GLOBALIZACIÓN, ESTADO Y CIUDADANÍA Un análisis socio-jurídico del movimiento sinpapeles
IKER BARBERO
Valencia, 2012
Copyright ® 2012 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).
© Iker Barbero
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es I.S.B.N.: 978-84-9004-888-7 MAQUETA: PMc Media Si tiene alguna queja o sugerencia envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia por favor lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.
A aita y ama, por su ejemplo de lucha, trabajo y amor. A todos los nadies, los ningunos, los ninguneados‌
Contenido
Agradecimientos............................................................................................. 9 Prólogo ........................................................................................................ 11 Prólogo......................................................................................................... 13 Capítulo Primero.................................................................................. 15 Claves para entender la obra......................................................................... 15 Capítulo Segundo................................................................................. 20 La nueva regulación global de las migraciones.............................................. 20
I. LAS MIGRACIONES COMO FENÓMENO GLOBAL.......................................... 20 II. APORTACIONES TEÓRICAS SOBRE LA GLOBALIZACIÓN DE LAS MIGRACIONES EN EL MARCO DEL NEOLIBERALISMO.................................... 22 III. EL DEBATE SOBRE LA NECESIDAD DE UNA NUEVA REGULACIÓN Y LAS IMPLICACIONES JURÍDICAS................................................................................... 27 IV. SOBRE LA GOBERNANZA Y LAS NUEVAS FORMAS DE REGULACIÓN DE LAS MIGRACIONES INTERNACIONALES.............................................................. 33 1. Los acuerdos globales: el ejemplo del AGCS-GATS................................................ 36 2. Los acuerdos regionales o programas de entidades supranacionales......................... 40 2.1. La Unión Europea y su política de gestión de los flujos migratorios....... 41 2.2. El TLCAN y su impacto en las migraciones............................................... 46 3. El papel de los Estados en la regulación de los flujos migratorios: aproximación al caso del Estado español............................................................................................... 49 3.1. El régimen general y los contingentes....................................................... 50 3.2. Los acuerdos bilaterales para la regulación de las migraciones............... 52 3.3. Hacia la privatización de la gestión de las migraciones laborales............ 55 V. CONSECUENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS PARA LOS MIGRANTES COMO SUJETOS DE DERECHOS......................................................................................... 57
Capítulo Tercero................................................................................... 60 El Estado y su transformación jurídica ante el fenómeno de las migraciones.60
I. LAS TRANSFORMACIONES DEL ESTADO ANTE LOS RIESGOS DE LA GLOBALIZACIÓN...................................................................................................... 60 II. EL DERECHO EN LOS ESTADOS VIGILANTES................................................ 65 1. El Derecho al servicio de la seguridad................................................................. 65 2. El Derecho de Extranjería: Un Derecho excepcional para un nuevo grupo de riesgo.... 68 III. EL DERECHO DE EXTRANJERÍA EN LA CREACIÓN DEL ESTEREOTIPO INMIGRANTE IRREGULAR-CRIMINAL.................................................................. 73 1. El papel de la inmigración en la construcción del Estado Transnacional de Vigilancia llamado Unión Europea....................................................................................... 74
6
Índice
2. El control de la inmigración en el Derecho de Extranjería español........................... 81 IV. CONSECUENCIAS PRÁCTICAS DE LA «FRONTERA» COMO ELEMENTO PRINCIPAL DEL DERECHO DE EXTRANJERÍA.................................................... 91
Capítulo Cuarto................................................................................... 98 Ciudadanía más allá del Estado nación.......................................................... 98
I. LA CIUDADANÍA NACIONAL Y LA CONSTRUCCIÓN DE LA ALTERIDAD... 98 II. CRISIS DEL MODELO MODERNO DE CIUDADANÍA................................... 101 1. Críticas internas........................................................................................... 102 2. Circunstancias externas................................................................................. 104 3. Críticas normativas a la ciudadanía desde las migraciones contemporáneas.......... 106 3.1. El status jurídico: blindaje, estratificación y derechos............................ 108 3.2. La participación: márgenes, espacios y estrategias de ciudadanía......... 113
3.2.1. La participación política y el derecho a voto.............................................. 113 3.2.2. La participación social.......................................................................... 115 3.2.3. La participación «insurgente»................................................................ 116
