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(Directores)

Mª Teresa Martín López José Manuel Velasco Retamosa

SOCIEDAD, FORMACIÓN Y ACTORES

Esta obra trata de observar desde diferentes perspectivas y ámbitos de estudio, remarcando el origen multidisciplinar, la evolución de conceptos, avances, resultados y retos que, en materia de responsabilidad social, tienen las instituciones de Educación Superior, como instrumentos para el fomento, en todos sus ámbitos de trabajo, especialmente en el formativo, de dicha responsabilidad.

ALTA CALIDAD EN INVESTIGACIÓN JURÍDICA

Mª TERESA MARTÍN LÓPEZ JOSÉ MANUEL VELASCO RETAMOSA (Directores)

RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA

Las Universidades e instituciones de Educación Superior deben tener como objetivo el desarrollo y transformación de la sociedad en que llevan a cabo su actividad. La responsabilidad social de la Universidad es algo que pertenece a su misma naturaleza. Toda labor académica tiene un contenido altamente social que busca formar hombres y mujeres integrales que presten un servicio profesional y cualificado a la sociedad. Las instituciones educativas han de formar ciudadanos con criterios éticos. En este sentido, el denominado Espacio Europeo de Educación Superior establece como exigencia a la institución Universitaria el fomento de una responsabilidad social que contribuya a la promoción de la justicia, la calidad de vida, la protección del medio ambiente y el resto de retos que como sociedad tenemos.

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RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA SOCIEDAD, FORMACIÓN Y ACTORES


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Belén Campuzano Laguillo

Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Jorge A. Cerdio Herrán

Angelika Nussberger

José Ramón Cossío Díaz

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México

Owen M. Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

Luis López Guerra

Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania) Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA SOCIEDAD, FORMACIÓN Y ACTORES

Directores Mª TERESA MARTÍN LÓPEZ JOSÉ MANUEL VELASCO RETAMOSA

Valencia, 2016


Copyright ® 2016 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com. Obra realizada en el marco del Proyecto de Investigación financiado por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha POII11-0308-7732

© Varios autores

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-9119-665-5 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


Parte I

UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD


RELACIONES UNIVERSIDAD/ SOCIEDAD: CONCEPTOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA Mª TERESA MARTÍN LÓPEZ Área de Derecho Penal Universidad de Castilla-La Mancha

“Para ello tiene la Universidad que intervenir en la actualidad como tal Universidad, tratando los grandes temas del día desde su punto de vista propio - cultural, profesional, científico. De este modo no será una institución sólo para estudiantes, un recinto ad usum delphinis, sino que, metida en medio de la vida, de sus urgencias, de sus pasiones, ha de imponerse como un ‘poder espiritual’” (Misión de la Universidad, Ortega y Gasset, 1930)1.

SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN. CONTEXTO HISTÓRICO. 2. RELACIONES UNIVERSIDAD/SOCIEDAD: ACTUALIZANDO SUS FUNCIONES. 3. SOCIEDAD Y UNIVERSIDAD: CONCEPTOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA. 4. CONSIDERACIONES FINALES. 5. BIBLIOGRAFÍA

RESUMEN El presente trabajo pretende ofrecer una visión sintética de las cambiantes relaciones que se han establecido entre la Universidad y la Sociedad en la que desarrolla su actividad. En su contexto histórico inicial la Universidad estaba separada de la sociedad y, en su evolución, se ha llegado a un estadio en que la universidad es configurada como institución al servicio de la sociedad, debiendo desarrollar trascendentes funciones sociales en la actualidad. Determinar cuáles son sus responsabilidades sociales actuales y cómo integrar su cumplimiento en el desarrollo de sus funciones académicas es un reto actual

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Ortega y Gasset, J.: Misión de la Universidad, 1930, con indicaciones y notas para los cursos y conferencias de Raúl J. A. Palma, Buenos Aires, 2001, p. 26. Disponible en http://www.esi2.us.es/~fabio/mision.pdf


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que debe ser asumido, reflexionado y afrontado por toda la comunidad universitaria. Los diversos conceptos de Responsabilidad Social Universitaria responden a la evolución de estas relaciones, al compromiso de la universidad con la sociedad y a la necesidad de establecer estrategias para el buen desarrollo de sus fines sociales.

