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COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Belén Campuzano Laguillo

Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Jorge A. Cerdio Herrán

Angelika Nussberger

José Ramón Cossío Díaz

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México

Owen M. Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

Luis López Guerra

Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania) Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

José Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


ESCUELA JUDICIAL “PROYECTO MÉXICO”

JULIO CÉSAR VÁZQUEZ-MELLADO GARCÍA

México D.F., 2016


Copyright ® 2016 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/

© Julio César Vázquez-Mellado García

© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Río Tiber 66, PH Colonia Cuauhtémoc Delegación Cuauhtémoc CP 06500 MÉXICO D.F. Telf: (55) 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-9119-189-6 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


A los alumnos y profesores del Instituto de la Judicatura Federal Escuela Judicial


AGRADECIMIENTOS Una forma de entender la vida de las personas y en cierto modo de las instituciones, es observándola desde la dinámica que surge de la relación “desafío/respuesta”, pues de la magnitud e intensidad con las que respondemos a los retos que se nos presentan día a día, depende nuestra vitalidad y energía. Pero también sabemos que las respuestas que vamos dando a esos retos no son producto del esfuerzo de una sola persona, ni aun tratándose de nuestras propias vidas, sino del encuentro entre personas que por diversas causas llegan a compartir proyectos y afanes. Por ello, en un libro como el presente, que tiene una fuerte carga testimonial, no puedo menos que hacer explícito mi agradecimiento a quienes con su confianza me han permitido dar respuestas —más o menos acertadas ya el tiempo lo dirá— al desafío de preservar y enriquecer el Instituto de la Judicatura Federal en dos etapas de su historia. En este sentido agradezco tanto al ministro Genaro David Góngora Pimentel, quien fuera presidente del Consejo de la Judicatura Federal de 1999 a 2003, como al ministro Juan N. Silva Meza, presidente del mismo Consejo en el periodo 2011-2014. Ambos confiaron en mí no sólo al proponerme ante el Pleno del Consejo como director general del Instituto, sino además brindándome su apoyo incondicional para responder a los desafíos que se me han presentado en ambas gestiones; hago extensivo mi agradecimiento a los integrantes de esos Plenos quienes aceptando la propuesta me otorgaron el nombramiento. Asimismo, expreso mi agradecimiento a quienes con su lealtad y empeño como colaboradores de estos dos periodos han sido parte fundamental de esa respuesta cuyos nombres aparecen enlistados al final de estas palabras por orden alfabético; todos fueron engranes indispensables para producir respuestas. Algunos en particular (ellos lo saben) son y seguirán especialmente cercanos en mi afecto. Para concluir: un reconocimiento especial a quienes han contribuido de manera directa en la elaboración de este trabajo: Roxana Peñaflor Sánchez, Manuel Jiménez Dorantes, Paola Carmona Díaz de León y Salvador Cárdenas Gutiérrez.


