Skip to main content

1_9788490539859

Page 1

manuales

DERECHO DE LOS

TRATADOS manuales Víctor Manuel Rojas Amandi

Criminología, Economía y Sociología.

Todos los títulos de la colección manuales los encontrará en la página web de Tirant lo Blanch. www.tirant.com/mex/

manuales

especialidades de Derecho,

DERECHO DE LOS TRATADOS

Libros de texto para todas las


ACCESO AL E-BOOK CON DESCUENTO

[+] Diríjase a la página web de la editorial www.tirant.com/mex [+] En Mi cuenta vaya a Mis promociones https://www.tirant.com/mex/mispromociones [+] Introduzca su mail y contraseña, si todavía no está registrado debe registrarse [+] Una vez en Mis promociones inserte el código oculto en esta página para activar la promoción

Código Promocional

Rasque para visualizar

* También puede realizar la compra del e-book a través de su librería

No se admitirá la devolución de este libro si el código promocional ha sido manipulado


DERECHO DE LOS TRATADOS


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Belén Campuzano Laguillo

Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México

Owen M. Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

Luis López Guerra

Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania)

Héctor Olásolo

Catedrático de Derecho Internacional Penal y Procesal de la Universidad de Utrech (Países Bajos)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

José Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: http://www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


DERECHO DE LOS TRATADOS

Víctor Manuel Rojas Amandi

México D.F., 2014


Copyright ® 2014 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web http://www.tirant.com/mex/

© Víctor Manuel Rojas Amandi

© TIRANT LO BLANCH MÉXICO EDITA: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Leibnitz 14 Colonia Nueva Anzures Delegación Miguel Hidalgo CP 11590 MÉXICO D.F. Telf.: (55) 65502317 infomex@tirant.com http://www.tirant.com/mex/ http://www.tirant.es ISBN: 978-84-9053-985-9 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


ÍNDICE ABREVIATURAS........................................................................................................... 13

Capítulo I PREÁMBULO HISTÓRICO 1. HISTORIA DE LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO DE LOS TRATADOS......... 18 1.1. Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados —CVDT—...................... 18 1.2. Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales —CVDTOI—.... 22 1.3. Convención de Viena Sobre Sucesión de Estados en Materia de Tratados — CVSE—............................................................................................................. 25

Capítulo II LOS TRATADOS COMO FUENTE DEL DERECHO INTERNACIONAL 1. CONCEPTO, DENOMINACIÓN Y TIPOS............................................................. 31 1.1. Concepto del término tratados.......................................................................... 31 1.1.1. Un acuerdo internacional...................................................................... 33 1.1.2. Concluido entre Estados, entre éstos y organizaciones internaciones o, entre éstas.............................................................................................. 35 1.1.3. En forma escrita.................................................................................... 38 1.1.4. Regido por el Derecho Internacional..................................................... 39 1.1.5. Ya conste en un instrumento único o en dos instrumentos conexos....... 41 1.1.6. Cualquiera que sea su denominación particular..................................... 41 2. ACUERDOS NO OBLIGATORIOS.......................................................................... 47 2.1. Tipos de acuerdos no obligatorios..................................................................... 50 2.1.1. Acuerdos entre Estados y organizaciones internacionales con personas privadas extranjeras.............................................................................. 50 2.1.2. Los acuerdos de caballeros (Gentlement’s Agreement)........................... 53 2.1.3. Declaraciones de principios políticos..................................................... 53 2.1.4. Códigos de conducta............................................................................. 53 3. DERECHO MEXICANO......................................................................................... 54 3.1. El Derecho de los tratados en el sistema jurídico mexicano............................... 54 3.2. Concepto........................................................................................................... 59 3.3. Requisitos de fondo que deben cumplir los tratados.......................................... 59 3.4. Denominación................................................................................................... 61 3.5. ¿A qué autoridades obligan las cláusulas de los tratados de que México es parte?..................................................................................................................... 62 3.6. Acuerdos no obligatorios.................................................................................. 63


