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3ª Edición

Prontuario de avisos en materia notarial

Prontuario de avisos en materia notarial 3ª Edición

Ángel Gilberto Adame López Amando Mastachi Aguario Alejandro Pérez Teuffer Fournier

editorial.tirant.com/mex/ 978-84-1147-967-7

Textos Legales 9 788411 479677

Textos Legales


PRONTUARIO DE AVISOS EN MATERIA NOTARIAL


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania) Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


PRONTUARIO DE AVISOS EN MATERIA NOTARIAL 3ª Edición

ÁNGEL GILBERTO ADAME LÓPEZ AMANDO MASTACHI AGUARIO ALEJANDRO PÉREZ TEUFFER FOURNIER

tirant lo blanch Ciudad de México, 2023


Copyright ® 2023 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/ incorporada a la ficha del libro. Este libro será publicado y distribuido internacionalmente en todos los países donde la Editorial Tirant lo Blanch esté presente. Los textos jurídicos que aparecen se ofrecen con una finalidad informativa o divulgativa. Tirant lo Blanch intentará cuidar por la actualidad, exactitud y veracidad de los mismos, si bien advierte que no son los textos oficiales y declina toda responsabilidad por los daños que puedan causarse debido a las inexactitudes o incorrecciones de los mismos. Los únicos textos considerados legalmente válidos son los que aparecen en las publicaciones oficiales de los correspondientes organismos autonómicos o nacionales. Primer edición 2021 Segunda edición 2022

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Ángel Gilberto Adame López Amando Mastachi Aguario Alejandro Pérez Teuffer Fournier

EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Hipódromo, Cuauhtémoc, 06100, Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1147-968-4 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


A don José Ángel Villalobos Magaña, nuestro querido maestro. Dedicamos esta obra como muestra de gratitud a quien con su ejemplo y dedicación nos ha formado. A nuestra querida amiga, Montserrat Arenas Martínez. Con especial agradecimiento por sus excepcionales aportes a esta obra.


ÍNDICE INTRODUCCIÓN..........................................................................................................................

13

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.........................................

15

CÓDIGO CIVIL FEDERAL..............................................................................................................

17

CÓDIGO DE COMERCIO..............................................................................................................

20

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y SU REGLAMENTO.........................................................

25

CÓDIGO PENAL FEDERAL............................................................................................................

33

LEY ADUANERA Y SU REGLAMENTO...........................................................................................

34

LEY AGRARIA Y REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE CERTIFICACIÓN DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACIÓN DE SOLARES...........................................................................

36

LEY DE AEROPUERTOS Y SU REGLAMENTO................................................................................

43

LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR.......................................................................................

45

LEY DE AMPARO REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.....................................................................

50

LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS Y SU REGLAMENTO..............................................

54

LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PÚBLICO............................................................

56

LEY DE AVIACIÓN CIVIL................................................................................................................

60

LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES Y SU REGLAMENTO................

63

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES............................................................................................

67

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE...............................................................................

70

LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR.................................................

71

LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA...................................................................................

72

LEY DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO AGROPECUARIO Y RURAL...........................................

74

LEY DE FONDOS DE INVERSIÓN..................................................................................................

76

LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO..........................................................................................

78

LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS.......................................................................

84

LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Y REGLAMENTO DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Y DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS......................................................

91

LEY DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD....................................................................

96

LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO.................................................................

97

LEY DE MIGRACIÓN Y SU REGLAMENTO....................................................................................

99

LEY DE NACIONALIDAD Y SU REGLAMENTO..............................................................................

101

LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS Y SU REGLAMENTO......................................

104

LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.............................

109

LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS Y SU REGLAMENTO...................................................

110

LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS.................................................................................................

114

LEY DE PUERTOS...........................................................................................................................

115


10

Índice

LEY DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE INTERÉS PÚBLICO.........................

117

LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL.........................................................................

118

LEY DE TRANSPARENCIA Y DE FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CRÉDITO GARANTIZADO.................................................................................................................................................

