EL MEDITERRÁNEO Y LA DELIMITACIÓN DE SU PLATAFORMA CONTINENTAL
JUAN MANUEL DE FARAMIÑÁN GILBERT VÍCTOR LUIS GUTIÉRREZ CASTILLO Universidad de Jaén
Presentación: JOSÉ
MANUEL LACLETA MUÑOZ
Prólogo: LAURENT
LUCCHINI
tirant lo b anch Valencia, 2007
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JUAN MANUEL DE FARAMIÑÁN GILBERT VÍCTOR LUIS GUTIÉRREZ CASTILLO
ÍNDICE Abreviaturas ......................................................................................... Presentación de la obra ........................................................................ Prólogo ................................................................................................... Presentación y agradecimientos ..........................................................
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Capítulo introductorio LA PLATAFORMA CONTINENTAL 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Avance histórico .............................................................................. Sobre la noción de plataforma continental y su fundamento ....... La extensión de la plataforma continental .................................... Los límites de la plataforma continental a la luz de la CNUDM . La Comisión de Límites .................................................................. Los derechos de los Estados ribereños sobre la plataforma continental y sus recursos ......................................................................
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PRIMERA PARTE Capítulo I LOS MÉTODOS DE DELIMITACIÓN: LA TÉCNICA Y PUBLICIDAD 1. Métodos de delimitación ................................................................. 1.1. La equidistancia ...................................................................... 1.2. El enclave y semienclave ........................................................ 1.3. El método de paralelo de latitud y meridiano de longitud .... 1.4. Línea perpendicular ................................................................ 1.5. Otros métodos .......................................................................... 1.5.1. Líneas paralelas ........................................................... 1.5.2. Prolongación de la frontera terrestre ......................... 1.5.3. La línea de thalweg ...................................................... 2. La aplicación de los métodos de delimitación: la búsqueda de la equidad ............................................................................................ 3. La publicidad: las cartas marinas y la delimitación de los espacios marinos ............................................................................................ 4. La Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar: escalas y proyecciones de las cartas marinas ................................
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ÍNDICE
Capítulo II FACTORES JURÍDICOS Y FACTORES CIRCUNSTANCIALES 1. 2. 3. 4.
Introducción .................................................................................... Los principios equitativos ............................................................... Circunstancias relevantes y circunstancias especiales ................. Tipos de circunstancias especiales y relevantes ............................ 4.1. Las características de la costa ................................................ 4.2. La presencia de islas ............................................................... 4.3. La geológica y geomorfología de los fondos marinos ............. 4.4. Circunstancias económicas ..................................................... 4.5. Otras circunstancias ...............................................................
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Capítulo III LA DELIMITACIÓN DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL 1. La delimitación de la plataforma continental entre Estados situados frente a frente o adyacentes ..................................................... 2. Principios y reglas del Derecho internacional y del Derecho internacional consuetudinario ................................................................ 3. Delimitación de la Plataforma continental y otros espacios marinos: ¿hacia una frontera única? ...................................................... 4. El Estado actual de la jurisprudencia internacional y la práctica estatal en materia de delimitación ................................................
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SEGUNDA PARTE Capítulo I LA PLATAFORMA CONTINENTAL EN EL MEDITERRÁNEO: CARACTERÍSTICAS GEOMÓRFICAS Y RÉGIMEN JURÍDICO 1. Introducción .................................................................................... 2. La plataforma continental en el Mediterráneo: características geológicas y sus recursos ................................................................ 3. Límite interior de la plataforma continental ................................ 3.1. Análisis de las líneas de base en el Mediterráneo ................. 3.1.1. En la costa mediterránea europea .............................. 3.1.2. La costa mediterránea africana y asiática ................. 3.2. Extensión del mar territorial .................................................
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ÍNDICE
4. La extensión y límite exterior de la plataforma continental ........ 4.1. La regulación de la plataforma continental en los ordenamientos jurídicos de los Estados europeos ................. 4.2. La regulación de la plataforma continental en los ordenamientos jurídicos de los Estados africanos y euroasiáticos del Mediterráneo ......................................................
