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131 Juan Carlos García Quiñones

Políticas activas de empleo

alternativa


POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Javier de Lucas Martín

Ana Cañizares Laso

Víctor Moreno Catena

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO

JUAN CARLOS GARCÍA QUIÑONES

Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad Complutense de Madrid

tirant lo blanch Valencia, 2022


Copyright ® 2022 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

© Juan Carlos García Quiñones

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1113-268-8 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/ politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


A mi Maestro, mi amigo, Fernando Valdés.


ÍNDICE Abreviaturas más utilizadas ......................................................................................

15

Introducción ..............................................................................................................

17

Capítulo I LA DIMENSIÓN EUROPEA DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO 1.

2.

3. 4.

5.

Contextualización de las políticas activas de empleo en España dentro del marco de la Unión Europea............................................................................... 1.1. Referencias normativas en el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo (TRLE)....................................................................................................... 1.2. Referencias normativas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)........................................................................................ El tratamiento de las políticas activas de empleo en la Unión Europea......... 2.1. El Tratado de Amsterdam y la Estrategia Europea de Empleo en la Cumbre Extraordinaria de Luxemburgo de 1997................................... 2.2. Estrategia de Lisboa para el Crecimiento y el Empleo de 2000.............. 2.3. Estrategia Europa 2020.............................................................................. Políticas activas y pasivas de empleo en la Unión Europea: los planes nacionales de acción para el empleo.......................................................................... Los Fondos Europeos para la financiación y cofinanciación de las políticas de empleo............................................................................................................ 4.1. El Fondo Social Europeo........................................................................... 4.2. Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social 2014-2020 (EaSI)........................................................................................ 4.3. Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG).................... 4.4. Instrumento Europeo de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos del Desempleo en una Emergencia (SURE).................................................. 4.5. Otros instrumentos de financiación de la Unión Europea para la mejora y actualización de las cualificaciones........................................................ Recapitulación.....................................................................................................

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Capítulo II CARACTERIZACIÓN DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO 1.

Concepto de políticas activas de empleo...........................................................

96


10

2.

3.

4. 5. 6.

Índice

1.1. Definición................................................................................................... 1.2. Relación de complementariedad con la protección por desempleo..... 1.3. Gestión de los recursos económicos por los Servicios Públicos de Empleo............................................................................................................. Principios generales de las políticas activas de empleo.................................... 2.1. Enumeración de los principios generales................................................ 2.2. Extensión de los principios a las entidades colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo................................................................................... Desarrollo de las políticas activas de empleo.................................................... 3.1. Ejes de las políticas de activación para el empleo en los que se integrarán los objetivos en materia de políticas de activación para el empleo y el conjunto de los servicios y programas desarrollados por los Servicios Públicos de Empleo................................................................................... 3.2. Diseño y desarrollo por las Comunidades Autónomas y por el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito de sus competencias respectivas................................................................................................................ Evaluación continuada de las políticas activas de empleo............................... Referencia especial a las subvenciones al empleo en el marco de las políticas activas de empleo................................................................................................ Recapitulación.....................................................................................................

97 101 108 110 111 114 115

117 130 134 149 165

Capítulo III LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO 1. 2.

3.

4.

Consideraciones preliminares............................................................................ Algunos antecedentes significativos en la regulación de la formación profesional para el empleo: Real Decreto-Ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo; y Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral............................................................................. Contextualización de la formación profesional para el empleo en la lógica de la ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo............................................................. Fines y principios del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral................................................................................................. 4.1. Antecedentes.............................................................................................. 4.2. Fines del sistema de formación profesional para el empleo................... 4.3. Principios del sistema de formación profesional para el empleo........... 4.3.1. El ejercicio del derecho individual a la formación y la garantía de igualdad en el acceso de los trabajadores, las empresas y los autónomos a una formación vinculada a las necesidades del mercado de trabajo........................................................................ 4.3.2. La anticipación a los requerimientos y cambios del modelo productivo.......................................................................................

169

202

211 218 218 222 223

224 225


Índice

5. 6.

7.

8.

9.

