FORMULARIOS JUDICIALES Y NOTARIALES COMENTADOS DE DISCAPACIDAD Y MEDIDAS DE APOYO LÍNEAS MAESTRAS DE LA LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO CON ACCESO A LOS FORMULARIOS ON-LINE
MARÍA LINACERO DE LA FUENTE (Directora)
ADRIÁN GÓMEZ LINACERO (Coordinador)
Prólogo de Jorge Prades López
formularios
FORMULARIOS JUDICIALES Y NOTARIALES COMENTADOS DE DISCAPACIDAD Y MEDIDAS DE APOYO
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro del El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
FORMULARIOS JUDICIALES Y NOTARIALES COMENTADOS DE DISCAPACIDAD Y MEDIDAS DE APOYO Líneas maestras de la reforma de la discapacidad en la Ley 8/2021, de 2 de junio
Dirigido por
MARÍA LINACERO DE LA FUENTE Catedrática de Derecho Civil UCM Coordinado por
ADRIÁN GÓMEZ LINACERO Letrado de la Administración de Justicia
tirant lo blanch Valencia, 2022
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© AA.VV.
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Autores:
INMACULADA ESPIÑEIRA SOTO Notario
LAURA BUESO HERNÁNDEZ Magistrada
ANGEL SERRANO DE NICOLÁS Notario
MANUEL MARÍA RUEDA DÍAZ DE RÁBAGO Notario
ADRIÁN GÓMEZ LINACERO
Letrado de la Administración de Justicia
Índice Prólogo .........................................................................................................
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Abreviaturas...................................................................................................
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Introducción ...................................................................................................
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I. LÍNEAS MAESTRAS DE LA LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO, POR LA QUE SE REFORMA LA LEGISLACIÓN CIVIL Y PROCESAL PARA EL APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA ........................
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María Linacero de la Fuente
1. CONSIDERACIONES GENERALES........................................................... 2. LÍNEAS MAESTRAS DE LA REFORMA POR LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO........ 3. VALORACIÓN DE LA REFORMA...............................................................
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II. EL MINISTERIO FISCAL EN LOS PROCESOS RELATIVOS A LA DISCAPACIDAD DE LAS PERSONAS .........................................................................................
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Javier González Gutiérrez
Capítulo Primero FORMULARIOS JUDICIALES DE DISCAPACIDAD Y OTRAS ACCIONES Adrián Gómez Linacero
I. PROCEDIMIENTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA....................................... 1. Formularios........................................................................................... F01. PETICIÓN DE CONSTITUCIÓN DE CURATELA ASISTENCIAL INSTADA POR LOS FAMILIARES DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD.............. F02. PETICIÓN DE CONSTITUCIÓN DE CURATELA REPRESENTATIVA/MIXTA. F03. FORMACIÓN DE INVENTARIO DEL CURADOR.................................. F04. RENDICIÓN DE CUENTAS PERIÓDICA DEL CURADOR/INFORME SITUACIÓN PERSONAL.................................................................... F05. EXIGENCIA DE RENDICIÓN DE CUENTAS FINAL CONTRA EL CURADOR REPRESENTATIVO...................................................................
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II. PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSOS........................................................... 1. Formularios........................................................................................... F01. DEMANDA CONTENCIOSA DE CURATELA ASISTENCIAL/REPRESENTATIVA/MIXTA TRAS OPOSICIÓN EN EXPEDIENTE DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA................................................................................ F02. ACCIÓN DE RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS CONTRA EL CURADOR POR NEGLIGENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN..................
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Índice
F03. DEMANDA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACUTAL CONTRA EL CURADOR POR HECHO AJENO..................................................... F04. IMPUGNACIÓN DE ACTOS REALIZADOS POR EL CURADOR SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL................................................................... F05. ACCIÓN DE ANULABILIDAD CONTRA CONTRATO CELEBRADO POR LA PERSONA CON DISCAPACIDAD SIN APOYOS.............................