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Capítulo II LAS DELIMITACIONES EFECTUADAS EN EL MEDITERRÁNEO 1. La delimitación entre Estados europeos ........................................ 1.1. El acuerdo de delimitación entre Francia y Mónaco de 16 de febrero de 1984 ........................................................................ 1.2. Delimitación entre Francia e Italia ........................................ 1.3. El acuerdo de delimitación de la plataforma continental entre España e Italia ........................................................................ 1.4. Delimitación entre Italia y Grecia ......................................... 1.5. Delimitación entre Italia y la antigua Yugoslavia ................ 1.6. Delimitación entre Italia y Albania ....................................... 1.7. Modus vivendi Italia-Malta .................................................... 2. Delimitación entre Estados africanos ............................................ 2.1. El acuerdo de delimitación de 11 de febrero del 2000 entre Argelia y Túnez ....................................................................... 2.2. La delimitación entre Libia y Túnez ...................................... 3. Delimitación ente Estados europeos y africanos ........................... 3.1. Delimitación Malta – Libia ..................................................... 3.2. La delimitación de Italia-Túnez .............................................
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Capítulo III CONTROVERSIAS EXISTENTES E INDEFINICIÓN DE FRONTERAS EN EL MEDITERRÁNEO 1. La indefinición de la plataforma continental en el Mediterráneo occidental ......................................................................................... 1.1. La delimitación de las áreas en el Estrecho de Gibraltar y el mar de Alborán ........................................................................ 1.2. La delimitación de la plataforma continental en el Golfo de Génova: el fracaso de las negociaciones entre Francia e Italia 1.3. La delimitación de la plataforma continental entre FranciaEspaña en el Golfo de León .................................................... 2. La indefinición de la plataforma continental en el Mediterráneo occidental central ............................................................................
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ÍNDICE
2.1. La delimitación en el Canal de Sicilia y el Canal de Malta .. 2.2. La delimitación de la plataforma continental entre ItaliaLibia ......................................................................................... 2.3. La delimitación de la plataforma continental en el Adriático y Jónico ....................................................................................... 3. La indefinición de la plataforma continental en el Mediterráneo oriental ............................................................................................ 3.1. Entre Grecia y Turquía ........................................................... 3.2. Entre Chipre, Egipto y Turquía ............................................. 3.3. Entre Israel, Siria y Líbano ....................................................
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Conclusiones .........................................................................................
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Bibliografía ...........................................................................................
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Documentación .....................................................................................
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ABREVIATURAS AADI ACDI ADI ADM AFDI AHLADI
Anuario Argentino de Derecho Internacional. Anuario de la Comisión de Derecho Internacional. Anuario de Derecho Internacional. Anuario de Derecho Marítimo. Annuaire Français de Droit International. Anuario Hispano-Luso Americano de Derecho Internacional. AJIL American Journal International Law. BOCG Boletín Oficial de las Cortes Generales. BOE Boletín Oficial del Estado. BORM Bulletin Officiel du Royaume du Maroc. BOMD Boletín Oficial del Ministerio de Defensa. BOMM Boletín Oficial del Ministerio de Marina. BYBIL British Year Book of International Law. CDB Convenio sobre Diversidad Biológica. CDI Comisión de Derecho Internacional. CG Cortes Generales. CIJ/ICJ Corte Internacional de Justicia. CMTZC Convenio sobre Mar Territorial y Zona Contigua de 1958. CNUDM Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982. CTS Consolidated Treaty Series. Doc. NU/UN Documento de Naciones Unidas. DS Diario de Sesiones. Ed Edita. ERM Collection Espaces et Ressources Maritimes. ICJ International Cours Justice IDM Institut du Droit Économique de la Mer. IEP Instituto de Estudios Políticos. IHEI Institut des Hautes Études Internationales. IJMCL The International Journal of Marine and Coastal Law. JO Journal Officiel. JOAN Journal Officiel de l’Assemblée Nationale. Km Kilómetros
12 LGDJ MAE m.m. n.º NU/UN NYIL OD&IL OID Op. cit. págs. párr. PC PUF RBDI RCADI RDI REEI REDI REI RGDIP RHI RI RIAA RJ RJA RJP RPI SFDI ss. TIJ ZEE ZPP Vid. Vid. etiam Vol.
