Participan 59 autores entre presidentas y presidentes de estos institutos, consejerías electorales, miembros de la academia, y especialistas en la materia. De igual forma, colabora con el prólogo el Dr. José Ramón Cossío Díaz, Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como el Dr. César Astudillo, académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con un estudio introductorio. El sistema democrático del país seguirá perfeccionándose mientras se apueste por un federalismo que funcione de manera eficiente y una democracia que se construya desde lo local.
homenajes & congresos
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DEMOCRACIA LOCAL Y FEDERALISMO
En la actualidad, el sistema electoral mexicano es considerado un referente en el plano internacional y eso en gran medida se debe a las aportaciones, el profesionalismo y la experiencia de los institutos electorales locales que existen en cada una de las entidades federativas. La presente publicación recoge algunas de las contribuciones que han hecho estos 32 organismos, muchas de las cuales se originaron o se perfeccionaron desde el ámbito local y hoy se encuentran consolidadas en el andamiaje electoral de nuestro país. Entre estas aportaciones se pueden listar aspectos regulatorios aspectos regulatorios, candidaturas independientes, paridad de género, sistemas normativos por usos y costumbres, inclusión de personas en situación de vulnerabilidad, educación cívica, participación ciudadana, vinculación con la sociedad, uso de tecnologías y varias más.
coordinadores Gerardo Romero Altamirano Nirvana Fabiola Rosales Ochoa Karla Gabriela Peraza Zazueta Luis Fernando Landeros Ortiz Oswaldo Chacón Rojas
homenajes & congresos
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Lectu
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Javier de Lucas Martín
Ana Cañizares Laso
Víctor Moreno Catena
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania)
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
DEMOCRACIA LOCAL Y FEDERALISMO:
EXPERIENCIAS EXITOSAS DE LOS 32 INSTITUTOS ELECTORALES
Coordinadores de la obra
GERARDO ROMERO ALTAMIRANO
Consejero Presidente del Instituto Electoral del Estado de Querétaro
NIRVANA FABIOLA ROSALES OCHOA
Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima
KARLA GABRIELA PERAZA ZAZUETA
Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa
LUIS FERNANDO LANDEROS ORTIZ
Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes
OSWALDO CHACÓN ROJAS
Consejero Presidente del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas
tirant lo blanch Ciudad de México, 2020
Copyright ® 2020 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/ Portada: Julio César Palacios Naranjo Colaboración en la edición y/o revisión: Alan Fernando Martínez Reyes, Carlos Alejandro Pérez Espíndola, Lorena Villaseñor Campos y Mirian Tirado Ceciliano. “Lo expresado en esta obra es responsabilidad exclusiva de cada autora o autor”
© Varios autores
© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Río Tiber 66, Piso 4 Colonia Cuauhtémoc Alcaldía Cuauhtémoc CP 06500 Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1336-313-4 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicasde-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
AUTORES Luis Fernando Landeros Ortiz Yesenia Fregoso Moncada Clemente Custodio Ramos Mendoza Mario Alberto Garza Castillo Graciela Amezola Canseco Samuel Hiram Ramírez Mejía Jorge Alberto Aranda Miranda Filiberto Chávez Méndez Rebeca Barrera Amador Jacinto Herrera Serrallonga Mayra Fabiola Bojórquez González Gerardo Romero Altamirano Oswaldo Chacón Rojas José Eugenio Plascencia Zarazúa Gustavo Reyes Pazos Carlos Alejandro Pérez Espíndola Arturo Meraz González Mayra San Román Carrillo Medina Guillermo Sierra Fuentes Laura Elena Fonseca Leal Mario Velázquez Miranda Zelandia Bórquez Estrada Yuri G. Beltrán Miranda Marco Iván Vargas Cuéllar Mauricio Huesca Rodríguez Karla Gabriela Peraza Zazueta Gabriela María de León Farías José Enrique Vega Ayala Nirvana Fabiola Rosales Ochoa Guadalupe Taddei Zavala Noemí Sofía Herrera Núñez Nery Ruiz Arvizu Martha Elba Iza Huerta Maday Merino Damian Juan Enrique Kato Rodríguez María de los Ángeles Quintero Rentería Saúl Mandujano Rubio José Francisco Salazar Arteaga Mauricio Enrique Guzmán Yáñez José de los Santos González Picazo Santiago López Acosta Elizabeth Piedras Martínez J. Nazarín Vargas Armenta Remigio Vélez Quiroz Guillermina Vázquez Benítez Jorge E. Galindo Ramos Jesús Rivera Ríos Eva Barrientos Zepeda Guillermo Amado Alcaraz Cross Juan Manuel Vázquez Barajas Ramón Hernández Reyes Roberto López Pérez Ana Isabel León Trueba María de Lourdes Rosas Moya Ubléster Damián Bermúdez Delta Alejandra Pacheco Puente Celso Valderrama Delgado J. Virgilio Rivera Delgadillo Alicia Villaneda González
