Skip to main content

1_9788484568421

Page 1

PROSTITUCIÓN Y TRATA Marco jurídico y régimen de derechos

ROSARIO SERRA CRISTÓBAL (Coordinadora)

tirant lo b anch Valencia, 2007


Copyright ® 2007 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

© ROSARIO SERRA CRISTÓBAL y otros

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es DEPOSITO LEGAL: I.S.B.N.: 978 - 84 - 8456 - 842 - 1


ÍNDICE Nota introductoria ...............................................................................

9

I. LA PROSTITUCIÓN: EXPLOTACIÓN SEXUAL Y TRABAJO SEXUAL –

Trabajo sexual, igualdad y reconocimiento de derechos ...............

13

RUTH MESTRE I MESTRE Profª. de Filosofía del Derecho. Universitat de València

–

¿Es la prostitución una vulneración de derechos fundamentales?”

43

ENCARNA CARMONA CUENCA Profª. Titular de Derecho Constitucional. Universidad de Alcalá

–

La política criminal en relación con la prostitución: ¿abolicionismo o legalización? .................................................................................

71

ÁNGELES JAREÑO LEAL Profª. Titular de Derecho Penal. Universitat de València

II. LA PROSTITUCIÓN COMO TRABAJO SEXUAL –

Debate feminista: teorías, prácticas y realidades .........................

87

MAGDALENA LÓPEZ PRECIOSO Profª. Titular de Trabajo Social y Servicios Sociales. Universitat de València. Codirectora del Master de agentes de igualdad de la Universitat de València

–

Fórmulas jurídicas reconocedoras de los derechos profesionales de las trabajadoras sexuales ...............................................................

117

SYLVIA GAY HERRERO Profª. de Derecho del Trabajo. Universidad País Vasco

–

Prostitución y estatuto profesional ................................................

157

FREDERIC V. LÓPEZ I MORA Prof. Titular de Derecho del Trabajo. Investigador del IUDESCOOP. Universitat de València

–

El trabajo sexual en la doctrina judicial española ........................ FERNANDO FITA ORTEGA Prof. Titular de Derecho del Trabajo. Universitat de València

203


8 –

ÍNDICE

La prostitución como actividad económica, la incidencia de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre la cuestión .....................................................................

255

ADORACIÓN GUAMÁN HERNÁNDEZ Investigadora del Departamento de Derecho del Trabajo. Universitat de València

III. LA TRATA DE MUJERES PARA EXPLOTACIÓN SEXUAL –

La trata de mujeres para explotación sexual ................................

295

M. LUISA MAQUEDA ABREU Catedrática de Derecho Penal. Universidad de Granada

–

Apuntes sobre la evolución normativa internacional en materia de trata de personas con fines de explotación sexual ........................

307

PAZ LLORIA GARCÍA Profª. Titular de Derecho Penal. Universitat de València

–

La trata de personas como problema de violación de los derechos humanos. Una visión desde el derecho comparado .......................

325

CLAUDIA STORINI Investigadora Programa Juan de la Cierva. Universitat de València

–

La víctima de la trata de seres humanos para explotación sexual. Especial atención a la experiencia en los países de Europa del Este

351

TEODORA KATEVA “Animus”, ONG asistencia a las mujeres víctimas de la trata. Bulgaria

IV. EPÍLOGO –

Mujeres traficadas para su explotación sexual y mujeres trabajadoras del sexo. Una recapitulación de la cuestión ......................... ROSARIO SERRA CRISTÓBAL Profª. Titular de Derecho Constitucional. Universitat de València