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Agradecimientos

Periodo 1999-2004

Ada Aracely de la Torre Delgado, Alejandro Baeza Rojas, Alejandro Zavala Agüayo, Alfredo Islas Colín, Ángela García Huamanche, Ángel Eduardo Torres Ibarra, Antonio Rioja Moya, Arturo Ramírez Fortis, Beatriz Palacios Carrillo, Bernardo Anaya Tepox, Blanca Elisabeth García Ávila, Carlos Báez Silva, Carlos Manríquez García, Carlos Ríos Espinoza, Claudia Elín Garduño Néstor, Claudia Ramírez Alcantar, Consuelo Guadalupe Cruz Ramos, David Cienfuegos Salgado, Dominga García Valdés, Domingo Ramírez Rea, Eduardo Durán Alvarado, Eduardo Melchor Sánchez, Eduardo Molina Bezies, Eleuterio Valle García, Emma Rivera Contreras, Evangelina Mondragón Quiroz, Felipa Palacios Gómez, Fernando Reza Anaya, Flor del Carmen Hernández Uribe, Flor Gisela Brito Ocampo, Geni Peralta Briceño, Georgina Márquez Paulo, Héctor Chincoya Teutli, Hortencia Valerio Cuenca, Itálica Lourdes Bernal Arellano, Jaime Sepúlveda Aburto, Javier Rivera Rodríguez, Jesús Sánchez Ramírez, Jorge Blanquet Chavero, Jorge Carbajal González, José de Jesús Cruz Sibaja, José Joel Perales Pantoja, Josefina Mellado Briones, Juan Eusebio Pérez Rojas, Juan Manuel Quintanilla Valencia, Juana Martínez Anguiano, Karla Licea Orozco, Karla Verónica Calcáneo Treviño, Laura Angélica Jiménez Pimentel, Liliana Pablo Manuel, Lorenzo Sánchez Combo, Luis Alberto Razo García, Luis Armando González Plascencia, Luis Eduardo Cervantes Ortiz, Manuel De las Piedras Caldelas, Manuel Gallardo Ortiz, Marco César Olivas Calleros, Marco Vinicio Vera Guzmán, Magali Castillo Flores, Margarita Amalia Morales Hernández †, María Antonieta Nieto Delgadillo, María Elena Aguirre Sánchez, María Elena Espinosa Gómez, María Teresa Tamariz Espinosa, Mariano Velilla Gallegos, Mario Alexandro Morales Becerra Contreras, Marycruz Osorio Pérez, Miguel Bonilla López, Miriam Martínez Vázquez, Morena Guadalupe Cruz Contreras, Noemí Martínez Vázquez, Norma Romero Irene, Norma Rosas de Jesús, Norma Patricia Cardeña Quintanar, Octavio Bolaños, Oliva Varela Ramírez, Oliver Hidalgo Matus, Oscar Mota Calixto, Paloma Orona García, Patricia del Rosario Fuentes Becerril, Patricia del Rosario Hau Quijano, Pedro Enrique Ramírez Cortés, Rafael Estrada Michel, Ramón Contreras Barrón, Ramón Verazaluce Osorio, Raúl Cruz Padilla, Rosa María del Rosario Hernández Cervantes, Rosa María Gil Curiel, Roxana Peñaflor Sánchez, Rubén Francisco Martínez Monroy, Rubén Rivera Martínez, Sarai Zamora Elizalde, Sonia Verónica Mora Colchado, Víctor Antonio Olvera González, Vidal Zavala Rosas, Virginia Balmori Quintero, Yadira Cote Hernández, Yessica Mellado Fernández, Yolanda Sánchez Luna.

Junio 2013…

Ada Aracely De La Torre Delgado, Al Rashid Martínez Arriola, Alejandra Díaz Cárdenas, Alejandro Alberto Díaz Cruz, Alejandro Hernández Valdés, Alejandro Melo Valencia, Alicia Ramírez Ricárdez, Alma Guadalupe Aceves


