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EL CONTRATO DE EMBARCO EN LA MARINA MERCANTE

Mª Isabel Ribes Moreno

Valencia, 2014


Copyright ® 2014 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www. tirant.com).

© Mª Isabel Ribes Moreno

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es ISBN: 978-84-9033-159-0 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia por favor lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


ÍNDICE ABREVIATURAS..................................................................................... 11 PRÓLOGO.............................................................................................. 15 INTRODUCCIÓN................................................................................... 25

Capítulo I

FUENTES REGULADORAS 1. EL TRABAJO EN EL MAR. LA REGULACIÓN JURÍDICA DEL CONTRATO DE EMBARCO............................................................. 29 2. FUENTES DE DERECHO INTERNACIONAL.................................. 33 2.1. Normas de la Organización Marítima Internacional (OMI)........ 37 2.2. Normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)....... 43 3. EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA........................................ 54 4. FUENTES DE DERECHO ESPAÑOL................................................. 66 4.1. Leyes........................................................................................... 70 4.2. Reglamentos................................................................................ 73 4.3. Los Convenios Colectivos............................................................ 82 4.4. Usos y costumbres....................................................................... 88

Capítulo II

LOS SUJETOS Y EL CONTRATO DE EMBARCO 1. INTRODUCCIÓN.............................................................................. 89 2. DELIMITACIÓN SUBJETIVA............................................................. 90 2.1. Las empresas navieras y el empresario marítimo.......................... 92 2.1.1. El empresario marítimo.................................................... 95 2.1.2. El centro de trabajo. El buque.......................................... 104 2.2. Los trabajadores del buque: la dotación...................................... 109 2.2.1. Los mandos...................................................................... 110 2.2.1.1. El capitán........................................................... 111 2.2.1.1.1. La consideración del capitán como relación laboral de carácter común. Reflexiones sobre un debate abierto... 116 2.2.1.1.2. Funciones y responsabilidades del capitán.................................................. 121 2.2.1.2. Los oficiales........................................................ 127


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2.2.2. Marineros y auxiliares...................................................... 129 3. LA FORMALIZACIÓN DEL INGRESO. EL CONTRATO DE EMBARCO............................................................................................... 131 3.1. Requisitos sustantivos.................................................................. 132 3.1.1. La edad mínima de ingreso............................................... 132 3.1.2. La nacionalidad................................................................ 135 3.1.3. La habilitación profesional............................................... 139 3.1.4. El certificado médico preceptivo....................................... 142 3.1.5. Los documentos de identidad del marino......................... 148 3.1.5.1. La libreta marítima y el DIM.............................. 148 3.1.5.2. La tarjeta profesional de la Marina Mercante..... 161 3.2. El contrato de embarco................................................................ 163 3.3. La contratación de los trabajadores del mar. La intermediación en la contratación........................................................................ 171 3.4. Las plantillas mínimas................................................................. 178 3.5. Período de prueba........................................................................ 182 4. LA DETERMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN LABORAL. LA CLASIFICACIÓN PROFESIONAL............................................................. 186 5. LA PROMOCIÓN PROFESIONAL Y EL RÉGIMEN DE ASCENSOS..................................................................................................... 191 5.1. La formación profesional............................................................. 191 5.2. El régimen de ascensos................................................................. 197 6. LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA PREVENCIÓN.................. 199 6.1. Los reconocimientos médicos periódicos..................................... 201 6.2. Atención médica a bordo y en tierra............................................ 203 6.3. Protección de la salud, seguridad y prevención de accidentes....... 206 6.4. El embarazo................................................................................. 210 6.5. Enfermedad y muerte. La repatriación......................................... 211

