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DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO 2ª Edición JOSE LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO (Coord.) Doctor en Derecho. Director del C.E.D.I.H. MANUEL PÉREZ GONZÁLEZ

JOAQUÍN CÁCERES BRUN

Catedrático de Derecho Internacional. Director Técnico CEDIH

Delegado del CICR

MANUEL ANTÓN AYLLÓN

Profesora de Derecho Internacional

Ex Secretario General de la Cruz Roja Española

VICENTE OTERO SOLANA

MERCEDES BABÉ ROMERO

JUAN CARLOS GONZÁLEZ BARRAL

Directora Cooperación Internacional de la Cruz Roja Española

Letrado del Tribunal Supremo

JOAQUÍN LÓPEZ SÁNCHEZ

Doctor en Derecho

Licenciado en Derecho Secretario del CEDIH

M.ª DEL ROSARIO OJINAGA RUIZ

M.ª JOSÉ CERVELL ORTAL

Coronel Médico

FRANCISCO ALONSO PÉREZ (†)

JOSÉ LUIS DOMÉNECH OMEDAS

Profesora Titular de Derecho Internacional

Coronel de Artillería (DEM)

JUAN MANUEL GARCÍA LABAJO

JAVIER GUISÁNDEZ GÓMEZ Coronel de Aviación (DEM)

Subdirector G. de Recursos Ministerio de Defensa

AGUSTÍN CORRALES ELIZONDO

DAVID SUÁREZ LEOZ

Magistrado del Tribunal Supremo

Magistrado

GONZALO JAR COUSELO

VÍCTOR DE CURREA LUGO

General de la Guardia Civil

Médico. Ex delegado del CICR en Colombia

FERNANDO PIGNATELLI MECA

ALBERTO RUIZ DE LOS PAÑOS

General Consejero Togado

Comandante Auditor

Prólogo: JUAN MANUEL SUÁREZ DEL TORO RIVERO Presidente de la Cruz Roja Española y Presidente de la Federación Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

Cruz Roja Española Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario

tirant lo b anch Valencia, 2007


Copyright ® 2006 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

© JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO y otros

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es DEPOSITO LEGAL: I.S.B.N.: 978 - 84 - 8456 - 803 - 2


ÍNDICE Prólogo ..........................................................................................................

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Presentación a la edición de 1999 ...............................................................

13

Presentación a la edición de 2002 ...............................................................

15

Presentación a la edición de 2006 ...............................................................

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I. PARTE GENERAL Capítulo 1 El Derecho Internacional Humanitario frente a la violencia bélica: una apuesta por la humanidad en situaciones de conflicto ........ MANUEL PÉREZ GONZÁLEZ Capítulo 2 Fuentes del Derecho Internacional Humanitario ............................ JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ VILLASANTE Y PRIETO Capítulo 3 El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja ........................................................................................................... MANUEL ANTÓN AYLLÓN MERCEDES BABÉ Y ROMERO (Revisado por JOAQUÍN LÓPEZ SÁNCHEZ) Capítulo 4 La Cruz Roja Española .......................................................................... JOAQUÍN LÓPEZ SÁNCHEZ Capítulo 5 Ámbito de aplicación del Derecho Internacional Humanitario. Delimitación de los conflictos armados ............................................. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO

25

49

81

127

151

Capítulo 6 Los Sujetos Combatientes ...................................................................... JOSÉ LUIS DOMÉNECH OMEDAS

191

Capítulo 7 Terrorismo y Derecho Internacional Humanitario ......................... JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO

217


8

ÍNDICE

II. LA CONDUCCIÓN DE LAS HOSTILIDADES Capítulo 8 El proceso de la decisión del Comandante y el Derecho Internacional Humanitario. Acciones Hostiles y objetivos militares ............ JAVIER GUISÁNDEZ GÓMEZ Capítulo 9 La ocupación bélica ................................................................................ AGUSTÍN CORRALES ELIZONDO Capítulo 10 Limitaciones al empleo de medios y métodos de combate: Armas convencionales excesivamente dañinas o de efectos indiscriminados. Residuos explosivos de guerra y proliferación de armas ligeras . JOSÉ LUIS DOMÉNECH OMEDAS

257

287

311

Capítulo 11 Las minas antipersonal ......................................................................... GONZALO JAR COUSELO

355

Capítulo 12 La prohibición de las armas químicas ............................................... MARÍA JOSÉ CERVELL