ABREVIATURAS
Librairie Général de Droit et de Jurisprudence. Ministerio de Asunto Exteriores. millas marinas. número. Naciones Unidas. Netherlands Yearbook of International Law. Ocean Development & International Law. Oficina de Información Diplomática. Obra citada. páginas. párrafo. Plataforma Continental. Presses Universitaires de France. Revue Belge de Droit International. Recueil des Cours de l’Académie du Droit International. Rivista di Diritto Internazionale. Revista Electrónica de Estudios Internacionales. Revista Española de Derecho Internacional. Revista de Estudios Internacionales. Revue Générale de Droit International Public. Revue Hydrographique Internationale. Relations Internationales. Reports of International Arbitral Awars. Repertorio de Jurisprudencia. Revista Jurídica Argentina. Revista Jurídica del Perú. Revista de Política Internacional. Societé Française pour le Droit International. siguientes. Tribunal Internacional de Justicia. Zona Económica Exclusiva. Zona de Protección Pesquera. Véase. Véase también. Volumen.
PRESENTACIÓN DE LA OBRA Me siento tan honrado como satisfecho de que el profesor Juan Manuel de Faramiñán Gilbert a quien conozco especialmente por su dedicación al Derecho Internacional del Espacio, haya pensado en mí, Presidente del Centro Español de Derecho Espacial (CEADE), para prologar su amplio estudio, del que es coautor con el profesor Víctor Luis Gutiérrez Castillo sobre “El Mediterráneo y la delimitación de su plataforma continental”. Y digo esto, porque si nuestra relación viene del espacio exterior ahora se sitúa en el mar al que yo también dediqué mucho tiempo de actividad y de estudio antes de lanzarme al espacio ultraterrestre. Pero situados ya en el mar, y especialmente en la plataforma continental, debo significar el interés con que he leído la espléndida obra que presentan los profesores de la Universidad de Jaén. Me permitirán que les recuerde, presumiendo de viejo, que soy un superviviente de las tres conferencias de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar y, sobre todo, que en la última tuve no sé si la honra, la suerte o la satisfacción, de ser el portavoz de uno de los dos grupos de interés que se formaron en torno a la cuestión de la delimitación de la plataforma continental y de la zona económica exclusiva. La larga negociación entre esos grupos no había logrado el éxito cuando se acercaba el final de la Conferencia. El texto acordado finalmente para los artículos, idénticos, relativos a la delimitación de la plataforma continental y de la zona económica exclusiva, contenía un vacío importante ya que indicaba que esa delimitación habría de hacerse por acuerdo entre las partes interesadas, de conformidad con el Derecho Internacional y a fin de llegar a un resultado equitativo. Nada dice el texto sobre cual es el contenido de ese Derecho Internacional, evidente consecuencia de que los negociadores no habíamos llegado a un acuerdo sobre ese punto fundamental. Esa importante tarea ha quedado reservada a la doctrina y a los comentaristas, que basándose en
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la práctica de los Estados y en la jurisprudencia internacional, con especial atención a la del Tribunal Internacional de Justicia, han de averiguar qué es lo que dice el Derecho Internacional. Porque evidentemente el Derecho Internacional no remite directamente a una equidad sin límites, ultra legem, ni tampoco a una línea equidistante invariable e inalterable, resultado de una construcción geométrica. La solución es mas difícil, puesto que requiere el esfuerzo de los negociadores para determinar si las circunstancias especiales relevantes o pertinentes en cada caso —los autores de la obra insisten acertadamente en que cada delimitación es un unicum— aconsejan u obligan a modificar el principio de equidistancia y su aplicación al caso concreto de manera que el resultado final sea equitativo. A este respecto es esencial determinar qué circunstancias son