978-84-1378-320-8
Isabel Fernández Torre
ALTA CALIDAD EN INVESTIGACIÓN JURÍDICA
ISABEL FERNÁNDEZ TORRES
LA CREACIÓN DE SOCIEDADES PÚBLICAS A EXAMEN LA CREACIÓN DE SOCIEDADES PÚBLICAS A EXAMEN
El fenómeno de las sociedades públicas no es nuevo. Sin embargo, su proliferación en tiempos relativamente recientes ha sido notable. La importancia y la expansión de la actividad pública en el ámbito económico y, especialmente, el recurso a las sociedades públicas por parte de la Administración (en todos sus niveles) se compadece mal con la escasa atención que se ha prestado al fenómeno y a su regulación. Una normativa fragmentaria, dispersa y claramente insuficiente que aconseja un replanteamiento del uso y/o abuso de las sociedades de capital público y una reflexión sobre: si las sociedades pueden servir para algo y, en su caso, para qué. En muchas ocasiones se ha señalado que las sociedades públicas constituyen un claro reflejo de la huida del derecho administrativo en un intento de buscar fórmulas que favorezcan la agilidad, la flexibilidad, la simplificación de los procesos…, pero ¿es esto realmente así?. Lo cierto es que cuando uno analiza el régimen de funcionamiento de las sociedades públicas descubre que éstas quedan sometidas a un conjunto de normas mercantiles administrativizadas cuya justificación no es siempre fácil de asumir. En España, a diferencia de cuanto ha ocurrido en Francia o en Italia, incluso en Alemania, no puede decirse que, realmente, se haya realizado un análisis y reflexión acerca de que para qué han de servir las sociedades de capital público para poder después, en su caso, dotar al fenómeno de una regulación adecuada. Más bien parece que nos hemos movido guiados por la tradición introduciendo, no sin una cierta timidez, algún guiño a las reglas y principios del Buen Gobierno societario, claramente insuficiente por otro lado. Pues bien, el libro que el lector tiene en sus manos no pretende ofrecer respuestas a todos los interrogantes que el fenómeno de la creación de sociedades públicas suscita. Tiene un objetivo mucho más modesto cual es el de intentar contribuir a un eventual debate que debería iniciarse acerca de la conveniencia de recurrir a esta figura y el régimen al que deberían quedar sometidas.
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Una aproximación crítica
LA CREACIÓN DE SOCIEDADES PÚBLICAS A EXAMEN Una aproximación crítica
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Javier de Lucas Martín
Ana Cañizares Laso
Víctor Moreno Catena
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Jorge A. Cerdio Herrán
Francisco Muñoz Conde
José Ramón Cossío Díaz
Angelika Nussberger
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
LA CREACIÓN DE SOCIEDADES PÚBLICAS A EXAMEN Una aproximación crítica
ISABEL FERNÁNDEZ TORRES Prof. Titular de Derecho Mercantil Universidad Complutense de Madrid https://orcid.org/0000-0003-4814-1120 Web of Science Researcher ID Y-9735-2019
tirant lo blanch Valencia, 2021
Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.