Capítulo III

EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL TIEMPO DE TRABAJO 1. LA ORDENACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO...................... 219 2. EL TIEMPO DE TRABAJO................................................................. 225 2.1. Tiempo de trabajo efectivo.......................................................... 229 2.2. El tiempo de presencia................................................................. 233 3. LAS HORAS EXTRAORDINARIAS.................................................. 235 4. DESCANSOS: ACUMULACIÓN Y COMPENSACIÓN..................... 249 5. LAS VACACIONES ANUALES........................................................... 254 6. LOS PERMISOS RETRIBUIDOS........................................................ 267 7. LA EXPECTATIVA DE EMBARQUE.................................................. 268 8. HORARIO.......................................................................................... 271


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Capítulo IV

EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL SALARIO 1. EL RÉGIMEN RETRIBUTIVO........................................................... 279 2. ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DEL SALARIO........................... 280 2.1. Salario Base................................................................................. 282 2.2. Los complementos salariales........................................................ 283 2.2.1. Complementos Personales................................................ 284 2.2.2. Complementos en función del trabajo realizado y de puesto de trabajo.............................................................. 286 2.2.3. Horas extraordinarias...................................................... 295 3. GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS...................................... 298 4. LAS PERCEPCIONES EXTRASALARIALES...................................... 300 4.1. Dietas.......................................................................................... 301 4.2. Ropa de trabajo y cama............................................................... 305 4.3. Pérdida de equipaje...................................................................... 309 4.4. Manutención............................................................................... 312 4.5. Otras percepciones: acompañantes, correspondencia y entrepot.. 316 5. LA DETERMINACIÓN DEL SALARIO............................................. 319 6. FORMA, LUGAR Y TIEMPO DEL PAGO DEL SALARIO................ 322 6.1. Forma de pago: el salario en especie............................................ 326 6.2. La documentación del pago. El recibo de salarios........................ 327 7. LAS GARANTÍAS DEL SALARIO Y EL PRIVILEGIO ESPECIAL MARÍTIMO DEL CRÉDITO SALARIAL........................................... 328 7.1. La ejecución extraconcursal o individual..................................... 329 7.2. La legislación extralaboral reguladora de derechos de garantía y privilegios sobre la nave. La concurrencia entre normas.............. 331 7.3. El privilegio salarial en situaciones de concurso........................... 337

Capítulo V

EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS MODIFICACIONES, SUSPENSIÓN, RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL 1. EL PODER DE DIRECCIÓN A BORDO............................................ 343 2. LAS MODIFICACIONES DE LA RELACIÓN LABORAL................. 344 2.1. Movilidad funcional.................................................................... 345 2.2. La movilidad geográfica............................................................... 353 2.2.1. Los transbordos................................................................ 355 2.2.2. Comisiones de servicios.................................................... 359 2.2.3. Permutas.......................................................................... 362 2.3. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo........... 363 3. LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO................................................. 363


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4. EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO......................................................... 368 5. LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO.................................................. 375 BIBLIOGRAFÍA CITADA........................................................................ 385 ANEXOS................................................................................................. 393


ABREVIATURAS ADM AHDE ALNM AS Bdc BIMCO BOCG BOE Cco CCol CCOO CE CEE CGMM CPM CTM06 DF DGMM DIM DO DOCE DOUE ECSA EEE ET ETF FST HID ICS

Anuario de Derecho Marítimo Anuario Historia del Derecho Español Anteproyecto de Ley de Navegación Marítima Aranzadi Social Banderas de Conveniencia The Baltic and International Maritime Council Boletín Oficial de las Cortes Generales Boletín Oficial del Estado Código de Comercio 1885 Convenio Colectivo Comisiones Obreras Comisión Europea Comunidad Económica Europea IV Convenio General de la Marina Mercante, 1982 Comisión Paritaria Marítima Convenio de Trabajo Marítimo 2006 Disposición final Dirección General de la Marina Mercante Documento de identificación marítima Diario Oficial Diario Oficial de las Comunidades Europeas Diario Oficial de la Unión Europea Asociación de Armadores de la Comunidad Europea Espacio Económico Europeo RDLg. 1/1995 de 24 de marzo, Estatuto de los Trabajadores European Transport Workers’ Federation Federación Europea de Trabajadores del Transporte Historia. Instituciones. Documentos International Chamber of Shipping (Cámara Internacional de Navegación)