la que han movido a las partes en la práctica de los Estados o a los tribunales arbitrales o al Tribunal Internacional de Justicia a modificar la pura construcción geométrica. Es esta la cuestión que estudia la espléndida e interesante obra que se presenta referida a toda la cuenca del Mediterráneo, un espacio marítimo especialmente difícil y evidentemente de gran interés para España, país que ha de delimitar su plataforma continental respecto de la zona económica exclusiva establecida por el Reino de Marruecos, incluyendo los problemas que plantean pequeños enclaves e islas próximas a la costa marroquí, así como respecto de la plataforma continental y la zona pesquera de Argelia y también ha de resolver el difícil problema de la delimitación de sus espacios marítimos respecto de los franceses en las aguas ante el golfo de León. Como señalan muy acertadamente el profesor Faramiñán y el profesor Gutiérrez la única delimitación que se atiene estrictamente a la equidistancia en el Mediterráneo es la trazada para la plataforma continental entre España e Italia. No puedo menos de compartir las tesis de dichos profesores cuando al llegar el momento de establecer las conclusiones relativas a su muy interesante estudio no dejan de señalar que
PRESENTACIÓN DE LA OBRA
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en la mayor parte de las delimitaciones practicadas hasta ahora la equidistancia ha desempeñado un papel predominante, aunque ciertamente en muchas ocasiones haya sido modificada para atender a la necesidad de llegar al resultado equitativo que requieren los artículos 74 y 83 de la Convención de Montego Bay. No podrá extrañar al lector que, compartiendo en lo esencial las conclusiones, le recomiende el estudio del amplio y completo trabajo realizado por los autores de esta obra, que permite llegar a ideas claras y adecuadas a la realidad sobre las dificultades que habrán de resolverse para llegar a una delimitación completa de los espacios marinos en el Mediterráneo. Y al referirme a este problema, no quiero dejar de hacer referencia a que es cierto que los Estados ribereños del Mediterráneo se han abstenido hasta fecha reciente de establecer sus zonas económicas exclusivas, con las excepciones que se señalan en el estudio, precisamente por pensar que para establecer tales zonas, a diferencia de lo que ocurre en la plataforma continental, tendría que procederse inmediatamente a toda una serie de difíciles delimitaciones. La idea, en mi opinión, no es del todo exacta, puesto que las plataformas continentales, o mejor dicho los derechos de los Estados sobre sus plataformas continentales, existen ab initio e ipso iure, según ha declarado el Tribunal Internacional de Justicia, y no por ello es menor la necesidad de delimitarlas, al menos para los que creemos que la delimitación debe preceder a la colaboración y la cooperación. Es cierto que algunos autores, ante las dificultades para llegar a una delimitación, piensan en la posibilidad de que Estados vecinos cooperen en determinadas zonas sin necesidad de delimitar previamente. No es esa mi opinión y creo que para cooperar es necesario saber dónde, desde dónde y hasta dónde y que para eso es imprescindible el paso previo de la delimitación. Un ejemplo de esos problemas lo subrayan precisamente los autores en relación con la situación que se crea en el Mediterráneo Occidental en la zona de plataforma continental comprendida entre las costas de España, Francia, Italia y Argelia, quizás incluyendo también a Túnez.
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No puedo terminar este prólogo sin subrayar el interés de esta espléndida obra por su alcance geográfico y por el detalle con que son tratadas las cuestiones teóricas y prácticas que inseparablemente van unidas a todo intento de delimitación. Por todo ello vaya mi felicitación al profesor Faramiñán y al profesor Gutiérrez y también a los lectores, que siempre encontrarán cuestiones de gran interés en su estudio.