© Isabel Fernández Torres
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email: tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1378-321-5 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
A mi familia
ÍNDICE Agradecimientos........................................................................................ 11 Prólogo..................................................................................................... 13 Julio V. González García
Abreviaturas.............................................................................................. 17 Introducción.............................................................................................. 21
Capítulo I APROXIMACIÓN AL FENÓMENO DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS................................................................................................... 39 1. EMPRESA Y SOCIEDAD PÚBLICA: APROXIMACIÓN CONCEPTUAL.................................................................................................. 39 1.1. La noción de empresa pública...................................................... 39 1.2. Las sociedades públicas: origen y concepto.................................. 41 1.2.1. Origen............................................................................... 41 1.2.2. La noción de control como centro de imputación.............. 44 1.3. Tipos societarios.......................................................................... 56 2. EVOLUCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL................... 59 2.1. De la nacionalización a la creación de los grandes “holdings” empresariales............................................................................... 59 2.2. El proceso privatizador................................................................ 65 3. ALGUNOS DATOS EMPÍRICOS SOBRE EL SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL.................................................................................. 68 4. EL ESTADO ACCIONISTA: UN OXIMORÓN.................................. 77 4.1. Planteamiento general.................................................................. 77 4.2. ¿Qué significa ser accionista?: las tensiones entre lo público y lo privado........................................................................................ 81 4.3. El recurso a las sociedades públicas: la conveniencia de limitar su utilización.................................................................................... 89
Capítulo II RÉGIMEN JURÍDICO Y BUEN GOBIERNO DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES PÚBLICAS................................................. 99 1. APROXIMACIÓN AL MARCO JURÍDICO....................................... 99 2. LA PUBLIFICACIÓN DEL RÉGIMEN JURÍDICO............................. 102 2.1. Planteamiento general.................................................................. 102 2.2. Régimen jurídico-público aplicable.............................................. 110
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Índice
2.2.1. Contratación pública......................................................... 110 2.2.2. Empleo público................................................................. 115 2.2.3. Régimen patrimonial......................................................... 118 2.2.4. Régimen presupuestario: aspectos generales...................... 125 2.2.5. Algunos aspectos contables de las sociedades públicas...... 127 3. EL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO: APROXIMACIÓN PRELIMINAR............................................................................................... 129 4. LA RECEPCIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE GOBIERNO CORPORATIVO EN EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES PÚBLICAS: UNA ASIGNATURA PENDIENTE....... 133 4.1. Consideraciones generales........................................................... 133 4.2. Transparencia y publicidad.......................................................... 137 4.3. Mejora de la calidad de los Consejos de Administración............. 141 4.3.1. Composición y designación............................................... 143 4.3.2. Los consejeros independientes........................................... 151 4.3.3. La posibilidad de impartir instrucciones............................ 158 4.3.4. Especialidades del régimen de responsabilidad.................. 164 4.3.5. Algunos aspectos conclusivos............................................ 177
Capítulo III EL MITO DE LA PRETENDIDA FLEXIBILIDAD Y AUTONOMÍA DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS........................................... 181 1. MECANISMOS DE CONTROL......................................................... 182 1.1. Control de eficacia y supervisión................................................. 182 1.2. Control económico-financiero..................................................... 185 1.3. La tutela ministerial..................................................................... 186 2. A PROPÓSITO DE LAS REESTRUCTURACIONES EMPRESARIALES...................................................................................................... 187 2.1. La transmisión de acciones y participaciones en sociedades estatales............................................................................................. 190 2.2. La enajenación de títulos de participación en el capital social...... 192 2.3. Los acuerdos de modificación estructural. Marco competencial... 196 3. EL CONCURSO DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS.......................... 202
Capítulo IV REFLEXIÓN FINAL: ¿TIENEN SENTIDO HOY?......................... 211 Bibliografía............................................................................................... 215
AGRADECIMIENTOS Todo libro tiene una historia. La de éste está ligada a un Curso de Verano de la Universidad del País Vasco “La realización de las reestructuraciones empresariales desde una perspectiva jurídica: sus mayores dificultades y propuestas de solución”, celebrado en San Sebastián los días 20 y 21 de junio de 2019. El Profesor A. Emparanza Sobejano me invitó entonces a participar en dicho curso con una ponencia en la que abordaba la problemática de las reestructuraciones de las sociedades públicas. Mi agradecimiento al Profesor Emparanza Sobejano es doble. Primero porque me brindó la oportunidad de participar en un curso en la Universidad del País Vasco lo que, por razones personales, resultaba especialmente emotivo. Además, el tema de mi intervención me permitía volver a una de las líneas de investigación abiertas hace unos años en la que, desde una perspectiva ius-privatista, analizo instituciones diversas en las que lo público y lo privado se entremezclan y para las que no resulta sencillo o, en ocasiones, es discutible el régimen aplicable. Así, el análisis del régimen aplicable a las sociedades públicas, la insuficiencia de su regulación, la existencia de zonas grises cuyos contornos no resultan fáciles de dibujar, me puso sobre la pista de la conveniencia de profundizar en la materia. De aquella ponencia surgió un primer borrador de artículo. Pero otros ojos más experimentados que los míos y que, desde la barrera, me siguen con especial atención, me aconsejaron seguir en el análisis de la problemática que gira en torno a las sociedades públicas y el fruto es esta obra que el lector tiene hoy en sus manos. En el desarrollo de este trabajo son muchas las personas que directa o indirectamente me han acompañado o ayudado y por ello resulta difícil enumerarlas a todas. Correría el riesgo, además, de olvidarme de alguna. En todo caso, sí hay dos personas a las que quisiera mencionar expresamente. Por un lado, la Prof. Mercedes Fuertes a quien en algún momento he recurrido y en la que he encontrado palabras de aliento y mucho más, gracias. Asimismo, quisiera agradecer a M.