4.3.3. La unidad del mercado de trabajo y la libre circulación de los trabajadores en el desarrollo de las acciones formativas............. 4.3.4. La negociación colectiva y el diálogo social como instrumento de desarrollo del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral y participación de los agentes sociales en los órganos de gobernanza del sistema......................................... 4.3.5. La unidad de caja de la cuota de formación profesional y el acceso a una financiación suficiente, estable y equitativa............ 4.3.6. La calidad, eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión...... 4.3.7. La estabilidad, seguridad y certidumbre como premisas para la planificación estratégica y la promoción de la inversión en recursos formativos........................................................................ 4.3.8. La articulación del sistema a través de la coordinación, la colaboración y la cooperación interadministrativa en el marco de la competencia normativa del Estado........................................... 4.3.9. El impulso a la formación programada por la empresa.............. 4.3.10. La medición del impacto de la formación y compromiso con la mejora continua mediante el refuerzo de los sistemas de información, el seguimiento y control junto con la evaluación permanente en todas las etapas del proceso formativo............... 4.3.11. La accesibilidad y participación de las personas con discapacidad o especialmente vulnerables en las acciones del sistema de formación profesional para el empleo.......................................... Objeto del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.................................................................................................................. Coordinación en el diseño estratégico del sistema a cargo de la administración General del Estado, sin perjuicio de las competencias de ejecución de las comunidades autónomas, con participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en los órganos de gobernanza del sistema........................................................................................................... Elaboración de un escenario plurianual de la formación profesional para el empleo y desarrollo de un sistema eficiente de observación y prospección del mercado de trabajo....................................................................................... Disposición de una financiación suficiente, estable y equitativa, con inclusión de la proveniente de la cuota de formación profesional, como requisitos para la estabilidad del sistema, financiación gestionada en régimen de concurrencia competitiva, e implantación progresiva en su caso de un cheque formación para trabajadores desempleados........................................................................ Las iniciativas y las acciones de formación profesional para el empleo.......... 9.1. Objetivos específicos en relación con las competencias y cualificaciones profesionales: adquisición, mejora y actualización permanente............ 9.2. Objetivos generales para favorecer la formación a lo largo de toda la vida de la población activa y conjugar las necesidades de las personas, las empresas, los territorios y los sectores productivos............................

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12

Índice

10. La promoción a cargo de las Administraciones públicas competentes del mantenimiento de una red de entidades de formación, públicas y privadas, junto a sus centros propios, como garantía de una oferta permanente de formación para el empleo de calidad, sumado al seguimiento y control efectivo de las acciones formativas................................................................................... 11. El certificado de Profesionalidad....................................................................... 12. Implantación de un sistema integrado de información en el sistema de formación profesional para el empleo mediante la creación de un portal único.................................................................................................................... 13. Impulso de la colaboración y coordinación entre las Administraciones públicas competentes para la mejora de la calidad, eficacia y eficiencia del sistema de formación profesional para el empleo.......................................... 14. Recapitulación.....................................................................................................

300 304

323

324 331

Capítulo IV LA COORDINACIÓN ENTRE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO Y LA PROTECCIÓN ECONÓMICA FRENTE AL DESEMPLEO 1.

2.

Inscripción como demandantes de empleo y suscripción del compromiso de actividad de los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo. 1.1. Deber de inscripción y mantenimiento de la misma como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo.......................................... 1.2. Contenido de la obligación de inscripción como demandante de empleo............................................................................................................. 1.3. Aplicación a los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo de las actuaciones a desarrollar por las Administraciones públicas competentes en la intermediación laboral y en la gestión de políticas activas de empleo....................................................................................... 1.4. Participación de los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo inscritos en los Servicios Públicos de Empleo en las políticas activas de empleo dentro del itinerario de inserción.............................. 1.5. Vinculación del compromiso de actividad con la búsqueda activa de empleo, a partir de una definición precisa de la misma, deber de acreditación de la búsqueda activa de empleo por parte del beneficiario de la prestación o subsidio por desempleo y comunicación de la búsqueda activa de empleo por los Servicios Públicos de Empleo.......................... Cooperación y colaboración entre los servicios públicos de empleo que gestionan las políticas activas y el servicio público de empleo estatal en materia de protección económica frente al desempleo................................................. 2.1. Disposición de un deber de cooperación y colaboración entre las Administraciones y los organismos públicos con competencia para la gestión del empleo y el Servicio Público de Empleo Estatal................... 2.2. Relación de materias que componen ese deber de cooperación y colaboración.....................................................................................................

338 342 346

348 351

354

356 361 364


Índice

3.

