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ESQUEMAS DE DERECHO PROCESAL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

TOMO V

TOMO V

ESQUEMAS DE DERECHO PROCESAL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 2ª EDICIÓN DIRECTOR

Víctor Moreno Catena

COORDINADORA

Amaya Arnaiz Serrano

AUTORAS

Amaya Arnaiz Serrano Raquel López Jiménez Tamara Martínez Soto


TOMO V

ESQUEMAS DE DERECHO PROCESAL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 2ª Edición

Director:

Autores:

VÍCTOR MORENO CATENA Catedrático de Derecho Procesal Universidad Carlos III de Madrid

AMAYA ARNAIZ SERRANO RAQUEL LÓPEZ JIMÉNEZ TAMARA MARTÍNEZ SOTO Profesores de Derecho Procesal Universidad Carlos III de Madrid

Coordinadora:

AMAYA ARNAIZ SERRANO

Valencia, 2013


Copyright ® 2013 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

© VÍCTOR MORENO CATENA (Dir.) AMAYA ARNAIZA SERRANO (Coord.) RAQUEL LÓPEZ JIMÉNEZ TAMARA MARTÍNEZ SOTO ©

TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com Http://www.tirant.com Librería Virtual: http://www.tirant.es DEPOSITO LEGAL: V-261-2013 I.S.B.N.: 978-84-9033-291-7 MAQUETA: PMc Media

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Índice Prólogo...................................................................................... Presentación............................................................................. Guía del usuario....................................................................... Abreviaturas............................................................................. 1. �������������������������������������������������� Aspectos generales relativos al Orden Jurisdiccio� nal Contencioso-Administrativo................................ 1.1. Ámbito....................................................................... 1.1.1. Límites objetivos......................................... 1.1.2. Límites subjetivos....................................... 1.1.3. Cuestiones prejudiciales............................. 1.1.4. Improrrogabilidad de la jurisdicción......... 1.1.5. Conflictos de competencia.......................... 1.2. Órganos..................................................................... 1.2.1. Organigrama............................................... 1.2.2. Competencias.............................................. 1.2.2.1. Competencia objetiva.................... 1.2.2.2. Competencia territorial................. 1.2.2.3. Tratamiento de las normas de competencia.................................. 1.2.2.4. Cuestiones de competencia........... 1.2.2.5. La declinatoria............................... 1.2.3. Constitución y actuación en Salas............. 1.2.4. Distribución de asuntos.............................. 1.3. Partes........................................................................

11 15 17 19 21 21 21 25 28 29 30 32 32 34 34 37 38 40 41 42 45 47

1.3.1. 1.3.2. 1.3.3. 1.3.4. 1.3.5.

Capacidad para ser parte........................... Capacidad procesal..................................... Legitimación activa.................................... Legitimación pasiva.................................... Tratamiento procesal de la capacidad y de la legitimación............................................ 1.3.6. Sistema de postulación............................... 1.3.6.1. Abogado y procurador.................... 1.3.6.2. Representación y defensa de las Administraciones Públicas.......... 1.4. Objeto........................................................................ 1.4.1. Actividad administrativa impugnable....... 1.4.2. Pretensión procesal administrativa........... 1.4.3. Acumulación............................................... 1.4.4. Cuantía del recurso.................................... 1.5. Disposiciones comunes a los distintos procedimientos.............................................................................. 1.5.1. Plazos.......................................................... 1.5.2. Medidas cautelares..................................... 1.5.3. Incidentes e invalidez de actos procesales. 1.5.4. Costas procesales........................................

48 49 50 52

2. Vía administrativa previa............................................ 2.1. Reclamación administrativa previa al ejercicio de las acciones civiles y laborales.................................

77

53 54 54 56 59 60 63 64 66 67 67 69 71 73

77


8

Índice

2.2. Procedimiento administrativo................................. 2.2.1. Iniciación..................................................... 2.2.2. Instrucción del procedimiento.................... 2.2.3. Prueba e informes....................................... 2.2.4. Audiencia y vista del expediente............... 2.2.5. Terminación del procedimiento.................. 2.2.6. Ejecución..................................................... 2.3. Revisión de los actos en vía administrativa............ 2.3.1. Revisión de oficio........................................ 2.3.2. Recursos administrativos........................... 2.3.2.1. Recurso de alzada........................ 2.3.2.2. Recurso de reposición.................. 2.3.2.3. Recurso de revisión...................... 2.4. Reclamación económico-administrativa.................. 2.5. Procedimiento sancionador...................................... 2.6. Procedimiento en materia de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas............