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Isabel Fernández Torres
Garcés Sanagustín que me proporcionara algunos datos que han sido valiosos en la elaboración de este trabajo. Es frecuente que el trabajo de investigación se desarrolle al amparo de un proyecto, en este caso el de la “Unión Europea en el contexto de los tratados de nueva generación: entre la reforma institucional y la protección social” (DER2O16-76986-P) financiado por Ministerio de Economía y Competitividad, cuyo director es J. V. González García. Como siempre, juegan un papel fundamental la familia y los amigos, los de verdad, los que acompañan incluso en la distancia. A mi familia, entendida en su más amplia acepción va, pues, dedicado este libro. Porque ellos son el soporte y el motor de todos y cada uno de nosotros. Quiero asimismo agradecer a la editorial Tirant lo Blanch que, en estos tiempos convulsos, haya aceptado publicar esta obra. Zahara de los Atunes, julio 2020
PRÓLOGO “La creación de sociedades públicas a examen”, de Isabel Fernández Torres, es un libro sugerente. Que hace pensar, tanto desde la teoría de las sociedades estatales como desde la práctica cuando se está involucrado en la gestión de una de ellas. Y, por ello, no dejará indiferente al lector. El libro está en las fronteras entre dos áreas de conocimiento, Derecho mercantil y Derecho administrativo. El primer mérito está aquí, salirse de la zona de confort de las áreas de conocimiento y hacer un ejercicio que va más allá. O, para ser más exactos, que está en el Derecho practicado, por coger la expresión de Alejandro Nieto, en el que las fronteras de los problemas jurídicos son mucho más dúctiles que las estrictas de la determinación de las áreas de la ANECA y el CNEAI. En el fondo, estas disquisiciones sobre el “concepto” no son sino una fuente de melancolía. Cuando se examinan en el antiguo “primer ejercicio” los contornos de la disciplina, y se tiene que acabar con una definición, se sabe de antemano que es imperfecta. Rivero lo dijo en Francia hace muchos años sobre el concepto de Derecho administrativo: “cuando un problema, después de un siglo de esfuerzos y pese a los trabajos de los mejores especialistas, no ha podido tener una solución definitiva se puede estar en el derecho de reconsiderar su enunciado y de preguntarse si el jaque en lugar de hallarse en los investigadores no se haya en un error en el enunciado mismo y que transforma el problema en insoluble”. Por eso, la ruptura de estas fronteras es un motivo de felicitación. Además, aquí sería ridículo hablar de uno u otro derecho. El problema, posiblemente esté en lo artificioso de las diferencias. Las sociedades públicas son la mejor muestra de cómo sectores tan distintos como el Derecho mercantil o el administrativo van de la mano. Aquí no hay más que Derecho y todos tenemos que aplicar reglas de origen muy diferente. Las sociedades públicas han sido puestas siempre como ejemplo de la denominada “huida del Derecho administrativo”. Es la consecuencia de la utilización abusiva durante la organización de los Juegos
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Julio V. González García
Olímpicos de Barcelona de estas sociedades, con la finalidad de ganar rapidez en la gestión para tener construidas las instalaciones, a costa de tener una aplicación limitada de la legislación administrativa. Hoy, si se analizan con detenimiento, se puede afirmar que constituyen un conjunto amorfo y mal regulado. Aspectos ambos que salen durante la exposición de la Prof. Fernández. O por ser más correctos teniendo en cuenta las conclusiones de su trabajo: no es que no exista la huida del Derecho administrativo, sino que hay una administrativización del Derecho mercantil, fomentado además por los Cuerpos superiores que configuran en los ministerios el Derecho mercantil de las sociedades públicas y buscan una solución en los cánones clásicos (y por ello, descontextualizados) del Derecho administrativo. Pero, además, como muestra la Profesora Fernández, se puede señalar que es un conjunto amorfo, por la tipología de entidades que encontramos. Unas totalmente administrativizadas, que actúan en lugar de los órganos administrativos para la construcción de infraestructuras y en donde la nota es que su régimen jurídico es similar al de la Administración de la que dependen. Ahí encontramos las sociedades estatales de obras públicas o las sociedades urbanísticas de los Ayuntamientos. De estos polvos de conjuntos heterogéneos, del mito de la huida del Derecho administrativo, de la incorrecta percepción del derecho aplicable a estas sociedades, vienen polvos como el de la