3. La identidad: entre el repliegue nacional y la transnacionalización...................... 118 IV. EL RUMBO DE LA CIUDADANÍA CONTEMPORÁNEA ANTE LAS TRANSFORMACIONES GLOBALES. LA NECESIDAD DE UN DEBATE........... 121
Capítulo Quinto................................................................................ 127 Los movimientos de sinpapeles. El caso de los encierros de 2001 en Barcelona.................................................................................................... 127
I. LLAMAS DE UN MISMO FUEGO: LA LUCHA POR OTRA CIUDADANÍA.... 127 II. LOS ENCIERROS DE SINPAPELES DE 2001 EN BARCELONA. INTRODUCCIÓN..................................................................................................... 130 1. Causas genéricas........................................................................................... 131 1.1. Los incidentes racistas de El Ejido............................................................ 131 1.2. El accidente de Lorca y las primeras marchas......................................... 135 1.3. Martes 23 de enero de 2001: Entrada de la ley de extranjería 8/2000.. 136 2. Causas específicas.......................................................................................... 137 2.1. Portes Obertes, Papers per a Tothom y las primeras luchas en los 90... 137 2.2. Los acontecimientos de las Plazas del 2000............................................. 141 2.3. Las denegaciones masivas en Barcelona.................................................. 143 III. LOS ENCIERROS: ORGANIZACIÓN Y FORMA DE LUCHA......................... 148 1. ¿Cómo empieza el encierro?............................................................................. 148 2. El encierro por dentro: Los espacios, el decorado y algunas especificidades.............. 149 3. Cuando ya no queda otra: el encierro en iglesias y la huelga de hambre como prácticas alternativas de ciudadanía................................................................................. 152 4. Organización y estructura del encierro.............................................................. 157 4.1. La Asamblea General del Pi y las asambleas de las iglesias..................... 159
Índice
7
4.2. Las comisiones delegadas.......................................................................... 161 4.3. Normas internas: autorregulación, disciplina y pautas culturales.......... 162 5. El encierro de mujeres..................................................................................... 164 6. El encierro de Cornellá................................................................................... 167 7. Manipulación, policía, mafias, conflictos e infiltrados........................................ 169 IV. MEDIOS DE LUCHA Y APOYOS EXTERNOS.................................................. 171 1. El apoyo y muestras de solidaridad individuales y anónimas............................... 171 2. Las plataformas de apoyo............................................................................... 174 3. Las manifestaciones....................................................................................... 177 4. La recogida de firmas..................................................................................... 181 5. El papel de la Iglesia y de las bases................................................................... 182 6. Los apoyos de los eurodiputados....................................................................... 187 7. La solidaridad de los artistas.......................................................................... 188 8. Los encierros universitarios de solidaridad........................................................ 188 9. Los informes y dictámenes jurídicos de instituciones y comisiones jurídicas............. 189 9.1. El informe del Consell Consultiu de la Generalitat de Catalunya.......... 190 9.2. La recomendación del Defensor del Pueblo........................................... 191 9.3. La Comisión de Defensa del Colegio de Abogados de Barcelona......... 194 10. La Asamblea o Coordinadora estatal de inmigrantes con y sin papeles................. 194 V. NEGOCIACIONES Y MEDIACIONES PARA LA RESOLUCIÓN DEL CONFLICTO............................................................................................................. 198 1. Los inicios de la negociación. Las primeras demandas........................................ 198 2. La mediación del Síndic de Greuges................................................................. 201 3. La negociación con el Gobierno del Estado y la Comisión Técnica Paritaria........... 206 4. La Mesa de seguimiento y el Acuerdo de garantías............................................. 210 VI. EL ACUERDO DE BARCELONA Y SU MATERIALIZACIÓN......................... 212 1. El final del encierro........................................................................................ 212 2. La firma del Acuerdo de Barcelona.................................................................. 213 3. Algunos se resisten a dejar el encierro................................................................ 217 4. La materialización de la parte final del Anexo: alojamiento y formación................ 219 5. La materialización del Acuerdo: las regularizaciones y las celebraciones................. 220 VII. LA EXTENSIÓN DEL ACUERDO DE BARCELONA A OTROS ENCIERROS.............................................................................................................. 223 1. Los encierros de Almería................................................................................. 223 2. Los encierros de Murcia.................................................................................. 230 3. Los encierros de Valencia................................................................................ 235 4. Los encierros de Huelva y Lepe........................................................................ 242 5. Los encierros de Madrid................................................................................. 249 VIII. LA EXTENSIÓN DE LOS ACUERDOS AL RESTO DEL ESTADO.............. 257 IX. ¿SIRVIÓ LA LUCHA PARA ALGO?................................................................... 260