Agradecimientos

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Reynoso, Ana Bertha Aguilar Preciado, Ana Paola Romo López Cruz, Ángel Israel Guevara Martínez, Ángel Llano Linares, Angélica López Ábrego Angélica, Antonio Rioja Moya, Antonio Valencia Romero, Azurina Álvarez Sahagún, Bernardo Anaya Tepox, Blanca Elisabeth García Ávila, Daniel León Aviña, David Cienfuegos Salgado, Diana Elisa Gómez González, Domingo Ramírez Rea, Dulce Alejandra Camacho Ortiz, Édgar Borja Valencia, Edgar Lemus Montantes, Edith Valencia Quintanar, Emmanuel Núñez Chapital Gerardo, Érika Nohemí Castañón Camacho, Erika Vianet Campos Valle, Eugenia Paola Carmona Díaz De León, Evangelina Mondragón Quiroz, Fabián Sergio Rangel Berumen, Fabiola Castillo López Fernanda, Felipa Palacios Gómez, Fernando Guzmán González, Flor del Carmen Hernández Uribe, Flor Gisela Brito Ocampo, Francisco Mendoza García, Froylán Escutia Cervantes, Gaspar Sánchez Martínez, Geni Peralta Briceño, Georgina Lozano Martínez, Gerardo Núñez Martínez, Gilberto Manuel Cedano Villafuerte, Gonzalo Santiago Campos, Grecia Andrea Ojeda Chávez, Grisel Galeano García, Guadalupe Lucena Navarrete, Gustavo Ricardo Ramírez Cifuentes, Héctor Froylán Espinosa Celaya, Idalia Andrade Lara, Irma Arias Sánchez, Isabel Tzintzun Cruz, Israel Alfaro Zariñana, Israel Hernández González, Jaime Murillo Morales, Jaime Sepúlveda Aburto, Jaime Silva Nava, Janet Elvira Santos, Jazmín Yesenia Quezada Meza, Jesús Sánchez Ramírez, Joaquín Crespo Zúñiga, Jonatán Víctor Romero Ruiz, Jorge Gutiérrez Flores, Jorge Wadih Morales Matta, José Alberto Ramírez Sánchez, José Alfredo Sánchez López, José Antonio Estrada Marún, José Antonio Morales Yáñez, José Guadalupe Preza Millán, José Joel Perales Pantoja, José Roberto Barradas García, Juan Carlos Ramírez Trejo, Juan Abelardo Hernández Franco, Juan Eusebio Pérez Rojas, Juan Jesús Ramírez Ruiz, Juana Martínez Anguiano, Julio César Antonio Rosales, Julio César Ceja Garnica, Karina Perales Cruz, Laura Elena Rivero Alfaro, Laura Lorena Escamilla Martínez, Leonid Ledesma Ramírez, Leonor Elidey Salazar Ortiz, Leslye Rivera Murillo, Liliana Pablo Manuel, Lorena Reyes Valenzuela, Lorenzo Sánchez Chombo, Manuel de las Piedras Caldelas, Manuel Jiménez Dorantes, Manuel Secundino Romero Zazueta, María Antonieta Castellanos Morales, María Antonieta Nieto Delgadillo, María del Carmen Jazmín Castillo Ramírez, María Elena Aguirre Sánchez, María Guadalupe Rodríguez Mora, María Martha Morán Meraz, María Teresa Durán Payán, María Teresa Tamaríz Espinosa, Mariana Araceli Rodríguez Hernández, Maribel Esmeralda Arreguín Hernández, Mariel Sarai Martínez Dueñas, Martha Elba Mendoza Ramos, Martha Patricia Bravo Villanueva, Míriam Saavedra Luna, Montsserrat Flores Pineda Andrea, Norma Rosas de Jesús, Oliva Varela Ramírez, Oliver Hidalgo Matus, Omar Juárez de La Fuente, Pedro Enrique Ramírez Cortés, Rafael Fuentes Cruz, Raúl Cruz Padilla, Raúl Flores Núñez, Renán Echazarreta Bracho, Rocío Mejía Manilla, Rodrigo Enrique Velázquez Ramírez, Rolando García Rosales, Rosa María del Rosario Hernández Cervantes, Rubí Martínez Gómez, Salvador Cárdenas Gutiérrez, Sandra Guadalupe Oropeza Crespo, Santa Lucía Ponce Márquez, Sara Rodea Ruiz, Sergio Guillermo Spínola Tirado, Sofía Flores Sentíes, Sonia Verónica


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Agradecimientos

Mora Colchado, Teodoro Valadez Martínez, Teresita del Niño Jesús Álvarez Rivera, Verónica Vianey Altamirano Rayón, Víctor Antonio Olvera González, Víctor Hugo Robledo Ángeles, Víctor Manuel Romero Ruiz, Virginia Balmori Quintero, Xiomara María Trujillo Ugalde, Yanelli Figueroa Ahumada, Yazmín Moreno Huerta.