PALABRAS CLAVE Universidad; Sociedad; funciones sociales; Responsabilidad Social Universitaria

ABSTRACT This paper aims to provide a synthetic vision of the changing relationships that have been established between the University and the society in which it operates. In the initial historical context, University was separated from society, and in its evolution it has reached a stage where it is configured as an institution in the service of society where have like a mission to develop significant social functions. Determine what their current social responsibilities and how to integrate its fulfillment in the development of their academic functions is an ongoing challenge that must be assumed, thought and addressed by all university community. The various concepts of University Social Responsibility respond to the evolution of these relationships, the commitment of the university to society and to the need to establish strategies for the proper development of their social purposes.

KEY WORDS University; Society; social functions; University Social Responsibility

1. INTRODUCCIÓN. CONTEXTO HISTÓRICO El término Universidad2 procede del latín UNIVERSĬTAS, —ĀTIS “universalidad, totalidad”, “colectividad”, “gremio, corporación”. Según otros autores3 la palabra “Universidad” procede del latín UNIVERSITAS, nombre abstracto formado sobre el adjetivo UNIVERSUS-A-UM (“todo”, “entero”, “universal”), derivado a la vez de UNUS-A-UM (“uno”). También se ha afirmado que el término latino

Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua: http://dle.rae. es/?id=b6TOjV2. 3 http://personal.us.es/alporu/historia/universitas_termino.htm. 2


Relaciones Universidad/Sociedad: conceptos de responsabilidad social universitaria

universitas procede de la unión de los términos unum y versum4, la unidad y la diversidad y en su origen denominaba a cualquier agrupación humana. En todo caso, en el latín medieval UNIVERSITAS se refería a cualquier comunidad o corporación considerada en su aspecto colectivo. Si se hacía referencia a un conjunto de maestros y escolares se empleaba la expresión “UNIVERSITAS MAGISTRORUM ET SCHOLARIUM”, que, en la definición dada por Alfonso X El Sabio en la Segunda de sus Partidas, es: “Ayuntamiento de maestros et de escolares que es fecho en algún logar con voluntat et con entendimiento de aprender los saberes” (Partid. II, título XXXI, ley 1)5. Y así las primeras Universidades de la Edad Media (Bolonia, Oxford, Cambridge, Padua, París y Salamanca) fueron llamadas “Universitas Magistrorum et Scholarium” o sea “Asociación de Maestros y Alumnos”. Finalmente, en el Renacimiento el término Universidad se hace equivalente a “institución de enseñanza superior”. Y así, desde sus orígenes medievales hasta el inicio de la época moderna, finales del Siglo XVIII, se puede afirmar que la función de la Universidad fue exclusivamente docente, esto es, era concebida como lugar destinado a la trasmisión de conocimientos, mediante una organización de saberes institucionalizada heredada de la Edad Media, como ya refirió Kant6, en cuatro Facultades: Artes, Medicina, Derecho y Teología. Se puede afirmar que durante estos siglos es una institución casi encerrada en sí misma, bastante aislada del resto de la Sociedad, relacionada casi exclusivamente con los círculos sociales elitistas, a los que se forma para que sigan ejerciendo esa posición social a través de la educación superior. Si nos preguntásemos si la Universidad era fuente de innovación intelectual, social o científica podríamos responder negativamente. Casi cualquier impulso de cambio en estas áreas provenía de fuera del recinto universitario.

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Campillo, A.: “La universidad en la sociedad global”, Revista ISEGORIA, Revista de Filosofía Moral y Política, nº 52, enero-junio, 2015 (pp. 15-42) p. 19. Disponible en: http://isegoria.revistas.csic.es/index.php/isegoria/article/view/890/890 Campillo, A.: “La universidad en la sociedad global”, ob. cit., ver referencia en la Nota 10, p. 20. Kant, E.: “El conflicto de las Facultades”, Colección Pedagógica Universitaria, nº 37-38 (enero-junio/julio-diciembre) 2002, pp. 1-22. Disponible en http://cdigital. uv.mx/handle/123456789/5690.