Capítulo Sexto................................................................................... 262
Hacia un modelo alternativo de CiudadanĂa. Conclusiones......................... 262 BibliografĂa................................................................................................. 269
Agradecimientos Esta obra es básicamente fruto de la tesis doctoral «Hacia modelos alternativos de Ciudadanía: un análisis socio-jurídico del movimiento sinpapeles», sustentada en abril de 2010 en la Facultad de Derecho de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV-EHU). He podido dedicarme a esta investigación durante cuatro años gracias a una beca del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco-Eusko Jaurlaritza. Asimismo, una beca posdoctoral concedida por el Vicerrectorado de Ordenación Académica de la UPV-EHU me ha alentado a la difusión de los conocimientos adquiridos a través de diversas publicaciones, entre las que se encuentra esta obra. En el recorrido de la elaboración de esta investigación he tenido la suerte de caminar con buenas personas a las que quisiera mostrar mi más sincero agradecimiento y respeto: En primer lugar, a mis directores de tesis, Cristina Blanco, de la Universidad del País Vasco-Euskal Herriko Unibertsitatea y Javier de Lucas, de la Universidad de Valencia, quienes desde un principio me mostraron su apoyo, y cuyas grandes ideas me han guiado a lo largo de estos años y tendré presente en el futuro. En segundo lugar, quisiera agradecer a los miembros del tribunal por su amable predisposición, su riguroso examen y sus interesantes comentarios: a su presidente, Francisco Javier Caballero Harriet de la UPV-EHU, a Letizia Mancini de Università degli Studi di Milano, a Pedro Ibarra de UPV-EHU, a Ana López Sala del CSIC y Jorge Tapia de la Universidad Arturo Prat de Chile; y también a Juan Luis Ibarra de la UPV-EHU y a Giuseppe Campesi de la Universidad de Bologna, quienes aceptaron gustosamente el papel de evaluadores «en la reserva» y cuyos comentarios también he agradecido. Quisiera expresar mi más sincero agradecimiento a la Betiko Fundazioa, por brindarme su apoyo para hacer posible esta publicación. Espero que con esta obra pueda aportar mi grano de arena a esa «cultura sustentada en los valores de la participación, solidaridad, cooperación y equidad», que la fundación persigue. También me gustaría mostrar mi agradecimiento a lo que podríamos denominar mi «familia académica» de la UPV-EHU, del Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati, donde además de establecer una red global con académicos y estudiantes, también surgieron grandes amistades que aún perduran; y del Istituto di Filosofía e Sociología del Diritto de Milán, en el que
10
Iker Barbero
realicé una estancia de investigación entre mayo y agosto de 2008, y donde la tesis trazó su rumbo final, pero, sobre todo, donde sus planteamientos adquirieron consistencia gracias a las conversaciones y sugerencias allí recibidas por Vincenzo Ferrari, Luigi Cominelli, Dafne Bordone y especialmente, por Letizia Mancini. La inmensa mayoría de la información contenida en esta obra se la debo a incasables militantes de quienes he aprendido a luchar por un mundo sin fronteras donde las personas tengan derecho a ser lo que son: Personas. A Norma Falconi, Enrique Mosquera, Antonia Moyano, Brian Anglo, Ibrar, Harnek, Rana, María, Mamen, Fede, Reduan, Marta, Raquel, Victoria, Cristina Fernández Bessa, Hibai Arbide, Elvira Posada, Marco Aparicio, Pep Manté (in memoriam), Amarela Varela, Arcadi Oliveres, a la gente de la Ciudat Invisible, Carmen Murias, Peio Airbe, Paco Torres, Danielle Provençal, Medinaceli Parilla, Manuel Lario, Clara Guilló y a otras muchas personas que generosamente me prestaron su tiempo y ayuda. Además, esta tesis tampoco hubiera sido posible sin las conversaciones, críticas, en ocasiones duras, pero esencialmente constructivas, de mi gran amigo y «maestro», Libardo Ariza, con quien tengo el honor de compartir algún texto que otro y un joven pero prometedor proyecto que es Sortuz, Oñati Journal of emergent socio-legal studies. Sin olvidar a otros grandes compañeros como Evgeny Shtorn, Alexander Kondakov, Daniel Bonilla, Manuel Iturralde, Antonio Ariza, Yullieth Hillón, Joxerramon Bengoetxea, Iñaki Lasagabaster, Saioa Bilbao, Jesús Mijangos, Xabier Aierdi, Andrea Mubi Brighenti, Albert Noguera, Arkaitz Fullaondo, a mis amigos «de toda la vida», y a mis mejores anfitriones: Chiara y Mikel, por acogerme en su casa en Milán, y a Iker y a Ale, por acogerme en su casa en Barcelona. Finalmente, a quien debo todo: a mi padre, a mi madre y a mi hermana, y al resto de la familia, porque soy quien soy gracias a ellos, y a Esti, por estar a mi lado en todo momento (cuando más te he necesitado). Eskerrik asko danoi bihotz bihotzez!