8

Índice

Capítulo III CONCLUSIÓN Y ENTRADA EN VIGOR DE LOS TRATADOS 1. CAPACIDAD PARA CONCLUIR TRATADOS........................................................ 65 1.1. Estados.............................................................................................................. 65 1.2. Organizaciones internacionales......................................................................... 67 1.3. Representación.................................................................................................. 69 1.3.1. Plenos poderes....................................................................................... 70 1.3.2. Representación sin adecuados plenos poderes....................................... 72 2. PROCESO DE CONCLUSIÓN................................................................................ 77 2.1. El proceso complejo.......................................................................................... 78 2.1.1. Negociaciones....................................................................................... 78 2.1.2. Autenticación del texto.......................................................................... 83 2.1.3. Firma..................................................................................................... 85 2.1.4. La ratificación de Derecho interno (Aprobación)................................... 90 2.1.5. Ratificación de DIP, aprobación o aceptación........................................ 91 2.2. El proceso simple.............................................................................................. 95 3. ADHESIÓN.............................................................................................................. 96 4. EFECTOS OBLIGATORIOS LIMITADOS............................................................... 98 5. DEPÓSITO, REGISTRO Y PUBLICACIÓN............................................................. 99 6. ENTRADA EN VIGOR Y APLICACIÓN PROVISIONAL....................................... 100 6.1. Entrada en vigor................................................................................................ 100 6.2. Aplicación provisional....................................................................................... 104 7. DERECHO MEXICANO......................................................................................... 106 7.1. Conclusión de los tratados................................................................................ 106 7.2. Entrada en vigor................................................................................................ 109

Capítulo IV RESERVAS 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................... 115 2. CONCEPTO, NATURALEZA JURÍDICA, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PROCEDENCIA................................................................................................................... 119 2.1. Concepto de reserva.......................................................................................... 119 2.2. Las declaraciones interpretativas, políticas o disfrazadas................................... 120 2.3. La naturaleza jurídica de las reservas................................................................ 124 2.4. Ámbito de aplicación........................................................................................ 125 2.5. Autorización para manifestar reservas............................................................... 125 3. FORMA Y PROCESO.............................................................................................. 129 4. EFECTO JURÍDICOS DE LAS RESERVAS Y DE LAS OBJECIONES...................... 131 4.1. La regulación de las convenciones..................................................................... 131 4.2. Efectos jurídicos de las reservas prohibidas por el Art. 19 de las convenciones.. 137 5. DERECHO MEXICANO......................................................................................... 145


Índice

9

Capítulo V INTERPRETACIÓN DE LAS CLÁUSULAS DE LOS TRATADOS 1. COMPETENCIA PARA LA INTERPRETACIÓN.................................................... 147 2. OBJETIVO DE LA INTERPRETACIÓN - ¿TEXTO, VOLUNTAD DE LAS PARTES U OBJETO Y FIN DEL TRATADO?........................................................................ 148 3. LA INTERPRETACIÓN EN EL ART. 31 DE LAS CVDT......................................... 149 3.1. El principio de buena fe..................................................................................... 150 3.2. Los métodos de interpretación jurídica.............................................................. 151 3.2.1. Método de interpretación gramatical o literal........................................ 154 3.2.2. Método sistemático............................................................................... 158 3.2.3. Método teleológico................................................................................ 163 3.2.4. Método histórico................................................................................... 168 3.3. La interpretación de los tratados autenticados en diferentes idiomas................. 171 4. DERECHO MEXICANO......................................................................................... 176

Capítulo VI TRATADO INTERNACIONALES Y LOS ESTADOS QUE NO SON PARTE 1. TRATADOS CELEBRADOS ENTRE ESTADOS...................................................... 181 1.1. Tratados que prevén derechos en favor de terceros Estados............................... 181 1.2. Tratados que prevén obligaciones para terceros Estados.................................... 185 2. LOS ACUERDOS DE CREACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES..................................................................................................................... 189 3. LA CVDT Y LOS TERCEROS ESTADOS................................................................. 189

Capítulo VII ENMIENDA Y MODIFICACIÓN DE LOS TRATADOS 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................... 195 2. ENMIENDAS DEL TRATADO................................................................................ 198 2.1. Cláusulas de enmienda...................................................................................... 203 3. MODIFICACIÓN..................................................................................................... 205 3.1. ¿Modificación mediante práctica ulterior?......................................................... 209