INTRODUCCIÓN §1. UNA VISIÓN PRÁCTICA DERIVADA DE LA EXPERIENCIA Escribo este libro con la finalidad de compartir con las generaciones actuales y con las venideras mi experiencia en la dirección de una de las instituciones más nobles y esperanzadoras para el desarrollo de la justicia en nuestro país: el Instituto de la Judicatura Federal- Escuela Judicial. Pero ¿por qué escribir una experiencia? En la magnífica obra de Eduardo Nicol, Psicología de las situaciones vitales, la experiencia se nos presenta como una forma de conocimiento derivado de sucesos en los que hayamos participado, sea indirectamente, por ejemplo presenciando un hecho; o bien de manera directa, tomando decisiones en un tiempo y un lugar específicos. La experiencia no es, por tanto, un cúmulo de ideas o imágenes almacenadas en la memoria personal de acuerdo a un orden lineal o cronológico, sino conocimiento en estricto sentido, un conocimiento que no es abstracto, al menos en su origen, pero que generalmente resulta útil y práctico, o al menos orientador, para desenvolverse con mayor asertividad en el terreno de las decisiones. Tratándose de la experiencia profesional en la magistratura y, de manera especial, en la labor formativa de quienes ejercen o desean ejercer ese oficio, la transmisión de la experiencia constituye una necesidad y un deber de gratitud y de responsabilidad frente a las instituciones a las que se ha prestado el servicio y la vida misma. Incluso, podríamos decir que es un deber de honor personal. Por ello escribo estas páginas, pues habiendo procurado dedicar mis mejores esfuerzos a la construcción, desarrollo y consolidación del Instituto de la Judicatura Federal–Escuela judicial, y siendo testigo del esfuerzo y entrega de muchas personas que han dejado lo mejor de sí en tal empeño, me ha parecido conveniente plasmar en un libro el itinerario institucional que hemos recorrido, de tal manera que quienes vengan a continuar con esta noble tarea, cuenten con un texto en el que se dé cuenta del camino andado y de las dificultades y tropiezos


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que se han debido sortear para organizar de la mejor manera posible las tareas encomendadas. Gracias al trabajo de muchos a quienes nos ha tocado en suerte la tarea de contribuir de manera directa a la labor de formación y capacitación de los funcionarios que tienen a su cargo la impartición de justicia, ahora México cuenta con un mayor índice de confiabilidad en el ámbito de la judicatura federal, pues en los últimos años hemos ido desarrollando programas de enseñanza que ahora están a la altura de las escuelas judiciales con mayor reconocimiento. Pero llegar a tal nivel no ha sido tarea fácil. Quienes hemos estado involucrados de diversas maneras en tan alta encomienda, hemos debido sortear todo tipo de dificultades y tropiezos, muchos de ellos producto de inercias seculares o de modos históricos de concebir la tarea jurisdiccional que han llegado a adquirir tal solidez que los vuelve refractarios al cambio. Nos referimos a obstáculos dentro y fuera del Poder Judicial de la Federación, e incluso dentro y fuera del país. El primero de ellos es la noción misma del oficio de la judicatura, que por años había sido considerado como un trabajo de carácter secundario, de apoyo o de simple caja de resonancia de los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Las inercias en esta materia vienen de mucho tiempo atrás, por ello al elaborar nuestros planes de estudio con un sentido más dinámico y actual hemos debido escombrar desde los cimientos de la labor jurisdiccional para reconstruir sus bases epistemológicas Estoy seguro que, con la labor formativa que se nos ha confiado a varios equipos de trabajo, hemos contribuido desde diversos frentes a dar la batalla contra las inercias, recuperando así de manera paulatina el papel que le corresponde al juzgador en la construcción del orden jurídico nacional. Dicho en otros términos, hemos colocado los sillares para fortalecer su función y resituarlo en el entramado institucional del país. Tarea de largo aliento en la que hemos dado pasos firmes, al grado que ahora podemos decir que contamos con un Poder Judicial de la Federación más respetable, más definido en sus rasgos y funciones, y con una mayor presencia en la sociedad mexicana. No es labor de una ni de dos personas, y ni siquiera de una generación de funcionarios del Poder Judicial; es labor conjunta, no siempre armónica ni evolutiva, pero como todo en la historia, de-


