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EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN MÉXICO
La presente obra disipa el debate aparente de la falta de uniformidad en la conformación y uso del bloque de constitucionalidad, proponiendo con base en un recorrido de precedentes dentro del periodo que va de 1991 a 2016 emitidos por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; y en los niveles de desarrollo (básico, intermedio y superior) generados por Francia, España y Colombia, una «teoría del bloque de constitucionalidad» de naturaleza dúctil tanto en lo procesal (parámetro de control), como en lo sustantivo (bloque de normas) que permita a los jueces constitucionales (control concentrado) y a los jueces ordinarios (control difuso) contar con una herramienta multifuncional en la interpretación y argumentación de los derechos humanos. No es desmesurado afirmar, que el bloque de constitucionalidad es una de las construcciones más importantes del constitucionalismo contemporáneo (constitucionalismo global) dadas sus virtudes de cohesión, armonización y complementariedad normativa como guía para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como para hacer frente a los casos de: a) colisión de derechos, b) dilemas constitucionales y c) restricciones al ejercicio de los derechos. En ese orden, la obra sostiene que México ha construido recientemente su bloque de constitucionalidad básico (CT 293/2011), en vías de avanzar al intermedio (CT 21/2011), vislumbrando en el horizonte el bloque de constitucionalidad superior (incorporación del soft law, el control transversal de normas y otras fuentes y técnicas).
ADÁN MALDONADO SÁNCHEZ
homenajes & congresos
EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN MÉXICO HACIA SU INTEGRACIÓN Y APLICACIÓN
ADÁN MALDONADO SÁNCHEZ
Prólogo: Juan N. Silva Meza Presentación: Ernesto Rey Cantor
homenajes & congresos
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Javier de Lucas Martín
Ana Cañizares Laso
Víctor Moreno Catena
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania)
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN MÉXICO
HACIA SU INTEGRACIÓN Y APLICACIÓN
ADÁN MALDONADO SÁNCHEZ Prólogo
Juan N. Silva Meza Presentación
Ernesto Rey Cantor
tirant lo blanch Ciudad de México, 2019
Copyright ® 2019 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/
© Adán Maldonado Sánchez Twitter: @adanmaldonado
© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Río Tiber 66, Piso 4 Colonia Cuauhtémoc Delegación Cuauhtémoc CP 06500 Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1313-522-9 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicasde-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
AGRADECIMIENTOS La presente obra, estuvo mucho tiempo en proceso de elaboración, para ser exacto comenzó con la inquietud sembrada en el autor, por el Dr. Manuel González Oropeza en su clase de Derecho Procesal Constitucional Local, dentro de la maestría de Derecho Procesal Constitucional que se imparte en la Universidad Panamericana allá por el mes de octubre de 2008, en la cual, entre otras cosas, expuso el concepto del bloque de constitucionalidad y su uso como herramienta de interpretación y argumentación de los derechos humanos, por tanto, gracias a su magisterio se originó la presente monografía que concluyó en el mes de mayo de 2019. En los casi 11 años de construcción y maduración de este libro, en todo momento en la cercanía, como en la distancia, agradezco a quienes de una u otra forma han contribuido a forjar mi vida personal y profesional. Agradezco a Dios, por darme la oportunidad de la existencia y a quienes me dieron el regalo de vivir, María Guadalupe Sánchez y Adán Maldonado, cuya tenacidad y fortaleza me han inspirado a lo largo de mi vida personal y profesional. A mis hermanas Erika, Laura, Isabel, Ana Rosa, María Guadalupe y Paola; y hermanos Víctor Manuel, Eduardo, Alejandro, Daniel y Omar, como muestra de que las metas pueden alcanzarse con perseverancia. In memoriam al DR. LOUIS FAVOREU estudioso del bloque de constitucionalidad. In memoriam a JUAN DÍAZ ROMERO quien en su función de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue precursor en México del bloque de constitucionalidad con su voto particular en el Amparo Directo en Revisión 537/2002, donde acuñó la expresión «marco de referencia de constitucionalidad». Al distinguido profesor alemán, HORST DIPPEL por haberme permitido incorporar a este texto, parte de las páginas de su interesante estudio histórico sobre el término Constitución. De manera especial agradezco al Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Don JUAN N. SILVA MEZA por haber aceptado prologar la presente monografía, jurista a quien admiro y respeto por su agudo criterio jurídico y su contribución a la jurisdicción constitucional en México, al grado de ser un referente en la Corte la época Silva Meza (periodo 2011-2014). Sea este acompañamiento en la obra, un testimonio de ello. Asimismo, agradezco sobremanera al DR. JOSÉ ERNESTO REY CANTOR quien fue juez ad hoc ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por el inmerecido honor de que aceptará, en primera instancia, intercambiar conmigo puntos de vista sobre el bloque de constitucionalidad, diálogo que, sin duda, permitió enriquecer el presente texto con sus atinadas observaciones; para después, obsequiarme la presentación a esta investigación, sabedor de su experticia en la construcción y evolución del bloque de constitucionalidad en Latinoamérica, especialmente en su país Colombia.
