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2ª EDICIÓN

INSTITUCIONES DE DERECHO CIVIL PARTE GENERAL Introducción. Los sujetos de derecho. La relación jurídica

Francisco de P. Blasco Gascó

manuales


INSTITUCIONES DE DERECHO CIVIL Parte General INTRODUCCIÓN. LOS SUJETOS DE DERECHO. LA RELACIÓN JURÍDICA 2ª Edición


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


INSTITUCIONES DE DERECHO CIVIL Parte General INTRODUCCIÓN. LOS SUJETOS DE DERECHO. LA RELACIÓN JURÍDICA 2ª Edición

FRANCISCO DE P. BLASCO GASCÓ Catedrático de Derecho civil Universitat de València. Abogado

tirant lo blanch Valencia, 2022


Copyright ® 2022 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

© Francisco de P. Blasco Gascó

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1130-840-3 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-deempresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


Índice Primera Parte ORDENAMIENTO JURÍDICO Y DERECHO CIVIL Lección 1ª DERECHO CIVIL Y CÓDIGO CIVIL. LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO CIVIL I. EVOLUCIÓN Y CONCEPTO DEL DERECHO CIVIL. 1. Introducción. 2. El ius civile en Roma. 3. Edad Media: Recepción del Derecho romano. 4. Los Humanitarios (humanistas). II. LA CODIFICACIÓN. 1. Significado de la codificación. 2. Finalidad de la codificación. 3. Códigos y constituciones. III. LA CODIFICACIÓN EN ESPAÑA 1. El proceso codificado. 1.1. El impulso constitucional.1.2. Los proyectos de código civil. El proyecto de 1851. 1.3. La etapa de las grandes leyes especiales. 1.4. El impulso codificador de la restauración. 2. Ley de bases de 11 de mayo de 1888. 2.1. La llamada cuestión foral. 2.2. Contenido y valor de las bases. IV. EL CÓDIGO CIVIL. 1. Las dos ediciones del código civil. 2. Elementos que informan al código. 3. Estructura y contenido del código civil. 4. Jerarquía normativa del Código civil. 5. Crítica. V. LA SUPERACIÓN DEL SISTEMA CODIFICADO. 1. La llamada descodificación. 2. La transnacionalización de las relaciones jurídicas. 3. La llamada sociedad postindustrial...................................

Lección 2ª EL DERECHO CIVIL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO I. ORDENAMIENTO JURÍDICO Y DERECHO CIVIL. 1. El derecho civil como derecho privado general y como derecho de la persona. 2. El derecho civil como derecho común. II. EL DERECHO CIVIL EN LA CONSTITUCIÓN. 1. El derecho privado en las Constituciones del siglo XX. 2. Constitucionalización del derecho civil. 2.1. La persona física. 2.2. La menor edad. 2.3. El matrimonio y la familia. 2.4. La filiación. 2.5. Las personas jurídicas. 2.6. La libertad de empresa. 2.7. La propiedad privada. 2.8. La autonomía privada: la protección al consumidor y las condiciones generales de la contratación. 2.9. Responsabilidad civil. 2.10. La herencia. III. LOS LLAMADOS DERECHOS FORALES. 1. El Estado plurilegislativo. 2. Los Decretos de Abolición de Fueros y de Nueva Planta. 3. La cuestión foral en la codificación y evolución posterior. 3.1. La Comisión de códigos. 3.2. El sistema de Apéndices. 3.3. El sistema de Compilaciones. IV. LA CUESTIÓN FORAL EN LA CONSTITUCIÓN. V. COMPETENCIAS DE ESTADO Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN MATERIA DE DERECHO CIVIL. 1. La competencia en materia de legislación civil en la Constitución. 2. Las normas del art. 149-1-8º CE. 2.1. Atribución de la competencia sobre la legislación civil. 2.2. Atribución de la competencia sobre el derecho civil propio a determinadas Comunidades Autónomas. 2.3. Atribución de la competencia sobre determinadas materias al Estado con carácter exclusivo. 3. La competencia sobre el sistema de fuentes y el derecho estatal supletorio. 3.1. Determinación del sistema de fuentes. 3.2. La relación entre el ordenamiento civil estatal y los ordenamientos civiles autonómicos: las normas del art. 149-3 CE. VI. DE-

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Índice

SARROLLO DE LOS DERECHOS CIVILES AUTONÓMICOS. VII. LA CUESTIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA..........................................................................

