CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Belén Campuzano Laguillo
Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Jorge A. Cerdio Herrán
Angelika Nussberger
José Ramón Cossío Díaz
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México
Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México
Owen M. Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
Luis López Guerra
Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania) Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Edición y actualización de
MIGUEL CARBONELL IIJ-UNAM
Ciudad de México, 2017
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© Miguel Carbonell
© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Río Tiber 66, PH Colonia Cuauhtémoc Delegación Cuauhtémoc CP 06500 Ciudad de México Telf: (55) 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-9143-797-0 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant. com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant. net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.
ÍNDICE PRÓLOGO....................................................................................... 17 PREÁMBULO................................................................................... 31 TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. DE LA CIUDAD DE MÉXICO............................................. 33 ARTÍCULO 2. DE LA NATURALEZA INTERCULTURAL, PLURIÉTNICA, PLURILINGÜE Y PLURICULTURAL DE LA CIUDAD................................... 34 ARTÍCULO 3. DE LOS PRINCIPIOS RECTORES....................................... 34 TÍTULO SEGUNDO CARTA DE DERECHOS CAPÍTULO I DE LAS NORMAS Y GARANTÍAS DE LOS DERECHOS HUMANOS ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS................................................................... 37 A. DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS............................ 37 B. PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DERECHOS HUMANOS....................... 38 C. IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN................................................ 38 ARTÍCULO 5. CIUDAD GARANTISTA.................................................... 39 A. PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS.............................................. 39 B. EXIGIBILIDAD Y JUSTICIABILIDAD DE LOS DERECHOS..................... 40 C. DERECHO A LA REPARACIÓN INTEGRAL......................................... 40 CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS HUMANOS ARTÍCULO 6. CIUDAD DE LIBERTADES Y DERECHOS.............................. 41 A. DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN PERSONAL............................. 41 B. DERECHO A LA INTEGRIDAD........................................................ 41 C. DERECHO A LA IDENTIDAD Y A LA SEGURIDAD JURÍDICA................. 41 D. DERECHOS DE LAS FAMILIAS....................................................... 41 E. DERECHOS SEXUALES................................................................. 42
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ÍNDICE F. DERECHOS REPRODUCTIVOS........................................................ 42 G. DERECHO A DEFENDER LOS DERECHOS HUMANOS............................ 42 H. ACCESO A LA JUSTICIA.............................................................. 42 I. LIBERTAD DE CREENCIAS............................................................ 43
ARTÍCULO 7. CIUDAD DEMOCRÁTICA.................................................. 43 A. DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.......................... 43 B. LIBERTAD DE REUNIÓN Y ASOCIACIÓN.......................................... 43 C. LIBERTAD DE EXPRESIÓN............................................................ 44 D. DERECHO A LA INFORMACIÓN...................................................... 44 E. DERECHO A LA PRIVACIDAD Y A LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES.................................................................................... 45 F. DERECHO A UN GOBIERNO DEMOCRÁTICO Y A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA PARITARIA....................................................................... 45 ARTÍCULO 8. CIUDAD EDUCADORA Y DEL CONOCIMIENTO.................... 46 A. DERECHO A LA EDUCACIÓN......................................................... 46 B. SISTEMA EDUCATIVO LOCAL........................................................ 48 C. DERECHO A LA CIENCIA Y A LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA............... 49 E. DERECHO AL DEPORTE................................................................ 52 ARTÍCULO 9. CIUDAD SOLIDARIA...................................................... 52 A. DERECHO A LA VIDA DIGNA........................................................ 52 B. DERECHO AL CUIDADO............................................................... 53 C. DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y A LA NUTRICIÓN........................... 53 D. DERECHO A LA SALUD................................................................ 53 E. DERECHO A LA VIVIENDA........................................................... 55 F. DERECHO AL AGUA Y A SU SANEAMIENTO...................................... 