inexplicable Sentencia nº 13 del año 2019, de 17 de julio, dictada por la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas por la que se revoca la condena a la anterior Alcaldesa de Madrid, Ana Botella y demás integrantes de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid pueden mantener que el régimen jurídico de estas sociedades está tan fuera del Derecho administrativo que no tienen que aplicar ni siquiera los principios básicos de toda licitación. Y ello a pesar de que el Tribunal Supremo había declarado que los bienes de las sociedades mercantiles públicas son bienes públicos. Pero a su lado, nos encontramos con sociedades públicas, estatales —las menos— o autonómicas y locales en su mayor parte, que actúan como un operador económico en el mercado y que tienen la obligación de obtener beneficios como toda sociedad mercantil.
Prólogo
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Y aquí su régimen es tan peculiar que se puede afirmar, sin temor a equivocarme, que les impide competir en el mercado en condiciones de igualdad. Juegan en peores condiciones que las empresas privadas. Y, en algunos sectores como el postal y de la paquetería, con el agravante de que las empresas contra las que se compiten o son Amazon o filiales de empresas públicas de otros países Deutsche Post (DHL), La Poste (SEUR), Royal Mail (GLS), Correos de Portugal (CTT, antes Turline). Podemos recordar la frase de Marx sobre la “conjunción más abigarrada de clamorosas contradicciones”. Podría traer a colación aquí vertientes del problema que afectan a la transparencia, al régimen de actos societarios en sentido estricto, al de la contratación o incluso al de personal. No es cuestión abusar de extensión en este prólogo y abordar toda la problemática. Pero sí creo que, del libro de la Profesora Fernández, de las dificultades para el funcionamiento de estas entidades, que explica en su desarrollo, se debe extraer una gran conclusión: se evidencia que lo que está en juego es si nos creemos la empresa pública. Si nos la creemos, debemos permitir que compita de forma activa en el mercado. Sus beneficios son beneficios para todos porque su accionista mayoritario es el Estado o un ente público. Si no nos la creemos, si configuramos su régimen jurídico como una carrera de obstáculos estamos haciendo un flaco favor a las empresas, a sus trabajadores, pero también a la consideración de la economía española en el mundo. Y aquí hay que dar un gran salto adelante. Para ello, hay que empezar olvidando el modelo neoliberal de las malas privatizaciones que se hicieron en los años 90 del siglo pasado y que han hecho que España carezca de una empresa pública de relevancia en sectores estratégicos como la energía o las telecomunicaciones. Ni Francia ni Alemania ni Italia han hecho este desistimiento de participar en estos sectores económicos. Y, desde luego, la pandemia COVID-19 ha mostrado como se les proporcionan ayudas públicas sin ningún complejo porque es la propia competitividad de la economía la que está en juego. Es incomprensible la percepción que se tiene en nuestro país del fenómeno. Posiblemente no sea más que una consecuencia menor de ser uno de los países de Europa con menos gasto público ponderado en función del PIB y en donde tenemos un
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Julio V. González García
complejo mayor antes de abordar el papel de la empresa pública, a pesar de que está constitucionalmente reconocido en el artículo 131. Esperemos que los tiempos futuros sean momentos de reforzamiento de la empresa pública con proyectos novedosos en sectores clave de nuestra economía y que sirvan para hacer país. Pero con un régimen que nos permita crecer en un mercado globalizado en el que hay grandes oportunidades de negocio, que el país está perdiendo y que está dejando en manos de las empresas públicas de otros países. Por ello, el libro de Isabel Fernández es importante. Expone una problemática real, poco analizada y que nos afecta a todos. Lo hace con la finura en el análisis que ha caracterizado sus trabajos. Lo hace después de un estudio exhaustivo que incluye el análisis de cómo se trata a la empresa pública en el exterior. Y lo hace a partir de un elemento que parece sencillo pero que es tremendamente complejo, la creación de las sociedades. Los problemas prácticos que existen hacen ver que hay algo que no resulta adecuado en cómo entendemos a las sociedades públicas. Y son los que ella resalta en esta monografía. Después de todo lo anterior, de la generosidad de la autora por dejarme estas páginas, sólo me queda invitar a leer una monografía de gran interés.
