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22ª edición actualizada a 1 de agosto

Estatuto de los Trabajadores 978-84-1397-910-6

textos legales

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Estatuto de los Trabajadores 22ª edición actualizada a 1 de agosto

Texto a dos colores resaltando los cambios legislativos recientes

textos legales


Estatuto de los trabajadores


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Javier de Lucas Martín

Ana Cañizares Laso

Víctor Moreno Catena

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Jorge A. Cerdio Herrán

Francisco Muñoz Conde

José Ramón Cossío Díaz

Angelika Nussberger

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


Estatuto de los trabajadores 22ª edición actualizada a 1 de agosto de 2021 (Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)

preparada por ÁNGEL BLASCO PELLICER

Magistrado Sala IV Tribunal Supremo Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

tirant lo blanch Valencia, 2021


Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento elec­trónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com incorporada a la ficha del libro. En www.tirant.com dispondrá de un servicio con los textos legales básicos y sectoriales actualizados como complemento de su libro. Los textos jurídicos que aparecen se ofrecen con una finalidad informativa o divulgativa. Tirant lo Blanch intentará cuidar por la actualidad, exactitud y veracidad de los mismos, si bien advierte que no son los textos oficiales y declina toda responsabilidad por los daños que puedan causarse debido a las inexactitudes o incorrecciones de los mismos. Los únicos textos considerados legalmente válidos son los que aparecen en las publicaciones oficiales de los correspondientes organismos autonómicos o nacionales.

© Ángel Blasco Pellicer

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email: tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1397-911-3 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/ empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


ÍNDICE ABREVIATURAS MÁS UTILIZADAS...................................................................... 13

REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2015, DE 23 OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores........................................................................................................... 15 Disposición derogatoria única. Derogación normativa.......................................... 16 TÍTULO I. DE LA RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Sección 1ª. Ámbito y fuentes Artículo 1. Ámbito de aplicación...................................................................... 17 Artículo 2. Relaciones laborales de carácter especial............................................ 19 Artículo 3. Fuentes de la relación laboral........................................................... 21 Sección 2ª. Derechos y deberes laborales básicos Artículo 4. Derechos laborales.......................................................................... 22 Artículo 5. Deberes laborales........................................................................... 32 Sección 3ª. Elementos y eficacia del contrato de trabajo Artículo 6. Trabajo de los menores.................................................................... 33 Artículo 7. Capacidad para contratar................................................................. 33 Artículo 8. Forma del contrato......................................................................... 34 Artículo 9. Validez del contrato........................................................................ 38 Sección 4ª. Modalidades del contrato de trabajo Artículo 10. Trabajo en común y contrato de grupo............................................. 39 Artículo 11. Contratos formativos..................................................................... 39 Artículo 12. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo.................................. 45 Artículo 13. Trabajo a distancia........................................................................ 52 CAPÍTULO II. CONTENIDO DEL CONTRATO DE TRABAJO Sección 1ª. Duración del contrato Artículo 14. Periodo de prueba......................................................................... 52 Artículo 15. Duración del contrato.................................................................... 53 Artículo 16. Contrato fijo-discontinuo............................................................... 57


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ÍNDICE Sección 2ª. Derechos y deberes derivados del contrato