12 IMCO IMEC IMMOA IMO INSS IPREM ISF ISM ITF LAMM LC LCT LPEMM MARPOL MOU OACI OIT OLMM OM OMI ONU OMS RDB RDJE REBECA REDNMA

Abreviaturas

Organización Intergubernamental Consultiva de la Navegación Marítima (OMI) Consejo Internacional de Empleadores Marítimos, Internacional Maritime Employers’ Council International Mercantile Marine Officers’ Association International Maritime Organization sic OMI Instituto Nacional de la Seguridad Social Indicador público de rentas múltiples International Shipping Federation (Federación Internacional de Navegación) Instituto Social de la Marina International Transport Workers Federation Laudo Arbitral para el Sector de la Marina Mercante Ley 22/2003 de 9 de julio, Ley Concursal Ley 637/1944 de 16 de junio de Contrato de Trabajo Real Decreto Legislativo 2/2012 de 5 de septiembre Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante Convenio Internacional para la Prevención de la Polución de los Buques Memorándum sobre el control por el Estado del puerto de Paris 1982 Organización de Aviación Civil Internacional Organización Internacional del Trabajo Ordenanza de Trabajo de la Marina Mercante de 20 de mayo de 1969 Orden Ministerial Organización Marítima Internacional Organización de las Naciones Unidas Organización Mundial de la Salud Reglamento de Despacho de Buques, Orden 18 de enero de 2000 Real Decreto 1561/1995 de 21 de septiembre sobre Jornadas Especiales Registro de Buques y Empresas Navieras de Canarias Revista Española del Derecho de la Navegación Marítima y Aeronáutica


Abreviaturas

RIT RL RMTAS RMTI RNTMM

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Revista Internacional del Trabajo Relaciones Laborales, Revista Crítica de Teoría y Práctica Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Revista del Ministerio de Trabajo e Inmigración Reglamentación Nacional de Trabajo de la Marina Mercante, aprobado mediante Orden 23 de diciembre de 1952 SOLAS Safety Of Life At Sea (Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, SEVIMAR) SGS Sistema de Gestión de la Seguridad STCW Standards of Training Certification and Watchkeeping (Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar) STS Sentencia del Tribunal Supremo TCE Tratado de Roma de 25 de marzo de 1957 TFUE Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea TJCE Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas TR Transposición TWIC Transportation Workers Identification Card UE Unión Europea UGT Unión General de Trabajadores UMS Unasisted machine system (sistema de máquina desasistida) UNCITRAL Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional UNCTAD UN Conference on Trade And Development / Conferencia de Comercio y Desarrollo (ONU) VVAA Varios Autores


PRÓLOGO El contrato de trabajo de embarco en la marina mercante tradicionalmente ha presentado una regulación propia, diferenciada de las reglas comunes del contrato de trabajo ordinario para el conjunto de los asalariados. Se presenta una regulación que se separa del régimen común, con un tratamiento jurídico propio que arranca de una multitud de textos internacionales y que se vuelca sucesivamente en la generalidad de los ordenamientos laborales nacionales, comenzando propiamente por la legislación laboral española. En nuestra legislación interna esa singularidad del régimen contractual ha existido prácticamente desde los orígenes del Derecho del Trabajo, incluso con precedentes históricos anteriores al Derecho moderno, desembocando en unas ocasiones en la consideración de contrato de trabajo especial y en otros momentos simplemente se le haya considerado como una modalidad contractual con múltiples peculiaridades. España, debido a su muy singular situación geográfica, un país rodeado de mar, con un amplio litoral que rodea todo el territorio nacional, incluida la significación del impacto sobre ello de los territorios insulares y fuerte conexión a importantes canales de circulación de buques mercantes de calado, ha mantenido una influyente relación con el sector de la marina mercante. Ello ha supuesto que la actividad mercante haya tenido un importante peso en el desarrollo comercial y económico en general del país. Aunque las cifras de empleo directo proporcionado por la marina mercante puedan resultar reducidas, mucho más relevante es que la misma impacta de manera directa o indirecta sobre muchos otros sectores productivos. El comercio internacional vía marítima es clave para un país como España, tanto por lo que refiere a importaciones como a exportaciones, por lo que afecta a toda la actividad que gira en torno a los puertos comerciales de interés general que son de una considerable dimensión, tanto por lo que afecta a su impacto respecto del comercio interno como en igual medida para el tránsito de contenedores en el tráfico internacional. En suma, un conjunto de factores que convierten en estratégica la situación de la marina mercante en nuestro país.


