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PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA El derecho procesal de la Unión Europea
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH MARÍA JOSÉ AÑÓN ROIG
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
ANA CAÑIZARES LASO Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
JORGE A. CERDIO HERRÁN
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
EDUARDO FERRER MAC-GREGOR POISOT Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
OWEN FISS Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
JOSÉ ANTONIO GARCÍA-CRUCES GONZÁLEZ Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
LUIS LÓPEZ GUERRA Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
ÁNGEL M. LÓPEZ Y LÓPEZ
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
JAVIER DE LUCAS MARTÍN
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
VÍCTOR MORENO CATENA
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
FRANCISCO MUÑOZ CONDE
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
ANGELIKA NUSSBERGER
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia
HÉCTOR OLASOLO ALONSO
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
LUCIANO PAREJO ALFONSO
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
TOMÁS SALA FRANCO
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
IGNACIO SANCHO GARGALLO
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
TOMÁS S. VIVES ANTÓN
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
MARTA LORENTE SARIÑENA RUTH ZIMMERLING
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA El derecho procesal de la Unión Europea
Ana Beltrán Montoliu Profesora Contratada Doctora (Acreditada a Profesora Titular) Derecho Procesal Universitat Jaume I
tirant lo blanch Valencia, 2021
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Colección Derecho Procesal de la Unión Europea Directora: MAR JIMENO BULNES Catedrática de Derecho Procesal
© Ana Beltrán Montoliu
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email: tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1378-283-6 MAQUETA: Innovatext Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Dedicatoria: A mi padre, por una vida llena de ilusión A mi madre, por ser la calma en mis tormentas
Agradecimiento Para Isabel con todo mi cariño
Índice ABREVIATURAS........................................................................................................ 15 I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................... 19 II. MARCO LEGAL ........................................................................................... 31
1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS..................................................... 31 2. MARCO NORMATIVO DEL PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA............................................................................................... 42 3. OTROS INSTRUMENTOS NORMATIVOS DE JUSTICIA CIVIL EN LA UNIÓN EUROPEA................................................................... 43 III. CARACTERÍSTICAS ...................................................................................... 45 IV. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN..................................................... 49
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN MATERIAL ............................................ 49 1.1. Limitación económica................................................................. 49 1.2. Objeto........................................................................................... 52 2. ÁMBITO GEOGRÁFICO Y TEMPORAL ............................................ 57 V. ASPECTOS GENERALES ........................................................................... 65
1. INICIO................................................................................................... 65 2. ASISTENCIA PRÁCTICA...................................................................... 65 3. POSTULACIÓN ................................................................................... 68 4. COMPETENCIA ................................................................................... 71 4.1. Competencia judicial internacional ........................................... 71 4.2. Competencia objetiva, funcional y territorial ............................ 78 5. LENGUA................................................................................................ 79 6. NOTIFICACIONES Y OTRAS COMUNICACIONES......................... 84 7. PLAZOS................................................................................................. 87 VI. INCOACIÓN DEL PROCESO ................................................................... 91
1. PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA ................................................. 91 2. DOCUMENTOS ADJUNTOS A LA DEMANDA ................................ 95 3. ENVÍO DE LA DEMANDA AL ÓRGANO JURISDICCIONAL ......... 95 4. RESPUESTA DEL DEMANDADO....................................................... 100 5. RECONVENCIÓN ............................................................................... 102 VII. PROCEDIMIENTO...................................................................................... 105
1. ÓRGANO JURISDICCIONAL.............................................................. 105 2. INFORMACIÓN ADICIONAL APORTADA POR EL DEMANDAN-
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Índice
TE Y EL DEMANDADO........................................................................ 107 3. VISTA ORAL.......................................................................................... 108 4. PRUEBA................................................................................................. 111 4.1. Aspectos generales ...................................................................... 111 4.2. Admisibilidad de la prueba ......................................................... 113 4.3. Práctica de la prueba.................................................................... 115 5. NUEVAS TECNOLOGÍAS.................................................................... 117 6. CONCLUSIÓN DEL PROCESO ......................................................... 119 VIII. SENTENCIA.................................................................................................. 123 IX. COSTAS Y TASAS JUDICIALES.................................................................. 125 X. RECURSO Y REVISIÓN.............................................................................. 131
1. RECURSO ............................................................................................. 131 2. REVISIÓN ............................................................................................. 134 XI. RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN........................................................ 137
