LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN POR LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MAR
DRA. LUISA RODRÍGUEZ LUCAS Investigadora Universidad de Valencia
Valencia, 2008
Copyright ® 2008 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).
Este trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto I+D SEJ 2005-06113/JURI del Ministerio de Educación y Ciencia: Sostenibilidad ambiental: innovación normativa e institucional en el marco internacional y europeo
© LUISA RODRÍGUEZ LUCAS
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es DEPOSITO LEGAL: I.S.B.N.: 978 - 84 - 9876 - 351 - 5
A mi familia. A Alfredo A ValentĂn
ÍNDICE ABREVIATURAS ................................................................................
17
INTRODUCCIÓN ...............................................................................
21
CAPÍTULO PRIMERO LA CONTAMINACIÓN RESULTANTE DE LA EXPLORACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN LOS FONDOS MARINOS BAJO SOBERANÍA O JURISDICCIÓN NACIONAL INTRODUCCIÓN ............................................................................... 1. LOS RECURSOS: LOS HIDROCARBUROS ............................... 1.1. Definición ............................................................................... 1.1.1. Los recursos minerales ................................................ 1.1.2. El gas natural .............................................................. 1.1.3. El petróleo .................................................................... 1.2. Origen ..................................................................................... 1.3. Localización ............................................................................ 1.3.1. Las migraciones ........................................................... 1.3.2. Los yacimientos ........................................................... 1.3.3. Las cuencas sedimentarias ......................................... 2. LAS ACTIVIDADES: LA EXPLORACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS ................................................................ 2.1. Las actividades de exploración de hidrocarburos ................ 2.1.1. La fase de prospección ................................................. 2.1.1.1. Los métodos de prospección geológica ......... 2.1.1.2. Los métodos de prospección geofísica .......... 2.1.2. La fase de exploración ................................................. 2.1.2.1. La perforación de los pozos de exploración.. 2.1.2.2. La perforación de los pozos de evaluación ... 2.2. Las actividades de explotación de hidrocarburos ................. 2.2.1. La fase de desarrollo y de producción......................... 2.2.1.1. La perforación de los pozos de desarrollo .... 2.2.1.2. La extracción y el tratamiento de los hidrocarburos ........................................................ 2.2.2. La fase de almacenamiento y de transporte .............. 2.2.2.1. El transporte directo hasta la costa: las tuberías submarinas ............................................ 2.2.2.2. El transporte hasta la costa previo almacenamiento: las instalaciones de almacenamiento en el mar .......................................................
25 26 26 26 27 27 28 28 29 30 30 33 33 34 35 38 41 42 44 44 45 45 48 49 49
51
10
ÍNDICE
2.2.3. La fase de desmantelamiento de instalaciones y de estructuras en desuso .................................................. 3. EL ESCENARIO JURÍDICO: LOS FONDOS MARINOS BAJO SOBERANÍA O JURISDICCIÓN NACIONAL ............................ 3.1. Los fondos marinos bajos soberanía nacional: las aguas interiores, las aguas archipelágicas y el mar territorial ......... 3.2. Los fondos marinos bajo jurisdicción nacional: la plataforma continental ............................................................................. 3.2.1. Origen y desarrollo del concepto jurídico de plataforma continental: de la noción geográfica a la noción jurídica de plataforma continental ........................................... 3.2.1.1. La existencia de un hecho natural: la prolongación de los continentes bajo el mar .......... 3.2.1.2. El proceso de construcción y la autonomía del concepto jurídico de plataforma continental (A). - La Proclama Truman .......................... (B). - El artículo 1 del Convenio sobre la plataforma continental de 1958 ........................ (C). - El párrafo 1 del artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 ............................................ 3.2.2. El régimen jurídico de la plataforma continental: los derechos y los deberes del Estado ribereño sobre la plataforma continental ................................................ 3.2.2.1. El objeto de los derechos del Estado ribereño sobre la plataforma continental................... (A).- Los recursos naturales ......................... (B).- La construcción, operación y utilización de islas artificiales, instalaciones y estructuras sobre la plataforma continental................... (C). - La excavación de túneles en la plataforma continental .................................................... (D).- Las perforaciones en la plataforma continental.......................................................... 3.2.2.2. La naturaleza de los derechos del Estado ribereño sobre la plataforma continental.... 3.2.2.3. Los deberes del Estado ribereño sobre la plataforma continental................................. (A). - El respeto a los derechos y libertades de otros Estados en las aguas suprayacentes a la plataforma continental ............................ (A.1). La fórmula de equilibrio ideada por el Convenio sobre la plataforma continental de 1958 .....................