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Lo anterior justifica de por sí la oportunidad y el acierto del presente libro, que pretende analizar con profundidad y claridad el conjunto de los aspectos más problemáticos del régimen jurídico del contrato de embarco en la marina mercante. Especialmente necesario el presente estudio a la vista de las marcadas especialidades que se observan en su regulación, que permanentemente están provocando notables inseguridades y dificultades en el momento de la aplicación de las correspondientes reglas a unas actividades profesionales en constante proceso de cambio. Variados son los factores que han determinado de manera continuada un tratamiento jurídico diferenciado para quien se embarca en un buque a los efectos de facilitar el comercio marítimo. Ante todo, el lugar de ejecución de la prestación de servicios ya de por sí manifiesta notables especialidades respecto del resto de los trabajadores asalariados, en términos tales que ello acaba repercutiendo sobre su régimen regulatorio y, en particular, sobre el conjunto de las condiciones de trabajo y de desarrollo del contrato de trabajo que vincula a las partes. Para empezar la actividad en el interior de los buques mercantes de forma muy mayoritaria se desenvuelve en aguas internacionales, como un sistema de transporte de mercancías entre Estados separados por el mar, lo que determina un fuerte componente internacional del sector. Podría decirse que históricamente es el primer sector globalizado de casi todas las economías nacionales; por ello, que sea en paralelo uno de los primeros ámbitos en los que se visualiza cómo la globalización plantea un nuevo escenario en el desarrollo de la concurrencia mercantil, con fuerte impacto sobre las relaciones de trabajo. Sólo con pensar en la transcendencia de fenómenos propios en este ámbito, como por ejemplo son los relativos a las llamadas banderas de conveniencia y los segundos registros, son suficientes como para percibir la trascendencia de la perspectiva internacional en esta materia. De ahí el fuerte entronque de Derecho internacional que presenta este tipo de relaciones laborales, con una intensa presencia e impacto de la norma internacional, como no podría ser de otro modo. Ello conduce a la autora por la necesidad de proceder a analizar el específico sistema de fuentes en este sector, con particular influencia de los Tratados y Convenios Internacionales. A ello le dedica una notable atención la obra, especialmente porque sigue siendo un asunto clave


