

María José añón roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia ana Cañizares Laso Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge a. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José raMón Cossío díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
eduardo Ferrer MaC-gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José antonio garCía-CruCes gonzáLez
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis LóPez guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
ángeL M. LóPez y LóPez
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de LuCas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
víCtor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
FranCisCo Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
angeLika nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia.
HéCtor oLasoLo aLonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
LuCiano PareJo aLFonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
toMás saLa FranCo
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
ignaCio sanCHo gargaLLo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
toMás s. vives antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
rutH ziMMerLing
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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ProF. dr. aLFonso gaLán Muñoz
ProFa. dra. eLena núñez Castaño
tirant lo blanch
Valencia, 2021
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La implantación del plan Bolonia supuso toda una revolución en nuestras Universidades. No solo llevó a que se cambiasen los planes de estudios, haciendo que muchas de las tradicionales asignaturas anuales de las extintas Licenciaturas pasasen a tener un carácter cuatrimestral o incluso medio cuatrimestral en los nuevos Grados, lo que, sin duda, condicionó en gran medida su programación, disminuyendo los tradicionales programas de Derecho penal, sino que también obligó a replantear toda su metodología docente haciendo que en la misma pierda peso la faceta teórica en beneficio de la visión más práctica o aplicativa.
Precisamente estos hechos son los que han llevado a que en muchos de los planes de estudios de los Grados en Derecho de las diversas Universidades españolas, aparezcan contempladas asignaturas que, bajo diferentes denominaciones (Derecho penal económico, Derecho penal III, Derecho penal de la empresa, Criminalidad económica, etc.), recogen un programa mucho más limitado y especializado que el que se suele contemplar en los tradicionales manuales dedicados de forma global tanto a la Parte General como a la Parte Especial del Derecho Penal, lo que determinó que difícilmente dichos manuales puedan responder a las necesidades propias y específicas de estas nuevas asignaturas.
Es por ello, por lo que nos hemos decidido a realizar el presente manual. Un manual que trata de ser un material docente que responda a las concretas exigencias que la aparición de estas nuevas asignaturas en los comentados planes de estudios que el Espacio Europeo de Enseñanza Superior ha generado, pero que también puede servir de guía general de primer acercamiento a todo aquel profesional que se inicie en los complejos vericuetos propios la práctica del Derecho penal económico y de la empresa o que quiera tener un versión global y actualizada de lo que, sin duda, es una de las más cambiantes e interdisciplinares materias del Derecho penal actual.
Cuestiones tales como la responsabilidad penal de la persona jurídica, los problemas de atribución de responsabilidad individual en sus estructuras, la incidencia del Derecho penal europeo en nuestro ordenamiento penal o los muy diversos fraudes y conductas penalmente relevantes (insolvencias punibles, fraudes de inversores, contra las Haciendas Públicas, etc…) que se pueden cometer y, de hecho, se cometen en la actualidad, como incansa-
Prof. Dr. Alfonso Galán Muñoz y Profa. Dra. Elena Núñez Castañoblemente demuestran los más recientes casos judiciales publicitados en los medios de comunicación, son objeto de un análisis actualizado y detallado, lo que esperamos convierta este manual en un instrumento práctico y de aprendizaje adecuado para todo aquel que esté interesado en el estudio y/o el ejercicio de esa parte del Derecho penal, el de la empresa y la economía, tan controvertida y compleja, como, a nuestro juicio, necesaria y actual.
La buena acogida que ha tenido la primera edición de este manual, tanto entre el alumnado al que va primordialmente dirigido, como entre algunos profesionales del Derecho que han decidido utilizarlo como obra de acercamiento inicial al complejo, a la par que apasionante mundo del Derecho penal económico, junto al apoyo que nos ha brindado la editorial Tirant lo Blanch nos han decido a elaborar la segunda edición que el lector tiene en este momento entre sus manos.
En ella, hemos procedido a actualizar algunos contenidos teniendo en cuenta tanto las últimas resoluciones judiciales, como las incesantes aportaciones doctrinales. También se han revisado algunas posturas y se ha adoptado una estructuración expositiva que pretendemos que sea aún más didáctica que la anterior y, por ello facilite, aún más, la lectura y comprensión de los temas analizados.
Todo ello se hace a la espera de la aprobación de alguna de las numerosas reformas del Código penal con las que el legislador nos “amenaza” en los últimos tiempos; reformas, entre las cuales, alguna hay que parece que afectará de forma notable a varios temas analizados en esta obra, según se nos dice, con el fin de adaptar nuestro ordenamiento, aunque con algo de retraso, a las exigencias europeas.
A la espera de que el legislador cumpla o no con sus amenazas, esperamos y deseamos que esta nueva edición sí lo haga con sus objetivos y encuentre, por ello, cuanto menos, la misma acogida que tuvo la que la precedió.
Los autores
Sevilla-Recife, julio de 2018La incesante actividad reformadora de nuestro legislador en materia penal nos obliga a hacer, apenas trascurrido un año desde la anterior, una nueva revisión del texto de este manual de Derecho penal económico y de la empresa que tiene el lector en sus manos. La tercera en los todavía pocos años de vida que tiene.
En esta ocasión, ha sido la reforma realizada la por la todavía reciente aprobación de la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, la que nos ha obligado a revisar varios de los temas que lo componen; revisión que hemos aprovechado, como no podía ser de otra manera, para actualizar el resto de contenidos que lo conforman.
