breve precisión conceptual

3.2. El populismo y el recurso a los mensajes que buscan influir en las emociones

3.3. La potencialidad de las redes sociales para la difusión de los mensajes de partidos populistas y partidos extremistas

4. El uso de los bulos en los discursos de partidos populistas y partidos extremistas

4.1. El recurso a la desinformación

4.2. Las mentiras contra las élites

4.3. El intento de deslegitimar gobiernos e instituciones a través de las mentiras

4.4. Las fake news en la antesala de procesos electorales

4.5. El mensaje populista o extremista que generan rechazo hacia determinados colectivos recurriendo a la mentira

5. La pretensión de ejercer la libertad de expresión y la libertad de información de manera ilegítima en la arena política

1 Este trabajo se inserta en el marco del Proyecto de Investigación Seguridad Pública, Seguridad Privada y Derechos Fundamentales, RTI2018-098405-B-100, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Los bulos (fake news) en los discursos de partidos populistas y extremistas. Un riesgo para la debida conformación de la opinión pública1

El privilegio humano de mentir no está exento de límites

1. LA MENTIRA, UN RIESGO PARA LA CONFORMACIÓN DE UNA OPINIÓN PÚBLICA LIBRE E INFORMADA

La existencia de partidos políticos, movimientos o líderes populistas y/o extremistas en el espectro político, por mucho que no agrade a algunos, no es más que una consecuencia de la democracia y los principios que la inspiran. Entre ellos, el pluralismo ideológico constituye el fundamento principal de la misma. La democracia exige la discrepancia de ideas. El flujo de opiniones y contra opiniones contribuyen a construir una opinión pública diversa sobre aquellas cuestiones que interesan a todos2. Efectivamente, el disenso y el cuestionamiento de lo que conocemos por nuestras propias fuentes o de lo que se nos informa públicamente es esencial en el debate político democrático. Como señalaba Revenga Sánchez, “la fortaleza del sistema democrático radica en admitir, más aún, en propiciar, el cuestionamiento permanente de las decisiones que adoptan y ejecutan quienes tienen legitimidad para hacerlo. En democracia no hay verdades oficiales de naturaleza trascendente, ni ámbitos de decisión vedados a la confrontación pública”3. En un Estado que se considera democrático, cualquier afirmación o cualquier información tiene que poder ser discutida y ser contrastada.

2 El Tribunal Constitucional declaró tempranamente que la “opinión pública es una institución política fundamental (…) indisolublemente ligada con el pluralismo político que es un valor fundamental y un requisito del funcionamiento del Estado democrático” (STC 12/1982, FJ 3). En la misma línea, ha indicado que el proceso de formación de la opinión pública, en tanto que actividad previa al ejercicio del derecho de sufragio, ha de considerarse como “uno de los pilares de la sociedad libre y democrática” (STC 159/1986). HERREROS LÓPEZ, Juan Manuel (2004): “La formación de la opinión pública”, en Vidal Climent, V. y García Manglano, M. (Coords.), Información, libertad y derechos humanos: la enseñanza de la ética y el derecho de la información, Valencia: Fundación Coso de la Comunidad Valenciana, pp. 161-176. Véase también, TORRES DEL MORAL, Antonio (2013): La opinión pública y su tratamiento jurisprudencial. Constitución y desarrollo político, Valencia: Tirant lo Blanch. O el más clásico trabajo HABERMAS, Jürgen (1981): Historia y crítica de la opinión pública, Traducción de Antonio Domenech, Barcelona: Ed. Gustavo Gili, S.L.

3 REVENGA SÁNCHEZ, Miguel (2002): Seguridad Nacional y Derechos Humanos. Estudios sobre la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo, Cizur Menor: Aranzadi, p. 127.

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Cristóbal
Rosario Serra

Los bulos (Fakes news) En los discursos de partidos populistas y extremistas. Un riesgo ...

De todos modos, que la democracia se asiente sobre un debate público y plural, que admite incluso los mensajes que pueden chochar frontalmente con el pensamiento mayoritario, no implica que solo la libre y plural participación garantice la debida conformación de la opinión pública. Se precisa igualmente de información, del libre flujo informativo. Para que esa generación de opinión pública cumpla con los estándares que la democracia exige es necesario que la misma esté conformada sobre unos mínimos conocimientos de los hechos acaecidos, de las opciones/alternativas que existen, por muy radicales que estas puedan sonar, de las consecuencias de las diferentes opciones, etc., porque la democracia se asienta sobre un debate público, plural e informado. Y cuando referimos a la necesidad de información, estamos haciéndolo a una información veraz4 .