ADVERTENCIAS El presente texto se intentó ceñir en términos generales a los lineamientos y criterios del proceso editorial del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Sin embargo, por necesidades propias del autor y pensando en los cuatro principios de un sistema ágil de citación (suficiencia, claridad consistencia y simplicidad), que señala el Maroonbook (manual de citas jurídicas de la University of Chicago Law Review), se privilegió la suficiencia1 de las fuentes y referencias consultadas, especialmente en la cita de los criterios aislados y jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (México), respecto de los cuales se conservó el rubro en mayúsculas, sobre todo, para su fácil localización por parte del lector. Asimismo, en algunas ocasiones para favorecer la rápida ubicación visual, se omitieron o modificaron algunas reglas metodológicas para citar las fuentes o para referirse a ellas de manera ulterior. Por otra parte, se prefirió la utilización de las comillas angulares (« »), sobre las inglesas (“”). Finalmente, debo señalar, que todo el apartado 4.3 y su desarrollo, donde se analizaron sentencias (ejecutorias) del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (México), llevó a la necesidad de realizar transcripciones, en ocasiones extensas, y en otras, razonablemente breves, de manera que, aplicando el «principio de suficiencia», no se perdiera el contexto para la lectura comprensible y analítica del «caso judicial». En este sentido, pareciera que solo se trata de transcripciones, sin embargo, ello se disipa con la vinculación entre las ejecutorias (sentencias) y las versiones taquigráficas, los comentarios y aportaciones doctrinales, así como con la óptica personal del autor. Aclarado lo anterior, solo me resta agradecer a los lectores interesados en la presente investigación, esperando sea un texto de utilidad. ATENTAMENTE EL AUTOR
1
Cfr. La obra: Toller, Fernando F., Sistema de citas y redacción en Derecho. Manual hispanoamericano, Madrid, Marcial Pons, 2015, p. 27.