52 64 65 68
68 69 70 73 76
82
87 88 88
92 105 107 107 112
112
114
ÍNDICE
(A.2). La fórmula de equilibrio ideada por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 ......................................... (B).- El pago por la explotación de la plataforma continental más allá de las 200 millas ........ 4. LA FUENTE DE CONTAMINACIÓN: LA EXPLORACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN LOS FONDOS MARINOS BAJO SOBERANÍA O JURISDICCIÓN NACIONAL 4.1. El concepto de contaminación del medio marino ................. 4.2. Las fuentes de contaminación del medio marino ................. 4.2.1. Relación y definición de las principales fuentes de contaminación marina................................................. 4.2.2. Definición de la contaminación resultante de la exploración y de la explotación de hidrocarburos en los fondos marinos sujetos a soberanía o jurisdicción nacional.. 4.3. Los efectos de la contaminación sobre el medio marino ...... 4.3.1. Los efectos de las principales fuentes de contaminación sobre el medio marino ................................................. 4.3.2. Los efectos sobre el medio marino de la contaminación resultante de la exploración y de la explotación de hidrocarburos en los fondos marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional .................................................... 4.3.2.1. Los efectos de la contaminación operativa .. 4.3.2.2. Los efectos de la contaminación accidental .
11
128 148
149 149 153 154
159 161 162
162 163 172
CAPÍTULO SEGUNDO LA REGULACIÓN INTERNACIONAL PREVENTIVA DE ÁMBITO MUNDIAL SOBRE LA CONTAMINACIÓN RESULTANTE DE LA EXPLORACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN LOS FONDOS MARINOS BAJO SOBERANÍA O JURISDICCIÓN NACIONAL INTRODUCCIÓN ............................................................................. 1. LOS CONVENIOS DE GINEBRA SOBRE EL DERECHO DEL MAR DE 1958: EL ARTÍCULO 24 DEL CONVENIO SOBRE EL ALTA MAR Y EL ARTÍCULO 5 PÁRRAFOS 1º Y 7º DEL CONVENIO SOBRE LA PLATAFORMA CONTINENTAL ................ 2. LA PARTE XII DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR DE 1982: LOS ARTÍCULOS 194.-3 C), 208 Y 214 .....................................................
179
181
185
ÍNDICE
3. LAS CONCLUSIONES DEL ESTUDIO SOBRE LOS ASPECTOS JURÍDICOS DEL MEDIO AMBIENTE EN RELACIÓN A LA MINERÍA Y A LAS PERFORACIONES QUE SE LLEVAN A CABO FRENTE A LAS COSTAS DENTRO DE LOS LÍMITES DE LA JURISDICCIÓN NACIONAL ........................................... 4. LAS DIRECTRICES Y NORMAS PARA LA REMOCIÓN DE INSTALACIONES Y ESTRUCTURAS EMPLAZADAS MAR ADENTRO EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL Y EN LA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA .............................................. 4.1. Orígenes y gestación .............................................................. 4.2. Naturaleza jurídica ................................................................ 4.3. Contenido ............................................................................... 5. EL CONVENIO DE LONDRES DE 1972 SOBRE LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS, Y SU PROTOCOLO DE ENMIENDA DE 1996.................................................................... 6. EL CONVENIO MARPOL 73/78 PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR BUQUES ..........................................................