371

Capítulo 13 Los agentes biológicos, la amenaza biológica y el Derecho Internacional Humanitario ................................................................................ VICENTE OTERO SOLANA

399

Capítulo 14 El arma nuclear y el Derecho Internacional Humanitario ........... JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO

439

Capítulo 15 La protección del medio ambiente en caso de Conflicto Armado . JUAN CARLOS GONZÁLEZ BARRAL

461

III. LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA Capítulo 16 La protección del medio sanitario en los Conflictos Armados ...... VICENTE OTERO SOLANA

485

Capítulo 17 La protección del prisionero de guerra .............................................. JOSÉ LUIS DOMÉNECH OMEDAS

519


ÍNDICE

Capítulo 18 La protección de la población civil ..................................................... FRANCISCO ALONSO PÉREZ (Revisión y actualización por PEDRO ALCALÁ GALÁN y JAVIER GARRIDO SOTELO) Capítulo 19 La protección de la mujer en el Derecho Internacional Humanitario ROSARIO OJINAGA RUIZ Capítulo 20 La protección especial del niño en el Derecho Internacional Humanitario ........................................................................................................ SONIA HERNÁNDEZ PRADAS Capítulo 21 Periodistas y guerra: Una perspectiva desde el Derecho Internacional Humanitario ..................................................................................... GONZALO JAR COUSELO Capítulo 22 Refugiados y desplazados: El Derecho de Asilo ................................ FRANCISCO ALONSO PÉREZ (Revisión y actualización por PEDRO ALCALÁ GALÁN y JAVIER GARRIDO SOTELO) Capítulo 23 La protección de los bienes culturales en caso de Conflicto Armado JUAN MANUEL GARCÍA LABAJO

9 555

583

615

633

661

681

IV. LOS CONFLICTOS ARMADOS INTERNOS Capítulo 24 Conflictos armados sin carácter internacional y Derecho Internacional Humanitario: Normativa aplicable ...................................... DAVID SUÁREZ LEOZ Capítulo 25 Dificultades del Derecho Humanitario en el caso colombiano ..... VÍCTOR DE CURREA LUGO

713

733

V. LA PROTECCIÓN PENAL DE LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA Capítulo 26 La punición de las infracciones del Derecho Internacional Humanitario. Los tribunales internacionales de crímenes de guerra ... FERNANDO PIGNATELLI MECA

763


10

ÍNDICE

Capítulo 27 La Corte Penal Internacional .............................................................. FERNANDO PIGNATELLI MECA Capítulo 28 Protección de las víctimas de la guerra en el ordenamiento penal español ....................................................................................................... FERNANDO PIGNATELLI MECA

807

855

VI. EL SISTEMA DE SEGURIDAD COLECTIVA Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Capítulo 29 La Prohibición del uso de la fuerza: sistema institucionalizado de seguridad colectiva ................................................................................. ALBERTO RUIZ DE LOS PAÑOS

911

VII. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Capítulo 30 El sistema de eficacia del Derecho Internacional Humanitario .. JOAQUÍN CÁCERES BRUN Capítulo 31 El Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos ...................................................................... JOAQUÍN CÁCERES BRUN

931

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VIII. BIBLIOGRAFÍA DE DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Bibliografía de Derecho Internacional Humanitario ..................... JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO MILENA COSTAS TRASCASAS CARMEN QUESADA ALCALÁ

