manuales
8ª EDICIÓN
DERECHO DE DAÑOS
Encarna Roca Trías Mónica Navarro Michel
Libros de texto para todas las especialidades de Derecho, Criminología, Economía y Sociología. Una colección clásica en la literatura universitaria española. Todos los títulos de la colección manuales los encontrará en la página web de Tirant lo Blanch, www.tirant.es
Textos y materiales
9 788413 556871
8ª EDICIÓN
978-84-1355-687-1
DERECHO DE DAÑOS
Textos y materiales
Encarna Roca Trías Mónica Navarro Michel
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DERECHO DE DAÑOS Textos y materiales
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania)
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Héctor Olasolo Alonso
Owen Fiss
Luciano Parejo Alfonso
Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda) Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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DERECHO DE DAÑOS Textos y materiales 8ª Edición
ENCARNA ROCA TRÍAS MÓNICA NAVARRO MICHEL
tirant lo blanch Valencia, 2020
Copyright ® 2020 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.
© Encarna Roca Trías Mónica Navarro Michel
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email: tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1355-688-8 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Índice Citas legislativas............................................................................................................. 13 Introducción a la 8ª edición............................................................................................ 15
I. LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 1. DERECHO DE DAÑOS Y RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL....................................................................................................................... 17 1. Concepto general................................................................................................. 17 2. Una idea de la evolución...................................................................................... 18 3. La histórica contraposición culpa-riesgo y la evolución hacia formas de responsabilidad objetiva................................................................................................ 19 4. Las funciones del derecho de daños..................................................................... 22 2. LA REGLA BÁSICA DE IMPUTACIÓN: LA CULPA............................................... 25 1. La regla general: la culpa como criterio de imputación básico............................. 25 2. La evolución jurisprudencial hacia criterios objetivos.......................................... 26 a) La inversión de la carga de la prueba............................................................. 27 b) Elevación del nivel de diligencia o juicio de previsibilidad.............................. 27 c) La introducción del criterio del riesgo............................................................ 28 3. El retorno a la culpa como criterio de imputación............................................... 28 3. EL RIESGO COMO CRITERIO DE IMPUTACIÓN............................................... 29 4. LAS FUENTES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL................................................ 31 1. La cláusula general.............................................................................................. 31 2. Las leyes especiales.............................................................................................. 32 3. La dualidad de regulaciones civil y penal............................................................. 33 4. Los principios generales....................................................................................... 33 5. La antijuridicidad................................................................................................ 34
II. RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL 1. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL..................... 49 1. Concepto............................................................................................................. 49 2. Los criterios de la distinción................................................................................ 50 3. Los efectos de la distinción.................................................................................. 51 4. Los efectos procesales.......................................................................................... 53 5. Los criterios de distinción en la jurisprudencia.................................................... 55 2. TRATOS PRELIMINARES Y DAÑOS..................................................................... 58 1. Concepto............................................................................................................. 58 2. El régimen de la responsabilidad......................................................................... 59
III. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE DELITO 1. LOS ORÍGENES DE LA DOBLE REGULACIÓN.................................................... 67
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Índice
2. LA NATURALEZA DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE DELITO. 67 3. LOS SUJETOS RESPONSABLES.............................................................................. 72 1. Imputabilidad...................................................................................................... 72 2. Supuestos de exención de responsabilidad penal y sus consecuencias en la responsabilidad civil...................................................................................................... 73 a) El menor de edad........................................................................................... 74 b) Anomalías o alteraciones psíquicas permanentes y transitorias...................... 74 c) Legítima defensa............................................................................................ 76 d) Estado de necesidad....................................................................................... 76 e) Daños causados en el ejercicio de un deber o el ejercicio de un cargo............. 77 f) Los que hayan causado el miedo insuperable................................................. 77 3. Responsabilidad civil subsidiaria......................................................................... 77 4. La acción para reclamar la responsabilidad civil derivada de delito..................... 84