361


NOTA INTRODUCTORIA El presente estudio colectivo es fruto de las reflexiones posteriores a la realización de un Seminario sobre un tema de radiante actualidad —la prostitución—. En los últimos años, tanto en España como en los países de nuestro entorno, la disertación sobre las diversas facetas de la prostitución y su posible regulación legislativa son objeto de un intenso debate social y político del cual resulta difícil mantenerse ajeno. Sin duda alguna, se trata de un fenómeno multidisciplinar, que ha de abordarse desde diferentes perspectivas. Por ello, este trabajo opta por enfocar las complejas cuestiones que suscita el tema de la prostitución principalmente desde un punto de vista jurídico, pero teniendo en cuenta sus diversos aspectos filosóficos, constitucionales, penales, laborales, etc. La participación en este libro de autores pertenecientes a variadas disciplinas pretende cumplir con dicho objetivo. Por último, y para cerrar esta breve nota introductoria, quiere hacerse constar que la celebración del Seminario que inspiró este trabajo no hubiese sido posible sin la colaboración del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad de Valencia y sin el soporte de la Generalidad Valenciana que concedió la ayuda al Proyecto de I+D “Emigración y nuevas formas de esclavitud en el Siglo XXI”, en cuyo marco se realizó. Reciban desde aquí nuestro más sincero agradecimiento.

ROSARIO SERRA CRISTÓBAL


I. PROSTITUCIÓN: EXPLOTACIÓN SEXUAL Y TRABAJO SEXUAL


TRABAJO SEXUAL, IGUALDAD Y RECONOCIMIENTO DE DERECHOS RUTH M. MESTRE I MESTRE Profª. de Filosofía del Derecho/IDH Universitat de València

1. Introducción Mi intención es hablar de trabajo sexual, igualdad y reconocimiento de derechos en el contexto europeo actual, que entiendo que es el de una sociedad patriarcal capitalista globalizada en la que las mujeres ya no nos definimos únicamente por la subordinación por razón de sexo (ni podemos seguir pretendiendo definir el patriarcado en sentido “puro”) y sin embargo, se aseguran numerosos espacios de dominio de los hombres sobre las mujeres1. Se trata de una sociedad en la que las diferencias entre el norte y el sur son enormes y continúan creciendo como nos ponen de manifiesto a diario las migraciones internacionales, y en la que en los países del centro del sistema mundo hemos conseguido afirmar y reafirmar una ciudadanía laboral, que integra y excluye fundamentalmente a través del trabajo. Obviamente, hablar de trabajo sexual implica haberse posicionado ya en el debate que parece haberse incrementado en los últimos años en torno a la prestación de servicios sexuales por parte de mujeres a cambio de precio… El debate precisamente se ha retomado a raíz del incremento de las migraciones internacionales del sur hacia el norte y del incremento, por tanto, de mujeres del sur que se insertan en la industria global del sexo. Además, el debate parece haberse polarizado entre quienes hablamos de trabajo sexual y quienes consideran que la prostitución sólo puede ser conceptualizada como explotación sexual de las mujeres por parte de los hombres. Si bien considero que

1

Considero que los diferentes elementos que definen el momento actual se articulan e interrelacionan de manera casi necesaria: por lo que se, no ha existido ninguna sociedad capitalista que no fuera patriarcal y el hecho de globalizar el capitalismo como se está globalizando, o en la interpretación mayoritaria de la globalización, no iba a llevar aparejado la disminución de los sistemas de dominio sobre los que se articula sino más bien la acentuación de esos sistemas.


14

RUTH M. MESTRE I MESTRE

parte del debate no está entre esas dos posturas2, creo que analizar lo que considero la raíz del desencuentro puede contribuir a clarificar y avanzar en la discusión. En mi opinión, buena parte del desencuentro radica en cómo se interpreta el sistema de dominio que afecta a las mujeres, cuales son las funciones del derecho y los derechos y cómo podemos evaluar las respuestas jurídicas que ofrecemos. Es decir, creo que el tipo de respuesta jurídica que se propone depende de cómo se analiza el contexto de género (que veremos en la primera parte de este trabajo); y tiene que ser evaluada según el impacto de género que tendría en una sociedad determinada, que consecuencias tendría en el sistema de sexo/género: si asegura más espacios de dominio a los hombres o concede o amplía espacios de poder para las mujeres. Para mi, este segundo eje está en relación con cómo entendamos y construyamos la igualdad (en tanto que concepto normativo) y lo veremos en la segunda parte. En este trabajo me propongo analizar esos dos extremos: cual considero que es el contexto actual y qué respuesta jurídica tendría un menor impacto negativo de género. En ese sentido no señalo cuál es la respuesta jurídica que habría que dar a la prostitución para terminar con el patriarcado, sino cuál es la mejor respuesta para asegurar espacios de libertad e igualdad para todas las mujeres.