Índice Abreviaturas.................................................................................................... 19 Prólogo........................................................................................................... 21 Presentación................................................................................................... 27 Introducción.................................................................................................. 31 Capítulo I
EL NACIMIENTO DE LA DOCTRINA DEL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD 1.1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL INSTITUTO. SURGIMIENTO DE LA DOCTRINA................................................................................. 35 1.1.1. El caso francés........................................................................... 37 1.1.2. El caso español.......................................................................... 42 Capítulo II
LA EXTENSIÓN MATERIAL DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS HERRAMIENTAS PARA SU APLICACIÓN 2.1. LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL...................................... 47 2.2. ARGUMENTACIÓN CONSTITUCIONAL........................................... 57 2.3. CONSTITUCIÓN EN SENTIDO FORMAL Y MATERIAL.................. 61 2.3.1. Normas materialmente constitucionales: nueva dimensión del texto constitucional............................................................ 76 Capítulo III
EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD 3.1. CONCEPTO DE BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD................ 83 3.2. DIFERENCIAS ENTRE EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD, PARÁMETRO DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL Y BLOQUE DE DERECHOS...................................................................................... 91 3.3. NORMAS Y NIVELES QUE COMPONEN EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD................................................................................ 93
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3.3.1. Bloque de constitucionalidad básico (strictu sensu)................ 95 3.3.2. Bloque de constitucionalidad intermedio.............................. 115 3.3.3. Bloque de constitucionalidad superior................................... 120 3.4. FUNCIONES DEL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD............. 127 3.4.1. Regla de interpretación............................................................ 128 3.4.2. De integración normativa........................................................ 130 3.4.3. De orientación al operador jurídico....................................... 132 3.4.4. De regulación de las normas subordinadas............................ 133 3.4.5. Como parámetro de reserva constitucional en materia de restricciones a los derechos humanos..................................... 134 3.5. PRINCIPIOS IMPLÍCITOS EN EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD: OBJETIVOS DE VALOR CONSTITUCIONAL/CONVENCIONAL................................................................................................... 139 3.5.1. Principio de subsidiariedad..................................................... 140 3.5.2. Principio de jerarquía (vs primacía)....................................... 144 3.5.3. Principio de complementariedad............................................ 148 3.5.4. Principio pro personae............................................................. 150 3.5.5. Principio de progresividad....................................................... 151 3.5.6. Principio de adecuación........................................................... 153 3.6. EL BLOQUE DE CONVENCIONALIDAD........................................... 153 3.6.1. Normas que componen el bloque de convencionalidad....... 168 Capítulo IV
EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN MÉXICO. HACIA SU INTEGRACIÓN Y APLICACIÓN 4.1. LA RECEPCIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL «PARTE GENERAL»................................................................................................... 180 4.1.1. Teoría dualista, pluralista y «pluralismo atenuado o bloque de convenconalidad»................................................................ 187 4.1.2. Teoría monista, constitucionalismo y constitucionalismo atenuado.................................................................................... 190 4.1.3. Teoría humanista o bloque de constitucionalidad implícito (constitucionalismo atenuado)................................................ 191 4.2. LA RECEPCIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS POR EL DERECHO DOMÉSTICO EN LA PRÁCTICA CONSTITUCIONAL «PARTE ESPECIAL»....................... 194 4.2.1. Sustitución de la categoría jurídica de jerarquía, por el de primacía..................................................................................... 209 4.2.2. Efecto transversal del contenido material de los derechos humanos.................................................................................... 212 4.2.3. Principio de reserva constitucional......................................... 214
