EL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO Enfoque sistémico de la interpretación constitucional y convencional
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia.
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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EL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO Enfoque sistémico de la interpretación constitucional y convencional
FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA ERÉNDIRA NOHEMÍ RAMOS VÁZQUEZ ISAÍAS MARTÍNEZ FLORES
tirant lo blanch Ciudad de México, 2021
Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com. El principio democrático. Enfoque sistémico de la interpretación constitucional y convencional 1.a edición, 2021. D. R. © Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Carlota Armero 5000, CTM Culhuacán, 04480, Coyoacán, Ciudad de México. Teléfonos 55-5728-2300 y 55-5484-5410. www.te.gob.mx editorial@te.gob.mx Edición: Dirección General de Documentación. ISBN: 978-84-1397-042-4 Las opiniones expresadas en la presente obra son responsabilidad exclusiva de quien las emite.
© Felipe Alfredo Fuentes Barrera Eréndira Nohemí Ramos Vázquez Isaías Martínez Flores
© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Tirant lo Blanch México Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Hipódromo, Cuauhtémoc, 06100, Ciudad de México infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1397-043-1 MAQUETACIÓN: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Índice SEMBLANZAS CURRICULARES........................................................... 11 PRÓLOGO............................................................................................... 13 INTRODUCCIÓN................................................................................... 19 CAPÍTULO PRIMERO ALCANCES TEÓRICOS DE CONSTITUCIÓN Y DEMOCRACIA........ 23 I. La construcción teórica de la constitución.......................................... 23 II. La construcción teórica de la democracia........................................... 37 III. El Estado democrático de Derecho y la interpretación constitucional y convencional.................................................................................... 46 1. Marco histórico: transición del Estado legal de Derecho al Estado constitucional de Derecho ................................................... 47 2. Marco filosófico: conexión entre el Derecho y la moral............... 49 3. Marco teórico: la Constitución como fuente del Derecho y su interpretación moral.................................................................... 52 4. Teorías de interpretación constitucional...................................... 57 A. Tesis del control de la constitucionalidad del poder político. 58 B. Tesis del constitucionalismo político................................... 65 4. Democracia y límites a las mayorías............................................ 69 CAPÍTULO SEGUNDO INTERPRETACIÓN DEL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO POR CORTES CONSTITUCIONALES: MÉXICO, COLOMBIA Y COSTA RICA. 79 I. La construcción jurisprudencial de las altas cortes mexicanas ........... 80 1. Suprema Corte de Justicia de la Nación....................................... 80 a) Naturaleza y funciones del Estado...................................... 81 b) Democracia ....................................................................... 84 c) Derechos sustantivos.......................................................... 85 d) Derechos político-electorales ............................................. 86 e) Participación política.......................................................... 87 f) Actos de naturaleza legislativa............................................ 88 g) Libertad de expresión......................................................... 91 h) Libre asociación................................................................. 93 i) Democracia en instituciones educativas.............................. 94 j) Democracia laboral............................................................ 94
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k) Partidos políticos ............................................................... 95 l) Derecho punitivo................................................................ 97 m) Derechos colectivos............................................................ 98 2. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación................. 99 a) Elementos del régimen democrático.................................... 100 b) Soberanía........................................................................... 100 c) Democracia directa............................................................. 101 d) Derecho de asociación........................................................ 102 e) Sistemas normativos internos............................................. 103 f) Igualdad política................................................................. 105 g) Libertad de expresión y acceso a la información................. 105 h) Vida interna de los institutos políticos................................ 106 i) Equilibrio entre poderes..................................................... 107 j) Suspensión de los derechos político-electorales................... 108 k) Modulación del derecho al voto......................................... 108 l) Cargos de elección popular................................................. 109 II. Modelos de interpretación en el derecho comparado.......................... 110 1. Sala Constitucional de la Suprema Corte de Justicia de Costa Rica.. 110 a) Positivación del principio democrático............................... 110 b) Equilibrio entre las mayorías y las minorías....................... 112 c) Derechos humanos, Derecho penal e independencia judicial. 113 d) Constitucionalidad de las normas....................................... 114 e) Representación, participación y alternancia en el poder...... 114 f) Procedimiento legislativo.................................................... 116 g) Reformas a la constitución................................................. 116 h) Síntesis de criterios............................................................. 117 2. Corte Constitucional de Colombia.............................................. 