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PRÓLOGO Con la edición de la obra «Derecho Internacional Humanitario», que recoge las enseñanzas de los profesores de nuestro Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario (CEDIH), Cruz Roja Española prosigue su labor de fomentar el conocimiento y difusión de las normas humanitarias, tarea que consideramos imprescindible. Por desgracia, como ha puesto de manifiesto en numerosas ocasiones el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, y pese al fin del bipolarismo y la pretendida consolidación de un nuevo orden mundial, el momento actual de las relaciones internacionales se caracteriza por la multiplicación de los conflictos armados y la progresión de las guerras, por el creciente desamparo de sus víctimas y, particularmente, por el aumento de ellas entre la población civil, por la propagación de la violencia y por las constantes violaciones del Derecho Internacional Humanitario. Son muchas las circunstancias que contribuyen al desolador panorama que se presenta en estos principios de siglo. El incremento del mercado de armamentos, con la proliferación de ciertas armas, como las minas antipersonas, la desestructuración y desintegración de Estados, antes estables, que han producido conflictos internos y guerras étnicas; la transformación del objetivo de la guerra en el exterminio del adversario; la radicalización racial, religiosa o nacionalista, dentro de una demografía de la miseria; la paradoja de unos conflictos «olvidados» frente a otros que se presentan a la opinión pública mundial con una inusual cobertura de los medios de comunicación; o la escandalosa divergencia entre las declaraciones de buena voluntad de muchos Estados y la realidad, demuestra el inexistente interés por las víctimas de los conflictos y la escasa autoridad sobre los combatientes en los conflictos internos. En el examen objetivo de las consecuencias de los conflictos armados que existen en el mundo destaca sin lugar a dudas el aumento de las víctimas civiles como resultado del empleo de medios indiscriminados contra la población. Hay, en efecto, mayor número de víctimas entre los no combatientes (mujeres, niños, ancianos, heridos o enfermos), se realizan detenciones arbitrarias, toma de rehenes, violaciones, torturas, asesinatos masivos, genocidios y se dirige la acción bélica contra la población civil, haciéndola sufrir represalias o utilizando el hambre como método de guerra. Hay que considerar también entre las secuelas de los conflictos armados el éxodo masivo de poblaciones enteras dentro del territorio nacional o a otros países, con las devastadoras consecuencias que ello conlleva, la ruptura de la unidad familiar y la dispersión de sus miembros. En la actualidad hay millones de refugiados en difíciles condiciones de supervivencia. Se generan fenómenos tan rechazables como el de los niños soldados, la desprotección de los menores como secuela de la guerra, el desarrollo de nuevas armas que no respetan el clásico principio de la prohibición de aquellas que causan


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males superfluos o sufrimientos innecesarios, la masiva utilización de las indiscriminadas minas antipersonas, que afectan en gran medida a la población civil muchos años después de finalizados los conflictos, las graves consecuencias ambientales, los ataques a los servicios públicos, y a los bienes indispensables, como los servicios sanitarios o el suministro de agua. Como se ha dicho, son muchas las razones por las que no hemos podido sentirnos satisfechos al celebrar el cincuenta aniversario de la Declaración de los Derechos Humanos, al menos en lo que se refiere al respecto que merece la persona en los conflictos armados. Es de desear que la conmemoración del cincuenta aniversario de los Convenios de Ginebra de 1949 haya servido para que la convergencia de las normas humanitarias y las de los derechos humanos cristalicen en el apoyo de los Estados a los mecanismos necesarios para dotar de eficacia a las normas protectoras de las víctimas de la guerra. Aunque son muchos los problemas que plantea hoy el efectivo cumplimiento de las normas de Derecho Internacional Humanitario que los propios Estados han elaborado y se han comprometido a respetar, no toda esta evolución tiene un carácter negativo: Se ha avanzado en la prohibición de determinadas armas, como las minas antipersonas o las armas que causan ceguera; en las limitaciones relativas a los restos explosivos de guerra; en la ratificación de los Protocolos I y II de 1977, adicionales a los Convenios de Ginebra; en la abolición de la pena de muerte; en la coordinación de la asistencia humanitaria; o en la creación de una Corte Penal Internacional para acabar con la impunidad de los crímenes de guerra y otros delitos internacionales, como el genocidio, los de lesa humanidad o el crimen de agresión y en la adopción del III Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra, que establece un tercer emblema protector (El cristal rojo). En definitiva, se progresa en la creación de una opinión mundial para armonizar el Derecho Internacional con valores tales como la solidaridad, imprescindible para la supervivencia de pueblos enteros de forma que la garantía de los derechos fundamentales universales conduzcan al deseable humanismo del Derecho Internacional. En toda esta evolución, que debe estar presidida por los principios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, que caracterizan al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, es de importancia capital la labor de difusión del Derecho Internacional Humanitario, ya que el desconocimiento conlleva el incumplimiento. Por todo lo expuesto, es mi deseo, que esta edición del «Derecho Internacional Humanitario», fruto del inestimable trabajo de los profesores y con la colaboración de la Editorial Tirant lo Blanch, cuya sensibilidad humanitaria merece ser destacada y agradecida, contribuya al conocimiento y difusión de las normas humanitarias. Madrid, enero de 2007

JUAN MANUEL SUÁREZ DEL TORO RIVERO Presidente de la Cruz Roja Española y de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja