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Lección 3ª LA CREACIÓN DEL DERECHO CIVIL Y LA JURISPRUDENCIA I. DETERMINACIÓN DE LAS FUENTES. 1. Fuentes de producción y fuentes de conocimientos. 2. El principio de jerarquía normativa. 3. El principio de distribución competencial. 4. El principio de legalidad. II. LAS FUENTES DEL DERECHO CIVIL. 1. La Constitución. 2. Las leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. 2.1. Leyes orgánicas y leyes ordinarias. 2.2. Decretos leyes. 2.3. Decretos legislativos. 2.4. Los decretos leyes autonómicos. 3. Los tratados internacionales. 4. Los decretos y reglamentos. 5. Derecho supraestatal. 6. La costumbre y los principios generales del derecho. 6.1. La costumbre. 6.2. Los principios generales del derecho. III. LA JURISPRUDENCIA DE LA SALA 1ª (DE LO CIVIL) DEL TRIBUNAL SUPREMO. 1. Concepto y funciones. 2. La doctrina jurisprudencial. 3. Eficacia de la doctrina jurisprudencial. 3.1. La transcendencia normativa. Requisitos. A) La reiteración del criterio interpretativo. B) La ratio decidendi y el obiter dictum. 3.2. La eficacia vinculante: la vinculación del precedente judicial interpretativo. 4. Jurisprudencia del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia. 4.1. Creación de doctrina jurisprudencial por los Tribunales Superiores de Justicia. 4.2. Relación entre la doctrina jurisprudencial el Tribunal Supremo y la de los Tribunales Superiores de Justicia. A) La doctrina jurisprudencial establecida por un Tribunal Superior de Justicia. B) La doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo sobre materias propias de un derecho civil autonómico...........................................................

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Segunda Parte LOS SUJETOS DE DERECHO Lección 4ª LA PERSONALIDAD CIVIL. LA PERSONA NATURAL I. SUJETOS DE DERECHO. 1. La persona natural y la personalidad civil. 2. Atribución de la personalidad civil: persona natural y persona jurídica. 3. Características de la personalidad. II. LA CAPACIDAD JURÍDICA DE LOS SUJETOS DE DERECHO. 1. Capacidades y discapacidades de las personas naturales. 2. Referencia a la capacidad de obrar de las personas jurídicas. III. LAS PERSONAS NATURALES. 1. Adquisición de la personalidad civil: el nacimiento 2. La prueba del nacimiento. 3. Partos dobles o múltiples. IV. PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS NO NACIDOS. 1. La protección jurídica del nasciturus. 2. Alcance de la protección a los concebidos. 3. Los preembriones. 4. Los concepturi. V. LOS DERECHOS DE LA PERSONALIDAD. 1. La categoría de los derechos de la personalidad. 2. Características de los derechos de la personalidad. 3. Derechos de la personalidad y derechos fundamentales. VI. PROTECCIÓN CIVIL DEL DERECHO AL HONOR, LA INTIMIDAD Y LA PROPIA IMAGEN. 1. Regulación y objeto. 2. Delimitación de la protección. 3. Intromisiones ilegítimas e intromisiones legítimas. 4. Tutela post mortem del honor, la intimidad y la propia imagen. 5. Acciones de protección. VII. EXTINCIÓN DE LA PERSONALIDAD CIVIL DE LA PERSONA NATURAL. 1. Efectos jurídicos de la muerte de la persona. 2. Momento de la muerte. 3. Prueba de la muerte. 4. La conmoriencia....................................................................

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Lección 5ª LA EDAD. LA TUTELA DEL MENOR NO EMANCIPADO I. LA EDAD. 1. La edad en el derecho civil. 2. La minoría de edad. 3. La emancipación. 3.1. Concepto. 3.2. Causas. 3.3. Efectos de la emancipación. 4. La mayoría de edad. II. LA TUTELA. 1. La función tutelar. 2. Delación de la tutela y nombramiento del tutor. 3. Tutela conjunta. 4. Ejercicio de la tutela. Funciones del tutor. 5. Retribución e indemnización del tutor. 6. Remoción y excusa de la tutela. Extinción de la tutela y rendición de cuentas. III. EL DEFENSOR JUDICIAL DEL MENOR. IV. LA GUARDA DE HECHO DEL MENOR................................................................................................................

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Lección 6ª CAPACIDAD Y DISCAPACIDAD DE LAS PERSONAS I. LA DISCAPACIDAD DE LAS PERSONAS NATURALES. 1. Concepto. 2. Sistema de discapacidad en el Código civil. 3. Protección del discapacitado. II. MEDIDAS DE APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA. 1. Destinatarios. y finalidad 2. Clases. 3. Personas que prestan apoyo. Prohibiciones. 4. Donaciones en favor de persona necesitada de apoyo. 5. Apoyo en caso de urgencia. 6. Publicidad de las medidas de apoyo. III. MEDIDAS VOLUNTARIAS DE APOYO. 1. Concepto. 2. La autocuratela. 3. Los poderes y mandatos preventivos. 3.1. Contenido. 3.2. El poder preventivo. IV. LA GUARDA DE HECHO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 1. Función. 2. Función representativa. 3. Extinción. V. LA CURATELA. 1. Constitución. 2. Control judicial. 3. Nombramiento del curador. 3.1. Personas que pueden y no pueden ser curadores. 3.2. Orden de nombramiento. 3.3. Pluralidad de curadores. 3.4. Remoción del curador. 3.5. Excusa del cargo de curador. 3.6. Retribución del curador. 4. Ejercicio de la curatela. 4.1. Toma de posesión y obligaciones del curador. 4.2. La curatela representativa. 4.3. Sustitución temporal del curador. 5. Extinción de la curatela. 6. Responsabilidad del curador. VI. EL DEFENSOR JUDICIAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD. VII. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CAUSADOS A OTROS. VIII. INTERNAMIENTO NO VOLUNTARIO POR RAZÓN DE TRASTORNO PSÍQUICO. 1. Concepto y fundamento. 1.1. Internamiento no urgente. 1.2. El internamiento urgente. 1.3. El internamiento de menores de edad. 2. Informes de los facultativos y examen del internado. IX. LA CAPACIDAD DEL CONCURSADO....