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penderá seguramente, de un juicio mediato que no nos es dado elaborar a nosotros. Así pues, la recuperación del papel primordial que corresponde al Poder Judicial, no ha sido consecuencia exclusiva de la negociación o del acuerdo entre los diversos actores políticos que llevaron a cabo las reformas legislativas, especialmente la que dio lugar a la creación del Consejo de la Judicatura Federal en 1994, sino también el resultado de una labor intelectual y académica de muchas personas que, dentro y fuera del Poder Judicial de la Federación, han dedicado sus mejores esfuerzos al estudio y análisis comparativo de los modelos de enseñanza y formación de la judicatura, así como a la enseñanza en el aula. De manera concomitante, hemos visto surgir una especie de conciencia cada vez más extendida y arraigada entre los funcionarios de la judicatura, acerca de la importancia que tiene en el desempeño de nuestro oficio una preparación académica y científica acendrada, así como la formación de una mente cultivada y abierta a una mayor comprensión del cambio y de la realidad. Nunca como hoy se había mostrado de manera tan evidente la necesidad de la formación en la carrera judicial. Y es que, como veremos en el primer capítulo de este libro, por años se pensó que el juzgador era un simple ejecutor de la norma o un “administrador” de su contenido, al grado que llegó a acuñarse la expresión “administración de justicia”, para referirse a un trabajo burocratizado, nivelado y sistematizado, sin mayor exigencia que la de suministrar algo que ya estaba hecho y de algún modo dado para ser ejecutado por medio de un acto casi mecánico. El juez estaba, como rezaba una máxima de la escuela Exegética francesa, para juzgar conforme a la ley y no de ella; dicho en otros términos, no debía ejercer propiamente el arte de interpretar el derecho, sino el de aplicarlo, proveyendo en cada caso la norma en la cual se contenía el supuesto y la consecuencia. Incluso, por muchos años, en nuestro país, se pensó y dispuso por vía jurisdiccional que la labor del juez consistía en aplicar silogísticamente la norma, para lo cual se debería partir de su enunciado, subsumir el hecho e inferir la resolución. Idea que no solo constituía el principio del quehacer jurisdiccional, sino además el leitmotiv de los programas de formación universitaria en nuestras facultades de derecho.


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Pero como es sabido, los cambios producidos en el mundo actual, cuyos orígenes pueden situarse en la última década de los noventa del siglo pasado, han sobrepasado el campo de las posibilidades previstas por los apologistas del antiguo sistema positivista y nos han colocado en una tesitura de enorme complejidad social, política y, desde luego, normativa. Ello me ha llevado a buscar diversas formas de responder a las nuevas preguntas, es decir, a los retos que presentan las sociedades modernas, empezando, claro está, por aquellas cuestiones que se refieren a la justicia. Todo lo cual me ha colocado ante la imperiosa necesidad de fortalecer la formación de los funcionarios en cuyas manos está la impartición de justicia. Formación que, a diferencia de ideas afines con las que suele confundírsele, como por ejemplo adiestramiento, capacitación o instrucción, abarca un espectro más amplio de la cultura y del cultivo humano de la personalidad. Por ello, se habla en la actualidad de formación judicial, pues lo que se pretende no sólo es la transmisión y recepción del conocimiento, ya que por las razones antes señaladas, ello no hace a un buen funcionario judicial; se requiere que los funcionarios tengan un acceso más directo y práctico a las fuentes de la cultura jurídica universal, y que los programas de formación atiendan a la necesidad de incrementar, no solo el conocimiento abstracto sino también el empírico, incluyendo en ello los hábitos del intelecto y el cultivo de un saber humano flexible que le permita colocarse en el lugar del otro, juzgando cada asunto que se somete a su consideración y resolución, con una perspectiva humana, es decir, que a quienes juzga son personas de carne y hueso con una problemática específica que tiene lugar en un aquí y un ahora, y no a simples individuos anónimos que, como piezas de recambio, constituyen un caso más en el interminable íter de la administración de justicia. Estoy consciente de que nuestro país tenía y tiene graves rezagos en estos aspectos, debido a una multiplicidad de factores de toda índole, entre los cuales sobresale el poco interés que por años tuvieron los gobiernos mexicanos en contar con jueces independientes y con criterio, capaces de decir el derecho más allá de toda razón de estado. Por ello, el camino que hemos recorrido para contar ahora con una


