

PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA INDUSTRIA MUSICAL
COMITÉ
CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH
María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.
Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)
Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional
Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones
Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité:
Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón
Procedimiento de selección de originales, ver página web:
www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA INDUSTRIA MUSICAL
SAÚL EVERARDO VARGAS HERNÁNDEZ
tirant lo blanch
Ciudad de México, 2023
Copyright © 2023
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En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/
Este libro será publicado y distribuido internacionalmente en todos los países donde la Editorial Tirant lo Blanch esté presente.
Colección dirigida por: AnA Belén CAmpuzAno mArCelo pAsCuAl
© Saúl Everardo Vargas Hernández© EDITA: TIRANT LO BLANCH
DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO
Av. Tamaulipas 150, Oficina 502
Hipódromo, Cuauhtémoc
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ISBN: 978-84-1169-233-5
MAQUETA: Innovatext
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AGRADECIMIENTOS RELATIVOS A LA OBRA
Este proyecto fue realizado gracias al apoyo y desempeño de mi equipo de trabajo de SEVH Estudio Legal, S.C.
Gracias al Lic. Gerardo Muñoz de Cote, a la Lic. Deborah Flores Garza y al Dr. Jesús Parets Gómez, quienes con sus conocimientos y asesorías en el campo laboral me orientaron a ser un mejor profesional.
A la Lic. Stephany Balao y al Lic. Diego Palacios de Leija, por su gran apoyo y comentarios certeros a la obra.
A ti Señor, gracias.
A mis padres.
La música es uno de los elementos más básicos y antiguos que caracterizan a la humanidad. El ser humano la descubrió emitiendo sonidos a partir de su propia voz y luego agregando otros sonidos derivados de materiales existentes en su entorno, creando instrumentos primitivos que resultaban en percusiones y sonidos de aire. La creación y ejecución de música se convirtió entonces en una expresión humana, que permite a quien crea o diseña sus elementos y secuencias, expresar de una forma única su sentir o su pensar en determinado momento de su experiencia en este mundo. Como todo arte, la música tiene la capacidad de expresar ideas y pensamientos complejos, así como de transmitir emociones como alegría, tristeza o incluso ira, de tal forma que logra conectar personas a través de la experiencia común y traspasar barreras de lenguaje y cultura, logrando incluso una construcción de identidad colectiva. Históricamente la resistencia y el cambio en las condiciones humanas también se ha expresado y propagado frecuentemente a través de la música y del arte en general. La conexión emocional que proporciona el arte y sobre todo la música es invaluable e incluso imprescindible.
La creatividad e imaginación son características propias de nuestra especie, que junto con el talento y otras capacidades cognitivas, inclinan el ánimo de muchas personas para crear e innovar dentro del arte en general y la música en particular. Entre mejor el talento y el resultado creativo de una persona, la colectividad tiende a reconocerlo e identificarlo como “artista”.
Todas las artes han experimentado una evolución inevitable desde su nacimiento hasta la actualidad, mucha de esa evolución o transformación marcada por diversas circunstancias de la humanidad, particularmente por los sistemas económicos que también han evolucionado a través de la historia.
El sistema económico actual ha tenido un impacto indudable en el arte. Una de las consecuencias del capitalismo en el arte ha sido la producción con fines de comercialización o de lucro, donde el resultado del esmero intelectual del ser humano se trata como un producto más que se compra y se vende
para obtener una ganancia. Esto provoca que determinada pieza de arte sea valuada más por su potencial valor económico que por su mérito artístico, así como también que los artistas estén más dispuestos a producir obras que sean comercialmente rentables en lugar de experimentar y perseguir sus verdaderas vocaciones artísticas, lo que resulta en distinguir entre el arte puro y el arte hecha un objeto de consumo.
Por otro lado, la economía de mercado fomenta e incentiva de gran manera la producción artística y por tanto la difusión de determinado momento cultural, social o político, ya que la posibilidad de comercializar y percibir ingresos a través de la venta del producto permite que más personas decidan explorar sus vocaciones artísticas, además de que quien ha logrado o ha nacido con sus necesidades primarias satisfechas, tiene más tiempo de producir y de consumir arte. Los artistas también han encontrado mejores formas de financiamiento y de exposición con ayuda de otros actores que participan de los aspectos económicos de su comercialización, incentivando así la continua y mejora en la producción del arte.