Índice Prólogo................................................................................................................. 13 Presentación......................................................................................................... 17
Estudio introductorio......................................................................................... 19 César Astudillo
Principio de certeza en la obtención del apoyo ciudadano por parte de los aspirantes a una candidatura independiente................................................................... 49 Luis Fernando Landeros Ortiz
La influencia del estado de Baja California en el sistema político mexicano......... 59 Clemente Custodio Ramos Mendoza Graciela Amezola Canseco Jorge Alberto Aranda Miranda
La participación política de las mujeres en Baja California Sur.......................... 71 Rebeca Barrera Amador
Las Juntas Municipales en el estado de Campeche............................................... 81 Mayra Fabiola Bojórquez González
Una aproximación a la experiencia chiapaneca de verificación domiciliar de manifestaciones de apoyos ciudadanos como mecanismo garante de la veracidad de la voluntad popular....................................................................................... 91 Oswaldo Chacón Rojas Gustavo Reyes Pazos
La visión estructural de la paridad de género en el estado de Chihuahua............. 103 Arturo Meraz González Guillermo Sierra Fuentes
Instituto Electoral de la Ciudad de México: 20 años de innovación y calidad electoral......................................................................................................... 119 Mario Velázquez Miranda Yuri G. Beltrán Miranda Mauricio Huesca Rodríguez
Implementación de nuevas tecnologías en la consolidación del sistema democrático: uso de la urna electrónica en el Proceso Electoral concurrente 2017-2018 en Coahuila....................................................................................................... 131 Gabriela María de León Farías
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Índice
Modelo de casilla única en el estado de Colima: referente de la reforma constitucional en materia electoral del 2014.......................................................................... 141 Nirvana Fabiola Rosales Ochoa Noemí Sofía Herrera Núñez Martha Elba Iza Huerta
Inclusión en la información electoral.................................................................. 155 Juan Enrique Kato Rodríguez
Monitoreo a medios desde una mirada de género................................................. 167 Saúl Mandujano Rubio
El Programa de Resultados Electorales Preliminares del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, ejercicio exitoso 2018............................................................. 177 Mauricio Enrique Guzmán Yáñez Santiago López Acosta
Elección consecutiva desde lo local...................................................................... 189 J. Nazarín Vargas Armenta
Paridad de género y la mujer indígena: experiencias recientes en Hidalgo............. 199 Guillermina Vázquez Benítez Jesús Rivera Ríos
Proyecto del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco implementado entre el personal de soldados y mujeres voluntarias que cumplen el servicio militar nacional en los centros de adiestramiento en el estado de Jalisco a través del curso: “ciudadanía, derechos políticos y democracia”...................... 209 Guillermo Amado Alcaraz Cross
Retos y perspectivas sobre la atención a temas relativos con autoridades de comunidades y pueblos indígenas............................................................................ 215 Ramón Hernández Reyes
Avances y retos de la participación ciudadana en Morelos................................... 227 Ana Isabel León Trueba Ubléster Damián Bermúdez
Candidaturas independientes. Caso Nayarit, Proceso Electoral Local Ordinario y Extraordinario 2017...................................................................................... 241 Celso Valderrama Delgado Yesenia Fregoso Moncada
La defensa de la autonomía presupuestaria de organismos electorales locales (20162019)............................................................................................................ 251 Mario Alberto Garza Castillo Samuel Hiram Ramírez Mejía
Los usos y costumbres en la democracia local....................................................... 263 Filiberto Chávez Méndez
Índice
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Integración de los órganos transitorios del Instituto Electoral del Estado de Puebla................................................................................................................. 273 Jacinto Herrera Serrallonga
