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VINDICACI脫N DEL PARLAMENTO

Su necesaria revitalizaci贸n ante el reto de la Globalizaci贸n

COMIT脡 CIENT脥FICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH

Mar铆a Jos茅 A帽贸n Roig

Catedr谩tica de Filosof铆a del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Ca帽izares Laso

Catedr谩tica de Derecho Civil de la Universidad de M谩laga

Jorge A. Cerdio Herr谩n

Catedr谩tico de Teor铆a y Filosof铆a de Derecho.

Instituto Tecnol贸gico Aut贸nomo de M茅xico

Jos茅 Ram贸n Coss铆o D铆az

Ministro en retiro de la Suprema

Corte de Justicia de la Naci贸n y miembro de El Colegio Nacional

Mar铆a Luisa Cuerda Arnau

Catedr谩tica de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castell贸n

Carmen Dom铆nguez Hidalgo

Catedr谩tica de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Cat贸lica de Chile

Eduardo

Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Investigador del Instituto de Investigaciones Jur铆dicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedr谩tico em茅rito de Teor铆a del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

Jos茅 Antonio Garc铆a-Cruces Gonz谩lez

Catedr谩tico de Derecho Mercantil de la UNED

Jos茅 Luis Gonz谩lez Cussac

Catedr谩tico de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis L贸pez Guerra

Catedr谩tico de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

脕ngel M. L贸pez y L贸pez

Catedr谩tico de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sari帽ena

Catedr谩tica de Historia del Derecho de la Universidad Aut贸noma de Madrid

Javier de Lucas Mart铆n

Catedr谩tico de Filosof铆a del Derecho y Filosof铆a Pol铆tica de la Universidad de Valencia

V铆ctor Moreno Catena

Catedr谩tico de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Mu帽oz Conde

Catedr谩tico de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedr谩tica de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)

Miembro de la Comisi贸n de Venecia

H茅ctor Olasolo Alonso

Catedr谩tico de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y

Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedr谩tico de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ram贸n Chornet

Catedr谩tica de Derecho Internacional

P煤blico y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tom谩s Sala Franco

Catedr谩tico de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de Espa帽a

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones

Hist贸ricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedr谩tica de Ciencia Pol铆tica de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comit茅:

Emilio Beltr谩n S谩nchez, Rosario Valpuesta Fern谩ndez y Tom谩s S. Vives Ant贸n

Procedimiento de selecci贸n de originales, ver p谩gina web:

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VINDICACI脫N DEL PARLAMENTO

Su necesaria revitalizaci贸n ante el reto de la Globalizaci贸n

LAURA BAAMONDE G脫MEZ

Profa. Dra. de Derecho Constitucional Universidad Carlos III de Madrid

tirant lo blanch

Valencia, 2022

Copyright 庐 2022

Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ning煤n procedimiento electr贸nico o mec谩nico, incluyendo fotocopia, grabaci贸n magn茅tica, o cualquier almacenamiento de informaci贸n y sistema de recuperaci贸n sin permiso escrito de los autores y del editor.

En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicar谩 la pertinente correcci贸n en la p谩gina web www.tirant.com.

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A mis padres, Laura y Jos茅 Luis

EL

PARTE II

脥ndice 脥NDICE DE ABREVIATURAS ................................................................ 11 NOTA DE LA AUTORA ......................................................................... 15 INTRODUCCI脫N .................................................................................. 19
LA REALIZACI脫N DEL ESTADO SOCIAL BAJO EL PARADIGMA DEL ESTADO REGULADOR a. Qu茅 es la regulaci贸n: concepto y raz贸n de ser. La especializaci贸n t茅cnica 29 b. Origen hist贸rico y modelos de regulaci贸n. La diversa comprensi贸n de la intervenci贸n estatal en la econom铆a en Estados Unidos y en Europa ... 33 c. C贸mo se organiza la regulaci贸n. Aproximaci贸n a los organismos y t茅cnicas reguladoras ................................................................................ 41 d. Las dificultades del encuadre constitucional del Estado Regulador. El menguante papel de las Cortes Generales ........................................... 54
PARTE I
ESTADO REGULADOR
INSTITUCIONAL a. Desplazamiento en la producci贸n normativa. Del procedimiento legislativo parlamentario hacia otras formas de regulaci贸n........................ 67 b. Innovaciones normativas. Su repercusi贸n en el sistema de fuentes ....... 78 c. Dificultades para el control judicial de las decisiones. La discrecionalidad t茅cnica ......................................................................................... 85
COMO RETO