56 ARTÍCULO 10. CIUDAD PRODUCTIVA.................................................. 56 A. DERECHO AL DESARROLLO SUSTENTABLE....................................... 56 B. DERECHO AL TRABAJO............................................................... 56 C. DE LAS RELACIONES DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DE LA CIUDAD CON SUS TRABAJADORES............................................................ 59 D. INVERSIÓN SOCIAL PRODUCTIVA.................................................. 61 E. DE LAS Y LOS CAMPESINOS Y PEQUEÑOS PROPIETARIOS RURALES...... 61 ARTÍCULO 11. CIUDAD INCLUYENTE.................................................. 61 A. GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA............................................. 61 B. DISPOSICIONES COMUNES........................................................... 62 C. DERECHOS DE LAS MUJERES........................................................ 63 D. DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES......................... 63 E. DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES......................................... 63
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F. DERECHOS DE PERSONAS MAYORES............................................... 64 G. DERECHOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD................................. 64 H. DERECHOS DE LAS PERSONAS LGBTTTI.......................................... 64 I. DERECHOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES Y SUJETAS DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL....................................................................... 65 J. DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS....................................................... 65 K. DERECHOS DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE.................... 65 L. DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD................. 66 M. DERECHOS DE PERSONAS QUE RESIDEN EN INSTITUCIONES DE ASISTENCIA SOCIAL......................................................................... 66 N. DERECHOS DE PERSONAS AFRODESCENDIENTES............................... 66 O. DERECHOS DE PERSONAS DE IDENTIDAD INDÍGENA......................... 67 P. DERECHOS DE MINORÍAS RELIGIOSAS........................................... 67 ARTÍCULO 12. DERECHO A LA CIUDAD............................................... 67 ARTÍCULO 13. CIUDAD HABITABLE.................................................... 68 A. DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO........................................ 68 B. PROTECCIÓN A LOS ANIMALES..................................................... 68 C. DERECHO A LA VÍA PÚBLICA....................................................... 69 D. DERECHO AL ESPACIO PÚBLICO.................................................... 69 E. DERECHO A LA MOVILIDAD......................................................... 69 F. DERECHO AL TIEMPO LIBRE........................................................ 70 ARTÍCULO 14. CIUDAD SEGURA........................................................ 70 A. DERECHO A LA SEGURIDAD URBANA Y A LA PROTECCIÓN CIVIL......... 70 B. DERECHO A LA SEGURIDAD CIUDADANA Y A LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y DEL DELITO........................................................... 70 TÍTULO TERCERO DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CIUDAD CAPÍTULO ÚNICO DESARROLLO Y PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA ARTÍCULO 15. DE LOS INSTRUMENTOS DE LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO...................................................................................... 71 A. SISTEMA DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN....................................... 71 B. DE LA PLANEACIÓN................................................................... 72 C. DE LA PLANEACIÓN DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL..................... 73 D. INSTITUTO DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA Y PROSPECTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO........................................................................ 74
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ARTÍCULO 16. ORDENAMIENTO TERRITORIAL...................................... 77 A. MEDIO AMBIENTE..................................................................... 77 B. GESTIÓN SUSTENTABLE DEL AGUA................................................ 79 C. REGULACIÓN DEL SUELO............................................................ 81 E. VIVIENDA................................................................................ 85 F. INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TECNOLÓGICA.................................... 87 G. ESPACIO PÚBLICO Y CONVIVENCIA SOCIAL..................................... 90 H. MOVILIDAD Y ACCESIBILIDAD..................................................... 91 I. VULNERABILIDAD, RESILIENCIA, PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE RIESGOS 93 ARTÍCULO 17. BIENESTAR SOCIAL Y ECONOMÍA DISTRIBUTIVA............. 94 A. DE LA POLÍTICA SOCIAL............................................................. 94 B. DE LA POLÍTICA ECONÓMICA....................................................... 