2. Primera parte. Construir el contexto e identificar los parámetros: perdona, pero, exactamente, de qué estamos hablando? Me parece evidente que la prostitución o el trabajo sexual tiene que ser siempre analizado en un contexto: la prostitución o qué se considera prostitución está en relación con el momento y el lugar; con qué se considera sexo legítimo y relaciones entre los sexos, digamos, lícitas o adecuadas. En ese sentido, las hetairas poco tienen que ver con los teléfonos eróticos o las call girls. Pero esto es relativamente fácil. En

2

Como hemos argumentado M. López Precioso y yo en otro lugar (2005), en realidad las posiciones abolicionistas niegan las posturas por el reconocimiento de derechos que defienden otras mujeres feministas, las asimilan a las posiciones de la patronal y por tanto se niegan a reconocerlas como interlocutoras válidas. M. López argumenta en otro lugar de este volumen que esa silenciación de las voces de determinadas feministas por determinadas feministas no significa que no haya diálogo.


TRABAJO SEXUAL, IGUALDAD Y RECONOCIMIENTO…

15

realidad cuando señalo el problema del contexto me refiero a algo más complejo y sutil. Toda sociedad tiene y mantiene un sistema de sexo/ género, es decir, una serie de disposiciones, instituciones y discursos por los cuales transforma la sexualidad en un producto de la actividad humana (Rubin, 1986). Y este sistema puede ser en mayor o menor medida patriarcal, pero en cualquier caso, en mi opinión, no puede ser analizado aisladamente, “en puridad”, pues se apoya, se refuerza e interactúa con otros sistemas sociales. Pero precisamente el peso o la centralidad del patriarcado “en sentido puro” es un primer punto de desencuentro entre feministas y en la medida en que el tratamiento jurídico que se de al trabajo sexual, hoy por hoy, significa regular la comercialización de servicios sexuales entre los sexos, las estrategias y respuestas jurídicas que se den al trabajo sexual tienen que ser analizadas (en ese contexto) con un doble parámetro. Por un lado, me parece evidente que hay que hacer explícitas las construcciones del contexto y la interpretación de las relaciones entre los sexos que subyace a la propuesta normativa: si el patriarcado consiste en el dominio sexual de las mujeres por parte de los hombres, entonces la prostitución únicamente puede ser considerada un acto de dominio patriarcal y la respuesta en el contexto de una sociedad que se dice igualitaria tendrá que ser la abolición. Pero si el patriarcado no puede ser analizado aisladamente y los ejes de dominio son múltiples y cruzados (procedencia, raza, clase), entonces el trabajo sexual puede ser la mejor estrategia de resistencia y negociación con el patriarcado en un mundo globalizado y la petición será de reconocimiento de derechos como trabajador@s del sexo. Por otro lado, puesto que el debate ha tomado relevancia en el contexto de las migraciones internacionales, me parece que es importante también contextualizar esa parte, aunque sea brevemente.

2.1. Sistema de sexo/género y relaciones patriarcales Como he señalado, me parece que una parte del debate y el desencuentro entre las posiciones feministas radica precisamente en una diferente definición o comprensión de la realidad en lo concerniente a las relaciones entre los sexos. La teoría feminista en los últimos 30 años ha elaborado diferentes diagnósticos, teorías y explicaciones sobre el sistema de dominio que afecta a las mujeres; le ha dado diferentes nombres (patriarcado, sistema de sexo/género) y ha articulado diferentes propuestas. Las diferencias entre feministas son profundas y variadas, pues sigue siendo un pensamiento en


16

RUTH M. MESTRE I MESTRE

construcción y que se construye a partir del debate, pero en relación al tema que nos ocupa, me parece que las diferencias las encontramos fundamentalmente entre lo que podría llamarse el feminismo radical y el feminismo crítico. Aun a riesgo de simplificar mucho, veamos brevemente lo que podría ser una evolución del pensamiento feminista en este sentido y cómo se apoyarían hoy en día las diferentes propuestas en relación al trabajo sexual —como por otra parte ya he adelantado3.