PARTE III

10 脥ndice
EL ESTADO REGULADOR
RETO SUSTANTIVO a. Nuevos escenarios para la regulaci贸n. La incertidumbre cient铆fico-tecnol贸gica .............................................................................................. 101 b. Desplazamiento en la definici贸n del inter茅s general. Del ParlamentoGobierno a los 贸rganos expertos ........................................................ 108 c. Representaci贸n democr谩tica y <<regulaci贸n social>>............................ 118
VINDICACI脫N DEL PARLAMENTO ANTE LOS RETOS DE LA GLOBALIZACI脫N a. Las Cortes Generales y su relevancia para la realizaci贸n del Estado Social .................................................................................................. 143 c. La necesaria revitalizaci贸n parlamentaria ............................................. 160 CONCLUSIONES ................................................................................... 189 BIBLIOGRAF脥A ...................................................................................... 211 ANEXO DE FIGURAS MENCIONADAS EN EL TEXTO...................... 227
COMO
PARTE IV

脥NDICE DE ABREVIATURAS

APA Administrative Procedure Act

Art. art铆culo

BOE Bolet铆n Oficial del Estado

CAM Comunidad de Madrid

CAPCIT Consell Assessor del Parlament sobre Ci猫ncia i Tecnologia

CE Constituci贸n espa帽ola

CECA Comunidad Europea del Carb贸n y del Acero

CEDH Convenio Europeo de Derechos Humanos

CEOE Confederaci贸n Espa帽ola de Organizaciones Empresariales

CDFUE Carta de Derechos Fundamentales de la Uni贸n Europea

CIS Centro de Investigaciones Sociol贸gicas

CNMC Comisi贸n Nacional de los Mercados y de la Competencia

COVID-19 CoronaVirus Disease 2019

CSRD Corporate Sustainability Reporting Directive

EFSA European Food Safety Authority

EMA Agencia Europea de Medicamentos

EEUU Estados Unidos

FECYT Fundaci贸n Espa帽ola para la Ciencia y la Tecnolog铆a

GRECO Grupo de Estados Contra la Corrupci贸n

ICC Comisi贸n de Comercio Interestatal (EEUU, en ingl茅s Interstate Commerce Commission)

LO Ley Org谩nica

LPAC Ley 39 /2015, de Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas

LRSP Ley 40/2015, de R茅gimen Jur铆dico del Sector P煤blico

MAGGI Proyecto<<Multiplication of Authorities in Global Governance Institutions>>

OCDE Organizaci贸n para la Cooperaci贸n y el Desarrollo Econ贸micos

OIT Organizaci贸n Internacional del Trabajo

OMS Organizaci贸n Mundial de la Salud

ONU Organizaci贸n de las Naciones Unidas

PAN Plan Anual Normativo

POST Parliamentary Office of Science and Technology (Parlamento Brit谩nico)

RD Real Decreto

RIA Regultatory Impact Analysis

SIEG Servicios de inter茅s econ贸mico general

SNEIG Servicios no econ贸micos de inter茅s general

STC/SSTC Sentencia/s del Tribunal Constitucional

STEDH/SSTEDH Sentencia/s del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

STJUE/SSTJUE Sentencia/s del Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea

STOA Scientific and Technological Options Assessment (Parlamento Europeo)

STS/SSTS Sentencia/s del Tribunal Supremo

TC Tribunal Constitucional

TCCE Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea

TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos

TUE Tratado de la Uni贸n Europea

TFUE Tratado de Funcionamiento de la Uni贸n Europea

TS Tribunal Supremo

UC3M Universidad Carlos III de Madrid

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脥NDICE DE ABREVIATURAS

UE Uni贸n Europea

WRR The Netherlands Scientific Council For Government Policy

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NOTA DE LA AUTORA

La presente obra es el fruto de varios a帽os de investigaci贸n en torno a la noci贸n del Estado Regulador como actual paradigma de intervenci贸n del Estado en la econom铆a para la satisfacci贸n del mandato constitucional del Estado Social. Un inter茅s investigador que surgi贸 cuando durante el curso 2015-2016 tuve la oportunidad de ampliar mi formaci贸n acad茅mica con el M谩ster Universitario en Derecho de los Sectores Regulados de la Universidad Carlos III de Madrid, programa que se estrenaba ese a帽o con su primera edici贸n.