96 C. CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL.................................. 98 ARTÍCULO 18. PATRIMONIO DE LA CIUDAD........................................ 99 A. PATRIMONIO HISTÓRICO, CULTURAL, INMATERIAL Y MATERIAL, NATURAL, RURAL Y URBANO TERRITORIAL............................................ 99 B. PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD EN LA CIUDAD............................. 101 C. DEL REGISTRO DE LA MEMORIA ORAL HISTÓRICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO................................................................................... 101 ARTÍCULO 19. COORDINACIÓN METROPOLITANA Y REGIONAL............... 102 ARTÍCULO 20. CIUDAD GLOBAL........................................................ 103 ARTÍCULO 21. DE LA HACIENDA PÚBLICA.......................................... 105 A. DISPOSICIONES GENERALES........................................................ 105 B. INGRESOS................................................................................ 106 C. EGRESOS................................................................................. 107 D. ALCALDÍAS.............................................................................. 108 TÍTULO CUARTO DE LA CIUDADANÍA Y EL EJERCICIO DEMOCRÁTICO CAPÍTULO I DE LAS PERSONAS ORIGINARIAS Y DE LAS QUE HABITAN LA CIUDAD DE MÉXICO ARTÍCULO 22. DE LAS Y LOS ORIGINARIOS, HABITANTES, VECINOS Y TRANSEÚNTES............................................................................. 111 ARTÍCULO 23. DEBERES DE LAS PERSONAS EN LA CIUDAD................... 111 ARTÍCULO 24. DE LA CIUDADANÍA.................................................... 112
ÍNDICE
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CAPÍTULO II DE LA DEMOCRACIA DIRECTA, PARTICIPATIVA Y REPRESENTATIVA ARTÍCULO 25. DEMOCRACIA DIRECTA................................................ 113 A. DISPOSICIONES COMUNES........................................................... 113 B. INICIATIVA CIUDADANA............................................................. 114 C. REFERÉNDUM........................................................................... 114 D. PLEBISCITO............................................................................. 115 E. CONSULTA CIUDADANA............................................................... 115 F. CONSULTA POPULAR.................................................................. 116 G. REVOCACIÓN DEL MANDATO........................................................ 116 H. VINCULATORIEDAD DEL REFERÉNDUM, PLEBISCITO, CONSULTAS CIUDADANAS Y REVOCACIÓN DE MANDATO......................................... 117 ARTÍCULO 26. DEMOCRACIA PARTICIPATIVA....................................... 117 A. GESTIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA............. 117 B. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO..................................................... 118 ARTÍCULO 27. DEMOCRACIA REPRESENTATIVA.................................... 118 A. CANDIDATURAS SIN PARTIDO...................................................... 118 B. PARTIDOS POLÍTICOS................................................................. 119 C. DE LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS LOCALES................................... 121 D. SISTEMA DE NULIDADES EN MATERIA ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA............................................................................. 121 TÍTULO QUINTO DE LA DISTRIBUCIÓN DEL PODER ARTÍCULO 28. DEL PODER PÚBLICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO............. 123 CAPÍTULO I DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA ARTÍCULO 29. DEL CONGRESO DE LA CIUDAD..................................... 123 A. INTEGRACIÓN........................................................................... 123 B. DE LA ELECCIÓN E INSTALACIÓN DEL CONGRESO............................. 124 C. DE LOS REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD.......................................... 125 D. DE LAS COMPETENCIAS DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO...... 126 E. DEL FUNCIONAMIENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO...... 128 ARTÍCULO 30. DE LA INICIATIVA Y FORMACIÓN DE LAS LEYES.............. 130 ARTÍCULO 31. DE LA COMISIÓN PERMANENTE.................................... 131
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ÍNDICE CAPÍTULO II DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA
ARTÍCULO 32. DE LA JEFATURA DE GOBIERNO.................................... 132 A. DE LA ELECCIÓN....................................................................... 132 B. DE LOS REQUISITOS PARA SER TITULAR DE LA JEFATURA DE GOBIERNO......................................................................................... 132 C. DE LAS COMPETENCIAS.............................................................. 134 D. DE LAS FALTAS TEMPORALES Y ABSOLUTAS.................................... 136 ARTÍCULO 33. DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.......................................................................................... 137 ARTÍCULO 34. RELACIÓN ENTRE LOS PODERES EJECUTIVO Y LEGISLATIVO............................................................................................. 137 A. COLABORACIÓN ENTRE PODERES.................................................. 137 B. GOBIERNO DE COALICIÓN........................................................... 138 CAPÍTULO III DE LA FUNCIÓN JUDICIAL ARTÍCULO 35. DEL PODER JUDICIAL.................................................. 139 A. DE LA FUNCIÓN JUDICIAL.......................................................... 139 B. DE SU INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO...................................... 139 C. FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ....................................................................................... 140 D. MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS................ 141 E. CONSEJO DE LA JUDICATURA...................................................... 141 F. INSTITUTO DE SERVICIOS PERICIALES Y CIENCIAS FORENSES............ 143 ARTÍCULO 36. CONTROL CONSTITUCIONAL LOCAL............................... 144 A. INTEGRACIÓN DE LA SALA CONSTITUCIONAL.................................. 144 B. COMPETENCIA.......................................................................... 144 C. LEGITIMACIÓN......................................................................... 146 D. DE LAS DECLARATORIAS DE INCONSTITUCIONALIDAD...................... 147 ARTÍCULO 37. DEL CONSEJO JUDICIAL CIUDADANO............................ 148 ARTÍCULO 38. TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO........... 148 ARTÍCULO 39. TRIBUNAL LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE......... 150 ARTÍCULO 40. TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA..................... 150
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CAPÍTULO IV SEGURIDAD CIUDADANA Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA ARTÍCULO 41. DISPOSICIONES GENERALES......................................... 151 ARTÍCULO 42. SEGURIDAD CIUDADANA............................................. 152 A. PRINCIPIOS............................................................................. 152 B. PREVENCIÓN SOCIAL DE LAS VIOLENCIAS Y EL DELITO..................... 152 C. COORDINACIÓN LOCAL Y NACIONAL EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA.................................................................................. 153 ARTÍCULO 43. MODELO DE POLICÍAS DE PROXIMIDAD Y DE INVESTIGACIÓN.......................................................................................... 153 ARTÍCULO 44. PROCURACIÓN DE JUSTICIA......................................... 154 A. FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA.................................................. 154 B. COMPETENCIA.......................................................................... 155 C. FISCALÍAS ESPECIALIZADAS Y UNIDADES DE ATENCIÓN TEMPRANA.... 157 ARTÍCULO 45. SISTEMA DE JUSTICIA PENAL....................................... 157 A. PRINCIPIOS............................................................................. 157 B. EJECUCIÓN PENAL..................................................................... 158 CAPÍTULO V DE LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS ARTÍCULO 46. ORGANISMOS AUTÓNOMOS.......................................... 159 A. NATURALEZA JURÍDICO-POLÍTICA................................................ 159 B. DISPOSICIONES COMUNES........................................................... 160 C. DEL NOMBRAMIENTO DE LAS PERSONAS TITULARES Y CONSEJERAS.... 160 ARTÍCULO 47. CONSEJO DE EVALUACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO...... 162 ARTÍCULO 48. COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO...................................................................................... 163 ARTÍCULO 49. INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES...................... 164 ARTÍCULO 50. INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.......... 165 ARTÍCULO 51. INSTITUTO DE DEFENSORÍA PÚBLICA............................ 166
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ÍNDICE CAPÍTULO VI DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES Y SUS ALCALDÍAS
ARTÍCULO 52. DEMARCACIONES TERRITORIALES................................. 167 ARTÍCULO 53. ALCALDÍAS................................................................ 170 A. DE LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FACULTADES DE LAS ALCALDÍAS...................................................................................... 170 B. DE LAS PERSONAS TITULARES DE LAS ALCALDÍAS........................... 175 C. DE LOS CONCEJOS..................................................................... 185 ARTÍCULO 54. DEL CABILDO DE LA CIUDAD DE MÉXICO....................... 187 ARTÍCULO 55. DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DE LAS ALCALDÍAS........... 189 ARTÍCULO 56. DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LAS ALCALDÍAS.. 191 CAPÍTULO VII CIUDAD PLURICULTURAL ARTÍCULO 57. DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO................................................................................. 193 ARTÍCULO 58. COMPOSICIÓN PLURICULTURAL, PLURILINGÜE Y PLURIÉTNICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.............................................. 