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NUEVAS TECNOLOGÍAS, CAMBIOS ORGANIZATIVOS Y TRABAJO


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José añón roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge a. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José raMón Cossío díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

eduardo Ferrer MaC-gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José antonio garCía-CruCes gonzáLez

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis LóPez guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

ángeL M. LóPez y LóPez

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de LuCas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

víCtor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

FranCisCo Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

angeLika nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Valencia

HéCtor oLasoLo aLonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

LuCiano PareJo aLFonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

toMás saLa FranCo

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

ignaCio sanCHo gargaLLo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

toMás s. vives antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

rutH ziMMerLing

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


NUEVAS TECNOLOGÍAS, CAMBIOS ORGANIZATIVOS Y TRABAJO

JOSEP MORENO GENÉ ANA MARÍA ROMERO BURILLO Coordinadores ASSENS SERRA, J. BASTIDA VIALCANET, R. BOADA GRAU, J. BOADA CUERVA, M. CARRERAS ROIG, L. DUEÑAS CID, D. FERNÁNDEZ GARCÍA, A. GUERRERO VIZUETE, E. HERNÁNDEZ-SÁNCHEZ, B.R. MORENO GENÉ, J. PIZZI, A. ROMERO BURILLO, A.M. SÁNCHEZ-GARCÍA, J.C. SERRANO FERNÁNDEZ, M.J. VALLE MUÑOZ, F.A. VARGAS-MORÚA, G. Autores

tirant lo blanch Valencia, 2021


Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

Este trabajo se ha elaborado en el marco del proyecto de investigación RTI 2018-097947-B-I00 titulado “Nuevas tecnologías, cambios organizativos y trabajo: una visión multidisciplinar” financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad, cuyos investigadores principales son Ana Romero Burillo y Josep Moreno Gené.

Josep Moreno Gené Ana María Romero Burillo

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es DEPÓSITO LEGAL: V-1283-2021 ISBN: 978-84-1378-616-2 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


Índice PRÓLOGO............................................................................................... 17 JOSEP MORENO GENÉ Y ANA MARÍA ROMERO BURILLO

I. EL EMPLEO EN EL MARCO DE LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL: GIG ECONOMY VS OPEN COLLABORATION, ¿DOS CARAS DE UNA MISMA MONEDA? DAVID DUEÑAS CID

1. Introducción: bases de la innovación tecnológica.................................. 33 2. La ruptura espacio-temporal del trabajo, una condición sine-qua-non.. 36 3. ¿Cómo afecta ésto a las y los trabajadores?........................................... 38 4. Gig economy, crowdwork y trabajo-a-demanda.................................... 42 5. Open collaboration: un modelo alternativo........................................... 45 6. ¿Dos caras de una misma moneda?....................................................... 47 7. Bibliografía........................................................................................... 49

II. DIGITALIZACIÓN Y PODER. LA DIFÍCIL INSERCIÓN DE LOS TRABAJADORES DE PLATAFORMAS DIGITALES EN LAS RELACIONES LABORALES EUROPEAS ALEJANDRO PIZZI

1. Introducción.......................................................................................... 55 2. El surgimiento del capitalismo de plataformas...................................... 57 3. La revolución tecnológica de las plataformas digitales.......................... 61 4. Los trabajadores de las plataformas digitales........................................ 67 5. Impactos sobre las condiciones de trabajo............................................. 71 6. Acción colectiva y relaciones laborales en europa.................................. 74 7. Los recursos de poder de los trabajadores de plataformas digitales....... 84 8. Reflexiones finales................................................................................. 91 9. Bibliografía........................................................................................... 93


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Índice

III. EL IMPACTO DEL CAMBIO TECNOLÓGICO EN EL EMPLEO. LA IMPORTANCIA DE LA CULTURA ORGANIZATIVA JORDI ASSENS-SERRA. MARÍA-JOSÉ SERRANO-FERNÁNDEZ. MARIA BOADA-CUERVA. JOAN BOADA-GRAU.