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4.2.4. Incidencia de los tratados internacionales en el ámbito o ámbitos de validez correspondiente (espacial, territorial, material y personal).................................................................. 216 4.3. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN MÉXICO. EVOLUCIÓN, INTEGRACIÓN Y APLICACIÓN............................................... 217 4.3.1. El amparo en revisión 2069/1991: la declaración universal de los derechos humanos no es apta para el control de constitucionalidad............................................................................ 219 4.3.2. El amparo en revisión 1475/1998: el nivel subconstitucional de los tratados internacionales................................................ 221 4.3.3. El amparo directo en revisión 537/2002 y el «marco de referencia de constitucionalidad»............................................... 222 4.3.4. La acción de inconstitucionalidad 37/2005: el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (Ciudad de México) como «marco normativo»................................................................... 224 4.3.5. La controversia constitucional 31/2006: el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y el artículo 122 constitucional en materia electoral integran bloque de constitucionalidad. 228 4.3.6. La acción de inconstitucionalidad 36/2006: el control de las Constituciones de los Estados vía bloque de constitucionalidad............................................................................................. 232 4.3.7. El amparo en revisión 120/2002: la extensión de la Constitución vía tratados internacionales.......................................... 236 4.3.8. El voto particular de Silva Meza en el amparo en revisión 120/2002: el uso del bloque de constitucionalidad en México............................................................................................... 244 4.3.9. El recurso de reclamación 58/2007, derivado de la controversia constitucional 11/2007: el bloque de constitucionalidad y la legitimación activa del IFE (INE)............................................ 248 4.3.10. La acción de inconstitucionalidad 15/2005: bloque de constitucionalidad en materia de participación ciudadana (art. 122, Base Primera, fracc. V, inciso H)..................................... 250 4.3.11. Controversia constitucional 132/2006: las leyes generales integran bloque de constitucionalidad................................... 252 4.3.12. La acción de inconstitucionalidad 58/2008 y acumuladas 59/2008 y 60/2008: inaplicabilidad del bloque de constitucionalidad en materia electoral............................................... 258 4.3.13. La acción de inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007: el aborto y el bloque de constitucionalidad.......... 260 4.3.14. La acción de inconstitucionalidad 25/2004: Constituciones Locales no integran bloque de constitucionalidad................ 270
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4.3.15. La acción de inconstitucionalidad 2/2009 y su acumulada 3/2009: bloque de constitucional en materia de radio y televisión (ámbito electoral)....................................................... 272 4.3.16. La acción de inconstitucionalidad 33/2009 y sus acumuladas 34/2009 y 35/2009: bloque de constitucional en materia de participación de funcionarios públicos en precampañas y campañas en Coahuila............................................................. 279 4.3.17. El amparo directo en revisión 1014/2006: las leyes reglamentarias frente a las normas locales, su ubicación jerárquica y su incidencia en el bloque de constitucionalidad.................. 282 4.3.18. El expediente varios 670/2006: la Ley de Ingresos del Distrito Federal forma parte del bloque de constitucionalidad.......... 288 4.3.19. Acción de inconstitucionalidad 119/2008: leyes generales forman parte del bloque de constitucionalidad..................... 291 4.3.20. El amparo directo en revisión 1492/2007: intento fallido para construir un bloque de constitucionalidad entre Constitución y tratados internacionales en materia de derechos humanos.................................................................................... 296 4.3.21. La controversia constitucional 54/2009: el bloque de constitucionalidad en materia de salud y las Normas Oficiales Mexicanas.................................................................................. 301 4.3.22. El voto particular en la controversia constitucional 54/2009: Constituciones locales son superiores a las Normas Oficiales Mexicanas.................................................................................. 311 4.3.23. La controversia constitucional 13/2008: las leyes reglamentarias como bloque de constitucionalidad.............................. 313 4.3.24. La controversia constitucional 91/2007: las leyes generales en materia ambiental/forestal conforman bloque de constitucionalidad............................................................................ 315 4.3.25. El recurso de reclamación 36/2011 derivado de la controversia constitucional 48/2011: Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, Ley de Petróleos Mexicanos, Ley de Inversión Extranjera y Tratado de Libre Comercio conforman un bloque de constitucionalidad.................................................. 324 4.3.26. La acción de inconstitucionalidad 21/2011: los niveles dentro del bloque de constitucionalidad............................................ 329 4.3.27. El expediente varios 912/2010: el control ex officio de convencionalidad y el parámetro de regularidad constitucional...... 334 4.3.28. La solicitud de modificación de jurisprudencia 22/2011: armonización jurisprudencial para el ejercicio del control difuso de la Constitución......................................................... 343
