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De interés para abogados, jueces y estudiosos del Derecho del consumo, esta obra profundiza en las vías de reclamación que permiten exigir el contenido de la publicidad, así como los posibles argumentos de los que puede servirse el emisor publicitario para oponerse, dado que la protección de una parte no puede perjudicar injustificadamente a la contraria si no es conforme a la buena fe.

Sara Zubero Quintanilla

ALTA CALIDAD EN INVESTIGACIÓN JURÍDICA

SARA ZUBERO QUINTANILLA LAS DECLARACIONES PUBLICITARIAS EN LA CONTRATACIÓN

Esta monografía se ocupa de la eficacia vinculante de la declaración publicitaria. Desde la perspectiva contractual se ha pasado de no existir previsiones en el Código Civil a una interpretación jurisprudencial, luego consolidada en la legislación de consumo. Por ello, es preciso valorar y decidir si es conveniente generalizar, fuera del ámbito de consumo, las soluciones previstas en él, tal como hacen las propuestas armonizadoras y la Propuesta de Código Civil aprobada por la Asociación de Profesores de Derecho Civil. De igual modo, es de interés analizar la incidencia del Derecho de la competencia desleal en el ámbito contractual, a fin de conocer si la inclusión de elementos informativos en una declaración, al objeto de evitar su calificación como engañosa, afecta a la perfección del contrato.

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LAS DECLARACIONES PUBLICITARIAS EN LA CONTRATACIÓN


LAS DECLARACIONES PUBLICITARIAS EN LA CONTRATACIÓN


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Belén Campuzano Laguillo

Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Jorge A. Cerdio Herrán

Angelika Nussberger

José Ramón Cossío Díaz

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México

Owen M. Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

Luis López Guerra

Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania) Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


LAS DECLARACIONES PUBLICITARIAS EN LA CONTRATACIÓN

SARA ZUBERO QUINTANILLA Doctora en Derecho Universidad de Zaragoza

Valencia, 2017


Copyright ® 2017 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com. Trabajo realizado en el marco del proyecto de Investigación: “Formación del contrato: desde la negociación a la perfección del contrato” (DER 2011-23056, Ministerio de Ciencia e Innovación), dirigido por la Dra. Mª Ángeles Parra Lucán, el proyecto DER2014-52252-P desarrollado en la Universidad de Zaragoza, bajo la dirección de la Dra. Mª Ángeles Parra Lucán, con título “Análisis de las fronteras de la autonomía privada en el Derecho Civil”, y en el Grupo de Investigación Consolidado: “Autonomía de la voluntad en el Derecho privado” (AUDEPRIV S110, Gobierno de Aragón y Unión Europea-Fondo Social Europeo), dirigido también por la Dra. Mª Ángeles Parra Lucán.

© Sara Zubero Quintanilla

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-9119-789-8 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


A mis padres, Luis y Mª José, a mi hermano, Javier, y a la profesora Mª Ángeles Parra Lucán


Índice ABREVIATURAS......................................................................................................... 11 PRÓLOGO.................................................................................................................. 15 INTRODUCCIÓN....................................................................................................... 17

Parte I EL VALOR DE LA PUBLICIDAD EN LOS CONTRATOS CELEBRADOS FUERA DEL ÁMBITO DE CONSUMO INTRODUCCIÓN....................................................................................................... 27

Capítulo I La equiparación de la publicidad a las ofertas contractuales enviadas al público

I. Las declaraciones publicitarias como ofertas contractuales................................ 29 I.1. Consideración general.............................................................................. 29 I.2. Requisitos que debe cumplir la publicidad para ser oferta contractual..... 30 I.2.1. Consideraciones previas. La falta de regulación de la formación del contrato en Derecho español y la remisión a las normas, textos y principios europeos que regulan la fase de formación del contrato...................................................................................... 30 I.2.2. El contenido esencial de la oferta contractual............................. 39 I.2.2.1. La suficiente precisión de las declaraciones.................... 39 I.2.2.2. La intención contractual................................................ 41 II. Las declaraciones publicitarias como ofertas al público..................................... 47 II.1. Consideración general.............................................................................. 47 II.2. Características principales de las ofertas al público.................................. 50 II.2.1. La indeterminación de sus destinatarios...................................... 50 II.2.2. El carácter recepticio de las declaraciones................................... 51 II.2.3. La forma de las oferta al público................................................ 53