12
196
200 200 209 211
218 255
CAPÍTULO TERCERO LA REGULACIÓN INTERNACIONAL PREVENTIVA EN EL ATLÁNTICO NORDESTE SOBRE LA CONTAMINACIÓN RESULTANTE DE LA EXPLORACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN LOS FONDOS MARINOS BAJO SOBERANÍA O JURISDICCIÓN NACIONAL INTRODUCCIÓN ............................................................................. 1. EL CONVENIO DE OSLO DE 1972 PARA LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN MARINA PROVOCADA POR VERTIDOS DESDE BUQUES Y AERONAVES............................................... 1.1. Orígenes y gestación .............................................................. 1.2. Ámbito de aplicación geográfico ............................................ 1.3. Ámbito de aplicación material .............................................. 1.4. La eliminación de materiales asociados a la exploración y explotación de hidrocarburos mar adentro: la Recomendación OSCOM sobre la eliminación de tuberías, virutas metálicas y otros materiales resultantes de las actividades de exploración y de explotación de hidrocarburos mar adentro, 1977 ......... 1.5. La eliminación de instalaciones mar adentro en desuso 1.5.1.Las Líneas directrices de la Comisión de Oslo sobre la eliminación en el mar de instalaciones mar adentro ...........
261
262 262 264 265
269 272 274
ÍNDICE
1.5.2. El camino hacia la Decisión OSPAR 98/3 sobre la eliminación de instalaciones mar adentro en desuso ...... 1.5.2.1. La Conferencia ministerial de 1992............. 1.5.2.2. La cuarta Conferencia internacional sobre la protección del Mar del Norte ....................... 1.5.2.3. La Decisión OSCOM 95/1 sobre la eliminación de las instalaciones mar adentro ................. 1.5.2.4. La actividad de la Comisión de Oslo de julio de 1995 a junio de 1996 ................................ 1.5.2.5. La actividad de la Comisión de Oslo de julio de 1996 a septiembre de 1997...................... 2. EL CONVENIO DE PARÍS DE 1974 PARA LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN MARINA DE ORIGEN TERRESTRE .. 2.1. Orígenes y gestación .............................................................. 2.2. Ámbito de aplicación geográfico ............................................ 2.3. Ámbito de aplicación material .............................................. 2.4. Fluidos y detritus de perforación .......................................... 2.4.1. La Decisión PARCOM sobre el empleo de fluidos de perforación a base de petróleo, 1984 ........................... 2.4.2. La Decisión PARCOM 86/2 sobre el empleo de fluidos de perforación a base de petróleo................................ 2.4.3. La Decisión PARCOM 88/1 sobre el empleo de fluidos de perforación a base de petróleo................................ 2.4.4. La Decisión PARCOM 92/2 sobre el empleo de fluidos de perforación a base de petróleo................................ 2.5. Agua de producción y agua de desplazamiento .................... 2.5.1. El Acuerdo PARCOM 1978-1: la aceptación del estándar provisional máximo de 40 ppm para las descargas desde instalaciones de hidrocarburos mar adentro ..... 2.5.2. La Recomendación PARCOM sobre el estándar de emisión de 40 mg/l para las plataformas, 1986.......... 2.5.3. El Acuerdo PARCOM 1988-1: las conclusiones sobre el estándar máximo de 40 mg/l ................................... 2.5.4. La Recomendación PARCOM 92/6 sobre la mejor técnica disponible en la gestión del agua de producción a bordo de instalaciones de petróleo y gas mar adentro ........... 2.6. Productos químicos ................................................................ 2.6.1. La Decisión PARCOM 81/3 sobre notificación del empleo de productos químicos mar adentro............................ 2.6.2. Las Decisiones PARCOM 94/1 y PARCOM 97/1 sobre las sustancias/preparaciones empleadas y descargadas mar adentro ................................................................. 2.6.3. La Decisión PARCOM 96/3 sobre un sistema de control obligatorio y armonizado del empleo y la reducción de las descargas de productos químicos mar adentro ....