Elevando la calidad de la democracia con información oportuna y vinculación local permanente............................................................................................ 283 Gerardo Romero Altamirano José Eugenio Plascencia Zarazúa Carlos Alejandro Pérez Espíndola
La propagación de la democracia y la cultura política en la era digital................ 293 Mayra San Román Carrillo Medina
La segunda vuelta electoral en San Luis Potosí, 1997-2003............................... 303 Laura Elena Fonseca Leal Zelandia Bórquez Estrada Marco Iván Vargas Cuéllar
Aportaciones regulatorias de la autoridad electoral de Sinaloa............................. 315 Karla Gabriela Peraza Zazueta José Enrique Vega Ayala
Las y los regidores étnicos en el estado de Sonora................................................. 325 Guadalupe Taddei Zavala Nery Ruiz Arvizu
Paridad de género y elección consecutiva en las legislaturas, presidencias municipales y regidurías en el estado de Tabasco. IEPCT............................................ 333 Maday Merino Damian
Seguimiento de la Jornada Electoral (SIJE)......................................................... 345 Mª de los Ángeles Quintero Rentería José Francisco Salazar Arteaga José de los Santos González Picazo
Presidencias de comunidad que eligen a sus autoridades por usos y costumbres en Tlaxcala........................................................................................................ 355 Elizabeth Piedras Martínez Remigio Vélez Quiroz Jorge E. Galindo Ramos
Atribuciones e importancia de institutos electorales locales para su respectiva entidad. Relevancia de su carácter de autonomía. Contribución de los institutos electorales locales en el avance de paridad de género. Contribución de los institutos electorales locales en el desarrollo de la democracia en México. Organización de elecciones....................................................................................................... 365 Eva Barrientos Zepeda Juan Manuel Vázquez Barajas Roberto López Pérez
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Índice
La participación ciudadana como eje en la construcción e implementación de los debates entre las candidaturas a la gubernatura en el caso Yucatán. Proceso Electoral 2017-2018....................................................................................... 377 María de Lourdes Rosas Moya Delta Alejandra Pacheco Puente
Contribución de los institutos locales electorales en el avance de la paridad entre los géneros. El caso Zacatecas.......................................................................... 389 J. Virgilio Rivera Delgadillo Alicia Villaneda González
Prólogo El federalismo mexicano está lleno de paradojas. Aun cuando es el elemento estructural más importante del orden jurídico mexicano, está poco estudiado. De una parte, sus elementos fundamentales se explican mal. Se recurre a la vieja y gastada diferenciación entre lo expreso y lo reservado que, desde hace tiempo ya, dejó de explicar mucho del reparto competencial entre el gobierno nacional y el de las entidades federativas. Por otra parte, pero todavía dentro de ese nivel, no se han hecho estudios para saber qué es de la competencia Federal y qué de las entidades. Por ejemplo, qué pueden hacer una y otras en materia de asentamientos humanos, aguas, deporte o seguridad pública. Los huecos son, francamente, pasmosos. Las razones de este abandono académico obedecen a varias razones. Desde los orígenes del federalismo mexicano, no quedó claro qué era éste. Unos autores y hombres públicos lo estimaban necesario, otros ilógico; unos querían entenderlo al modo estadounidense y otros más cercanamente al centralismo continental europeo; unos suponían que la Federación debía ser fortísima y otros a la inversa, y así sucesivamente. Los juristas iniciales quedaron atrapados en esas lógicas combativas. Entre los procesos de recambio constitucional, las discusiones, entendiblemente, no eran para explicar los sistemas, sino para imponerlos. En la segunda mitad del siglo XIX y dentro del proceso de restauración, el tema no era de imposiciones o posibilidades, sino de equilibrios centrales y locales. Díaz y su hegemonía terminaron pronto con el asunto. Lo primero debía prevalecer sobre lo segundo. El Congreso nacional y sus miembros, el Poder Judicial de la Federación con sus jueces y amparos, la administración y su fomento, los comisarios políticos y las fuerzas armadas y rurales, imponían una acción centralizadora. En ese contexto, explicar y delinear el federalismo resultaba, además de inútil, incómodo. Las cosas no resultaron mejor al entrar en vigor la Constitución de 1917. Los procesos centrípetos del obregonismo, el maximato, el cardenismo y el priismo, produjeron iguales resultados normativos e iguales indiferencias explicativas. ¿Para qué, cabría preguntarse de nuevo, dar cuenta pormenorizada de un algo que ni estaba existiendo ni habría de existir?