Capítulo II La naturaleza de las declaraciones publicitarias como invitaciones a negociar

I. Ausencia de requisitos esenciales en la declaración: la publicidad como invitación................................................................................................................... 55 II. Las ofertas sometidas a reserva o condición...................................................... 56 III. La formación dinámica del contrato.................................................................. 58 III.1. Las negociaciones precontractuales que traen causa de la publicidad....... 58


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III.2. Consecuencias de la ruptura injustificada de los tratos preliminares......... 61 IV. La equiparación de las ofertas al público a las invitaciones a negociar.............. 68

Capítulo III La eficacia de las declaraciones enviadas al público

I. La eficacia de la oferta contractual en la fase de formación del contrato y en su contenido.......................................................................................................... 77 I.1. Las ofertas contractuales como fuente de obligaciones............................. 78 I.2. Causas de extinción de las ofertas al público previas a la perfección del contrato................................................................................................... 84 I.2.1. La retirada y revocación de las declaraciones publicitarias.......... 85 I.2.2. Caducidad y plazo de vigencia de la oferta al público. Las ofertas irrevocables................................................................................. 100 I.2.2.1. La necesidad de un plazo mínimo de vigencia como posible impedimento a la revocación de la oferta al público. 102 I.2.2.2. Límites a la extinción voluntaria de las declaraciones publicitarias con plazo fijo............................................. 106 I.2.3. Sustantividad de las declaraciones publicitarias en caso de fallecimiento o incapacidad de los anunciantes.................................... 110 I.2.4. El rechazo de las declaraciones enviadas al público..................... 116 II. Efecto vinculante de las declaraciones publicitarias en fase de ejecución del contrato.................................................................................................................. 119 II.1. La integración del contenido de la publicidad al contrato con apoyo en la buena fe objetiva...................................................................................... 119 II.1.1. Jurisprudencia pionera en la interpretación de la publicidad como parte del contrato................................................................. 119 II.1.2. Integración del contenido de la publicidad ante las lagunas contractuales y cuando el contenido del contrato difiera de lo publicitado. El principio de autonomía de la voluntad........................ 124 III. Acciones a disposición del destinatario de la publicidad.................................... 127

Parte II EL VALOR DE LAS DECLARACIONES PUBLICITARIAS EN EL ÁMBITO DE CONSUMO INTRODUCCIÓN....................................................................................................... 135

Capítulo I La regulación de la formación del contrato con consumidores I. Consideración general....................................................................................... 139 II. Las disposiciones jurisprudenciales, relativas a la publicidad, como base para la elaboración de una norma imperativa. El artículo 8 de la LGDCU.................... 141 III. La regulación de la publicidad tras la aprobación del TRLGDCU..................... 145


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III.1. La integración de la publicidad en la fase de ejecución del contrato (artículo 61 del TRLGDCU)........................................................................... 145 III.2. La integración de la información omitida en el contrato (artículo 65 TRLGDCU)............................................................................................. 157 III.3. Conexiones y diferencias entre la regulación de los artículos 61 y 65 del TRLGDCU............................................................................................... 159 IV. Las ofertas vinculantes. Los límites a la libertad de revocación de las declaraciones publicitarias en el ámbito de consumo......................................................... 162

Capítulo II El principio de integración como instrumento de protección de los consumidores I. Consideración general....................................................................................... 173 II. Supuestos de integración. Las lagunas contractuales y las cláusulas contractuales que difieren del contenido publicitario.......................................................... 174 III. Los fundamentos de la exigibilidad del contenido de las declaraciones publicitarias por los consumidores.................................................................................. 179 III.1. El principio de buena fe objetiva. Su incidencia en la voluntad de las partes, así como en la integración de la publicidad en el contrato.................. 179 III.2. La confianza de los consumidores en la veracidad de la publicidad y en la celebración del contrato........................................................................... 184 IV. Exoneración del empresario de quedar vinculado por el contenido de sus declaraciones publicitarias......................................................................................... 190 IV.1. El abuso de derecho, los actos propios y el enriquecimiento injusto......... 190 IV.2. Excepciones legales al principio de integración de las declaraciones públicas en el contrato. El ámbito de aplicación del artículo 116 TRLGDCU y su vinculación con el artículo 61 TRLGDCU........................................... 196