A partir de los conocimientos adquiridos en la titulaci贸n, y siempre bajo mi prisma de constitucionalista, comenc茅 a albergar inquietudes investigadoras orientadas a profundizar en el impacto que este nuevo estadio en la definici贸n de las funciones del Estado ten铆a sobre una cuesti贸n medular de todo orden constitucional: su adecuaci贸n al esquema de divisi贸n de poderes y su compatibilidad con las exigencias del principio democr谩tico en un modelo de corte representativo.

Plantada la semilla del inter茅s en la cuesti贸n, tuve el honor de ingresar en el grupo de trabajo del Proyecto DERFUNDAT1 a finales de 2019, si茅ndome asignado el encargo de reflexionar acerca de la incorporaci贸n del dato cient铆fico en el procedimiento legislativo. Un tema, que conecta directamente con el se帽alado hace un momento, pues la raz贸n de ser del Estado Regulador y las t茅cnicas propias de la regulaci贸n econ贸mica descansan precisamente en la reivindicaci贸n del car谩cter t茅cnico de las decisiones de intervenci贸n de los mercados y la consiguiente necesidad de 贸rganos administrativos independientes dotados de expertise suficiente frente a las carencias cognoscitivas del estamento pol铆tico.

As铆, la inmersi贸n en el tema fue progresiva, y, fruto de esas primeras lecturas y reflexiones surgieron publicaciones e intervenciones en

1 Proyecto de I+D, 芦EL NEXO DATO CIENT脥FICO/TECONOL脫GICO -DERECHO FUNDAMENTAL: UN DESAF脥O PARA LOS ACTUALES ORDENAMIENTOS CONSTITUCIONALES禄. PROYECTO I+D PGC2018093737-b-100. Financiado por: FEDER/Ministerio de Ciencia e Innovaci贸n - Agencia Estatal de Investigaci贸n.

congresos, de car谩cter introductorio en la materia y con un enforque parcial, a lo largo de los 煤ltimos a帽os2.

En todas mis aproximaciones previas a la cuesti贸n, y aun partiendo de perspectivas diversas, debido a la naturaleza de cada encargo, atisb茅 siempre un problema com煤n: el desplazamiento del Parlamento como actor primario en la definici贸n del inter茅s general y la toma de decisiones connotadas como t茅cnicas. Un fen贸meno, a mi juicio perverso, por el riesgo que implica de no satisfacer los est谩ndares de una democracia constitucional basada en la representaci贸n, muy especialmente en un sistema de corte parlamentario como el espa帽ol, si la transformaci贸n no se acompa帽a de las debidas cautelas.

Diagnosticado el problema, mi intenci贸n se orient贸 a encontrar v铆as de soluci贸n para una mejor conciliaci贸n entre las necesidades de conocimiento experto que demanda una sociedad cada vez m谩s compleja y llena de incertidumbres ante el avance imparable de la Ciencia y la debida satisfacci贸n de las exigencias democr谩ticas propias de una democracia pluralista.

A partir de esa senda investigadora he llegado hasta la obra que el lector tiene hoy entre sus manos, un volumen que de manera monogr谩fica aborda con mayor profundidad el objeto de estudio referido, superando la visi贸n fragmentaria y m谩s inici谩tica de mis intervencio-