80 82 84 86 87 88 89 90 90 92 94 96 98 100 103

3. Procedimientos ordinarios.......................................... 3.1. Procedimiento en primer o única instancia............ 3.1.1. Diligencias preliminares............................ 3.1.2. Interposición del recurso............................ 3.1.2.1. Escrito de interposición del recurso................................................... 3.1.2.2. Excepciones a la regla general de iniciación del recurso mediante escrito de interposición (demanda). 3.1.3. Plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo........................................ 3.1.4. Admisión a trámite.....................................

109 110 110 112

106

112 113 114 116

3.1.5. 3.1.6. 3.1.7.

Reclamación del expediente....................... Emplazamiento de los demandados.......... Incidente de inadmisión del recurso: motivos................................................................ 3.1.8. Demanda..................................................... 3.1.9. Escrito de demanda.................................... 3.1.10. Contestación a la demanda........................ 3.1.11. Escrito de contestación a la demanda....... 3.1.12. Alegaciones previas.................................... 3.1.13. Prueba......................................................... 3.1.13.1. Procedimiento probatorio............ 3.1.14. Vista y conclusiones.................................... 3.1.15. Sentencia..................................................... 3.1.16. Pronunciamientos de la sentencia de fondo y efectos....................................................... 3.1.17. Otros modos de terminación del procedimiento.......................................................... 3.1.17.1. Desistimiento............................... 3.1.17.2. Allanamiento y satisfacción extraprocesal......................................... 3.1.17.3. Transacción judicial..................... 3.2. Procedimiento abreviado......................................... 3.2.1. Demanda..................................................... 3.2.2. Vista............................................................ 3.2.3. Práctica de la prueba.................................. 3.2.4. Sentencia..................................................... 4. Procedimientos especiales.......................................... 4.1. Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona...................................

118 120 122 124 125 126 127 128 129 130 132 134 135 136 136 137 138 139 140 141 142 144 145 146


9

Índice

4.2. Procedimiento para la protección del derecho de reunión...................................................................... 4.3. Cuestión de ilegalidad.............................................. 4.4. Procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos....................................... 4.5. Procedimiento contencioso-electoral....................... 5. Medios de impugnación............................................... 5.1. Recursos.................................................................... 5.1.1. Los recursos en el proceso contencioso-admi­ nis­trativo..................................................... 5.1.2. Recurso de súplica...................................... 5.1.3. Recurso de apelación.................................. 5.1.4. Recurso de casación ordinario.................... 5.1.5. Recurso de casación para la unificación de doctrina.......................................................

147 148 149 150 153 154 154 156 157 159 162

5.1.6. Recurso de casación en interés de la ley... 5.1.7. Recurso de queja......................................... 5.2. Otros medios de impugnación: revisión de sentencias firmes........................................................................

164 165

6. Ejecución forzosa........................................................... 6.1. Aspectos generales................................................... 6.2. Ejecución sustitutoria.............................................. 6.3. Procedimiento incidental y medidas coercitivas..... 6.4. Ejecución dineraria, de sentencias declarativas y constitutivas y de condenas de hacer, no hacer o entregar alguna cosa................................................ 6.5. Extensión de los efectos de la ejecución..................

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166

173 174


Prólogo Continuando con esta interesante aventura que inició la editorial Tirant lo Blanch, sale al mercado, dentro de la base de datos «Tirant on line», esta obra de esquemas referida en este caso a la jurisdicción contencioso-administrativa. Se solía decir hace años en las facultades de Derecho que quien sabía procesal, sabía Derecho. Sin ánimo de incurrir en lo estrambótico, esta obra que se nos presenta está realizada precisamente por tres doctores en Derecho Procesal, tres personas que a pesar de su juventud pueden ser consideradas expertas en esta disciplina del Derecho, no sólo por su labor investigadora sino también por los varios años que ya llevan compaginando la misma con la docencia. De ahí que quienes venimos compartiendo con ellos esa labor agradezcamos el nacimiento de esta nueva obra y confiemos en que la misma suponga la consagración de tres jóvenes valores del Derecho Procesal. Por si no fuera suficiente la valía de sus autores, el éxito de esta obra viene avalado por el hecho de que sea el Profesor Victor Moreno Catena quien se haya encargado de la coordinación, lo que la impregna del marchamo de calidad y del prestigio que tiene su cátedra de Derecho Procesal en la Universidad Carlos III de Madrid dentro del mundo universitario.