120

LEY DE UNIONES DE CRÉDITO....................................................................................................

122

LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN...........................................................................

125

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y SU REGLAMENTO................................................

127

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SU REGLAMENTO.........................................................

131

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS......

140

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.........................................................................................................................................

142

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.....

144

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES...

146

LEY DEL MERCADO DE VALORES.................................................................................................

147

LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO Y SU REGLAMENTO...................................................

159

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA.......................

162

LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y SU REGLAMENTO..................................

164

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA...........................................................................

166

LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA....................................................................................

169

LEY FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA......................................................................................

173

LEY FEDERAL DE DERECHOS........................................................................................................

174

LEY FEDERAL DE DEUDA PÚBLICA...............................................................................................

176

LEY FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL...........................................................................................................................

177

LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL...............................................................

179

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO...............................................................

180

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO....................................

181

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.................................................

182

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR.....................................................................

183

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES.................................................................................................................................................

186

LEY FEDERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y SU REGLAMENTO.....................................................

188

LEY FEDERAL DE VARIEDADES VEGETALES Y SU REGLAMENTO..................................................

190

LEY FEDERAL DE ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES..................................................................

191

LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR Y SU REGLAMENTO....................................................

193

LEY FEDERAL DEL TRABAJO..........................................................................................................

198

LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL......

201


Índice

11

LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO.................................................................................................................................................

204

LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA Y SU REGLAMENTO...........................................................................

205

LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLÓGICAS, ARTÍSTICAS E HISTÓRICAS................................................................................................................................................

212

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO................................................................................................................................

214

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES.......................................................................................

216

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE.........................................................

219

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL.....................................................................................

221

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES. LEY GENERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO. LEY FEDERAL DE CONSULTA POPULAR.........................................

222

LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CRÉDITO....................

225

LEY GENERAL DE SALUD. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE ACTIVIDADES, ESTABLECIMIENTOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE LA DISPOSICIÓN DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CADÁVERES DE SERES HUMANOS. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE TRASPLANTES................................................

228

LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS.........................................................................

232

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES............................................................................

234

LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO..........................................................

243

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA..........................

249

LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE..............................

250

LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL............

251

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS Y SU REGLAMENTO..........................................................................................................................................

252

LEY MINERA Y SU REGLAMENTO.................................................................................................

253

LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.........................................................

256

LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO............................................................................

258

LEY ORGÁNICA DE LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO................................................................................................................

260

LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA....................................................

261

LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y SU REGLAMENTO...............................................................................................................................

262

LEY ORGÁNICA DE NACIONAL FINANCIERA..............................................................................

263

LEY ORGÁNICA DEL BANCO DEL BIENESTAR..............................................................................

264

LEY PARA DETERMINAR EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN................

265

LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO....................................................................................................................................

266

LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS............................................................

267


12

Índice

LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA.................................

273

LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA....................................

276

LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO...................................................................

278

LEY SOBRE CÁMARAS AGRÍCOLAS, QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁN ASOCIACIONES AGRÍCOLAS............................................................................................................................

279

REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.......................................................................................................................................

280

REGLAMENTO DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES....................................................................

281

REGLAMENTO DE LA LEY DE HIDROCARBUROS........................................................................

282

REGLAMENTO DE LA LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS..........................................

283

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA............................................................

284

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERVICIO MILITAR.......................................................................

285

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS......................................................

286

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL.........................................................

290

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL........................................................

291

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN..................................................................

293

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL......................................................

294

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS......................................................................

295

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE.............................................................

296

REGLAMENTO DE LA LEY PARA EL USO Y PROTECCIÓN DE LA DENOMINACIÓN Y EMBLEMA DE LA CRUZ ROJA.........................................................................................................................

297

REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE COMERCIO EN MATERIA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN.......................................................................................................................

298

REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO DE DENOMINACIONES Y RAZONES SOCIALES...........................................................................................................................................

299

FUENTES DE CONSULTA ADICIONALES A LA LEGISLACIÓN.......................................................