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Capítulo Segundo FORMULARIOS JUDICIALES DE DISCAPACIDAD Laura Bueso Hernández
I. PROCEDIMIENTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA....................................... 1. Formularios........................................................................................... F01. AUTO ACORDANDO MEDIDAS DE APOYO SIN OPOSICIÓN............ F02. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO......................... F03. AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE ACTOS DE DISPOSICIÓN PATRIMONIAL PREVISTOS EN EL ART. 287 CC....................................................... F04. APROBACIÓN JUDICIAL DE PARTICIÓN DE HERENCIA O DIVISIÓN DE COSA COMÚN PREVISTO EN EL ART. 289 CC................................. F05. MEDIDAS CAUTELARES.................................................................. F06. REMOCIÓN DE CURADOR (ART. 278 CC Y ART. 49 LJV).................... F07. SOLICITUD DE EXTINCIÓN DE CURATELA (ART. 291 CC).................... F08. SOLICITUD DE CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO PROTEGIDO........... F09. MEDIDAS DE CONTROL AL GUARDADOR DE HECHO (ART. 263 A 269 CC Y 52 LJV)................................................................................ F10. OPOSICIÓN A MEDIDAS DE APOYO EN JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.
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Capítulo Tercero MODELOS NOTARIALES DE DISCAPACIDAD Y MEDIDAS DE APOYO Inmaculada Espiñeira Soto
1. Formularios........................................................................................... F01. JUICIO DE CAPACIDAD, INTERVENCIÓN Y CIERRE DE ESCRITURAS..... F02. ACTA PARA LA CONSTANCIA DE LAS ACTUACIONES ENCAMINADAS A QUE LA PERSONA DESARROLLE SU PROPIO PROCESO EN LA TOMA DE DECISIONES........................................................................... F03. PODER GENERAL RECIPROCO ENTRE CÓNYUGES CON SUBSISTENCIA DE EFECTOS Y PREVENTIVO A FAVOR DE TERCEROS................... F04. PODER GENERAL CON SUBSISTENCIA DE EFECTOS......................... F05. ESCRITURA DE MEDIDAS VOLUNTARIAS DE APOYO ESTRUCTURADA EN DOS FASES, ASISTENCIAL Y REPRESENTATIVA.............................. F06. ESCRITURA DE MEDIDAS VOLUNTARIAS DE APOYO DE CARÁCTER ASISTENCIAL (NO REPRESENTATIVA). FINALIDAD: FOMENTAR LA AUTONOMÍA DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD................................ F07. MEDIDA VOLUNTARIA DE APOYO ASISTENCIAL VINCULANTE (AUTOIMPUESTA)...............................................................................
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Índice
F08. NORMAS DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DE BIENES DISPUESTOS A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DE UNA PERSONA NECESITADA DE APOYO.......................................................................................
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Capítulo Cuarto OTROS MODELOS NOTARIALES DE DISCAPACIDAD Y MEDIDAS DE APOYO Manuel María Rueda Díaz de Rábago
1. Formularios........................................................................................... F01. ACTA PARA ACREDITAR LA DISCAPACIDAD (PODER PREVENTIVO)......... F02. AUTOCURATELA............................................................................ F03. ACREDITACIÓN DE LA GUARDA DE HECHO POR ACTA DE NOTORIEDAD............................................................................................ F04. CAMBIO EN LAS MEDIDAS DE APOYO............................................ F05. LA DESAPARECIDA SUSTITUCIÓN EJEMPLAR Y LA LEGÍTIMA................. F06. DERECHO DE ALIMENTOS............................................................. F07. FIDUCIA SUCESORIA..................................................................... F08. OTRAS CLÁUSULAS SUCESORIAS EN RELACIÓN CON LA DISCAPACIDAD............................................................................................ F09. CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO PROTEGIDO................................ F10. APORTACIONES A UN PATRIMONIO PROTEGIDO.............................
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Capítulo Quinto MODELOS NOTARIALES AJUSTADOS AL DERECHO CIVIL CATALÁN Ángel Serrano de Nicolás
I. COMENTARIO INTRODUCTORIO A TODOS LOS MODELOS DE DERECHO CIVIL CATALÁN......................................................................................................... 1. Formularios........................................................................................... F01. AUTOLIMITACIÓN DE LAS FACULTADES DE DISPONER....................... F02. PODER PREVENTIVO DE CARÁCTER GENERAL ENTRE ESPOSOS Y, EN SU DEFECTO, A LOS HIJOS............................................................ F03. PODER PREVENTIVO DE CARÁCTER GENERAL Y DESIGNACION ASISTENTE......................................................................................... F04. NOMBRAMIENTO DE ASISTENTE Y PODER PREVENTIVO CON DISTINCIÓN DEL ÁMBITO PERSONAL Y PATRIMONIAL................................ F05. NOMBRAMIENTO DE ASISTENTE................................................... F06. NOMBRAMIENTO DE ASISTENTE, CON ESTABLECIMIENTO DE NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y MEDIDAS DE CONTROL................... ANEXOS .......................................................................................................