Capítulo III La aplicación práctica del principio de integración publicitaria I. Consideración general....................................................................................... 219 II. La exigibilidad del contenido de la publicidad, por los consumidores, en caso de lagunas contractuales o cuando exista falta de conformidad, a la entrega del bien final, con respecto a lo publicitado............................................................. 220 II.1. Análisis jurisprudencial............................................................................ 220 II.2. Valoración crítica y conclusiones.............................................................. 248 III. Las negociaciones contractuales entre las partes contratantes, que modifican el contenido publicitario, y las modificaciones unilaterales llevadas a cabo por el empresario con respecto a lo publicitado. Los límites a la autonomía de la voluntad................................................................................................................ 251 III.1. Análisis jurisprudencial............................................................................ 251 III.2. Valoración crítica y conclusiones.............................................................. 264 IV. Derechos y obligaciones de los contratantes. Las acciones ejercitables por los receptores de la publicidad ante los incumplimientos contractuales................... 268 IV.1. El ejercicio de las acciones contractuales por los consumidores. La legitimación pasiva del vendedor y del tercero no contratante......................... 268


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Índice

IV.2. Los remedios previstos en el TRLGDCU, para la compraventa de bienes muebles, y las soluciones de Derecho común. La compatibilidad de acciones............................................................................................................ 281

Parte III LAS PRÁCTICAS COMERCIALES, EL VALOR DE LA PUBLICIDAD EN EL ÁMBITO DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA INTRODUCCIÓN....................................................................................................... 295

Capítulo I La protección de la libertad de elección de los receptores de la publicidad I. Consideración general....................................................................................... 297 II. Primera regulación publicitaria: el Estatuto de la publicidad de 1964. La importancia de los principios publicitarios.................................................................. 299 III. La represión de la publicidad engañosa. La libertad de elección como bien jurídico protegido................................................................................................... 301 IV. La legitimación de los destinatarios de prácticas comerciales engañosas. Las acciones colectivas................................................................................................ 306

Capítulo II Las prácticas comerciales y los deberes de información I. Consideración general....................................................................................... 335 II. La obligatoriedad de los deberes precontractuales de información. Especial protección en el ámbito de consumo....................................................................... 336 III. La distinción entre publicidad y otras prácticas comerciales.............................. 348 III.1. Consideración general.............................................................................. 348 III.2. El concepto y contenido de la invitación a comprar. Práctica comercial específica regulada en la Directiva 2005/29/CE........................................ 351 III.3. Interpretación de la calificación y eficacia vinculante de la invitación a comprar, u oferta comercial, desde el ámbito contractual y del Derecho de la competencia......................................................................................... 357 IV. Incidencia indirecta de la regulación de las prácticas engañosas y los deberes de información en la formación del contrato. Desvirtuación de las figuras precontractuales........................................................................................................... 366 CONCLUSIONES........................................................................................................ 373 BIBLIOGRAFÍA........................................................................................................... 381 JURISPRUDENCIA..................................................................................................... 401 DOCUMENTACIÓN.................................................................................................. 407


Abreviaturas Ar. C ADC AECOSAN

Aranzadi Civil. Anuario de Derecho Civil. Instituto Nacional del Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición. AP Audiencia Provincial. AAP Audiencias Provinciales. BOE Boletín Oficial del Estado. CC Código Civil. CC. AA Comunidades Autónomas. CCIP Chambre de Commerce et d’industrie de Paris. CCJC Cuadernos Civitas de Jurisprudencia Civil. CCom Código de Comercio. C. Consum. Code de la Consommation. CE. Constitución Española. CEDC Código Europeo de contratos. CESL Common European Sales Law: Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a una normativa común de compraventa europea. Cfr Confróntese. CNUDMI Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (=UNCITRAL). CISG United Nations Convention on Contracts of the International Sale of Goods: Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de venta internacional de mercaderías. DA disposición adicional. DCFR Draft Common Frame of Reference: Borrador del Marco Común de Referencia. DDC Directiva 2011/83/UE, de 25 de octubre, sobre los derechos de los consumidores. EP Estatuto de la Publicidad. InDret Revista para el análisis del Derecho. IVA Impuesto sobre el Valor Añadido. LAU Ley de Arrendamientos Urbanos. LCC Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al consumo. LCCC Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo. LCCPCH Ley por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.