2.1.1. El patriarcado Como es sabido, uno de los términos acuñados para dar cuenta del sistema de exclusión y opresión que padecen las mujeres ha sido el patriarcado porque se trata de señalar que la sujeción de las mujeres por parte de los hombres es sistemática y no individual y responde a una determinada relación de dominación social y política (por tanto no biológica y no basada en la biología), en que los hombres individuales participan y se benefician en las relaciones con las mujeres individuales. Entre las varias versiones o explicaciones del patriarcado, en mi opinión, quien mejor lo ha explicado como sistema político de dominio ha sido C. Pateman, con alguna modificación de C. Molina Petit. El patriarcado puede ser reconstruido en su origen moderno a partir de las narrativas sobre el contrato social como ficción justificatoria del orden político actual, y a partir de una narrativa (silenciada) sobre el contrato sexual previo que los varones pactan o acuerdan entre sí y tiene por objeto a las mujeres: los varones, “les frères” acuerdan ejercer por igual la dominación política sobre las mujeres y tener acceso igual a su cuerpo (Pateman 1995, p. 43). En esta lectura, el acceso al cuerpo de las mujeres, es esencial: una determinada narrativa sexual es legitimada y es precisamente la que permite la transformación del hecho, del sexo, en un sistema social de dominación masculina. De modo que la sexualidad (definida como el acceso al cuerpo femenino) es la clave del patriarcado. Para Pateman, mediante el cuerpo y la sexualidad femenina se instituye el orden

3

Pretendo únicamente establecer un mapa de lo que hay detrás de la discusión actual y para ello he tenido que hacer no pocas simplificaciones: presentar todo el feminismo radical como homogéneo y claramente marxista; hablar de evolución, como si un pensamiento fuese en cierto modo mejor que otro, o lo hubiese superado cuando no es esa la intención etc…


TRABAJO SEXUAL, IGUALDAD Y RECONOCIMIENTO…

17

patriarcal, la sumisión de las mujeres, y esta sumisión se hace totalmente evidente en la versión de Freud sobre el origen de la sociedad civil: los hermanos matan al padre y se constituyen como iguales y libres mediante el contrato social. Este parricidio pone en relevancia el hecho de que los hermanos pacten el acceso igual al cuerpo de las mujeres, hasta entonces, propiedad y prerrogativa exclusiva del padre. Pensemos, por ejemplo, en el derecho de pernada que permitía al señor feudal yacer con la recién casada de un vasallo suyo. El nuevo pacto significará acabar con el derecho del señor sobre las mujeres. Los hermanos pactan poder ser padres— tener el derecho conyugal garantizado con la sujeción de las mujeres. El hecho de centrar en la sexualidad la opresión femenina hará que se presenten todas las relaciones heterosexuales como opresoras y solamente se puedan explicar (y parcialmente) la violación, el acoso sexual en el trabajo o la prostitución y la pornografía como formas de sujeción. De ahí que se conciba el matrimonio como un contrato de esclavitud. El feminismo radical en la versión ofrecida por MacKinnon, analiza las relaciones de dominio entre los sexos desde una perspectiva marxista; o, mejor, realiza un paralelismo con el marxismo como teoría de poder y de explicación de la realidad, y el feminismo como teoría del poder y de la realidad social sexual. De la misma manera que los conceptos de clase, trabajo, capital, medios de producción, etc., son claves para el marxismo, la sexualidad, el sexo, el deseo y la subordinación lo son para el feminismo: “la explotación organizada de la sexualidad de unos para el uso de los otros, define un sexo, la mujer. La heterosexualidad es su estructura social; el deseo su dinámica interna; el género y la familia sus formas quietas; los roles sexuales sus cualidades generalizadas en la persona social; la reproducción, una consecuencia y el control su lucha” (MacKinnon 1995, p. 24) Así, en este esquema explicativo, toda relación heterosexual es una violación: toda relación heterosexual se encuentra inmersa en un sistema de dominación-subordinación, es decir, de poder, que se estructura a través de la explotación del sexo (:de la mujer). Cualquier relación heterosexual forma parte de un sistema de explotación, en el que la mujer siempre está en una posición de subordinación como sexo. La identidad femenina está imbuida a la vez de este dominio y esta subordinación; la mujer es definida como víctima (en el esquema amo/ esclavo) porque lo que define a la mujer como grupo social con conciencia de mujer es su explotación sexual por parte de los hombres.