PRESENTACIÓN A LA EDICIÓN DE 1999 La Cruz Roja Española, fundada en 1864 como consecuencia de la participación de España en la Conferencia Internacional (1863) donde nació el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, tiene como uno de sus fines más relevantes la difusión, aplicación y enseñanza de sus principios fundamentales (humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, carácter voluntario, unidad y universalidad) y del Derecho Internacional Humanitario al no poder olvidar la razón histórica de su creación. Así, nació en el año 1984 el Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario (CEDIH) que ha realizado durante más de una década en España y en el extranjero la labor de difusión, enseñanza e investigación del Derecho Internacional aplicable a los conflictos armados. Recogiendo la experiencia de numerosos cursos, impartidos a más de cuarenta mil alumnos, el CEDIH ha elaborado la presente publicación que se integra con el temario del Curso básico de «Derecho Internacional Humanitario y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja». Los temas escritos por los profesores del CEDIH sintetizan una rica experiencia docente que la Cruz Roja Española pone ahora al alcance de todas las personas interesadas en conocer las normas que regulan nuestra Institución y los conflictos armados internacionales o internos. Después de un tema introductorio, se presenta la parte general del Derecho de los Conflictos Armados, los sujetos combatientes, la punición de las infracciones del Derecho Internacional Humanitario y los Tribunales Internacionales de Crímenes de Guerra), para abordar seguidamente el núcleo del derecho Internacional Humanitario (protección de heridos, enfermos y náufragos, personal sanitario y medios auxiliares, trato debido a los prisioneros de guerra, protección de la población civil, protección de los bienes culturales y conflictos armados internos) y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (con especial referencia a la Cruz Roja Española), finalizando la obra con la publicación del «Manual sobre Derecho Internacional Humanitario y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja», acertada síntesis de las normas aplicables a los conflictos armados. El principio básico de todo el Derecho Internacional Humanitario se puede formular así: la conducción de las hostilidades no es incompatible con el respeto a la persona humana. De modo que las normas del Derecho de los conflictos armados constituyen un delicado equilibrio entre el principio humanitario (es decir, lo que se hace por humanidad, sensibilidad o compasión de las desgracias de nuestros semejantes; en definitiva por caridad) y el principio de necesidad militar. El realismo y la modestia presiden sus normas, elaboradas por consenso entre los militares que conducen la guerra y los hombres de leyes, lejos de todo voluntarismo humanitario, de cualquier sentimiento subjetivo no articulable


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normativamente o de un maximalismo desconocedor de la realidad de los conflictos. Las dificultades con que se logran resultados tangibles en la protección de las víctimas de los conflictos o incluso los fracasos, no constituyen argumentos insuperables contra el desarrollo del derecho humanitario, siempre acosado por dos sofismas. De un lado, la idea de que es mejor impedir la guerra que reglamentarla. ¿Quién podría negarlo? Pero desgraciadamente la comunidad internacional no ha logrado hasta ahora impedir las guerras. De otro, la constancia de que las normas del Derecho Internacional Humanitario son violadas sistemáticamente en los conflictos armados, sin aludir a los millones de víctimas que han podido beneficiarse de su protección. Dentro de la acción humanitaria, el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja se ha caracterizado por su independencia (frente a la radicalización ideológica), imparcialidad (sin discriminación entre el amigo o enemigo), y neutralidad (para conservar la confianza de todos), sabedor de que la difusión de las normas humanitarias es el mejor alegato contra la guerra. Digámoslo con palabras del General y Magistrado Javier Sánchez del Río, recordado Director del CEDIH: «Nos hemos esforzado por enseñar las normas que penosa y lentamente hemos llegado a producir. Debemos incidir una y otra vez en la misma idea: cumplamos al menos esos mínimos preciosos que constituyen el Derecho Internacional Humanitario... Pero habrá que hacer más, algo más. Quizás sea el momento de pedir a gritos la paz, oportuna e inoportunamente, y tratar de conseguir que todos los pueblos se unan frente a quienes «inventan» la guerra».

JOSÉ L. RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO Director del Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja Española.