14 LCD LCGC LCS LEC LGDCU LGP LOCM LOE LSSICE LVPBM PCC PCM PMCC PECL PICC

RCE RCDI RCD RD RDP RdP RGD Riv. Dir. Civ. SAP SSTS STJCE STJUE TAE TJUE TS TSJ TEDH TFUE TRLGDCU

Abreviaturas

Ley de Competencia desleal. Ley de condiciones generales de la contratación. Ley del contrato de seguro. Ley de enjuiciamiento civil. Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios. Ley General de Publicidad. Ley de ordenación del comercio minorista. Ley de Ordenación de la Edificación. Ley de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico. Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles. Propuesta de Código civil de la Asociación de Profesores de Derecho civil. Propuesta de Código Mercantil elaborada por la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación. Propuesta de Modernización del Código Civil en materia de Obligaciones y Contratos, elaborada por la sección civil de la Comisión General de Codificación. Principles of European Contract Law: Principios del Derecho Europeo de Contratos, elaborados por la Comisión Lando. Principles of International Commercial Contracts: Principios sobre los Contratos Comerciales Internacionales, elaborados por el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado Europeo, UNIDROIT. Revista de Contratación Electrónica. Revista Crítica de Derecho Inmobiliario. Revista de Derecho de la Competencia y la Distribución. Real Decreto. Revista de Derecho Privado. Revista de Derecho Patrimonial. Revista General de Derecho. Rivista di diritto civile. Sentencia de Audiencia Provincial. Sentencias del Tribunal Supremo. Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Tasa anual equivalente. Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Tribunal Supremo. Tribunal Superior de Justicia. Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.


Abreviaturas

UCC

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Uniform Comercial Code/ Código Comercial Uniforme de los Estados Unidos. UNCITRAL United Nations Commission on International Trade Law (=CNUDMI). UNIDROIT Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado. Vid Véase. VPO Viviendas de Protección Oficial.


Prólogo El libro que tengo el honor de prologar constituye la tesis doctoral de Sara Zubero Quintanilla, que obtuvo la máxima calificación de sobresaliente cum laude tras su defensa ante un tribunal presidido por el profesor Rodrigo Bercovitz e integrado por los profesores Manuel Jesús Marín López y Silvia Gaspar Lera. Conocí a la autora en las aulas de la licenciatura de Derecho, donde destacaba por su laboriosidad e interés por el estudio, por lo que no me resultó extraño que, al finalizar la carrera, se dirigiera a mí para hacer la tesis doctoral y obtuviera con esta finalidad una beca para la formación de personal investigador. En esos momentos estábamos trabajando en un proyecto de investigación financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación sobre “Formación del contrato”, al que Sara Zubero se incorporó de inmediato, e igualmente se integró en el Grupo de investigación consolidado que también dirijo dedicado a profundizar en “La autonomía de la voluntad en el Derecho Privado”. En este contexto de investigación, Sara Zubero escogió para su tesis doctoral el tema del papel de las declaraciones publicitarias en la contratación. Para su elaboración ha debido profundizar en muchos aspectos del Derecho de obligaciones y contratos, por lo que no me cabe duda del acierto de la elección de este tema, no solo por su actualidad y sus implicaciones dogmáticas y derivaciones prácticas, sino también por su contribución a la preparación de la autora como privatista, como jurista, en definitiva. A la reflexión de los problemas ya detectados por la autora en sus primeros meses de investigación se suma un enfoque enriquecedor procedente de los planteamientos a los que hubo de atender desde la perspectiva del nuevo proyecto de investigación en el que trabajamos en la actualidad, y en cuyo marco se ha finalizado la tesis doctoral, el de los límites a la autonomía de la voluntad, lo que le ha llevado a valorar de manera especial el alcance de las negociaciones de las partes en relación con la publicidad. En esta monografía se profundiza en el papel de la publicidad en la contratación, en función de su contenido, su exigibilidad, en las fases precontractual y contractual, la vinculación de su emisor o de quien celebra con posterioridad un contrato aprovechándose de su difusión y de la confianza que genera. Se parte para ello de las normas de Derecho común, de las normas especiales del llamado “Derecho del consumo”, de la Convención de Viena sobre compraventa internacional de mercaderías, de algunas de las normas sectoriales existentes en nuestro ordenamiento, así como de las consecuencias que en todas estas cuestiones ha provocado la implementación de las Directivas europeas que imponen deberes de información precontractual y la opción por un modelo que somete el incum-