13 277 277 279 281 283 289 299 299 301 302 304 305 309 312 316 321
322 326 329
332 335 335
336
339
ÍNDICE
3. EL CONVENIO DE PARÍS DE 1992 PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE MARINO DEL ATLÁNTICO NORDESTE 3.1. Orígenes y gestación .............................................................. 3.2. Ámbito de aplicación geográfico ............................................ 3.3. Ámbito de aplicación material .............................................. 3.3.1. Obligaciones generales: el artículo 2 del Convenio...... 3.3.2. Obligaciones específicas: el Anexo III del Convenio .... 3.4. Aspectos institucionales: la Comisión OSPAR ..................... 3.5. Evolución del Convenio.......................................................... 3.5.1. La Conferencia ministerial de 1998 ........................... 3.5.1.1. La Decisión OSPAR 98/1 sobre el status, en el marco del Convenio OSPAR, de las decisiones, recomendaciones y otros acuerdos adoptados en virtud de los anteriores Convenios de Oslo y de París ...................................................... 3.5.1.2. La Decisión OSPAR 98/3 sobre la eliminación de instalaciones mar adentro en desuso y las medidas complementarias de la Recomendación OSPAR 2006/5 sobre la gestión de detritus de perforación mar adentro ........................ 3.5.1.3. La Declaración de Sintra .............................. 3.5.2. La II Reunión anual de la Comisión OSPAR ............. 3.5.2.1. La Estrategia OSPAR sobre los objetivos medioambientales y los mecanismos de gestión para las actividades mar adentro ........ 3.5.2.2. Las Líneas directrices OSPAR sobre arrecifes artificiales en relación con los recursos vivos marinos ......................................................... 3.5.3. La III Reunión anual de la Comisión OSPAR ........... 3.5.3.1. La Decisión OSPAR 2000/2 sobre un sistema de control obligatorio y armonizado del empleo y la reducción de las descargas de productos químicos mar adentro y la Decisión OSPAR 2005/1 de enmienda...................................... 3.5.3.2. La Decisión OSPAR 2000/3 sobre el empleo de fluidos de perforación de fase orgánica (OPF) y la descarga de detritus de perforación contaminados por OPF y las medidas complementarias de la Recomendación OSPAR 2006/5 sobre la gestión de detritus de perforación mar adentro .............................. 3.5.4. La IV Reunión anual de la Comisión OSPAR ...........
14 343 343 345 349 349 358 365 374 375
376
379 389 390
392
398 401
402
408 413
ÍNDICE
3.5.4.1. La Recomendación OSPAR 2001/1 sobre la gestión del agua de producción de las instalaciones mar adentro y la Recomendación OSPAR 2006/4 de enmienda .......................
15
413
CONCLUSIONES ...............................................................................
423
BIBLIOGRAFÍA CITADA .................................................................
433
ABREVIATURAS A.A.D.I. A.C.D.I. ACOPS A.D.I. A.D.M. Ann. Droit Mar. A.F.D.I. AG A.H.L.A.D.I. A.J.I.L. AM A.M. B.D.M. B.O.E. B.M.D.C. B.Y.I.L. Comisión OSPAR CDI CDS CE CEE CMI CNUDM Cnudm C.I.L.J. Convenio a.m. Convenio sobre m.t. y z.c. Convenio p.c.
Anuario Argentino de Derecho Internacional. Anuario de la Comisión de Derecho Internacional. Advisory Committee on Pollution of the Sea. Anuario de Derecho Internacional. Anuario de Derecho Marítimo. Annuarie de Droit Maritime. Annuaire Français de Droit International. Asamblea General de las Naciones Unidas. Anuario Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. American Journal of International Law. Amendment Meeting. Annales des Mines. Boletín de Derecho del Mar. Boletín Oficial del Estado. Boletín Mexicano de Derecho Comparado. British Yearbook of International Law. Comisión para la protección del medio ambiente marino del Atlántico Nordeste. Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas. Comisión sobre el Desarrollo Sostenible. Comunidad Europea. Comunidad Económica Europea. Comité Marítimo Internacional. Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, (Bahía Montego, 10 de diciembre de 1982). Cornell International Law Journal. Convenio de Ginebra sobre el alta mar, de 29 de abril de 1958. Convenio de Ginebra sobre el mar territorial y la zona contigua de 29 de abril de 1958. Convenio de Ginebra sobre la plataforma continental, de 29 de abril de 1958.