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hoy en día y de constantes novedades reguladoras. Baste con mirar la fuerte intensidad de la intervención de la Organización Internacional del Trabajo, que en este frente ha llegado a acuñar la expresión “gente del mar” para referirse a este particular ámbito de las relaciones laborales; y muy especialmente mencionar al efecto la reciente aprobación en el seno de la Organización Internacional de Trabajo del Convenio de Trabajo Marítimo, como un a modo de texto refundido de todos los documentos normativos que afectan a la gente del mar, con su posterior ratificación por parte de España. Sin olvidar tampoco el renovado protagonismo de las instituciones comunitaria en la materia. Es más, el lugar de prestación de servicios marca notables especialidades en condiciones de trabajo centrales en la materia, que de forma transversal afectan a todo el régimen jurídico del contrato de embarco. Baste con mencionar aspectos claves tales como son los relacionados con la presencia continuada del marino en el buque con especial afectación a los tiempos de descanso y tiempos de trabajo, a la prevención de riesgos laborales, al ejercicio de los poderes directivos y organizativos del empleador, de duración del contrato de trabajo, a la singular posición del capitán de buque que deja abierto un importante debate acerca de su especial estatus profesional, a la especial identificación de las infracciones laborales en el interior del buque unido al tipo de sanciones que se pueden imponer en estos casos, al impacto sobre las facultades de resolución contractual unilateral tanto por parte del empleador como del trabajador. A ello se unen otras reglas que tienen honda tradición en la cultura y en los usos laborales en el ámbito de la marina mercante. Eso desemboca igualmente en otro importante listado de especialidades en el régimen del contrato de embarco, entre los cuales resaltaríamos especialmente aquellos que se refieren a la regulación del salario, de especiales reglas relativas a la profesionalidad del personal con especiales exigencia de titulación oficial y de reconocimiento formal de la misma, de los tiempos de permanencia en tierra, de reglas propias vinculadas a la nacionalidad del personal embarcado, etc. Tal cúmulo de diferencias de tratamiento jurídico se condensa en un recurrente debate en torno a la oportunidad o no de incorporar el contrato de embarco dentro de la categoría de las relaciones laborales especiales. A su vez, internamente dentro de la marina mercante, se


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plantea también la discusión similar o en paralelo, ahora referida al caso específico del capitán de buque, por su posición de responsabilidad superior en la navegación y de todo lo que ello comporta en el interior del mismo, que provoca la asunción de intensos poderes directivos delegados, que aboca a preguntarse en qué medida al mismo debe dársele el tratamiento de personal de alta dirección y, como tal, inserto dentro de una específica relación laboral especial. Adviértase que nos situamos en la perspectiva específica de política del derecho, es decir, de propuestas de reforma legislativa o no en orden a tratar ambas situaciones como relaciones especiales; por tanto, en sentido negativo, dejamos aparte en estos momento el ya más técnico debate jurídico concreto de si conforme al derecho positivo vigente tales realidades tienen o no el tratamiento de relaciones laborales especiales. En un principio, cuando apareció en la legislación laboral esta institución de las relaciones laborales especiales, respondiendo a una tradición histórica de regulación separada del contrato de embarco, el mismo se incluyó en ese listado; no obstante, en breve lapso de tiempo se excluyó de ello. En cuanto al supuesto específico del capitán de buque, se produjo un proceso similar de cambio normativo, si bien en este caso con importante aportación al debate por parte de nuestra jurisprudencia. La verdad es que la evolución normativa de esta materia con carácter general ha desembocado en estos momentos en un panorama de notable confusión y falta de una categorización técnica mínimamente comprensible de la figura de las relaciones laborales de carácter especial. De un lado, la relación de situaciones contractuales calificadas como relaciones especiales ha experimentado una inflación por vía de incremento aluvional desmesurado, descontrolado y sin fácil explicación de política del derecho general de los criterios que orientan al legislador a diseñar la dualidad relaciones ordinarias versus especiales. A tenor de ello lo menos que se puede decir es que a estas alturas el único elemento común a las mismas es el meramente formal, derivado de encontrarse todas ellas integradas dentro de una misma lista. O bien, dicho de otro modo, el único hilo conductor común reside en el dato de partida de que su régimen jurídico queda remitido extramuros del ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores; si bien incluso este último dato debe ser objeto de inmediata corrección, desde el instante en que se produce una suerte de operación jurídica