IV. LA RESPONSABILIDAD POR ACTO PROPIO 1. PREVIO: LOS REQUISITOS.................................................................................... 111 2. LA RESPONSABILIDAD POR ACTO PROPIO....................................................... 112 1. La conducta que origina la obligación de resarcir: acción y omisión.................... 112 2. La culpa como criterio de imputación................................................................. 113 a) Intencionalidad.............................................................................................. 115 b) La negligencia................................................................................................ 115 c) La diligencia................................................................................................... 117 d) La diligencia y el cumplimiento de reglamentos............................................. 119 e) La prueba de la culpa..................................................................................... 120 3. La exclusión de la responsabilidad...................................................................... 121 a) El caso fortuito y la fuerza mayor.................................................................. 121 b) El uso legítimo del propio derecho................................................................. 122 4. La imputabilidad subjetiva.................................................................................. 124 a) Menores de edad............................................................................................ 124 b) Incapaces....................................................................................................... 125 c) Personas jurídicas........................................................................................... 126
V. LA CULPA PROFESIONAL 1. LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL. CUESTIONES GENERALES................ 139 1. Responsabilidad contractual o extracontractual.................................................. 139 2. La responsabilidad profesional y el seguro.......................................................... 139 2. LA RESPONSABILIDAD DEL MÉDICO Y OTRAS PROFESIONES SANITARIAS.................................................................................................................... 140 1. Sujetos responsables............................................................................................ 140 2. Los criterios de imputación................................................................................. 141 a) La culpa......................................................................................................... 141 b) La lex artis..................................................................................................... 144 c) El error de diagnóstico y de tratamiento........................................................ 145 d) Incumplimiento de deberes: falta de consentimiento o información............... 146 3. Prueba de la culpa en los actos médicos............................................................... 150 3. RESPONSABILIDAD DE LAS PROFESIONES JURÍDICAS..................................... 152
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4. RESPONSABILIDAD DE LOS AUDITORES............................................................ 154
VI. RESPONSABILIDAD POR HECHO AJENO 1. RESPONSABILIDAD DIRECTA POR HECHO AJENO.......................................... 173 1. Concepto y fundamento...................................................................................... 173 2. Caracteres de la responsabilidad por hecho ajeno................................................ 174 2. RESPONSABILIDAD DE PADRES Y TUTORES...................................................... 176 1. Concepto y fundamento...................................................................................... 176 2. Requisitos............................................................................................................ 178 3. Sujetos responsables............................................................................................ 178 4. Acción de regreso................................................................................................ 179 3. RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO............................................................... 179 1. Concepto y fundamento...................................................................................... 179 2. Requisitos............................................................................................................ 182 3. Sujetos responsables............................................................................................ 183 4. La acción de regreso............................................................................................ 184 4. RESPONSABILIDAD DE LOS TITULARES DE CENTROS DOCENTES............... 185 1. Concepto y fundamento de la responsabilidad por hecho de los alumnos............ 185 2. Requisitos............................................................................................................ 186 3. Sujetos responsables............................................................................................ 187 4. Responsabilidad del titular del centro docente por los daños ocasionados por sus profesores............................................................................................................ 187 5. La acción de regreso............................................................................................ 188
VII. LA CAUSALIDAD 1. PLANTEAMIENTO................................................................................................. 201 2. LA CAUSALIDAD MATERIAL................................................................................ 202 3. LA CAUSALIDAD JURÍDICA: LA IMPUTACIÓN OBJETIVA................................. 202 1. La causalidad adecuada....................................................................................... 204 2. La equivalencia de las condiciones....................................................................... 205 3. La postura del Tribunal Supremo........................................................................ 205 4. RELACIÓN DE CAUSALIDAD Y RESPONSABILIDAD OBJETIVA....................... 206 5. LA PRUEBA DEL NEXO DE CAUSALIDAD........................................................... 207 6. CONCURRENCIA DE CAUSAS.............................................................................. 209 7. PLURALIDAD DE RESPONSABLES........................................................................ 210 1. Daño causado por miembro indeterminado de un grupo: culpa anónima............ 210 2. Coautoría............................................................................................................ 211 3. Pluralidad de responsables................................................................................... 212 8. LA CULPA DE LA VÍCTIMA Y LA CONCURRENCIA DE CULPAS..................... 212 9. LA ASUNCIÓN DEL RIESGO POR PARTE DE LA VÍCTIMA............................... 216