302


INTRODUCCIÓN Desde tlacuilos, hasta escribanos, los notarios han sido una pieza clave para el correcto funcionamiento del sistema jurídico a lo largo de la historia mexicana. Tanto particulares como gobiernos locales y el Federal, requieren en la vida cotidiana, de la intervención de un notario para que los actos que por ley lo requieren, se tengan por ciertos y brinda certeza jurídica a quien se lo solicita. Aunque la función del notario es de competencia local, diversas son las leyes a nivel Federal que requieren de su intervención. Es así como el notario, funge no solo dando certeza jurídica sobre el patrimonio de los particulares; también como un motor de la economía y de la inversión a través de la constitución de empresas, que pueden ir desde sociedades mercantiles, pasando por bancos, grupos empresariales, instituciones de seguros y fianzas, instituciones de tecnología financiera; hasta organizaciones de la sociedad civil; también ayuda a la recaudación de impuestos mediante el cálculo, retención y entero de los mismos causados por sus escrituras; el sector agrario participa en las asambleas ejidales, es auxiliar de la administración pública y del ministerio público, puede prestar servicios de certificación, participa en lo relacionado a vías generales de comunicación, da certeza a los contratos sobre derechos de autor, entre muchas otras intervenciones. Las diversas funciones que el notario puede desempeñar le exigen una preparación y especialización en casi todas las ramas del derecho. Por esto, el prontuario obra busca recopilar de entre más de 130 leyes y reglamentos federales todas la intervenciones o disposiciones de interés para la función notarial y las organiza por ordenamiento, con una breve introducción al ordenamiento de estudio, subtítulos que resumen el contenido de las disposiciones y la transcripción de los artículos de interés con énfasis añadido para mejor localización de información. Sin restar importancia a la utilidad que esta obra puede tener para el lector especializado, el formato y lenguaje utilizados en ella permiten que se convierta en una herramienta guía para estudiantes de Derecho, abogados y en general para aquellas personas que buscan tener un primer contacto con los actos jurídicos derivados de la función notarial y su desempeño en el ámbito federal. Para esta edición, se adicionan criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y Tribunales de Circuito respecto de la aplicación de las disposiciones compiladas y de utilidad para la función notarial, a efecto de brindar una perspectiva interpretativa de las mismas desde la visión del Poder Judicial. Asimismo, y toda vez que la profesión de la abogacía requiere una actualización permanente, se ha realizado una revisión de todas las normas reunidas, para actualizar su contenido con base en las reformas publicadas y con efectos al 1º de enero de 2023.


14

Introducción

Con estos complementos, el prontuario evoluciona de una compilación normativa a una sistemática que permite proporcionar una guía de la función notarial desde ángulos de aplicación diversos, pero correlacionados.


CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS La fe pública, es la garantía que otorga el Estado de que ciertos hechos o actos jurídicos son ciertos. Su objetivo es otorgar seguridad jurídica a los actos y hechos jurídicos de modo que se tiene por cierto y verdadero todo aquello que emana de la fe pública1. El Estado es depositario de la fe pública y la ejerce mediante servidores públicos o mediante la habilitación de personas designadas después de cumplir ciertos requisitos. De esta forma, tenemos fedatarios en distintos ámbitos, por mencionar algunos, como judicial, mercantil, registral, consultar y la que nos ocupa en esta obra, en el ámbito notarial. La función notarial es competencia de las entidades federativas y su fundamento son los artículos 121 y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los que se reconoce el principio de Entera Fe y Crédito y la distribución de competencias residual en el que, el notariado, al no ser actividad reservada a la Federación es facultad de las Entidades Federativas y en consecuencia cada entidad tiene su propia legislación notarial. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LA FUNCIÓN NOTARIAL Y EL PRINCIPIO DE ENTERA FE Y CRÉDITO Artículo 121 CPEUM. En cada entidad federativa se dará entera fe y crédito de los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todas las otras. El Congreso de la Unión, por medio de leyes generales, prescribirá la manera de probar dichos actos, registros y procedimientos, y el efecto de ellos, sujetándose a las bases siguientes: I. Las leyes de una entidad federativa sólo tendrán efecto en su propio territorio y, por consiguiente, no podrán ser obligatorias fuera de él. II. Los bienes muebles e inmuebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación. III. Las sentencias pronunciadas por los tribunales de una entidad federativa sobre derechos reales o bienes inmuebles ubicados en otra entidad federativa, sólo tendrán fuerza ejecutoria en ésta, cuando así lo dispongan sus propias leyes. Las sentencias sobre derechos personales sólo serán ejecutadas en otra entidad federativa, cuando la persona condenada se haya sometido expresamente o por razón de domicilio, a la justicia que las pronunció, y siempre que haya sido citada personalmente para ocurrir al juicio. IV. Los actos del estado civil ajustados a las leyes de una entidad federativa, tendrán validez en las otras. V. Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de una entidad federativa con sujeción a sus leyes, serán respetados en las otras.