Pese a todo y evidentemente, han sido los temas relativos a las materias modificadas por la cercana reforma las que mayores cambios han sufrido con respecto a la edición anterior. Los cambios legislativos han sido numerosos y de calado. El propio preámbulo de la LO 1/2019 que los ha realizado nos dice que éstos tiene su origen y fundamento en exigencias comunitarias que tratan de garantizar, entre otras cosas, que exista una protección armonizada de los intereses financieros de la UE (Directiva (UE) 2017/1371) y de asegurar que el Mercado Único europeo sea realmente eso, único y uniforme también en lo que se refiere a la protección penal del correcto funcionamiento de los mercados financieros (Directiva 2014/57/UE).
No puede sorprender entonces que la reforma haya incidido especialmente en dos de los principales grupos de delitos referidos a ambas cuestiones, como son los relativos a la Hacienda Publica y los referidos a los abusos de mercados financieros. Ahora bien, pese a su presunto origen comunitario, basta una pequeña lectura comparativa para constatar que las reformas realizadas, además de no responder, en todos los casos, a lo requerido desde la Unión, plantean una infinidad de problemas interpretativos que serán realmente difíciles de resolver, cuanto menos, de lege lata.
No ha sido por falta de tiempo. El legislador nacional lo ha tenido de sobra para hacer sosegadamente y de manera meditada la adaptación de nuestro ordenamiento a las exigencias comunitarias. Sin embargo, ha decido hacerlo como acostumbra últimamente. Tarde y mal, planteando tales problemas interpretativos y prácticos, como el lector comprobará en las páginas que siguen, que nos llevan a pensar que lo mejor que puede pasar es que se
Prof. Dr. Alfonso Galán Muñoz y Profa. Dra. Elena Núñez Castañoreforme lo reformado y se haga además lo antes posible. Malos tiempos para el interprete del Derecho penal cuando la ley penal es tan cambiante e inestable, pero también y sobretodo, para aquellos que pueden llegar a sufrirla en sus propias carnes.
Los autores
Apenas dos años después de la tercera edición de este Manual, la actividad legislativa nos obliga a una nueva revisión a fin de adaptarlo a las diferentes reformas que se han producido concretamente en el año 2021, y de este modo, se convierte en necesaria una cuarta edición a pesar de los pocos años que han transcurrido desde su publicación inicial. La necesidad de adecuar el contenido del manual a la nueva regulación positiva nos ha permitido, además, actualizar algunos otros aspectos del mismo a fin de otorgar una estructura más clara y didáctica que facilite su comprensión por los principales destinatarios de esta obra, aprovechando también para incluir algunas novedades jurisprudenciales que se han ido produciendo desde 2019. Se trata, por tanto, en esta nueva edición, de dar respuesta a las reformas legislativas y mejorar, en estructura y claridad, los contenidos de esta obra.
La primera de las reformas legislativas, que han determinado la necesidad de una nueva edición del manual, parte de la Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril, que tiene directa incidencia en los Delitos contra los derechos de los trabajadores al derogar el apartado 3º del art. 315 CP en el que se regulaba el delito de coacciones a la huelga. Se entendía por el legislador que esta concreta figura delictiva limitada el derecho a la huelga reconocido por el art. 28 de la Constitución Española, afirmando en una sorprendente Exposición de Motivos por el marcado tono político de la misma, que el precepto derogado había sido utilizado para asfixiar la capacidad de protesta de los ciudadanos y organizaciones sindicales ante las políticas laborales del gobierno, de manera que se pretendía disuadir del ejercicio del derecho de huelga y de su libertad sindical. Por ello, entendiendo que aquellas conductas que obliguen a otro a realizar una huelga que no quiera ya encuentran respuesta adecuada en el delito de coacciones, se suprime el tipo penal contenido en el art. 315.3º CP.
La segunda de las reformas legislativas viene motivada por la Directiva (UE) 2018/1673 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales y que determina que mediante la Ley Orgánica 6/2021, de 28 de abril, entre otros muchos aspectos, se reforme el Código Penal en materia de blanqueo de bienes. De este modo, siguiendo las directrices marcadas por la mencionada Directiva se incluyen
Prof. Dr. Alfonso Galán Muñoz y Profa. Dra. Elena Núñez Castañonuevas agravaciones en los arts. 301 y 302 del Código penal, que amplían la posibilidad de aplicar un tipo cualificado en relación con el origen de los bienes objeto de blanqueo incorporando para ello un mayor número de figuras delictivas como la trata de seres humanos, prostitución, corrupción de menores, etc.; junto a ello, se incluye una cualificación, desconocida hasta el momento por el Código penal, relativa a la especial condición del sujeto activo del delito como sujeto obligado, cuando cometan las conductas de blanqueo en el ejercicio de su actividad profesional.
Junto con la modificación de los temas relativos a los derechos de los trabajadores y el delito de blanqueo motivadas por las dos reformas que acabamos de exponer, se han realizado actualizaciones y mejoras en relación con otros temas que se analizan en el manual, como la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el delito de estafa, los delitos contra el mercado y los consumidores, etc. Sin embargo, como el lector podrá comprobar, el legislador sigue sin solucionar los importantes problemas interpretativos y concursales que se han originado con anteriores reformas y que, en algunos casos como el delito de blanqueo, se han agravado con éstas. Nunca ha sido buena política legislativa modificar las leyes penales a golpe de impulsos, ni tampoco trasponer literalmente los mandatos de la Unión Europea sin un detenido análisis de la necesidad de su trasposición o de la forma más adecuada de realizar la misma a fin de dotar de coherencia a todo el Código penal. Pero, por desgracia, ya nos hemos acostumbrado a esa “mala” política legislativa, y nuestra tarea consiste en intentar una interpretación lo más respetuosa posible de los principios básicos del Derecho penal. Eso es lo que hemos tratado de llevar a cabo en esta nueva edición.
Los autores