PRESENTACIÓN A LA EDICIÓN DE 2002 Constituye una gran satisfacción y también, sin duda, un inmerecido honor, escribir la presentación de esta segunda edición del libro Derecho Internacional Humanitario, escrita por los Profesores del Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja Española (CEDIH) y que recoge la experiencia docente e investigadora de más de tres lustros de dedicación y esfuerzos en la materia. Y ello porque el contenido de esta obra colectiva no es la mera suma de estudios individuales, y los hay muy valiosos, sino el resultado de una tarea común que comenzó con la creación del Centro en 1984 y se ha caracterizado por la valiosa aportación de profesores de muy diversa formación académica, cuya experiencia docente y dedicación al Derecho Internacional Humanitario ha logrado elaborar una doctrina plena de coherencia, sintetizando aspectos tan diferentes como las procedencias de sus autores, todos ellos convencidos de la necesidad de difundir las normas humanitarias a la luz de los siempre compartidos Principios Fundamentales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Roja. Es decir, aportar conocimientos jurídicos y crear actitudes (en una audiencia que sobrepasa el número de sesenta mil personas) que garanticen la protección de la persona humana en todas las circunstancias. Nuestros alumnos, de quienes recibimos aliento y crítica, proceden fundamentalmente de las Fuerzas Armadas, de la Universidad, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, del sector Sanitario, de los Colegios de Abogados y, naturalmente, de la Cruz Roja Española y otras instituciones públicas o privadas. Agotada la primera edición, posible gracias al esfuerzo de la Cruz Roja de Ciudad Real y al apoyo de la Diputación Provincial de Ciudad Real y de la Universidad de Castilla-La Mancha, era necesario abordar la segunda edición con una mayor ambición docente, tanto en la extensión de la materia tratada como en la sistemática de la obra que quiere ser algo más que una mera presentación de temas de un Curso básico de Derecho Internacional Humanitario. Este afán de mejorar la publicación no significa minusvalorar el resultado de la primera, que mereció ser calificada como «El libro del mes» por el Estado Mayor del Ejército de Suiza, que concluía su valoración afirmando que «Los ocho capítulos del Curso de Derecho Internacional Humanitario proporcionan una presentación amplia, sistemática y profunda del derecho internacional humanitario». Esta segunda edición del libro Derecho Internacional Humanitario se estructura en siete partes: I. Parte General, II. La conducción de las hostilidades, III. La protección de las víctimas de la guerra, IV. Los conflictos armados internos, V. La protección penal de las víctimas de la guerra, VI. El sistema de seguridad colectiva y el Derecho Internacional Humanitario, y VII. Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Humanitario, seguidas del correspondiente apartado bibliográfico (VIII).


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Se singulariza la obra que tengo el honor de presentar por el cuidado tratamiento de los problemas actuales del Derecho Internacional Humanitario. Así la protección de los niños, en especial la prohibición de los niños soldados, la prohibición de las minas antipersonas por el Tratado de Ottawa o la protección penal de las víctimas de la guerra, son aspectos que merecen capítulos específicos en la nueva publicación. El 12 de agosto de 1999, con motivo del cincuentenario de la firma de los Convenios de Ginebra (12 de agosto de 1949), el Secretario General de las Naciones Unidas efectuó (con otras personalidades internacionales) un llamamiento solemne a todos los pueblos, naciones y gobiernos para que rechacen la idea de que la guerra es inevitable y combatan sin tregua sus raíces (la lucha profiláctica contra las causas de la guerra), se exija a todos los involucrados en los conflictos armados que respeten los principios elementales de humanidad y las normas del derecho internacional, protejan a los civiles de los horrores de la guerra (hoy el noventa por ciento de las víctimas de la guerra son personas civiles y, a menudo, los combatientes los tratan como objetivo militar) y fomenten las relaciones entre individuos, entre pueblos y entre naciones sobre la base del respeto de la dignidad humana, la compasión y la solidaridad. El mismo Secretario General de la ONU en su informe al Consejo de Seguridad sobre La protección de los civiles en los conflictos armados, después de deplorar que los civiles sigan siendo blanco en los conflictos, objeto de intimidación y represión brutal, torturas y matanzas, recurso al terror para dominar a la población y frecuentes violaciones del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, reconocía que todavía no hay suficientes mecanismos para hacer que se cumplan las normas humanitarias y para prevenir los sufrimientos de las víctimas. En el extenso muestrario de las amenazas y violencias contra los civiles en los conflictos armados, se pone de manifiesto: la existencia de ataques deliberados contra no combatientes, de tortura y de asesinato sistemático de civiles, particularmente en los conflictos armados internos, el desplazamiento forzado de población (hay treinta millones de personas desplazadas en el mundo), expuesta a atrocidades, sin protección física adecuada y obligada a abandonar a familiares, bienes y hogares, el desvío de los suministros de socorro por la mezcla de elementos armados y civiles en los campamentos de refugiados, las consecuencias de la guerra sobre los niños (dos millones de niños muertos y seis millones heridos graves como resultado directo de las hostilidades) y su explotación como niños soldados (en los conflictos actuales se calculan trescientos mil menores reclutados a la fuerza) con grave violación de sus derechos, la violencia relacionada con el género, la explotación sexual de las mujeres, la violación o la prostitución forzada, los ataques contra el personal que presta socorro y de mantenimiento de la paz, que se han convertido en blanco directo de la violencia organizada, la disponibilidad generalizada de armas pequeñas o portátiles y la utilización constante e indiscriminada de las minas antipersonas.