JOSÉ MANUEL LACLETA MUÑOZ Embajador de España
PRÓLOGO Depuis 1942 avec la signature du Traité relatif à la délimitation des «submarine areas» du golfe de Paria et surtout depuis 1945 avec la Proclamation Truman sur le plateau continental, cette institution n’en finit pas de susciter des travaux doctrinaux de grande qualité. Les raisons de cet exceptionnel intérêt —plus exceptionnel même que celui qui s’attache à la zone économique exclusive— ne manquent pas. Qu’il me soit permis de rappeler quelques unes d’entre elles: • Le plateau continental enflamme les esprits et nourrit les espérances des Etats côtiers du fait des richesses en pétrole et en gaz contenues dans certains fonds marins; • Il attise la curiosité et provoque les recherches des juristes, fascinés par les doubles critères de définition qui ont été successivement retenues par la Convention de Genève de 1958 sur le plateau continental —isobathe des 200 mètres et critère de l’exploitabilité— et par la Convention des Nations Unies sur le droit de la mer signée à Montego Bay le 10 décembre 1982 —distance de 200 milles marins à partir des lignes de base et «prolongement naturel du territoire terrestre… jusqu’au rebord externe de la marge continentale»— ce dernier critère évoqué ouvrant, de surcroît, la voie à une possible extension des droits souverains de l’Etat bien au delà de la limite initialement prévue de 200 milles marins par la 3ème Conférence des Nations Unies sur le droit de la mer. • Plus encore, il est à la source des laborieuses négociations et des vives tensions que font surgir entre les Etats intéressés les opérations de délimitation qui le concernent. C’est ce dernier facteur, et plus particulièrement les délimitations en mer Méditerranée, qui sont au cœur des
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LAURENT LUCCHINI
préoccupations du présent ouvrage publié par Messieurs Victor Luis Gutiérrez Castillo et Juan Manuel Faraminan Gilbert, tous deux Professeurs à l’Université de Jaén. Il faut bien reconnaître que les règles de délimitation énoncées par l’article 73 de la Convention de Montego Bay sont, par leurs insuffisances, peu de nature à faciliter les entreprises de délimitation. Mise à part la référence faite à l’objectif de «solution équitable» à atteindre, ces règles sont nettement moins opérantes que celles contenues dans l’article 6 de la Convention de Genève de 1958 sur le plateau continental. Aussi est-ce dans les nombreux accords bilatéraux d’ores et déjà conclus entre les Etats —de loin les plus nombreux parmi les quelque 200 accords touchant aux délimitations des différentes zones maritimes— et, plus encore d’un point de vue normatif, dans les décisions rendues par le juge international (Cour internationale de Justice ou tribunaux arbitraux ad hoc) que se dessine le vrai profil de la délimitation. Avant de se livrer à l’étude des délimitations du plateau en Méditerranée, point central de leur recherche, les auteurs sont tout naturellement amenés à examiner les différents aspects théoriques et pratiques du plateau continental en général. Ils le font minutieusement et avec talent. Sont ainsi utilement rappelés les facteurs historiques qui ont marqué la naissance de cette institution, son développement dans les Conférences sur le droit de la mer et dans les textes conventionnels qui en sont issus, les limites extérieures du plateau et son extension possible —après étude et recommandations faites par la Commission des limites du plateau continental— au delà des 200 milles marins en vertu des complexes dispositions de l’article 76 de la Convention de 1982, les diverses méthodes utilisables et utilisées dans les opérations de délimitation (la méthode de l’équidistance étant de loin la plus usitée dans les accords et servant de référence de base dans la jurisprudence actuelle), les circonstances pertinentes à prendre en considération, bref le régime juridique de la délimitation tel qu’il apparaît dans les accords inter-étatiques, mais aussi dans la jurisprudence.
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Il convient de noter à ce dernier égard que la Cour internationale de Justice, en affirmant d’abord le diktat des éléments géologiques et géomorphologiques des fonds marins et en mettant l’accent sur la notion de prolongement naturel du territoire terrestre dans son célèbre arrêt du 20 février 1969, rendu à l’occasion des Affaires du plateau continental de la mer du Nord, a longuement pétrifié les solutions des problèmes de délimitation du plateau. Mais c’est la même Haute Juridiction de La Haye qui a ensuite profondément transformé sa jurisprudence antérieure —dans un contentieux intéressant d’ailleurs deux Etats méditerranéens: Malte et Libye— en mettant en place un processus plus clair de délimitation dans son arrêt du 3 juin 1985. Selon ce processus, le juge doit d’abord tracer une ligne d’équidistance (équidistance de «premier pas» selon la formule de Prosper Weil) entre les côtes pertinentes des parties en présence et ce n’est que si cette ligne d’équidistance produit un résultat inéquitable que cette ligne devra être ajustée ou modifiée en tenant compte des circonstances pertinentes de l’espèce. L’analyse ainsi menée par les auteurs dans la première partie de leur ouvrage leur permet de mieux éclairer les développements qu’ils appliquent dans leur seconde partie à la délimitation des plateaux continentaux entre les Etats riverains de la Méditerranée. On connaît les caractéristiques de la Méditerranée, mer semi-fermée à l’intérieur de laquelle les distances entre les façades maritimes des différents Etats sont réduites et ne permettent pas d’exprimer pleinement, pour chacun d’eux, son titre juridique à un plateau de 200 milles marins (l’hypothèse d’un plateau excédant les 200 milles étant à l’évidence totalement exclue), mer parsemée de nombreuses îles —Etats insulaires ou îles politiquement dépendantes— qui par leur présence et leur localisation rendent plus malaisée encore toute délimitation, mer où les relations entre Etats sont trop souvent conflictuelles, parfois d’ailleurs en raison même des délimitations à opérer.