Capítulo VIII INVALIDEZ DE LOS TRATADOS 1. DISPOSICIONES GENERALES DE LA SOBRE LA INVALIDEZ, TERMINACIÓN Y SUSPENSIÓN DE LOS TRATADOS..................................................................... 212 2. NULIDAD DE LOS TRATADOS.............................................................................. 218 2.1. Aspectos generales............................................................................................. 218 2.2. Causas de invalidez........................................................................................... 220


10

Índice

2.2.1. Violación a las normas nacionales en materia de la competencia para celebrar tratados.................................................................................... 220 2.2.2. Restricción específica de los poderes para manifestar el consentimiento de un Estado.......................................................................................... 226 2.2.3. Error..................................................................................................... 227 2.2.4. Dolo...................................................................................................... 229 2.2.5. Corrupción del representante del Estado............................................... 230 2.2.6. Coacción en contra el representante de un Estado................................. 232 2.2.7. Coacción sobre un Estado por la amenaza o el uso de la fuerza............ 233 2.2.8. El problema de los tratados desiguales.................................................. 237 2.2.9. Los tratados y las normas imperativas de DIP....................................... 238 2.2.9.1. El “ius cogens” en la CVDT..................................................... 240 2.2.9.2. Ámbito de aplicación y efectos................................................ 242 2.2.9.3. Normas de “ius cogens”.......................................................... 245 2.2.9.4. El “ius cogens” en la praxis internacional y en los tribunales... 245 2.2.9.5. El “ius cogens” en la doctrina.................................................. 247 3. TERMINACIÓN DE LOS TRATADOS Y SUSPENSIÓN DE SU APLICACIÓN...... 248 3.1. Terminación y suspensión con base en las disposiciones del tratado................... 250 3.1.1. Conforme las disposiciones del tratado................................................. 250 3.1.2. Terminación por consentimiento........................................................... 252 3.1.3. Reducción de las partes a un número inferior al necesario para su entrada en vigor................................................................................................. 252 3.1.4. Tratados sin disposición sobre terminación, denuncia o retiro............... 253 3.2. Terminación y suspensión debido a un acuerdo posterior entre las partes del tratado.............................................................................................................. 255 3.3. Causas de terminación y suspensión del Derecho de Costumbre Internacional.. 258 3.3.1. Violación grave de un tratado................................................................ 259 3.3.2. Imposibilidad subsiguiente de cumplimiento......................................... 264 3.3.3. Cambio fundamental de las circunstancias............................................ 265 3.3.3.1. La naturaleza jurídica y el fundamento dogmático de la regla. 270 3.3.3.2. Delimitación frente a otras causa de terminación..................... 273 3.3.4. Ruptura de relaciones diplomáticas....................................................... 273 3.3.5. Aparición de una nueva norma imperativa de Derecho Internacional General (“jus cogens”).......................................................................... 274 4. PROCEDIMIENTO EN CASO DE NULIDAD, TERMINACIÓN DE UN TRATADO, RETIRO O SUSPENSIÓN DE SU APLICACIÓN..................................................... 274

Capítulo IX DEPOSITARIOS DEL TRATADO.................................................................... 279 Capítulo X REGISTRO Y PUBLICACIÓN DE LOS TRATADOS 1. REGISTRO DE TRATADOS.................................................................................... 287 1.1. Regulación y procedimiento.............................................................................. 288 2. EFECTO LEGAL DEL REGISTRO DE LOS TRATADOS........................................ 290


Índice

11

3. PUBLICACIÓN........................................................................................................ 291 3.1. Publicación en México...................................................................................... 292

Capítulo XI EL ESTATUS DE LOS TRATADOS EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................... 295 2. LAS TEORÍAS DEL MONISMO Y DEL DUALISMO............................................. 297 2.1. La teoría dualista.............................................................................................. 298 2.2. La teoría monista.............................................................................................. 303 2.3. México.............................................................................................................. 306 3. LA INCORPORACIÓN, LA EJECUCIÓN Y LA TRANSFORMACIÓN................. 307 3.1. México.............................................................................................................. 309 4. LA JERARQUÍA DE LAS NORMAS DE LOS TRATADOS..................................... 311 4.1. México.............................................................................................................. 313 4.1.1. El principio de incorporación por referencia y la jerarquía entre las normas sobre derechos humanos previstas en la Constitución y en los tratados................................................................................................. 315 5. APLICACIÓN DIRECTA DE LAS NORMAS DE LOS TRATADOS........................ 317 5.1. La aplicación directa de las normas de los tratados en el Derecho mexicano..... 322 5.2. Aplicación de las normas sobre derechos humanos previstas en los tratados..... 324 5.3. Normas convencionales sobre derechos humanos: ¿aplicación directa con jerarquía constitucional?.......................................................................................... 326 6. INICIACIÓN DE VIGENCIA DE LOS TRATADOS EN LOS SISTEMAS JURÍDICOS NACIONALES......................................................................................................... 328 6.1. Derecho Internacional....................................................................................... 328 6.2. Derecho mexicano............................................................................................. 329 7. CONSIDERACIONES FINALES.............................................................................. 331