Artículo 17. No discriminación en las relaciones laborales.................................... 58 Artículo 18. Inviolabilidad de la persona del trabajador....................................... 60 Artículo 19. Seguridad y salud en el trabajo....................................................... 60 Artículo 20. Dirección y control de la actividad laboral........................................ 62 Artículo 20 bis. Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión........................................................................... 62 Artículo 21. Pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa................... 63 Sección 3ª. Clasificación profesional y promoción en el trabajo Artículo 22. Sistema de clasificación profesional................................................. 64 Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo................................ 64 Artículo 24. Ascensos..................................................................................... 66 Artículo 25. Promoción económica.................................................................... 66 Sección 4ª. Salarios y garantías salariales Artículo 26. Del salario................................................................................... 66 Artículo 27. Salario mínimo interprofesional....................................................... 68 Artículo 28. Igualdad de remuneración por razón de sexo..................................... 68 Artículo 29. Liquidación y pago........................................................................ 69 Artículo 30. Imposibilidad de la prestación........................................................ 70 Artículo 31. Gratificaciones extraordinarias........................................................ 71 Artículo 32. Garantías del salario...................................................................... 71 Artículo 33. El Fondo de Garantía Salarial.......................................................... 72 Sección 5ª. Tiempo de trabajo Artículo 34. Jornada....................................................................................... 77 Artículo 35. Horas extraordinarias..................................................................... 81 Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo......................... 82 Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos............................................... 84 Artículo 38. Vacaciones anuales........................................................................ 90 CAPÍTULO III. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Sección 1ª. Movilidad funcional y geográfica Artículo 39. Movilidad funcional....................................................................... 91 Artículo 40. Movilidad geográfica..................................................................... 92 Artículo 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo........................ 97 Sección 2ª. Garantías por cambio de empresario Artículo 42. Subcontratación de obras y servicios................................................ 103 Artículo 43. Cesión de trabajadores................................................................... 106


ÍNDICE

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Artículo 44. La sucesión de empresa................................................................. 119 Sección 3ª. Suspensión del contrato Artículo 45. Causas y efectos de la suspensión.................................................... 122 Artículo 46. Excedencias................................................................................. 123 Artículo 47. Suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor..................... 126 Artículo 48. Suspensión con reserva de puesto de trabajo..................................... 130 Sección 4ª. Extinción del contrato Artículo 49. Extinción del contrato................................................................... 134 Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.............................................. 136 Artículo 51. Despido colectivo......................................................................... 137 Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas....................................... 144 Artículo 53. Forma y efectos de la extinción por causas objetivas.......................... 146 Artículo 54. Despido disciplinario..................................................................... 148 Artículo 55. Forma y efectos del despido disciplinario.......................................... 149 Artículo 56. Despido improcedente................................................................... 151 Sección 5ª. Procedimiento concursal Artículo 57. Procedimiento concursal................................................................ 153 CAPÍTULO IV. FALTAS Y SANCIONES DE LOS TRABAJADORES Artículo 58. Faltas y sanciones de los trabajadores.............................................. 153 CAPÍTULO V. PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN Sección 1ª. Prescripción de acciones derivadas del contrato Artículo 59. Prescripción y caducidad................................................................ 154 Sección 2ª. Prescripción de las infracciones y faltas Artículo 60. Prescripción................................................................................. 155 TÍTULO II. DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN COLECTIVA Y DE REUNIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA CAPÍTULO I. DEL DERECHO DE REPRESENTACIÓN COLECTIVA Artículo 61. Participación................................................................................ 155 Sección 1ª. Órganos de representación Artículo 62. Delegados de personal................................................................... 156 Artículo 63. Comités de empresa...................................................................... 156


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ÍNDICE

Artículo 64. Derechos de información y consulta y competencias........................... 157 Artículo 65. Capacidad y sigilo profesional......................................................... 162 Artículo 66. Composición................................................................................ 163 Artículo 67. Promoción de elecciones y mandato electoral.................................... 164 Artículo 68. Garantías..................................................................................... 167 Sección 2ª. Procedimiento electoral Artículo 69. Elección...................................................................................... 168 Artículo 70. Votación para delegados................................................................ 169 Artículo 71. Elección para el comité de empresa................................................. 169 Artículo 72. Representantes de quienes presten servicios en trabajos fijos-discontinuos y de trabajadores no fijos........................................................................ 170 Artículo 73. Mesa electoral.............................................................................. 171 Artículo 74. Funciones de la mesa..................................................................... 171 Artículo 75. Votación para delegados y comités de empresa.................................. 173 Artículo 76. Reclamaciones en materia electoral................................................. 176 CAPÍTULO II. DEL DERECHO DE REUNIÓN Artículo 77. Las asambleas de trabajadores........................................................ 179 Artículo 78. Lugar de reunión.......................................................................... 180 Artículo 79. Convocatoria................................................................................ 180 Artículo 80. Votaciones................................................................................... 180 Artículo 81. Locales y tablón de anuncios.......................................................... 180 TÍTULO III. DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Sección 1ª. Naturaleza y efectos de los convenios Artículo 82. Concepto y eficacia....................................................................... 181 Artículo 83. Unidades de negociación................................................................ 184 Artículo 84. Concurrencia................................................................................ 185 Artículo 85. Contenido.................................................................................... 186 Artículo 86. Vigencia...................................................................................... 188 Sección 2ª. Legitimación Artículo 87. Legitimación................................................................................ 190 Artículo 88. Comisión negociadora.................................................................... 192 CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO Sección 1ª. Tramitación, aplicación e interpretación Artículo 89. Tramitación.................................................................................. 193