Julio V. González García Catedrático de Derecho administrativo Universidad Complutense de Madrid
ABREVIATURAS AAVV Autores Varios AENA Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea AGAE Agencia Andaluza de Evaluación AIE Agencia Industrial del Estado apdo. apartado apdos. apartados APE L’Agence des Participations de l’état art. artículo arts. artículos BOE Boletín Oficial del Estado BPIFrance Banca Pública de Inversión Cap. Capítulo Caps. Capítulos Ccit Código Civil italiano CCJC Cuadernos Civitas de Jurisprudencia Civil Ccom Código de comercio CE Constitución Española CDC Cuadernos de Derecho de Comercio CNMV Comisión Nacional del Mercado de Valores CNUMDI Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Coord. Coordinador Coords. Coordinadores CORA Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas DA Disposición Adicional DGPE Dirección general de Patrimonio del Estado Dir. Director Dirs. Directores DLeg. Decreto Legislativo EBEP Estatuto del Empleado Público Ed. Edición
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Isabel Fernández Torres
EDF Empresa Électricité de France EJB Enciclopedia Jurídica Básica ENEL Ente Nazionale per l’ejergia eletrica EPA “établissements publics à caráctère administratif” EPIC “Etablissements publics à caractère industriel et commercial” FROB Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria GDF Gaz de France ICO Instituto de Crédito Oficial IGAE Intervención General de la Administración del Estado INAP Instituto Nacional de Administración Pública INH Instituto Nacional de Hidrocarburos INI Instituto Nacional de Industria INSEE Instituto Nacional de Estadística francés LBRL Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local LC Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal LCSP Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público LEBEP Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) LEEA Ley de Entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958 LGDJ Librairie générale de droit et de jurisprudence LGP Ley General Presupuestaria 47/2003, de 26 de noviembre LME Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles LOFAGE Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado LPAP Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas LRJSP Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público LRSL Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada en 1995
La creación de sociedades públicas a examen
LSC
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Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital LTAIBG Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno NUE Noticias de la Unión Europea OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos OECD Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos pág. página págs. páginas PIB Producto Interior Bruto RAP Revista de Administración Pública RCC Reglamento Comunitario de Concentraciones 139/2004, de 20 de enero de 2004 RcP Revista Derecho Concursal y Paraconcursal RDBB Revista de Derecho Bancario y Bursátil RDL Real Decreto Legislativo RDM Revista de Derecho Mercantil RDP Revista de Derecho Privado RdS Revista de Derecho Sociedades Rec. Recurso REDA Revista Española de Derecho Administrativo Reed. Reedición REVL Revista de Estudios de la Vida Local RGDRN Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado, hoy Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública RJ Reglamento Jurídico RMV Revista del Mercado de Valores RTVE Radio y la Televisión Estatal S.A. Sociedad Anónima S.L. Sociedad Limitada SEITT Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre SEPI Sociedad Estatal de Participaciones Industriales SEPPa Sociedad Estatal de Participaciones Patrimoniales sig. Siguiente
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sigs. siguientes SNCF Compañía francesa de ferrocarriles SPD Partido Socialdemócrata de Alemania STS Sentencia del Tribunal Supremo SSTS Sentencias del Tribunal Supremo STC Sentencia del Tribunal Constitucional SUMPA Sociedad Urbanística Municipal de Paterna, S.A. TFUE Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea TRLC Texto Refundido, Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo TS Tribunal Supremo UE Unión Europea Vid. Ver Vols. volúmenes Vol. volumen