BIBLIOGRAFÍA............................................................................................................. 333 HEMEROGRAFÍA........................................................................................................ 337 INTERNET.................................................................................................................... 341 DOCUMENTOS OFICIALES Y SENTENCIAS............................................................. 343 ANEXOS....................................................................................................................... 349


ABREVIATURAS ACAAN

Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte

ACLAN

Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte

AIDI

Annuaire francais de droit international

AJIL

American Journal of International Law

ART. Artículo ARTS. Artículos BDGL Bundesgesetzblatt BYIL

British Yearbook of International Law

COPUOS

Committee on the Peaceful Uses of Outer Space

CPEUM

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

CVDT

Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados

CVDTOI

Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organismos Internacionales o entre Organismos Internacionales entre sí

CVSE

Convención de Viena Sobre Sucesión de Estados en Materia de Tratados

DIP

Derecho Internacional Público

DGBL

Deutsches Gesetzblatt

DOF

Diario Oficial de la Federación

EJIL

European Journal of International Law

EPIL

Encyclopedia of Public International Law

FAO

Organización de Naciones Unidas par la Agricultura y la Alimentación

FMI

Fondo Monetario Internacional

GATT

Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio

GerYBIL

German Yearbook of International Law

HRLJ

Human Rights Law Journal

IBRD

Banco Internación de Reconstrucción y Fomento

ICAO

Organización Internación de Aviación Civil

ILM

International Legal Materials


14 ILSE

Abreviaturas

Biblioteca electrónica de documentos sobre Normas Internacionales del Trabajo

La Comisión Comisión de Derecho Internacional OMC

Organización Mundial del Comercio

ONU

Organización de las Naciones Unidas

OR

Official Records

ÖzörR

Österreichische Zeitshrift für öffentliches Recht und Völkerrecht

Rabelesz

Rabels Zeitschrift für ausländisches und internationales Privatrecht

RdC

Recueil des Cours de l´Académie de Droit International

RGDIP

Revue génerale de droit international public

TLCAN

Tratado de Libre Comercio de América del Norte

UNCTAD

United Nations International Children´s Emergency Fund

UNESCO

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

UNTS

United Nations Treaty Nations

US

Estados Unidos de Norteamérica

YBILC

Yearbook of the International Law Commission

ZaöRV

Zeitschrift für ausländisches öffentliches Recht und Völkerrecht


Capítulo I

PREÁMBULO HISTÓRICO Los alfileres de los que cuelga la historia del Derecho Internacional Público (DIP) son tratados. Incluso, antes de que existiera un DIP propiamente hablando, versiones rudimentarias de tratados sirvieron para reglamentar las relaciones internacionales más importantes entre las organizaciones políticas de la más diversa índole. Ya el Imperio de los Hititas había concluido un tratado con Egipto en el año 1272 a. de C. En la Grecia Clásica los acuerdos internacionales se basaban en la igualdad entre las partes y le brindaron a las polis la posibilidad de una organización interregional para hacer frente al Imperio Persa. En Roma los acuerdos internacionales no fueron importantes debido a que no se estimó a los otros pueblos de la época como iguales, sin embargo, se desarrolló el ius gentium, sistema jurídico que regulaba las relaciones entre los romanos y los no romanos y de donde se han tomado algunos de los principios básicos para el Derecho de los Tratados, como lo es el de buena fe. La Paz de Westfalia con los Tratados de Paz de Münster y Osnabruck de 1648 trajo como consecuencia el debilitamiento del Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico y el fortalecimiento de varias naciones y principados. Asimismo, el Papa perdió el privilegio de ser reconocido como la única autoridad religiosa del Continente y con ello su influencia política, su poder de