193 ARTÍCULO 59. DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES............................... 194 A. CARÁCTER JURÍDICO.................................................................. 194 B. LIBRE DETERMINACIÓN Y AUTONOMÍA.......................................... 194 C. DERECHOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA........................................ 197 D. DERECHOS DE COMUNICACIÓN..................................................... 198 E. DERECHOS CULTURALES.............................................................. 198 F. DERECHO AL DESARROLLO PROPIO............................................... 199 G. DERECHO A LA EDUCACIÓN......................................................... 199 H. DERECHO A LA SALUD................................................................ 200 I. DERECHOS DE ACCESO A LA JUSTICIA........................................... 200 J. DERECHO A LA TIERRA, AL TERRITORIO Y A LOS RECURSOS NATURALES........................................................................................ 201 K. DERECHOS LABORALES............................................................... 202 L. MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN.................................................... 203 M. ÓRGANO DE IMPLEMENTACIÓN..................................................... 204
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TÍTULO SEXTO DEL BUEN GOBIERNO Y LA BUENA ADMINISTRACIÓN ARTÍCULO 60. GARANTÍA DEL DEBIDO EJERCICIO Y LA PROBIDAD EN LA FUNCIÓN PÚBLICA...................................................................... 205 CAPÍTULO I DEL COMBATE A LA CORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO ARTÍCULO 61. DE LA FISCALIZACIÓN Y EL CONTROL INTERNO EN LA CIUDAD DE MÉXICO..................................................................... 207 ARTÍCULO 62. DEL SISTEMA DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR................... 208 ARTÍCULO 63. DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO............................................................................................. 214 CAPÍTULO II DEL REGIMEN DE RESPONSABILIDADES ARTÍCULO 64. DE LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS............ 216 ARTÍCULO 65. DE LA RESPONSABILIDAD POLÍTICA............................. 218 ARTÍCULO 66. DE LA RESPONSABILIDAD PENAL................................. 218 ARTÍCULO 67. DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO................................................................................. 219 TÍTULO SÉPTIMO DEL CARÁCTER DE CAPITAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ARTÍCULO 68. RÉGIMEN DE CAPITALIDAD.......................................... 221 TÍTULO OCTAVO DE LA ESTABILIDAD CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 69. REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN................................... 223 ARTÍCULO 70. PROGRESIVIDAD CONSTITUCIONAL............................... 224 ARTÍCULO 71. INVIOLABILIDAD CONSTITUCIONAL.............................. 224 ARTÍCULOS TRANSITORIOS............................................................... 224
PRÓLOGO Miguel Carbonell Director del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell AC Durante décadas, hubo una clara distinción entre el régimen jurídico de la capital de México y el resto de entidades que conforman la federación. Mientras que en 31 entidades federativas han tenido y tienen una Constitución, en el entonces llamado Distrito Federal apenas teníamos legislación administrativa y, con el paso del tiempo, nos regíamos por un “Estatuto de Gobierno”. La democracia llegó tarde al país, pero para los capitalinos llegó tardísimo. Solamente a partir de 1988 se tuvo una especie de poder legislativo local (la llamada “Asamblea de Representantes del Distrito Federal”) y solamente desde 1997 la ciudadanía puede elegir al titular del Poder Ejecutivo local, llamado “Jefe de Gobierno”. Es decir, no es exagerado sostener que los habitantes de la capital vivimos durante muchos años en una suerte de “minoría de edad” desde el punto de vista político. Ese retraso se intentó paliar mediante una importante reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016. La reforma permitió cambiar incluso la denominación del anterior Distrito Federal, que ahora pasa a llamarse Ciudad de México. Las bases organizativas de la Ciudad se encuentran en el artículo 122 de la Constitución federal. Además, mediante la señalada reforma se abre la puerta a un relevante proceso “constituyente”, cuyo resultado es precisamente el texto de la primera Constitución de la capital del país, que el lector podrá encontrar en las siguientes páginas. El diseño de los trabajos de la Asamblea Constituyente estuvo determinado por la misma reforma de la Constitución federal. Así, se ordenó que el proyecto de Constitución correspondía presentarlo al Jefe de la Ciudad de México, el mismo día en que se iniciaran los trabajos de la Asamblea: el 15 de septiembre de 2016. Los trabajos de la Asamblea se podían extender desde esa fecha y hasta el 31 de enero de 2017, día en el que se tenía que entregar el texto definitivo.