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Hay que esperar hasta el Siglo XIX, tras las revoluciones liberales y la pujante revolución industrial, para que se produjera una reforma de la sociedad en general y, por lo tanto, también de la universidad como institución de trasmisión de saberes. Este cambio, sin embargo, no modifica su significado esencial como institución destinada a formar a las nuevas élites dominantes, lo que se compagina en el tiempo con el inicio de una educación “pública” para las clases inferiores, entendida esta educación como valor político y social de la nueva ciudadanía. Esta educación “no superior” es considerada un requisito económico de la clase trabajadora surgida con el capitalismo industrial, y viene a ser básicamente una alfabetización general y la formación en un oficio técnico. Seguidamente vamos a destacar algunos cambios que experimenta en esos tiempos la Universidad: a) el surgimiento de diferentes modelos de Universidad7: el modelo francés promovido por Napoleón de la Universidad de París que se caracteriza por formar profesionales especializados en todos los campos del saber y ponerlos al servicio del Estado; el modelo alemán promovido por von Humboldt de la Universidad de Berlín caracterizado por la libertad académica y el vínculo entre docencia e investigación científica y, por último, el modelo estadounidense, caracterizado por la modernización de la estructura universitaria, la libertad del alumnado, la cuantificación académica por medio de créditos y la competencia académica y profesional entre las propias universidades; b) la modificación de sus saberes y su forma de trasmitirlos. Común a todos estos diferentes modelos es la ampliación de saberes a enseñar: se incorporan las ciencias sociales o humanas (economía, estadística, sociología, psicología, etc.), las modernas bellas artes (literarias, artísticas, escénicas, etc.) y se incorpora el progreso científico y técnico surgido de la revolución industrial (ingenierías especialmente). Además, se empieza a considerar objeto de conocimiento científico y de gestión técnica las acciones y las relaciones humanas, por lo que la universidad presta atención al conocimiento y la transformación de la naturaleza, pero también el conocimiento de las acciones humanas y el conocimiento y gobierno de las sociedades (sociología, ciencia política y de la administración pública, demografía, etc.); c) A la función tradicional de la enseñanza de conocimientos, su salvaguarda e interpretación, se va a ir añadiendo,

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Campillo, A.: “La universidad en la sociedad global”, ob. cit. pp. 22 y 23.


Relaciones Universidad/Sociedad: conceptos de responsabilidad social universitaria

con el avance de la ciencia, lo que será el germen de la investigación científica tal como la conocemos hoy. Lo que determinará la segunda “misión” de la Universidad, a añadir a la misión docente o educacional; d) desde otro punto de vista, tras la revolución liberal, podemos afirmar que a principios del Siglo XIX la universidad se convierte en una institución al servicio del Estado (la Nación), siendo residual su dependencia respecto a la Iglesia, la Monarquía o el Poder Local, lo que otorga un significativo sentido de dependencia del Estado. En resumen, la Universidad del Siglo XIX se caracteriza por tres notas8: la idea de la libertad de cátedra y enseñanza, en su función docente; la inclusión de la investigación y la burocratización; y, por último, la estatalización de la universidad.

2. RELACIONES UNIVERSIDAD/SOCIEDAD: ACTUALIZANDO SUS FUNCIONES La Universidad así caracterizada, en el contexto europeo del siglo XX, asume, siguiendo a Ortega y Gasset9, tres funciones diferentes pero inseparables: en primer lugar, “la trasmisión de la cultura” que persigue “hacer del hombre medio, ante todo, un hombre culto —situarlo a la altura de los tiempos”; en segundo lugar, la “enseñanza de las profesiones”, es decir, “hacer del hombre medio un buen profesional”, conocedor de un saber especializado, lo que le permitirá ejercer una profesión cualificada, asegurarse unos medios de vida y contribuir al bienestar de la sociedad; y, por último, la “investigación científica” y la “educación de nuevos hombres de ciencia”, que son los que con sus descubrimientos nos permiten comprender los más diversos fenómenos del mundo natural y humano, e inventar todo tipo de artefactos, sustancias y procedimientos para modificar ese mismo mundo natural y humano.

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Gallego, J. A.: “Los orígenes históricos de la actual situación universitaria”, en Gómez Pulido/Saz Díaz: Universidad… ¿Para qué’?, Universidad de Alcalá de Henares, 2003, pp. 27-39. Disponible en http://dialnet.unirioja.es/servlet/ libro?codigo=4874. Ortega y Gasset, J.: Misión de la Universidad. ob. cit., p. 6.