119 a) Función de los jueces constitucionales................................ 119 b) Principio mayoritario......................................................... 120 c) Universalidad del principio democrático............................. 121 d) Principio de unidad de materia........................................... 122 e) Imperio del Derecho........................................................... 123 f) Democracia participativa.................................................... 123 g) Mecanismos de ejercicio democrático................................. 126 h) Democracia sustancial........................................................ 126 i) Estado social y democrático de Derecho............................. 127 j) Comunidad política y social............................................... 128 k) Educación democrática....................................................... 129 l) Función parlamentaria....................................................... 129 m) Sufragio libre...................................................................... 130 o) Seguridad y defensa............................................................ 130 p) Distribución de recursos públicos....................................... 131 q) Organización electoral........................................................ 131 r) Síntesis de criterios............................................................. 131
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3. Evidencias comparativas.............................................................. 134 CAPÍTULO TERCERO EL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO EN EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS....................... 137 I. Instrumentos interamericanos................................................................ 137 II. Método hermenéutico o interpretativo.................................................. 139 III. Método sistémico................................................................................ 143 1. Democracia representativa........................................................... 144 2. Democracia pluralista.................................................................. 146 3. Tensión entre las mayorías y el principio democrático................. 147 4. El voto......................................................................................... 148 5. Libertad de expresión y acceso a la información.......................... 150 6. Ius puniendi................................................................................. 151 7. Jurisdicción militar...................................................................... 152 8. Limitación de los derechos políticos............................................ 152 9. Diagnóstico del principio democrático en el Sistema Interamericano 152 CAPÍTULO CUARTO LA DEMOCRACIA COMO FORMA DE VIDA Y BASE DE LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL.............. 155 I. El principio democrático en el sistema constitucional mexicano......... 156 II. La democracia como forma de vida.................................................... 159 III. La argumentación desde el enfoque del principio democrático........... 166 CONCLUSIONES.................................................................................... 183 FUENTES DE CONSULTA...................................................................... 185 I. Bibliográficas...................................................................................... 185 II. Poligrafía............................................................................................ 188 III. Criterios jurisprudenciales.................................................................. 188 1. México........................................................................................ 188 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación............... 204 2. Costa Rica................................................................................... 208 3. Colombia..................................................................................... 208 4. Corte Interamericana de Derechos Humanos............................... 211 Casos contenciosos.................................................................... 211 Votos......................................................................................... 212 IV. Instrumentos internacionales.............................................................. 213 V. Audiovisuales..................................................................................... 213
SEMBLANZAS CURRICULARES DR. FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA Doctor en Derecho Constitucional, por la Universidad de Tepantlato. Es maestro en Derecho de Amparo por el Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores; y maestro en Derecho Constitucional y Amparo por la Universidad del Valle de Toluca. Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), cuenta con una especialidad Judicial en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desde noviembre de 2016. Durante el periodo de enero 2019 a noviembre de 2020 fue magistrado presidente. MTRA. ERÉNDIRA NOHEMÍ RAMOS VÁZQUEZ Abogada experta en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Sistema Interamericano. Maestra con mención honorífica en Derechos Humanos y Derecho Constitucional, por la Universidad Panamericana. Candidata a maestra en Desarrollo Internacional Sostenible, por la Universidad de Washington (EUA). Licenciada en Derecho con mención honorífica, por la Universidad de Colima. Es asesora de ponencia en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Fue abogada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Fue asistente de investigación del Dr. Sergio García Ramírez, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y el SNI-CONACyT. DR. ISAÍAS MARTÍNEZ FLORES Doctor en Derecho Constitucional, por la Universidad Tepantlato. Cuenta con estudios de maestría y especialización. Se ha desempeñado en cargos de secretario proyectista en tribunal electoral local y secretario proyectista en tribunales colegiados de circuito del Poder Judicial de la Federación. Actualmente es Secretario de Estudio y Cuenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, adscrito a la Ponencia del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera.