1

Ríos Hellig, Jorge (2020). La Práctica del Derecho Notarial. Décima Edición. México: McGraw Hill


16

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 124 CPEUM. Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias.


CÓDIGO CIVIL FEDERAL

17

CÓDIGO CIVIL FEDERAL Publicado en cuatro partes, los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 entró en vigor el 1º de octubre de 1932. En su origen, la denominación del código era la de “Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en Materia Común y para toda la República en Materia Federal”, posteriormente el 23 de diciembre de 1974 con la desaparición de los Territorios Federales se modificó la denominación por la de “Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común para toda la República en Materia Federal” y finalmente en cuanto a la denominación, el 29 de mayo de 2000 se reforma nuevamente y se establece la existencia de dos códigos, a saber: un Código Civil para el Distrito Federal y un Código Civil Federal, lo anterior en concordancia con las reformas constitucionales que dotaban de mayores facultades legislativas a la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Por otro lado, existe la discusión sobre la validez de la existencia de disposiciones en materia civil de competencia federal, siendo que dicha materia es esencialmente materia local, entendiendo que constitucionalmente se establece que aquellas facultades no reservadas a la federación corresponden a las entidades federativas. En este orden de ideas, la idea de que fueran las autoridades federales las que originalmente crearan las disposiciones en materia civil para el entonces Distrito Federal, hoy Ciudad de México, tiene su origen en el hecho de que aun cuando entidad federativa, la capital de la República no gozaba de autonomía gubernamental por tratarse de la sede de los poderes de la unión. Más allá del contenido histórico y centrándonos en la cuestión de la posibilidad de existencia de una materia civil federal, la duda se aclara en tanto consideramos que la aplicación de las disposiciones civiles es por regla general del ámbito local, pero por excepción puede aplicarse en lo federal. A manera de ejemplo, tenemos la cualidad de supletoriedad de las disposiciones civiles en materia mercantil, donde por ejemplo no existe una teoría general de las obligaciones como sí la hay en el Derecho Civil. Siendo el Derecho Mercantil una materia federal, en caso de requerirse la aplicación supletoria de disposiciones locales podríamos caer en la complicación jurídica de tener 32 códigos civiles diferentes a escoger para aplicar. Ante ello y para dotar de certeza jurídica sobre la normatividad aplicable, es necesario tener un ordenamiento que específicamente esté destinado para este fin, por lo que en un origen se determinó que éste fuera el Código Civil del Distrito Federal y posteriormente desagregar la parte específica aplicable en un Código Civil Federal, dejando para el código local asuntos como el del estado civil o la capacidad de las personas por mencionar sólo algunos.


18

CÓDIGO CIVIL FEDERAL

ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1o CCF. Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal.