Prólogo

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de regreso, de modo que a través de la sucesiva regulación específica de cada relación especial, en la práctica totalidad de los supuestos, se procede a declarar aplicable con carácter supletorio con mayor o menor intensidad el conjunto de las reglas estatutarias comunes reguladoras del contrato de trabajo ordinario. Esto último provoca un efecto acordeón, primero formalmente ampliatorio de las diferencias y sucesivamente de recogida de velas para volver a aproximarse a la situación de partida. Más aún, a resultas de esta compleja operación de técnica jurídica, en algunos casos las diferencias de tratamiento no son tan notables, al extremo que podemos encontrarnos con la situación comparativa sorprendente de que algunas relaciones contractuales formalmente declaradas como meras modalidades contractuales en su plasmación concreta pueden llegar a presentar un resultado en cuanto a su régimen jurídico de superior singularidad o diferencia de tratamiento que algunas de las actuales contrataciones calificadas formalmente como relaciones laborales especiales. Por lo anterior, todo este aparentemente gran debate en torno a la oportunidad de proceder a considerar o no al contrato de embarco como una relación laboral especial carece de mayor sentido, pudiendo desembocar, como sucede casi siempre en estas materias, en una discusión meramente nominalista. Al final de lo que se trata es de efectuar un diagnóstico preciso y sobre lo concreto del contexto profesional y empresarial actuales acerca de lo que requiere un mayor o menor grado de tratamiento diferenciado, procediendo a partir de esa evaluación a detallar respecto de cada una de las concretas condiciones de trabajo cuáles de ellas y con qué intensidad resulta conveniente efectuar una regulación propia para el contrato de embarco. En suma, el hecho de que actualmente al contrato de embarco no se le dé el tratamiento de relación especial no provoca que las diferencias de régimen jurídico vigentes sean de tono menor, ni, por contraste, que pasar a calificarse como tales a resultas de una posible reforma pudiera comportar un intensificación de las diferencias de régimen jurídico respecto de lo vigente en estos momentos; todo depende de cómo se verifique esa precisa regulación propia del contrato de embarco. A lo sumo, la diferencia sería de sistematización, en el sentido de que una calificación formal como relación especial podría propiciar la necesidad de aprobar una norma de conjunto que, a modo de refundición, aglutinara con mayor unidad de tratamiento el total del


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régimen jurídico del contrato de embarco. No obstante, si el objetivo que se pretende es lograr una sistematización y refundición normativa de todas las actuales dispersas regulaciones del contrato de embarco, ello se podría efectuar con idéntica facilidad sin necesidad de calificar a la relación como de carácter especial. A mayor abundamiento, tampoco debe desconocerse el valor emblemático que puede conservar en estos momentos el simple hecho de calificar a una modalidad de contratación laboral como relación especial. En efecto, a pesar de toda la confusión antes brevemente descrita, que provoca una pérdida de valor sustancial a la dualidad relación especial versus modalidad contractual, la lista de relaciones especiales conserva un alto valor simbólico, en términos tales que, más allá de las posibles nulas consecuencias en la práctica, proyecta la imagen de unas situaciones laborales que se independizan profundamente en su tratamiento jurídico. No puede descartarse que la pervivencia de tal dualidad pueda invitar a utilizar un cierto canon hermenéutico de carácter general, conforme al cual se parta de la premisa de que para las relaciones especiales no caben interpretaciones analógicas de asimilación al régimen común, por mucho que la legislación específica contenga una genérica declaración de aplicación supletoria del total de la contratación laboral ordinaria. De este modo, aunque sólo sea por este motivo, en esta materia conviene actuar con una enorme cautela y partir, por el contrario, de una tendencia general a aplicar aquellas interpretaciones que propicien un tratamiento homogéneo del conjunto de aquellos trabajadores sometidos a la legislación laboral, evitando que el ordenamiento jurídico provoque innecesarios efectos de intensificación de las segmentaciones del mercado de trabajo más o menos artificiales. En definitiva, no parece que la incorporación en estos momentos del contrato de embarco a la lista de relaciones laborales especiales aporte nada positivo ni clarificador, pudiendo tan sólo provocar un desgajamiento más intenso e innecesario de su régimen jurídico respecto de la legislación laboral común. De todos estos aspectos y de muchos otros da cumplida cuenta la obra de Isabel Ribes, con una notable claridad expositiva. Lo lleva a cabo a través de una sistemática muy familiar para los especialistas en Derecho del Trabajo, con un análisis secuencial desde la celebración