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Lección 7ª NACIONALIDAD Y VECINDAD CIVIL I. LA NACIONALIDAD. 1. Concepto y regulación. 2. Adquisición de la nacionalidad. 2.1. Adquisición originaria. 2.2. Adquisición derivativa. A) Por adopción. B) Por opción. C) Por carta de naturaleza. D) Por residencia. E) Por posesión de estado. 3. Solicitud de la nacionalidad. 4. Conservación de la nacionalidad. 5. Pérdida de la nacionalidad. 5.1. La adquisición o uso voluntario de otra nacionalidad. 5.2. La sanción. 6. Recuperación de la nacionalidad española. 7. La doble nacionalidad. 7.1. Doble nacionalidad por Convenio. 7.2. Doble nacionalidad por identidad de criterios de atribución. 8. Prueba de la nacionalidad. II. LA VECINDAD CIVIL. 1. Concepto. 2. Adquisición. 3. Conservación y recuperación de la vecindad.........................................................................................

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Lección 8ª LA LOCALIZACIÓN DE LA PERSONA. DOMICILIO. AUSENCIA. DECLARACIÓN DE FALLECIMIENTO I. INTRODUCCIÓN. II. EL DOMICILIO. 1. Concepto y determinación. 2. Prueba del domicilio. 3. Relevancia jurídica del domicilio. 4. Clases de domicilios. III. LA AUSENCIA. 1. El desaparecido. 1.1. Concepto y requisitos. 1.2. El defensor del desaparecido. 1.3. Efectos. 2. La declaración de ausencia legal. 2.1. Concepto y requisitos. 2.2. Incoación del expediente. 2.3. Efectos. 2.4. Nombramiento del representante del ausente. 2.5. La sucesión mortis causa en caso de ausencia legal. A) La muerte física del ausente. B) El declarado ausente llamado a suceder mortis causa. 2.6. Conclusión de la declaración de ausencia y efectos. A) Por aparición del ausente. B) Por muerte del ausente. IV. LA DECLARACIÓN DE FALLECIMIENTO. 1. Concepto y alcance. 2. Legitimación y requisitos. 2.1. Por la desaparición prolongada de la persona. 2.2. Por la existencia de riesgo inminente de muerte en el momento de la desaparición (siniestro y violencia contra la vida). 3. Efectos. 4. La apertura de la sucesión mortis causa del declarado fallecido. 5. Revocación de la declaración de fallecimiento. V. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL.............................................................................................................................

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Lección 9ª EL REGISTRO CIVIL I. EL REGISTRO CIVIL 1. Competencia y regulación. 2. Naturaleza del Registro civil. II. PRINCIPIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO CIVIL. 1. Principio de publicidad. 2. Principio de legalidad. 3. Principio de oficialidad. 4. Presunción de exactitud. 5. Principio de inoponibilidad y presunción de integridad. 6. Eficacia probatoria de la inscripción. 7. Eficacia constitutiva de la inscripción. III. ÓRGANOS DEL REGISTRO CIVIL Y COMPETENCIA. 1. La Oficina Central del Registro Civil. 2. Oficinas Generales del Registro Civil. 3. Oficinas Consulares del Registro Civil. 4. Registro Civil de la Familia Real. 5. Competencia del Registro Civil. IV. HECHOS Y ACTOS INSCRIBIBLES. 1. Nacimiento y filiación. 2. Determinación del nombre y de los apellidos. 3. Inscripción del matrimonio y del régimen económico matrimonial. 4. Inscripción de la separación, nulidad y divorcio. 5. Inscripción del fallecimiento. 6. Inscripciones en circunstancias excepcionales. 7. Cambio de sexo. 8. Otras inscripciones. V. TÍTULOS QUE ACCEDEN AL REGISTRO CIVIL. 1. Documentos auténticos para practicar inscripciones 2. Certificaciones de Registros extranjeros 3. Declaraciones de las personas obligadas VI. CALIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS. 1. Control de legalidad de los documentos. 2. Examen de las solicitudes de inscripción y de las declaraciones. 3. Constancia de solicitudes y declaraciones efectuadas en las Oficinas del Registro Civil. VII. LOS ASIENTOS REGISTRALES. 1. 1. Concepto, clases y obligados a promover la inscripción y demás asientos. 2. Competencia para efectuar los asientos. 3. Las inscripciones. 4. Las anotaciones registrales. 5. Las cancelaciones. 6. Rectificación de los asientos del Registro Civil. VIII. INSTRUMENTOS DE PUBLICIDAD REGISTRAL. 1. Medios de publicidad del Registro Civil. 2. Expedición de certificaciones. 3. Clases de certificaciones. 4. Datos sometidos a régimen de protección especial. IX. RECURSOS CONTRA LAS DECISIONES ADOPTADAS POR LOS ENCARGADOS DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL. X. LOS PROCEDIMIENTOS REGISTRALES....................................................