13

Convenios de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal y los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas...................... Recapitulación.....................................................................................................

365 366

Valoración conclusiva ...............................................................................................

371

Bibliografía ................................................................................................................

377

4.


Abreviaturas más utilizadas APE ASE

Acuerdo Personal de Empleo Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones, de 2 de febrero de 2011 BAE Acciones de la Búsqueda Activa de Empleo CE Constitución Española EPA Encuesta de Población Activa ET Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores FOGASA Fondo de Garantía Salarial IPREM Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas LETA Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo LGSS Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social PREPARA Programa de Recualificación Profesional de las Personas que Agoten su Protección por Desempleo PRODI Programa Temporal de Protección e Inserción PROGRESS Programa Comunitario para el empleo y la solidaridad social RAI Renta Activa de Inserción RETA Régimen Especial de Trabajadores Autónomos STC Sentencia del Tribunal Constitucional STS Sentencia del Tribunal Supremo TRLE Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo TRLET Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores TRLGSS Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social


Introducción El problema del desempleo ha adquirido en España una dimensión particularmente negativa, dentro del contexto europeo, durante el período prolongado de crisis económica y financiera iniciado a partir de 20081. Resultado que ha tenido, como no podía ser de otra manera, una influencia evidente sobre el papel a desempeñar por las políticas activas de empleo, imbuidas en ocasiones de un protagonismo excesivo2. Evolución a la que no ha permanecido ajeno tampoco el legislador laboral, si reparamos asimismo en el tratamiento dado a las políticas activas de empleo dentro del Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo (TRLE), según el tenor que expresan respectivamente los artículos 36, 37, 38, 39 y 40 del citado Texto legal. En referencia, primero, al concepto de políticas activas de empleo (artículo 36); para continuar después con los principios generales de las políticas activas de empleo (artículo 37); seguido del desarrollo de las políticas activas de empleo (artículo 38); junto con la evaluación continuada de las políticas activas de empleo (artículo 39); hasta llegar al sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral (artículo 40). Preceptos todos que componen el Capítulo II bajo la rúbrica de “Las políticas activas de empleo”, dentro del Título III dedicado a los “Instrumentos de la política de empleo”, reproduciendo en lo sustancial lo dispuesto antes en la derogada Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, bien que sistematizados ahora bajo una numeración distinta, además de

1

2

Sobre la situación particularmente negativa de España en términos de desempleo, dentro del contexto de la eurozona, véase VALLECILLO GÁMEZ, Mª R., “Globalización y políticas de empleo. Los “nuevos” modelos económico-laborales en los países emergentes, EE. UU, España. Un modelo comparado”, AA. VV.: Políticas de Empleo, Coords. Cabeza Pereiro, J. y Fernández Prol, F., Aranzadi Thomson Reuters, Cizur Menor, 2013, págs. 206 y ss. Para un análisis omnicomprensivo sobre las políticas activas de empleo implementadas durante el período de crisis económica y financiera, extensamente, véase GARCÍA QUIÑONES, J. C., Políticas activas de empleo durante la crisis económica (2010-2015), Colección de Derecho Laboral, Editorial Reus, Madrid, 2015, págs. 19 y ss. También, en relación con la configuración de las políticas activas de empleo, véase MONEREO PÉREZ, J. L., “Las políticas activas de empleo. Derecho al trabajo y políticas activas de empleo en el marco de la política de empleo”, AA. VV.: Las políticas activas de empleo: configuración y estudio de su regulación jurídica e institucional, Coords. y Dirs. Monereo Pérez, J. L., Fernández Bernat, J. A. y López Insua, B. M., Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2016, págs. 45 y ss.