1. PRINCIPIOS GENERALES................................................................... 137 1.1. Supresión del exequátur ............................................................. 138 I.2. Legislación aplicable.................................................................... 139 2. REQUISITOS........................................................................................ 139 3. CERTIFICADO RELATIVO A LA SENTENCIA (FORMULARIO D) .......................................................................................................... 140 4. DENEGACIÓN Y LIMITACIÓN DE LA EJECUCIÓN........................ 142 4.1. Condiciones.................................................................................. 143 4.2. Oposición ..................................................................................... 144 4.3. Suspensión y limitación de la ejecución .................................... 145 5. PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA .............. 149 5.1. Fases ............................................................................................. 149 5.2. Autoridades y organismos de ejecución...................................... 149 5.3. Cuestiones lingüísticas................................................................. 152 6. TRANSACCIÓN JUDICIAL.................................................................. 152 XII. CUESTIONES FINALES.............................................................................. 155 XIII. SITUACIÓN EN ESPAÑA............................................................................ 157 XIV. CONCLUSIONES......................................................................................... 163 ANEXOS................................................................................................................... 171
1. LEGISLACIÓN...................................................................................... 171 1.1. Versión consolidada del Reglamento (CE) nº861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de julio de 2007 por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía (versión consolidada) (DO L 199 de 31.7.2007, p. 1) .............. 171
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Índice
2.
3. 4.
5.
6.
1.2. Ley 4/2011, de 24 de marzo, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía (extracto proceso europeo de escasa cuantía)................ 203 FORMULARIOS INCLUIDOS EN EL REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/1259 DE LA COMISIÓN DE 19 DE JUNIO DE 2017 POR EL QUE SE SUSTITUYEN LOS ANEXOS I, II, III Y IV DEL REGLAMENTO (CE) N.O 861/2007 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE UN PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA (DO L 182 DE 13.7.2017) ................ 205 2.1. Formulario A (Formulario de demanda)................................... 206 2.2. Formulario B (Solicitud del órgano jurisdiccional de que se complete o rectifique el formulario de demanda) ................... 215 2.3. Formulario C (Formulario de contestación) ............................. 218 2.4. Formulario D (Certificado relativo a una sentencia dictada en el proceso europeo de escasa cuantía o una transacción judicial).... 222 ESQUEMAS PROCEDIMENTALES..................................................... 225 3.1. Regulación, objeto y características del PEEC............................ 225 3.2. Procedimiento ............................................................................... 228 RECURSOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS............................. 232 4.1. Páginas webs de la Unión Europea............................................. 232 4.1.1. Portal e-Justicia........................................................................... 232 4.1.2. Atlas judicial europeo en materia civil...................................... 232 4.1.3. Glosarios y terminología............................................................ 234 4.1.4. Enlaces relacionados con el proceso europeo de escasa cuantía ........................................................................................ 235 CUADRO COMPARATIVO DEMANDAS DE ESCASA CUANTÍA UNIÓN EUROPEA............................................................................... 235 5.1. Procedimiento específico para las demandas de escasa cuantía. 236 5.2. Ámbito del procedimiento.......................................................... 236 5.3. Inicio del procedimiento............................................................. 242 5.4. Formularios................................................................................... 247 5.5. Asistencia...................................................................................... 250 5.6. Obtención de pruebas................................................................. 254 5.7. Procedimiento escrito.................................................................. 258 5.8. Contenido de la decisión............................................................. 262 5.9. Reembolso de gastos.................................................................... 265 5.10. Posibilidades de recurso.............................................................. 269 ESTADÍSTICA JUDICIAL .................................................................... 273 6.1. Asuntos resueltos 2010-2019 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.................................................................................... 273 6.2. Asuntos resueltos 2010-2019 Juzgados de Primera Instancia ... 278 6.3. Asuntos resueltos 2010-2019 Juzgados de lo Mercantil.............. 283 6.4. Serie cronológica 2010-2019 duración PEEC............................. 288
BIBLIOGRAFÍA....................................................................................................... 291
ABREVIATURAS
AN BOE CDFUE CC AA Cciv. Ccom. CB
Audiencia Nacional Boletín Oficial del Estado Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea Comunidades Autónomas. Código Civil. Código de Comercio Convenio Bruselas, de 27 de septiembre de 1968, relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. CE Constitución Española. CP Código Penal. D Decreto. Disposición Adicional. DA D Directiva. DM Decisión Marco. DF Disposición Final. Diario Oficial de la Unión Europea. DOUE EM Exposición de Motivos. Ley Concursal. LC LEC Ley de Enjuiciamiento Civil. LECRIM Ley de Enjuiciamiento Criminal. LO Ley Orgánica. LOPJ Ley Orgánica del Poder Judicial. LPA Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. LRMC Ley de Reconocimiento mutuo de resoluciones penales en el orden civil. LRMP Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en el orden penal. op. cit. Obra citada.