DETERMINACIÓN DEL DERECHO APLICABLE Artículo 13 CCF. La determinación del derecho aplicable se hará conforme a las siguientes reglas: I. Las situaciones jurídicas válidamente creadas en las entidades de la República o en un Estado extranjero conforme a su derecho, deberán ser reconocidas; II. El estado y capacidad de las personas físicas se rige por el derecho del lugar de su domicilio; III. La constitución, régimen y extinción de los derechos reales sobre inmuebles, así como los contratos de arrendamiento y de uso temporal de tales bienes, y los bienes muebles, se regirán por el derecho del lugar de su ubicación, aunque sus titulares sean extranjeros; IV. La forma de los actos jurídicos se regirá por el derecho del lugar en que se celebren. Sin embargo, podrán sujetarse a las formas prescritas en este Código cuando el acto haya de tener efectos en el Distrito Federal o en la República tratándose de materia federal; y V. Salvo lo previsto en las fracciones anteriores, los efectos jurídicos de los actos y contratos se regirán por el derecho del lugar en donde deban ejecutarse, a menos de que las partes hubieran designado válidamente la aplicabilidad de otro derecho.

APLICACIÓN DEL DERECHO EXTRANJERO Artículo 14 CCF. En la aplicación del derecho extranjero se observará lo siguiente: I. Se aplicará como lo haría el juez extranjero correspondiente, para lo cual el juez podrá allegarse la información necesaria acerca del texto, vigencia, sentido y alcance legal de dicho derecho; II. Se aplicará el derecho sustantivo extranjero, salvo cuando dadas las especiales circunstancias del caso, deban tomarse en cuenta, con carácter excepcional, las normas conflictuales de ese derecho, que hagan aplicables las normas sustantivas mexicanas o de un tercer estado; III. No será impedimento para la aplicación del derecho extranjero, que el derecho mexicano no prevea instituciones o procedimientos esenciales a la institución extranjera aplicable, si existen instituciones o procedimientos análogos; IV. Las cuestiones previas, preliminares o incidentales que puedan surgir con motivo de una cuestión principal, no deberán resolverse necesariamente de acuerdo con el derecho que regule a esta última; y V. Cuando diversos aspectos de una misma relación jurídica estén regulados por diversos derechos, éstos serán aplicados armónicamente, procurando realizar las finalidades perseguidas por cada uno de tales derechos. Las dificultades causadas por la aplicación simultánea de tales derechos se resolverán tomando en cuenta las exigencias de la equidad en el caso concreto. Lo dispuesto en el presente artículo se observará cuando resultare aplicable el derecho de otra entidad de la Federación. Artículo 15 CCF. No se aplicará el derecho extranjero: I. Cuando artificiosamente se hayan evadido principios fundamentales del derecho mexicano, debiendo el juez determinar la intención fraudulenta de tal evasión; y II. Cuando las disposiciones del derecho extranjero o el resultado de su aplicación sean contrarios a principios o instituciones fundamentales del orden público mexicano.


CÓDIGO CIVIL FEDERAL

19

Tesis relacionadas con esta norma: Registro digital: 2004209 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Décima Época Materias(s): Civil Tesis: I.5o.C.38 C (10a.) Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro XXIII, Agosto de 2013, Tomo 3, página 1635 Tipo: Aislada DERECHO EXTRANJERO. NOCIÓN E IMPLICACIONES PROPIAS PARA SU APLICACIÓN. Por derecho extranjero se entiende el conjunto de normas y reglas jurídicas que no son nacionales del país donde deban aplicarse ni internacionales. La aplicación de reglas de conflicto nacionales tiene por resultado la designación de un derecho extranjero como aplicable a un caso concreto. A su vez, la aplicación de normas de derecho extranjero suele darse en dos niveles: el primero, en el momento de la aplicación de las reglas de conflicto; y, el segundo, en el momento del reconocimiento o ejecución de sentencias extranjeras y laudos arbitrales, sean internacionales o extranjeros. La aplicación de ese derecho extranjero sobre el territorio nacional plantea problemas jurídicos relativos a la autoridad de dicho derecho, a la prueba de su contenido y a las modalidades de su interpretación y aplicación. En lo que se refiere a los dos niveles de aplicación de ese derecho, debe observarse que únicamente en el primero puede hablarse de una estricta aplicación del derecho extranjero por el Juez nacional; en el segundo, se trata tan sólo de reconocer o dar ejecución a una decisión que ha sido emitida conforme a otro derecho; en este caso, el derecho extranjero ya ha sido aplicado por un Juez o árbitro extranjeros; es decir, se trataría de derechos adquiridos en el extranjero. QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 740/2010. Spectrasite Communications, Inc. 15 de diciembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández Ruiz de Mosqueda. Secretario: Ricardo Mercado Oaxaca.