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Juan Carlos García Quiñones

incorporar alguna otra modificación puntual en los términos que se verán. La novedad más destacada, lo adelantamos ya, viene sin duda por la inclusión de un precepto específico en relación con la evaluación continuada de las políticas activas de empleo, que regula ahora como se ha señalado el artículo 39 del TRLE. Las normas enumeradas se completan, a su vez, por lo que se refiere a nuestro objeto de estudio, con lo dispuesto en los artículos que siguen a continuación, dando contenido al Capítulo III —siempre dentro del mismo Título III—, en materia de coordinación entre las políticas activas y la protección económica frente al desempleo. En primer lugar, el artículo 41, respecto a la inscripción como demandantes de empleo y suscripción del compromiso de actividad de los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo. E inmediatamente después, el artículo 42, relativo a la cooperación y colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo que gestionan las políticas activas y el Servicio Público de Empleo Estatal en materia de protección económica frente al desempleo. Manifestaciones todas ilustrativas de la atención dispensada por el legislador en relación con esta temática concreta. Configuración que reproduce de nuevo la estructura seguida por la anterior Ley 56/2003 —ahora derogada—, a salvo la modificación en la numeración del Título —III con la regulación actual, en lugar de II— y de los preceptos afectados —con la regulación anterior, artículos 27 y 28—. Interés que confirma, por otro lado, una prolífica actividad legislativa desarrollada a lo largo de los últimos años, como corrobora esa sucesión de textos legales que va desde la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, hasta llegar a la última manifestación relevante, el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Pasando por el Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones (ASE), de 2 de febrero de 2011; el Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover el tránsito al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas; el Real Decreto-Ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo; el Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo; el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, antecedente inmediato de la Ley 3/2012, de 6 de julio, con la misma denominación;


Introducción

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el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad; el Real Decreto-Ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo; el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual; el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas; el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, con continuidad después en la Ley 11/2013, de 26 de julio, bajo idéntica denominación; el Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores; el Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida; el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, con su conversión posterior en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de la misma rúbrica; el Real Decreto-Ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo; el Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y entidades locales y otras de carácter económico; el Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, por el que se aprueba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo; el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, antecedente inmediato de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de igual denominación; el Real Decreto-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, antecedente inmediato de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral; la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social; la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la economía social; el Real Decreto-Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil; el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral; el Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo; para finalizar, hasta


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el momento presente, con ese Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, citado. Relación amplia de iniciativas legales expresiva de una concepción del Derecho del Trabajo sometido a un proceso intenso de cambios, mediante un desarrollo básicamente aluvional —retomando aquí la expresión de GIUGNI3—, ausente muchas veces una verdadera ordenación sistemática. Del mismo modo que su significación en los tiempos actuales aparece condicionada bajo claves estrictas de eficacia y eficiencia, presentándose así como un Derecho cuestionado por la economía y el desempleo4. Sea como fuere, cualquier estudio sobre las políticas activas de empleo no puede —ni debe— renunciar tampoco a una aproximación en términos de teoría general. Empeño que asumimos en la presente Monografía, desde esa referencia básica que supone el tratamiento dado a las políticas activas de empleo en el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo (TRLE), tras la derogación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. Todo ello, precedido además con la inclusión de un capítulo acerca de la dimensión europea de las políticas activas de empleo. Y completado asimismo con alguna mención puntual al papel significativo de las políticas activas de empleo en la coyuntura actual, condicionadas también de manera abrumadora por el fenómeno del Covid-19. Circunstancia, esta última, sobre la que resulta imposible hacer abstracción, prácticamente, en el tratamiento de cualquier materia con una dimensión jurídico-laboral, ya sea de manera directa o tangencial5.

3

4

5

En este sentido, sobre la formación aluvional del Derecho del Trabajo, véase GIUGNI, G., “Prospettive del diritto del lavoro per gli anni’80”, AA. VV.: Prospettive del diritto del lavoro per gli anni’80 (Atti del VII Congresso Nazionale di Diritto del Lavoro, Bari, 23-25 aprile 1982), Giuffrè Editore, Milano, 1983, págs. 6 y ss. En este sentido, ampliamente, véase CASAS BAAMONDE, Mª E., “La eficacia y la eficiencia del Derecho del Trabajo: reflexiones sobre un Derecho cuestionado por la economía y el desempleo”, AA. VV.: Derecho del Trabajo, Constitución y crisis económica (Estudios en homenaje al Profesor Fernando Valdés Dal-Ré), Dirs. González-Posada Martínez, E. y Molero Marañón, Mª L., Revista Universitaria de Ciencias del Trabajo, núm. 15, 2014, Universidad de Valladolid, Valladolid, págs. 68 y ss. A este respecto, a partir de una sistemática que distingue entre la incidencia adversa del Covid-19 en los mercados laborales durante la primera mitad de 2020, por un lado, y las perspectivas y retos políticos que se plantean a futuro, por otro lado, véase OIT, “Observatorio de la OIT: La COVID-19 y el mundo del trabajo”, 5ª edic., 2020, págs. 1 y ss.


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