18 D.E. D.G.O.I. D.M.F. D.O.C.E. E.C. EIA E.L.Q. E.P.L. E&P Forum E.R.M. FAO FOEI GESAMP GOP HMCS HOCNF HOD I.B.L. I.C. I.C.L.Q. I.J. I.J.E.C.L. I.J.M.C.L. I.L.M. IMCO IMO J.C. J.E.N.R.L. JL J.M.L.C. J.P.T. LC LC LDC 1972 LG MEPC M.P.
ABREVIATURAS
Droit de l’Environnement. Derecho de Gentes y Organizaciones Internacionales. Droit Maritime Français. Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Egypte Contemporaine. Evaluación de Impacto Ambiental. Ecology Law Quarterly. Environmental Policy and Law. Oil Industry International Exploration and Production Forum. Espaces et Ressources Maritimes. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. Friends of the Earth International. Group of Experts on the Scientific Aspects of Marine Pollution. Group on Oil Pollution. Harmonised Mandatory Control System. Harmonised Offshore Chemical Notification Format. Heads of Delegation. International Business Lawyer. Investigación y Ciencia. International and Comparative Law Quarterly. International Journal. International Journal of Estuarine and Coastal Law. International Journal of Marine and Coastal Law. International Legal Materials. International Maritime Consultative Organisation. International Maritime Organisation. Juris-Classeur de Droit International. Journal of Energy and Natural Resources Law. Jurists/Linguists. Journal of Maritime Law and Commerce. Journal of Petroleum Technology. Legal Committee. 1972 London Convention 1972. London Dumping Convention 1972. Legal Group. Marine Environment Protection Committee. Marine Policy.
ABREVIATURAS
M.P.B. M.P.R. MSC NAV N.I.L.R. N.T.I.R. N.Y.I.L. OCDE O.D.I.L. O.E.C.D. O.E.C.D. OIEA O.G.L.T.R. OGP OHI OIC OIT O.M. OMCI OMI OMM OMS ONU OSCOM PARCOM P.E. PED PNUE PNUMA ppm PRAM PVD Recueil R. des C. R.B.D.I.
19
Marine Pollution Bulletin. Marine Policy Report. Maritime Safety Committee. Subcommittee on Safety of Navigation. Netherlands International Law Review. Nederlands Tijdschrift voor International Recht. Netherlands Yearbook of International Law. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Ocean Development and International Law. Organisation for Economic Cooperation and Development. Organisation de Coopération et Dévelopment Économiques. Organismo Internacional de Energía Atómica. Oil and Gas Law and Taxation Review. International Association of Oil and Gas Producers. Organización Hidrográfica Internacional. Offshore Industry Committee. Organización Internacional del Trabajo. Ocean Management. Organización Marítima Consultiva Internacional. Organización Marítima Internacional. Organización Meteorológica Mundial. Organización Mundial de la Salud. Organización de las Naciones Unidas. Oslo Commission. Paris Commission. Petroleum Economist. Pautas para la Evaluación de Desechos. Programme des Nations Unies pour l’Environnement. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Partes por millón de mezcla. Programmes and Measures Committee. Países en vías de desarrollo. Recueil des arrêts, avis consultatifs et ordonnances de la Cour International de Justice. Recueil des Cours de l’Académie de Droit International de La Haye. Revue Belge de Droit International.
20 R.D.I. R.D.I.P. R.D.N. R.E.D.I. R.G.A. R.G.D.I.P. R.H.D.I. R.I.E. R.I.R.I. Riv.Dir.Int. R.J.E. R.M.C. S.D.L.R. SEBA SG TIJ TUOFN TPJI TWG UNEP UNESCO U.N.T.S. Y.I.C.E.D. Z.a.ö.R.V.