Prólogo Cristina Blanco
Profesora Titular de Sociología Universidad País Vasco
Globalización, Estado y Ciudadanía es una obra importante; de esas que es difícil encontrar entre las muchas publicaciones que aparecen y desaparecen en nuestro actual mundo de la información y de la comunicación. Es el fruto de años de trabajo, esfuerzo e ilusión que su autor, Iker Barbero, ha dedicado a investigar sobre la capacidad que los movimientos sociales, incluso los más marginales, pueden tener sobre un sistema jurídico establecido; en este caso ejemplificada en el movimiento sinpapeles en España. Es la publicación de una Tesis Doctoral, con todo lo que ello significa y que, probablemente, no les pasará desapercibido a muchos lectores y lectoras de este libro. Pero con independencia de la pasión, el cariño y el buen hacer que Iker haya puesto en su trabajo, lo cierto es que el resultado es una investigación de gran calidad académica y de importante significación social, política y jurídica. Se podría pensar que son palabras interesadas, dado mi papel como codirectora de la Tesis de Iker. Ciertamente no voy a ocultar mi orgullo por el trabajo realizado pero, a decir verdad, poco he tenido yo que ver con este excelente resultado, más allá de algunas orientaciones metodológicas y el apoyo incondicional que he tratado de ofrecer a Iker. Para bien o para mal (el juicio ahora le corresponde a cada lector o lectora) este es, prácticamente en su totalidad, el fruto de la capacidad de trabajo, análisis y reflexión de su autor. No obstante, a modo de prólogo, creo que es interesante resaltar previamente algunas de las capacidades y fortalezas que tiene esta obra. En primer lugar es importante reseñar que se trata de un trabajo que se enmarca en el singular ámbito de la Sociología Jurídica. Aunque no debiera olvidársenos que el Derecho está naturalmente vinculado a lo social, lo cierto es que no es habitual encontrarnos con trabajos jurídicos que resalten la naturaleza sociológica del Derecho. Pues bien, este es uno de esos extraños casos. Además de que los contenidos estén referidos a una concreta relación entre movimientos sociales y creación de normativa jurídica, debemos congratularnos de que haya trabajos de esta calidad que acerquen a dos disciplinas que, hasta la fecha, no parecen haber encontrado muchos caminos prácticos para trabajar conjuntamente. Cualquier esfuerzo en este sentido creo que debe ser bienvenido.
12
Cristina Blanco
En segundo lugar debo mencionar el excelente entramado metodológico de este trabajo. En este sentido Iker ha demostrado una enorme capacidad adaptativa e intelectual, que le ha permitido acercarse a las metodologías sociológicas partiendo de los paradigmas tradicionales del Derecho en los que él se formó inicialmente. De este modo combina hábilmente el análisis teórico sobre la globalización, la gobernanza, el Derecho y las migraciones internacionales, con el análisis de fuentes documentales históricas y con la investigación sobre/con los propios sujetos sociales protagonistas del caso analizado. Debemos reconocer que tal encaje no es una práctica muy habitual. Por último, quisiera subrayar una dimensión esencial, muchas veces olvidada en los medios académicos, pero que en este trabajo no solo está presente, sino que es su espina dorsal: la implicación sobre el mundo real, la referencia a personas reales y concretas. En este sentido el trabajo de Iker se pone al servicio de lo social, manifestando con ello su propio compromiso personal. Y ello, sin ceder terreno en el ámbito del rigor y la seriedad académica. Una vez más, algo no muy habitual. El resultado es un trabajo científico honesto, serio, con fundamento, que huye del recurso manido de ofrecer consignas del gusto del público cercano al autor sin más argumento que la búsqueda del brillo y del aplauso fácil. Este libro contiene una investigación rigurosa, lo que le ofrece mayor valor y veracidad a su contenido. Aporta elementos esenciales para la reflexión teórica sobre la gobernanza transnacional de los movimientos migratorios internacionales actuales, sobre la tradicional jurisdicción del Estado Nación ante los nuevos retos de la globalización y la creciente movilidad, o sobre el concepto de ciudadanía. Pero, además de ello, y esto no es menos importante, aporta esperanza para las personas marginadas, despreciadas y humilladas: ellas también pueden tener voz, pueden hacerse escuchar, e incluso pueden imponer sus criterios a la sociedad general. Aunque sea en contadas ocasiones. Así también se ha hecho la Historia. Y esta obra tiene la virtud de ponerlo de manifiesto una vez más; en un caso concreto. Aunque sea pequeño y humilde. No es poca cosa. Iker Barbero pone de relieve, a través de la ejemplificación de un caso concreto y real, la capacidad y potencialidad que pueden tener nuevas formas, o formas alternativas, de ejercitar la ciudadanía en nuestro mundo transnacional. Estas y otras virtudes de la presente investigación son, a mi juicio, más que suficientes para que la persona que ahora tenga este libro en sus manos lo pueda encontrar de gran interés, bien por sus reflexiones teóricas, bien por sus capacidades metodológicas, o bien por el mensaje de cambio potencial sobre las formas de ejercer los derechos de ciudadanía en nuestros días. San Diego, California Abril 2011
Prólogo Javier de Lucas
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política Universidad de Valencia