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PRÓLOGO La profesora Linacero no se conforma con que su ingente labor docente e investigadora quede relegada a un plano meramente académico. Es notable su vocación, de la que yo mismo he sido testigo privilegiado en diversos foros, de contribuir a que el Derecho de la Persona y el Derecho de la Familia sea un elemento vertebrador de una sociedad cada vez más justa. Que la reciente reforma en materia de discapacidad, que mi compañera y directora de la Fundación Aequitas Almudena Castro-Girona Martínez ha calificado con gran acierto como “la mayor reforma de nuestro Derecho Privado abordada en época democrática”, logre los objetivos que persigue requiere un enorme grado de compromiso e implicación de la sociedad en su conjunto y, específicamente, de los agentes jurídicos involucrados (notarios, jueces, fiscales y abogados). Los formularios judiciales y notariales recogidos en esta obra dirigida por la profesora Linacero serán, sin duda alguna, de gran utilidad para que la actuación de dichos operadores jurídicos convierta en una realidad palpable el principio inspirador de toda la reforma recogido en el artículo 12 de la Convención de Nueva York de 13 de diciembre de 2006: “las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás en todos los aspectos de la vida”. La anterior afirmación de que la discapacidad no ha de limitar legalmente el ejercicio de la capacidad jurídica encuentra su fundamento último en la dignidad inherente a todo ser humano. Por ello la adecuada interpretación y aplicación del nuevo marco legal pasa, a mi juicio, por considerar, en cada caso concreto, la dignidad de la persona, es decir, aquello que verdaderamente constituye a todo ser humano tenga o no alguna discapacidad, que somos “en relación a otro”, es decir, dependientes, y que somos “frágiles” y por todo ello necesitados de apoyo tanto en el ámbito familiar como en el ámbito comunitario. Y precisamente porque lo que necesitamos son apoyos, es decir protección o auxilio, estos apoyos deben encaminarse a que la persona con discapacidad pueda expresar su voluntad, deseos y preferencias y nunca a sustituirla. Afortunadamente, la verdadera “autoconciencia” que caracteriza a los seres humanos no reside tanto en las competencias o capacidades de cada cual en cada momento de su vida como en el hecho mismo de ser. Por ello la reforma no ha de quedarse en un cambio de terminología o en una mejora de los procedimientos, por mucho que todo ello sea conveniente y necesario. Lo esencial es que permita irradiar una mirada adecuada sobre las personas con discapacidad, su dignidad y su valor único e irrepetible. Solo así podrá lograse el objetivo de la convención tal y como lo enuncia la Exposición de Motivos de la Ley 8/2021: “promover, proteger y asegurar el goce pleno y condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, así como promover el respeto de su dignidad inherente”.
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Jorge Prades López
Esto es posible. En la entrega de los Premios Goya en el año 2019 Jesús Vidal, uno de los actores de la película “Campeones”, protagonizada por personas con discapacidad, tras agradecer a la Academia que hubiera reconocido como mejor actor revelación a una persona con discapacidad, expresó, al acordarse de sus padres y, en mi opinión, de forma magistral, el gran objetivo de la Convención y de la reforma de nuestro derecho civil “Yo sí quisiera tener un hijo como yo, pero porque tengo unos padres como vosotros”. No queda más que agradecer a la directora, coordinador y autores de esta obra su iniciativa. A buen seguro los formularios serán de gran utilidad para que los operadores jurídicos involucrados lideren este cambio social tan necesario y todos podamos ser como los padres de Jesús Vidal y reconocer en el otro, con o sin discapacidad un bien en sí mismo. Jorge Prades López Notario de Madrid Presidente de la Asociación Familias para la Acogida Licenciado en Derecho, Ciencias Empresariales y Ciencias Políticas
ABREVIATURAS AN
Audiencia Nacional.
APLD
Anteproyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad.
arg.
Argumento.
art(s)
artículo(s).
BGB
Bürgerliches Gesetzbuch (Código Civil Alemán).
BOCG
Boletín Oficial de las Cortes Generales.
BOE
Boletín Oficial del Estado.
CC
Código Civil.
CC Cat
Código Civil Cataluña.
CDFA
Código de Derecho Foral de Aragón.
CDCFN
Compilación del Derecho Civil foral de Navarra.