La obra rompe con el modelo tradicional de trabajos doctrinales, pues mediante la presentación de unos esquemas desarrolla, por una parte, todo el procedimiento administrativo previo y, por otra, toda la ley procesal contencioso-administrativa, detallando procedimiento por procedimiento. Este sistema de esquemas pudiera parecer como de vuelo corto, si se me permite la expresión, desde un punto de vista científico. Sin embargo, llegar a esa convencimiento creo que podría ser el mayor error en el que podrían incurrir quienes se asomen a esta obra con ese espíritu crítico, pues lejos de tratarse de una especie de libro-resumen, más pretencioso que real, se trata de una gran obra en la que de forma esquematizada se diseccionan todos y cada uno de los diferentes procedimientos judiciales, regulados en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, presentando paso por paso todos los lugares por los que el profesional del Derecho o el estudioso del proceso ha de deambular para llevar a buen fin cualquier reclamación o alcanzar el conocimiento necesario de los mismos. Junto a este deambular procesal, los autores presentan también las diferentes variantes que los ciudadanos han de recorrer en su peregrinar ante las Administraciones.


12 Por ese motivo, resulta altamente equívoco pensar que estamos ante una obra menor ya que, por el contrario, nos encontramos ante un trabajo detallado y minucioso que surge con vocación de servir de canalizador de las múltiples dudas que a diario se le plantean a los profesionales del Derecho. Pero al mismo tiempo esta obra servirá sin duda para que, quienes nos dedicamos a impartir docencia, podamos utilizarla también como guión en las explicaciones. En efecto, nos encontramos ante una obra artesanal, por minuciosa, pero, lejos de resultar peyorativo este adjetivo, lo que pretendo es exponer que estamos ante unos esquemas que por su complejidad y minuciosidad denotan la obra con alta formación científica y técnica, pues la concepción estructural de los esquemas que ahora se presentan es tan completa y minuciosa que únicamente quienes conocen a la perfección el procedimiento administrativo y los procesos contencioso-administrativos pueden llevar a cabo una obra así, pues los autores no sólo han sido capaces de comprender las normas, sino que fundamentalmente han sido capaces de transmitir al lector o a quien acuda a su consulta una visualización clara y detallada, mediante gráficos y no palabras, de todo lo necesario para plantear las reclamaciones, primero ante la Administración y, después, ante los órganos judiciales de la jurisdicción contencioso-administrativa, pues a todo ello dan respuesta estos esquemas.

Luis Martín Contreras

Desde el punto de vista del estudiante, esta obra viene a sustituir el trabajo sistematizado que todo estudiante de Derecho deberá hacer a la hora de compendiar sus conocimientos, de forma que los esquemas que ahora se publican condensan de manera gráfica todos los conocimientos necesarios, de manera que la mera observancia de los esquemas servirá al estudiante para realizar una aprehensión visual de esos conocimientos. Así pues, desde este punto de vista, el proceso entra por los ojos más que a través de la memorización. Entrando en el análisis mínimo de la obra, los autores presentan de forma esquematizada los trámites previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común, de modo que se presentan las pautas a seguir en la reclamación de los ciudadanos ante la Administración. Como continuación de ese esquema, demasiado complejo para el manejo de un mero ciudadano no jurista, la obra presenta en el mismo formato los esquemas de los diferentes procedimientos. En primer lugar, dentro del ámbito de la jurisdicción se presenta el procedimiento ordinario con todas sus incidencias y particularidades, tan semejante en algunos tramos a las reclamaciones civiles y tan diferente en la mayoría de ellos que lo hacen distinto a aquellos. Así se reflejan las diferencias entre estos esquemas y los de la jurisdicción civil.