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institución encargada de la formación judicial en el ámbito federal, ha sido sinuoso y no siempre viable por la ruta imaginada o propuesta. Otra de las grandes barreras que he debido sortear en estos años es la que se refiere a la definición de la escuela judicial, pues en nuestra historia jurídica e institucional ha habido procesos de institucionalización de la formación pero con matices muy variados y a veces teñidos por el interés ideológico más que el científico. Tal es el caso, por ejemplo, de las así llamadas Academias de Jurisprudencia, que proliferaron en el México de finales del siglo XIX y principios del XX, así como el fenómeno ocurrido en la década de los setenta, en la que cobró auge el surgimiento de escuelas y facultades de derecho con una marcada impronta ideológica cuando no comercial. Sin embargo, no es sino con el surgimiento del Instituto de la Judicatura Federal, cuando se creó un espacio neutral, ideológica y doctrinalmente, en el que los futuros jueces tuvieran acceso al conocimiento humano universal, derivado de las diversas corrientes de interpretación y de los cambios de enfoque ocurridos con motivo de la criba mundial surgida tras el desmoronamiento del esquema de bipolaridad ideológica dominante durante la así llamada Guerra Fría, hechos a los cuales nos hemos de referir con mayor detenimiento en los diversos apartados de este libro, pero que ahora solo mencionamos como marco de referencia de los cambios en los que tuvo lugar el surgimiento del Instituto de la Judicatura Federal, y de manera más específica, la institucionalización de la formación del personal adscrito al Poder Judicial de la federación. Pero este libro no sólo es un testimonio histórico de lo que ha sido la institución de la formación judicial en nuestro país; es también expresión de una experiencia que se proyecta en el tiempo presente e incluso en el futuro. Dicho en otros términos, no he escrito este libro como una memoria, ni institucional ni personal, sino como una contribución más al proceso de institucionalización de la carrera judicial en nuestro país. Por ello, si bien el libro contiene registros históricos que recojo fundamentalmente de los informes de actividades de presidentes del Consejo de la Judicatura Federal y de directores del Instituto, también es, implícita o explícitamente, una propuesta de consolidación de la carrera judicial y del trascendente papel que tiene en ella nuestra institución.


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Para ello, he recogido aquellas experiencias obtenidas por quienes hemos tenido la suerte de formar parte de esta institución, sea como directivos o como colaboradores en sus diversos niveles y competencias. No con el mero afán de ofrecer una síntesis de logros o un registro histórico útil para sustentar alguna causa futura, sino como expresión del esfuerzo colectivo por construir, conservar y expandir aquellos fines que nos asigna la Constitución. Es decir, con el fin de dotar de una mayor solidez a lo que somos y a partir de ahí, colocar las piedras para edificar lo que podemos llegar a ser, tanto por la naturaleza educativa de nuestro Instituto, como por la intención que tenía el legislador cuando se aprobaron las reformas que le dieron vida.

§2. PROYECTO MÉXICO Pero como he dicho, la experiencia no es lo mismo que historia o registro del pasado, como sería por ejemplo, un libro de memorias personales o una autobiografía; algo de todo eso tiene, pero es más que eso, pues la experiencia, al ser un modo de conocimiento se sitúa en diversos niveles del tiempo: pasado, presente y posible futuro. Por ello he titulado a este libro “Proyecto México”, pues estoy convencido de que la experiencia nos abre una puerta a la prospección, es decir, a la visión amplia (pasada por el tamiz de lo vivido) de las potencialidades de crecimiento y desarrollo de la institución. Esto es, de lo que puede llegar a ser si evitamos hacer tabula rasa de los logros obtenidos hasta ahora y en su lugar contribuimos para seguir construyendo juntos nuestra compleja trama institucional. Por ello, este libro no solo da cuenta del pasado, sino también se centra en el análisis de lo que podríamos llamar con buen lenguaje metodológico, la naturaleza institucional, es decir, qué es y qué no es una escuela judicial, o bien, cuáles son las diferencias con otras instituciones como la universidad, los centros de capacitación profesional o de difusión cultural. Estoy consciente de que tal enfoque supera los límites naturales de un libro de carácter general como el presente, y sin embargo, a pesar de ello, lo haremos como un ensayo que nos ayude a discernir con mayor claridad los fines y medios de la institución, según la experiencia de los años transcurridos desde su creación.


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Hecho el intento de ensayar una reflexión sobre su naturaleza, estaremos en condiciones de reflexionar sobre sus posibles alcances en el corto y en el largo plazo. Por ello le he llamado “proyecto”, palabra que nos remite a la raíz etimológica en lengua latina proicio, que significa proyectar hacia el frente, lanzar algo hacia el futuro; en este caso, no como fruto de una quimera sino de la experiencia obtenida en estos años de servicio en la labor formativa del Instituto de la Judicatura Federal, así como de la experiencia que también he adquirido como resultado de la investigación y las lecturas que he realizado de autores clásicos y contemporáneos.