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Abreviaturas
p. /pp. PEEC
Página /Páginas. Proceso europeo de escasa cuantía, establecido por el Reglamento (CE) nº 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007. PME Proceso monitorio europeo, establecido por el Reglamento (CE) nº 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006. Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre, RB-I relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. RB- I ref. Reglamento (UE) nº 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2012 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (refundición). Real Decreto. RD RD Leg. Real Decreto Legislativo. Reglamento. Regl. ROP Reglamento (CE) No 1206/2001 del Consejo de 28 de mayo de 2001 relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención´ n de pruebas en materia civil o mercantil. RPEEC Reglamento (CE) nº 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía y Reglamento (UE) 2015/2421 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2015. Reglamento (CE) nº 1896/2006 del Parlamento Europeo y del RPME Consejo de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo. RTEE Reglamento (CE) nº 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados. TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sentencia del Tribunal Supremo. STS
STEDH Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. STJUE Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. TC Tribunal Constitucional.
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Abreviaturas
TFUE TJUE TSJ UE
Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea. Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Tribunal Superior de Justicia. Unión Europea.
I. INTRODUCCIÓN
En el contexto general de la justicia civil de la Unión Europea1, una de las principales preocupaciones en relación con los procedimientos civiles es garantizar la posibilidad de que los ciudadanos acudan a los órganos jurisdiccionales2 y logren una tutela judicial efectiva3 de forma rápida y sencilla (sin necesidad de asesoramiento letrado) a la vez que económica. En comparación con los anteriores programas políticos en materia de justicia es verdad que La agenda de justicia de la UE para 2020 es menos ambiciosa al proponer nueva legislación, ya que se enfrenta a los desafíos de reforzar
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Remitimos para mayor información a la Red Judicial Europea (RJE) en materias civil y mercantil. Se trata de una red con carácter informal que afecta a las autoridades nacionales. Su objetivo es simplificar y reforzar la cooperación judicial entre los Estados miembros. Desde su creación en 2002, la RJE contribuye a la aplicación e implementación prácticas de los instrumentos de justicia civil de la UE. La finalidad perseguida es aproximar los diferentes sistemas judiciales de los Estados miembros y reforzar la confianza mutua. Las tareas principales de la Red son los contactos directos y la tramitación de asuntos entre los puntos de contacto nacionales de la Red, a través del acceso transfronterizo a la justicia que se facilita mediante la información al público en general y a los profesionales de la justicia disponible en las fichas y demás publicaciones del Portal Europeo de e-Justicia, así como la evaluación y el intercambio de experiencias sobre el funcionamiento de los instrumentos legislativos específicos de la Unión en materia civil y mercantil. Información disponible en https://e-justice.europa.eu/content_european_judicial_network_ in_civil_and_commercial_matters-21-es.do (fecha de último acceso: 15 de julio de 2020) Decisión 2001/470/CE del Consejo, de 28 de mayo de 2001, por la que se crea una Red Judicial en materia civil y mercantil (DO L 174 de 27.6.200) Art. 3.1 b) 1: “La Red tendrá como misión: facilitar el acceso efectivo a la justicia mediante campañas de información sobre la aplicación de los actos comunitarios y de los instrumentos internacionales relativos a la cooperación judicial en materia civil y mercantil.” Tal y como indica M. Jimeno Bulnes, Un proceso europeo para el siglo XXI, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2011, p.60: “las medidas y propuestas legislativas procedentes de las instituciones comunitarias sin duda se dirigen a un objetivo común, cual es la protección de tal derecho a la tutela judicial efectiva expresamente contemplado en este marco procesal civil a partir de la mención general dispuesta a este respecto en el art. 67.3 TFUE. Más allá de que el mismo aparece también específicamente contemplado como una medida concreta en sí misma, ciertamente es esta además la traducción del enunciado contenido en el Programa de Estocolmo respecto del presente ámbito procesal civil en su intención de establecer que las fronteras entre los Estados miembros no deberían constituir un obstáculo para la resolución de asuntos civiles ni para incoar procedimientos o ejecutar resoluciones en materia civil, mejorando, en suma, el acceso a esta justicia civil por parte de todas las personas físicas y jurídicas de los Estados miembros.”