PRÓLOGO La Constitución mexicana emanó de la lucha revolucionaria con la promesa de cimentar una sociedad con paz, democracia, justicia y libertad. Como lo he sostenido antes, la voluntad del Constituyente fue optar por una visión en el que el desarrollo se traduzca en bienestar social. En ese sentido, la Constitución recoge un proyecto constitucional sustentado en un amplio consenso popular que si bien abreva del pensamiento liberal, establece claramente un programa de transformación social de gran calado. Este proyecto permanece inacabado, y las demandas de justicia social de todas las personas y comunidades deben ser escuchadas a cabalidad.1 En este contexto, justicia social y democracia son ideas estrechamente relacionadas.2 Hacer realidad la promesa de justicia social contenida en nuestra Constitución es fundamental para consolidar una democracia en sentido pleno. En efecto, mejorar las condiciones materiales de la vida de las personas a través de los derechos fundamentales es una precondición para consolidar una sociedad informada, robusta, equipada con las herramientas cívicas necesarias para participar plenamente en el debate público e incidir en la toma de decisiones públicas. Por otra parte, expandir la arena de participación política y abrir las puertas a todas las voces, especialmente a las que han sido históricamente marginadas, fomenta la construcción ciudadana de una sociedad más igualitaria, en la que se utilice el aparato estatal para cerrar las brechas de desigualdad y brindar oportunidades a todas las personas y comunidades, con independencia de su género, orientación sexual, color de la piel, identidad étnica, religión o cualquier otra. Nuestra Constitución contiene los elementos normativos para potenciar el círculo virtuoso entre justicia social y democracia, pues el Poder Constituyente apostó por una concepción participativa de la democracia. A diferencia de la democracia representativa –que otorga
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Arturo Zaldívar, La Suprema Corte en el tiempo de la justicia social, en Revista del Centro de Estudios Constitucionales, Año V, Núm 9, julio-diciembre 2019, p. 106. Ibidem.
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Ministro Arturo Zaldívar
a las personas un lugar secundario en el proceso político una vez que han emitido su voto– la democracia participativa busca que la sociedad se integre plenamente a un proceso continuo de toma de decisiones, en el que ciudadanía y representantes dialogamos como iguales. Así, la Constitución es un instrumento que exige abrir las puertas de la vida institucional a quienes históricamente han estado excluidos de ella, a través de los derechos de participación ciudadana. Con todo, para hacer realidad el proyecto social de la Constitución es fundamental la labor interpretativa de las juezas y jueces constitucionales. Como le apuntado antes, la idea de que los jueces constitucionales deben comprometerse con métodos interpretativos a través de los cuales se promueva el cambio social tiene un sólido desarrollo en la academia,3 desde la perspectiva del constitucionalismo transformador, para transitar hacia una sociedad más democrática, participativa e igualitaria.4 La obra que tiene en sus manos es una contribución definitiva para entender y potenciar esta relación virtuosa entre justicia social y democracia. El Principio Democrático es una investigación teórica y jurisprudencial con aplicación práctica, que ofrece una propuesta concreta para hacer realidad la promesa de igualdad y bienestar de nuestra Constitución mediante la interpretación constitucional. La pregunta central de este libro es si la democracia puede convertirse en un motor para alcanzar la justicia social. Para responder esta cuestión, los autores se embarcan en la construcción jurisprudencial del principio democrático, desde un marco normativo que reconoce a los derechos humanos –fundamento del orden civilizado– como límites a las mayorías. Su doble metodología, conceptual y de análisis sistemático de instrumentos y precedentes que provienen tanto del derecho comparado como del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, permite a los autores identificar una serie de ideas fundamentales en el constitucionalismo contemporáneo que permean el pensamiento democrático de diversas jurisdicciones en nuestra región. 3
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Ver, por ejemplo: K. E. Klare (1998), “Legal Culture and Transformative Constitutionalism”, South African Journal on Human Rights (14) 1; o bien R. Gargarella, P. Domingo y T. Roux (2006), Courts and Social Transformation in New Democracies: An Institutional Voice for the Poor, Reino Unido: Ashgat. Arturo Zaldívar, “Retos de la Suprema Corte”, Nexos, 1 de noviembre de 2018.
Prólogo
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A partir de estos hallazgos, los autores elaboran una propuesta normativa de principio democrático que, por un lado, encuentra clara resonancia con nuestro marco constitucional, y por otro, tiene la capacidad de impactar en todas las relaciones de la vida social, a través de un enfoque interpretativo con vocación transformadora. Bajo esta concepción, las personas juzgadoras están llamadas a reinterpretar las instituciones de un modo que permita mitigar los factores que generan, reproducen y perpetúan la desigualdad. La novedosa propuesta de los autores es de especial importancia porque proporciona un marco interpretativo para evaluar, calibrar y aplicar los distintos mecanismos de democracia, y más ampliamente para seguir debatiendo sobre qué implica la construcción de una democracia en sentido pleno. *** En el primer capítulo, (“Alcances teóricos de Constitución y Democracia”) la obra nos lleva por un recorrido histórico del constitucionalismo y la democracia, que comienza en la antigua Grecia, pasa por la transición del Estado de Derecho Legal al Estado de Derecho Constitucional, y concluye con la importancia de la Constitución para la justicia social y para la consolidación de los valores democráticos. A partir de este recorrido los autores hacen patente la importancia del juez constitucional, quien tiene a su cargo la función de hacer valer los principios democráticos que permitan edificar una sociedad igualitaria. En el segundo capítulo (Interpretación del Principio Democrático por Cortes Constitucionales: México, Colombia y Costa Rica), los autores exploran el ejercicio de la interpretación constitucional y la construcción jurisprudencial en las cortes constitucionales de México, Colombia y Costa Rica. Sostienen que la jurisprudencia mexicana se ha construido en buena medida sobre la base de los principios del estado social democrático. Específicamente, los autores sostienen que la Suprema Corte ha contribuido a la consolidación de la justicia social, mediante el desarrollo tanto de derechos sustantivos, como los derechos político-electorales en beneficio de la ciudadanía. Paralelamente, los autores retoman las decisiones que ha tomado el Tribunal Electoral para trazar la dimensión del principio democrático, al interpretar a la soberanía como el pilar del modelo democrático.