VIII. EL DAÑO 1. CONCEPTO Y REQUISITOS.................................................................................. 233 2. CLASES DE DAÑOS................................................................................................ 235
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1. Por su naturaleza................................................................................................. 235 2. Por su duración................................................................................................... 237 3. VALORACIÓN........................................................................................................ 238 1. Los daños materiales........................................................................................... 238 2. Los daños morales............................................................................................... 238 3. Criterios generales............................................................................................... 239 4. Los baremos........................................................................................................ 239 4. DAÑOS A LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS PERSONAS..................................... 240 1. Indemnización por causa de muerte..................................................................... 240 2. Lesiones corporales............................................................................................. 241 3. Daños derivados de la pérdida de una oportunidad............................................. 242 5. LESIÓN DEL DERECHO AL HONOR, LA INTIMIDAD Y LA IMAGEN............. 243 6. DAÑOS DERIVADOS DE RELACIONES FAMILIARES......................................... 244 7. LOS DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE.................................................................... 246
IX. OBLIGACIÓN JURÍDICA DE REPARAR EL DAÑO 1. CARACTERÍSTICAS DE LA OBLIGACIÓN JURÍDICA DE REPARAR EL DAÑO...................................................................................................................... 263 1. La indemnización como obligación..................................................................... 263 2. Características..................................................................................................... 264 a) Deuda de valor............................................................................................... 264 b) Obligación no personalísima.......................................................................... 265 c) Obligación solidaria....................................................................................... 265 d) Obligación renunciable.................................................................................. 268 e) Obligación ilíquida........................................................................................ 269 2. LA CONCURRENCIA DE OBLIGACIONES DE INDEMNIZAR.......................... 272 1. La compensatio lucri cum damno........................................................................ 272 2. La concurrencia de obligaciones de indemnizar en accidentes de trabajo............. 274 3. Observaciones finales.......................................................................................... 275 3. LAS FORMAS DE REPARACIÓN DEL DAÑO....................................................... 276 1. La reparación por resarcimiento en forma específica........................................... 276 2. El resarcimiento pecuniario o por equivalente..................................................... 278 4. LA RECLAMACIÓN CONVENCIONAL Y LA JUDICIAL. LA ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD...................................................................................................... 279 1. El acuerdo transaccional...................................................................................... 279 2. La reclamación judicial........................................................................................ 280 a) Legitimación activa y pasiva.......................................................................... 280 b) Acreditación de los daños.............................................................................. 281 c) Demostración de la concurrencia de los requisitos......................................... 281 5. LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN..................................................................... 281 6. LA PREVENCIÓN DE LAS CONSECUENCIAS DE LA RESPONSABILIDAD: EL SEGURO.................................................................................................................. 284 1. El fundamento del seguro de responsabilidad civil............................................... 284 2. Concepto y caracteres.......................................................................................... 285 3. Clases de seguro de responsabilidad.................................................................... 286 a) Seguro obligatorio.......................................................................................... 286 b) Seguro voluntario........................................................................................... 288
Índice
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4. Ámbito del seguro............................................................................................... 288 5. La acción directa contra el asegurador................................................................ 289 6. Excepciones de la aseguradora frente a la reclamación........................................ 290
X. LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA 1. LA NATURALEZA DE LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA.................................. 303 2. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CAUSADOS POR ANIMALES........................ 306 1. Caracteres generales............................................................................................ 306 2. Daños ocasionados por la caza............................................................................ 306 3. Daños ocasionados por animales fieros............................................................... 308 3. RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO.............................................................. 309 1. Cuestiones generales............................................................................................ 309 2. La responsabilidad por los daños causados por la caída de edificios.................... 311 3. La responsabilidad por explosiones e inmisiones................................................. 312 4. La responsabilidad por caídas de árboles............................................................. 314 4. LA RESPONSABILIDAD DE LOS TÉCNICOS POR DEFECTOS DE LA CONSTRUCCIÓN............................................................................................................. 315 5. LA RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO DE VEHÍCULOS DE MOTOR....... 316 6. RESPONSABILIDAD POR COSAS QUE SE ARROJAN O SE CAEN...................... 318
XI. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO Y DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 1. CONCEPTO, FUNDAMENTO, NORMATIVA APLICABLE Y CARACTERÍSTICAS.......................................................................................................................... 329 2. LAS CAUSAS DE LA RESPONSABILIDAD............................................................. 332 3. REQUISITOS............................................................................................................ 333 4. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD......................................... 340 5. LA OBLIGACIÓN DE REPARAR............................................................................ 341 6. EL PROCEDIMIENTO............................................................................................ 344 7. LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO LEGISLADOR.......................................... 347 8. LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA..................... 350 9. TIPOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD........................................................ 354
XII. TIPOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD 1. LA RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR............................................................................................................. 371 1. Sujetos responsables............................................................................................ 372 2. Régimen de responsabilidad................................................................................ 373 3. Reclamación de la indemnización........................................................................ 374 4. El Consorcio de Compensación de Seguros......................................................... 375 5. Los baremos........................................................................................................ 375 2. LA RESPONSABILIDAD POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS.............................. 377 1. Concepto de producto defectuoso....................................................................... 378 2. Sujetos................................................................................................................. 378
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Índice
a) Sujetos protegidos.......................................................................................... 378 b) Sujetos responsables....................................................................................... 378 3. Régimen de responsabilidad................................................................................ 379 4. Causas de exoneración........................................................................................ 380 5. Daños cubiertos y límites cuantitativos................................................................ 382 6. Prescripción de la acción..................................................................................... 383 3. LA RESPONSABILIDAD EN LA LEGISLACIÓN DE CONSUMO.......................... 383 4. RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES NUCLEARES........................................ 384 Bibliografía General....................................................................................................... 399
Citas legislativas CC CCCat CE CP LAC LC LCS LEC LECrim LEN LF LGDCU LGSS LJCA LNA LODA LOE LOPJ LORPM LOPS LPACAP LPD LPI
LPRL LR
Código Civil Código Civil de Cataluña Constitución española de 1978 Código Penal Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza Ley 50/1980, de 8 de octubre, reguladora del Contrato de Seguro Ley de Enjuiciamiento Civil Ley de Enjuiciamiento Criminal Ley 25/1964, de 29 de abril, reguladora de la energía nuclear Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones Ley 26/1984, de 19 de julio, general para la defensa de los consumidores y usuarios Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre navegación aérea Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial Ley Orgánica 5/2000, de 12 enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones públicas Ley 22/1994, de 6 de julio, de responsabilidad civil por los daños causados por productos defectuosos (derogada) Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia Ley 31/1995, de 8 de noviembre, que regula la prevención de riesgos laborales Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
14 LRCDN LRCSCVM
LRJAP LRJSP LRM LSC LSP PETL STJUE TRLGDCU
TR TRLCSP
Citas legislativas
Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor Ley 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común (derogada) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales Principles of European Tort Law Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias Texto Refundido Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