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4.3.29. Amparo en revisión 151/2011: características de las restricciones constitucionales: necesidad, idoneidad y proporcionalidad....................................................................................... 345 4.3.30. La acción de inconstitucionalidad 155/2007: Constitución y convenios internacionales en materia de trabajo ¿bloque de constitucionalidad, o interpretación pro persona?........... 351 4.3.31. La contradicción de tesis 293/2011: el reconocimiento del bloque de constitucionalidad como parámetro de regularidad constitucional............................................................................ 359 4.3.32. La contradicción de tesis 21/2011: sistema de precedentes de la Corte Interamericana conforma bloque de constitucionalidad y la transversalidad de los derechos humanos en el ordenamiento jurídico............................................................. 365 4.3.33. Controversia constitucional 34/2010: la ley local no es parámetro de validez de las Normas Oficiales Mexicanas............. 380 4.3.34. La acción de inconstitucionalidad 67/2012: parámetro de constitucionalidad en materia de candidaturas independientes............................................................................................... 386 4.3.35. La acción de inconstitucionalidad 165/2007: parámetro de constitucionalidad en materia de conflictos políticos ante el Senado....................................................................................... 394 4.3.36. El amparo directo en revisión 207/2012: el parámetro de constitucionalidad del derecho a la defensa adecuada.......... 399 4.3.37. El voto particular de Aguilar Morales en el ADR 207/2012: su contribución a la tesis del parámetro de constitucionalidad. 405 4.3.38. La contradicción de tesis 470/2012: parámetro de regularidad constitucional para el control transversal de normas (violaciones indirectas a la Constitución)............................... 407 4.3.39. Amparo en Revisión 447/2012: control de regularidad constitucional del régimen transitorio de una reforma constitucional......................................................................................... 412 4.3.40. Solicitud de sustitución de jurisprudencia 9/2012: parámetro de regularidad constitucional, los jueces de distrito no violan derechos humanos (control difuso de constitucionalidad y ex officio de convencionalidad en vías concentradas)............. 420 4.3.41. La acción de inconstitucionalidad 13/2013: los parámetros de regularidad de constitucionalidad con base en la legitimación activa............................................................................ 426 4.3.42. La acción de inconstitucionalidad 32/2012: las restricciones constitucionales y el bloque de convencionalidad (geolocalización)..................................................................................... 432
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4.3.43. La acción de inconstitucionalidad 1/2012: el parámetro de regularidad constitucional en materia de derecho burocrático local........................................................................................... 442 4.3.44. La controversia constitucional 92/2010: el control de las declaratorias de emergencia policial bajo el parámetro de regularidad constitucional (nivel estatal)............................... 444 4.3.45. El recurso de revisión en el incidente de suspensión (amparo) 2/2013: control transversal de normas/restricciones constitucionales frente al control de convencionalidad (el regreso del bloque de constitucionalidad)............................. 450 4.3.46. La controversia constitucional 32/2012: el convenio 169 de la OIT integra parámetro de regularidad constitucional (consulta previa a comunidades indígenas)........................... 460 4.3.47. La contradicción de tesis 467/2012: el control concentrado de regularidad constitucional de los acuerdos generales del Consejo de la Judicatura Federal y el control difuso para su inaplicación............................................................................... 463 4.3.48. Controversia constitucional 57/2013: la Constitución local y la ley orgánica del poder legislativo del Estado como parámetro de control de constitucionalidad.................................. 468 4.3.49. Amparo en revisión 151/2012: improcedente el control concentrado de regularidad constitucional en contra de un acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal........................ 477 4.3.50. Amparo en revisión 599/2012: la ponderación en materia de restricciones constitucionales. Los ámbitos material y espacial de los derechos humanos......................................................... 486 4.3.51. Acción de inconstitucionalidad 56/2014 y su acumulada 60/2014: el artículo 55, fracción v de la Constitución federal, no constituye parámetro de validez. Control transversal de órdenes normativos.................................................................. 497 4.3.52. La contradicción de tesis 299/2013: el control convencional de la jurisprudencia, su inaplicación solo procede mediante sustitución de jurisprudencia o facultad de atracción........... 503 4.3.53. El voto particular de Cossío Díaz en la contradicción de tesis 299/2013: la inaplicación de la jurisprudencia por inconstitucional/inconvencional a través del control difuso y concentrado ex officio................................................................ 509 4.3.54. Revisión de constitucionalidad de la consulta popular 2/2014: parámetro de regularidad constitucional en materia de salario mínimo...................................................................................... 512 4.3.55. Controversia constitucional 28/2014: la Ley de Coordinación Fiscal integra parámetro de regularidad constitucional........ 520