Prólogo

A continuación se presentan los esquemas de los procedimientos especiales, también con el debido detalle sobre todo de las peculiaridades de este orden jurisdiccional. Por último, la obra se dedica a exponer la ejecución frente a la Administración. Resulta bastante habitual que para la ejecución contencioso-administrativa los autores se remitan con demasiada frecuencia a las normas de la ejecución del proceso civil; craso error, como se desprende de los esquemas, pues las peculiaridades de la misma y los diferentes tipos de ejecución hacen que las semejanzas queden en meras anécdotas. Precisamente por ello estos esquemas pueden servir al profesional de guión perfecto a la hora de promover la ejecución frente a las Administraciones.

13 En suma, por el contenido de la obra y por sus autores, me atrevo a afirmar que nos encontramos ante una obra imprescindible para quienes hacen del Derecho su profesión ante los Tribunales de Justicia, así como para quienes han de transmitir sus conocimientos a través del ejercicio de la docencia. Luis Martín Contreras Doctor en Derecho Secretario de Sala de la Audiencia Nacional Profesor Asociado de Derecho Procesal de la U. Carlos III de Madrid


Presentación Por fin el quinto y último tomo de esta colección, completando con ello la visión panorámica del sistema procesal español. Ahora comenzamos la revisión de todo el material, subsanando las carencias y defectos apreciados, y estamos valorando la conveniencia y oportunidad de ampliar nuestro

proyecto inicial incorporando los esquemas referidos a la jurisdicción militar. Hasta pronto y muchas gracias por la confianza e interés que han mostrado en nuestra obra. Los autores Getafe, mayo de 2006


Guía del usuario Para la correcta utilización de los esquemas que se contienen en este libro es preciso tener en cuenta una serie de pautas seguidas por los autores para su confección (además de la correspondiente leyenda que, en su caso, se contiene en cada uno de los cuadros): – Trámites necesarios: – Trámites contingentes (recursos, ...):

– Plazos:

– *: llamada a pie de página para aclaraciones.


Abreviaturas AN art. / arts. BOE BOP CA CCAA CE CGPJ EA EEAA JCA JCCA LEC LECRIM LDYPJ LGP LGT

Audiencia Nacional artículo / artículos Boletín Oficial del Estado Boletín Oficial de la Provincia Comunidad Autónoma Comunidades Autónomas Constitución Española Consejo General del Poder Judicial Estatuto de Autonomía Estatutos de Autonomía Tribunales Juzgado de lo Contencioso-administrativo Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo Ley de Enjuiciamiento Civil Ley de Enjuiciamiento Criminal Ley de Demarcación y Planta Judicial Ley General Penitenciaria Ley General Tributaria

LJCA

Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

LOCJ

Ley Orgánica de Conflictos Jurisdiccionales

LOPJ

Ley Orgánica del Poder Judicial

LOTJ

Ley Orgánica del Tribunal del Jurado

LOREG

Ley Orgánica de Régimen Electoral

LOTC

Ley Orgánica del Tribunal Constitucional

LOREG

Ley Orgánica de Régimen Electoral

LRJPAC

Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

MF

Ministerio Fiscal

RAAAJ

Reglamento de Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales

RCJ

Reglamento de la Carrera Judicial

RD

Real Decreto

RJPaz

Reglamento de los Jueces de Paz

ROCS

Reglamento Orgánico de Cuerpos de Secretarios


20 ROFCGPJ Reglamento de Organizaci贸n y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial ROGT Reglamento de Organizaci贸n y Gobierno de los Tribunales SJ Secretario Judicial STC Sentencia del Tribunal Constitucional STS Sentencia del Tribunal Supremo

Abreviaturas

TC TCJ TCu TEDH TS TSJ

Tribunal Constitucional Tribunal de Conflictos de Jurisdicci贸n Tribunal de Cuentas Tribunal Europeo de Derecho Humanos Tribunal Supremo Tribunal Superior de Justicia