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Evidentemente las dos primeras funciones tienen naturaleza docente: se trata de enseñar a jóvenes estudiantes. Con una gran diferencia: una consiste en la capacitación profesional, esto es, formar trabajadores cualificados y especializados, mientras que la otra, la formación cultural, pretende crear ciudadanos ilustrados y críticos, capaces de comprender el mundo natural e histórico en el que viven y, por tanto, con recursos suficientes para pensar y decidir por sí mismos acerca de los grandes problemas de nuestra época. Respecto a la tercera función, la de investigación científica, Ortega subraya que debe ser considerada de forma diferente e independiente de la función docente y que debe evitarse la confusión entre ambas o la subordinación de la una a la otra. Así pues, eso significa que en la universidad pueden y deben convivir investigadores que no sean docentes y viceversa: puede haber buenos docentes que no sean investigadores. Ortega defiende la complementariedad entre la investigación y la docencia, es decir, la necesidad de que se conecten y fecunden mutuamente. En opinión de Ortega, sin embargo, la función social, el núcleo central de la universidad es la docencia, es decir, la relación de enseñanza y aprendizaje entre profesores y estudiantes, destinada ante todo a la formación cultural y a la capacitación profesional de los jóvenes universitarios. Y, dentro de la docencia, “la función primaria y central de la Universidad es la enseñanza de las grandes disciplinas culturales”, es decir, la formación cultural de los ciudadanos, y sólo en segundo lugar su capacitación profesional. Dicho con otras palabras, la responsabilidad social de la Universidad es formar personas cultas, capacitadas, responsables, ciudadanos activos y críticos, personas responsables con su sociedad y el progreso y mejora de la misma. Esta es la verdadera y esencial responsabilidad social universitaria y así lo entendió en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos en cuyo art. 26.2 se establece que “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz”, que se concreta en el art. 27.2 de la Constitución española: “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad


Relaciones Universidad/Sociedad: conceptos de responsabilidad social universitaria

humana en el respeto a los principios democráticos de la convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. Sin embargo, el devenir de los tiempos ha desdibujado esta concepción de la responsabilidad social de la institución universitaria, al mismo tiempo que se ha ampliado y diversificado. Analizaremos seguidamente algunas de las paradojas y controversias en la relación universidad y sociedad que hacen difícil cumplir las complejas funciones que tiene encomendadas la Universidad: A) la universidad de principios del siglo XX es una institución que se ha abierto a la sociedad, al menos a una parte importante de la sociedad, fundamentalmente a los grupos sociales más poderosos política y económicamente. No sólo eso, en el último cuarto del siglo XX se puede constatar una masificación del acceso a la Educación superior, una apertura general, extensa a toda la sociedad, que genera un amplio número de alumnos, jóvenes universitarios que no siempre están suficientemente preparados ni comparten las finalidades de la institución de educación superior. Evidentemente, valorar la trascendencia que este dato ha tenido sobre la conformación de la universidad del siglo XX-XXI escapa al objetivo de este trabajo, pero es innegable que influye esencialmente en el cumplimiento de la que hemos fijado como responsabilidad social esencial de la universidad. B) la apertura de la universidad a la sociedad en general implica que todos los actores sociales tienen/pueden tener pleno acceso a la educación superior, de donde se deriva una nueva concepción de la educación universitaria: ya no es un privilegio, ahora es concebida como un bien social, o un “bien público”, pues como demanda la UNESCO debe haber “una educación de calidad para todos”10. La sociedad estima que hay un “derecho” a la educación superior sin desigualdades, y, exige, por consiguiente, proteger y promover la educación superior por el Estado, como así se plasma en el 27 de la CE11

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Art. 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita al menos en lo que concierne a la educación elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada, el acceso a los estudios superiores será igual para todos…”. Art. 27.5: “Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva


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y, por otra parte, también se reconoce el acceso a la cultura12. En este sentido se pronuncia la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto de Reforma Universitaria LRU (vigente hasta el 13 de enero de 2002), cuyo art. 1.1º declara “El servicio público de la educación superior corresponde a la Universidad, que lo realiza mediante la docencia, el estudio y la investigación” y después, en su nº 2, determina cuáles son sus funciones sociales: “Son funciones de la Universidad al servicio de la Sociedad: a) creación, desarrollo, trasmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura; b) la preparación para el ejercicio de actividades profesionales, que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos o para la creación artística; c) el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico, tanto nacional como de las comunidades autónomas y d) la extensión de la cultura universitaria”. C) Respecto a la segunda función tradicional de la Universidad “la investigación”, ahora hay que considerar que la sociedad “exige” que la investigación universitaria deba revertir en la propia sociedad, por lo que será una investigación aplicada, cuyo fin es transferir el conocimiento a la sociedad (I+D+i), en aplicación, entre otros, del apartado 2 del art. 44 CE que establece que “Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general”. D) En la configuración de la universidad al servicio de la sociedad, se enmarca el proceso de aparición de nuevas universidades, nuevas titulaciones y el sostenimiento con fondos públicos de la institución, es decir, definida la universidad como “pública” genera una dependencia económica frente al Estado y otros agentes públicos, como son las Comunidades Autónomas, con múltiples consecuencias: se deriva, por una parte, un alto grado de autonomía en su gestión cotidiana, pero por otra, un relativo grado de autonomía en sus decisiones estratégicas, hasta el punto de poner en duda la capacidad de la comunidad académica para actuar de acuerdo a los fines académicos. Tam-

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de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes” y art. 27.10: “Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca”. Refiere el art. 44.1 de nuestra Constitución “los poderes públicos promoverán y tutelaran el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho”.


Relaciones Universidad/Sociedad: conceptos de responsabilidad social universitaria

bién se deriva, por algunos pensadores y políticos, el rechazo hacia una educación superior privada, puesto que se escapa al sometimiento de la sociedad, parece no estar “al servicio de la sociedad” con la consiguiente desconfianza del Estado/Comunidades Autónomas, que tienen la representación pública. Como consecuencia de su dependencia pública, la Universidad tiene el deber de rendir cuentas económicas ante la sociedad, ser transparente, lo que tiene todo su sentido13. Más aún, a la Universidad se le exige también que rinda cuentas a la sociedad del grado de consecución de sus funciones sociales. En aras a este fin, se implantan en las universidades mecanismos que mejoren su transparencia informativa en los ámbitos social, económico y medioambiental. Como señalan Larran/Andrades “la transparencia informativa es una pieza clave en el comportamiento socialmente responsable de la Universidad. Una de las principales vías para mejorar la transparencia reside en la elaboración y publicación de una memoria de sostenibilidad, entendida como un proceso y una herramienta viva, que no comienza ni acaba con su publicación, sino que requiere un proceso más amplio que permita fijar la estrategia de la organización” 14. No es preciso ahondar en esta situación para entender el riesgo de pérdida de la necesaria libertad y autonomía de la comunidad académica respecto a las decisiones docentes e investigadoras. Tampoco se debe desconocer el peligro de trasvasar recursos personales y materiales destinados a la función puramente académica hacia otros fines sociales de la Universidad. Hace que nos debamos plantear si estamos asistiendo al “desapoderamiento” de la institución universitaria, puesto que en este nuevo marco de relaciones universidad-sociedad, la institución de educación superior no fija los objetivos, métodos y pro13

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Señalaba el art. 2.4 de la LO 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades que “La autonomía universitaria exige y hace posible que docentes, investigadores y estudiantes cumplan con sus respectivas responsabilidades, en orden a la satisfacción de las necesidades educativas, científicas y profesionales de la sociedad, así como que las Universidades rindan cuentas del uso de sus medios y sus recursos a la sociedad”. Larran, M. / Andrades, F. J.: El marco conceptual de la responsabilidad social universitaria. Foro de Consejos Sociales de las Universidades Públicas de Andalucía. Granada, 2013, p. 33. Disponible en http://www.rsuniversitaria.org/web/ images/stories/Marco_conceptual_RSU_1.pdf