Es un honor y una satisfacción poder escribir un prólogo para el libro que recoge la tesis doctoral presentada por Iker Barbero. Tuve la suerte de conocerlo cuando era un estudiante que iniciaba sus investigaciones, en el Instituto Internacional de Sociología Jurídica en Oñati y en el máster sobre migraciones dirigido por mi amiga y colega la profesora Cristina Blanco en la Universidad del País Vasco. Después, acepté codirigir con ella la tesis doctoral de Iker y aunque la profesora Blanco ha cargado con la mayor parte de esa tarea, estoy muy orgulloso de haber contribuido a la dirección del trabajo que, repito, está en el origen de este libro. El libro es mucho más que la tesis, siendo ésta, de suyo, ambiciosa. En efecto, Iker no dejó de participar en congresos y seminarios, así como de acudir a centros de investigación especializados y fruto de todo ello es una perspectiva al mismo tiempo más amplia y sin embargo, más específica en su análisis. Creo que ambos aspectos no son contradictorios e incluso diría que se necesita esa visión más global para poder abarcar con éxito objetivos particulares, como podrá apreciar el lector. Este es un libro que, en buena medida, prueba hasta qué punto el instrumental conceptual del que disponemos es insuficiente para abordar el estudio de las migraciones en su complejidad y por ello son imprescindibles los análisis que se inspiran en una perspectiva multidisciplinar, en la que resulta especialmente útil la contribución de la metodología propia de la sociología jurídica. De ahí, a mi juicio, el acierto del esfuerzo conceptual que se encuentra en la primera parte, en la que el autor nos ofrece las claves para entender el trabajo. Y es que seguimos empeñados en ignorar que la trascendencia del fenómeno de la movilidad humana que encarna los movimientos migratorios y los desplazamientos de refugiados, ha experimentado un salto cuantitativo y cualitativo a partir de los dos últimos decenios del siglo XX y va a marcar las características del mundo en el que vivimos, en el XXI. Este fenómeno no se limita a la dimensión laboral, ni aun a la socioeconómica. Como advirtiera el discípulo de Durkheim, Marcel Mauss, la inmigración es un hecho social global, que abarca todas las dimensiones sociales y obliga a reformular buena parte de nuestras categorías jurídicas y políticas. Además, es un fenómeno que adquiere especiales características en la fase contemporánea del proceso de
14
Javier de Lucas
globalización, al que el doctor Barbero consagra una breve pero interesante segunda parte. Pero muy en particular, su trascendencia jurídica y política es imposible de abarcar desde la reductiva concepción del formalismo jurídico, del monismo, que inspira a la cultura jurídicopolítica del XIX y XX y desde la perspectiva de la teoría del estado que se centra en el Estado-nación. Por eso, la necesidad de acudir brevemente a la aportación crítica del Derecho, tal y como lo hace el autor en esa primera parte introductoria. Esa trascendencia del fenómeno migratorio encuentra un reflejo adecuado, sobre todo, en los capítulos referentes a la globalización al Estado y la ciudadanía, a mi juicio, los más innovadores, que constituyen un muy útil ensayo de construcción de elementos para una política de inmigración tomada en serio. En efecto, a lo largo de esas páginas el lector encontrará un estudio profundizado sobre las limitaciones del marco del Estado-nación frente a las exigencias del mercado global que regulan (para desregular, en una paradoja de la mayor trascendencia práctica) los movimientos migratorios. Pero además, hay un importante esfuerzo de desarrollo de los límites y de las vías de transformación de la categoría de ciudadanía. Si, como escribiera Abdelmalek Sayad, existir es existir políticamente, es evidente que el contradictorio estatuto de «presencia ausente» al que se ven reducidos los inmigrantes como consecuencia de las políticas de inmigración practicadas en y por la UE, debe ser objeto de una profunda reformulación, y eso es lo que se propone mostrar el autor. Pero para el lector interesado en la dimensión de conflictividad social que atribuimos a los movimientos migratorios que con vertiginosa aceleración se ha dirigido —y asentado— en España, probablemente lo más interesante sea la parte, centrada en el estudio del movimiento de «sin papeles» en Barcelona, un caso muy relevante en lo que se refiere a los procesos urbanos de asentamiento de inmigración. Creo que así lo acredita la lectura de esas páginas, dedicadas al proceso que siguió al encierro de tres centenares de inmigrantes sin papeles (pero no sólo) en la iglesia de Santa María del Pi el 20 de enero de 2001, en el contexto de la contrarreforma de ley que preparaba el Gobierno del PP, marcada por los sucesos de El Ejido, que se siguen no sólo con interés sino incluso con pasión. Tengo la seguridad de que nos esperan nuevas e interesantes contribuciones de Iker Barbero. Este prólogo es también el testimonio de esa convicción. París Abril 2011
Capítulo Primero
Claves para entender la obra «Los papeles es lo que nos piden siempre, cuando trabajamos, cuando caminamos…como no los tenemos, nos autodenominamos sinpapeles que, aunque no sea un término legal, nos parece mucho más real que ilegales o irregulares. Algunos abogados nos dicen que es un término alegal que nos ubica en un limbo. A nosotros nos gusta porque nos sirve de plataforma desde la cual reclamar los derechos más elementales que las leyes nos niegan» (Representante de la Asamblea de inmigrantes). El sábado 20 de enero de 2001, cerca de 400 inmigrantes se encerraron en la iglesia de Santa María del Pi de Barcelona. Eran inmigrantes en situación legal o documental irregular, o como ellos mismos se consideraban, sinpapeles. Portaban una reivindicación básica: Papeles para todos. Los medios, los objetivos, los testimonios, los discursos pronunciados durante más de 47 días que duraron los encierros estuvieron encaminados, voluntaria o involuntariamente, a la consecución de una nueva relación jurídica y política entre el Estado, el Derecho y la población inmigrante, en definitiva, un nuevo modelo de ciudadanía. Un acontecimiento de tales magnitudes demandaba ser recogido, analizado y reflexionado por su trascendencia social, política y jurídica. Así, este trabajo se comenzó bajo la ambiciosa voluntad de analizar estos hechos concretos desde un espíritu crítico, es decir, sin permanecer en la equidistancia ante un tema de tanta relevancia jurídica y social como es el tema de las luchas de inmigrantes irregulares o sinpapeles. De ahí que se haya pretendido seguir algunos de las principales características de lo que podría denominarse pensamiento jurídico crítico (Santos 1998, 2002, 2009; Wolkmer 2003, 2006, entre otros). Como dice Wolkmer (2003), se trata del «ejercicio reflexivo de cuestionar lo que se encuentra normatizado y oficialmente consagrado (en el plano del conocimiento, del discurso y del comportamiento) en una determinada formación social, así como la posibilidad de concebir otras formas no alienantes, diferenciadas y pluralistas de la práctica jurídica» (2003:13).