2 Las publicaciones previas sobre estas cuestiones son: (2020). Estado Regulador. En Voces en Cultura de la Legalidad. En Eunom铆a Revista en Cultura de la Legalidad, 17, pp. 249-261, octubre 2019鈥攎arzo 2020, https://doi.org/10.20318/ eunomia.2019.5030 ; (2020). Las Cortes Generales en la era de la regulaci贸n econ贸mica. En Revista de las Cortes Generales, n潞 109, Segundo semestre, pp. 327-361, https://doi.org/10.33426/rcg/2020/109/1533 ; (2022). Representaci贸n vs. Tecnocracia en el sistema parlamentario espa帽ol. En Revista General de Derecho Constitucional, Editorial Iustel, n潞 36, abril 2022, pp. 1-28; (2022). El dato cient铆fico en el procedimiento legislativo [cap铆tulo de libro en proceso de edici贸n]. As铆 como las comunicaciones: <<Las cortes generales ante la gobernanza del riesgo>>, en el Workshop internacional sobre gobernanza de riesgos ambientales y en entornos digitales, organizado por el Instituto Pascual Madoz-UC3M, ICEL y la C谩tedra de Estudios Jur铆dicos Iberoamericanos-Tirant lo Blanch-UC3M, celebrado los d铆as 25 a 27 mayo 2021 y <<El desplazamiento del Parlamento en la toma de decisiones de car谩cter t茅cnico>>, en la 11th Annual Conference of the Spanish Association of Law and Economics, organizado por la Asociaci贸n Espa帽ola de Derecho y Econom铆a y la Universitat Pompeu Fabra, celebrada los d铆as 17 y 18 de junio de 2021.

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nes previas en la materia e incorporando nuevas dimensiones, como el estudio del impacto del Estado Regulador y su l贸gica en la protecci贸n de los derechos de 铆ndole social. Una oportunidad de reflexionar de manera m谩s global sobre la cuesti贸n, ahondando en las consecuencias no s贸lo organizativo-formales, sino tambi茅n materiales, de la preeminencia de las burocracias expertas en detrimento de la din谩mica parlamentaria, y el riesgo que ello implica en la realizaci贸n efectiva del Estado Social. Una m谩s ambiciosa aproximaci贸n al tema que cuaj贸 gracias a la estancia de seis meses que tuve el honor de disfrutar en el Max Planck Institute For Comparative Public Law and International Law de Heidelberg (Alemania) a partir de la invitaci贸n del profesor Armin von Bogdandy. Una experiencia acad茅mica incomparable que me permiti贸 compartir impresiones con investigadores de todo el mundo3, adem谩s de poder consultar los materiales de la magn铆fica biblioteca de la que dispone el centro.

Estancia e investigaci贸n financiadas parcialmente en virtud de la Ayuda de Movilidad para J贸venes Doctores 2022 del Programa Propio de Investigaci贸n de la Universidad Carlos III de Madrid y la Ayuda del Departamento de Derecho P煤blico del Estado en el marco del Proyecto de Excelencia para el Profesorado Universitario del Convenio CAM-UC3M. Y publicaci贸n de la monograf铆a gracias a la ayuda correspondiente del mencionado Departamento, coeditor del libro.

3 Particularmente quiero agradecer a la Dra. Mariela Morales Antoniazzi la posibilidad de formar parte de las actividades del Coloquio Iberoamericano, especialmente la oportunidad de presentar las principales conclusiones alcanzadas en esta investigaci贸n en el No. 274 (Max Planck, Heidelberg, 28 de julio, 2022): La vigencia de los Parlamentos nacionales en la realizaci贸n del Estado Social. Una visi贸n posibilista ante el impacto del derecho econ贸mico internacional. Agradecimiento que ampl铆o a todos los asistentes al mismo, que con sus comentarios me facilitaron un extraordinario feedback para perfilar el contenido final de este volumen.

17 NOTA DE LA AUTORA
Heidelberg, julio de 2022

INTRODUCCI脫N

El Estado Regulador como fen贸meno digno de estudio no es algo nuevo en la doctrina, especialmente en el Derecho Comparado, y, particularmente en la literatura de los Estados Unidos (EEUU), precisamente por su m谩s dilatada experiencia con este nuevo paradigma de intervenci贸n estatal de la econom铆a. En Espa帽a tampoco han faltado autores dedicados a analizarlo1, desde perspectivas m谩s o menos generales, lo que demuestra la utilidad de la reflexi贸n acerca de c贸mo ha cambiado la comprensi贸n de ciertos mandatos de nuestra Constituci贸n a partir de su recepci贸n.

As铆, la relevancia y pertinencia del objeto de an谩lisis es bastante evidente. El llamado Estado Regulador, su articulaci贸n a partir del modelo de agencias o autoridades de regulaci贸n independientes, as铆 como su apuesta por las soluciones tecnocr谩ticas y la preferencia por las din谩micas del mercado frente a la participaci贸n p煤blica en la gesti贸n de las cuestiones colectivas connotadas como econ贸micas; generan un impacto sin precedentes en las bases del Estado Constitucional de Derecho tal y como lo conoc铆amos, con afectaciones en sus dos grandes dimensiones sustantivas, que, de acuerdo con el art. 16 de la Declaraci贸n de los Derechos y del Hombre y del Ciudadano2, ser铆an: la divisi贸n de poderes y la protecci贸n de los derechos fundamentales -especialmente los de 铆ndole social-.