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Bien entendu, MM. Victor Luis Gutiérrez Castillo et Juan Manuel Faraminan Gilbert examinent avec soin toutes les données pertinentes, consacrant spécialement de longues explications au problème des lignes de base des pays méditerranéens. Après quoi, ils étudient en détail les délimitations déjà effectuées par voie d’accord, même si certaines affaires délicates ont été confiées au juge international, ainsi que les nombreux cas ou différends toujours en suspens ou en attente de solution. Les deux auteurs auraient pu être gênés par l’ouvrage de Faraj Abdullah Ahnish («The International Law of Maritime Boundaries and the Practice of States in the Mediterranean Sea» Clarendon Press Oxford). Mais ce livre publié en 1993 est souvent dépassé par une évolution, particulièrement rapide dans la région. Les deux auteurs, quant à eux, tiennent compte de l’actualité, faisant référence à la doctrine la plus récente ainsi qu’à la jurisprudence des dernières années. C’est dire, par conséquent, si cet instrument de travail s’imposait par son adéquation aux données du temps présent. Il s’impose aussi par sa clarté d’exposition, par la pertinence des raisonnements menés, par la qualité de son appareil scientifique, les cartes, schémas et tableaux qui l’accompagnent, mais aussi par sa bibliographie judicieusement sélectionnée. Nul doute qu’il devienne rapidement un outil indispensable à qui voudra entreprendre des travaux sur les questions générales relatives au plateau continental et à sa délimitation, que ce soit en Méditerranée ou dans d’autres mers ou océans. Parallèlement, il vient heureusement offrir une réflexion nouvelle et occuper, de ce fait, une place de choix parmi les publications déjà parues sur le thème particulièrement délicat qu’est celui de la délimitation dans une mer semi-fermée.
LAURENT LUCCHINI Professeur émérite Université Panthéon-Sorbonne (Paris I) Président du Conseil scientifique de Institut du droit Économique de la Mer (INDEMER)
PRESENTACIÓN Y AGRADECIMIENTOS Cuando emprendimos este trabajo de investigación lo hicimos con la idea de elaborar una obra que contuviese todos los perfiles desde donde poder analizar el concepto de plataforma continental, en todas sus manifestaciones, así como, su delimitación y las controversias surgidas al respecto. En particular, nos interesó centrarnos sobre las cuestiones que plantea dicho espacio marino en el área del Mediterráneo dado que, si bien existen, aun siguen siendo pocas las investigaciones puntuales sobre este tema en la doctrina, siendo un tema, además, de gran interés para los Ministerios de Asuntos Exteriores de los países implicados. Sin duda, la plataforma continental constituye uno de las cuestiones de estudio más sugestivas del Derecho del Mar, dado que se ha convertido en un test de la evolución del ordenamiento internacional en relación con el avance de la tecnología, amen de representar un icono de las reivindicaciones de los países en vía de desarrollo. Sus polifacéticos perfiles nos han permitido especular e investigar las complejas variables sobre las que se apoya su concepto, no siempre fácil de determinar y promotoras de importantes conflictos, dentro de una terminología que se mueve en un abanico que se desarrolla entre lo geológico, lo geográfico, lo morfológico, lo sociológico y lo económico, dejando un estrecho margen a los criterios de carecer jurídico. Dado que las “nuevas tendencias” que se registraron durante la III Conferencia de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (UNCLOS III) se han ido codificando progresivamente a lo largo de estos últimos años, resulta oportuno plantear la posibilidad de acercarnos a una definición de técnica jurídica que pudiera favorecer una interpretación “más fija”, ante los numerosos y contradictorios conceptos geológicos, geográficos o morfológicos que, como hemos dicho, le caracterizan. Es evidente que las “particulares circunstancias” de cada caso no pueden ni deben