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Ministro Arturo Zaldívar
A partir de un enfoque comparado, los autores reconstruyen las bases de la jurisprudencia de la Sala Constitucional de la Suprema Corte de Justicia de Costa Rica y destacan la positivización que se le ha dado al principio democrático. Asimismo, abordan la importancia que tienen los principios de representación, participación y alternancia en el poder para la Suprema Corte de Costa Rica, y muestran la forma en que contribuyen a la construcción de un Estado Social y Democrático de Derecho. Posteriormente, los autores explican la función que desempeñan los jueces constitucionales de la Corte Constitucional de Colombia y particularmente la importancia que tiene la universalidad del principio democrático en su jurisprudencia, con énfasis en la relevancia del principio de unidad de materia. Finalmente, los autores hacen un ejercicio comparativo de los criterios y jurisprudencias que han desarrollado las tres cortes constitucionales y concluyen, esencialmente, que la democracia posee una dimensión sustancial compuesta por los derechos humanos, que la democracia tiene una esencia política, que los jueces dotan de sentido al principio democrático, y que la jurisprudencia de los tribunales constitucionales ocupa un lugar fundamental en la construcción de una sociedad más democrática e igualitaria. En el tercer capítulo (Principio Democrático en el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos) los autores destacan la importancia de los instrumentos internacionales, como la Carta Democrática Interamericana que señala que “la democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de las libertades fundamentales y los derechos humanos en su carácter universal”. Asimismo, los autores describen el papel de la Corte Interamericana en la construcción de un parámetro aplicable en las distintas jurisdicciones constitucionales vinculadas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A partir de este trabajo, los autores ofrecen un diagnóstico del principio democrático en el sistema interamericano, confirman que el voto es el núcleo esencial de la libertad política, y destacan la forma en que la libertad de expresión y el acceso a la información legitiman a la democracia. En el cuarto y último capítulo (La Democracia como forma de vida y base de la interpretación constitucional y convencional), los autores presentan su propuesta interpretativa, basada en el trabajo desarrolla-
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do en los capítulos precedentes. Para ello, los autores establecen dos tesis centrales. La primera es la democracia como forma de vida, que conduce a una profunda reflexión sobre el papel que deben desempeñar las instituciones públicas para consolidar el proyecto del Estado Democrático y Social. La segunda es la democracia como sistema de vida fundado en el mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, que pone el énfasis en garantizar la dignidad humana mediante la satisfacción de los derechos sociales, económicos, políticos y culturales. A partir de lo anterior, los autores proponen adoptar al principio democrático como un enfoque interpretativo que permita reconstruir las instituciones de un modo orientado a la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. Esta propuesta interpretativa busca rescatar valores como el humanismo, el progreso, la solidaridad y la unidad nacional, y revitalizar la intervención ciudadana en los procesos de las decisiones socialmente relevantes. Desde esta perspectiva, la democracia como sistema de vida es una concepción efectiva para proteger la dignidad humana, desde un enfoque colectivo e incluyente. *** El Principio Democrático es una aportación esencial para entender al principio democrático como un motor para alcanzar la justicia social. El libro no sólo ofrece una comparación digerida de los principios rectores de nuestra democracia constitucional, sino una propuesta concreta para materializar el proyecto de justicia social contenido en la Constitución de 1917 a través de la participación ciudadana. En esa medida, se trata de una obra de gran utilidad para todas las personas juzgadoras de nuestro país, y de especial valor para quien se interesan por los debates sobre constitución, sociedad y democracia. Felicito el magnífico trabajo realizado por el Magistrado Felipe Fuentes Barrera, así como por Eréndira Nohemí Ramos Vázquez e Isaías Martínez Flores, quienes han contribuido de forma muy significativa a los debates sobre constitución y democracia, y particularmente al entendimiento sobre el rol transformador que pueden y deben desempeñar los tribunales mediante su actividad interpretativa.
MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR
Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal
INTRODUCCIÓN La democracia es el pilar que sostiene la forma en que se manifiesta la voluntad ciudadana tanto en la obtención del poder como en su organización con base en los derechos fundamentales. La democracia abre la posibilidad de reflexionar sobre el modo en que contribuye al desarrollo de los objetivos del Estado. Del mismo modo, es consustancial a la teoría constitucional, pues responde a la importancia de la explicación científica de los fenómenos que se desarrollan a través del ejercicio del poder y sus límites. Así, solo resulta posible caracterizar a la democracia a partir de su delimitación como modelo que suministra la respuesta inmediata a las variadas incidencias de la vida social. A la hora de analizar la democracia, conviene considerar que la constitución dio forma a la organización estatal a través de la sistematización de sus fundamentos, sus estructuras y sus fines. De hecho, la explicación de la organización política constituye la temática central del pensamiento político-filosófico de los siglos XIX y XX. El punto de origen es la función del poder, que en la realidad social tiene como base la constitución y la democracia.1 El propósito de este volumen es llevar a cabo un análisis de la democracia a partir de su conceptualización política y jurídica, vinculada al tipo de Estado –el Estado democrático y social de Derecho–, y, aunado a ello, de su caracterización como proyecto de vida. En este sentido, interesa de manera especial examinar cómo los tribunales constitucionales han interpretado y aplicado dicho concepto en la resolución de los casos jurídicos. La teoría tradicional de la democracia se ha desbordado en la simetría de lo político. Desde esa perspectiva, el presente trabajo tiene por objeto delinear el estado de la cuestión en relación con la funcionalidad del principio democrático en el tipo de Estado y las estructu-
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El sistema político se entiende como «un concepto fundamental para el análisis de lo político, que abarca, de acuerdo con el concepto de la política de tres dimensiones, la totalidad de las instituciones políticas (estructuras), los procesos políticos y los contenidos de las decisiones políticas» (Nohlen, Dieter y Berenhared Thibaut, «El sistema político», en H. Sánchez de la Barquera y Arroyo (ed.), Fundamentos, teoría e ideas políticas, v. I, México: UNAM, 2014, pp. 183-184).
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Felipe A. Fuentes Barrera, Eréndira N. Ramos Vázquez e Isaías Martínez Flores
ras del ejercicio de poder con base en sus elementos formales (procedimentales) y sustanciales (derechos humanos). Así, los argumentos interpretativos sobre la democracia giran en torno a los procesos en los que se desarrolla y a los derechos fundamentales que le brindan sustento y vitalidad. Indagar qué es y cómo debe comprenderse el principio democrático reclama tomar en cuenta, además del ámbito teórico, la importante construcción jurisprudencial que sobre aquel se ha realizado, lugar común en que se han delimitado sus elementos esenciales. Igualmente, democracia y constitución son figuras ancladas a la voluntad popular, de ahí que las razones que permiten su análisis encuentren mayor peso y ámbito de tutela en la propia constitución y no fuera de ella. La manera de razonar sobre el valor de la voluntad popular tiene su fundamento en la democracia como principio, que articula las decisiones mayoritarias; sin embargo, su límite está en la constitución y en los derechos humanos en ella reconocidos, límite que asegura el equilibrio entre las fuerzas ideológicas que le dan continuidad y gobernabilidad. De esa manera, tenemos un modelo de constitucionalismo que es defendido por la judicatura constitucional y ejercido por la ciudadanía. Esta relación incentiva la participación y la deliberación política en los espacios de las decisiones fundamentales. El objetivo esencial de esta obra consiste en identificar el sentido asignado jurisprudencialmente al término «democracia» y la manera en que su contenido se ha relacionado con la vida social. Por lo tanto, su finalidad es realizar una aproximación al principio democrático a partir de un recorrido por las corrientes teóricas y los criterios jurisprudenciales más representativos con el fin de proporcionar herramientas útiles en la interpretación y los ámbitos de aplicación de dicho principio. La adecuada comprensión del principio democrático desde las perspectivas teórica y práctica nos proporciona información sobre su naturaleza, implicaciones y alcance. Al mismo tiempo, nos permite descubrir la línea de pensamiento de la justicia constitucional e interamericana a la hora de resolver controversias relacionadas con su contenido jurídico-valorativo. Este ejercicio es la base a partir de la cual se construye una propuesta de interpretación de la democracia como forma de vida coherente con el Estado democrático de Derecho.