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Ana Beltrán Montoliu
la confianza, la movilidad y el crecimiento en la Unión. Sin embargo, esto se debe a que, para hacer frente a estos retos, y obtenerse un verdadero espacio europeo de justicia, la política de la UE en materia de justicia debe concentrarse en los próximos años en consolidar lo conseguido, y, cuando sea preciso y oportuno, codificar la legislación y las prácticas de la UE y complementar el marco vigente con nuevas iniciativas. Dependiendo del tipo de retos, la futura política de justicia de la UE debe utilizar una combinación de estos métodos, sobre la base de un análisis caso por caso y una evaluación de impacto4. Siguiendo en esta línea, la Comisión Europea en las Orientaciones políticas para la próxima Comisión Europea 2019-2024 pone de manifiesto que el objetivo perseguido es encontrar una solución que proteja el Estado de Derecho, mediante la cooperación y el apoyo mutuo, pero sin excluir una respuesta efectiva, proporcionada y disuasoria como último recurso5. Con todo, es indudable que los instrumentos legales que aparecen en el ámbito de la cooperación en el ámbito civil y mercantil, han construido un área judicial genuina donde los ciudadanos y las empresas pueden confiar en el funcionamiento de los sistemas de justicia y en la cooperación transfronteriza6. En especial, en el marco de las demandas de escasa cuantía interpuestas por particulares contra empresas u otros particulares, lo que precisamente se pretende evitar es, que el tiempo7, esfuerzo y costas no sean manifiestamente despro-
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Comisión Europea, Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. La agenda de justicia de la UE para 2020 - Reforzar la confianza, la movilidad y el crecimiento en la Unión, Estrasburgo, (COM (2014) 144 final), 11.3.2014, sección 4, p.6. U. von der Leyen, Una Unión que se esfuerza por lograr más resultados. Mi agenda para Europa: Orientaciones políticas para la próxima comisión europea 2019-2024, p. 16. Disponible en <https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/political-guidelines-next-commission_es_1.pdf> B. Hess, B. y X. Kramer,From Common Rules to best practices in European Civil Procedure, Studies of the Max Planck Institute Luxembourg for International, European and Regulatory Procedural Law, nº 8, Nomos, Baden-Baden 2017, p. 9. La tendencia en Europa es mejorar en este sentido vid. Comisión Europea, “Cuadro de indicadores de la justicia en la UE de 2020: Continua mejora de la eficiencia y la accesibilidad de los sistemas judiciales de la UE, aunque con una disminución de la percepción de la independencia judicial en algunos Estados miembros”, comunicado de prensa, 10 de julio 2020, donde se pone de manifiesto que : “En casi todos esos Estados miembros, la duración de los procedimientos judiciales en primera instancia ha disminuido o se ha mantenido estable. Casi todos los Estados miembros notificaron una elevada tasa de resolución (más del 97 %), lo que significa que los tribunales suelen estar en condiciones de admitir a trámite los nuevos asuntos, al tiempo que se registran avances en la disminución del volumen de asuntos pendientes” <https://ec.europa.eu/commission/ presscorner/detail/es/ip_20_1316> El cuadro de indicadores 2020 se puede consultar en EU Justice Scoreboard 2020 https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/justice_scoreboard_2020_en.pdf (fecha de último acceso: 12 de julio de 2020)