Introducción a la 8ª edición Este libro está destinado a profesionales y estudiantes. Desde su lejana primera edición, en 1996, ha pretendido explicar de forma sistematizada, clara y comprensible, las grandes líneas de resolución de los problemas que plantean las disposiciones reguladoras de la responsabilidad civil. Esta institución es básica en todos los sistemas jurídicos y se expande en el momento en que los riesgos aumentan con el acrecimiento de determinadas actividades sociales, industriales y de todo tipo que van a producir una mayor inseguridad. Tomemos un ejemplo: sabemos que hay normas, complejas pero bastante seguras, que van a determinar quién es el responsable en un accidente de automóvil, es decir, quién va a reparar el daño causado. La pregunta que surge a continuación se refiere a cómo va a determinarse la responsabilidad en los casos de vehículos sin conductor, dirigidos por un sistema de inteligencia artificial, los drones o cualquier elemento no controlado por un humano. Este simple y real ejemplo va a obligarnos a repensar nuestro tradicional planteamiento, de la misma forma como hemos venido adaptando la vieja regla romana, de acuerdo con la que quien causa daño a otro debe repararlo, en aplicación del principio superior del Digesto que define el derecho como alterum non laedere. La séptima edición planteó un sistema de información (porque esto es lo que es un libro de texto) que ya en aquel momento resultaba diferente de lo que era habitual. En esta edición se mantiene la metodología allí utilizada. La doctrina o las explicaciones dogmáticas no son suficientes para dar una información completa de la materia que se pretende tratar. Especialmente en el ámbito de la responsabilidad originada por la producción de un daño. Hace años, un compañero, gran especialista en la materia, comentaba que todo el problema de la responsabilidad civil se reducía a determinar cuál de los bolsillos de los implicados en un accidente debía soportar las consecuencias del daño. Es muy simple, pero es así. Por ello son cada día más abundantes las leyes dirigidas a determinar quién va a ser el responsable en accidentes específicos (nucleares, producidos por animales, salvajes o no, de tráfico, etc.), pero a su lado, la jurisprudencia ha ido proporcionado la interpretación que debe prevalecer en cada caso concreto y en cada momento, teniendo en cuenta lo que establece el art. 3 CC, es decir, «la realidad social del tiempo en que deben ser aplicadas». Las normas principales, como el art. 1902 CC, requieren esta adaptación: el principio permanece, pero debe ser adaptado a las circunstancias a las que debe ser aplicado. Eso explica la vuelta a la responsabilidad por culpa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo de la Sala civil, o la ponderación entre responsabilidad patrimonial objetiva de la Administración pública y la aplicación del sistema objetivo en la medicina pública. Por ello, desde el
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Introducción
principio, se ha introducido en esta obra la jurisprudencia en los distintos ámbitos que cubre la materia: civil, penal y contencioso-administrativo. La edición anterior tuvo que recoger y adaptarse a las normas aprobadas en 2015, tales como la Ley 35/2015, que reformó el sistema de indemnizaciones en los accidentes de tráfico, es decir, los baremos; la Ley 40/2015, sobre régimen jurídico de las Administraciones públicas; reformas diversas en el Código penal, etc. Esta vez no hemos tenido este problema, pero sí que hay que tener en cuenta que, a partir de aquí, lo que se hace es estudiar cómo los tribunales han recogido y aplicado estas reformas. Hemos puesto al día esta edición durante el confinamiento por la pandemia del COVID-19. Ésta ha supuesto un reto enorme, de alcance sanitario, social, económico, laboral, y puede tener también un impacto jurídico. Es muy probable que el Derecho de daños tenga mucho que decir en situaciones como la de esta pandemia en las que van a formular reclamaciones, como puede ocurrir con la responsabilidad de las administraciones públicas sanitarias y de los centros geriátricos, públicos y privados, tanto en demandas efectuadas por los sanitarios como por los particulares. Habrá que estudiar qué reglas deberán aplicarse, y cómo se aplicarán los criterios de culpa, fuerza mayor, responsabilidad objetiva. Deberá también analizarse la opción de crear políticas de compensación para situaciones imprevistas, como las que se describen en el capítulo XI respecto a determinadas situaciones, como las infecciones nosocomiales o las enfermedades contraídas en el contexto hospitalario (VIH, hepatitis C). Las reglas de la responsabilidad civil siempre estarán en la base de cualquier reclamación o decisión política de compensación. Esperamos que este libro os siga siendo útil. Madrid-Barcelona, junio de 2020
ENCARNA ROCA TRÍAS
Magistrada del Tribunal Constitucional
MÓNICA NAVARRO MICHEL
Profesora Agregada Universidad de Barcelona
I. La responsabilidad civil extracontractual 1. DERECHO DE DAÑOS Y RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 1. Concepto general En términos generales, puede definirse el daño como un perjuicio que puede derivar del incumplimiento del contrato, o de la lesión causada a través de acciones u omisiones que tengan como base una intención de dañar. Se incluyen también aquellos daños ocasionados o que sean consecuencia del ejercicio de actividades que provocan un riesgo, como por ejemplo, los producidos por la conducción de automóviles. Si bien el tratamiento de las consecuencias de un determinado daño se sanciona en los diferentes ordenamientos jurídicos, no es uniforme el sistema elegido ni tampoco la propia terminología. a) El derecho de daños recibe nombres distintos según cuál sea el sistema jurídico que se estudie: en España y en los países del área de influencia del Código francés, el problema del resarcimiento de los daños injustos se estudia bajo el título genérico de la responsabilidad civil o también responsabilidad extracontractual, para distinguirla de la que deriva del incumplimiento del contrato, que se denomina contractual; en los países anglosajones se prefiere la terminología «derecho de daños», porque se pone el acento en la causa de la obligación de resarcir, es decir, el daño. En este libro se combina esta última terminología con la de responsabilidad extracontractual, porque se entiende que toda responsabilidad derivada de un daño en el sentido antes propuesto, es civil, por contraposición a la responsabilidad penal, como se verá. b) Respecto al sistema, tampoco existe una solución uniforme: en los países anglosajones y los de su área de influencia el daño queda circunscrito al correspondiente tort, porque históricamente y de acuerdo con los precedentes romanos, solo podía reclamarse por medio de acciones típicas: trespass, negligence, nuissance, etc. En el polo contrario se encuentran Francia y los países de su área de influencia, como España, en los que el sistema contiene una cláusula general que establece que quien causa daño a otro, debe reparar el daño causado. En la mitad, se encuentra el sistema alemán, que combina ambas técnicas, ya que junto a la enumeración de unos daños concretos, incluye una cláusula general, que permite el resarcimiento de los no previstos en la lista. Por ello, es complejo determinar si se acepta o no el concepto de antijuridicidad en los diferentes países europeos.