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plimiento de tales deberes a la legislación sobre prácticas engañosas en el ámbito del Derecho de la competencia. Esta monografía analiza la jurisprudencia recaída sobre la materia, atiende a los desarrollos legislativos, doctrinales y judiciales recientes de otros países de nuestro entorno, y toman en consideración también los modelos del denominado softlaw en materia de obligaciones y contratos, fundamentalmente los Principios del Derecho Contractual Europeo (PECL), el Marco Común de Referencia (DCFR) y otras propuestas, como la decaída Propuesta e Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a una normativa común de compraventa europea (CESL), la Propuesta de Modernización del Código civil en materia de obligaciones y contratos y la Propuesta de Código civil (Libros Quinto y Sexto) de la Asociación de Profesores de Derecho Civil. Con todos estos materiales, Sara Zubero no solo propone soluciones razonables a la vista del Derecho vigente para los problemas que va desgranando sino que, sobre todo, lleva a cabo un análisis crítico de nuestro Derecho vigente, advirtiendo de la confusión terminología y conceptual que rezuman las normas actuales, denunciando la falta de existencia de un sistema, la ausencia de una regulación armónica, clara y coherente en el tema específico de la publicidad y, de forma más general en el de la formación del contrato. A la vista de todo ello, defiende la necesidad de una única regulación general en el Código civil, común para todos los contratantes con independencia de su condición, lo que sin duda evitaría la actual dispersión normativa y proporcionaría seguridad jurídica a las relaciones contractuales, sin que ello supusiera una menor protección para los consumidores, cuya tutela se consigue en este ámbito mediante la exigencia de deberes de información. Además de elaborar la tesis doctoral, desde su incorporación a la Facultad de Derecho, la Dra. Zubero ha publicado ya algunos trabajos en prestigiosas revistas jurídicas (Revista general de legislación y jurisprudencia, Revista Aranzadi CivilMercantil, Revista Aranzadi de Derecho patrimonial, Revista Crítica de Derecho Inmobiliario) y ha participado en la actividad docente del Departamento de Derecho Privado de la Universidad de Zaragoza. Pero sin duda, durante mucho tiempo, ha dedicado esfuerzo y desvelos a este trabajo que ahora se presenta. Deseo por ello que su dedicación se vea recompensada por una buena acogida entre los estudiosos y prácticos interesados por las materias que se abordan en este libro y deseo, sobre todo, que la autora pueda culminar su trayectoria docente universitaria, por la que ha demostrado una auténtica vocación. Mª Ángeles Parra Lucán Catedrática de Derecho civil