1. Introducción.......................................................................................... 95 2. El efecto de la tecnología en las empresas.............................................. 97 3. La importancia de la cultura organizativa............................................. 102 4. El efecto de la tecnología en los trabajadores......................................... 107 5. El efecto de la tecnología en los estados................................................. 110 6. Un mundo con menos trabajo............................................................... 114 7. Bibliografía............................................................................................ 115 8. Webgrafia.............................................................................................. 120

IV. LA ECONOMÍA COLABORATIVA: ASPECTOS ECONÓMICOS Y TRIBUTARIOS LLUÍS CARRERAS ROIG RAMON BASTIDA VIALCANET

1. Introducción.......................................................................................... 121 1.1. ¿Qué es la Economía Colaborativa? Concepto y definiciones......................................................................................... 121 1.2. Razones que explican el surgimiento de la Economía Colaborativa..................................................................................... 123 1.3. Aproximación a la Economía Colaborativa: las diferentes realidades que cobija. Nuevos modelos de negocio y sectores..... 126 1.4. Principios básicos de las plataformas positivas........................ 131 2. Aspectos económicos de los nuevos modelos de negocio de las empresas de la economía colaborativa.................................................................. 134 2.1. Desarrollo económico y creación de valor (Contribución al PIB, creación de empleo, etc.)................................................. 134 2.1.1. A nivel europeo........................................................... 135


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9 2.1.2. A nivel nacional.......................................................... 137 2.2. Crecimiento y financiación de las empresas de la economía colaborativa........................................................................... 138 2.3. Beneficios económicos y no económicos generados por las empresas de la economía colaborativa........................................ 141

3. Aspectos tributarios de la economía colaborativa.................................. 142 3.1. Fiscalidad directa.................................................................... 142 3.1.1. La Plataforma............................................................. 142 3.1.2. Prestador de servicio................................................... 144 3.1.3. Cliente........................................................................ 144 3.2 Fiscalidad indirecta.................................................................. 144 3.2.1. Plataforma.................................................................. 145 3.2.2. Usuario/prestador del servicio..................................... 146 3.2.3. Cliente final................................................................ 147 3.3 Fiscalidad internacional........................................................... 147 3.3.1. Estructura jurídica y fiscal de los modelos digitales de economía colaborativa.................................................... 149 3.3.2. Existencia de Establecimiento Permanente: especial referencia al caso español................................................ 151 3.4. Las plataformas colaborativas y el proyecto BEPS.................. 154 3.5 La respuesta del sistema tributario español.............................. 156 3.6 La economía colaborativa desde las instituciones comunitarias......................................................................................... 158 4. Retos económicos y tributarios de la economía colaborativa................. 161 4.1 Retos económicos.................................................................... 161 4.2 Retos tributarios...................................................................... 165 5. Conclusiones......................................................................................... 171 6. Bibliografía........................................................................................... 173


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V. EL IMPACTO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA DIFUMINACIÓN DE LOS CONTORNOS DE EMPRESARIO Y TRABAJADOR: EL TRABAJO EN PLATAFORMAS DIGITALES COMO EJEMPLO PARADIGMÁTICO JOSEP MORENO GENÉ

1. La aparición disruptiva de las nuevas tecnologías en el ámbito de las relaciones laborales................................................................................ 177 2. La difuminación de los contornos del empresario: un proceso hacia la descentralización extrema...................................................................... 179 3. La difuminación de los contornos del trabajador: ¿hacia un trabajo sin trabajadores?......................................................................................... 187 4. La prestación de servicios a través de plataformas digitales como ejemplo paradigmático de la difuminación de los contornos de empresario y trabajador.............................................................................................. 196 4.1. Delimitación de la cuestión controvertida............................... 196 4.2. Respuestas judiciales a la cuestión planteada.......................... 199 4.2.1. La opción mayoritaria por la naturaleza laboral de la prestación de servicios a través de plataformas digitales. .. 199 A) La plataforma digital Deliveroo.................................. 199 B) La plataforma digital Glovo........................................ 209 C) La plataforma digital Take Eat................................... 224 D) La plataforma digital Uber......................................... 225 4.2.2. La opción cada vez más minoritaria por la naturaleza no laboral de la prestación de servicios a través de plataformas digitales. ............................................................. 226 4.2.3. La respuesta del Tribunal Supremo: el carácter laboral de la prestación de servicios efectuada por los repartidores de la plataforma digital Glovo................................... 235 4.2.4. Elementos determinantes y no determinantes a la hora de establecer la naturaleza laboral o no de la prestación de servicios a través de plataformas digitales................... 246 5. La necesaria adaptación del Derecho del Trabajo a las nuevas formas atípicas de trabajo por cuenta ajena impulsadas por las nuevas tecnologías........................................................................................................ 259 6. Bibliografía............................................................................................ 273