CCAA
Comunidades Autónomas.
CCom
Código de Comercio.
CDPD
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
CE
Constitución Española.
CGPJ
Consejo General del Poder Judicial.
cfr.
compárese, véase.
Comp.
Compilación.
CP
Código Penal.
DGRN
Dirección General de los Registros y del Notariado.
DGSJFP
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Dig.
Digesto.
FGE
Fiscalía General del Estado.
FJ
Fundamento Jurídico.
GP
Grupo Parlamentario.
LAU
Ley de Arrendamientos Urbanos.
LC
Ley Concursal.
LDCP
Ley de Derecho Civil del País Vasco.
LEC
Ley de Enjuiciamiento Civil.
LF
Ley de Fundaciones.
LH
Ley Hipotecaria.
LJCA
Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
LJV 2015
Ley Jurisdicción Voluntaria de 2 de julio de 2015.
LO
Ley Orgánica.
LOPJ
Ley Orgánica del Poder Judicial.
14
Abreviaturas
LOPJM
Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.
LOTC
Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
LRC 2011
Ley del Registro Civil de 21 de julio de 2011.
LRJPAC
Ley del Régimen de las Administraciones Públicas y del Pro¬cedimiento Administrativo Común.
LSC
Ley de Sociedades de Capital.
PECL
Principles of European Contract Law
RD
Real Decreto.
Res DGRN
Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Res DGSJ y FP
Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe pública.
RH
Reglamento Hipotecario.
RN
Reglamento Notarial.
Rs
Resoluciones.
RRC
Reglamento del Registro Civil.
RRM
Reglamento del Registro Mercantil.
STC (SSTC)
Sentencia(s) del Tribunal Constitucional.
STEDH (SSTEDH) Sentencia(s) del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. STJCE (SSTJCE)
Sentencia(s) del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
STS (SSTS)
Sentencia(s) del Tribunal Supremo.
TC
Tribunal Constitucional.
TEDH
Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.
TJCE
Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
TRLC
Texto refundido de la Ley Concursal.
TS
Tribunal Supremo.
Vid.
véase.
Vid. infra
véase después.
Vid. supra
véase antes.
v.gr.
verbi gratia (por ejemplo).
INTRODUCCIÓN En la presente obra, precedida de las líneas maestras de la nueva ordenación de la discapacidad, se exponen de forma pormenorizada los formularios notariales y judiciales más relevantes y frecuentes, debidamente comentados y adaptados a la reciente reforma de la discapacidad. Se convierte así el presente trabajo en uno de los primeros libros de formularios adaptados a la profunda reforma de la discapacidad por ley 8/2021, de 2 de junio, y a otras reformas recientes como la ley 20/2011, del Registro Civil, vigente desde el 30 de abril de 2021. Se trata de una obra colectiva en la que participan miembros de la academia y juristas de reconocido prestigio en la materia. La obra está dividida en dos grandes bloques: Formularios judiciales y Formularios notariales. El libro se ha diseñado con una firme aspiración de exposición ordenada y perspectiva práctica de los temas, cercana a la práctica diaria y al mismo tiempo, como un trabajo riguroso y minucioso, atento a las últimas novedades legislativas, alejado de los formularios standard que dominan nuestros repertorios jurídicos. El libro excede de lo que habitualmente es una elaboración de formularios; realmente trasciende dicha dimensión y se convierte en una obra de formularios con aportaciones sustantivas y un comentario previo, conciso pero inciso, en que se condensan los conceptos clave y los principales interrogantes suscitados en la práctica forense y en el tráfico jurídico para acometer con fundamento y solvencia la realización del formulario. De esta manera, el profesional del Derecho, principal destinatario de la obra (especialmente los Abogados), podrá formarse un juicio previo científico sobre la institución abordada en cada formulario que le aportará ideas de gran utilidad y una visión completa de la materia, culminada con un formulario exhaustivo que abarca con el necesario rigor y la debida síntesis los fundamentos de derecho ajustados a cada figura jurídica y la jurisprudencia aplicable. Esta obra, permite encontrar un análisis normativo riguroso, pero también un análisis crítico y creativo de los principales debates actuales del universo de la capacidad (objeto principal del Derecho de la Persona) tomando en cuenta los diversos puntos de vista doctrinales, y siempre con una perspectiva práctica. La obra cuyo eje programático son los formularios, se enriquece con la exposición sistemática que realiza la directora de la obra de las Líneas maestras de la reforma por la Ley 8/2021, ya apuntadas en otras publicaciones, con la brillante aportación del fiscal y con una completa referencia de bibliografía y jurisprudencia sobre discapacidad y medidas de apoyo.