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José Ramón Cossío Díaz
En los años de la transición pareció deseable analizar al sistema federal, pues todo parecía indicar que el nuevo ciclo sería centrípeto. Que los estados, finalmente, irían adquiriendo fuerza política propia y, así, capacidades normativas y posibilidades de actuación. Este proceso incipiente se vino abajo en tiempos de la alternancia. Diversas razones explican la reconcentración de competencias en la Federación y, con ello, los nulos ejercicios explicativos del sistema federal. Hoy en día, lamentablemente, ni se quiere explicar el sistema federal mexicano en su enorme complejidad, ni desde el punto de vista de la situación que guarda la Federación ni, mucho menos, de las entidades federativas. El que acabo de señalar, es el contexto de presentación y entendimiento de este libro. Un conjunto amplio y variado de autores, se ha dado a la tarea de presentar algunos de los principales avances que el derecho electoral ha tenido en los últimos años en su respectiva entidad federativa. Al analizar así las cosas y por curioso que parezca, están mostrándonos que las entidades hacen esfuerzos propios por desarrollar la materia electoral, de manera tal que no todo el acontecer de ella está asignado o es realizado por la Federación. Sin que sea el caso de exponer en concreto cada uno de tales resultados, en conjunto puede apreciarse que por diversos diseños normativos, desde luego propios, o por razones sociales y políticas diferenciadas, hay búsquedas e intentos por enfrentar problemas locales con soluciones domésticas. De este modo, aquello que el derecho electoral sea en cada entidad, solo podrá comprenderse a la luz de determinaciones propias como las presentadas en este libro. Adicionalmente a ello y de manera diferenciada, me parece importante destacar el que, y más allá del asunto electoral, exista la pretensión de explicar al federalismo nacional, por decirlo así, a la luz de los contenidos locales. Los autores asumen, con total razón, que su respectivo sistema local no puede comprenderse sin asumir los componentes del federal pero, lo que no siempre es tan evidente, el nacional sin los componentes locales. No me queda sino felicitar a los autores por el empeño y los resultados obtenidos. Es muy deseable que, así como hoy contamos con estos ejercicios electorales, en un futuro próximo los tuviéramos en materia civil, penal y todas aquellas que constituyen lo que tradicionalmente siguen llamándose ramas del derecho. Ahora que todo el sistema federal
Prólogo
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está por reconstruirse, y no creo exagerar al hablar de todo y de reconstrucción, se hacen muy necesarios los ejercicios explicativos que nos permitan ver a lo hecho y aplicado en las entidades federativas, como indispensable para ello. José Ramón Cossío Díaz Ministro en retiro Miembro de El Colegio Nacional
Presentación La reforma de 2014 denominó “organismos públicos locales electorales” a las instituciones encargadas de la organización de las elecciones en el ámbito local. Sin embargo, desde hacía más de dos décadas, en cada entidad de la República existían instituciones electorales que ya venían desarrollando un entramado de procedimientos, criterios y prácticas estatales, municipales e incluso comunitarias que se iban adecuando a las realidades específicas de su propio contexto político, económico y social, a fin de garantizar la celebración de comicios libres, auténticos y periódicos. Al día de hoy, en el panorama subnacional, es posible observar con claridad el conocimiento generado elección tras elección, lo cual da muestra del compromiso de estas instituciones por ofrecer a la ciudadanía ejercicios democráticos confiables y con integridad electoral. Aunado a ello, ha sido sumamente enriquecedor el intercambio de experiencias entre los institutos, así como la ejecución de acciones vanguardistas que constantemente se realizan en distintos rubros, contribuyendo a que en la actualidad el andamiaje electoral sea considerado un referente en el plano internacional. Es ahí donde encuentra propósito esta publicación, la cual pretende que el público conozca las contribuciones y buenas prácticas que se han hecho desde el ámbito local al sistema electoral mexicano. Se realiza esta recopilación de trabajos en el marco de un momento histórico del país en el que, luego de la reforma política-electoral de 2014, se ha completado un ciclo de elecciones en todas las entidades, así como de la elección presidencial. Esta obra reúne 32 ensayos (uno por cada entidad federativa) los cuales versan sobre aspectos regulatorios, candidaturas independientes, paridad de género, usos y costumbres, inclusión ciudadana, educación cívica y vinculación con la sociedad, implementación de urnas electrónicas, entre otros temas. Es de resaltar que los trabajos están escritos por plumas especializadas en la materia, tales como presidentas y presidentes de los institutos
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Los coordindores