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cedimientos para formar ciudadanos preparados culturalmente —al modo señalado por Ortega—, sino que el debate es determinar el rol y la responsabilidad social que la universidad tiene frente a las “necesidades sociales”, siendo la sociedad quien fija las funciones y objetivos de la Universidad. Así se cae en el riesgo de crear una Universidad débil en cuanto institución crítica con el sistema, garante de la ética, líder de cambios sociales, etc. E) En la sociedad del bienestar social nuevas tendencias marcan las funciones sociales de la sociedad y, curiosamente, ello refleja el hecho de que el Estado tiene cada vez menos influencia en la Educación Superior, de tal forma en la universidad del Siglo XXI es el Mercado quien verdaderamente ejerce su influencia sobre el desarrollo de las universidades: conceptos cono “el capital humano” o la “sociedad del conocimiento” desbancan el liderazgo del Estado sobre la educación pública. Ciertamente, ante la pregunta de cuál agente tiene más influencia sobre la Universidad (la Comunidad académica, el Estado o el Mercado), se puede afirmar que en España, desde la Ley de Reforma Universitaria15 se ha realizado un desplazamiento desde el predominio del Estado hacia el de la sociedad-mercado. Desde otro punto de vista, señala De La Cruz16 que las finalidades de la universidad actual se hallan muy influenciadas por la perspectiva económica de su labor, lo que hace que la universidad, además de las funciones tradicionales que señalaba Ortega, debe hacerse responsable de otras misiones sociales, concretamente: primera, proteger y promover a la educación superior como un bien público; segunda, la institución de educación superior es proveedora de servicios competitivos asociados a la investigación de excelencia y, tercera, la universidad debe prestar servicios a los agentes económicos privados. En definitiva, podemos afirmar que en la actualidad la Universidad está al servicio de la sociedad, que debe consolidar relaciones con la sociedad, dirigidas por los objetivos de la Unión Europea, determinando su quehacer en función

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Ley Orgánica de Reforma Universitaria (LRU), Ley Orgánica, 11/1983, de 25 de agosto (B.O.E. de 1 de septiembre). De la Cruz, C.: “La responsabilidad de la universidad en la sociedad que la acoge: ¿complementariedad o antagonismo?, en De la Cuesta, M.; De la Cruz, C. y Rodríguez, J.M. (Coords.) Responsabilidad Social Universitaria, La Coruña: Netbiblo, 2010, (pp. 25-45), pp. 41-42.


Relaciones Universidad/Sociedad: conceptos de responsabilidad social universitaria

de distintas personas, grupos e instituciones del Estado, el Mercado y la Sociedad Civil, y respondiendo a las demandas de las necesidades sociales, plurales, contradictorias, cambiantes y globales. Todo ello pone de manifiesto la exigencia social a la Universidad de transferir el conocimiento, la ciencia y la cultura, contribuyendo al desarrollo regional en sus diversas manifestaciones económicas, sociales y culturales; realizar una contribución efectiva a la innovación, el emprendimiento, en definitiva a la creación de valor. La idea de que la universidad, además de docencia e investigación, debe ser transparente y contribuir al desarrollo socioeconómico de su entorno (transferencia a la sociedad y al sistema productivo de tecnología, por ejemplo), está presente en la visión actual de las funciones sociales de la Universidad. Vega García refiere como funciones17: producción, trasmisión y transferencia del conocimiento y extensión de la cultura, la ciencia y la tecnología. Por otra parte, la normativa universitaria recoge todas estas finalidades institucionales, así La Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), afirma que “Si reconocemos que las Universidades ocupan un papel central en el desarrollo cultural, económico y social de un país, será necesario reforzar su capacidad de liderazgo y dotar a sus estructuras de la mayor flexibilidad para afrontar estrategias diferenciadas en el marco de un escenario vertebrado. Esta capacidad les permitirá desarrollar a cada una de ellas planes específicos acordes con sus características propias, con la composición de su profesorado, su oferta de estudios y con sus procesos de gestión e innovación. Sólo así podrán responder al dinamismo de una sociedad avanzada como la española. Y sólo así, la sociedad podrá exigir de sus Universidades la más valiosa de las herencias para su futuro: una docencia de calidad, una investigación de excelencia”18, y añade “la modernización del sistema econó-

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Vega García, R.: “Vinculación universidad-empresa en la sociedad del conocimiento” en Responsabilidad social universitaria, ob. cit., (pp. 141-153), p. 144. Concretamente se citan: “fomentar la movilidad de estudiantes y profesores; profundizar en la creación y transmisión del conocimiento como eje de la actividad académica; responder a los retos derivados tanto de la enseñanza superior no presencial a través de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación como de la formación a lo largo de la vida, e integrarse competiti-