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del contrato hasta su extinción, pasando por una ordenación muy asentada de análisis sucesivos de los derechos y deberes de las partes en el desarrollo de la relación laboral. Es mérito destacado del libro que se prologa que no solo procede a una descripción en profundidad de las especialidades propias del contrato de embarco, sino que adicionalmente tiene la decisión de marcar posiciones personales sobre los asuntos más espinosos, sin eludir tampoco las propuestas de reforma legislativa en aquellos aspectos detectados como insuficientes, controvertidos por mal regulados o faltos de adaptación a las transformaciones sociales y económicas modernas. Particular valor presenta la obra en cierto tipo de conclusiones, que marcan criterios sólidos por parte de la autora. Baste por ejemplo mencionar los siguientes: la contundencia de la calificación de la relación laboral del capitán del buque como contrato ordinario, excluyendo la posibilidad de que entre dentro de la categoría de las relaciones laborales especiales como manifestación específica de personal de alta dirección; por generalización de ello, con mucha menor duda el resto del personal de la marina mercante aunque con fuertes especialidades en sus condiciones de trabajo, el legislador opta por excluirlo de la tipología de las relaciones especiales para no aumentar más allá de lo necesario las especialidades del contracto de embarco; la decidida consideración de los pabellones de conveniencia como elementos distorsionadores en el equilibrado desarrollo de las relaciones laborales en la marina mercante; el carácter parcial y en ciertos aspectos desactualizados de la regulación vigente, que aconsejaría una revisión y puesta al día de la misma; de la importancia atribuida a los mecanismos de control del cumplimiento de la normativa de referencia, en especial en lo que respecta al tiempo de trabajo, con una apuesta decidida por la conformación de un sistema de supervisión laboral único. Las especialidades en el ámbito del contrato de embarco no se ubican exclusivamente sobre la perspectiva de las relaciones individuales de trabajo, por cuanto que las mismas peculiaridades de lugar de prestación y de estructura organizativa de los buques y de las correspondientes empresas desemboca en igual medida en la necesidad de contemplar especialidades por lo que afecta al ámbito de las relaciones colectivas de trabajo. Aspectos muy llamativos y singulares se


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presentan en la configuración de los órganos de representación de los trabajadores en los buques, de los procesos de negociación colectiva, de la adaptación de las facultades de actividad sindical y de defensa de los intereses de grupo, claramente en lo que respecta a los evidentes condicionantes en el ejercicio del derecho de huelga y de cierre empresarial. Todos estos aspectos estaban contemplados originariamente en el texto elaborado por Isabel Ribes. No obstante, razones de extensión y de obligada contención en la dimensión del presente libro, determinaron concentrar el mismo en los aspectos estrictamente individuales. Dicho de otro modo, los aspectos individuales presenta suficiente entidad y autonomía institucional como para ofrecer una monografía completa y cerrada en los contenidos objeto de análisis. Por ello, esta obra ha de complementarse con otra publicación adicional de la autora ceñida a esos otros aspectos que han quedado en el disco duro inacabado a estas fechas, pero que seguro será obra que también llegará a buen puerto y tendremos en breve plazo la segunda entrega que se espera y merece. No quisiera concluir esta presentación sin dejar constancia que el libro que aquí se prologa tuvo su origen en la memoria de tesis doctoral presentada por Isabel Ribes Moreno en la Universidad de Sevilla. No obstante, conviene dejar constancia también que sus raíces personales y profesionales desde sus orígenes se encuentran vinculadas a Algeciras, dato que es obligado resaltar por cuanto que permite comprender la fuerte proximidad de la autora con la materia objeto de estudio, su conocimiento pleno de la realidad que es objeto de análisis desde la perspectiva esencialmente jurídica, en suma, el domino profundo de las complejidades de unas relaciones profesionales en las que las reglas ancestrales siguen teniendo un peso indiscutible. En resumen, en la autora se presenta una perfecta simbiosis entre las vivencias personales y los conocimientos académicos, lo que le ha facilitado desplegar en la obra análisis y reflexiones con pleno conocimiento de causa del mundo en el que se desenvuelven los profesionales de la marina mercante. En todo caso ello quedo contrastado por el Tribunal que valoró su memoria de tesis doctoral, que le concedió la máxima calificación de sobresaliente cum laude por unanimidad, con miembros de reconocido prestigio en nuestra disciplina: D. Miguel Rodríguez-Piñero Royo, D. Federico Navarro Nieto, Dª. Eva Garrido Pérez, D. José Manuel Gómez Muñoz y Dª. Olga Fotinopoulos