ABREVIATURAS
Revista de Derecho Internacional. Revue de Droit International Public. Revue de Défense Nationale. Revista Española de Derecho Internacional. Rivista Giuridica dell’Ambiente. Revue Générale de Droit International Public. Revue Hellénique de Droit International. Revista de Instituciones Europeas. Revue Iranienne des Relations Internationales. Rivista di Diritto Internazionale. Revue Juridique de l’Environnement. Revue du Marché Commun. San Diego Law Review. Working Group on Sea-Based Activities. Scientific Group. Tribunal Internacional de Justicia. Texto Único Oficioso para los Fines de Negociación. Tribunal Permanente de Justicia Internacional. Technical Working Group. United Nations Environment Programme. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. United Nations Treaty Series. Yearbook of International Co-operation on Environment an Development. Zeitschrift für auslandisches öffentliches Recht und Völkerrecht.
INTRODUCCIÓN Hasta hace un siglo, la Humanidad surcaba la superficie del mar y de los océanos o pescaba en sus aguas pero, salvo algunas actividades de dragado, no podía explorar ni explotar sus fondos. El desconocimiento de los mismos unido a las limitaciones tecnológicas de la época, hacían imposible su aprovechamiento económico. Actualmente, los avances en el campo de la Oceanografía y el desarrollo tecnológico permiten la exploración y la explotación de los fondos marinos y oceánicos a profundidades nunca alcanzadas anteriormente. De ellos extraemos grava, arena, perlas, sal, conchas…. pero, sobre todo, petróleo y gas natural, que son los recursos que dominan la historia de la exploración y de la explotación de minerales en los fondos marinos y oceánicos. La exploración y la explotación de hidrocarburos se inició en las cuencas sedimentarias terrestres, para posteriormente, siguiendo la prolongación submarina de las mismas en la plataforma continental, adentrarse en el mar. Así, en el año 1947 quedó inaugurada la explotación de hidrocarburos en el mar con la instalación, frente a las costas de Luisiana (Estados Unidos), de las primeras plataformas fijas destinadas a la prospección y a la producción de petróleo. Desde entonces, la industria del petróleo ha ido perfeccionando sus técnicas, al tiempo que ha ido extendiendo paulatina e imparablemente la exploración y la explotación de hidrocarburos hacia profundidades cada vez mayores. Las actividades de exploración y de explotación de hidrocarburos en los fondos marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional conllevan un impacto ambiental en el medio marino que puede manifestarse como consecuencia del desarrollo normal de dichas actividades (contaminación operativa), o como consecuencia de accidentes sobrevenidos durante el desarrollo de las mismas (contaminación accidental). Dicho impacto se sitúa en un modesto 1% sobre el impacto marino total, lo cual contrasta con el gran impacto visual asociado a este tipo de actividades como consecuencia de los derrames de petróleo fruto de accidentes. En efecto, accidentes como el que se produjo en 1977 en el pozo de exploración IxtocI, en la plataforma continental mejicana, donde se derramaron 3.100.000 barriles de petróleo, casaban mal con esa
22
LUISA RODRÍGUEZ LUCAS
aportación del 1% sobre la contaminación marina total que, según las estadísticas, correspondía a la contaminación resultante de la exploración y de la explotación de hidrocarburos en los fondos marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional. La incredulidad frente a estos datos explica el interés por esta fuente de contaminación, cuya sóla mención encierra los siguientes interrogantes. ¿Qué se entiende por hidrocarburos? ¿Y por actividades de exploración y explotación? ¿Qué efectos tienen éstas sobre el medio marino? ¿Cuáles son los fondos marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional? La respuesta a estas preguntas se aborda en el capítulo primero del presente estudio. En el mismo, empezaremos definiendo la noción de hidrocarburos —petróleo y gas natural—, por ser éstos los recursos minerales objeto de exploración y explotación. A continuación nos centraremos en las actividades de exploración y