En la música específicamente, se ha configurado lo que conocemos como la industria de la música, que se refiere a todos los aspectos relacionados con la creación, producción, promoción, distribución y comercialización de la música, incluyendo tanto la ejecución pública de la misma, cuando se interpreta ante una audiencia que la aprecia simultáneamente a su interpretación, así como la producción y distribución de grabaciones que incorporan esas interpretaciones, que con ayuda de los incesantes avances tecnológicos permite al consumidor apreciarlas a su conveniencia en los lugares y momentos que desee.
Convergen entonces en esta industria de la música una variedad de actores y entidades que permiten e incentivan que la música continúe siendo creada y difundida, por un lado, los autores quienes componen propiamente la música y/o escriben las letras, los intérpretes y ejecutantes, quienes a través de sus habilidades vocales con el uso de su voz o motrices con el uso de su cuerpo al ejecutar instrumentos, transforman la obra en sonidos que podemos apreciar por nuestro sentido auditivo; y por el otro lado las personas o entidades que permiten y facilitan la producción y amplificación de la música, como pueden ser los representantes de artistas, las editoras de música, los sellos fonográficos, los promotores u organizadores de eventos de música en vivo, los productores y vendedores de mercancías, los distribuidores de grabaciones, sea en formatos físicos o digitales, y los que se sumen conforme las tecnologías avanzan y permiten la mayor difusión cultural de la música.
Ante la posición del arte y en particular la música inmersa en el sistema económico actualmente dominante, surge la necesidad de establecer reglas claras que permitan distinguir los derechos y participaciones que a cada jugador le corresponden, a través del establecimiento de legislación que regule y proteja a los creadores, intérpretes y promotores o a través de acuerdos vinculantes entre dichos participantes que les permita distribuir adecuadamente los beneficios de la explotación comercial de la música y sus bienes relacionados, manteniendo una industria creativa incentivada e impulsada a seguir creando la música que nos mueve y nos conecta.
Sin duda la economía de mercado también ha incentivado el avance tecnológico que ha abierto un espacio aún más amplio para el florecimiento de la creatividad humana, estimulando así el futuro de nuestra cultura. Claramente el siguiente disruptor tecnológico es la denominada inteligencia artificial generadora, y que representa un nuevo elemento en la conversación con un gran potencial de impactar en todas las industrias creativas y por supuesto en la música. Será muy importante entender el alcance de esta nueva tecnología y definir y regular jurídicamente el impacto de estas nuevas formas de generar contenido a partir de lo existente.
El autor logra en este libro, con su basta experiencia y aportación en la industria musical, definir y diseccionar con pulcritud, la composición actual de esta industria creativa en nuestro país, así como la regulación jurídica aplicable a cada participante encuadrada dentro del ámbito de los derechos de autor y de la propiedad intelectual en general, incluyendo a los autores, intérpretes y ejecutantes, productores de fonogramas y los muchos otros actores que pueden converger en la conformación de la industria de la música.
Esta publicación debe ser considerada como una herramienta con la cual se podrá conocer a grandes rasgos los elementos legales autorales básicos para cualquier abogado que quiera adentrarse al medio, que deben considerarse dentro de la industria de la música, particularmente, las cadenas de valor que en ella concurren; identificación de los distintos titulares y actores de la industria, sus roles, su interrelación y la regulación de sus relaciones jurídicas.
El autor nos muestra los frutos de su experiencia profesional en la industria y el resultado de una investigación que abarca entrevistas a titulares, fuentes documentales, relaciones profesionales con distintos agentes de la industria musical, plasmando conceptos esenciales con un afable lenguaje establecidos en la doctrina y en la legislación autoral, así como aquellos que comúnmente se contemplan en los acuerdos y contratos del medio musical.
La industria de la música desde su surgimiento está en constante transformación, por ello, debemos precisar que el estudio que aquí se hace es el resultado de la situación actual y de los usos contemporáneos. Los esquemas del mercado, las formas de negociación y los contratos que se celebran, cambian y se actualizan de forma constante. No obstante, esta obra nos permitirá identificar a los principales titulares y actores que regularmente concurren en esta industria y su interrelación.
Los actores y titulares que intervienen en el Derecho de Autor dentro de la industria musical, autores, intérpretes, editores, productores, sociedades de gestión colectiva y demás actores, podrían verse amenazados por el acelerado crecimiento de los medios y espacios de explotación del fruto de su intelecto y creatividad; es primordial fomentar el estudio de esta publicación y similares, fomentando el constante estudio y la incesante actualización de las normas y su correcta aplicación en la industria musical.