legislador y de árbitro. De esta forma, los reyes y condes ganaron una gran libertad de actuación diplomática en un mundo de soberanías independientes e iguales. Como producto de este fenómeno, las alianzas y coaliciones internacionales adquirieron carta de naturalización en el escenario internacional. Este fue el primer paso en la praxis internacional de los tratados entre Estados soberanos. La política de los equilibrios soberanos que funcionó entre los Siglos XVII y XX se formalizó, tanto para la guerra, como para la paz, en tratados. Los grandes diseños de las relaciones internacionales después de las grandes guerras europeas se plasmaron en tratados. El Congreso de Viena de 1815, que se firmó después de las Guerras Napoleónicas, dio lugar con el tiempo, al nacimiento de varios Estados, tales como Bulgaria, Italia y Alemania. El Tratado de Paz de Paris de 1856, que dio fin a la Guerra de Crimea, trajo como consecuencia que se reconociera a Turquía como primera nación no cristiana en el concierto de las potencias europeas. El Derecho Humanitario que naciera en el contexto de las guerras que dieran lugar a la unidad italiana se formalizó en las Convenciones de la Haya de 1899 y de 1907, siendo esta última en la que por primera vez se prohibiera el uso de la guerra como medio para que un Estado acreedor le exigiera al Estado deudor el pago de la deuda. El Tratado de Versalles de 1919 puso fin a la Primera


16

Víctor Manuel Rojas Amandi

Guerra Mundial y creo la primera gran organización internacional: la Sociedad de las Naciones. También con el sistema de Versalles nació la Organización Internacional del Trabajo, la que con el régimen de protecciones mínimas para los trabajadores marca el inicio de los derechos humanos que se imponen desde el DIP. Las organizaciones internacionales de todo tipo que surgieron el Siglo XX —la Sociedad de las Naciones, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización Mundial del Comercio, la Unión Europea, etc.— nacieron en instrumentos constitutivos que por su propia naturaleza fueron auténticos tratados. La ONU, la organización internacional más importante del mundo contemporáneo, tuvo como instrumento constitutivo el tratado denominado como la Carta de las Naciones Unidas1, en la que se consagran los principios más importantes de la comunidad internacional: la prohibición del uso o de la amenaza de uso de la fuerza, el mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales, la protección de los derechos humanos, etc. Sin embargo, la gran importancia que como fuente del DIP han adquirido los tratados, se debe a la política explícita de las Naciones Unidas en pro de la codificación de las normas internacionales. En efecto, El Art. 13, numeral I de la Carta de las Naciones unidas dispone: “La Asamblea General promoverá estudios y hará recomendaciones para los fines siguientes: a. fomentar la cooperación internacional en el campo político e impulsar el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación”.

A raíz de este mandato expreso la Asamblea General mediante resolución 94 (1) de 11 de diciembre de 1946 estableció el Comité sobre el Desarrollo Progresivo del Derecho Internacional y su Codificación, también conocido como el Comité de los Diecisiete. Entre el 12 de mayo y el 17 de junio de 1947 el Comité sostuvo treinta reuniones y emitió una recomendación para que se estableciera una Comisión de Derecho Internacional. La Asamblea durante su segunda sesión aprobó el establecimiento de la Comisión y un subcomité del Comité Legal preparó un proyecto de Reglamento de la Comisión. El 21 de noviembre de 1947 la Asamblea General, mediante su Resolución 174 (II), estableció la Comisión de Derecho Internacional (La Comisión) y aprobó su Reglamento. Desde entonces el reglamento ha sido reformado mediante seis Resoluciones de la Asamblea. La

1

Firma de México: 26 de junio de 1945, aprobación del Senado: 5 de octubre de 1945, publicación en el DOF de su aprobación: 17 de octubre de 1945, vinculación de México: 7 de noviembre de 1945 (ratificación), entrada en vigor internacional: 24 de octubre de 1945, entrada en vigor para México: 7 de noviembre de 1945, publicación en el DOF (promulgación): 17 de octubre de 1945.