18

RUTH M. MESTRE I MESTRE

El segundo elemento con el que se construye el orden jerárquico patriarcal es la división en dos esferas: una, la pública y universal, el mundo de los hombres, de los ‘individuos’ y de la razón; la sociedad civil de las libertades, los derechos, la igualdad, la ley general y abstracta que se aplica a todos imparcialmente, razón por la cual firmaron el pacto social… Y otra, la privada, el mundo de las mujeres, de la naturaleza y la pasión (emociones, amor, sexo); el mundo de la privacidad, de las sujeciones naturales; el mundo de las mujeres donde los hombres también gobiernan (razón por la cual los hermanos firmaron el contrato sexual, Pateman 1995a, p. 43). Por eso el patriarcado puede ser explicado, con Molina Petit, como un sistema de adscripción de espacios. La adscripción de espacios basada en el pacto de exclusión es lo que da forma al sistema político y social creado. La adscripción de la mujer al espacio privado significa no sólo una exclusión de la esfera pública sino una prohibición de entrada y es el mecanismo utilizado por la tradición ilustrada y el pensamiento liberal para apartar a las mujeres de las promesas ilustradas (Molina Petit 1994, p. 21 y 105). Yo creo que el estigma de la prostitución surge de esta prohibición patriarcal, pero volveré sobre ello más adelante.

2.1.2. El sistema de sexo/género A pesar de que comparto buena parte del análisis anterior, hay cuestiones en las que discrepo y me parece que no son cuestiones menores. Como señala L. Nicholson (2003), algunas explicaciones feministas del patriarcado como sistema de dominio centrado en el cuerpo de las mujeres, nuestra capacidad reproductora o la sexualidad definida como acceso a nuestros cuerpos, vendrían a indicar que hay algo en los cuerpos de las mujeres que “proporciona un terreno fértil para un cierto abanico de reacciones masculinas en todas las culturas, con semejanzas suficientes para establecer una cierta comunidad de la experiencia femenina como víctimas de tales reacciones” (Nicholson 2003, p. 63) Es decir, por un lado, se señala que el patriarcado (y el género) es una construcción social y política; por otro, resulta que es la misma en todas las sociedades o presenta similitudes suficientemente grandes como para que podamos identificar como mujeres a las personas que resultan ser víctimas de los sistemas sociales de apropiación o control de los cuerpos — a partir de una definición determinada de la sexualidad humana. Por ejemplo, para MacKinnon lo que define a la mujer como grupo social con conciencia


TRABAJO SEXUAL, IGUALDAD Y RECONOCIMIENTO…

19

de mujer es su explotación sexual por parte de los hombres4. Las diferencias de clase, la psicología o la etnia de cada mujer no son determinantes para definirla. Lo que la define desde un punto de vista social y determina todos los comportamientos del individuo es que sea mujer5, es decir, sexo. Esta construcción de las mujeres como víctimas, con un acceso privilegiado a la verdad desde su posición ha significado elaborar, como señala Mohanty, una teoría autoritaria de la experiencia femenina6. En este sentido, la utilización del término patriarcado ha sido discutida y cuestionada porque el sistema de opresión no es unidireccional o monocausal, y una definición que quiera dar cuenta de esta complejidad es, por fuerza, reductora. Así, para la construcción de un sujeto político femenino fuerte se negó la diversidad entre las mujeres, se forzó una homogeneización del grupo “mujer” que acabó por construir una versión totalizante de la experiencia y la subjetividad femeninas a partir del sistema de dominio que coincidía amplia-