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Artículo 90. Validez........................................................................................ 194 Artículo 91. Aplicación e interpretación del convenio colectivo............................. 196 Sección 2ª. Adhesión y extensión Artículo 92. Adhesión y extensión.................................................................... 197 DISPOSICIONES ADICIONALES Disposición adicional primera. Trabajo por cuenta propia...................................... 198 Disposición adicional segunda. Contratos para la formación y el aprendizaje........... 198 Disposición adicional tercera. Negociación colectiva y contrato fijo de obra............ 198 Disposición adicional cuarta. Conceptos retributivos............................................ 198 Disposición adicional quinta. Personal de alta dirección....................................... 199 Disposición adicional sexta. Representación institucional de los empresarios........... 199 Disposición adicional séptima. Regulación de condiciones por rama de actividad...... 200 Disposición adicional octava. Código de Trabajo.................................................. 200 Disposición adicional novena. Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.............................................................................................................. 200 Disposición adicional décima. Cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación....................................................... 202 Disposición adicional undécima. Acreditación de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales................................................................................ 202 Disposición adicional duodécima. Preavisos........................................................ 202 Disposición adicional decimotercera. Solución no judicial de conflictos.................. 203 Disposición adicional decimocuarta. Consideración de víctimas del terrorismo a efectos laborales................................................................................................. 203 Disposición adicional decimoquinta. Aplicación de los límites de duración del contrato por obra o servicio determinados y al encadenamiento de contratos en las Administraciones Públicas............................................................................... 203 Disposición adicional decimosexta. Aplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el sector público................................. 205 Disposición adicional decimoséptima. Suspensión del contrato de trabajo y reducción de jornada en las Administraciones Públicas....................................................... 206 Disposición adicional decimoctava. Discrepancias en materia de conciliación........... 206 Disposición adicional decimonovena. Cálculo de indemnizaciones en determinados supuestos de jornada reducida......................................................................... 206 Disposición adicional vigésima. Contratos formativos celebrados con trabajadores con discapacidad........................................................................................... 207 Disposición adicional vigesimoprimera. Sustitución de trabajadores excedentes por cuidado de familiares...................................................................................... 207 Disposición adicional vigesimosegunda. Permisos de nacimiento, adopción, del progenitor diferente de la madre biológica y lactancia del personal laboral al servicio de las Administraciones públicas.......................................................................... 208


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ÍNDICE

Disposición adicional vigesimotercera. Presunción de laboralidad en el ámbito de las plataformas digitales de reparto....................................................................... 208 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Disposición transitoria primera. Contratos celebrados antes de la entrada en vigor de esta ley........................................................................................................ 209 Disposición transitoria segunda. Contratos para la formación y el aprendizaje.......... 209 Disposición transitoria tercera. Contratos a tiempo parcial por jubilación parcial y de relevo y edad de jubilación.............................................................................. 209 Disposición transitoria cuarta. Negociación colectiva y modalidades contractuales.... 210 Disposición transitoria quinta. Limitación del encadenamiento de modalidades contractuales..................................................................................................... 210 Disposición transitoria sexta. Horas complementarias.......................................... 210 Disposición transitoria séptima. Duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento hasta la entrada en vigor de la Ley 9/2009, de 6 de octubre........................................................ 211 Disposición transitoria octava. Indemnización por finalización de contrato temporal............................................................................................................... 211 Disposición transitoria novena. Normas transitorias en relación con las cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación............................................................................................................. 212 Disposición transitoria décima. Régimen aplicable a expedientes de regulación de empleo iniciados conforme a la normativa anterior.............................................. 212 Disposición transitoria undécima. Indemnizaciones por despido improcedente......... 213 Disposición transitoria duodécima. Salarios de tramitación................................... 213 Disposición transitoria decimotercera. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.................................................................................... 213 DISPOSICIONES FINALES Disposición final primera. Título competencial.................................................... 217 Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario............................................. 217 ÍNDICE ALFABÉTICO DE MATERIAS..................................................................... 219