Apartado 1

Aspectos generales relativos al Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo La jurisdicción contencioso-administrativa es una pieza capital de nuestro Estado de Derecho, y así se pone de manifiesto en la propia Exposición de motivos de la LJCA. Desde que allá por 1845 comenzase su andadura —tras su instauración por las Leyes de 2 de abril y de 6 de julio de 1845—, han sido muchas y muy numerosas las muestras dadas de su virtualidad, pese a las también muchas vicisitudes que se ha encontrado en el camino, y las reformas que necesariamente ha tenido que sufrir. Ya con la reforma operada por la Ley de 27 de diciembre de 1956 la jurisdicción contencioso-administrativa se consolidó en lo que hoy es, una garantía de legalidad de la actividad administrativa, cuya misión primordial es la de proteger y garantizar los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos frente a las extra­limitaciones de la Administración pública. Desde que la jurisdicción contencioso-administrativa se transformase de «jurisdicción retenida» (concebida únicamente para fiscalizar la actividad administrativa), a una verdadera jurisdicción ordinaria, es decir, a un verdadero control jurisdiccional de la actividad administrativa, puede decirse que el proceso contencioso-administrativo se encuentra dotado

de sustantividad propia y que, por consiguiente, ya no puede entenderse como una mera prolongación de la vía administrativa previa. Por tanto, tal y como se señala en la Exposición de motivos de la LJCA la jurisdicción contencioso-administrativa no es en ningún caso revisora, pese a que precise de la existencia previa de un acto, sino que constituye «propiamente una primera instancia judicial».

1.1. Ámbito 1.1.1. Límites objetivos La LJCA establece en su art. 1 un sistema de cláusula general para delimitar el ámbito objetivo de la jurisdicción contencioso-administrativa, con ello lo que se ha pretendido es convertir el proceso contencioso-administrativo en un auténtico control ordinario y general de todo aquello que pueda ser considerado actuación administrativa.


22 En este sentido, el legislador establece como objeto procesal todas aquellas pretensiones que pueden ser consideradas como actividad administrativa sujeta a Derecho administrativo. Por tanto, lo que se pretende es poder acudir al proceso exista una situación en la que se haya impuesto de manera unilateral una consecuencia jurídica por parte de la Administración pública en su sentido más amplio. Se trata en última instancia de garantizar en beneficio de los intereses no sólo particulares sino también generales, el estricto sometimiento de la Administración al Derecho en todas y cada una de las actuaciones que efectúe en su condición de poder público así como en el uso de sus prerrogativas. De este modo, el proceso contencioso puede cumplir satisfactoriamente la función jurisdiccional de satisfacción de pretensiones que tiene encomendada. Además de la actuación de la Administración pública sujeta a Derecho administrativo, el legislador en cumplimiento con el mandato constitucional contenido en el art. 106.1 extiende

Aspectos generales relativos al orden jurisdiccional contencioso-administrativo

el ámbito objetivo del proceso contencioso-administrativo a las disposiciones de rango inferior a la Ley, es decir, a los reglamentos. En este sentido, en el art. 1 de la LJCA se dispone que no sólo conocerán los juzgados y tribunales de lo contencioso-administrativo de las pretensiones que se deduzcan en relación con las «disposiciones generales de rango inferior a la Ley» sino también respecto de los «Decretos legislativos cuando excedan los límites de la delegación», de este modo el legislador se hace eco de la doctrina consolidada del TS en este sentido. Para terminar de perfilar una materia tan delicada como es el ámbito objetivo el legislador en sus arts. 2 y 3 establece una relación de materias que deben entenderse incluidas o excluidas del conocimiento de esta jurisdicción, tratando así de arrojar algo más de claridad a qué debe entenderse por actuación de la Administración Pública.


Derecho Procesal Contencioso-Administrativo

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Esquema 1. Límites objetivos de la jurisdicción contencioso-administrativa I: materias incluidas extensión y límites de la jurisdicción contencioso-administrativo Materias Incluidas (Art. 2 LJCA) DDFF (Art. 2.a) Contratos administrativos (Art. 2.b) Actos y disposiciones (Art. 2.c) Actos de control y fiscalización (Art. 2.d) Responsabilidad Patrimonial (Art. 2.e), párrafo modificado por la LO 19/2003) Otras (Art. 2.f)

✓ El orden jurisdiccional contencioso-administrativo conocerá de las cuestiones que se susciten en relación con:

✓ La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales, los elementos reglados y la determinación de las indemnizaciones que fueran procedentes, todo ello en relación con los actos del Gobierno o de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, cualquiera que fuese la naturaleza de dichos actos. ✓ Los contratos administrativos y los actos de preparación y adjudicación de los demás contratos sujetos a la legislación de contratación de las Administraciones Públicas. ✓ Los actos y disposiciones de las Corporaciones de Derecho público, adoptados en el ejercicio de funciones públicas.