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Índice

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Lección 10ª LAS PERSONAS JURÍDICAS I. LA PERSONALIDAD CIVIL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. 1. Concepto y naturaleza. 2. Fundamento de la atribución de personalidad civil. 3. Clases de personas jurídicas. 4. Abuso de la personalidad: el levantamiento del velo. II. CAPACIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. 1. Capacidad jurídica. 2. Capacidad procesal. 3. Derechos fundamentales de las personas jurídicas. III. LOCALIZACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. 1. Nacionalidad. 2. Vecindad civil de las personas jurídicas. 3. Domicilio de las personas jurídica. IV. EXTINCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA......................

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Lección 11ª LAS ASOCIACIONES I. EL DERECHO DE ASOCIACIÓN. 1. El derecho fundamental de asociación. 2. La Ley Orgánica del Derecho de Asociación. II. LAS ASOCIACIONES. 1. Objeto y ámbito de aplicación de la LODA. 2. La asociación como contrato. 3. Clases y tipos de asociaciones. 4. Capacidad para constituir asociaciones. 5. Constitución de las asociaciones. Adquisición de la personalidad jurídica. 5.1. El acuerdo de constitución. 5.2. El acta fundacional. 5.3. Los estatutos. 5.4. Modificación de los estatutos. 6. Inscripción en el Registro. Responsabilidad por la no inscripción. 7. Responsabilidad de las asociaciones inscritas. 8. Órganos de las asociaciones. 9. Régimen jurídico básico. 10. Suspensión y disolución de las asociaciones. 10.1. Suspensión. 10.2. Disolución y liquidación. 11. Estatuto jurídico del asociado. 11.1. Derecho a asociarse. 11.2. Derechos de los asociados. 11.3. Deberes de los asociados. 12. Impugnación de los acuerdos..................................

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Lección 12ª LAS SOCIEDADES I. EL FENÓMENO ASOCIATIVO Y LOS CONTRATOS DE SOCIEDAD. 1. El fenómeno asociativo. 2. La causa asociativa. Naturaleza contractual de las sociedades. II. LAS SOCIEDADES. 1. El sistema societario. 2. Concepto de sociedad. 3. Sociedad y comunidad de bienes. 4. Sociedad civil y sociedad mercantil. La sociedad civil con forma mercantil. III. LA SOCIEDAD COMO CONTRATO. 1. Plurilateralidad y unipersonalidad. 2. Las aportaciones sociales. 3. La actividad económica común. 3.1. Concepto de actividad económica. 3.2. Sociedades patrimoniales, de disfrute o de conveniencia. 4. La obtención y el reparto de ganancias: el fin de lucro. 5. La voluntad común. IV. LA PERSONIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES. 1. Sociedades civiles. 2. Sociedades de personas. 3. Sociedades de capital. 4. Sociedades cooperativas. V. LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. VI. SOCIEDADES DE PERSONAS Y SOCIEDADES DE CAPITAL. 1. La responsabilidad de los socios, respecto de las deudas de la sociedad. 2. La administración de la sociedad. 3. La transmisión de la condición de socio.....................................................................

Lección 13ª LAS FUNDACIONES I. EL DERECHO DE FUNDACIÓN. II. CONCEPTO DE FUNDACIÓN. 1. Concepto. 2. Fundaciones y asociaciones. Diferencias. 3. Fines de la fundación. III. CONSTITUCIÓN

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Índice

DE LA FUNDACIÓN. 1. Capacidad para fundar. 2. Modalidades de constitución. 3. La escritura de constitución y los estatutos fundacionales. 4. Registros de Fundaciones y adquisición de personalidad jurídica. 5. Fundaciones extranjeras. IV. LA DOTACIÓN PATRIMONIAL. 1. El acto dotacional. 2. Límites patrimoniales a la libertad fundacional. V. GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN: EL PATRONATO. 1. Concepto y función. 2. Composición. Los patronos. 3. Aceptación y ejercicio del cargo. 4. Responsabilidad de los patronos. 5. Prohibición de autocontratación. 6. Sustitución, cese y suspensión de patronos. 7. El Protectorado. VI. EL PATRIMONIO DE LA FUNDACIÓN. 1. Composición y administración. 2. Enajenación y gravamen. 3. Aceptación de herencias y donaciones. 4. Actividad económica de las fundaciones. VII. FUSIÓN Y EXTINCIÓN. 1. Fusión. 2. Extinción y liquidación..............................................................................