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Encarna Roca Trías
Esta diversidad tiene también un reflejo en los diferentes sistemas previstos en los grupos europeos que se ocupan de la armonización del derecho de responsabilidad civil. En este momento hay dos propuestas sobre la regulación de la responsabilidad extracontractual, que responden asimismo a diferentes sistemáticas. La contenida en el Draft Common Frame of Reference (DCFR) y la contenida en los Principles of European Tort Law (PETL), aunque presentan también importantes coincidencias. Una de las más remarcables es la regulación de la responsabilidad sobre la base de los intereses protegidos. Nos referiremos a ella en el apartado de este capítulo referido a la antijuridicidad.
2. Una idea de la evolución La evolución del sistema de responsabilidad civil se produce de forma lenta a través de los siglos a partir de la romana lex Aquilia (D.9.2.2) y alcanza su máximo desarrollo en la época actual como consecuencia del desarrollo industrial y de la necesidad de evitar que existan daños no resarcidos porque su autor no sea fácilmente identificable o no sea solvente. La estructura actual del derecho de daños es el resultado de la confluencia de distintas culturas jurídicas, en las que se funden conceptos diversos provenientes de planteamientos morales, políticos y jurídicos. La primera forma de identificar los distintos factores que intervienen en la formación actual del derecho de daños nos la proporciona la referencia al origen histórico de la responsabilidad extracontractual. Es sabido que en el Derecho romano, las obligaciones se podían dividir en cuatro clases: i) las que se originaban en los contratos; ii) las que tenían su origen en los cuasi contratos; iii) las que provenían de los delitos, y iv) las que se originaban en los cuasi-delitos. La obligación derivada del daño incluía todos los casos de delito culposo y se fundamentaba en la citada Lex Aquilia, que sirvió a lo largo de los siglos para estructurar un sistema más o menos teórico sobre la responsabilidad civil. Sin embargo, la distinción no resulta tan clara porque a veces es difícil deslindar entre el daño indemnizable producido por el incumplimiento del contrato y la indemnización por los daños provenientes de una iniuria o delito. En el primer caso, históricamente la cuestión carecía de importancia, porque lo que debía buscarse era la compensación por el incumplimiento de la prestación prometida en el contrato; en el segundo caso, la obligación de indemnizar nace con el propio daño: antes dicha obligación no existía y surge a partir de la conducta causante del daño (Ver cap. II). Los elementos históricos deben completarse con una contraposición entre los sistemas del derecho romano y los del derecho germánico: entre los romanos, no existía interés en distinguir entre indemnización por daños y pena, aunque no te-
La responsabilidad civil extracontractual
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nían la menor duda de que el fundamento de la indemnización residía en la culpa de quien causaba el daño; los germanos consideraron que la indemnización era una forma de reparación del orden jurídico alterado. De ahí que fuera para ellos más relevante el hecho que originaba la sanción. Por tanto, la indemnización por daños no incluye necesariamente la sanción. En la elaboración posterior del derecho de daños se añadirán otras corrientes filosóficas que introducirán elementos justificadores de la indemnización: el concepto de delito como derivado de la obligación de no dañar al prójimo (neminem laedere), que fue puesto de relieve por el humanismo, de donde se deducía que la obligación de indemnizar el daño era un mandato racional y de donde derivará la cuestión de la antijuridicidad; la consagración de la libertad humana como eje del sistema de daños y finalmente, la distinción entre derecho penal y derecho civil, fueron los elementos que configuraron un derecho civil de responsabilidad que influyó en los Códigos derivados del francés en base a los criterios introducidos por Domat y Pothier en los siglos XVII y XVIII. Domat distinguió los actos expresamente prohibidos por la ley (derecho penal), de aquellos que eran contrarios a la equidad, la honestidad, las buenas costumbres, etc., aunque no estuvieran expresamente prohibidos; distinguió entre las conductas que comportan una pena, la violación de las relaciones contractuales y las culpas que no derivaban de delito, ni de la violación de un acuerdo, sino del comportamiento imprudente de las personas o de la falta de custodia de las cosas o de los animales. Parecidos planteamientos se deducen de Pothier, quien volvió a la antigua clasificación romana entre delitos y cuasi delitos, como fuentes de las obligaciones, considerando que el cuasi delito era el hecho por el que una persona, sin intención directa de delinquir, causaba daño a otra con imprudencia no excusable. De ahí derivaría Pothier los caracteres del acto ilícito que darían lugar a la responsabilidad: el elemento subjetivo (dolo o culpa), el daño, como elemento objetivo, la intención que implica la imputabilidad y el nexo causal entre la conducta y el daño causado. La anterior descripción debe tenerse muy en cuenta a los efectos del actual derecho de daños en los países del área de influencia del Derecho francés.