I. LÍNEAS MAESTRAS DE LA LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO, POR LA QUE SE REFORMA LA LEGISLACIÓN CIVIL Y PROCESAL PARA EL APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA María Linacero de la Fuente Catedrática Derecho Civil UCM
1. CONSIDERACIONES GENERALES La Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada por consenso el día 13 de diciembre de 2006, ha operado una auténtica transformación o revolución en el ámbito de la discapacidad1. En la actualidad, asistimos a un proceso de renovación y de renacimiento legislativo en materia de discapacidad. El profundo cambio legislativo ha tenido como protagonista a la ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica (vigente el 3 de septiembre de 2021). Algunos autores califican el momento como histórico y de cambio de paradigma en el Derecho de la Persona y Derecho de Familia, con reformas profundas que recuerdan las grandes reformas de la transición de adaptación a la Constitución (v. gr. Ley 11/1981, de 13 de mayo; Ley 30/1981, de 7 de julio, que ha cumplido más de 40 años).
1
Como antecedentes, la Declaración de las Naciones Unidas de los derechos del deficiente mental de 20 de diciembre de 1971 (Resolución 2856 / XXVI) y la Declaración de las Naciones Unidas de los derechos de las personas minusválidas de 9 de diciembre de 1975 [Resolución 3447 (XXX)]. Hasta época relativamente reciente, el Código civil español se refería a los discapacitados con los términos peyorativos de “locos o dementes” (recogiendo la terminología del Derecho Romano “cura furiosi” guarda para locos y desmemoriados), términos que incluso se han mantenido en el tenor literal del artículo 1263 CC hasta su reforma por la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero (a su vez reformado por Ley 26/2015, 28 julio y por ley 8/2021, que suprime el art. 1263.2 CC).
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María Linacero de la Fuente
En la etapa de la transición y en fechas posteriores, se produce un periodo de fertilidad legislativa impulsado por la Constitución. Transcurridos ya 40 años desde las primeras leyes de adaptación a la Constitución, resulta evidente que son necesarias reformas profundas e incluso reformas de lo ya reformado, que eviten la petrificación de normas esencialmente dinámicas como son las de Derecho de la Persona y Derecho de Familia En todo caso, la complejidad técnica, científica y estructural de la Ley 8/2021, hubiera aconsejado más tiempo en su aprobación y, en todo caso, una vacatio más prolongada. Realmente las reformas profundas en materia de Derecho de Familia siguen siendo necesarias. El Libro I CC está avejentado y erosionado por el paso del tiempo y parece aconsejable y necesaria una reforma legislativa que integre en un único Libro, los grandes temas del nuevo Derecho de Familia y Derecho de la Persona (v.gr. estados civiles, filiación, alimentos, matrimonio y parejas de hecho, régimen económico del matrimonio). La citada Convención parte de la premisa fundamental del respeto a la dignidad inherente, la voluntad y la libertad de tomar sus propias decisiones de las personas con discapacidad. La persona con discapacidad tiene autonomía y capacidad en igualdad de condiciones que los demás, correspondiendo a los Estados Partes de la Convención diseñar un sistema de apoyos en el ejercicio de dicha capacidad que debe graduarse en función del poder de autodeterminación de la persona con discapacidad. La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha adaptado nuestro ordenamiento a la Convención internacional2. En cuanto a la estructura de la Ley 8/2021, de 2 de junio, la reforma afecta esencialmente al Código Civil, si bien también se modifican otros Cuerpos Legales: Ley del Notariado; Ley Hipotecaria; Ley de Enjuiciamiento Civil; Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad; Ley 20/2011, del Registro Civil; Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria; Código de Comercio. Por lo que respecta al Código Civil, como subraya la Exposición de Motivos de la Ley 8/2021, la reforma que el artículo segundo introduce en el CC es la más extensa y de mayor calado. El núcleo duro de la reforma del Código Civil es el nuevo Título XI. del Libro Primero: De las medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica arts. 249-299 CC.
2
CASTRO-GIRONA MARTÍNEZ, A. (2020). “Proyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica”, el Notario del Siglo XXI, núm. 97, mayo-junio, pág. 37, afirma: “Nos encontramos ante la mayor reforma de nuestro Derecho Privado abordada en época democrática”.