MANIFESTACIÓN EXPRESA DEL CONSENTIMIENTO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Artículo 1803 CCF. El consentimiento puede ser expreso o tácito, para ello se estará a lo siguiente: I. Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos, y II. El tácito resultará de hechos o de actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo, excepto en los casos en que por ley o por convenio la voluntad deba manifestarse expresamente.


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CÓDIGO DE COMERCIO

CÓDIGO DE COMERCIO El Código de Comercio, expedido bajo el gobierno de Porfirio Diaz, fue publicado del 7 de octubre al 13 de diciembre de 1889 y entró en vigor el 1° de enero de 1890, es el ordenamiento mercantil que en un inicio reunió toda la regulación mercantil en una sola. No obstante, con el paso del tiempo, diferentes secciones se fueron derogando para dar origen a leyes especializadas como la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley sobre el Contrato de Seguro, entre otras. En la actualidad los actos de comercio se regulan por este Código, así como todas las leyes mercantiles que les correspondan en lo especial. Supletoriamente, es aplicable el Código Civil Federal. De las normas contenidas dentro del Código de Comercio, el notario debe observar las relativas al Registro Público de Comercio, Prestación de Servicios de Certificación y actuaciones dentro de Juicios Mercantiles. El Registro Público de Comercio es dependiente de la Secretaría de Economía, sin embargo las autoridades de los registros públicos de la propiedad local tiene la facultad de operarlo a través de los convenios de coordinación suscritos para tal efecto. Así el Registro Público de Comercio opera con sistemas informáticos para la captura, almacenamiento, custodia, seguridad, consulta, reproducción, verificación, administración y transmisión de la información registral. A diferencia del procedimiento registral local, la inscripción de actos mercantiles del Registro Público de Comercio comprende las fases de recepción, análisis, calificación y emisión. OBLIGACIÓN DE OTORGAR FIANZA, CUANDO EL NOTARIO ESTÉ AUTORIZADO PARA ACCEDER A LA BASE DE DATOS DEL RPC Artículo 30 bis CodCom. La Secretaría podrá autorizar el acceso a la base de datos del Registro Público de Comercio a personas que así lo soliciten y cumplan con los requisitos para ello, en los términos de este Capítulo, el reglamento respectivo y los lineamientos que emita la Secretaría, sin que dicha autorización implique en ningún caso inscribir o modificar los asientos registrales. La Secretaría expedirá los certificados digitales que utilicen las personas autorizadas para firmar electrónicamente la información relacionada con el Registro Público de Comercio y demás usuarios; asimismo, podrá reconocer para el mismo fin certificados digitales expedidos por otras autoridades certificadoras siempre y cuando, a su juicio, presenten el mismo grado de confiabilidad y cumplan con las medidas de seguridad que al efecto establezca la Secretaría. Artículo 30 bis 1 CodCom. Cuando la autorización a que se refiere el artículo anterior se otorgue a notarios o corredores públicos, dicha autorización permitirá, además, el envío de información por medios digitales al Registro y la remisión que éste efectúe al fedatario público correspondiente del acuse que contenga el número de control o sello digital de tiempo a que se refiere el artículo 21 bis 1 de este Código. Los notarios y corredores públicos que soliciten dicha autorización deberán otorgar una fianza o garantía a favor de la Tesorería de la Federación y registrarla ante la Secretaría, para garantizar los daños que pudieran ocasionar a los particulares y a la Secretaría con motivo de la operación del programa informático y el uso de la información del registro, incluida la que corresponde a la Sección Única del


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