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4.3.56. Amparo directo en revisión 1312/2014: inimpugnabilidad de las decisiones del Consejo de la Judicatura Federal. La supremacía de las restricciones constitucionales.................... 525 4.3.57. Acción de inconstitucionalidad 86/2009: resoluciones del Comité de Derechos del Niño de la ONU integran bloque de constitucionalidad............................................................... 533 4.3.58. Amparo Directo en Revisión 1250/2012: la supremacía de las restricciones constitucionales sobre las convencionales... 541 4.3.59. El amparo directo en revisión 1046/2012 y los alcances del control difuso en las vías de control concentrado.................. 556 4.3.60. El expediente varios 1396/2011 (cumplimiento de las sentencias casos Inés Fernández Ortega y otros vs México; y Valentina Rosendo Cantú vs México): consolidación de las restricciones constitucionales.................................................. 576 4.3.61. Controversia constitucional 117/2014: las normas del Instituto Federal de Telecomunicaciones, su ubicación en el parámetro de regularidad constitucional............................... 584 4.3.62. Amparo en revisión 295/2014: el regreso del concepto de bloque de constitucionalidad y una discusión sobre las restricciones y/o limitaciones constitucionales al ejercicio de los derechos.............................................................................. 603 4.3.63. El amparo directo en revisión 2255/2014: el parámetro constitucional en las relaciones entre los particulares y las autoridades: límites a la libertad de expresión....................... 619 4.3.64. Acción de inconstitucionalidad 31/2014: consulta previa en materia indígena, derecho de fuente convencional integra parámetro de control de constitucionalidad.......................... 627 4.3.65. Recurso de reclamación 8/2016, derivado de la acción de inconstitucionalidad 15/2016: control judicial de las reformas a la Constitución y el bloque de constitucionalidad............... 634 4.3.66. La acción de inconstitucionalidad 75/2015: (federalismo judicial): Los Estados no pueden regular aspecto alguno del parámetro de regularidad constitucional......................... 645 4.3.67. La acción de inconstitucionalidad 87/2015 (federalismo judicial): Los estados no pueden establecer restricciones al ejercicio de los derechos humanos.......................................... 656 4.4. LOS CONTEXTOS CONSTITUCIONALES Y EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD..................................................................... 669 4.5. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD Y EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EN EL ESTADO MEXICANO (ARTS. 1º Y 133 CPEUM Y 2º DE LA CIDH)............................................................. 672
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4.6. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD Y LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL (ART. 1º, 133 Y 135 CPEUM)............................. 677 Capítulo V
EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN EL DERECHO COMPARADO 5.1. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN COLOMBIA........... 686 5.2. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN PANAMÁ................ 692 5.3. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN GUATEMALA......... 702 5.4. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN REPÚBLICA DOMINICANA.............................................................................................. 712 5.5. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN COSTA RICA......... 714 5.6. EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN ITALIA.................... 714 Conclusiones.................................................................................................. 719 Bibliografía y fuentes de consulta................................................................. 721
Abreviaturas ADR AI AR ASEAN CADH CC CEDH CIDH CICR CIJ CNDH CPEUM CT DIDH DH DUDH DF DOF ECOSOC FGR GSJF NOM OEA OCI OIT ONU SCJN SJFG PGR