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mico impone exigencias cada vez más imperativas a los sectores que impulsan esa continua puesta al día; y no podemos olvidar que la Universidad ocupa un lugar de privilegio en ese proceso de continua renovación, concretamente en los sectores vinculados al desarrollo cultural, científico y técnico” y es que “La nueva sociedad demanda profesionales con el elevado nivel cultural, científico y técnico que sólo la enseñanza universitaria es capaz de proporcionar. La sociedad exige, además, una formación permanente a lo largo de la vida, no sólo en el orden macroeconómico y estructural sino también como modo de autorrealización personal. Una sociedad que persigue conseguir el acceso masivo a la información necesita personas capaces de convertirla en conocimiento mediante su ordenación, elaboración e interpretación”. Así establece en su art. 1 que son funciones de la Universidad al servicio de la sociedad: a) creación, desarrollo, trasmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura; b) la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística; c) la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida, y del desarrollo económico; d) la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida. Por otra parte, la reforma producida en 2007 de la LOU, redacta el art. 41.3º en este sentido “La transferencia del conocimiento es una función de las Universidades. Estas determinarán y establecerán los medios e instrumentos necesarios para facilitar la prestación de este servicio social por parte del personal docente e investigador”. Tan importante es esta función que a continuación señala este precepto que este es un indicador universitario, pues continúa “El ejercicio de dicha actividad dará derecho a la evaluación de sus resultados y al reconocimiento de los méritos alcanzados, como criterio relevante para determinar su eficiencia en el desarrollo de su actividad profesional”. A continuación el precepto establece también que “Las Universidades fomentarán la cooperación con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83. A tal efecto, promoverán la movilidad del personal docente e investigador, así como el desarrollo conjunto de programas vamente junto a los mejores centros de enseñanza superior en el nuevo espacio universitario europeo que se está comenzado a configurar”.


Relaciones Universidad/Sociedad: conceptos de responsabilidad social universitaria

y proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, la creación de centros o estructuras mixtas y la pertenencia y participación activa en redes de conocimiento y plataformas tecnológicas”.

3. SOCIEDAD Y UNIVERSIDAD: CONCEPTOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA Es evidente que toda institución social establece una relación con el orden social en el que se integra en una doble dirección: una, como receptora de bienes y servicios, que debe ser objeto de regulación y protección y, otra, como agente creador de bienes y/o servicios destinados a la propia sociedad, aspecto éste que también debe ser objeto de regulación y protección. Es en este último ámbito de las relaciones Universidad-Sociedad en el que se incardina una lógica exigencia de actuación responsable de la Universidad en el cumplimiento de sus funciones y en la propia gestión de sus recursos. La sociedad, evidentemente, puede exigir, conforme a las características y normativa propia de la Institución de Educación Superior, el cumplimiento de las tradicionales funciones docentes e investigadoras, y de las nuevas funciones incorporadas en la actualidad, y también que sea un gestor responsable. Esta es una concreta aproximación al concepto de responsabilidad social de la Universidad: ser una institución responsable, y serlo conforme al sentido de cada momento o tiempo en el que tiene que cumplir sus funciones. Por consiguiente, en la sociedad actual, deben instaurarse mecanismos o institutos que permitan conocer la gestión de los recursos por la Universidad y también el grado de “calidad” de su actividad. En un sentido mercantilista estaríamos hablando de transparencia de la gestión y calidad del producto. No es una cuestión menor la exigencia de la sociedad de una universidad responsable. Así nació la Responsabilidad Social Universitaria como una trasmutación del concepto y los principios de la responsabilidad social empresarial o corporativa (RSC). De esta conceptualización se derivan exigencias directas a la institución universitaria, por ejemplo, respecto al sistema de gobierno y gestión de la Universidad (transparencia, democratización, código de buenas prácticas, etc.) pero también la exigencia de “rendición de


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cuentas” a las partes interesadas (Estado y/o Comunidad Autónoma, Mercado, Sociedad civil) respecto al quehacer universitario y el grado de éxito de sus cometidos o funciones. En este sentido LLopis19 señala que “El concepto de responsabilidad social de la universidad debemos interpretarlo como una especificada del más amplio concepto de responsabilidad social corporativa o empresarial, que suele definirse como la práctica de una organización respecto a terceros o, lo que es lo mismo, alude al modo en que una empresa u organización se relaciona e impacta en la sociedad a través de sus prácticas”. El proceso de conceptuar como “empresa” a la universidad y, por consiguiente, también el proceso de una equivalente exigencia de responsabilidad social corporativa, puede medirse en el concepto de “universidad emprendedora”, aquella que puede competir en el mercado a través de sus actividades de investigación e innovación y creación de spin-off, por ejemplo, para actuar como agente económico. Así, algunos autores20 afirman que “Los nuevos conocimientos e ideas, por si mismos (es decir, separados de la innovación), no tienen valor económico. Los logros de la investigación científica pueden dar lugar a reconocimiento científico, pero para el sistema económico siguen careciendo de relevancia si no se incorporan a técnicas aplicadas. Esta ‘capitalización de los conocimientos’ (Etzkowitz, 1998) requiere de un acoplamiento estructural de los sistemas científico y económico de la sociedad y de la superación definitiva de las fronteras tradicionales entre las universidades y otras organizaciones locales (empresas,