✓ Los actos administrativos de control o fiscalización dictados por la Administración concedente, respecto de los dictados por los concesionarios de los servicios públicos que impliquen el ejercicio de potestades administrativas conferidas a los mismos, así como los actos de los propios concesionarios cuando puedan ser recurridos directamente ante este Orden Jurisdiccional de conformidad con la legislación sectorial correspondiente. ✓ La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, cualquiera que sea la naturaleza de la actividad o el tipo de relación de que derive, no pudiendo ser demandadas aquéllas por este motivo ante los órdenes jurisdiccionales civil o social, aun cuando en la producción del daño concurran con particulares o cuenten con un seguro de responsabilidad.

✓ Las restantes materias que le atribuya expresamente una Ley.


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Aspectos generales relativos al orden jurisdiccional contencioso-administrativo

Esquema 2. Límites objetivos de la jurisdicción contencioso-administrativa II: materias excluidas EXTENSIÓN Y LÍMITES DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA MATERIAS EXCLUIDAS (Art. 3 LJCA)

✓ No corresponden al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Materias reservadas a otras jurisdicciones (Art. 3.a LJCA)

✓ Las cuestiones expresamente atribuidas a los órdenes jurisdiccionales civil, penal y social, aunque estén relacionadas con la actividad de la Administración Pública.

Materias pertenecientes al ámbito militar (Art. 3.b LJCA)

✓ El recurso contencioso-disciplinario militar.

Conflictos de jurisdicción y atribución (Art. 3.c LJCA)

✓ Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados y Tribunales y la Administración Pública y los conflictos de atribuciones entre órganos de una misma.

Conflictos de competencia (art. 42 LOPJ y arts. 15-21 LCJ)

✓ El conocimiento de los conflictos de competencia que se susciten entre diferentes órdenes jurisdiccionales, que se atribuye a la Sala Especial del TS, presidida por su Presidente y compuesta por dos magistrados, uno por cada orden jurisdiccional en conflicto, que serán designados anualmente por la Sala de Gobierno.

Responsabilidad Patrimonial (Art. 2.e), párrafo modificado por la LO 19/2003)

✓ La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, cualquiera que sea la naturaleza de la actividad o el tipo de relación de que derive, no pudiendo ser demandadas aquéllas por este motivo ante los órdenes jurisdiccionales civil o social, aun cuando en la producción del daño concurran con particulares o cuenten con un seguro de responsabilidad.

Otras (Art. 2.f)

✓ Las restantes materias que le atribuya expresamente una Ley.


Derecho Procesal Contencioso-Administrativo

1.1.2. Límites subjetivos El segundo apartado 2 del art. 1 de la LJCA el legislador establece la extensión subjetiva de esta jurisdicción, disponiendo con carácter general que sujetos contarán con la condición de Administración pública a estos efectos. Esta primera y genérica delimitación del ámbito subjetivo se completa en el apartado 3 de ese mismo precepto, en el que se pretende a través de una serie de menciones explícitas que determinados sujetos, que no pueden calificarse propiamente como Administración

25 Pública, no escapen al control de esta jurisdicción ordinaria en aquellos casos en que su actuación afecte a un concreto ámbito material de naturaleza administrativa o cuando sus funciones puedan calificarse de públicas. En último lugar señalar que la delimitación subjetiva del ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa alcanza a determinados sujetos que son considerados formal y materialmente privados, pero cuyas funciones pueden ser enjuiciadas por revestir las mismas carácter público o administrativo.


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Aspectos generales relativos al orden jurisdiccional contencioso-administrativo

Esquema 3. Límites subjetivos I EXTENSIÓN Y LÍMITES SUBJETIVOS DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA ÁMBITO (Art. 1.1 LJCA)

✓ Los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación de las Administraciones Públicas sujeta de Derecho Administrativo, con las disposiciones generales de rango inferior a la Ley y con los Decretos legislativos cuando excedan los límites de la delegación.