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Frente a esta preocupante realidad, como ha escrito el Profesor Pérez González, la acción de la Cruz Roja Internacional, en el plano normativo, se ha orientado en la tarea de incitación para que los Estados sigan adelante en el proceso de codificación y desarrollo progresivo del derecho internacional humanitario a través de nuevos tratados o convenios y mediante la incorporación de aquellos Estados que todavía no lo han hecho a tratados o convenios vigentes, así como en la labor de alentar la aplicación interna del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y a la adopción de acuerdos declarativos, sin valor convencional pero con una clara relevancia pública, como las Resoluciones de las sucesivas Conferencias Internacionales del Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Justamente en la XXVII Conferencia Internacional (Ginebra, 1999), se produce una convergencia entre la tradicional postura del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Roja, cuya singular cooperación con los Estados se reconoce, y los objetivos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, para reafirmar el compromiso de los Estados de cumplir su obligación (dimanante del Derecho Internacional Humanitario) de apoyar la labor humanitaria de cada componente del Movimiento Internacional y respetar sus Principios Fundamentales. No es ocioso recordar que integran (con voz y voto) la Conferencia Internacional los representantes de los 189 Estados Partes en los Convenios de Ginebra de 1949 y que la Corte Internacional de Justicia (en su Sentencia de 1986, Actividades militares y paramilitares en Nicaragua y contra Nicaragua) ha puesto de manifiesto que los citados Principios Fundamentales son fuente de obligaciones para los Estados en la actividad humanitaria. Así, los objetivos del Plan de Acción aprobado en las oportunas Resoluciones de la mencionada Conferencia Internacional se concretan en una serie de medidas dirigidas a proteger y asistir a la población civil y demás víctimas de los conflictos armados y a respetar los bienes protegidos, tales como: prohibir absolutamente los ataques a la población civil y adoptar medidas especiales de protección para los más vulnerables, evitar las violaciones graves del DIH y garantizar el castigo de sus autores, prestar asistencia a los desplazados y evitar los desplazamientos injustificados de población, proteger a las personas privadas de libertad y recordar la prohibición de la toma de rehenes, informar a las familias de la suerte de las víctimas de la guerra, proteger especialmente a los niños en los conflictos armados, garantizar un acceso rápido y sin obstáculos a la población civil por parte de las organizaciones humanitarias, reforzar la seguridad de las personas protegidas creando espacios humanitarios, evitar métodos de guerra consistentes en hacer padecer hambre a la población civil o privarla de bienes indispensables para su supervivencia, asegurar el acceso y permanencia del CICR en todas las situaciones de conflicto armado para proteger a las víctimas, garantizar que el personal que actúa bajo el mandato de las Naciones Unidas reciba formación en DIH y observe los principios y normas humanitarias y abordar mejor la necesidad de protección y asistencia de las mujeres y de las niñas afectadas por los conflictos armados.