Derecho de los tratados

17

primera elección de los miembros de la Comisión tuvo lugar el 3 de noviembre de 1948 y su primera sesión fue el 12 abril de 19492. Dentro de los tratados más importantes que ha preparado la Comisión encontramos, la Convención sobre el Derecho de los Usos de los Cursos de Aguas Internacionales para Fines distintos de la Navegación, adoptada por la Asamblea General en 1997; la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organismos Internacionales o entre Organismos Internacionales entre sí (CVDTOI)3, adoptada por una conferencia reunida en Viena en 1986; la Convención de Viena sobre la Sucesión de Estados en materia de Bienes, archivos y deudas de Estado, adoptada por una conferencia reunida en Viena en 1983; la Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos4, adoptada por la Asamblea General en 1973; la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (CVDT)5, adoptada por una conferencia reunida en Viena en 1969; la Convención sobre Relaciones Diplomáticas6 y la Convención sobre Relaciones Consulares7, adoptadas respectivamente en 1961 y 1963 por conferencias reunidas en Viena. Los sistemas de protección regional de los derechos humanos tanto en Europa, como en América y África se organizan con base en un conjunto de tratados. De igual forma, sucede con los sistemas universales y regionales de comercio internacional que se estructuran con base en los tratados de la Organización Mundial del Comercio y de múltiples tratados de libre comercio y uniones aduaneras. No

2 3

4 5

6

7

Véase al respecto: http://www.un.org/law/ilc/ (12/II/2014). Firma de México: 21 de marzo de 1986, aprobación del Senado: 11 de diciembre de 1987, publicación en el DOF de su aprobación: 11 de enero de 1988, vinculación de México: 14 de enero de 1988 (ratificación), Deposito ante la Secretaria General de la Organización de las Naciones Unidas: 10 de marzo de 1988, Publicación en el DOF: 28 de abril de 1988. Firma de México: 22 de abril de 1980, entrada en vigor internacional 20 de febrero de 1977. Firma de México: 23 de mayo de 1969, aprobación del Senado: 29 de diciembre de 1972, publicación en el DOF de su aprobación: 28 de marzo de 1973, vinculación de México: 25 de septiembre de 1974 (ratificación), entrada en vigor internacional: 27 de enero de 1980, entrada en vigor para México: 27 de enero de 1980, publicación en el DOF (promulgación): 14 de febrero de 1975. Firma de México: 18 de abril de 1961, aprobación por el Senado: 24 de diciembre de 1964, publicación en el DOF de su aprobación: 20 de febrero de 1965, vinculación de México: 16 de junio de 1965 (ratificación), entrada en vigor internacional: 24 de abril de 1964, entrada en vigor para México: 16 de julio de 1965, publicación en el DOF (promulgación): 3 de agosto de 1965, fe de erratas: 14 de septiembre de 1965. Firma de México: 7 de octubre de 1963, aprobación por el Senado: 24 de diciembre de 1964, publicación en el DOF de su aprobación: 20 de febrero de 1965, vinculación de México: 16 de junio de 1965 (ratificación), entrada en vigor internacional: 19 de marzo de 1967, entrada en vigor para México: 19 de marzo de 1967, publicación en el DOF (promulgación): 11 de septiembre de 1968, fe de erratas: 19 de diciembre de 1968.


18

Víctor Manuel Rojas Amandi

es diferente en las materias del medio ambiente, del Derecho del mar, de desarme, etc. La importancia de los tratados es cada vez más significativa para el Derecho Internacional. Con el establecimiento de la Liga de Naciones, el número de celebración de tratados aumento drásticamente. Para 1945 se encontraban registrados ante la Sociedad de las Naciones alrededor de 8,000 tratados vigentes8. Desde 1945 hasta la fechas se han registrados ante la Secretaría General de las Naciones Unidas alrededor de 56,000 tratados.