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Lección 14ª LA REPRESENTACIÓN I. LA REPRESENTACIÓN EN GENERAL. 1. Concepto y función. 2. Clases de representación. 2.1. Por su origen: representación voluntaria y representación legal. La representación orgánica. 2.2. Representación directa y representación indirecta. 2.3. Representación activa y representación pasiva. 3. Figura afines a la representación. 3.1. Representación y nunciatura. 3.2. Representación y mandato. 3.3. Contrato en favor de terceros. 3.4. Contrato con cláusula “por persona que se designará”. 3.5. Procuratio in rem suam. II. LA REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA. 1. El poder de representación. 2. Requisitos del acto de apoderamiento. 3. Clases. 4. La sustitución del representante. 5. La representación mercantil. 6. Extinción del poder. III. REPRESENTACIÓN ORGÁNICA DE LA PERSONA JURÍDICA. IV. EL FALSUS PROCURATOR. LA RATIFICACIÓN. V. LA REPRESENTACIÓN LEGAL. 1. Concepto y características. 2. Manifestaciones de la representación legal. VI. LA AUTOCONTRATACIÓN. 1. El interés del representado y el interés del representante. 2. Esquema y manifestaciones del autocontrato. 3. Supuestos de licitud del autocontrato.............................................................................................

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Tercera Parte LA RELACIÓN JURÍDICA Y EL DERECHO SUBJETIVO Lección 15ª HECHO, ACTO Y NEGOCIO JURÍDICO I. HECHO Y ACTO JURÍDICO. 1. Los hechos jurídicos. 2. Actos jurídicos. 3. La categoría del negocio jurídico. 4. Hecho, acto y negocio. II. ELEMENTOS ESENCIALES DEL NEGOCIO JURÍDICO. 1. Elementos del negocio jurídico. 2. Crítica. III. CLASES DE NEGOCIOS JURÍDICOS. 1. Negocios o Actos típicos y atípicos. 2. Actos inter vivos y actos mortis causa. 3. Actos unilaterales, bilaterales y plurilaterales. 4. Actos onerosos y actos gratuitos. Las liberalidades. 5. Actos jurídicos formales o solemnes y no formales. 6. Negocios causales y negocios abstractos. 7. Negocios familiares y patrimoniales. 8. Negocios de administración y negocios de atribución o de disposición. 9. Negocios principales y accesorios. 10. Unión de negocios y negocios coligados. 11. Negocios de fijación o acertamento. 12. Negocios anómalos e indirectos. IV. NEGOCIOS SIMULADOS, FIDUCIARIOS Y FRAUDULENTOS. 1. Negocios simulados. 2. Negocios fiduciarios. 3. Negocios fraudulentos................................................................................................

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Índice

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Lección 16ª LA RELACIÓN JURÍDICA Y LOS DERECHOS SUBJETIVOS I. LA RELACIÓN JURÍDICA. 1. Concepto. 2. Estructura. II. EL DERECHO SUBJETIVO. 1. Concepto. 2. Clases de derechos subjetivos. 2.1. Derechos absolutos y derechos relativos. 2.2. Las potestades. 2.3. Derechos potestativos o de configuración jurídica. 2.4. Las cargas. III. LÍMITES EN EL EJERCICIO DEL DERECHO SUBJETIVO. 1. Límites intrínsecos y extrínsecos. 2. El límite de la buena fe. 3. El abuso de derecho. 4. El ejercicio antisocial del derecho. 5. Derecho a litigar y abuso de derecho. IV. ADQUISICIÓN, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DEL DERECHOS SUBJETIVO. 1. Modos de adquisición del derecho subjetivo. 1.1. Modos originarios. 1.2. Modos derivativos. 2. Modificación de los derechos subjetivos. 2.1. Modificación subjetiva. 2.2. Modificación del objeto. 2.3. Modificación del contenido. 3. La pérdida y extinción del derecho subjetivo. 4. La renuncia al derecho subjetivo. V. LA PROTECCIÓN JUDISDICCIONAL DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS. 1. Normas básicas de protección de los derechos. 2. La protección jurisdiccional civil. VI. A EFICACIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA RELACIONES JURÍDICAS ENTRE PARTICULARES..................