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VI. EXTERNALIZACIÓN LABORAL Y TRABAJO AUTÓNOMO SIMULADO O APARENTE: LOS ¿NUEVOS? DESAFÍOS DEL DERECHO DEL TRABAJO ESTHER GUERRERO VIZUETE

1. El trabajador autónomo y su presencia en los procesos de externalización productiva...................................................................................... 287 1.1. La articulación del negocio jurídico: contrato de prestación de servicios y contrato de ejecución de obra............................... 294 2. Descentralización productiva y trabajo autónomo: la problemática de las zonas grises....................................................................................... 298 2.1. La metodología de indicios en el contexto productivo actual.. 299 2.2. Las prestaciones de servicios en el ámbito de la economía de las plataformas....................................................................... 305 2.3. Las prestaciones de servicios en el ámbito de las cooperativas de trabajo asociado................................................................ 314 3. Empresa flexible versus trabajo digno: el portal salarial francés como fórmula de acceso a la especialización profesional a través de la externalización.............................................................................................. 325 4. Bibliografía............................................................................................ 330

VII. LA INTERMEDIACIÓN LABORAL DIGITAL: ESTADO DE LA CUESTIÓN ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

1. Introducción.......................................................................................... 335 2. Concepto de intermediación laboral digital y normativa aplicable......... 338 3. Los principios de la intermediación laboral........................................... 343 3.1. Licencia o autorización de la actividad.................................... 343 3.2. Gratuidad del servicio para los trabajadores........................... 344 3.3. Protección de los derechos de los trabajadores........................ 345 3.3.1. Derecho a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal............................................................. 346 3.3.2. Derecho a la no discriminación................................... 350


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4. Los agentes de la intermediación laboral digital.................................... 353 4.1. Los portales de empleo virtuales............................................. 357 4.1.1. Los portales de empleo privados................................. 357 4.1.2. Los portales de empleo públicos................................. 366 4.2. Las aplicaciones móviles para buscar empleo.......................... 367 4.3. Las redes sociales.................................................................... 372 4.3.1. Las redes sociales profesionales................................... 373 4.3.2. Las redes sociales generalistas..................................... 375 5. Las problemáticas presentes y futuras relacionadas con la intermediación laboral digital................................................................................. 376 5.1. La falta de control administrativo........................................... 376 5.2. El fenómeno start-up y su volatilidad...................................... 380 5.3. La proliferación de sistemas de inteligencia artificial............... 382 6. Conclusiones......................................................................................... 388 7. Bibliografía........................................................................................... 391

VIII. EL MARCO JURÍDICO-LABORAL DEL TELETRABAJO ANA Mª ROMERO BURILLO

1. Presentación del tema............................................................................ 397 2. Delimitación conceptual, rasgos caracterizadores y tipología de teletrabajo....................................................................................................... 404 2.1. Concepto................................................................................ 404 2.2. Rasgos caracterizadores.......................................................... 406 2.3. Tipología de teletrabajo.......................................................... 411 3. El tratamiento a nivel internacional del teletrabajo. La acción normativa de la Organización Internacional del Trabajo.................................... 421 3.1. Consideraciones generales....................................................... 421 3.2. El contenido del Convenio Núm. 177 de la OIT..................... 426 3.3. El contenido de la Recomendación Núm. 184......................... 429