Introducción El tema objeto de este estudio versa sobre el valor de las declaraciones precontractuales, concretamente la publicidad, en el proceso de formación del contrato y en la determinación de su contenido. La publicidad es una práctica comercial utilizada como medio para promover la contratación. Es un instrumento empleado generalmente en la contratación en masa que no solo contiene elementos persuasivos, sino que también puede estar compuesta de elementos informativos sobre el bien o servicio objeto del contrato y que pueden vincular al empresario. La utilización de la publicidad como técnica comercial debe llevarse a cabo respetando los principios de veracidad, legalidad, autenticidad y libre competencia: de esta forma se evita, en primer lugar, que desde el ámbito contractual se dañe la confianza de sus receptores en la celebración o cumplimiento del contrato; en segundo lugar, que desde la perspectiva del derecho de competencia resulte dañada la libertad de elección jurídicamente protegida. Por un lado, desde la perspectiva contractual, en esta materia se ha pasado de no existir previsiones en el Código civil a una interpretación jurisprudencial, luego consolidada en la legislación de consumo, y cuyas soluciones ahora hay que valorar y decidir si es necesario o conveniente generalizar también fuera del Derecho de consumo, tal y como hacen las propuestas armonizadoras y también la Propuesta de Código civil recientemente aprobada por la Asociación de Profesores de Derecho civil. Por otro lado, desde el Derecho de la competencia, es de interés valorar la incidencia en la formación del contrato y en su contenido de la legislación que contempla la publicidad con una perspectiva diferente, a fin de conocer si la calificación de una práctica como engañosa afecta a la perfección del contrato. Al objeto de dar una respuesta a los problemas planteados, esta tesis se estructura en tres partes. En primer lugar ha parecido necesario ocuparse en la primera parte de los problemas relativos a la calificación de las declaraciones publicitarias en función del contenido de su mensaje desde una perspectiva general y, por ello, fuera del ámbito de consumo. En el caso de que la publicidad constituya una oferta contractual, la aceptación de cualquiera de sus destinatarios permitirá perfeccionar el contrato, de modo que el incumplimiento del empresario comprometería su responsabilidad contractual. Por el contrario, en el caso de que la declaración constituya una invitación a negociar, solamente cabrá la posibilidad de integrar el contenido de su mensaje como una cláusula del contrato que eventualmente se llegue a celebrar en una negociación posterior, pero no se producirá la perfección del contrato aunque haya aceptación. En este sentido, solo queda-


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Sara Zubero Quintanilla

ría comprometida la responsabilidad contractual del emisor de las declaraciones cuando los Tribunales reconocieran la integración, total o parcial, del contenido de la publicidad como una cláusula del contrato. Las invitaciones a negociar pueden dar lugar a una relación dinámica entre las partes cuando existan extremos del contrato que no figuren en las declaraciones precontractuales. Por ello, es de interés atender a la ruptura injustificada de las negociaciones entre las partes para determinar cuándo queda comprometida la responsabilidad precontractual de los contratantes en el caso de que sus actuaciones sean contrarias al principio de buena fe. Debido a que nuestro Código civil no regula la fase de formación del contrato, para calificar las declaraciones publicitarias como una figura precontractual u otra nos serviremos de los criterios que se recogen en la regulación de la Convención de Viena, que forma parte de nuestro ordenamiento, así como de las propuestas y principios académicos europeos y nacionales, tales como los Principios del Derecho Europeo de Contratos, los Principios sobre los Contratos Comerciales Internacionales, el Marco Común de Referencia, la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a una normativa común de compraventa europea, la Propuesta de Modernización del Código Civil en materia de Obligaciones y Contratos y la Propuesta de Código civil de la Asociación de Profesores de Derecho civil. De esta forma se pretende encontrar argumentos de interpretación para el desarrollo del derecho español y dar respuesta a los interrogantes que se plantean en esta etapa del contrato. En el capítulo tercero de la primera parte se analizan los límites al efecto vinculante de las declaraciones publicitarias, constituyan o no ofertas contractuales. De esta forma se pretende averiguar si el emisor de la declaración debe quedar vinculado con ella por tiempo indefinido en todos los casos. Esta valoración tiene relevancia práctica ya que, en el caso de que la publicidad constituya una oferta, mientras la declaración siga teniendo efectos vinculantes, su emisor se verá obligado a perfeccionar el contrato en el momento en que concurra la aceptación de alguno de los destinatarios. En el supuesto de que las declaraciones publicitarias sean invitaciones a negociar o documentos informativos, la desvinculación del emisor también adquiere relevancia, ya que si admitimos que la publicidad puede ser retirada, revocada o modificada, el comprador no podrá exigir la integración del contenido de la primera declaración en el contrato final. A fin de determinar los efectos vinculantes de las declaraciones públicas es necesario realizar un especial análisis de las causas de extinción de las ofertas al público, a la vista de las soluciones ofrecidas por la doctrina y la jurisprudencia así como por las normas y los textos y principios académicos. Dentro de este mismo capítulo se analiza también la jurisprudencia pionera en el reconocimiento de la publicidad como parte del contrato. Se trata de


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