ABREVIATURAS MÁS UTILIZADAS art. artículo. ATC Auto del Tribunal Constitucional. BOE Boletín Oficial del Estado CC Código Civil. CE Constitución Española. Conv. OIT Convenio de la Organización Internacional del Trabajo. CP Código Penal. D Decreto. D.A. Disposición Adi­cional. ET Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). LEC Ley de Enjuiciamiento Civil. LGSS-74 Ley General de Seguridad Social aprobada conforme al D. 2065/1974. LGSS R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. LISOS Real Decreto-Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, sobre infracciones y sanciones de orden social. LO Ley Orgánica. LOI Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. LOLS Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical. LJS Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social LPRL Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. O.M. Orden Ministerial. RD Real Decreto. RDL Real Decreto Ley STC Sentencia del Tribunal Constitucional. STS Sentencia del Tribunal Supremo.


Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE 24 de octubre de 2015)1

Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que se inserta a continuación.

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El artículo Uno.d) de la Ley 20/2014, de 29 de octubre, por la que se delega en el Gobierno la potestad de dictar diversos textos refundidos, en virtud de lo establecido en el artículo 82 y siguientes de la Constitución Española, autorizó al Gobierno para aprobar un texto refundido en el que se integrasen, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas, el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y todas las disposiciones legales relacionadas que se enumeran en ese apartado, así como las normas con rango de ley que las hubieren modificado. El Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, ha sido modificado: – Por la DF 38ª Ley 6/2018, de 3 de julio. – Por la DF 1ª del RDL 28/2018, de 28 de diciembre. – Por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. – Por la LO 3/2018, de 5 de diciembre. – Por el RDL 28/2018, de 28 de diciembre. – Por el RDL 6/2019, de 1 de marzo. – Por el RDL 8/2019, de 8 de marzo. – Por el RDL 4/2020, de 28 de febrero y Ley 1/2020, de 15 de julio. – Por el RDL 19/2020, de 27 de mayo. – Por el RDL 24/2020, de 26 de junio. – Por el RDL 28/2020, de 13 de octubre. – Por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. – Por el RDL 9/2021, de 11 de mayo. – Por la Ley 10/2021, de 9 de julio.


D.D.

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Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto legislativo y en el texto refundido que aprueba y, en particular, las siguientes: 1. El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 2. La disposición adicional cuarta y la disposición transitoria segunda de la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad. 3. La disposición adicional séptima y la disposición transitoria segunda de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. 4. Las disposiciones adicionales primera y tercera y las disposiciones transitorias primera, segunda y duodécima de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. 5. El artículo 5, la disposición adicional quinta y las disposiciones transitorias primera y segunda del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. 6. El artículo 17, las disposiciones adicionales sexta y novena, las disposiciones transitorias quinta y sexta, el apartado 1 de la disposición transitoria novena y las disposiciones transitorias décima y decimoquinta de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. 7. La disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. 8. La disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida la-


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ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Art. 1

boral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. 9. La disposición transitoria única del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. 10. La disposición transitoria segunda de la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social. TÍTULO I. DE LA RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Sección 1ª. Ámbito y fuentes Artículo 1. Ámbito de aplicación. 1. Esta ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. 2. A los efectos de esta ley, serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas2. 3. Se excluyen del ámbito regulado por esta ley: a) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regirá por las correspondientes normas legales y reglamentarias, así como la del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás entes, organismos y entidades del sector público, cuando, al amparo de una ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias. 2

Vid. Ley 14/1994, de 1 de junio que regula las Empresas de Trabajo Temporal y su desarrollo aprobado por RD 4/1995, de 13 de enero.