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4. La acción normativa de la UE en materia de teletrabajo. El Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo.......................................................... 432 4.1. Consideraciones generales....................................................... 432 4.2. Contenido del AMET.............................................................. 436 5. La regulación del teletrabajo en el ordenamiento jurídico-laboral español......................................................................................................... 448 5.1 Consideraciones previas........................................................... 448 5.2. El punto de partida: la regulación del contrato de trabajo a domicilio en el Estatuto de los Trabajadores de 1980............. 449 5.2.1. Ámbito de aplicación del art. 13 ET............................ 449 5.2.2. El régimen jurídico del contrato de trabajo a domicilio................................................................................... 453 5.3. La nueva regulación del art 13 ET tras la Ley 3/2012............. 458 5.3.1. Consideraciones previas.............................................. 458 5.3.2. Delimitación conceptual del trabajo a distancia.......... 459 5.3.3. Régimen jurídico del trabajo a distancia..................... 464 5.3.4. Aspectos no regulados por el trabajo a distancia......... 472 6. La crisis sanitaria del COVID19 como punto de inflexión en la regulación laboral del teletrabajo en España.................................................... 474 6.1. Consideraciones generales....................................................... 474 6.2. La regulación del trabajo a distancia en el RD-Ley 8/2020..... 481 7. El teletrabajo en el RD-Ley 28/2020: un primer análisis del nuevo marco regulador........................................................................................... 490 7.1. Algunas consideraciones previas............................................. 490 7.2. Ámbito de aplicación, delimitación conceptual y tipología...... 495 7.3. La voluntariedad y la formalización del acuerdo de trabajo a distancia................................................................................. 502 7.4. Los derechos individuales en el trabajo a distancia.................. 510 7.5. Los derechos colectivos en el trabajo a distancia..................... 521 7.6. El ejercicio de las facultades empresariales en el marco del trabajo a distancia................................................................. 523 8. Bibliografía........................................................................................... 527


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IX. LOS DERECHOS COLECTIVOS EN LOS NUEVOS ESCENARIOS DE TRABAJO TECNOLÓGICO FRANCISCO ANDRÉS VALLE MUÑOZ

1. Introducción.......................................................................................... 539 2. Los derechos colectivos en el teletrabajo................................................ 541 2.1. Delimitación normativa.......................................................... 541 2.2. El derecho de representación colectiva.................................... 543 2.3. Los derechos de información sindical y de reunión................. 551 2.4. El derecho a la negociación colectiva...................................... 555 2.5. El derecho de huelga............................................................... 560 3. Los derechos colectivos en el trabajo mediante plataformas digitales.... 565 3.1. Delimitación normativa.......................................................... 565 3.2. El derecho a la representación unitaria.................................... 570 3.3. El derecho a la representación sindical.................................... 576 3.4. El derecho a la negociación colectiva...................................... 584 3.5. El derecho de huelga............................................................... 587 4. Conclusiones......................................................................................... 590 5. Bibliografía............................................................................................ 593


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X. LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU INFLUENCIA EN LAS ORGANIZACIONES: UNA REVISIÓN DE LA LITERATURA GIOCONDA VARGAS-MORÚA BRIZEIDA R. HERNÁNDEZ-SÁNCHEZ JOSÉ CARLOS SÁNCHEZ-GARCÍA

1. Introducción.......................................................................................... 599 2. Metodología.......................................................................................... 602 2.1. Diseño de Estudio................................................................... 602 2.2. Estrategia de investigación...................................................... 603 2.3. Diagrama de flujo de los estudios recuperados para la revisión........................................................................................ 604 2.4. Fuentes de datos, secciones de estudios y extracción de datos.... 605 2.4.1. Análisis de datos......................................................... 606 3. Resultados............................................................................................. 631 3.1. Síntesis de hallazgos................................................................ 631 3.2. Riesgo de sesgo....................................................................... 631 4. Conclusiones y líneas futuras de investigación....................................... 632 5. Referencias bibliográficas...................................................................... 634