Por último, considero que el enfoque del autor al derecho contractual en el ámbito musical invita a que sea valorado como parte de los cimientos a las estructuras legales normativas que la sociedad y legisladores han desarro-
llado para equilibrar los intereses contrapuestos en aras de la justicia y con miras a estimular y fomentar la creatividad.
Sin duda, un libro para formar parte de la biblioteca jurídica de cualquier especialista en la materia y de aquellos que quieran adentrarse al universo de los derechos de autor en la industria musical.
Capítulo I PARTE GENERAL
1.1. GENERALIDADES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA INDUSTRIA MUSICAL
La finalidad del presente instrumento es desarrollar los conceptos principales y generales de la Propiedad Intelectual relacionada directamente con la Industria de la Música, sus figuras, elementos y particularidades principales.
La Propiedad Intelectual es una parte fundamental dentro de esta industria, a partir del intelecto y de las participaciones de ciertas figuras, como los autores, intérpretes y productores fonográficos se genera el elemento principal a explotar, la música.
En ese sentido, los conceptos relevantes que nos atañen aun así sean los derechos de autor, siendo estos la parte fundamental de la propiedad intelectual en la música, también versan conceptos referentes a la propiedad industrial en cuanto a ciertas dimensiones de esta, tales como el nombre artístico como figura marcaria, o algún tipo de invención que se encuentre dirigida a la música o que por sus características configure un modelo de utilidad, un diseño industrial, etc.
La colisión de conceptos que se desarrollarán plantea que los mismos fungen como una parte fundamental en la industria musical y que sin su conceptualización en el derecho para reconocer las prerrogativas de sus participantes, la industria no podría desarrollarse, ya que, al reconocer estos derechos, la industria puede obtener beneficios, por lo tanto, crecer y evolucionar.
La Propiedad Intelectual, en específico los derechos de autor, participan de manera sustancial en esta industria, la música al ser el elemento principal, está desarrollada por personas físicas como son los autores (compositores en el caso de la rama musical), fijada por los productores fonográficos e interpretada por los artistas, entre otras figuras que participan en esta industria.
Adicionalmente, gracias a los grandes cambios tecnológicos y a las invenciones, la creación de la música, su fijación, su reproducción y comunicación, se ha simplificado, logrando generar contenidos artísticos desde trincheras impensables en un pasado, sin duda poniendo a la Propiedad Intelectual en los reflectores, otorgando una gran necesidad de tutela a favor de sus respectivos titulares.
Saúl Everardo Vargas HernándezLos Derechos de Autor y la Propiedad Industrial son fundamentales, son una de las grandes sustancias que conforman la industria de la música, su conocimiento y análisis es sumamente necesario para el avance y mejora de esta.
Desde la creación de la música como una obra musical con o sin letra, su fijación en un soporte material como el fonograma, la interpretación de esa obra musical, los instrumentos y herramientas que la desarrollan, se generan derechos a favor de sus creadores o en beneficio de sus participaciones, dando como resultado el elemento esencial de la industria musical, la “música”, a partir de la cual se crea dicha industria, atrayendo así, otras figuras que se desenvuelven alrededor de esta, las cuales pueden, asimismo, generar derechos.
Los Derechos artísticos generan a favor de sus titulares derechos de carácter personal de ser el caso, así como económicos, que permiten a sus beneficiarios aprovecharse de los mismos y obtener una remuneración en pro de la industria, por lo que quien los controle podrá decidir sobre su administración y por lo tanto sobre su ganancia.
1.2. PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA INDUSTRIA MUSICAL
1.2.1. La Propiedad Industrial y los Derechos de Autor en la Industria Musical
Cuando mencionamos los Derechos de Propiedad Intelectual, nos referimos a un amplio espectro de derechos de distinta naturaleza, hablamos por lo general de creaciones que surgen del intelecto humano.
Todos los derechos llamados de Propiedad Intelectual, de autor y conexos, de propiedad industrial y sobre los descubrimientos científicos, tienen por objeto bienes inmateriales, aunque no todos sean derechos reconocidos en virtud de actos de creación intelectual.(1)
Al versar el presente documento sobre el marco jurídico mexicano, la descripción de los conceptos será influenciada por esta legislación, así como algunos conceptos generales internacionales que competen a la misma.