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La lucha contra la impunidad, que también se integra en el Plan de Acción de la Conferencia Internacional, combina la legislación nacional en cuanto a la represión de los crímenes de guerra y a su persecución internacional (principio aut dedere aut iudicare), el apoyo al establecimiento de Tribunales Internacionales como la Corte Penal Internacional y el resarcimiento por daños infligidos a las víctimas de las violaciones del DIH. El tercer objetivo del Plan de Acción se concreta en promover la aceptación universal de los tratados de DIH y la adopción por los Estados de todas las medidas necesarias en el plano nacional para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. Es especialmente relevante para el cometido del Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja Española el cumplimiento por los Estados de su obligación convencional consistente en integrar el DIH en los programas de formación de sus fuerzas armadas y de seguridad (y en los Manuales de procedimientos operacionales, Manuales de Campaña y maniobras militares), así como difundir su conocimiento por los funcionarios, órganos de decisión o medios de comunicación y su inclusión en los programas de educación general. El objetivo final del Plan de Acción, por lo que se refiere a la protección de las víctimas de los conflictos armados, se centra en lograr la conformidad de las armas con el DIH (Proyecto SIrUS, sobre armas que causan males superfluos o sufrimientos innecesarios), estableciendo controles eficaces sobre la disponibilidad de armas y municiones (particularmente sobre las armas ligeras o portátiles) y poniendo término a la tragedia humana causada por las minas terrestres antipersonas. La exposición de los principios y normas que regulan todas estas cuestiones, desde el punto de vista del Derecho Internacional Humanitario, es el reto que asume esta publicación que quiere servir a la imprescindible labor de difusión de las reglas que trabajosamente ha logrado elaborar la comunidad internacional para garantizar un mínimo de humanidad en los conflictos armados. Debemos sentirnos satisfechos de la labor normativa realizada por el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, en su casi siglo y medio de existencia, para el progreso del DIH. Ciertamente con algunas lagunas que nos esforzamos por colmar, como la protección de la mujer y de los niños, la transferencia de armas, la preservación del medio ambiente o la amenaza o el uso del arma nuclear. Hoy se puede decir que no faltan normas sino, muchas veces, la voluntad de cumplirlas. Los Convenios de Ginebra de 1949, con sus dos Protocolos Adicionales, el Convenio de La Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales (con su Reglamento y dos Protocolos adjuntos), la prohibición de las armas biológicas o químicas, de las técnicas de modificación ambiental o de las armas convencionales de efectos excesivos o indiscriminados y la proscripción de las minas antipersonas, son hitos positivos en la historia del DIH. Avances irrenunciables en las reglas protectoras de las víctimas de la guerra, que se


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complementan con decisivos pasos en el ámbito de los conflictos armados internos. Pero estos avances normativos no pueden hacernos olvidar la realidad de sus frecuentes violaciones. Y así, los ataques a la población en cuanto tal, al personal humanitario y a los bienes civiles indispensables para la supervivencia de poblaciones enteras parecen secuencias inescindibles de las guerras actuales. Por ello revisten gran importancia los mecanismos establecidos por el DIH para dotar de eficacia a las normas convencionales libremente aceptadas por los Estados. Estos, debemos recordarlo, han asumido en particular la obligación de establecer en sus normas penales internas el castigo de los crímenes de guerra. Acabar con la escandalosa impunidad de quienes violan el DIH (y los Derechos Humanos) sería una eficaz forma para prevenir nuevos crímenes y podría alcanzarse la deseable dimensión internacional con la constitución de la Corte Penal Internacional, para el enjuiciamiento de los crímenes de mayor trascendencia para la humanidad, protegiendo así a la persona humana «en todas las circunstancias». Pero no basta con la represión penal, es preciso que los valores humanitarios conformen la conciencia jurídica colectiva y se asienten como principios morales compartidos y aceptados, particularmente, por quienes tienen la misión de garantizarlos y actuar creyendo en el principio fundamental del Derecho Internacional Humanitario: La conducción de las hostilidades y las exigencias militares serán siempre compatibles con el respeto a la persona humana».

JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO Director del Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja Española