electorales locales, consejerías electorales, miembros de la academia, entre otros. Es de destacar que el prólogo es una gran contribución a este libro por parte de uno de los juristas más destacados de México, el Dr. José Ramón Cossío Díaz, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Asimismo, se inserta un estudio introductorio elaborado por el Dr. César Astudillo, reconocido académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), quien pasa revista por cada uno de los ensayos que tejen esta obra. El sistema electoral ha demostrado que funciona y eso ha sido, en gran medida, por el trabajo de los 32 institutos electorales locales. La democracia del país seguirá perfeccionándose mientras se siga apostando por un federalismo que funcione de manera eficiente y una democracia que se construya desde lo local. Atentamente Los coordinadores y coordinadoras
Estudio introductorio CÉSAR ASTUDILLO1
1. DOS CONCEPCIONES DE LOS DERECHOS EN UN ESTADO FEDERAL Desde una concepción cercana a la que conocemos en la actualidad, las instituciones electorales de las entidades federativas llevan cerca de tres décadas dando voz a la ciudadanía a través de ese poderoso instrumento legitimador que es el sufragio popular. Es así, puesto que para nadie es desconocido que el impulso de lo que con el tiempo configuraría el modelo mexicano de organización de las elecciones derivó del momento fundacional aportado por la trascendente reforma electoral de 1990, que buscó alejar del control gubernamental el manejo de los comicios, para que los mismos se organizaran de manera imparcial, sin favorecer deliberadamente a ninguno de los partidos ni a sus candidaturas, y para recobrar la confianza ciudadana y la credibilidad de los actores políticos, luego del episodio que ha marcado el devenir de las elecciones: La caída del sistema2. La apuesta por una nueva manera de afrontar las elecciones llegó luego de decisiones de gran relevancia en torno a quiénes deberían
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Investigador titular del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Agradezco al Lic. Pablo Arrocena Salgado, a quien se debe el diligente cuidado en la revisión formal del texto. En torno al modelo de organización electoral impulsado a partir de la reforma electoral de 1990, remitimos a lo que hemos sostenido en Astudillo, César, Estudios electorales, México, Tirant lo Blanch, 2019, pp. 209 y ss. La evolución de los árbitros electorales a partir de ese cambió lo hemos abordado en Astudillo, César y Córdova Vianello, Lorenzo, Los árbitros de las elecciones estatales. Una radiografía de su arquitectura institucional, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, 2010 pp. 57 y ss.
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César Astudillo
organizar dichos ejercicios de participación ciudadana, y con relación a las condiciones bajo las cuales dicha participación debería canalizarse. No hay que olvidar que en el periodo que va desde la promulgación de la Constitución mexicana de 1917 y la reforma electoral de 1946, la organización de las elecciones correspondía a los gobiernos municipales y estatales3. Esta reforma introdujo el inicial reparto competencial en las elecciones, a efecto de que la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, que en breve tiempo daría paso a la Comisión Federal Electoral, se hiciera cargo de las elecciones federales, dejando a las comisiones locales electorales, dependientes de las respectivas secretarías de gobierno, el desarrollo de los procesos electorales estatales y municipales. Medio siglo más tarde, sobre esta dualidad competencial se incardinaron en la Constitución los principios de la función electoral, dentro de un arreglo que sería modificado en el 2014, cuando a la autoridad electoral federal se le dotaron de competencias sobre las elecciones locales, disminuyendo con ello el espacio de actuación que por décadas se había reservado a los estados de la República4. No se comprendería cabalmente esta forma de asumir las elecciones, sin advertir que ello fue posible gracias a un cambio político que pasó por reivindicar nuestras libertades democráticas, mediante el reconocimiento de derechos de participación política hasta entonces acotados, y que se apoyó en el impulso a los partidos políticos y en la apertura para que pudieran abanderar su ideología al interior de los órganos representativos, empezando por la Cámara de Diputados. Comenzó así un proceso de maduración necesario en donde la ciudadanía pudo advertir, así fuera incipientemente, la valía de ser tomada en cuenta, la importancia de tener frente a sí opciones políticas distintas a las tradicionales, planes de gobierno que comenzaban a apartarse de las directrices del partido hegemónico, así como percatarse de la relevancia de impulsar una pluralidad política más acorde a la heterogeneidad social que cada vez se patentizaba con mayor claridad.
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Patiño Camarena, Javier, Nuevo Derecho Electoral Mexicano, 8° ed., UNAM-IIJ, México, 2006 p. 521. Vid. Astudillo, César, El Derecho electoral en el federalismo mexicano, SEGOB-IIJUNAM-Secretaria de Cultura e INEHRM, México, 2018, pp. 65 y ss.