PRÓLOGO En los últimos años, tal vez ya décadas, la innovación tecnológica y, especialmente, la generalización de las nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, han experimentado un desarrollo impresionante que ha sorprendido incluso a sus más firmes partidarios, de modo que se puede afirmar, sin especiales dificultades y sin riesgo de cometer ninguna exageración, que nos encontramos ante una nueva revolución industrial, ya la cuarta según muchos autores, que nos conduce a la era de la digitalización de la economía o de la Industria 4.0. A tal efecto, no nos encontramos únicamente ante nuevos avances tecnológicos, sino ante un avance radical de la tecnología que con toda probabilidad comportará una transformación disruptiva en los modos y formas de entender en el futuro próximo la idea de trabajo. Las múltiples posibilidades prácticas que ofrecen las diferentes innovaciones tecnológicas y los cambios en la organización de la empresa que las mismas comportan, permiten poner de manifiesto la incidencia generalizada de este proceso en todos los sectores económicos y en todas las tareas que en los mismos se desarrollan y, por tanto, en la disciplina que hasta el momento de un modo predominante ha regulado este trabajo, es decir, el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. A tal efecto, resulta indiscutible que en las últimas décadas el desarrollo tecnológico ha producido y va a seguir produciendo múltiples cambios en el mundo del trabajo, las condiciones laborales, las estructuras de representación y en las formas de diálogo social tradicional. En otros términos, las nuevas tecnologías inciden en todos los ámbitos tradicionales de esta disciplina jurídica, tanto en las relaciones individuales como colectivas del trabajo, si bien, la estructura jurídica de la relación individual de trabajo constituye el terreno donde aún en la actualidad se manifiestan estos efectos con mayor contundencia. El fenómeno de la innovación tecnológica, como no podía ser de otro modo, ha impactado tanto en la cantidad como en la calidad del empleo. Estos dos aspectos están muy interrelacionados, puesto que, aunque la incidencia de la innovación tecnológica en el volumen de la ocupación no forma parte, propiamente, del contenido de la relación laboral, un hipotético incremento del desempleo tendría la virtualidad de ser al mismo tiempo efecto de la implantación de las


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Josep Moreno Gené y Ana María Romero Burillo

nuevas tecnologías, pero también, un factor coadjuvante de los efectos que la innovación tecnológica tiene en materia de incremento de la precariedad laboral. Por ello, la incidencia de las nuevas tecnologías en el volumen de empleo ha sido uno de los primeros aspectos que han centrado los estudios sobre la materia, y únicamente después, los mismos se han centrado en otros posibles ámbitos de influencia de la innovación tecnológica. Ello se debe a la preocupación que tradicionalmente ha despertado la posibilidad de que la situación de falta de empleo y de estancamiento económico se puedan ver agravados por la introducción de nuevas tecnologías, con el consiguiente impacto que ello tendría en las ya depauperadas arcas de la Seguridad Social. En esta dirección, es evidente que en muchos ámbitos el trabajo humano puede verse sustituido por la innovación tecnológica y los cambios que la misma provoca en la organización del aparato productivo. A tal efecto, la informática, la robótica avanzada, la cibernética, la telemática, la digitalización, el big data, la inteligencia artificial, el internet de las cosas, la impresión 3D, la realidad virtual, la realidad extendida, etcétera, han comportado la destrucción de no pocos empleos (desempleo tecnológico). A estos supuestos de destrucción real de empleos cabe añadir, además, la contribución de las nuevas tecnologías, especialmente las tecnologías de la información, a los fenómenos de deslocalización, en los que, si bien no se destruye necesariamente el empleo existente en términos cuantitativos, sí que el mismo se desplaza, allá donde sea más económico. Paralelamente, sin embargo, también se constata que la innovación tecnológica constituye un factor primordial de crecimiento económico y, por tanto, de crecimiento de la ocupación, de modo que algunos de los sectores económicos más dinámicos están directamente relacionados con las nuevas tecnologías (informática, telecomunicaciones, plataformas digitales, robótica, etcétera). En otros términos, la experiencia demuestra que cada innovación tecnológica genera nuevas oportunidades de trabajo (innovación de productos). Tampoco se puede dar una respuesta unívoca en relación con el impacto de las nuevas tecnologías en la calidad del empleo, no en vano, la innovación tecnológica ha contribuido a la segmentación del mercado laboral, permitiendo distinguir entre los vencedores y los perdedores de estas transformaciones, lo que ha desembocado en una