PRESENTACIÓN A LA EDICIÓN DE 2007 En un tiempo relativamente corto se ha agotado la segunda edición del libro Derecho Internacional Humanitario, hasta el punto de que fue precisa una rápida reimpresión para dar inmediata respuesta a las necesidades del Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario (CEDIH) de la Cruz Roja Española. Se hacía pues ineludible acometer la tarea de preparar una tercera edición de la obra, lo que —por una parte— produce siempre una gran satisfacción a los autores y editores, pero constituye —al mismo tiempo— un reto académico y un considerable esfuerzo de actualización y mejora del contenido de un libro que ha suscitado tan buena acogida entre sus lectores. Por otra parte, sin perjuicio de añadir capítulos de actualidad y perfeccionar la estructura de la publicación, se ha querido evitar la tentación de editar una obra con un número excesivo de páginas que la harían inmanejable, buscando el difícil equilibrio entre un contenido que abarque todas las materias imprescindibles y la extensión propia de un libro de sus características. Entre las novedades más relevantes que aporta esta edición hay que dar cuenta de la incorporación de siete capítulos dedicados a «Ambito de aplicación y delimitación del DIH», «Terrorismo y DIH», «La ocupación bélica», «La prohibición de las armas químicas», «Biotecnología y DIH», «La protección de la mujer en el DIH» y «Periodistas y guerra». Además de haber puesto al día todos los capítulos de la edición anterior, han sido modificados profundamente algunos otros como los relativos a las «Fuentes del DIH» (para añadir los «Principios del DIH»), «El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja» (para adicionar una referencia al emblema del III Protocolo de 2005), «Limitaciones al empleo de medios y métodos de combate» (para tratar los «Restos explosivos de guerra y la proliferación de armas ligeras»), «La protección de la población civil» y «Refugiados y desplazados: el derecho de asilo» (con excelentes contribuciones de nuevos autores) y «Protección penal de las víctimas de la guerra en el ordenamiento penal español» (profundamente reformado a la vista de la Ley Orgánica 15/2003, de modificación del Código penal español). Como consecuencia de la honda revisión del libro se han incorporado nuevos autores a esta obra colectiva, que —en definitiva— es el resultado de la labor de investigación, difusión y enseñanza que realiza el CEDIH de la Cruz Roja Española desde hace más de veinte años. Después de publicada la segunda edición de éste libro, ha habido que lamentar el fallecimiento de nuestro compañero el Doctor Don Francisco Alonso Pérez, profesor del CEDIH y autor de los capítulos «La protección de la población civil» y «refugiados y desplazados: el derecho de asilo», que han sido cuidadosamente puestos al día por los profesores Pedro Alcalá Galán y Francisco Javier Garrido


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JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO

Sotelo. Sirvan estas líneas de homenaje y recuerdo al querido amigo y profesor desaparecido. Pero, además, los trabajos de otros autores han enriquecido nuestra publicación. Y así, damos la bienvenida a las excelentes aportaciones de Agustín Corrales Elizondo («La ocupación bélica»), José Luis Doménech Omedas («Limitaciones al empleo de medios y métodos de combate»), María José Cervell Ortal («La prohibición de las armas químicas»), Vicente Otero Solana («Biotecnología y DIH»), Rosario Ojinaga Ruiz («La protección especial de la mujer») y Gonzalo Jar Couselo («Periodistas y guerra»). Dos jóvenes profesoras universitarias, las doctoras Milena Costas Trascasas y Carmen Quesada Alcalá, han colaborado de forma notable en la difícil y necesaria tarea de elaborar la Bibliografía del Derecho Internacional Humanitario y de la Corte Penal Internacional que integran el capítulo final del libro. No sería justo olvidar la decisiva contribución de la Editorial Tirant lo Blanch, gratitud que personalizamos en su director-gerente Salvador Vives López, a cuya competencia y sensibilidad humanitaria tanto debe esta edición de nuestro libro. Las palabras finales de esta presentación quieren ser una dedicatoria y van dirigidas como homenaje, bien sentido por todos los autores del libro y profesores del CEDIH, a los voluntarios del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y de las restantes organizaciones humanitarias. A todos aquellos que, en muchas ocasiones con riesgo de su vida, han entregado y entregan algo más que su tiempo libre aportando su imprescindible colaboración para mejorar la suerte de las víctimas de los conflictos armados. Así contribuyen, de forma desinteresada, a poner algo de humanidad en la terrible tragedia de la guerra. Y no es ocioso añadir, como hizo la Declaración de la XXVIII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Ginebra, 2003), que «han de ser respetados y protegidos en todas las circunstancias en el ejercicio de su cometido vital de prevención y alivio del sufrimiento». En este libro se analizan las normas del Derecho Internacional Humanitario, instrumentos necesarios para proteger a las víctimas de los conflictos armados, pero la solidaridad de nuestros voluntarios es la herramienta imprescindible para acceder a los que sufren y la mejor respuesta al reto humanitario de la defensa la dignidad humana de los pueblos y personas a quienes la guerra ha vuelto más vulnerables.

JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO Director del Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja Española


I. PARTE GENERAL


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