Amparo Directo en Revisión Acción de Inconstitucionalidad Amparo en Revisión Asociación de Naciones del Sudeste Asiático Convención Americana sobre Derechos Humanos Controversia Constitucional Carta Europea de los Derechos Humanos Corte Interamericana de Derechos Humanos Comité Internacional de la Cruz Roja Corte Internacional de Justicia Comisión Nacional de Derechos Humanos Constitución de los Estados Unidos Mexicanos Contradicción de Tesis Derecho Internacional de los Derechos Humanos Derechos Humanos Declaración Universal de los Derechos Humanos Distrito Federal (hoy Ciudad de México) Diario Oficial de la Federación Consejo Económico y Social de la ONU Fiscalía General de la República Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Norma Oficial Mexicana Organización de Estados Americanos Organización de la Conferencia Islámica Organización Internacional de Trabajo Organización de las Naciones Unidas Suprema Corte de Justicia de la Nación Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Procuraduría General de la República
20 PIDESC TCE TEDF UA
Abreviaturas
Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Tribunal Constitucional Español Tribunal Electoral del Distrito Federal Unión Africana
Prólogo Agradezco la oportunidad que me brinda don Adán Maldonado Sánchez, destacado jurista y brillante académico, —como lo avalan las obras y trabajos que cita, los cursos cumplidos y los grados obtenidos—, para acompañarlo con unas breves palabras que pretenden ser un Prólogo, de esta obra que habrá de ser, no tengo duda, un importante referente para los estudiosos de los temas constitucionales, en particular de la doctrina del bloque de constitucionalidad, una de las construcciones más importantes —como el mismo reconoce— del constitucionalismo moderno, en tanto constituye una herramienta de ampliación de la parte dogmática de la Constitución y al mismo tiempo un método de interpretación de todo el sistema jurídico, tanto de fuente doméstica como de fuente internacional, como dijera Rodrigo Vergara Cortés, citado por el autor. La obra tiene un diseño por así decirlo, que favorece su lectura y comprensión. El lector cuenta con oportunas y claras advertencias, eficaz glosario de abreviaturas, un desarrollo ordenado y coherente del tema, cuyo desarrollo está sólidamente sustentado en doctrina nacional e internacional, sentencias y jurisprudencia nacional, interamericana e internacional. Adecuada bibliografía y profusión en las fuentes de consulta, que evidencian profundidad en la investigación y seriedad del trabajo. El abordaje del tema con ese andamiaje, justifica desde luego, la solidez de las propuestas. Así las cosas y esperando que el lector la encuentre de utilidad, a continuación, refiero una apretada síntesis de los aspectos más relevantes de los capítulos de la obra. En el primer capítulo, don Adán destaca que el origen del bloque de constitucionalidad tanto en su vertiente sustantiva (bloque de normas), como en su aspecto procesal (parámetro de regularidad), deriva del Consejo Constitucional francés, cuya figura, dada sus virtudes de cohesión, armonización, y complementariedad normativa, permitieron que dicha doctrina se propagará en casi todas las altas cortes de los sistemas de justicia con control constitucional, a los cuales presta atención nuestro autor.
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Juan N. Silva Meza
De esta manera, en el capítulo segundo, resalta el vínculo ineludible y dialéctico entre la interpretación y argumentación, como fases previas para la aplicación de las normas. En el caso judicial, a través del dictado de la sentencia y su acompañamiento en la ejecución y los efectos que despliega. Por ello, se analizan las teorías generales de la interpretación y de la argumentación, para ir decantando sus elementos y cómo se erigen en la base de la teoría e interpretación constitucional/convencional, y explica cómo, en virtud de las características de las normas materialmente constitucionales, ha sido preciso desarrollar un campo de mayor alcance, integrado por las técnicas utilizadas en la interpretación y argumentación de los derechos humanos, fundamentales y convencionales, destacando el principio pro persona, la interpretación conforme, el principio de concordancia práctica, directrices interpretativas que guardan sincronía con los métodos de argumentación. En el mismo capítulo, considera, que el concepto de Constitución formal, es una categoría agotada, por sus limitaciones en convocar normas o de interconectar fuentes normativas para que se integren y armonicen, potenciando el espacio de las libertades y estableciendo como regla la aplicación y entendimiento estricto de las restricciones al ejercicio de los derechos humanos. Por tales razonamientos, se afirma en el texto, que la Constitución material, tiene esa potencia de sumar un universo de fuentes y orígenes normativos para construir un bloque de normas, que lejos de entrar en conflicto, puedan armonizarse y adherirse a un objetivo superior: garantizar el principio pro personae en favor de las libertades fundamentales, la democracia sustantiva y procesal, y conservar la división y coordinación de poderes, como aspectos esenciales de todo Estado Constitucional (art. 16 Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789). Este amplio capítulo segundo finaliza haciendo un estudio de las características de las normas que materialmente deben considerarse con «fuerza y alcance constitucional», cuyos rasgos les permitirán incorporarse al bloque de constitucionalidad. Especial trascendencia, tiene el capítulo tercero, que a nuestro juicio constituye la tesis central de la investigación. Comienza enunciando las diversas corrientes y ópticas del bloque de constitucionalidad y lo que se entiende de dicha herramienta hermenéutica del derecho constitucional/convencional, para elaborar con claridad expositiva, una concep-