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pasarse por alto. De hecho, la diversidad de las costas o la heterogeneidad de su geomorfología, así como la falta de un criterio jurídicamente estable, ha hecho deambular a la jurisprudencia del Tribunal Internacional de Justicia por un hilo demasiado fino, con el que se corre el peligro de hacer tambalear el fiel de la Justicia; y que no siempre nos acerca al resultado más equitativo, como lo han señalado los jueces del Tribunal en reiteradas ocasiones. Para alcanzar el propósito de nuestro estudio, hemos tomado como fundamento, las investigaciones que nosotros, los autores, realizamos en su día con motivo del trabajo de investigación presentado para el concurso a Cátedra de la Universidad de Jaén y para la defensa de la Tesis Doctoral Europea en Derecho, realizada en la Universidad de Córdoba. Trabajos ambos versados sobre delimitación de espacios marinos y en los que se realizó un concienzudo análisis de la jurisprudencia internacional sobre la materia, así como de la doctrina. Especial hincapié queremos hacer en el esfuerzo que nos ha supuesto localizar textos relativos a espacios marinos y plataforma continental de los Estados mediterráneos. De manera tal que las fuentes documentales existentes en las bases de datos de Naciones Unidas las hemos tenido que completar con información recabada en Universidades y centros de investigación nacionales como las Universidades de Granada, Jaén y Córdoba e internacionales, entre los que caben destacar, le Centre d’Étude de Droit International de l’Université de Paris I (Sorbonne), l’Institut du Monde Arabe, ambos en Paris (Francia), las Universidades italianas della Sapienza (Roma) y de Milano-Biccoca (Milán), o l’Academie de Droit Internationale de La Haye (Países Bajos). En cuanto a la estructura de nuestra obra, cabe señalar que hemos seguido criterios que permiten visualizar el concepto y delimitación de la Plataforma Continental, contextualizándola, luego, en sus consecuencias, sobre la Cuenca del Mediterráneo. De tal modo que además de la noción de la misma, nos hemos aventurado a reflexionar y analizar los factores que intervienen en la delimitación, para centrar, finalmente, el estudio sobre la
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plataforma continental en el Mediterráneo y, en particular, sobre las controversias existentes como consecuencia de la indefinición de las fronteras que adolece la mencionada cuenca. Con esta idea, hemos configurado un capítulo introductorio que permite al lector tener una visión amplia, pero a la vez resumida, de los distintos aspectos que determinan la institución de la Plataforma continental con el fin de poder centrarnos, posteriormente, en una Primera Parte general que se estructura en tres capítulos en los que abordamos, entre otros temas, los factores que intervienen en la delimitación y los principios sobre los que ésta se apoya. La Segunda Parte de la obra está centrada en el estudio de la Plataforma continental en el Mediterráneo, con un primer capítulo, dedicado al análisis de sus características geomórficas y su régimen jurídico, en el que estudiamos no solo la naturaleza física de dicho espacio, sino también sus límites jurídicos (internos y externos) partiendo de la práctica estatal y en concreto de los distintos ordenamientos jurídicos. A continuación, abordamos las distintas delimitaciones que sobre este espacio se han realizado entre los Estados mediterráneos en un segundo capítulo para, finalmente, el un tercer y último estudiar las controversias existentes como consecuencia de la indefinición fronteriza en el área. Por último queremos finalizar agradeciendo al Embajador don José Manuel Lacleta Muñoz y al profesor Laurent Lucchini que amablemente han dedicado unas páginas preliminares a modo de Presentación y Prólogo para este trabajo. Asimismo, queremos aprovechar estas páginas para expresar nuestro agradecimiento al profesor Sixto Sánchez Lorenzo por su inestimable ayuda en la gestión editorial de la presente obra.