Es precisamente la preocupaci贸n por estos dos g茅neros de distorsiones la que impulsa la realizaci贸n de la investigaci贸n que conduce a este ensayo. C贸mo la realizaci贸n del mandato del Estado Social a trav茅s de las nuevas t茅cnicas e instrumentos de la <<regulaci贸n econ贸mica>> provoca desequilibrios en nuestra tradicional comprensi贸n

1 Una revisi贸n cr铆tica y completa de la doctrina espa帽ola dedicada al estudio del Estado Regulador como fen贸meno puede encontrarse en: Solanes Mullor, 2016, pp. 215 y ss.

2 Art. 16. <<Toute Soci茅t茅 dans laquelle la garantie des Droits n'est pas assur茅e, ni la s茅paration des Pouvoirs d茅termin茅e, n'a point de Constitution>>. D茅claration des Droits de l'Homme et du Citoyen de 1789, France. Documento disponible en: https://www.legifrance.gouv.fr/contenu/menu/droit-national-en-vigueur/ constitution/declaration-des-droits-de-l-homme-et-du-citoyen-de-1789

del poder p煤blico y sus l铆mites -concretamente en lo que respecta a las relaciones entre pol铆tica y econom铆a y lo p煤blico y lo privado respectivamente- y c贸mo pueden intentar, sino resolverse, al menos mitigarse o contrapesarse a partir de una serie de propuestas de mejora que se formular谩n en la parte final del libro.

La premisa de partida es la observaci贸n de un efecto, a mi juicio perverso y necesitado de reversi贸n, que fruto de la intensificaci贸n de la perspectiva regulatoria ha alcanzado su mayor apogeo dentro de una tendencia ya arrastrada en el tiempo, y que ser铆a la clave en un estudio cr铆tico de los impactos constitucionales del Estado Regulador. Este efecto no es otro que el desplazamiento del Parlamento como 贸rgano primario en generaci贸n de normas y en la definici贸n del inter茅s general, al menos en relaci贸n con las decisiones de alcance colectivo de naturaleza eminentemente econ贸mica. Una p茅rdida de centralidad parlamentaria, en beneficio del Ejecutivo, y, m谩s recientemente, de las agencias independientes de regulaci贸n, que supone una grave alteraci贸n de las relaciones de poder en nuestro sistema parlamentario. Pues condiciona el entendimiento previo del sistema de fuentes (la reserva de ley, los principios de abstracci贸n y generalidad, las garant铆as que caracterizan el procedimiento legislativo parlamentario, etc.), dificulta la revisi贸n judicial de las decisiones administrativas (la operatividad de la noci贸n de discrecionalidad t茅cnica es un rasgo t铆pico de la actuaci贸n de los 贸rganos adjetivados como <<expertos>>, raz贸n de ser de las agencias), y, en 煤ltima instancia, posterga o pone en un segundo plano la materializaci贸n de ciertos derechos fundamentales de contenido econ贸mico-social.

Se advierte por tanto una tensi贸n entre representaci贸n pol铆tica -las

C谩maras parlamentarias, dotadas de v铆nculo democr谩tico directo, pero desplazadas de la primera l铆nea en la toma de decisiones- y tecnocracia3 -la red de autoridades independientes de regulaci贸n y los bur贸cratas que las integran, legitimados por su especializaci贸n t茅cni-

3 La tecnocracia entendida, siguiendo a Garc铆a Pelayo, como: m茅todo de gesti贸n, subproducto de la civilizaci贸n tecnol贸gica, que pretende sustituir o articularse en las tradicionales estructuras burocr谩ticas del Estado. Dos tipos de estructura organizativa con l贸gicas diversas. La burocr谩tica de tipo jur铆dico-institucional y la tecnocr谩tica de tipo tecno-econ贸mica (1991, pp. 1389, 1391, 1405 y ss.). Sobre los rasgos caracter铆sticos de cada una de ellas v茅ase la Figura 1 del Anexo

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