Capítulo 1

ORÍGENES Y DESARROLLO HISTÓRICO DE LA FORMACIÓN JUDICIAL §1. ORÍGENES REMOTOS DE LA FORMACIÓN JUDICIAL La formación de los jueces es un tema que ha estado siempre presente en la historia de los pueblos; en ocasiones de manera explícita y directa, regulando por ejemplo lo que los antiguos romanos denominaron cursus honorum, que era la trayectoria que debía seguir un aprendiz en el oficio de juzgar; y en otras de modo implícito, esto es, aprendiendo empíricamente, guiados por los ancianos expertos en el discernimiento del orden consuetudinario local o regional. Por ello haremos aquí una breve semblanza histórica acerca de los principales cauces por los que ha discurrido la transmisión del conocimiento y de la experiencia en materia judicial. Pero no con la finalidad de ofrecer un elenco de “antecedentes”, sino con la de elaborar un ensayo de ubicación histórica que nos permita situarnos en el contexto actual, tratando así de contar con los referentes oportunos para una comprensión más profunda de los problemas y desafíos a los que nos enfrentamos en materia de formación judicial. Hablar de esta materia nos remite a los antiguos pueblos de Occidente y, específicamente al área de influencia de la civilización romana, donde el derecho cobró fuerza de disciplina autónoma, a tal punto que se le llegó a considerar como un oficio dotado de principios y fines específicos. La característica distintiva de ese oficio era la secularidad de dichos principios y fines; es decir, su carácter temporal y no religioso. Lo cual es de gran trascendencia para la historia jurídica occidental, pues, a diferencia de lo ocurrido en otras civilizaciones, como por ejemplo la India o la China en donde no hubo la claridad de ámbitos de responsabilidad que correspondía a humanos y dioses, es decir, donde tuvo lugar una mezcla milenaria de religión y derecho. En cambio, la tarea de dirimir controversias y solucionar conflictos en el


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mundo romano era ajena a la religión o a las famosas ordalías provenientes de los pueblos escandinavos, que eran juicios en los que se ponía a una divinidad por testigo e incluso por juez, confundiendo así lo justo con lo sacro y, por ende, los métodos y medios para imponer el orden justo en una sociedad. En ese contexto, es posible afirmar que fue en Roma donde surgió el derecho como disciplina práctica y, consecuentemente, donde se originó el oficio de juzgar. Entendiendo por tal la actividad de carácter interpretativo o hermenéutico en la cual es a los hombres y no a los dioses a quienes corresponde realizar el acto de justicia, sea distribuyendo bienes, adjudicando títulos o restituyendo derechos y libertades. Ello, a la luz de las leyes fundamentales de la sociedad, así como de los principios del oficio de juzgar a los que se les suele denominar reglas del derecho o en su forma latina, regulae iuris. No obstante que la labor del jurista fue considerada desde entonces como un oficio, es decir, una actividad transformadora de la realidad, también es cierto que se le trató como un oficio sui generis, pues a diferencia de otros oficios, el del jurista era considerado como un quehacer eminentemente intelectual. Cuestión cuyo estudio rebasa con mucho el objetivo que nos hemos trazado con este trabajo, por lo que nos limitaremos a exponer de manera breve y solo con vistas a contar un con marco histórico que nos permita situarnos en el desarrollo y evolución de la formación judicial. En efecto, en el mundo romano, el jurista era aquella persona que poseía el conocimiento de las reglas de interpretación para discernir ad casum el justo medio. Las reglas de las que se valía eran de carácter argumentativo y consistían, fundamentalmente, en plantear el problema en términos claros, sencillos y ordenados, cotejar la situación con las leyes fundamentales o edictos de los emperadores y, finalmente, con las reglas de derecho provenientes de la labor interpretativa y de la experiencia de otros maestros expertos en el oficio. A esa actividad se denominó iurisprudentia, debido a que se trataba de una actividad prudencial, es decir, intelectual y volitiva al mismo tiempo, y porque su fin era descubrir el ius o justo medio. Sin embargo, en la antigua Roma, la actividad del jurista no era sino una parte del oficio de juzgar, pues quien en realidad resolvía en un sentido determinado y dictaba sentencia era el funcionario judi-