Art. 1

RDL 2/2015, DE 23 DE OCTUBRE

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b) Las prestaciones personales obligatorias. c) La actividad que se limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad y siempre que su actividad en la empresa solo comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo. d) Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad. e) Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción. f) La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma3. g) En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación distinta de la que define el apartado 1. A tales efectos se entenderá excluida del ámbito laboral la actividad de las personas prestadoras del servicio de transporte al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares, realizada, mediante el correspondiente precio, con vehículos comerciales de servicio público cuya propiedad o poder directo de disposición ostenten, aun cuando dichos servicios se realicen de forma continuada para un mismo cargador o comercializador4.

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Vid. Ley 12/1992, de 27 de mayo sobre contrato de agencia. Vid. STC 227/1998, de 26 de noviembre que desestimó la inconstitucionalidad de este párrafo segundo del apartado g); véase también la Disposición Adicional 23ª de este Texto Refundido.


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ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Art. 2

4. La legislación laboral española será de aplicación al trabajo que presten los trabajadores españoles contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar de trabajo. Dichos trabajadores tendrán, al menos, los derechos económicos que les corresponderían de trabajar en territorio español. 5. A efectos de esta ley se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que sea dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral5. En la actividad de trabajo en el mar se considerará como centro de trabajo el buque, entendiéndose situado en la provincia donde radique su puerto de base. Artículo 2. Relaciones laborales de carácter especial. 1. Se considerarán relaciones laborales de carácter especial: a) La del personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c)6. b) La del servicio del hogar familiar7. c) La de los penados en las instituciones penitenciarias8. d) La de los deportistas profesionales9. e) La de los artistas en espectáculos públicos10. 5

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Vid. Art. 6 del RDL 1/1986, de 14 de marzo y las OO.MM. de 6 de mayo de 1998 y de 29 de abril de 1999. Vid. RD 1382/1985, de 1 de agosto que regula la relación laboral especial del personal de alta dirección. Vid. también D.A. 5ª de este texto refundido relativa a las garantías salariales del personal de alta dirección Vid. RD 1620/2011, de 14 de noviembre que regula la relación laboral especial del servicio de hogar familiar. Vid. LO 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria y RD 782/2001, de 6 de julio que regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección a la Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad. Vid. RD 1006/1985, de 26 de junio que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales. Vid. RD 1435/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos.


Art. 2

RDL 2/2015, DE 23 DE OCTUBRE

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f) La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquellas11. g) La de los trabajadores con discapacidad que presten sus servicios en los centros especiales de empleo12. h) Derogada13. i) La de los menores sometidos a la ejecución de medidas de internamiento para el cumplimiento de su responsabilidad penal14. j) La de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud15. k) La de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos16. l) Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley17. 2. En todos los supuestos señalados en el apartado anterior, la regulación de dichas relaciones laborales respetará los derechos básicos reconocidos por la Constitución. 11

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Vid. Ley 12/1992, de 27 de mayo sobre contrato de agencia y RD 1438/1985, de 1 de agosto que regula la relación laboral especial de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas. Vid. RD 1368/1985, de 17 de julio que regula la relación laboral especial de los minusválidos que trabajen en centros especiales de empleo. El RDL 8/2017 derogó este apartado e introdujo el régimen jurídico aplicable a los estibadores portuarios. Vid. El artículo 39 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre de medidas fiscales administrativas y del orden social que estableció como relación laboral especial la de los menores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, sometidos a la ejecución de medidas de internamiento. Vid. El RD 1146/2006, de 6 de octubre regula la relación laboral especial de residencia para al formación de especialistas en Ciencias de la Salud. Vid. el RD 1331/2006, de 17 de noviembre por el que se regula la relación laboral especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos. Vid. RD 2205/1990, de 13 de junio sobre relaciones de trabajo del personal civil no funcionario de establecimientos militares. Vid., también, aunque no denominada de especial, el contenido pertinente de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de seguridad privada. El RD 696/2007, de 1 de junio regula la relación laboral especial de los profesores de religión prevista en la D.A. Tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación


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