4

5

6

Patricia A. Cain, una feminista lesbiana, realiza una crítica muy incisiva. Cain mantiene que las lesbianas disfrutan de espacios de no subordinación masculina y que no pueden ser incluidas en la teoría de MacKinnon porque no sufren “explotación sexual” por parte de los hombres. Creo que la lectura de Cain de la teoría de MacKinnon es un poco reducida. MacKinnon no identifica, a mi entender, “explotación sexual” con relación heterosexual y privada sino que va más allá, reconduce la cuestión del sexo a la esfera pública y afirma que en base a la diferenciación sexual se ha justificado y creado un sistema de explotación de las mujeres. La explotación sexual femenina es una explotación social hecha sobre la base del sexo. Ahora bien, Cain desarrolla una crítica muy interesante en algunos aspectos. Ante las experiencias de las lesbianas MacKinnon tiene dos respuestas: una consiste en decir que las excepciones o diferencias que experimentan las lesbianas no importan. La otra es sencillamente afirmar que no es cierto que las lesbianas no sufren subordinación. Pienso que la primera objeción es interesante para ver en quién se fija MacKinnon para extraer “la norma”, y construir el sujeto político/ social “mujer”. P. A. CAIN.: “Feminist Jurisprudence. Grounding the Theories (1990)” en K.T. BARTTLET i R. KENNEDY (eds.): Feminist Legal Theory. Readings in Law and gender, New Perspectives on Law, Culture and Society, Westview Press, Colorado, Oxford 1991, págs. 263-280. C.A. MACKINNON 1995, pág. 165: “Dicho de otro modo, aunque la raza o la clase o la psicología de una mujer puedan definirla entre las demás mujeres, el hecho de ser mujer tiene un significado que define decisivamente a todas las mujeres desde el punto de vista social, desde sus momentos más íntimos hasta sus relaciones más anónimas”. CH. T. MOHANTY: “Feminist Encounters: Locating the Politics of Experience”, en A. PHILLIPS (ed.): Feminism and Politics, Oxford readings in feminism, Oxford University Press, Oxford, New York 1998, pàgs.: 254-272: 254-255.


20

RUTH M. MESTRE I MESTRE

mente con la opresión de las mujeres blancas heterosexuales de clase media del mundo occidental. La creación de conciencia feminista se hizo a golpe de afirmación de la similitud interna (y la negación de la diversidad) y la posición de subordinación social compartida negando que algunas mujeres éramos (somos) social y políticamente más poderosas porque nos aprovechamos de otros sistemas de dominio. Peor todavía, como se ha señalado desde las teorías feministas postcoloniales, el sujeto femenino blanco de construyó gracias a la subordinación de otras mujeres o frente a la subordinación de otras mujeres, bien porque sus experiencias no eran universalizables, o bien porque, del mismo modo que se construye el sujeto autónomo masculino frente a y gracias a la subordinación de las mujeres (definidas como dependientes), el sujeto femenino occidental emancipado se construye frente a otros sujetos femeninos no emancipados y a los que hay que salvar7. A. Jónasdóttir (1993) afirma que parte de las dificultades de las feministas a la hora de desarrollar una teoría consistente sobre el patriarcado y las discusiones a propósito de la utilización del término radica en una inapropiada distinción (inexistente, más bien) entre diferentes niveles de teorización que deberíamos hacer. Es decir, las feministas deberíamos trabajar de forma consciente a diferentes niveles: (1) un nivel teórico básico en el que las mujeres y los hombres han de conceptuarse como grupos definidos por el sexo/género y (2) otros niveles de teorías parciales en que se analizan las variaciones sociales e históricas de las circunstancias y experiencias concretas de los diferentes grupos. Es decir, por un lado, el feminismo tiene que conceptualizar el patriarcado (de la misma manera que se ha conceptualizado la sociedad de clases), explicando la relación entre hombres y mujeres en el proceso de producción y reproducción social en tanto que seres sexuados. Por otro lado, en estudios más concretos (teorías parciales) se pueden analizar las variaciones que presentan diferentes grupos. Si bien es una precisión interesante, me parece que en el planteamien-

7

Los estudios empiezan a ser ya numerosos. Creo que la mejor compilación en castellano es VVAA: Otras inapropiables. Feminismos desde los márgenes, traficantes de sueños, Madrid, 2004; en inglés encontramos el Reader elaborado por R. Lewis y S. Mills (eds): Feminist Postcolonial Theory, Edinburgh University press, 2003.