Estudio introductorio
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Es evidente que ese tránsito tardó en enraizar y que necesitó de sucesivos ajustes para consolidarse. De esta manera, si se buscaba dar cauces para asimilar la fidedigna voluntad de la ciudadanía, se requerían instituciones electorales políticamente neutrales, que inmediatamente reclamaron de mayores habilidades técnicas, conocimientos especializados hasta desembocar en autoridades electorales completamente profesionales para auspiciar el ejercicio democrático. Se entiende entonces porqué la generación de reformas electorales orientada a posibilitar el pluralismo político fue sucedida por una nueva escalada de reformas dirigidas a institucionalizar la función electoral y a configurar instituciones electorales de carácter autónomo e independiente, que más tarde requirieron de nuevos ajustes que se hicieran cargo de nivelar las condiciones en que los partidos políticos y sus candidaturas asumían la competencia electoral5. A quienes no les bastó que la función electoral estuviera ceñida a los mismos principios constitucionales para todo el país, pero con respeto a sus especificidades históricas, geográficas, sociales, culturales, mantuvieron el argumento de la nacionalización de la función electoral, la cual, bajo dos ajustes sucesivos en 2007 y 2014, logró crear una autoridad electoral de carácter nacional, aunque con competencias delimitadas para lo local, permitiendo la supervivencia de las instituciones electorales locales, con competencias igualmente acotadas. Así, aun cuando no fue motivo de la discusión dentro de los cuerpos representativos, lo cierto es que la reforma electoral 2014, permite advertir dos maneras de concebir los derechos políticos y dos visiones en torno al modelo de Estado federal del que formamos parte. La primera de ellas es una visión que comulga con la premisa de que el derecho al voto necesita ser ejercido en igualdad de condiciones a lo largo y ancho del país, para que la voluntad ciudadana pueda emitirse de manera fidedigna sin que exista ningún tipo de condicionamiento que le haga perder alguno de sus referentes esenciales, puesto que someter la libertad del sufragio a las derivaciones de un amplio abanico de regulaciones legales, con reglas dispares, a la mayor o menor independencia de las instituciones electorales, producto de las injerencias gu-
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Ídem. p. 77 y ss.
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César Astudillo
bernamentales, o a la diferencia de capacidades técnicas influenciadas, la mayoría de las veces, por sus diferencias presupuestales entre otros muchos factores; es, desde esta perspectiva, sencillamente inaceptable. La unidad política de la sociedad, bajo esta visión, dependería de la asunción de un conjunto de derechos que en cumplimiento de la exigencia de igualdad y de la vocación unificadora a la que se asocian, deberían gozar de exactas modalidades de acceso y ejercicio, ya que de esa manera se garantizaría la unificación del país y la cohesión social dentro del mosaico de diversidades existentes6. Así, con independencia de las divisiones territoriales, la mejor forma de asumir los derechos político-electorales sería mediante un sustrato uniforme con capacidad de irradiar y condicionar a los ordenamientos jurídicos de todas las entidades, estandarizando sus reglas, igualando sus procedimientos y homologando a sus instituciones. Esta lógica es producto de una concepción federal que aspira a que dentro de todo el territorio nacional existan derechos configurados bajo un idéntico contenido, y bajo iguales estándares y criterios, mediatizados bajo partidos políticos con presencia nacional, asegurando así el mandato del sufragio universal, libre, secreto y directo, a través de ejercicios electorales dotados de similar calidad que, por sí mismos, eliminan cualquier elemento que busque erosionar dichas cualidades7. La segunda visión parte de una concepción diametralmente distinta, ya que considera que el derecho al sufragio activo y pasivo contiene un núcleo esencial que requiere ser salvaguardado, so pena de perder los atributos que le confieren identidad, pero que las entidades federativas del país pueden dotarlo de diversos contenidos para amoldarlo a sus respectivas especificidades, enriquecerlo a través de regulaciones que puedan ir más allá, proveerlo de satisfactores que faciliten su ejercicio
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Una aproximación a esta forma de concebir los derechos se encuentra en Astudillo, “La carta de derechos en la Constitución de la Ciudad de México”, La Constitución de la Ciudad de México, César Astudillo (Coordinador), México, Porrúa, Gobierno de la Ciudad de México, UNAM-IIJ, 2019, p. 109 y ss. Así, por ejemplo, Peschard, Jacqueline, “La dimensión federal de la democratización electoral”, en Peschard, Jacqueline (coord), El federalismo electoral en México, México, Cámara de Diputados LX Legislatura, Miguel Ángel Porrúa, UNAM-FCSyP, 2008, p. 46.