Prólogo
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Contra todo pronóstico y luego de una muy accidentada tramitación parlamentaria al interior de la Asamblea, finalmente el texto fue terminado a tiempo. La ceremonia formal de promulgación se realizó el 5 de febrero de 2017, coincidiendo con el Centenario de la Constitución general de la República. Una fecha ciertamente emblemática para el constitucionalismo mexicano. La entrada en vigor del texto constitucional es el 17 de septiembre de 2017, salvo las disposiciones electorales que regirán el proceso electoral del año 2018, las cuales entran en vigor desde el día siguiente a su publicación. En los artículos transitorios, naturalmente muy prolijos dado el gran cúmulo de cambios que deben hacerse al ordenamiento local y a la necesidad de dictar múltiples normas de desarrollo constitucional, se establecen distintas fechas en las que se tendrán que materializar diversos mandatos constitucionales. A partir de ese procedimiento de confección del texto y luego de su publicación, lo importante ahora es comenzar a analizar, interpretar y aplicar con todo rigor su contenido, para que no se vaya a quedar como una simple declaración de intenciones. El impulso que se logró desde la reforma a la Constitución federal y lo que significa en términos simbólicos tener por primera vez en la historia una Constitución para la capital del país, nos deben exigir un trabajo detallado para transformar sus mandatos en realidades. No será fácil, hay que advertirlo desde el primer momento. El contenido del texto constitucional no es muy pulcro desde el punto de vista de la técnica legislativa. La Asamblea Constituyente incurrió en ciertos excesos retóricos, algunos de los cuales ya se encontraban en el muy cuestionable proyecto que fue puesto a consideración de los diputados constituyentes el 15 de septiembre de 2016. Sobre esa base, y careciendo la Asamblea de grandes constitucionalistas, era muy poco lo que se podía esperar de los constituyentes y eso hizo que el texto sea (desde el punto de vista formal) poco ejemplar. Hay declaraciones que parecen sacadas de discursos políticos y otras cuyo sitio parecería más apropiado dentro en un programa interno de cualquier dependencia administrativa. Se careció de rigor jurídico y del talento necesario para poner en el texto solamente normas jurídicas concretas y actuables, en vez de sonoras proclamaciones políticas que pocos o ningún efecto tendrán sobre la vida de quienes habitamos en la capital del país. En fin, es la consecuencia de que los diputados constituyentes fueran en su mayor parte políticos que estaban en retiro o profesionales de ramas muy distintas a la jurídica, que poco interés tenían en
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Prólogo
hacer un buen trabajo técnico. Lo que buscaban era sumar al texto sus propias prioridades ideológicas o incluso partidistas. Así ningún ordenamiento constitucional puede quedar bien redactado, sobre todo si su confección queda en manos de mediocres políticos y no de verdaderos estadistas. Ahora bien, lo cierto es que el texto también contiene una serie muy amplia de cuestiones llamativas y que se deben estimar como positivas, pues recogen avances en materia de derechos humanos o en cuanto al grado de representatividad política de algunos órganos del gobierno local (en particular, se debe ver con mucho detalle la forma en que quedaron reguladas las nuevas “alcaldías”, que vienen a sustituir a las anteriormente llamadas “delegación políticas” y que son uno de los más notables avances en el diseño de la administración pública de la Ciudad). Aunque el análisis de sus disposiciones se debe hacer en otro momento y requiere de decenas o incluso centenares de páginas, permítame el lector apuntar algunos aspectos relevantes del nuevo texto constitucional. Llama la atención la existencia de un preámbulo. No es frecuente en la historia del constitucionalismo mexicano, aunque sí lo es en ciertas