PRÓLOGO

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“polarización de la ocupación”. Entre los primeros, encontramos los trabajadores altamente cualificados y con buenas condiciones de trabajo y, entre los segundos, trabajadores menos cualificados que se han visto afectados por los procesos de externalización y subcontratación con condiciones laborales precarias. En otros términos, la economía digital liberará a determinados trabajadores de trabajos repetitivos o penosos, para dedicarse a otros que desarrollan el potencial creativo humano, pero, en otros casos, nada infrecuentes, los perpetúa, incluso los agudiza, manteniendo el paradigma de trabajo servil, pobre e inseguro. En estos supuestos urge la mediación normativa-institucional. Más allá de la incidencia de las nuevas tecnologías en el volumen y en la calidad del empleo, las mismas inciden en todos y cada uno de los ámbitos tradicionales del Derecho del Trabajo, alcanzando tanto a las relaciones individuales como a las relaciones colectivas de trabajo. El principal impacto en las relaciones individuales de trabajo de las nuevas tecnologías y de los cambios en la organización de la empresa que de las mismas se derivan consiste en que éstas han contribuido de un modo decisivo a difuminar los de por si ya tenues e inseguros contornos de los propios sujetos de la relación laboral, es decir, de empresarios y trabajadores. En otros términos, la innovación tecnológica participa activamente en la progresiva indefinición de los propios sujetos de la relación laboral, a través de nuevas formas de organización empresarial por parte de las empresas y de nuevas formas de prestación de servicios por parte de los trabajadores. Esta circunstancia obliga a analizar en qué consisten estas transformaciones y, especialmente, qué elementos contiene el ordenamiento jurídico laboral para sobreponerse a esta indefinición de los sujetos de la relación laboral, en tanto que la identificación del empresario y del trabajador son los elementos esenciales para identificar una relación laboral y, por tanto, aplicar a la misma las normas laborales y de seguridad social. En primer lugar, la identificación del empresario no ha quedado al margen de los efectos de la innovación tecnológica, dado que las posibilidades que las mismas han incorporado (prestación de trabajo al margen de la organización productiva, externalización de servicios, potenciación del sector servicios, teletrabajo, incremento del trabajo autónomo económicamente dependiente, etcétera), han producido


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Josep Moreno Gené y Ana María Romero Burillo

importantes cambios en la organización empresarial. La descentralización productiva o la externalización de actividades (outsourcing) desde hace ya algún tiempo ha permitido a las empresas concertar con otras terceras o colaboradores externos, desde las tareas auxiliares más sencillas o elementales, hasta las labores más especializadas y complejas, incluso las que integran el núcleo duro de la propia actividad de la empresa. Pero es que ahora, la innovación tecnológica da una vuelta de tuerca a la transformación de la empresa, de modo que la propia empresa desaparece, se volatiliza y pierde dimensiones físicas y humanas, culminando de este modo la “fragmentación del polo patronal” a la que ya hace muchos años se refiriera SUPIOT, con las consiguientes dificultades del Derecho del Trabajo para identificar al verdadero empleador. En este contexto de descentralización productiva extrema de la empresa cabe identificar una evolución del outsourcing clásico hacia la práctica más actual del crowdsourcing –descentralización en masa o externalización abierta de tareas-, entendido como la descentralización de un servicio hacia un gran número de personas en forma de llamamiento o convocatoria, en una suerte de concurrencia entre trabajadores, que ejecutan los diferentes encargos empresariales –microtareas o tasks-. A todo ello, cabe añadir que la descentralización productiva es hoy una realidad desbordante a la que ha contribuido la globalización que ha traído consigo la deslocalización de empresas (offshoring). Este fenómeno puede tener aspectos positivos, como el incremento de oportunidades para el empleo en los países en desarrollo, así como la transferencia de conocimientos, tecnología y competencias laborales. Pero habría que atajar los negativos, como que el empleo creado no sea de calidad y pueda llegar a encontrarse por debajo de los estándares mínimos internacionales. Así pues, es preciso acometer -con el mayor detalle y profundidad posibles- la articulación jurídica del nuevo paradigma de la descentralización productiva y la empresa-red, si no se quiere que, en lugar de propiciar una flexibilidad razonable, se termine por consentir que el trabajador quede al albur de los caprichos productivos empresariales y sus servicios no se presten en las condiciones que se reconocen a un trabajo decente.


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