TRABAJO SEXUAL, IGUALDAD Y RECONOCIMIENTO…

21

to de Jónasdóttir queda legitimado que el patriarcado sea ciego al particular modo de opresión de las mujeres que acumulan circunstancias de exclusión y opresión; de la misma manera que queda legitimado un modelo de opresión femenina (auténtico) frente a otras variaciones, es decir, precisamente la crítica que venimos señalando como principal, lanzada por feministas negras, feministas del llamado tercer mundo, etc…. Precisamente, por estas razones a partir de los ’90 se hace inevitable para la teoría feminista enfrentarse a la cuestión de la diversidad entre las mujeres porque la apropiación de la categoría mujer por parte de unas mujeres con unas experiencias concretas (mujeres blancas, occidentales, de clase media, heterosexuales…) es fuertemente cuestionada desde otros feminismos y una parte del feminismo reconoce e institucionaliza la diferencia entre mujeres, modificando y cuestionando las asunciones y teorías previas (Mohanty 1998). Esta institucionalización supuso, en mi opinión, una radicalización del proyecto emancipador feminista al no seguir silenciando las experiencias de las otras y al desplazar una determinada noción del patriarcado y analizarlo desde otras perspectivas, a partir de su cruce con otros sistemas de exclusión o/y opresión. Por otro lado, el hecho de que se analice el cruce del sistema de sexo/género (más amplio que el patriarcado) con otros sistemas de opresión (racismo, por ejemplo) modifica también la noción de sujeto del feminismo8. Precisamente por estos motivos muchas feministas prefieren hablar del sistema sexo-género. El concepto de “sexo-género” proviene de la antropología y fue introducido por la antropóloga americana Gayle Rubin. Rubin define el sistema sexo-género como “la serie de disposiciones por las cuales una sociedad transforma la sexualidad en un producto de la actividad humana”, o sea, en un producto social, con un significado social, “y dentro de las cuales se satisfacen esas necesidades sexuales transformadas”9 (Rubin 1986).

8

9

Esta “pulverización del sujeto revolucionario” y el reconocimiento de que no existe ya un núcleo privilegiado de lucha y emancipación (Amorós 1985: 320) no significa que se haya de renunciar ni a la idea de sujeto, ni a un proyecto emancipador. Como señala Amorós (Amorós 1985:320 y 2000: 361), este cambio significa asumir la responsabilidad de saber que el sujeto revolucionario es creado y asumir que las identidades, cuando están vinculadas a un proyecto de emancipación, se vuelven funcionales para la propia lucha emancipadora y en este proceso, permanentemente son redefinidas y modificadas. Me parece que buena parte de lo que conocemos como industria del sexo, se dedica a esta transformación, pero muchas partes de la vida social se organizan en torno