experiencias constituyentes de otras naciones1. En América Latina hay varios países que cuentan con preámbulos constitucionales, la mayor parte de los cuales son más breves que el que figura al inicio de la Constitución de la Ciudad de México. Con todo, vale la pena que cada lector se detenga a revisar su contenido. En el artículo 4 se establecen los grandes principios de interpretación de los derechos humanos. Destaca la apertura del texto hacia el derecho internacional de los derechos humanos, siguiendo el buen ejemplo de lo que dispone el artículo 1 párrafo primero de la Constitución federal2. También hay que destacar la inclusión del concepto del “parámetro de regularidad constitucional”, que fue adoptado de manera relativamente reciente por la Suprema Corte en la
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Tajadura Tejada, Javier, “La función política de los preámbulos constitucionales”, Cuestiones Constitucionales. Revista Mexicana de Derecho Constitucional, 2001, disponible en: https: //revistas.juridicas.unam.mx/index.php/cuestiones-constitucionales/article/view/5629/7342. Fecha de acceso: 05 feb. 2017. El significado y alcances de dicho precepto se han analizado en Carbonell, Miguel, Los derechos humanos en México. Régimen jurídico y aplicación práctica, 2ª edición, México, Centro de Estudios Jurídicos Carbonell AC, 2016.
Prólogo
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importantísima sentencia de la Contradicción de Tesis 293/2011 (ponencia del Ministro Arturo Zaldívar). También se recoge de manera expresa el mandato de que las autoridades jurisdiccionales de la ciudad realicen controles de constitucionalidad y de convencionalidad, aplicando en todos los casos el principio pro persona. Esto es un avance que se ubica en la línea de lo que ya había definido la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el caso Rosendo Radilla Pacheco contra México y de lo señalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la sentencia del Expediente Varios 912/2010 (ponente: Ministro José Ramón Cossío). Sobre este relevante tema vale la pena considerar el siguiente criterio de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: Registro: 2010954 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO. CONDICIONES GENERALES PARA SU EJERCICIO. La autoridad judicial, para ejercer el control ex officio en los términos establecidos en el expediente Varios 912/2010 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, debe asegurarse que se ha actualizado la necesidad de hacer ese tipo de control, es decir, en cada caso debe determinar si resulta indispensable hacer una interpretación conforme en sentido amplio, una en sentido estricto o una inaplicación, lo cual ocurre cuando se está en presencia de una norma que resulta sospechosa o dudosa de cara a los parámetros de control de los derechos humanos. De este modo, cuando una norma no genera sospechas de invalidez para el juzgador, por no parecer potencialmente violatoria de derechos humanos, entonces no se hace necesario un análisis de constitucionalidad y convencionalidad exhaustivo, porque la presunción de constitucionalidad de que gozan todas las normas jurídicas no se ha puesto siquiera en entredicho. Lo anterior es así, porque como se señaló en el citado expediente Varios, las normas no pierden su presunción de constitucionalidad sino hasta que el resultado del control así lo refleje, lo que implica que las normas que son controladas puedan incluso salvar su presunción de constitucionalidad mediante la interpretación conforme en sentido amplio, o en sentido estricto.
En el mismo artículo 4 se recoge un mandato para alcanzar la “igualdad sustancial”. Esto es importante porque supone un enriquecimiento de los mandatos formales de igualdad y de las normas que tutelan la no discriminación. A partir de esta disposición pueden surgir programas en distintos ámbitos que establezcan políticas de acción afirmativa o de cuotas establecidas a favor de