Tomando como referente esta forma de entender la investigación sociojurídica, una aproximación semejante exigía adoptar una posición específica tanto en el plano teórico como en el práctico. Siguiendo de nuevo a Wolkmer, «en lo teórico se busca denunciar los mitos y falacias que sustentan y reproducen la ciencia jurídica tradicional y la
16
Iker Barbero
reordenación del Derecho en el conjunto de prácticas que lo determinan» (2003:15). Mediante la reflexión en torno a conceptos como Globalización, Estado, Derecho o ciudadanía se ha pretendido desmontar la idea de que el ordenamiento jurídico no es un conglomerado aséptico de proposiciones normativas, destinadas a gestionar la convivencia de los sujetos que se encuentran voluntariamente vinculados a ese ordenamiento. Por el contrario, se pretende demostrar que algunas de las normas jurídicas más importantes en las relaciones sociales y jurídicas en el fenómeno de las migraciones, responden a la voluntad política de determinados núcleos de poder, ya sea el Estado u organizaciones supranacionales, y se dictan con el fin gobernar regular la posición de los sujetos y también de aquellos ni siquiera considerados como sujetos, de acuerdo con unos intereses concretos. En lo práctico, opina Wolkmer, se busca transformar «el Derecho como instrumento estratégico de efectiva alteración de la prácticas sociales vigentes capaz de impulsar la construcción de una nueva organización social más justa y democrática» (2003:15). A través del estudio de caso de los encierros de inmigrantes sinpapeles, tras el análisis de cientos de documentos (manifiestos, prensa, comunicados, etc.) y de numerosas entrevistas con sus protagonistas, se ha pretendido mostrar cómo las acciones de determinados sujetos han sido determinantes en la creación, modificación o derogación de normas jurídicas, por muy parciales que estas transformaciones parezcan. La relevancia de este estudio no reside en el aspecto cuantitativo, es decir, en cuánto se logró modificar el Derecho, ya que algunas de esas transformaciones, o han sido derogadas o sobrepasadas por posteriores regulaciones, o nunca tuvieron el reconocimiento formal suficiente como para cuantificarlas y hacerles un seguimiento. Hemos considerado más importante rescatar y analizar la manera a través de la cual, en un momento dado, sujetos no reconocidos jurídicamente como titulares de los derechos fundamentales más básicos, apoyados por una parte importante de la sociedad civil, fueron capaces de encauzar dinámicas reivindicativas paralelas a los cauces jurídicos habituales. Por eso mismo, la visión que se ofrece, además de crítica, evidentemente no es neutral, pues se ha optado por defender un argumento concreto que sostiene que los inmigrantes, y en especial los sinpapeles, están siendo objeto de una nueva regulación que los somete a las directrices que marca el Mercado neoliberal, y que frente a ello, en algunos casos, éstos alzan la voz a través de los medios de los que disponen. En definitiva, sigo a Wolkmer cuando señala que, «Se puede concebir la teoría crítica como el instrumento pedagógico operante (teórico-práctico) que permite a los sujetos inertes y mitificados una toma de conciencia histórica, desencadenando procesos que conducen a la formación de agentes sociales poseedores de una concepción del mundo racionalizada, antidogmática, participativa y transformadora. Se trata de una propuesta que
Globalización, Estado y ciudadanía
17
no parte de abstracciones, de un a priori, determinado, de la elaboración mental pura y simplemente, sino de la experiencia histórica concreta, de la práctica cotidiana insurgente, de los conflictos y de las interacciones sociales, de las necesidades humanas esenciales» (2003:22).