22

RUTH M. MESTRE I MESTRE

De este modo, señala Benhabib, como constitución simbólica e interpretación social e histórica de las diferencias anatómicas de o entre los sexos, el sistema de sexo/género no es un sistema contingente sino esencial para comprender cómo la realidad social está organizada, dividida simbólicamente y vivida diferentemente: es la red a través de la cual nos constituimos como individuos encarnados (Benhabib 1987, p. 80). Pero quizás no sea el único sistema que produce seres encarnados: como señala Young, cuando la cultura dominante define otros grupos como diferentes, otros, los miembros de estos grupos quedan encarcelados en sus cuerpos —ésta es la opresión del racismo—, que son construidos como rechazables como cuerpos (Young 2000, p. 130). Es decir, el sistema sexo/género es uno de los sistemas por el que nos constituimos como seres encarnados — corporeizados—, pero fundamentalmente nos constituimos como seres sexuados —en una sociedad construida en torno de la diferencia sexual como base para las relaciones. Este sistema puede variar entre sociedades, y es más, como señala Nicholson (2004: 53), entre los grupos humanos existen diferencias no sólo en las expectativas sobre la forma de actuar según el sexo de la persona (…) sino también en las formas de ver el cuerpo y en la relación entre éstas y las expectativas concernientes a lo que hacemos, pensamos y sentimos. En cualquier caso, el concepto de sistema de sexo/género nos permite diferenciar entre “la capacidad y necesidad humana de crear un mundo sexual y las formas empíricamente opresivas en que se organizan los mundos sexuales” (Rubin), que pueden ser en mayor o menor grado patriarcales. Por relaciones patriarcales se entiende una forma específica de relaciones entre los género o de relaciones de género en las que las mujeres ocupan una situación de subordinación (Brah 2004, p. 112), de modo que un sistema de sexo/género es más patriarcal cuanto más espacios y mecanismos de subordinación de las mujeres a los hombres asegura. Pero, como digo, no es monolítico, ni unidireccional, ni uniforme. Por un lado, en un mismo espacio y tiempo podemos encontrar instituciones que afirman y consolidan relaciones patriarcales, junto con instituciones que intentan modificar las relaciones de poder entre los sexos. Y también podemos encontrar incluso dentro del derecho

a este tema de una manera quizá no tan evidente; pero creo que también es precisamente en este sentido que podemos hablar de industria del sexo y de trabajo sexual.


TRABAJO SEXUAL, IGUALDAD Y RECONOCIMIENTO…

23

(del sistema jurídico), procedimientos, normas y categorías contradictorias en ese sentido — la ley de extranjería muestra mil ejemplos de esto mismo—. Por otro lado, desde esta perspectiva, el sistema sexo/ género sería considerado como uno más a tener en cuenta. Es decir, se acepta, al hablar así, que el patriarcado no puede explicar por él mismo la exclusión de las mujeres y las opresiones de las mujeres en todas sus versiones. No podemos hablar de una versión pura del patriarcado, no modificada por otros sistemas y hay que desplazar (no eliminar) el patriarcado para articularlo con otros sistemas identitarios que conforman diferencias que se traducen en desigualdades. El término mujer, el sujeto femenino o el análisis del sistema de subordinación debe ser realizado desde la óptica de estar ante un entramado complejo de estructuras y sistemas de dominación y de relaciones sociales jerárquicas que configuran un mapa social y político complejo en el que nos situamos contingentemente como sujetos (Mouffe 1999). El concepto de interseccionalidad (Creenshaw 1991 y 1997) viene a expresar este cambio: cada individuo representa una intersección dinámica de diversas identidades y diferentes luchas por su reconocimiento y esta intersección dinámica le permite ir situándose en cada momento en un “mapa” social, político e identitario diferente (Mohanty 1998), sin quedar todos reducidos a uno (con una identidad normativa y unas experiencias prefijadas dentro de un sistema de jerarquías fijo). Como señala Harris (1991), la noción de identidad múltiple es la que mejor expresa o define un mundo en el que los individuos no se encuentran principal o solamente oprimidos por el sexo, sino por redes e interconexiones entre el sexo, la etnia, el color, la orientación sexual, la clase… o la división Norte/ Sur. Me parece que en este momento, como tanto se ha insistido desde el feminismo, digamos no blanco-occidental, lo interesante o lo que resultaría útil es comprender cómo las relaciones patriarcales se articulan con otras formas de relación social y otras estructuras y jerarquías: “las estructuras de clase, racismo, género y sexualidad no pueden tratarse como variables independientes porque la opresión de cada una está inscrita en las otras —es constituida por y es constitutiva de las otras” (Brah, 2004). Me parece que esta es una mejor lectura y una mejor explicación de la realidad que vivimos.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
1_9788484568421 by Editorial Tirant Lo Blanch - Issuu