El mayor reto hoy no es la cantidad de información a la que puede acceder la ciudadanía para conformar su propia opinión, posiblemente la dificultad se encuentra en el exceso de esta, por un lado, y, por otro, en la inmensa cantidad de información falsa que convive en ese océano informativo5. El que no exista la verdad absoluta no significa que podamos vivir en la incertidumbre constante sobre todo aquello que nos rodea o sobre lo que se nos informa. El desorden informativo no beneficia de ningún modo a la democracia, más bien al contrario, erosiona sus cimientos. Vivir inmersos en un marco informativo infinito en el que los hechos noticiables veraces conviven en paridad con medias verdades, falsedades o fakes news genera en los ciudadanos inseguridad en el mejor de los casos, —en el supuesto de aquellos que aún se interrogan sobre la certeza de lo que leen o escuchan—, y, en el peor de los casos, esclavitud ideológica o intelectual, —cuando de una forma acrítica los ciudadanos acaban arrastrados (manipulados) por el mensaje que más se repite—. En definitiva, la desinformación repercute negativamente en la conformación de esa opinión pública libre a la que nos referíamos, y crea una sociedad que no es capaz

4 AZURMENDI ADARRAGA, Ana (2005): “De la verdad informativa a la «información veraz» de la Constitución española de 1978. Una reflexión sobre la verdad exigible desde el derecho de la información”, Comunicación y Sociedad, Vol. XVIII, Núm. 2, pp. 9-48.

5 SENTÍ NAVARRO, Carla (2022): “El fenómeno de la desinformación como amenaza a los sistemas democráticos y la complejidad de su tratamiento”, Revista Glaudius et Sciencia. Revista de Estudios de Seguridad del CESEG, en prensa.

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de ponerse de acuerdo sobre hechos básicos, lo que impide construir una democracia funcional,6 al tiempo que polariza las opiniones.

Por ello, cabría plantearse si cabe establecer un límite en ese debate en democracia. Podríamos preguntarnos si la libertad de expresión (política7) permite mentir y en qué ocasiones. Porque, de entrada, en una sociedad democrática, el que miente en un discurso político, en el debate de las ideas, realiza un acto éticamente reprochable, aunque pocas veces jurídicamente sancionable8. La pregunta es cuándo podemos decir que se ha cruzado esa línea roja que separa lo que aún cabe considerar crítica, o defensa de puntos de vista discrepantes u opiniones políticas sustentadas en hechos veraces, de las opiniones o informaciones que manipulan los hechos que transmiten e incluso incurren en la falsedad o en la mentira más incardinable en lo que han venido a denominarse fake news.

En definitiva, interesa determinar si hay afirmaciones que, por su absoluto desprecio al rigor fáctico o por su manifiesta intención de engañar, no son admisibles. La democracia exige libertad informativa, exige libertad de expresión, participación y debate, pero en esa interacción hay unas mínimas reglas de juego que deben respetarse. Posiblemente debamos determinar cuáles son esos mínimos exigibles para una pacífica convivencia y para una confianza mínima de los ciudadanos en la democracia y sus instituciones.

El desorden informativo al que nos referimos está siendo percibido como algo tan preocupante, que el Informe Anual de Seguridad Nacional de España de 2019 señalaba que “especial mención merecen las amenazas híbridas, uno de cuyos componentes es la desinformación, que mediante la manipulación de la información a través de Internet y las redes sociales provoca la polarización y radicalización de la ciudadanía”. Se definía por tanto la desinformación no como una amenaza o un desafío, sino como un

6 PAUNER CHOLVI, Cristina (2018): “Noticias falsas y libertad de expresión e información. El control de los contenidos informativos en la red”, Teoría y Realidad Constitucional, nº 41, p. 299.

7 La libertad de expresión política tiene como objetivo principal estimular la toma de decisiones del individuo, la convergencia de una pluralidad de opiniones y la libre circulación de la información pública. ESQUIVEL ALONSO, Yessica (2018): Libertad de expresión política y propaganda negativa, Valencia: Tirant lo Blanch.

8 GARCÍA MORALES, Verónica Yazmin (2020): “Donde habitan las mentiras: libertades de expresión e información en tiempos de odio e hiperinformación”, Revista CIDOB d’Afers Internacionals, n. 124, p. 31.

20
Cristóbal
Rosario Serra

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