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Llopis, E.S.: “Universidad y creación de valor para la sociedad. ¿Qué queremos de la Universidad?”, en Responsabilidad Social Universitaria, ob. cit., (pp. 151172), p. 155. Corti, E. / Riviezzo, A.: “Hacia la universidad emprendedora”, Revista Economía Industrial, nº 368, 2008, pp. 113-124. http://www.minetur.gob.es/Publicaciones/Publicacionesperiodicas/EconomiaIndustrial/RevistaEconomiaIndustrial/368/113.pdf; En su p. 122 afirman “En una primera fase, la institución académica tiene una visión estratégica de las oportunidades para involucrarse más en el entorno y adquiere cierta capacidad para establecer sus propias prioridades, por lo general a través de negociaciones con los proveedores de recursos. En una segunda fase, la institución académica asume un papel activo en la comercialización de la propiedad intelectual procedente de las actividades de sus facultades, personal y estudiantes. En una tercera fase, la institución académica asume un papel proactivo en la mejora de la eficacia de su entorno regional de innovación, a menudo en colaboración con la industria y los agentes públicos”.


Relaciones Universidad/Sociedad: conceptos de responsabilidad social universitaria

instituciones públicas, agencias de desarrollo, etc.), mediante el establecimiento de fuertes vínculos entre ellas. La universidad necesita de importantes innovaciones organizativas, nuevos acuerdos sociales y nuevas vías de interacción a fin de cumplir su nuevo cometido: actuar como un actor económico por si misma (Etzkowitz, 2004)”. Para poder realizar esta actividad económica la Universidad, que como tal es una institución sin ánimo de lucro, se integra en el mercado económico, por ejemplo, a través de la Fundación Universidad-Empresa21. Más aún, no podemos dejar en el olvido el ámbito propio en el que en la actualidad la Universidad tiene naturaleza de agente económico, esto es, como Institución de Educación Superior, puesto que la universidad también está obligada a participar en uno de los mercados más dinámicos y competitivos en el actual mundo global: el mercado de la educación, o dicho con palabras más “correctas”, está obligada a posicionarse en el “mercado” nacional de Educación superior, en un primer momento, pero actualmente también se mide su posición en la internacionalización de la educación universitaria. Como señala Llopis22 “Se introduce así a la universidad en un entorno competitivo del que depende, en parte, su financiación, de manera que aquellas que sean capaces de “producir” servicios de formación o resultados de investigación atractivos a las empresas tendrán más recursos que los que se orienten hacia otros campos. Quedarán en peor situación para competir y obtener recursos las universidades que se orienten hacia las titulaciones denominadas comúnmente humanidades, pero

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La Red Española de Fundaciones Universidad Empresa (REDFUE, http://www. redfue.es) nació en 1997 como una asociación que, a través de sus integrantes, trabaja para favorecer las relaciones entre la universidad y la empresa. En la actualidad, una treintena de Fundaciones Universidad Empresa forman la REDFUE con presencia en las 17 Comunidades Autónomas, lo cual permite abarcar la práctica totalidad del territorio nacional. Cerca de 1.000 organizaciones se encuentran representadas en los patronatos de las Fundaciones Universidad Empresa. Entre ellas cabe mencionar 45 Universidades. Las Fundaciones Universidad Empresa llevan a cabo distintas actividades que se pueden agrupar en cinco líneas de actuación: Orientación e inserción laboral; Formación; Transferencia de tecnología; Promoción de la innovación y Creación de empresas. En conjunto, en términos económicos, el volumen de actividad de la Red ascendió en 2007 a 214,3 millones de euros y se implicaron en su desarrollo más de 900 personas. Llopis, E. S.: “Universidad y creación de valor para la sociedad ¿Qué queremos de la universidad?” ob. cit., p. 164.


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