de explotación, pues ellas son la fuente de contaminación. En este punto, expondremos ordenada y detalladamente cada uno de los pasos que se suceden desde la detección de los yacimientos de petróleo y gas natural hasta su agotamiento, momento en que adquieren protagonismo absoluto los trabajos de desmantelamiento de las instalaciones dedicadas hasta ese instante a la explotación. Con esta exposición no hemos pretendido, ni mucho menos, abrumar al lector con tecnicismos, sino familiarizarlo, si ha lugar, con una serie de nociones —fluidos y detritus de perforación, agua de producción, agua de desplazamiento, plataforma de camisa de acero etc.— que le ayudarán, o al menos esa ha sido nuestra intención, a la mejor comprensión de los capítulos subsiguientes. Seguidamente, los fondos donde se desarrollan las actividades objeto de estudio ocuparán nuestra atención. Al respecto, en primer lugar descenderemos desde la costa hacia los fondos marinos bajo soberanía nacional, esto es, el lecho y el subsuelo de las aguas interiores, de las aguas archipelágicas y del mar territorial. Y, a continuación, seguiremos descendiendo hacia los fondos marinos bajo jurisdicción nacional, es decir, la plataforma continental. Nos centraremos en este último espacio marítimo, cuya gestación e historia en el Derecho internacional del mar se encuentra indisolublemente unida a la exploración y a la explotación de hidrocarburos. No en vano, alrededor del 65% de las reservas probadas de petróleo y gas natural se localizan en la plataforma continental de los Estados.
LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN POR LA EXPLOTACIÓN ...
23
Finalmente, el presente capítulo se cerrará con una enumeración y descripción de los efectos que sobre el medio marino puede tener la fuente de contaminación que nos ocupa, distinguiendo, al respecto, entre los efectos fruto del desarrollo normal de las actividades de exploración y de explotación; y los efectos resultado de accidentes sobrevenidos durante el desarrollo de dichas actividades. Definida la fuente de contaminación objeto de estudio, inevitablemente surge un nuevo interrogante acerca de la regulación internacional preventiva adoptada tanto a nivel mundial, como a nivel regional, —en concreto, en el Atlántico Nordeste—, sobre la contaminación resultante de la exploración y de la explotación de hidrocarburos en los fondos marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional. Los capítulos segundo y tercero del presente estudio, nacieron en respuesta a esa pregunta. Así, en el capítulo segundo se analizará el marco jurídico internacional universal diseñado para prevenir la fuente de contaminación que nos ocupa. Este análisis nos ha llevado a lanzar nuestra red en el mar de instrumentos jurídicos adoptados sobre contaminación marina, para pescar aquéllos aplicables a la contaminación resultante de la exploración y de la explotación de hidrocarburos en los fondos marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional. Son una rara especie, y así lo pone de manifiesto la extensión del capítulo segundo. Más suerte tuvimos en aguas del Atlántico Nordeste donde, dentro del marco del Convenio para la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (París, 22 de septiembre de 1992) (Convenio OSPAR 1992), la Comisión OSPAR ha tejido, vía decisiones, recomendaciones y otros acuerdos, un completo entramado legal dedicado a la prevención en el Atlántico Nordeste de la contaminación resultante de la exploración y de la explotación de hidrocarburos en los fondos marinos bajo soberanía o jurisdicción nacional. Al análisis de dicho entramado, se dedicará el capítulo tercero del presente estudio. Ahora bien, el análisis del actual régimen regulador en el Atlántico Nordeste de la contaminación objeto de estudio, no podíamos acometerlo sin el previo análisis de los antecedentes a dicho régimen. Por ello, en primer lugar, nuestra atención se centrará en el Convenio para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves (Oslo, 15 de febrero de 1972) (Convenio de Oslo de 1972) que, hasta que fue derogado por el Convenio OSPAR 1992, reguló en el Atlántico Nordeste la eliminación de instalaciones mar adentro