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Lección 17ª EL TIEMPO EN LA RELACIÓN JURÍDICA: LA PRESCRIPCIÓN Y LA CADUCIDAD I. EL TRANSCURSO DEL TIEMPO EN EL DERECHO. 1. Funciones y efectos del transcurso del tiempo. 2. Plazos y términos. 3. El cómputo del tiempo. 3.1. El cómputo civil de los plazos. 3.2. El cómputo procesal de los plazos. II. LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA Y USUCAPIÓN. 1. Prescripción extintiva y prescripción adquisitiva o usucapión. 2. Diferencias entre ambas prescripciones. 3. Fundamento de la prescripción. III. LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. 1. Concepto y objeto. 2. Plazos de prescripción de las acciones. 2.1. Acciones reales e hipotecaria. 2.2. Acciones personales. 3. El dies a quo o de inicio del cómputo del plazo. 4. Interrupción de la prescripción. 4.1. Causas de interrupción. A) Por el ejercicio de la acción ante los Tribunales. B) Por reclamación extrajudicial del acreedor. C) Por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor. D) La iniciación de un procedimiento penal. 4.2. Efectos de la interrupción. 4.3. Suspensión de la prescripción. 5. Renuncia a la prescripción ganada. 6. Libertad contractual y plazos de prescripción. 7. Eficacia de la prescripción extintiva. IV. LA CADUCIDAD. 1. Concepto y fundamento. 2. Diferencias con la prescripción extintiva. 3. Clases y supuestos de caducidad. 4. Cómputo del plazo de caducidad. 5. Caducidad de la instancia y preclusión del plazo..............................................................................

Cuarta Parte EL OBJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA Lección 18ª EL OBJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA. LAS COSAS I. EL OBJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA. II. LOS BIENES Y LOS SERVICIOS. 1. Bienes y cosas. 1.1. Distinción entre cosas y bienes. 1.2. Rasgos distintivos de los bienes. 1.3. Las energías naturales. 2. Bienes de consumo y bienes de producción. 3. Los

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Índice

servicios. III. CLASES DE BIENES. 1. Las cosas extra commercium. 2. Cosas corporales e incorporales. Los llamados nuevos bienes. 3. Bienes de dominio público y de dominio privado. 4. Bienes muebles y bienes inmuebles. 4.1. Criterios de distinción. 4.2. Bienes inmuebles. 4.3. Bienes muebles. 4.4. Criterios de interpretación. IV. CLASIFICACIÓN DE LAS COSAS POR SUS CUALIDADES. 1. Cosas fungibles y cosas no fungibles. 2. Cosas genéricas y cosas específicas. 3. Cosas consumibles y cosas no consumibles. 4. Cosas divisibles e indivisibles. V. COSAS SIMPLES Y COSAS COMPUESTAS. 1. Las universalidades. 2. Cosas principales y cosas accesorias. 3. Pertenencias y partes integrantes. VI. LOS FRUTOS. 1. Concepto y clases. 2. Atribución de los frutos. 3. Abono de gastos por la producción de los frutos. VII. ESTATUTO JURÍDICO DE LOS ANIMALES.............

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Lección 19ª EL PATRIMONIO I. EL PATRIMONIO. 1. Concepto. 2. Teorías del patrimonio. 3. Contenido y transmisión del patrimonio. 4. Funciones del patrimonio. 5. Tipos de patrimonio. 5.1. Patrimonio personal. 5.2. Patrimonio con titularidad interina. 5.3. Patrimonio afecto a un fin. 5.4. Patrimonio colectivo. II. LOS PATRIMONIOS SEPARADOS. 1. Concepto y caracteres. 2. Supuestos de patrimonios separados. III. EL PATRIMONIO PROTEGIDO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 1. Concepto, fundamento y caracteres. 2. Constitución. 3. Régimen de las aportaciones. 4. Beneficiarios. 5. Administración y disposición del patrimonio. 6. Supervisión de la administración. 7. Régimen de publicidad. 8. Extinción del patrimonio protegido................................................................................................

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Primera Parte

ORDENAMIENTO JURÍDICO Y DERECHO CIVIL


Lección 1ª

DERECHO CIVIL Y CÓDIGO CIVIL. LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO CIVIL SUMARIO: I. EVOLUCIÓN Y CONCEPTO DEL DERECHO CIVIL. 1. Introducción. 2. El ius civile en Roma. 3. Edad Media: Recepción del Derecho romano. 4. Los Humanitarios (humanistas). II. LA CODIFICACIÓN. 1. Significado de la codificación. 2. Finalidad de la codificación. 3. Códigos y constituciones. III. LA CODIFICACIÓN EN ESPAÑA 1. El proceso codificado. 1.1. El impulso constitucional.1.2. Los proyectos de código civil. El proyecto de 1851. 1.3. La etapa de las grandes leyes especiales. 1.4. El impulso codificador de la restauración. 2. Ley de bases de 11 de mayo de 1888. 2.1. La llamada cuestión foral. 2.2. Contenido y valor de las bases. IV. EL CÓDIGO CIVIL. 1. Las dos ediciones del código civil. 2. Elementos que informan al código. 3. Estructura y contenido del código civil. 4. Jerarquía normativa del Código civil. 5. Crítica. V. LA SUPERACIÓN DEL SISTEMA CODIFICADO. 1. La llamada descodificación. 2. La transnacionalización de las relaciones jurídicas. 3. La llamada sociedad postindustrial.