1. HISTORIA DE LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO DE LOS TRATADOS 1.1. Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados —CVDT— En su primer período de sesiones, celebrado en 1949, la Comisión eligió el Derecho de los Tratados como uno de los catorce temas adecuados para su labor de codificación y como uno de los tres a los que se les debía conceder prioridad. El primer relator especial fue el profesor James Brierly, quien dimitió de su cargo en la Comisión en 1952, a éste le sucedió como relator especial Hersch Lauterpacht y posteriormente Gerald Fitzmaurice. Con la elección de éste último como juez de la Corte Internacional de Justicia, el cargo de relator especial cayó en el Humphrey Waldock, quien llevó a su conclusión con éxito el trabajo de este tema en el seno de la Comisión en el año 1966. Las sucesivas designaciones tuvieron lugar en sus períodos de sesiones primero, cuarto, séptimo y 13°, celebrados en 1949, 1952, 1955 y 1961, respectivamente. La Comisión examinó el tema en sus períodos de sesiones segundo, tercero, octavo, 11° y 13° a 18°, celebrados en 1950, 1951, 1956, 1959 y 1961 a 1966, respectivamente. En relación con su labor sobre el tema, la Comisión tuvo ante sí los informes de los relatores especiales, información proporcionada por los gobiernos y documentos preparados por la Secretaría de las Naciones Unidas. La Comisión había previsto originalmente que su labor sobre el derecho de los tratados se plasmaría en un “código de carácter general” meramente descriptivo, más que en una o varias convenciones internacionales9. En su 13° período de sesiones, celebrado en 1961, la Comisión cambió su plan de trabajo y decidió pre-

8

9

Para una pequeña historia de los tratados desde 250 AC, y en particular el crecimiento de ellos en el siglo diecinueve, véase C. Tietje, “The Changing Legal Structure of International Treaties as an Aspect of an Emerging Global Governance Architecture”, GerYBIL, vol. 42, 1999, pp. 30-5 o, aún mejor véase AJIL, Supp. 666, 1935. Informe de la Comisión sobre la labor de su 11° período de sesiones, A/4169.


Derecho de los tratados

19

parar un proyecto de artículos que pudieran servir como base de una convención internacional10. La Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución 1765 (XVII), de 20 de noviembre de 1962, recomendó que la Comisión continuara su labor sobre el Derecho de los Tratados, teniendo en cuenta las opiniones expresadas en la Asamblea y las observaciones escritas presentadas por los gobiernos. En sus períodos de sesiones 14° a 16°, celebrados entre 1962 y 1964, la Comisión procedió a la primera lectura del proyecto de artículos y remitió los artículos provisionalmente aprobados a los gobiernos para que formularan observaciones. La Comisión finalizó la primera lectura del proyecto de artículos en su 16° período de sesiones, celebrado en 1964. En su 17° período de sesiones, celebrado en 1965, la Comisión inició la segunda lectura del proyecto de artículos con base en las observaciones de los gobiernos. La Comisión dio inicio a sus labores con el examen sobre la cuestión de la forma que finalmente se le daría al proyecto de artículos y reafirmó las opiniones que había expresado en 1961 y 1962 en favor de una convención. La Comisión observó que, en el décimo séptimo período de sesiones de la Asamblea General, celebrado en 1962, la sexta comisión había manifestado en su informe que la gran mayoría de los representantes había aprobado la decisión de la Comisión de dar a la codificación del derecho de los tratados la forma de una convención. En su 18° período de sesiones, celebrado en 1966, la Comisión finalizó la segunda lectura del proyecto de artículos y aprobó su informe final sobre el derecho de los tratados, en el que se presentaban 75 artículos con sus respectivos comentarios11. Al presentar el informe final a la Asamblea General, la Comisión recomendó que la Asamblea convocara una conferencia internacional de plenipotenciarios para que estudiara el proyecto de artículos sobre el derecho de los tratados y redactara una convención sobre el tema. Tras las deliberaciones de la Sexta Comisión acerca del informe de la Comisión sobre la labor de su 18° período de sesiones, la Asamblea General, en su resolución 2166 (XXI), de 5 de diciembre de 1966, decidió convocar una conferencia internacional de plenipotenciarios para que revisara el tema sobre el derecho de los tratados e incorporara los resultados de su labor en una convención internacional y demás instrumentos que estimara pertinentes. Además, la Asamblea le solicitó al Secretario General que convocara el primer período de sesiones de la conferencia a principios de 1968 y el segundo período de sesiones a principios de 1969. En la misma resolución, la Asamblea invitó a los Estados Miembros, al Secretario Ge-

La Comisión explicó en mayor detalle esta decisión en el informe sobre su 14° período de sesiones, celebrado en 1962 (A/5209). 11 A/6309/Rev.1. 10


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
1_9788490539859 by Editorial Tirant Lo Blanch - Issuu