Prólogo

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Basurko. Mi especial reconocimiento personal a todos ellos por la disponibilidad mostrada en una tarea no siempre grata de primera lectura y valoración de la tesis doctoral, que sirvió tanto para detectar carencias y contradicciones en la obra, que posteriormente intentaron ser corregidas. La autora, por lo demás, siempre se ha caracterizado por su modestia y especialmente plena disponibilidad a seguir consejos de reforzamiento de un trabajo de investigación, que en ocasiones nunca se le ve el final, pero que resulta necesario cerrar en un momento determinado al objeto de que sean otros, los lectores, quienes tengan la oportunidad de sacar provecho y valorar esta obra que sólo la autora personalmente conoce el tiempo requerido y las renuncias personales a las que ha obligado. En todo caso, de seguro ha merecido la pena esta su personal y en muchas ocasiones solitaria aventura de navegación por el proceloso mundo de la marina mercante. Jesús Cruz Villalón Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad de Sevilla Junio 2012


INTRODUCCIÓN El presente trabajo tiene por objeto el estudio y sistematización de la normativa vigente en España en relación con el contrato de embarco o “contrato de trabajo que se celebra entre el armador de una embarcación o su representante y un oficial o tripulante, para regular la prestación profesional de sus servicios a bordo”1 y, por tanto, analizar la vertiente individual de la relación jurídico-laboral que une al trabajador del mar con su empleador. En este sentido, ha sido necesario dejar de lado otros aspectos —como la vertiente colectiva o de seguridad social— cuyo tratamiento excede de un trabajo de estas características dada la necesidad de acotar su contenido2. Desde esta perspectiva, es indiscutible que parece necesario —con anterioridad a cualquier otra circunstancia— realizar una serie de consideraciones en torno a la delimitación previa realizada —tanto objetiva como subjetiva— con la finalidad de justificar la elección realizada. Y ello así, porque dada la amplitud de la temática general —el trabajo en el mar—; ésta podría ser abordada desde distintas perspectivas. Como se ha avanzado, este trabajo tiene por objeto analizar el contrato de embarque desde la vertiente individual del Derecho del Trabajo en España. A pesar de que por sí misma esta definición pudiera resultar suficiente para explicar el alcance de su contenido; lo cierto es que parece necesario referirse a dos conceptos que se encuentran íntimamente relacionados entre sí y que nos permiten delimitar el exacto alcance de la enunciación realizada líneas más arriba. De este modo, nuestro objeto de estudio comprende el aná-

1

2

A tal efecto cfr. Del Peso y Calvo, C., “El contrato de trabajo de las gentes de mar”, en Catorce lecciones sobre contratos especiales de trabajo, Universidad de Madrid, Facultad de Derecho, Sección de Publicaciones e Intercambio, Madrid, 1965, pág. 299. Amén de contar con trabajos de excepción en nuestra doctrina en materia de seguridad social. Al respecto, los trabajos de Carril Vázquez, X.M., La seguridad social de los trabajadores del mar, Civitas, Madrid, 1999 y de Vicente Palacio, A., El Régimen especial de Seguridad Social de los Trabajadores del mar, Cizur Menor (Navarra): Aranzadi, D.L. 2004.


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