Concepto de Administración pública (Art. 1.2 LJCA)

✓ Se entenderá a estos efectos por Administración pública: q La Administración General del Estado. q Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. q Las Entidades que integran la Administración local. q Las Entidades de Derecho Público que sean dependientes o estén vinculadas al Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades locales. ✓ La jurisdicción contencioso-administrativa conocerá también de las pretensiones que se deduzcan contra.

Otros sujetos (Art. 1.3. LJCA)

q q q q

Congreso de los Diputados. Senado. Tribunal Constitucional. Tribunal de Cuentas.

q Defensor del Pueblo. q Asambleas legislativas de las CCAA. q Instituciones autonómicas análogas al Tribunal de

Cuentas y al Defensor del Pueblo.

✓ Los actos y disposiciones del CGPJ y la actividad administrativa de los órganos de gobierno de los juzgados y tribunales en los términos previstos en la LOPJ. ✓ La actuación de la Administración Electoral en los términos previstos en la LOREG. Territorios históricos y Comisión Arbitral del País Vasco (Disposición Adicional 1ª LJCA)

En la CA del País Vasco la referencia del art. 1.2 debe incluir las Diputaciones forales y la Administración Institucional de ellas dependientes.

En la CA del País Vasco la referencia del art. 1.3.a) incluye los actos y disposiciones en materia de personal y gestión patrimonial sujetos al Derecho público adoptados por los órganos competentes de las Juntas Generales de los Territorios Históricos.

No corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa el conocimiento de las decisiones o resoluciones dictadas por la Comisión Arbitral del art. 39 del Estatuto de Autonomía del País Vasco.


Derecho Procesal Contencioso-Administrativo

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Esquema 4. Límites subjetivos II EXTENSIÓN Y LÍMITES SUBJETIVOS DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA Disposición adicional 4ª

q En esta Disposición, sin alterar la competencia prevista en el art. 1.2, se clarifican algunos aspectos al concretar determinados

supuestos en los que se señala la competencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la AN para el conocimiento de determinados actos.

q Todos estos actos serán conocidos directamente, en única instancia, por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia

DA 4ª.1

Nacional de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España. Los actos administrativos no susceptibles de recurso ordinario dictados por el Banco de España. ✓ Las resoluciones del Ministro de Economía y Hacienda que resuelvan recursos ordinarios contra actos dictados por el Banco de España, ✓ Las disposiciones dictadas por la citada Entidad.

q Los actos administrativos no susceptibles de recurso ordinario dictados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores y las

DA 4ª.2

DA 4ª.3 DA 4ª.4

DA 4ª.5 DA 4ª.6 (Añadido por la Ley 50/1998) DA 4ª.7

(Añadido por Ley 41/1999, con el número 6, al existir ya éste, lo hemos denominado 7)

resoluciones del Ministro de Economía y Hacienda que resuelvan recursos ordinarios contra actos dictados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, así como las disposiciones dictadas por la citada Entidad, directamente, en única instancia, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

q Las resoluciones del Tribunal de Defensa de la Competencia, directamente, en única instancia, ante la Sala de lo Contencioso-

administrativo de la Audiencia Nacional.

q Las resoluciones de la Junta Arbitral regulada por la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre, de Modificación parcial de la Ley

Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, directamente, en única instancia, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

q Los actos administrativos dictados por la Agencia de Protección de Datos, Comisión del Sistema Eléctrico Nacional, Comisión del

Mercado de las Telecomunicaciones, Consejo Económico y Social, Instituto Cervantes, Consejo de Seguridad Nuclear y Consejo de Universidades, directamente, en única instancia, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

q Los actos administrativos no susceptibles de recurso ordinario dictados por la Comisión Nacional de Energía y las resoluciones del

Ministro de Industria y Energía que resuelvan recursos ordinarios contra actos dictados por la Comisión Nacional de Energía, así como las disposiciones dictadas por la citada entidad, directamente, en única instancia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

q Las resoluciones del Ministro de Economía y Hacienda que resuelvan recursos de alzada contra actos o disposiciones dictados por el

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, directamente, en única instancia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.


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