I. EVOLUCIÓN Y CONCEPTO DEL DERECHO CIVIL 1. Introducción El Derecho civil no responde a un concepto histórico uniforme, sino diverso; es decir, se trata de un concepto relativo, cambiante en la medida en que cambia la sociedad que lo configura y a la que responde (HERNÁNDEZ GIL, 1915-1994). De ahí que no quepa un concepto global, universalmente válido. Actualmente, la expresión Derecho civil no responde a su significado etimológico (derivado de la expresión latina ius civile), aunque en el derecho privado actual mantengamos su nombre y el nombre de sus instituciones más relevantes. Tampoco responde a ninguno de los momentos de su evolución histórica. La categoría del Derecho civil, tal y como la entendemos actualmente es el fruto de la evolución histórica (DÍEZ-PICAZO, 1931-2015) y, por tanto, jurídicoeconómica, que tiene su origen en la antigua Roma y que llega a nuestros días tras conocer dos vicisitudes históricas esenciales para su desarrollo y para su actual configuración: la llamada Recepción del derecho romano en la Edad Media (siglos XI y XII) y la Codificación (finales del siglo XVIII y siglo XIX). Y más ésta que aquélla porque la Codificación supone una radical modernización del derecho civil, tanto en la manera de entenderlo como de producirlo, con base en los criterios de abstracción, generalización y estatalización del derecho.


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2. El ius civile (derecho civil) en Roma La expresión derecho civil deriva, como la mayoría de las palabra de lenguas romances procedentes del latín hablado, de la expresión latina ius civile. Pero no hay una identidad sustancial de contenido entre las citadas expresiones: mientras el actual derecho civil se determina por el contenido que le es propio o por la materia que abarca, en la antigua Roma el derecho civil, (el llamado ius civile) se determinó con base en dos criterios: a) El de los sujetos destinatarios: el ius civile era el derecho de los cives, o ciudadanos romanos; y b) El de las fuentes de producción (P. BONFANTE, 1864-1932). Así, el ius civile, en el momento histórico romano, designaba principalmente el Derecho propio y singular del pueblo romano que tenía por destinatario una categoría determinada de personas, sólo los cives o ciudadanos, y que emanaba de unas concretas fuentes. En este sentido, el ius civile era el derecho propio de los ciudadanos romanos. El saber jurídico romano cristalizó en el año 529-534 en el Codex Iustinianus o Código de Justiniano, posteriormente (a partir de su completa edición en 1583) conocido como Corpus iuris civilis (romani), bajo el impulso del emperador del imperio romano de oriente o bizantino Justiniano I (527-565) y dirigido por Triboniano. El Corpus iuris civilis es la más importante colección o recopilación del Derecho romano, que ha permitido el conocimiento de su contenido. Su importancia fue capital durante toda la Edad Media y para los sistemas jurídicos codificados o continentales, los cuales son de base e inspiración romana. El Corpus iuris estaba formado por el Codex Vetus o Constitutiones (529) Digesto o Pandectas (533), las Institutiones o Instituta (533), el Nuevo Código (534) y las Novelas (o Novellae constituciones).

3. Edad Media: Recepción del Derecho romano Los textos romanos clásicos fueron convenientemente actualizados, alterados y manipulados por los juristas que elaboraron el Corpus iuris civilis, el cual fue redescubierto por la escuela de los glosadores (los juristas fundamentalmente de la Universidad de Bolonia) a partir del siglo XI, considerándolo el derecho civil (o privado) por antonomasia durante siglos. Así, el Corpus Iuris Civilis se convirtió, por obra de los juristas medievales, y también de los filósofos y los teólogos, en el derecho común y se configuró como ratio scripta, (razón escrita), coadyuvando a la idea de unidad europea: una lengua (el latín), una fe (la iglesia romana), un derecho (el corpus iuris civilis) y un