Orígenes y desarrollo histórico de la formación judicial

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cial o pretor, quien recibía la opinio iuris del jurista o experto en el Derecho. Dicho en otras palabras, el oficio judicial se componía de una parte jurisprudencial o argumentativa en la que se discernía el problema y se proponía una solución de manera libre, racional y hasta cierto punto con carácter privado, para que ésta fuera adoptada o no por el juzgador formal o pretor. Lo cual significa que el derecho desde sus orígenes era fundamentalmente una actividad intelectual de discernimiento y sólo de manera indirecta, una actividad exegética-normativa. De ahí que al hablar de la formación del juez, remitiéndonos a los orígenes históricos del oficio de juzgar en nuestra tradición jurídica occidental, nos lleve necesariamente al terreno de la Retórica y la Argumentación, pues son esos los medios primordiales de los que se nutría la labor judicial en sus dos etapas, es decir, en el proceso cognitivo y argumentativo del jurista y en el resolutivo del pretor. Es debido a esa forma de entender y practicar el oficio de juzgar, que la formación del juez era parecida a la de otros oficios, en los que un maestro desempeña las labores del oficio en la presencia de un oficial o de un aprendiz, y éste observa y repite lo que aprende introduciéndose así en la disciplina de que se trate. Así sucedía en el caso de los juristas romanos, quienes con el correr del tiempo iban adquiriendo preeminencia por sus conocimientos del oficio, cualidad a la cual se denominó auctoritas del oficio. De tal manera que ésta se distinguió de la potestas del pretor, pues mientras que el jurista era seguido por los aprendices del oficio debido a su saber, el pretor no requería de dicha cualidad, ya que, por lo antes dicho, no era necesario que él poseyese los conocimientos del jurista. De la experiencia del jurista, transmitida oralmente a sus discípulos, derivaron textos a los que se denomina genéricamente “doctrina”, palabra que proviene de la voz latina docere, que significa enseñar. La doctrina de los juristas es, pues, un conjunto de casos resueltos por vía del método prudencial, en el cual se plantea el problema, se consideran las experiencias similares para aplicarlas por analogía si fuera pertinente, se citan otros textos de autoridad, es decir, de argumentación jurisprudencial, así como algunas reglas de derecho y, en determinados casos, se invocan leyes fundamentales (constitutivas) de la sociedad. Mediante el método dialéctico se analizan otras posibles


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soluciones, contradicciones entre las posibles resoluciones y más adelante se procede a elaborar la opinión que se envía al pretor para que él se convenza y resuelva. El método de transmisión de conocimiento empleado por los juristas romanos era, por tanto, el casuístico. Ello fue así incluso hasta después de la caída del Imperio romano, es decir, en la Edad Media, época en la cual la formación de juristas seguía el método antiguo, el cual fue especialmente promovido por Justiniano en el Imperio romano de Oriente que, como es sabido, fue el que subsistió después del siglo V d.C. Este emperador ordenó que se clasificaran y ordenaran los textos de los antiguos juristas (textos doctrinales) para que sirvieran como instrumento de formación y enseñanza. Como es bien sabido el resultado fue la publicación de algunos textos que a partir del siglo VI d. C., se volvieron canónicos de nuestra tradición romanística y que sirvieron por más de diez siglos para la formación de miles de generaciones de juristas o de quienes hacían del oficio de juzgar su trabajo cotidiano. Los textos más importantes en los que se recoge esa doctrina son el Digestum y las Institutas de Gayo. En la Alta Edad Media el método empleado para formar nuevos juristas consistía en leer los casos en grupo, guiados por un maestro, discutirlos y proponer soluciones entre todos, para finalmente, cotejarlas con las que contenían los textos de los grandes juristas clásicos. Por ello, puede decirse que la formación de los jueces en sus orígenes remotos, era casuística y doctrinal, método que fue asumido por la Universidad medieval, aparecida en Francia, Italia y España en el siglo XIII.

§2. LA FORMACIÓN JUDICIAL EN EL ESTADO MODERNO El sistema formativo antes descrito entró en crisis a partir de la aparición en Europa de esa institución a la que se conoce como “Estado Moderno”. Hecho que ocurrió a finales del siglo XVIII y en los albores del XIX. Si bien, algunos historiadores sitúan sus orígenes en el absolutismo francés, austriaco y español del XVII.


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