Cada capítulo que compone esta obra, pese a poder ser objeto de una lectura individualizada comprensible, se encuentra intrincado por el hilo argumentativo de la tesis principal. Si pretendemos hablar sobre unos sujetos, los inmigrantes internacionales, quienes a través de sus luchas buscan el reconocimiento de unos derechos que les son negados por el Estado y por el Mercado, debemos inevitablemente analizar este fenómeno social desde los ejes de la Globalización neoliberal, el Estado y la ciudadanía. Precisamente es ésta la evolución discursiva más apropiada para demostrar que es el triunfo del Mercado sobre la Política, y no al revés, lo que ha propiciado, cuando no exigido, la creación de la inmigración como una categoría sociológico-jurídica específica de este momento y útil en el desarrollo del proyecto neoliberal. No se trata de elaborar un cuadro teórico exhaustivo que recoja todas y cada una de las corrientes afines a estas ideas, y sus consiguientes críticas; sino que se ha pretendido colocar una lente a través de la cual se pueda observar el caso concreto de los encierros de Barcelona del 2001. Estos encierros deben enmarcarse dentro del fenómeno social y jurídico de las migraciones intencionales en un contexto global. Por eso los siguientes capítulos, además de aportar claves teóricas que expliquen más precisamente cuál es la relación entre Globalización, Estado y ciudadanía, y las migraciones, también trata de establecer un hilo argumentativo, desde lo global a lo concreto, que aclare por qué unas personas inmigrantes decidieron tomar el camino de la lucha por el reconocimiento de sus derechos y por qué lo hicieron bajo tales términos.
18
Iker Barbero
El segundo capítulo está dedicado al análisis de la categorización del migrante como mera «mano de obra» en la gestión de los flujos migratorios internacionales. Estaríamos asistiendo a la propagación de la tendencia global a regular las migraciones, no desde un Derecho formal universal, sino desde lo que podría denominarse soft Law. Así, las distintas normas que, a nivel mundial, se encargan de ordenar las migraciones, a modo de prestación transnacional de servicios son creadas de acuerdo a los criterios de producción jurídica característicos de la etapa contemporánea de globalización neoliberal: flexibilidad, informalidad, descentralización, gobernanza, etc. Instituciones supranacionales como la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), la Organización Mundial del Comercio (OMC) o la Unión Europea (con la intervención de los Estados nación o sin ella) establecen estándares normativos (el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, Tratados de Libre Comercio, la Blue Card, etc.), mediante los cuales se regulan los flujos de migrantes atendiendo las necesidades del mercado mundial. Los nuevos modelos contractuales se convierten en títulos fragmentados que reconocen derechos como trabajador e inmigrante y no como persona o ser humano, situando, de esta manera en un penoso limbo jurídico a aquellas personas que deciden migrar al margen de los mecanismos establecidos así como a las que no se ajustan a los requerimientos de cualificación de la mano de obra globalizada. Dentro de la misma lógica jurídico-política, la regulación a la que son sometidas esas últimas personas que migran de manera clandestina, viene a reforzar el papel de un Estado, si no en decadencia, sí en transformación. Por eso, la tercera parte está enfocada al análisis del Estado y algunos de elementos constitutivos (el territorio y las fronteras, la soberanía y el Derecho) desde el prisma de las migraciones internacionales que atraviesan transversalmente todos los elementos citados. El argumento que se defiende en este punto es que, mientras el Estado pierde soberanía en aspectos como la economía, las telecomunicaciones, etc., la inmigración es utilizada para la reafirmación de poder a través de la construcción de la alteridad. Para ello, blinda selectivamente sus fronteras manteniéndose como una fortaleza que controla el acceso desde el exterior, estableciendo una normativa especial de extranjería que refuerza el mantenimiento de la diferenciación entre nacionales y extranjeros, y creando la mayor distancia con respecto a los colectivos que manifiestan mayor diferencia cultural o/y por su situación de irregularidad documental. El cuarto capítulo es un análisis de concepto de ciudadanía desde la perspectiva de las migraciones, que como ha sostenido Ferrajoli (1999), es el último espacio de diferenciación entre sujetos que el Estado nación mantiene. A partir de un concepto analítico de ciudadanía (Status-derechos, participación e identidad), se argumenta cómo hoy en día, las migraciones son los princi-
Globalización, Estado y ciudadanía
19