Instituciones de Derecho Civil

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imperio (el sacro imperio romano-germano). El Corpus iuris (razón escrita) fue al derecho lo que las Sagradas Escrituras (verdad revelada) a la religión. Este descubrimiento del Derecho romano y todas las consecuencias que derivan de este hecho culmina en la Edad Media (en concreto en la llamada Plena Edad Media, siglos XI a XIII) con la Recepción del Derecho romano, la cual supone el inicio del estudio científico del Derecho vigente a través de un método y de una construcción jurídica inspirada en el Corpus iuris y precedida y derivada del descubrimiento de tal cuerpo normativo (F. WIEACKER, 1908-1994). En este periodo se suelen distinguir dos etapas. a) La primera corresponde a la llamada renovatio irneriana y al nacimiento, derivado de ésta, de una sciencia legum (estudio o ciencia del derecho) que, a su vez, produjo la unidad normativa del derecho (el Corpus iuris civilis) y el sistema del Derecho Común. Este es el periodo de la llamada Escuela de los Glosadores (o Escuela de Bolonia, siglos XII-XIII), pues se limitaban a glosar o analizar gramaticalmente los textos del Corpus iuris. Los juristas más relevantes de este periodo fueron Irnerio (1060-1130, a quien se considera el fundador); los llamados cuatro doctores o quattuor doctores (Bulgaro, Hugo, Martin y Jacobo); Placentino; Azón; Odofredo; y Acursio, cuya Glossa ordinaria (1227) pone fin a este periodo.

b) La segunda fase, ya en la Baja Edad Media (siglos XIV y XV), corresponde a una nueva realidad jurídica derivada de la crisis del Imperio, es decir, con el surgimiento de los ordenamientos jurídicos particulares, del inicio de las naciones-estado y la crisis de la idea unus imperator in orbe, o, si se prefiere, de la idea unum ius, unum imperium. Los juristas de esta época son los llamados Comentaristas (también llamados Postglosadores) y su función básica consistió en adecuar la ciencia jurídica romana, junto con las aportaciones de los glosadores, a la realidad social y económica de su tiempo. Para ello, se abandonó el método analítico o exégesis textual y se buscó el sentido del texto a través de métodos dialécticos o escolásticos. Es el llamado mos italicus. Los juristas más relevantes de este periodo fueron Cino de Pistoia, Bartolo de Sassoferrato, Baldo degli Ubaldi y Maino. La escuela de los comentaristas instaura un nuevo periodo en la construcción del sistema del Derecho civil desbordando en sus comentarios y mediante sus procedimientos científicos la ciencia jurídica romana (P. KOSCHAKER, 1879-1951). Así, operaron la fusión de varios elementos (Derecho romano, Derecho canónico, Estatutos, etc.) para crear un nuevo Derecho que respondiera a las exigencias de la realidad y a la experiencia concreta. Si bien es cierto que en la base de sus materiales jurídicos estaban los textos romanos y, concretamente, los de los glosadores, es igualmente cierto que la labor de los comentaristas rebasó el Corpus iuris al llevar su ciencia jurídica a la práctica, a la realidad concreta, a los problemas que comenzaba a plantear el incipiente tráfico mercantil y cuya solución no se hallaba ni en textos romanos ni en la glosa, al proceder científicamente sobre los derechos particulares.


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De este modo, se puede concluir que durante la Edad Media, Derecho civil equivalía, en general, al Derecho romano contenido en el Corpus iuris civilis y, como tal, por cuanto Derecho romano, se convirtió en el ius commune del Occidente europeo. El doble poder de la cristiandad medieval, Imperio y Papado, se refleja en el mundo jurídico a través del primado del Derecho civil (Derecho del Imperio) y del Derecho Canónico (Derecho del Papado); ambos sistemas jurídicos, el llamado utrumque ius, conformaron el ius commune de la Cristiandad occidental.

Esta inmutabilidad del Derecho civil como ratio scripta produjo que la evolución jurídica debida a las nuevas realidades económico-sociales, como por ejemplo el desarrollo del comercio, se encauzara al margen de este Derecho común dando lugar a un incipiente ius mercatorum.

4. Los Humanitarios (Humanistas) Cuando finaliza la llamada por F. CALASSO (1904-1965) época del derecho común clásico (siglos XIII-XV), una nueva corriente cultural procede a la revisión del método jurídico escolástico o medieval: el llamado actualmente humanismo o mos gallicus, cuyo su máximo exponente fue J. Cujas (o Cujacio) (1522-1590). Este movimiento nace en el seno de las Universidades y se inicia con críticas al sistema de enseñanza: crítica contra la fe y el excesivo respeto a la autoridad; crítica contra en método escolástico de la enseñanza; y crítica contra el desconocimiento de las lenguas clásicas por parte de los juristas. En este contexto nace la llamada Jurisprudencia elegante y el método que alcanzó gran vigencia: el mos gallicus (frente al mos italicus medieval) La enseñanza abandonó paulatinamente la exégesis de los puntos singulares del texto (los llamados loci) e introdujo el sistema: una exposición coherente, sistemática, pedagógicamente práctica, de las instituciones jurídicas vivas. La perfección del mos gallicus y su superación tras las aportaciones de Bacon y fundamentalmente de Descartes, nos sitúa ya ante el Derecho Natural Racionalista y, por tanto, ante el fenómeno de la Codificación. Los juristas más relevante de este movimiento renovador son Andrea Alciato (14921550) en Italia; Zasio en Alemania; Diego de Covarrubias y Leyva (1512-1577) en España; y, en Francia, el ya citado J. Cuiacio (1522-1590).


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