3. La histórica contraposición culpa-riesgo y la evolución hacia formas de responsabilidad objetiva Los Códigos civiles y concretamente, el español, acogieron el esquema que se ha descrito. En definitiva, el principio de la responsabilidad se generará en los Códigos decimonónicos como consecuencia de la aplicación del fundamental dogma de la libertad individual, de acuerdo con la concepción liberal.
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Encarna Roca Trías
Pero los avances de la economía industrial comportaron que se tuviera que discutir acerca de quién debía soportar el accidente provocado por el funcionamiento de máquinas o de otros ingenios que causaban accidentes inevitables. La responsabilidad por este tipo de accidentes causados sin la directa culpa del agente o en casos en que resultaba muy difícil de probar y debidos al simple funcionamiento de las maquinarias industriales, colocaba a los juristas ante el dilema de determinar si la actividad causante del daño debía prohibirse por sus características de peligrosidad, o bien si simplemente, debía resarcirse el coste de la lesión. Y si se optaba por permitir la actividad potencialmente dañosa por considerarla socialmente útil y económicamente necesaria, lo que debía plantearse a continuación consistía en determinar qué criterios debían utilizarse para atribuir a alguien la obligación de indemnizar. En definitiva, quién debía soportar el daño. O bien, si el daño quedaba sin resarcir y era la víctima quien debía soportarlo. Surge así la teoría de la responsabilidad objetiva, responsabilidad sin culpa, strict liability, etc. en la que el daño no se atribuye a un sujeto según la participación que haya tenido en él, sino según criterios derivados del riesgo de utilización de sustancias, máquinas, etc. potencialmente peligrosas. Se dice que en estos supuestos, la responsabilidad se socializa, porque incluye conductas identificadas, como en el caso normal por la culpa y también aquellas que han creado el riesgo del que se ha derivado el daño. O porque obteniendo alguien un beneficio con las actividades perjudiciales o dañosas en general, se considera que debe soportar las cargas que esta actividad conlleva y, por tanto, resarcir los daños que puedan provocarse. De este modo, se adoptará la política de que ninguna víctima de este tipo de actividades debe soportar este tipo de daños. Ciertamente hay supuestos antiguos, como el de la responsabilidad por hechos de animales, que se habían admitido ya en el Derecho romano y que han sido recogidos en el Código civil, pero el problema surgió con los accidentes causados por ferrocarriles, ya se hubieran producido daños materiales, como incendios provocados por las chispas que salían de las máquinas al pasar por zonas de materias inflamables (bosques, sembrados de trigo, etc.), ya se tratara de daños físicos, como la muerte o lesiones personales. Se considera que el sujeto que ha creado el riesgo, debe admitirlo y por tanto, se establece un criterio de imputación basado en la asunción de las consecuencias de una actividad, generalmente, aunque no necesariamente, empresarial; arriesgada, pero socialmente útil. En este sentido se pronuncian algunas sentencias del Tribunal Supremo, como las de 18 marzo 1999 y 17 abril del mismo año que consideran que la responsabilidad es quasi-objetiva cuando hay un riesgo conocido y a continuación, se produce el daño. Es más, la STS de 2 marzo 2000 llega a insinuar que «la jurisprudencia del Tribunal Supremo [...] tiende hacia el establecimiento emblemático de la responsabilidad objetiva, pero nunca lo ha realizado hasta establecer dicha responsabilidad de una manera absoluta y radical». Criterio que, sin embargo ha sido abandonado por la más reciente jurisprudencia,