pales agentes que cuestionan la utilidad de la ciudadanía-nacionalidad como elemento integrador, incapaz de organizar las relaciones jurídicas y políticas. La posición antitética de la ciudadanía es la irregularidad, donde la tendencia es hacia limitación radical de derechos (principalmente por la confusión de derechos de ciudadanía con los derechos de los seres humanos), únicamente rescatados puntualmente por sentencias judiciales. La revisión de algunas de las principales teorías que consideran la aparición de espacio donde la ciudadanía se deslinda de su marco nacional, nos lleva a plantearnos si, hipotéticamente, nos encontramos ante la emergencia de nuevas ciudadanías de hecho, o al menos, ante prácticas alternativas de ciudadanía. El quinto capítulo, analiza el contexto específico de los encierros de inmigrantes que ocurrieron en el año 2001 en Barcelona y las consecuencias sociales y jurídicas que éstos tuvieron en materia de extranjería. Este estudio de caso busca ser un ejemplo de cómo, frente al contexto esbozado en los capítulos anteriores, los sinpapeles representan un campo alternativo de ciudadanía con pretensiones de reconocimiento jurídico y, por lo tanto, sus prácticas tienen un contenido y un propósito de juridicidad. Es en este campo en el que se entremezclan múltiples legalidades (el Derecho oficial de extranjería, los derechos humanos, normas de los países de origen, las normativas surgidas a raíz del propio encierro, etc.), donde los sinpapeles buscan un reconocimiento, la intersección de sus prácticas de ciudadanía que den lugar a la transformación de las instituciones jurídicas clásicas que definen la creación, alteración o derogación de normativas e instituciones jurídicas, y en definitiva, que marquen el camino hacia un nuevo modelo de ciudadanía. Después de todo, debemos reflexionar en torno a una serie de interrogantes: ¿Estamos asistiendo a un nuevo modelo jurídico de control selectivo de las migraciones internacionales?; en un contexto de tensión y/o cooperación entre la globalización neoliberal y el Estado ¿irrumpen sujetos desposeídos de ciudadanía, no reconocidos por el Derecho, incluso perseguidos por éste, capaces de incidir también en la producción normativa? ¿Irrumpen esos sujetos en el espacio jurídico, político y social a través de medios diversos (legales, ilegales y alegales), constituyendo así expresiones alternativas de ciudadanía? ¿Surgen estas prácticas de ciudadanía, alternativas al modelo nacional, a través de espacios, escalas y legalidades no necesariamente vinculadas al Estado nación, a su territorio, ni a su Derecho? Podríamos adelantar que el caso de las luchas de los sinpapeles es un observatorio privilegiado para constatar que sí hay algo de todo esto.
Capítulo Segundo
La nueva regulación global de las migraciones I. LAS MIGRACIONES COMO FENÓMENO GLOBAL Asistimos a un momento en el que las migraciones internacionales constituyen un fenómeno de alcance global innegable. Más de 215 millones de personas en el mundo viven fuera de su país de nacimiento o nacionalidad (OIM 2011). Esta cifra es más del doble de la registrada en 1980, hace tan sólo 25 años, y a un ritmo de crecimiento superior al doble del que se preveía en la década de los 60 (GCIM 2005, OCDE 2007, OIM 2008). Sin entrar a descomponer estas cifras, podríamos decir que éstas se enmarcan en las conocidas cinco tendencias de las migraciones contemporáneas que Castles y Miller han anunciado en su obra La Era de la Migraciones (2004): a) la globalización de las migraciones debe entenderse como la tendencia según la cual, cada vez más países se ven afectados directamente y de forma simultánea por los movimientos migratorios (conceptos «de país de emisión», «de transito» o «de recepción», tienden hoy en día a solaparse, pudiendo suceder que un mismo Estado reúna las tres categorías al mismo tiempo); b) la aceleración del número de personas migrantes en todas las regiones del planeta; c) la diversificación en los tipos de migraciones (laboral, estudiantes, temporales, permanentes, irregulares1, refugiados2 …); d) la feminización de las migraciones como movilidad
1
2
A pesar de las numerosas trabas políticas y jurídicas que determinados países están oponiendo a los flujos migratorios, éstos siguen desarrollándose por diversas causas, generando un importante número de migrantes en situación jurídico-administrativa irregular. Aunque su cuantificación precisa sea difícil, se considera que su desarrollo tiene lugar de una forma paralela al conjunto de las migraciones. A nivel mundial, los cálculos de la Organización Internacional del Trabajo estiman que los migrantes en situación irregular oscilan entre un 10 y un 15 % del conjunto total de los flujos migratorios (OIT 2004:11). Ahora bien, estas cifras varían dependiendo de lugar, Estado o región a la que se refieran. Así, por ejemplo, se estima que en EE.UU. en el año 2000 el número de personas sin la autorización pertinente para residir o trabajar legalmente rondaba los 7 y 8 millones de personas. A su vez, en un momento en el que 22 millones de extranjeros residían en Europa, en Estados como Francia cerca del 4 % obtenía la regularización a través de procesos gubernamentales ad hoc, un 14 % en Portugal y España, y hasta un 25% en Grecia o Italia. Esto quiere decir que en promedio al menos un 15 % del total de la población extranjera, 3 millones de personas, residían de manera irregular. Según el informe anual de 2008 Tendencias Globales, presentado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, el número de personas desarraigadas a la fuerza por los conflictos y la persecución en todo el mundo alcanzó los 42 millones. Dentro de esta categoría el ACNUR incluye a 16 millones de personas refugiadas y solicitantes de asilo y a 26 millones de desplazadas internas, desarraigadas dentro de sus propios países;